Click acá para ir directamente al contenido
ADELANTAMIENTO DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LEY QUE ESTABLECE PAGO A TREINTA DÍAS


El señor QUINTANA (Presidente).- Corresponde ocuparse, en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, con informe de la Comisión de Economía y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (13.045-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 74ª, en 20 de noviembre de 2019 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Economía: sesión 76ª, en 27 de noviembre de 2019.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- El principal objetivo de este proyecto es modificar la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, con el propósito de adelantar la entrada en vigencia de la obligación del pago del saldo insoluto de las facturas a treinta días, que en principio estaba contemplada en veinticuatro meses desde la entrada en vigencia de la ley, esto es, febrero de 2021. La iniciativa establece que la disposición entrará en vigencia una vez transcurridos tres meses desde la publicación de la ley respectiva.
La Comisión de Economía discutió el proyecto en general y en particular en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros, Senadores señora Rincón y señores Durana, Elizalde, Galilea y Harboe.
El señor QUINTANA (Presidente).- En discusión general y particular a la vez.
Les recuerdo que se trata de un proyecto de Fácil Despacho.
En primer lugar, tiene la palabra el señor Ministro.


El señor PALACIOS (Ministro de Economía, Fomento y Turismo).- Señor Presidente, esta es una iniciativa de ley que nace de una reunión que sostuve con todos los gremios de las pequeñas y medianas empresas en el país, los cuales, en forma conjunta, me plantearon la factibilidad de que adelantáramos la entrada en vigencia de la ley que explicita el pago a treinta días, que en la normativa actual está definida para febrero del 2021.
Ellos solicitaron que presentáramos un proyecto de "ley corta" para anticipar eso. Y es lo que se ha hecho acá: en este caso, son noventa días desde la publicación de la ley pertinente.
Es todo, señor Presidente.
Muchas gracias.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Economía, Senador José Miguel Durana.


El señor DURANA.- Señor Presidente, hoy sesionó la Comisión de Economía del Senado, y aprobó este proyecto para ponerlo a disposición de la Sala.
El objetivo de esta iniciativa es modificar la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, con el propósito de adelantar la entrada en vigencia de la obligación del pago del saldo insoluto de las facturas a treinta días, que en principio estaba contemplada en veinticuatro meses desde la entrada en vigencia de la ley, esto es, en el mes de febrero del 2021.
En efecto, este proyecto anticipa la obligación de pago a treinta días, considerando un período de ajuste de tres meses contados desde la publicación de esta nueva ley, período durante el cual el plazo máximo de pago será de sesenta días.
Lo anterior es en respuesta a demandas de los gremios de pequeñas y medianas empresas de nuestro país, para quienes este punto es fundamental.
Sin perjuicio de esta iniciativa, y tal como lo plantea el Ministro de Economía, señor Lucas Palacios, resulta necesario revisar otros elementos de la ley N° 21.131, específicamente, tres aspectos de la normativa vigente como los siguientes.
Primero, la entrada en vigencia de la obligación de emitir guía de despacho electrónica, que está prevista para enero del 2020, por la dificultad que representa para ciertos sectores: por ejemplo, el silvoagropecuario.
Segundo, estudiar cómo ha funcionado el registro que creó la ley, en el que se inscriben los contratos que pueden celebrar las partes, estableciendo de común acuerdo un plazo que exceda el legal de pago. Es necesario precisar que este registro no se preste para abusos.
Tercero, el IVA al crédito, que no puede ser utilizado hasta que se haya pagado la factura.
Asimismo, durante el debate habido en la Comisión, todos los Senadores tuvieron la oportunidad de manifestar sus puntos de vista y opiniones respecto del proyecto, los que se encuentran debidamente consignados en el informe respectivo.
La Comisión de Economía debatió y aprobó el proyecto en general y particular a la vez por la unanimidad de sus integrantes.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador Francisco Huenchumilla.
El señor HUENCHUMILLA.- No, señor Presidente.
El señor QUINTANA (Presidente).- Les reitero a Sus Señorías que estamos en Fácil Despacho, y el acuerdo era que se procediera a votar sin discusión. Además, ya tenemos los votos suficientes para aprobar el proyecto.
En votación general y particular el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador Francisco Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, simplemente quiero celebrar el adelanto de la vigencia de esta obligación de pago a treinta días.
No me cabe la menor duda de que esto va a significar también un alivio para todos y cada uno de los pequeños empresarios, las mipymes y las pymes.
Por supuesto, agradezco la gestión liderada por el Ministro Lucas Palacios en este sentido.
Así que nosotros vamos a votar favorablemente este proyecto.
El señor MOREIRA.- Pido la palabra.
El señor QUINTANA (Presidente).- Estamos en Fácil Despacho. Sin embargo, se han inscrito todos los Senadores miembros de la Comisión de Economía, entre ellos, el Senador señor Elizalde.
Tiene la palabra el Senador señor Moreira.


