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  Buscan prohibir que cementerios se instalen en terrenos permeables al agua

  Así lo dispone la moción presentada por el senador Carlos Bianchi, y que fue derivada a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, para su posterior análisis.

3 de noviembre de 2011

Con el objeto de prohibir el asentamiento de parques cementerios, tanto públicos como privados, en terrenos permeables al agua y en aquellos que  estén a menos de 100 metros de una fuente de agua bebestible o de riego, el senador Carlos Bianchi, presentó una moción que modifica el Código Sanitario. Con ello, la iniciativa fue derivada a la Comisión de Medio Ambiente, para su estudio.

Al respecto, el senador Bianchi explicó que "con este proyecto queremos asegurar la tranquilidad de las familias que van a sepultar a sus seres queridos en los cementerios parques y revertir cualquier anormalidad, que ocurra en estos camposantos".

El parlamentario destacó que la iniciativa contempla para todos los cementerios parques existentes o futuros, "la obligación de someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental".

En ese sentido, añadió que "se establece que no se podrá autorizar la instalación, ni el funcionamiento de cementerios que contemplen la construcción de nichos en tierra en terrenos que sean permeables al agua, en cuanto a exigir la construcción de un "adecuado" sistema de drenaje".

Precisó que  "se prohíben las construcciones de cementerios que se encuentren a menos de 100 metros de  la ribera de un río, manantial, acequia, pozo u otra fuente que pueda abastecer de agua para la bebida o el riego".

El legislador argumentó que en materia de cementerios, "Chile ha experimentado -en los últimos 20 años- un gran crecimiento caracterizado por la construcción de sepulturas en nichos en tierra; por lo que esta iniciativa completa la revisión y actualización de la normativa sobre cementerios parque para asegurar, a todo evento, que éstos no pongan en riesgo, bajo ninguna medida, la salubridad y salud de la población".

En lo fundamental, el texto legal establece que "no se podrá autorizar la instalación ni el funcionamiento de cementerios que contemplen la construcción de nichos en tierra que permitan la inhumación de uno o más cadáveres en terrenos especialmente destinados a este objeto, en terrenos que sean permeables al agua, ni que se encuentren a menos de 100 metros de la ribera de un río, manantial, acequia, pozo u otra fuente que pueda abastecer de agua para la bebida o el riego".

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