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Con énfasis en la innovación y equidad: Mixta para el acceso a internet como servicio público emite informe a la Sala

La Comisión, que se abocó a subsanar las controversias entre el Senado y la Cámara, conformó una mesa técnica de trabajo que realizó una serie de propuestas, a fin de zanjar las diferencias.

8 de abril de 2024

Con precisiones de redacción, mayor énfasis en la innovación del sector y un desarrollo equitativo a nivel nacional, la facultad de adosamiento para el despliegue de infraestructura, cambios que buscan regular la relación entre concesionarios de servicio público y los concesionarios de larga distancia internacional por medio del sistema de multiportador; entre otras modificaciones, la Comisión Mixta, conformada para resolver las controversias entre ambas Cámaras, concluyó su cometido en torno al proyecto que tiene por objeto reconocer la Internet como servicio público de telecomunicaciones, permitiendo que la población que hoy está incomunicada digitalmente, deje de estarlo.

 

Cabe hacer notar que al alero de la instancia legislativa se conformó una mesa técnica de trabajo que realizó una serie de propuestas, que son parte del informe que ahora deberá ser refrendado por la Sala del Senado y, luego, por la Cámara de Diputadas y Diputados.

 

La instancia –que realizó tres sesiones de análisis, incluyendo audiencias- fue presidida por el senador Enrique Van Rysselberghe y conformada, además, por lo senadores Karim Bianchi, Juan Luis Castro, Alejandro Kusanovic y Ximena Órdenes y los diputados Felipe Donoso, Juan Irarrázaval, Cosme Mellado, Jaime Mulet y Jaime Sáez.  

 

ASPECTOS ABORDADOS

 

Recordemos que el 26 de septiembre de 2023 se votó en la sala del Senado, en tercer trámite constitucional, las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputadas y Diputados al proyecto en referencia, oportunidad en la que se revisaron 22 enmiendas de la Cámara Baja y varias de éstas fueron parte del análisis de la Comisión Mixta.

 

Entre los aspectos abordados están las modificaciones realizadas a la letra c) del artículo 3°, que clasifica los servicios de telecomunicaciones cuestión que se definió como: Servicios públicos de telecomunicaciones, destinados a satisfacer las necesidades de telecomunicaciones de la comunidad en general. Estos deberán estar diseñados para interconectarse con otros servicios públicos de telecomunicaciones. Dentro de estos servicios se incluye el acceso a Internet. Servicios limitados de telecomunicaciones, cuyo objeto es satisfacer necesidades específicas de telecomunicaciones de determinadas empresas, entidades o personas previamente convenidas con éstas (…).

 

En otro orden se precisa que, los servicios públicos de telecomunicaciones serán regidos por principios que aseguren la adaptabilidad y sustentabilidad del sector, destacando: neutralidad tecnológica; universalidad; continuidad; convergencia tecnológica; uso compartido de infraestructura física; transparencia, igualdad y eficiencia en la asignación de recursos.

 

La aplicación y desarrollo de estos principios, se establecerá en un instrumento denominado Plan Nacional Digital a cargo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que tendrá que contener una serie de desarrollos, que deberán ser aplicados de manera de fomentar la innovación y el desarrollo equitativo de las telecomunicaciones en todo el territorio nacional”.

 

Sobre la eliminación del artículo 19 se propone reponerlo, pero readecuando la redacción emanada del Senado. Lo anterior, a fin de ampliar el alcance del artículo a más tipos de servicios. Asimismo, detalla los criterios para la declaración de imprescindibilidad del servicio, y añade la posibilidad de arbitraje en la determinación de indemnizaciones.

 

Se acordó mantener la incorporación del artículo 26 ter, nuevo, pero añade una obligación para garantizar la ciberseguridad tanto de los datos de los concesionarios como de la Subsecretaría, asimismo la obligación de entregar datos sobre calidad de servicio y gestión de incidentes, como alertas y resolución de fallas. En definitiva, la propuesta de redacción al artículo 26 ter nuevo, refuerzan la capacidad de la Subsecretaría de Telecomunicaciones para monitorear y supervisar las operaciones de los concesionarios, poniendo especial énfasis en la ciberseguridad y en la gestión eficiente de la calidad del servicio y de los incidentes.

 

Asimismo, a recomendación de la mesa técnica, se propone una modificación al artículo 14 de la Ley General de Telecomunicaciones, LGT, con el fin de modernizarla a la realidad actual del sector, promoviendo la innovación y la competencia, al tiempo que asegurar el cumplimiento de objetivos de política pública como la cobertura, la calidad del servicio y la protección ambiental, buscando un equilibrio entre los intereses de los operadores, los usuarios y el bienestar general.

 

Este artículo se votó por separado, y a diferencia del informe que contó con la unanimidad de los presentes, el 14 tuvo votación de mayoría.

 

 

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