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PROHIBICIÓN A COLEGIOS SUBVENCIONADOS Y PARTICULARES PAGADOS PARA NEGAR MATRÍCULA 2021 A ESTUDIANTES CON DEUDA


El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, cuando nos preguntábamos si era posible o aceptable que se suspendiera el suministro de agua o de luz por falta de pago en condiciones de una emergencia, la respuesta prácticamente unánime fue que no.
Hoy las preguntas son las mismas: ¿Qué derecho es más importante, el derecho básico a la educación que tienen los niños y jóvenes matriculados en colegios particulares o particulares subvencionados o el derecho a una retribución económica que tienen los dueños de estos establecimientos? ¿Es aceptable que el sostenedor margine y deje fuera sin derecho a matrícula para el próximo año a estudiantes cuyas familias se han visto afectadas por la crisis?
Como lo hemos repetido insistentemente cada vez que hemos debatido sobre ayudas para las familias, la situación de emergencia que vive nuestro país amerita adoptar medidas extraordinarias en diferentes ámbitos: no pueden aplicarse las mismas reglas de una condición de normalidad.
Hoy la ley nada dice sobre este tema: solo prohíbe la pérdida de matrícula una vez iniciado el año escolar; sin embargo, nada dice de los años siguientes. Y, en este vacío, los dueños de los establecimientos se han basado para sostener la práctica usual de negar la matrícula a quien mantiene la morosidad, pero que ha sido cuestionada por sentencia de las cortes superiores, las que han dado preeminencia al derecho de los niños y jóvenes a la educación.
Los dueños de colegios sostienen que el deber de proveer la educación en estos casos es del Estado. No obstante, esto es solo una verdad a medias. No basta con disponer de un cupo en una escuela pública para asegurar la continuidad de los estudios. Los estudiantes son miembros de una comunidad por largos años, a veces hasta por quince años, de la cual son abruptamente excluidos; es decir, hay un interés superior del niño que debe ser considerado.
En los casos de los servicios de agua y de luz se trata de concesiones de servicios públicos. Aquí también existe una especie de concesión que los habilita para prestar el servicio y los transforma en un servicio regulado que no está entregado completamente a la voluntad de las partes, que, como sabemos, es un eufemismo para referirse normalmente a la voluntad de la parte más poderosa.
Según denuncia la Anacep, asociación que reúne a padres y apoderados del sector, muchos de estos establecimientos no han ajustado el valor de los aranceles a las condiciones en que prestan el servicio educacional hoy día: sin clases presenciales prácticamente por todo el año, en que han bajado sus costos, incluso reduciendo su personal. Pero aun algunos de ellos han anunciado un alza de la matrícula y aranceles para el próximo año más allá del IPC.
Cabe señalar, además, que en buena parte de estos colegios se cobra una cuota de incorporación que no tiene ninguna contraprestación clara y directa y que no es reembolsada ni siquiera parcialmente después de negarse la matrícula.
Asimismo, la Anacep plantea que todos los estudiantes deben estar cubiertos por esta protección, que prohíbe negar la matrícula para el próximo año, independientemente de su situación económica familiar derivada de la pandemia.
¿Porque qué pasa cuando el apoderado no ha disminuido sus ingresos, pero su cónyuge u otros miembros de la familia sí los han perdido? ¿Qué pasa cuando se recibe una pensión alimenticia que ha dejado de pagarse? Además, muchos padres tienen actividades independientes que han quedado fuera de toda ayuda social y hoy están enfrentando la insolvencia.
Muchos de ellos lograrán volver a levantarse, pero hay que darles tiempo.
Limitar la protección solo a un restringido número de estudiantes solo se prestará para abusos de los sostenedores, que deberán terminar en los tribunales... (falla de audio en transmisión telemática). Por eso he presentado la indicación correspondiente, para que todos los padres y apoderados tengan derecho a solucionar los problemas que les afligen.
Lamentablemente, una vez más debemos denunciar que el Gobierno está ausente, no participa del problema, ni siquiera se hace presente en el Congreso. Es como si la situación de los padres y apoderados no le importara y le fuera ajeno.
Aquí debiera estar el Ejecutivo proponiendo fórmulas de solución. Para eso tiene facultades exclusivas. Y luego acusan al Congreso de sobrepasar la Constitución.
Señora Presidenta, voy a votar a favor de este proyecto. Y espero que se aprueben las indicaciones para hacer extensiva esta normativa, que prohíbe negar la matrícula por razones de morosidad a todas las familias, y no solo a aquellas que cumplan determinados requisitos.
No olvidemos que los colegios subvencionados han seguido recibiendo sus subvenciones sin problemas; los establecimientos particulares pagados cuentan con espaldas suficientes para soportar una disminución de sus ingresos, y para aquellos que efectivamente tienen problemas, debiera habilitarse líneas de crédito con aval del Estado como el Fogape, destinada a asegurar su supervivencia.
Voto a favor.


El señor QUINTEROS.- Presidenta, yo estoy en disposición de retirar mis dos indicaciones con la condición de que el Senador Alvarado retire su solicitud.
Yo entiendo la urgencia de este proyecto. Y me imagino que una vez legislado los dueños de los establecimientos les darán facilidades a todos los apoderados y no solamente a los que han tenido problemas con el COVID.
Por tanto, retiro las dos indicaciones para que esto sea tramitado y despachado hoy día mismo. Y le pido al Senador Alvarado que él también baje su petición.
Si es así, retiro mis dos indicaciones.