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  Buscan fijar plazos perentorios para que Conservadores de Bienes Raíces realicen reinscripciones y cancelaciones

  El senador Eugenio Tuma presentó una iniciativa que busca evitar dilaciones excesivas en los citados trámites.

25 de septiembre de 2012

Un plazo máximo de 10 días hábiles deberían demorar los trámites de reinscripciones y cancelaciones en los Conservadores de Bienes Raíces, de aprobarse un proyecto de ley presentado por el senador Eugenio Tuma, para evitar dilaciones excesivas.

 

La iniciativa, que fue remitida a la Comisión de Constitución para su estudio, busca modificar la ley estableciendo que en determinados casos "las cancelaciones deberán realizarse en el plazo de cinco días hábiles contados desde el ingreso de la solicitud en el Conservador y remitirse inmediatamente y por la vía más expedita al Conservador que deba practicar la reinscripción. Este último tendrá a su vez un plazo de cinco días hábiles para practicarla".

 

Cabe recordar que el 8 de febrero de 2011, el Congreso aprobó una normativa que estableció la gratuidad de las cancelaciones y traslados de inscripciones en caso de creación de nuevos Conservadores de Bienes Raíces, como forma de facilitar a los ciudadanos los procesos actuariales a que da lugar la apertura de nuevos registros conservatorios a lo largo del país.

 

No obstante, explica el senador Tuma, "hemos recibido reiteradas quejas en la Región de La Araucanía y en otras zonas del país, que tras establecerse la gratuidad de los trámites de cancelación los Conservatorios que tienen las inscripciones dilatan excesivamente el trámite de cancelación, toda vez que no tienen ningún estímulo para proceder con prontitud, lo que redunda en serios perjuicios para los titulares de derechos inscritos que requieren realizar actos y contratos sobre bienes inmuebles, lo que supone previamente el traslado de sus títulos".

 

Agregó que al momento de discutirse la Ley no se fijó un plazo para la realización de dichos trámites, toda vez que se estimó que debía entenderse que estas actuaciones se realizarían en los plazos prudentes y razonables que demanda cualquier trámite ante organismos auxiliares de la Administración de Justicia.

 

"Lamentablemente ello no ha ocurrido así", dijo el senador Tuma tras señalar que la idea del proyecto es establecer plazos perentorios para verificar las diligencias de cancelación y reinscripción, como manera de prevenir actos abusivos en contra de los ciudadanos y entrabar de esa forma el tráfico jurídico.

 

Agregó que "confiamos en que con esta reforma, podremos prevenir la ocurrencia de nuevos casos, que demuestran lamentablemente la falta de compromiso y de voluntad de servicio público de algunos auxiliares de la Administración de Justicia, que habiendo sido favorecidos con la entrega de facultades especiales por parte del Poder Judicial, cuyo ejercicio siempre debe considerar el bienestar común y general de la población, sin embargo, priorizan solo el lucro por su desempeño profesional".

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