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El señor ELIZALDE.- Señora Presidenta, me gustaría, si es posible, que la Secretaría del Senado clarificara el debate respecto del efecto de la votación que se generó entre los Senadores Huenchumilla y Letelier, porque para saber cómo se vota hay que conocer las consecuencias que va a tener esa votación y cuál será finalmente el texto que se va a aprobar.
Creo que antes de iniciar la votación se debiera clarificar ese punto. Así que pido un pronunciamiento expreso respecto de qué ocurriría en caso de que alguna de estas normas no tuviera quorum para ser aprobada, en relación con el texto que fue aprobado hace ya bastante tiempo, la vez anterior en que se tramitó el proyecto. No olvidemos que se votó la iniciativa que había sido estudiada y propuesta por una Comisión Especial, que no es exactamente el mismo texto que llegó de la Cámara de Diputados. En muchas disposiciones es el mismo contenido de fondo, pero cambió la redacción.
Entonces, quisiera saber cuál va a ser el efecto práctico en caso de que alguna de estas disposiciones no se aprobara, pues eso nos permite formarnos una opinión de cómo votar, porque lo importante es cuál es el contenido final que tendrá la norma.


La señora MUÑOZ (Presidenta).- Ese es el segundo tema que está pendiente, Senador Elizalde.
Quería concluir con lo relativo a las inhabilidades, que lo hemos hecho recién.
Ahora podemos entrar al procedimiento de tramitación.
Propongo que suspendamos la sesión y quedemos con el señor Secretario y los jefes de Comités para definir, porque si vamos a hacer una asamblea nuevamente, demoraremos otra hora más. ¡Y llevamos cuánto rato!
Veo que se opone el Senador Harboe.
Senador Harboe, tiene la palabra para pronunciarse sobre el tema.
¿Usted se opuso a que lo viéramos en Comités?
El señor HARBOE.- Sí.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Entonces, debe de tener alguna propuesta.


El señor HARBOE.- Sí, efectivamente, señora Presidenta.
Evidentemente, aquí hay dos puntos.
El primero dice relación con lo que plantea el Senador Huenchumilla, que creo que tiene toda lógica. Me tocó participar en la Comisión Especial de Transparencia, donde discutimos en su origen este proyecto, que es el típico que pasa por más de una Comisión. En la primera se aprobó un texto determinado; después pasó a la Sala, que aprobó el proyecto en general; y de ahí se envió a la Comisión de Constitución -también participé en ella-, en que luego de la discusión se cambió el texto del proyecto. Es decir, tenemos tres textos: el original y de la Cámara; el que modificó la Comisión de Transparencia, y el que aprobó la Comisión de Constitución.
En consecuencia, a mi entender, si se aprueba el texto de Constitución, no habría problemas; si hay un rechazo, la discusión va a estar dada por si se revive la norma de la Comisión de Transparencia, que fue la aprobada en general, o bien, no hay norma.
En mi concepto, por lo menos de lo que me ha tocado ver a mí, efectivamente reviviría la disposición aprobada en general.
Ese es el punto en discusión.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Senador Víctor Pérez, tiene la palabra.


El señor PÉREZ VARELA.- Señora Presidenta, vuelvo a reiterar que tenemos básicamente tres materias por las cuales hay que votar.
El tema del límite de las reelecciones fue aprobado por el Senado. Eso no está en discusión. Está aprobado.
Ahora bien, ¿qué genera debate? Primero, desde cuándo se empieza a contar ese límite, que es la norma retroactiva; segundo, a partir de qué momento se considera que alguien ha cumplido determinado período, y, tercero, lo relacionado con los alcaldes.
Lo que va a definir hoy el Senado es la postura de nuestra Corporación. Por lo tanto, así va a volver el proyecto a la Cámara de Diputados, la cual deberá ver si lo que se resolvió es distinto a lo que ellos aprobaron. ¡Y sin duda que lo es!
En consecuencia, si la Cámara Baja aprueba el texto despachado por nuestra Corporación, no habría Comisión Mixta; pero si insiste en su predicamento, puede haberla.
Al final del día, ese el resultado: lo que ahora determinemos será la posición del Senado sobre la materia.
Si se aprueba lo relativo a la retroactividad, la Cámara de Diputados verá si acoge o no la norma respectiva. Si no se aprueba, pero hay diferencias en otra disposición, podemos llegar a una Comisión Mixta.
Entonces, señora Presidenta, básicamente son tres las materias respecto de las cuales debemos pronunciarnos, que se hallan en el numeral 6. La indicación tiene que ver con la retroactividad respecto de los períodos efectivamente cumplidos.
Ello despejará el resto de los temas que debemos votar, y hará más fácil su despacho.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Huenchumilla.


