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  Definitivo: elecciones presidenciales y parlamentarias se realizarán el tercer domingo de noviembre

  El Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto que anticipa la fecha de las elecciones para evitar que en el caso de una segunda vuelta ésta coincida con el período de vacaciones.

18 de mayo de 2011

A partir de las próximas elecciones presidenciales y parlamentarias, será el tercer domingo de noviembre y no en diciembre, la fecha en que se llevarán a cabo dichos comicios.

 

Esto, luego que el Senado aprobara con 29 votos a favor y una abstención del senador Pedro Muñoz, el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto que adecua los plazos de las elecciones presidenciales para evitar que éstas coincidan con las fiestas de fin de año o las vacaciones del período estival.

 

Con ello, la iniciativa quedó en condiciones de ser remitida al Presidente de la República, para su firma y promulgación como ley.

 

Durante la votación intervinieron los senadores Soledad Alvear y Baldo Prokurica, quienes explicaron los alcances de la iniciativa.

 

En su calidad de presidenta de la Comisión Mixta que analizó el proyecto, la senadora Alvear señaló que el objetivo del proyecto es adelantar la fecha de la elección del Presidente para evitar que se realice durante los periodos de fiestas de Navidad, de fin de año y las vacaciones.

 

Explicó que la primera votación se realizará el tercer domingo de noviembre del año correspondiente y la segunda vuelta, el cuarto domingo siguiente a la votación. Asimismo, dijo que estos cambios hicieron necesario ajustar otras disposiciones como aquella que se refiere a la autorización que tiene que dar el Senado para que el Presidente pueda ausentarse del país antes del término de su mandato.

 

A su turno, el senador Prokurica, destacó los alcances del proyecto señalando que la experiencia de las últimas elecciones ha demostrado que es necesario modificar las fechas de las elecciones, sobre todo para evitar que la segunda vuelta presidencial se realice en pleno mes de enero. Agregó que los legisladores tienen como obligación prever causales que limiten los derechos de las personas, en este caso, el derecho a voto.

 

En lo fundamental, el proyecto no sólo anticipa la fecha de las elecciones presidenciales y parlamentarias, sino que también establece que el Presidente de la República no podrá salir del territorio nacional, sin acuerdo del Senado, por más de treinta días a contar de la fecha en que deba ser elegido su sucesor en el cargo.

 

Actualmente se señala que el Presidente no puede ausentarse, sin permiso de la Cámara Alta, en los últimos 90 días de su período, lo que fue modificado a que no podrá salir "a contar de la fecha en que deba ser elegido quien lo suceda en el cargo".

 

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