El señor MOREIRA.- Señor Presidente, nuestra Región de Los Lagos, como todas las regiones del resto del país, ha enfrentado una situación bastante deleznable, con actos de violencia durante estas últimas semanas. Como consecuencia de ello, han sido afectados decenas de pequeños comerciantes y productores que día a día observan mermas en sus ingresos por la imposibilidad de abrir sus negocios de manera normal, de entregar sus productos o porque han visto reducidos sus pedidos debido a la falta de demanda registrada.
En tal sentido, quiero ser enfático en señalar que este es un buen proyecto. Aquí se necesita muy buena fe de parte de quienes tienen que respetar la normativa propuesta, que son las grandes empresas, el retail.
También deseo expresarle mi reconocimiento y aprecio al ex Senador Eugenio Tuma, pues tanto él como los Senadores De Urresti, Andrés Allamand y quien habla somos los autores del proyecto que dio origen a la ley que ahora se está modificando, el cual fue elaborado con bastante esfuerzo...
El señor BIANCHI.- ¡Y cariño!
El señor MOREIRA.-... y cariño.
Señalo aquello porque a veces nos olvidamos de quienes ya no están con nosotros.
Este proyecto no es populista; es una iniciativa razonable, pues defiende a las pymes y a los comerciantes.
Entonces, esperamos de verdad que esa responsabilidad social que dicen tener las empresas no quede solo en el papel: ¡ahora es la oportunidad para darles una mano a las pymes y a quienes necesitan que este proyecto sea realidad!
Por supuesto, voto a favor.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador Elizalde.