El señor HUENCHUMILLA.- Señora Presidenta, de repente da lata que estemos entrampados en este asunto reglamentario; pero esto tiene importancia, pues lo que resolvamos ahora va a sentar un precedente para el futuro, porque lo que se está diciendo acá es que si la Sala rechaza el texto aprobado por una Comisión, se revive el anterior.
Eso es lo que se está expresando aquí.
En tal sentido, cuando el Senador Letelier expresa "¡Cómo una Comisión le va a imponer a la Sala!", debo señalar que justamente se trata de aquello: la Comisión no le impone a la Sala, pues su texto se halla sujeto a la aprobación de esta. Si la Sala lo acoge, queda a firme; si no lo aprueba, queda rechazado, y, en consecuencia, no hay norma.
No debemos confundir la aprobación de un texto con la aprobación de una indicación. Naturalmente, si la Sala rechaza una indicación, queda el texto anterior. Pero lo que estamos votando aquí no es una indicación, sino el texto final que despachó la Comisión de Constitución.
Por lo tanto, si se rechaza, simplemente no hay norma en esa materia, y así pasará a la Cámara de Diputados. Porque si no, después tendríamos que explicarle a dicha Corporación señalándole: "Fíjese que rechazamos, y ahora el texto vigente es este otro".
Quiero preguntarles a los Senadores y a la Secretaría cuál es la norma que autoriza a revivir un texto anterior. En qué parte del Reglamento, de la Constitución o de la ley orgánica respectiva se encuentra el artículo que establece esto.
Porque partamos de la base de que acá estamos hablando de materias de Derecho Público. En consecuencia, debe haber una norma expresa que diga que, rechazado un texto aprobado en la Comisión por la Sala, revive un texto anterior que no se sabe cuál es.
Entonces, me parece mejor no sentar ese precedente. Clarifiquemos el punto.
En tal sentido, vuelvo a insistir en que sería bueno tomarse un par de minutos para que este asunto lo vean adecuadamente la Mesa con la Secretaría, a fin de que no cometamos un error. A lo mejor podría ser del caso consultarle también al Secretario de la Comisión de Constitución, quien intervino en la redacción de este proyecto durante su estudio en dicho órgano técnico.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Acabo de solicitar el acuerdo para que se reúnan la Mesa con la Secretaría y se pueda incluir al Secretario de la Comisión de Constitución a fin de presentarle a la Sala una propuesta de procedimiento para tramitar esta iniciativa.
Les daré la palabra a los Senadores Insulza y Elizalde. Luego de ello nuevamente voy a recabar el acuerdo de la Sala para que podamos proceder de esa manera.
Puede intervenir, Senador señor Insulza.


El señor INSULZA.- Señora Presidenta, en verdad, voy a hablar sobre este mismo asunto.
Tenía la impresión de que, cuando se aprobaba un proyecto en general, este podía ser objeto de modificaciones, las cuales se plantean a través de indicaciones. Estas se deciden en la Comisión, y luego se votan en la Sala.
Cuando no hay indicaciones, no se vuelve a votar en la Sala: el texto queda como estaba.
No entiendo por qué razón habría que votar de nuevo, o peor todavía, porque lo que está diciendo el Senador Huenchumilla es como que ya no se vota y necesariamente pasa sin ley en esa parte a la Cámara de Diputados.
Por lo tanto, ahí sí tiene razón el Senador Letelier cuando dice: "Entonces, la Comisión manda más que la Sala". La Sala lo aprobó en general, pero lo hizo. Y luego lo que planteó la Comisión se rechazó, y, por lo tanto, lo que aprobó la Sala no vale.
Creo que eso es bien discutible, señora Presidenta.
Me parece que en aquello que no ha sido objeto de una indicación aprobada se mantiene el texto que estaba originalmente en la iniciativa que llegó al Senado.
Esa es mi opinión.
Ahora, me pueden decir lo contrario y lo acato. En verdad, no soy un especialista en estas materias, y estoy dispuesto a escuchar la voz que haya al respecto. Pero me llama la atención, porque la Constitución señala que los proyectos de reforma constitucional se tramitan como leyes, salvo en el caso de que haya alguna norma especial que indique lo contrario.
Aquí no hay ninguna norma especial que diga lo contrario. Yo no sabía que cualquier texto, que cualquier indicación de la Comisión que la Sala rechaza significa que no se vuelve al texto anterior y que, por tanto, queda un vacío.
Para mí es nuevo esto; lo digo sinceramente. Esto, sí, es constitucional; estoy de acuerdo. Pero la Carta Fundamental resuelve el problema, pues establece claramente que aquello en lo que no hay norma se trata como si fuera una ley. Y en las iniciativas de ley no se votan de nuevo los textos rechazados: se votan las normas despachadas por la Comisión, y el resto queda tal como se aprobó en general.
Eso es lo que al menos yo conozco en cuanto a la tramitación.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Elizalde.


