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En qué consiste y qué beneficios trae el nuevo Fogape

La Sala despachó a su tercer trámite esta iniciativa muy sentida por emprendedores y pymes que esperan medidas para apoyar la reactivación.

14 de octubre de 2022

Modificar el Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios (Fogape) y flexibilizar convenios de pago por impuestos adeudados para apoyar la reactivación de la economía, es el principal objetivo del proyecto que fue despachado en forma unánime por la Sala del Senado, a su tercer trámite legislativo. (Boletín N° 15259-03).

 

Durante el debate en la Sala hicieron uso de la palabra los senadores Juan Antonio Coloma, Iván Moreira, José García Ruminot, Claudia Pascual, Carmen Gloria Aravena, José Miguel Durana, Gustavo Sanhueza, David Sandoval y Fidel Espinoza, quienes destacaron la urgencia de apoyar al sector de las mipymes con medidas concretas que les permitan afrontar las consecuencias primero del denominado estallido y luego de la pandemia.

 

Asimismo, intervino el ministro de Economía, Fomento y Turismo, Nicolás Grau.

 

Entre los principales puntos del proyecto se cuentan:

 

a).- Incorporar a los “micro empresarios”, entre los beneficiarios de las acciones del Fondo de Garantía para Pequeños y medianos Empresarios (Fogape);

 

b).- Crear el Programa Fogape Chile Apoya, que hasta el 31 de diciembre de 2023 permitirá otorgar créditos con garantía Fogape, focalizado exclusivamente en medianas, pequeñas y micro empresas, bajo condiciones y requisitos más ventajosas que el tradicional;

 

c).- Facultar a la Tesorería General de la República para pactar convenios con mipymes para el pago de impuestos adeudados, vencidos hasta el 30 de junio de 2022, condonando el 100% de los intereses y multas asociadas.

 

Respecto al programa Fogape Chile Apoya la idea es apoyar de manera más focalizada a las cientos de mipymes que más lo necesitan.

 

Este Fondo entregará créditos para inversión y capital de trabajo para impulsar la recuperación, además de créditos para refinanciar las deudas adquiridas en la pandemia a las empresas que tienen más problemas para cumplir con sus obligaciones financieras.

 

También dispone que los financiamientos otorgados por instituciones que tengan acceso a financiamiento del Banco Central de Chile, que garantice el Fondo, deberán tener una tasa de interés nominal anual que no sea mayor a la tasa de política monetaria (TPM fijada por el Banco Central) más el equivalente anual de una tasa de 0,6% mensual, o la tasa de interés equivalente en unidades de fomento o en moneda extranjera, que establezca el Ministerio de Hacienda.

 

Por otro lado, establece un sistema mediante el cual, el Fondo garantizará con un mayor porcentaje de cobertura, para las empresas más pequeñas, según el siguiente esquema:

 

- Hasta el 95% del saldo deudor de cada financiamiento o créditos superiores a 4.000 UF, para microempresas (ventas hasta 2.400 UF);

 

-Hasta 90% del saldo deudor de cada financiamiento o créditos superiores a 6.500 UF, para pequeñas empresas (ventas entre 2.400 y 25.000 UF); y

 

- Hasta 85% del saldo deudor de cada financiamiento o créditos superiores a 25.000 UF, para medianas empresas (ventas entre 25.000 y 100.000 UF);

 

Se establece además un nuevo esquema en la licitación de garantías para que al menos el 70% de las garantías deban ser destinadas a pequeñas empresas (mipes), y un mínimo del 30% de éstas se aplique a las microempresas.

 

La garantía del Fondo no podrá tener un plazo superior a 12 años, sin perjuicio del plazo del financiamiento por el cual se otorgue y sólo se podrán otorgar créditos con las condiciones reguladas para este Fondo, hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

REQUISITOS PARA ACCEDER AL FOGAPE CHILE APOYA

 

El proyecto regula el procedimiento conforme al cual, el administrador del Fondo deberá confeccionar la nómina de las empresas elegibles para acceder al Fogape Chile Apoya.

Entre las principales medidas serán beneficiarias del nuevo programa las empresas con ventas hasta 100.000 UF, que cumplan con uno de los siguientes criterios:

- Mipymes que tengan como giro empresarial, alguna de las actividades económicas categorizadas como prioritarias

 

- Mipymes que no han sido beneficiarias de del Fogape Covid, ni del Fogape reactiva

 

- Mipymes que si recibieron beneficios de los sistemas Fogape Covid o del Fogape Reactiva, pero en montos bajos

 

- Mipymes que hayan sido afectadas por el estallido social o por actos de violencia rural.

 

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