El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, este proyecto fue aprobado por unanimidad esta mañana en la Comisión de Economía. Y viene a perfeccionar una normativa previa que establece el pago a treinta días, pero con una transitoriedad que lamentablemente fue malentendida y que constituyó una mala señal para muchas empresas que estaban pagando en un plazo muy acotado y que, a propósito de esta transitoriedad, empezaron a hacerlo en un plazo más dilatado, mayor de sesenta días, lo que generó un enorme perjuicio para las pequeñas empresas.
Entonces, se produjo el efecto contrario al que se perseguía con la ley N° 21.131.
A través de esta modificación, el Ejecutivo pretende, obviamente, que el plazo para que se establezca como obligatorio el pago dentro de treinta días sea mucho más acotado y, por tanto, que la ley original, la que fue reformada hace poco tiempo, tenga un efecto práctico en beneficio precisamente de las empresas más pequeñas, que son víctimas de los antojos -por decirlo de alguna manera- de las más grandes, que se demoran mucho tiempo en pagarles y que sin duda les generan un daño económico, incluso afectando su viabilidad financiera.
Queda pendiente, en todo caso, abordar los plazos respecto del sector público, que todavía son muy dilatados. La ley sí establece la obligatoriedad para aquel, pero con una transitoriedad mucho más grande, bastante más extensa. Es un tema que se halla pendiente y que dice relación con los niveles de eficiencia que debe tener el sector público para efectos de pagar en tiempo oportuno a sus proveedores.
Por todo lo anterior, vamos a pronunciarnos favorablemente respecto de este proyecto, pero, por cierto, entendiendo que todavía existen cuestiones pendientes, respecto de las cuales esperamos que el Ejecutivo plantee alternativas de solución.
Voto a favor.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, cuando se aprobó el proyecto de ley que establece pago a treinta días, algunos advertimos la necesidad de tener una transición menor. No parecía adecuado que el tiempo de entrada en vigencia de la ley fuera tan largo. Lo dijimos en su oportunidad. Se nos argumentaron razones económicas, de mercado. Y tuvimos que ceder y la ley finalmente se promulgó en enero de 2019.
Hoy día, a partir de la emergencia que hemos tenido, en que notoriamente se ha dañado el patrimonio de pequeñas empresas, particularmente el de pequeños comerciantes cuyos locales han sido saqueados o que eventualmente han sido afectados por la crisis económica, resulta evidente la necesidad de brindarles apoyo.
Acá estamos permitiendo que la ley que establece pago a treinta días entre en vigencia en los próximos tres meses.
Sin embargo, hay dos excepciones, y una de ellas es importante.
La primera es que los municipios y el sector salud quedan excluidos de esta limitación. Al respecto, hemos conversado con el señor Ministro de Economía la posibilidad de que se estudie una normativa especial para reducir los plazos, porque hay muchas pequeñas empresas que dependen de municipios y también del sector salud.
La segunda cuestión tiene que ver con un resquicio -y quiero que quede establecido en la discusión- que se ha instalado en el pago a treinta días: las grandes empresas, una vez que se prestan los servicios, están pidiendo que se mande una orden de compra, y luego de ello, en que pasan sesenta a setenta días, solicitan el envío de la factura.
En consecuencia, también ahí es importante que a través del Ministerio de Economía se les haga presente a las grandes empresas esta situación, para los efectos de que se evite esa mala práctica, que vulnera el sentido de esta legislación.
En todo caso, considero que el proyecto es un avance relevante. Pero tenemos que seguir avanzando para ayudar a las pequeñas y medianas empresas.
El señor QUINTANA (Presidente).- Por último, tiene la palabra el Senador señor Galilea.


El señor GALILEA.- Señor Presidente, efectivamente, cuando se tramitó este proyecto de ley, surgieron dudas tanto con respecto al plazo de entrada en vigencia como con relación a la guía de despacho electrónica.
Aquello fue zanjado en su momento. Sin embargo, por la crisis que vivimos, resulta imperioso hoy día al menos corregir de inmediato la entrada en vigencia de la ley, lo que va a permitir en definitiva que en tres meses más aproximadamente las empresas tengan que pagar todas sus facturas dentro del plazo de treinta días, desde la fecha en que aquellas fueron emitidas.
Como ha transcurrido un tiempo desde que se dictó la ley original y ya hemos tenido algunas experiencias, considero muy necesario que el Ministerio de Economía analice los cerca de 24 mil contratos que se han inscritos en el registro del Ministerio de Economía exceptuándose de la norma del pago a sesenta días.
En muchos de esos casos puede ser completamente atendible la razón por la cual en determinadas circunstancias no es posible pagar a treinta días. Pero es muy importante chequear que, bajo la premisa de inscribir los contratos, no esté tampoco la figura de que empresas de mayor tamaño estén aprovechando el crédito que les dan empresas de menor tamaño.
Aquello debe revisarse con mucho cuidado, así como también lo relativo al pago de servicios.
En los pagos de servicios muchas veces el mandante no le permite facturar a la empresa que le da el servicio. Por esa vía postergan y postergan el pago de la factura. Y finalmente nadie sabe bien a qué plazo la están pagando.
Así que, sin perjuicio de aprobar con entusiasmo este acortamiento del plazo de entrada en vigencia de la ley, creo que las dos cuestiones que mencioné también deben revisarse a la brevedad.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor QUINTANA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general y particular el proyecto (41 votos favorables), el cual queda despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Kast, Latorre, Letelier, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.