El señor ELIZALDE.- Señora Presidenta, yo más bien comparto la interpretación que le escuché al Senador Harboe, en el sentido de que si se rechazara la indicación acogida por la Comisión, se entendería aprobado el texto que había sido discutido y sancionado por la Sala. Fue la explicación que dio Su Señoría. Porque en caso contrario, se produciría el absurdo siguiente: se aprueba un texto; una Comisión lo modifica; esto se somete a consideración, y si la Sala no comparte aquello, entonces ¿no hay norma; no se aprueba ningún texto?
El problema es que tampoco se trata de una indicación. Porque alguien podrá decir: "Es que no se presentó ese texto como indicación en la Comisión". Pues bien, uno no presenta una indicación para ratificar una norma aprobada por la Sala: se presenta una indicación para modificar un texto que fue acogido por la Sala en general.
Por consiguiente, sería un absurdo que cada vez que se rechace el texto de una Comisión no haya norma, salvo que se autorice a votar lo que no está. Pero en este caso ni siquiera así ocurriría, porque ya se votó en general ese texto.
Ahora bien, pongámonos en otra hipótesis: si la indicación se hubiese rechazado en la Comisión, ¿cuál sería el texto? El que fue aprobado en general en la Sala.
Luego, quién manda: ¿la Comisión o la Sala? La Sala.
Por tanto, así como cuando se rechaza una indicación en una Comisión se mantiene el texto aprobado por la Sala, con mayor razón rechazada una indicación en la Sala se mantiene la norma aprobada por ella.
Lo otro sería un absurdo desde el punto de vista de la lógica legislativa, porque llevaría a la conclusión de que cada vez que la Sala rechaza un cambio que introduce una Comisión no se legisla respecto de esa materia y se cae la norma.
Aquella me parece una interpretación absurda.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario, y luego vamos a llamar a reunión de Comités.


El señor GUZMÁN (Secretario General).- Señora Presidenta, escuchando el debate y teniendo presentes las normas reglamentarias y también de la Constitución, en el caso de la discusión y votación de este tipo de proyectos, centrando la cuestión en el numeral 6 del artículo único, se produce el efecto que han indicado los Senadores señores Elizalde y Harboe.
Es decir, si no se acoge el texto aprobado en particular por la Comisión -hay que tener presente, además, que nos encontramos en la discusión particular, pues así lo ha dispuesto dicho órgano técnico-, pasaríamos al texto despachado en general, que era el antiguo número 5 aprobado por la Sala, el cual se debería votar.
Como esta norma, particularmente el numeral 6, se introdujo durante la tramitación en el Senado, no había texto en la Cámara de Diputados al respecto; pero sí quedan los otros numerales de la disposición.
Ahora bien, ¿cómo se produce esta votación y por qué se va votando hacia atrás? No se trata de revivir los textos anteriores, sino de que estos han sido objeto de indicaciones o de modificaciones.
El artículo 124 del Reglamento, en su inciso final, regula expresamente esa situación, pues señala: "Ante el rechazo de una proposición de la Comisión, se someterá a votación la disposición contenida en el texto aprobado en general, en cuanto sea pertinente".
Acá tenemos una disposición que había sido aprobada en general por el Senado, y sería esta la que debería someterse a votación de no aprobarse la propuesta por la Comisión.
Eso es todo, señora Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, señor Secretario.
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro, a quien le doy excusas por cuanto no sabía que me hacía señas para intervenir.


