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  Observaciones al proyecto para potenciar una alimentación saludable necesitan el apoyo de los 2/3 en ambas Cámaras

  Tal como se esperaba, el veto que envió el Presidente de la República al proyecto que busca potenciar una alimentación saludable excluye a las universidades de la prohibición de venta de ¿comida chatarra¿.

26 de mayo de 2011

Con un plazo de 30 días cuenta el Congreso para pronunciarse sobre el veto enviado por el Presidente de la República, al proyecto sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad y que busca garantizar una alimentación saludable.

El veto contiene varias observaciones aditivas, sustitutivas y supresivas,  a la iniciativa aprobada por el Congreso, las que requieren del voto favorable de los 2/3 de los senadores y de los diputados presentes, para ser aprobadas.

En caso de que alguna de las observaciones no alcance el quórum requerido, regirá el procedimiento dispuesto en el artículo 73 de la Constitución y en los artículos 32 al 36 de la Ley Orgánica Constitucional sobre tramitación de las observaciones del Presidente de la República.

Esto significa que si se trata de observaciones sustitutivas o supresivas, y no alcanzaran el quórum requerido, las Cámaras tendrían la posibilidad de insistir con el texto original ,siempre y cuando alcancen la mencionada mayoría en ambas Salas. En caso contrario, no habría norma al respecto.

Las observaciones propuestas por el Ejecutivo fueron analizadas por el senador Mariano Ruiz- Esquide, integrante de la Comisión de Salud quien explicó que su juicio "no deberían alterar el proyecto. Consideramos que la iniciativa es buena y no requiere de grandes cambios".

Las modificaciones introducidas, en lo esencial, especifican que la información sobre ingredientes y aditivos deberá consignarse en los envases o etiquetas de los alimentos.

Se modifica el contenido del artículo 3°, con el objeto que su inciso segundo trate de manera específica la situación de aquellos aditivos o ingredientes que, en determinadas concentraciones, causan daños a la salud.

Entre las observaciones también se cuentan acotar a la educación básica y media, la prohibición de venta de "comida chatarra" dejando fuera a los recintos universitarios. De este modo se propone modificar el artículo 6° de la norma, que prohíbe el expendio, comercialización, promoción, y publicidad de alimentos poco saludables en colegios.

También el veto acota a la educación básica y media, la norma que señala que los establecimientos educacionales deben incluir en sus programas de estudio contenidos que desarrollen hábitos de alimentación saludable y promoción de la actividad física.

Asimismo, modifica los artículos que regulan las restricciones a la publicidad y promoción de ciertos alimentos, incluidos los sucedáneos de la leche materna. Lo anterior, con la finalidad de consagrar un conjunto de normas que regulen dicha actividad.

En ese sentido, el senador Ruiz-Esquide precisó que  "mi reparo es sobre la leche materna, para que se establezca más claramente que el país está en esa línea y que el uso de los sucedáneos es sólo en aquellos casos de excepción".

Otro de los aspectos que contiene el veto es el rotulado de alimentos y se indica en el artículo 5° que el Ministerio de Salud establecerá los alimentos que presentan elevados contenidos de calorías, grasas, grasas trans, azúcares agregados u otros ingredientes similares, que aporten porcentajes relevantes de las dosis diarias de referencia de nutrientes.

También precisa que estará prohibido que los medios de comunicación realicen publicidad de alimentos poco saludables a los menores de 14 años.

FUNDAMENTOS DEL EJECUTIVO

Entre los fundamentos del Ejecutivo para enviar esta serie de observaciones a este proyecto de ley, se cuentan "la necesidad de dar coherencia y eficacia a la normativa que se propone. Al respecto, resulta especialmente relevante la necesidad de entregar a la población información sobre las características de los alimentos y su composición nutricional de forma comprensible, favoreciendo la adopción de decisiones de alimentación saludable por parte de la ciudadanía".

Asimismo, el texto añade que "estimamos indispensable focalizar los mayores niveles de protección en aquellos grupos especialmente vulnerables, de manera de no extender las limitaciones que la iniciativa consagra más allá de lo que el legislador razonablemente previó".

A su vez,  se indica que las observaciones "han ponderado debidamente la exigencia de otorgar a los órganos de la Administración involucrados directrices que orienten el ejercicio de las competencias que se le conceden".

En efecto, "en materia de promoción de la actividad física en los establecimientos educacionales, determinación de alimentos que presentan elevados contenidos de nutrientes, como también en lo relativo a los sucedáneos de la leche materna, hemos considerado pertinente recoger parte del valioso aporte generado en la Cámara de Diputados".

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