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  Tribunales Ambientales dieron su primer paso en el Congreso tras amplio respaldo en el Senado

  La iniciativa fue aprobada con una contundente votación y ahora corresponde que cumpla su segundo trámite en la Cámara de Diputados. Este proyecto se suma al Ministerio y Superintendencia del área con lo que se consolida la institucionalidad ambiental.

5 de octubre de 2010

Tras un intenso debate la Sala del Senado aprobó con un amplio respaldo el proyecto que crea tres nuevos Tribunales Ambientales en el país -en Santiago, Valdivia y Antofagasta- además de establecer los procedimientos que se utilizarán cuando surjan controversias en materia de medio ambiente. Con ello, la iniciativa quedó en condiciones de ser remitida a la Cámara de Diputados para cumplir su segundo trámite constitucional.

Durante la discusión, que se prolongó por casi cuatro horas, intervinieron los senadores Soledad Alvear, Baldo Prokurica, Andrés Allamand, Carlos Kuschel, Isabel Allende, Alberto Espina, Ximena Rincón, Guido Girardi, Patricio Walker, Jaime Quintana, Antonio Horvath, Eduardo Frei, Pedro Muñoz, Hernán Larraín, Jaime Orpis, Alejandro Navarro, Jovino Novoa, Fulvio Rossi, Evelyn Matthei, Andrés Zaldívar, Camilo Escalona, Ricardo Lagos, Andrés Chadwick, Lily Pérez y José García Ruminot.

Todos aquellos artículos que fueron aprobados en forma unánime por las Comisiones Unidas de Constitución y Medio Ambiente, y por la Comisión de Hacienda fueron respaldadas por la Sala con 32 votos a favor y dos abstenciones.

Luego se ratificó con 22 votos a favor una indicación del Presidente de la República que recogía las sugerencias realizadas por el Poder Judicial, por intermedio del presidente de la Corte Suprema Milton Juica, relativas a la forma en que se designarán los integrantes de cada uno de los tribunales Medio Ambientales.

En lo fundamental dicha indicación sostiene que cada ministro será nombrado por el Presidente de la República con acuerdo del Senado, a partir de una nómina de cinco personas que, en cada caso, propondrá la Corte Suprema. El proyecto original planteaba que la quina fuera propuesta por la Alta Dirección Pública.

REGIONALIZACIÓN

Uno de los puntos que generó un intenso debate fue el artículo quinto que se refiere al número de tribunales y su jurisdicción. Cabe precisar que el proyecto original planteaba un solo tribunal y durante el trámite se amplió a tres tribunales ubicados en las ciudades de Antofagasta, Santiago y Valdivia.

Si bien la mayoría de los senadores son partidarios de que exista un tribunal por cada una de las regiones, hubo algunos que plantearon que era una buena medida iniciar la puesta en marcha de este sistema de manera gradual y con tres juzgados en diferentes zonas del país. Por otra parte, hubo quienes criticaron que se haya escogido a Antofagasta, Santiago y Valdivia y que no se haya optado por otras ciudades.

Así las cosas, dicho artículo fue aprobado con 22 votos  a favor y 11 abstenciones.

En tanto, con 25 votos a favor se aprobó una norma relativa al procedimiento que señala que en los asuntos de competencia de los Tribunales Ambientales, podrán intervenir como partes los organismos de la Administración del Estado y, además, las personas naturales o jurídicas que hayan sufrido el daño o perjuicio; las municipalidades, por los hechos acaecidos en sus respectivas comunas, y el Estado, por intermedio del Consejo de Defensa del Estado. Deducida demanda por alguno de los titulares señalados, no podrán interponerla los restantes, lo que no obsta a su derecho a intervenir como terceros.

Por otra parte, la Sala aprobó con 20 votos a favor y 7 en contra una disposición relativa a las apelaciones e improcedencia del recurso de casación. En lo fundamental, se señala que en estos procedimientos sólo se admitirá apelación respecto de las resoluciones que declaren la inadmisibilidad de la demanda, que reciban la causa a prueba o que pongan término al procedimiento o hagan imposible su continuación. De este recurso conocerá la Corte de Apelaciones en cuyo territorio jurisdiccional tenga asiento el Tribunal Ambiental que haya dictado la resolución apelada.

En lo que respecta a las pruebas, los senadores aprobaron con 21 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención una disposición que señala que serán admisibles todos los medios de prueba obtenidos por medios lícitos y que sean aptos para producir fe. En tanto, con 21 votos a favor y 1 en contra se aprobó un artículo que regula la recepción de la causa a prueba  y la impugnación.

INADMISIBILIDAD

Otro de los aspectos que generó un intenso debate fue una disposición que señalaba que "excepcionalmente, el Tribunal podrá relevar a la parte, total o parcialmente, del pago del honorario del perito cuando considere que ella no cuenta con medios suficientes para solventarlo. En este caso, el Tribunal regulará prudencialmente la remuneración del perito, teniendo presente los honorarios habituales de la plaza y el porcentaje de la remuneración que no fuere cancelada por el solicitante. La cantidad asumida por el Tribunal será de cargo fiscal".

Mientras los senadores Alvear, Navarro, Allende, Lagos y Zaldívar señalaron que la existencia de esta disposición permitía evitar las desigualdades respecto de aquellos que no tenían recursos para contratar peritajes; los senadores Matthei, Escalona, Novoa, Allamand, Espina, Pérez, Chadwick y Larraín manifestaron que la norma era inadmisible pues generaba gastos, lo que la hacía de atribución exclusiva del Presidente de la República.

La Mesa del Senado declaró la inadmisibilidad de la norma, pero el senador Zaldívar solicitó que se sometiera a votación. La propuesta de la Mesa fue respaldada con 17 votos a favor y 10 en contra, siendo declarada inadmisible, pero se ofició al Mandatario solicitando el patrocinio de la misma.

Finalmente, se aprobó con 18 votos a favor y 1 en contra un artículo que regula las medidas para mejor resolver que tendrán los tribunales.

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