El señor PIZARRO.- Está bien, señora Presidenta. ¡Además, estos temas son los que apasionan a la opinión pública...!
Creo que la última explicación del Secretario ahorra mucho debate, porque por algo existe la discusión en particular.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Así es.
El señor PIZARRO.- Si no, aprobaríamos en general y no habría discusión en particular, y punto.
Lo que corresponde acá el señor Secretario ya lo dejó bastante claro.
No hay que olvidarse de que -aparte toda la argumentación que se ha dado- es la Sala la que aprueba la idea de legislar; el proyecto regresa nuevamente a la Comisión, la cual después de analizarlo envía de vuelta su propuesta, que puede ser igual o distinta a la que aprobó aquella, y es la Sala la que rechaza o acoge dicha proposición.
Si se rechaza lo que propuso la Comisión, la norma pertinente tiene que ser ratificada nuevamente por la Sala, la que incluso puede votar otra cosa distinta si quiere.
Así que no se produce la situación que algunos han planteado.
Lo que quiero pedir, señora Presidenta, es algo muy sencillo.
Sé que la pasión, el debate y todo se centran en la retroactividad; pero para mí al menos la cuestión estriba también en lo relativo a la reelección. De manera que me parece que debe mantenerse la solicitud del Senador Araya. Si quiere retirarla, la voy a plantear yo: que se discuta artículo por artículo.
Asimismo, deseo relevar que tengo un distingo entre lo que son las autoridades ejecutivas unipersonales y los organismos colegiados.
Entonces, no considero lógico, tal como viene en el proyecto, que se meta en el mismo saco a concejales con alcaldes, a consejeros regionales con el futuro gobernador: son autoridades distintas, son roles distintos, son funciones distintas. Además, tienen origen diferente, porque uno es proporcional representativo y el otro es una autoridad ejecutiva.
Por lo tanto, quiero que se mantenga la referida solicitud.
Usted tiene facultad para suspender inmediatamente la sesión a fin de tomar las consideraciones que necesite con el Secretario y después hacer una propuesta que despeje todo el debate que se ha generado acá.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Es lo que vamos a hacer de inmediato, porque llevamos una hora y media en este apasionante tema de reglamento.
La Mesa hará una propuesta recogiendo, por cierto, lo que ha dicho el señor Secretario y lo que hemos escuchado de los Senadores.
Se suspende la sesión por quince minutos.
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--Se suspendió a las 17:03.
--Se reanudó a las 18:09.
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La señora MUÑOZ (Presidenta).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra el señor Secretario, para dar a conocer los acuerdos de Comités.


El señor GUZMÁN (Secretario General).- En cuanto al proyecto de reforma constitucional en debate, sobre límite a la reelección de determinadas autoridades, los Comités acordaron lo siguiente.
En primer lugar, efectuar dos votaciones separadas. En la primera, pronunciarse en bloque respecto de los numerales 1 a 5 del artículo único, y en la segunda, pronunciarse respecto del numeral 6 del artículo único.
En segundo lugar, para efecto de estas votaciones, dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 124, inciso final, del Reglamento, en el sentido de que si el texto aprobado por la Comisión, ya sea de los numerales 1 al 5, o el 6, no reuniere los votos suficientes para su aprobación -son 26 en este caso, conforme al quorum que requiere esta reforma constitucional-, se pasará a conocer y a votar en particular el texto aprobado en general por la Sala del Senado.
Ahora, si el texto aprobado en general por la Sala del Senado tampoco alcanzara los votos suficientes para su aprobación, se someterá a votación, en los casos en que lo hubiere, el texto que fue remitido por la Cámara.
Para estos efectos, hay que tener presente que los quorum se mantienen. En ese sentido, también hay que considerar que la Comisión, cuando conoció el proyecto en su parte inicial, lo aprobó en general y en particular, con las modificaciones que introdujo la Comisión de Transparencia que participó en esa tramitación, y posteriormente la Sala lo aprobó en general.
Por consiguiente, en este momento nos encontramos, conforme a la propuesta que ha hecho la Comisión de Constitución, con una votación en general y en particular del texto aprobado por esa Comisión, y, de no aprobarse este, se aplicará el artículo 124 y se votarán los distintos textos hacia atrás que hayan sido sometidos a conocimiento del Senado.
En tercer lugar, se acordó otorgar cinco minutos para cada señora Senadora o señor Senador que quiera hacer uso de la palabra en el debate, y cinco minutos para la fundamentación del voto.
Eso es todo, señora Presidenta.