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MODIFICACIÓN DE LEY GENERAL DE EDUCACIÓN EN MATERIA DE CIBERACOSO O CYBERBULLYING


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, tal como dijo nuestra jefa de bancada, nos sumamos a las felicitaciones a la familia de Katy Winter, que ha sido capaz de transformar su dolor y trabajar por esta cruzada. Ojalá que sirva para muchos y muchas en nuestro país.
En relación con el proyecto en sí, con la moción, quiero hacer algunas precisiones.
Por cierto, lo voy a respaldar.
Es necesario entender el cyberbullying -y ya ha hablado nuestro colega, el Senador Pugh- no como una forma de bullying que se da en plataformas digitales, del modo en que lo proponen algunas mociones. Para que un caso de acoso escolar sea considerado bullying debe cumplir con características específicas, entre ellas, que la agresión debe ser reiterada en el tiempo.
Sin embargo, tratándose de los medios tecnológicos, de las plataformas, basta una sola publicación para que esta se transforme en una ofensiva que se difunde y llega a miles en segundos. Por lo tanto, en el ciberacoso lo "reiterado" no se entiende de la misma manera como está planteado en la actualidad en el inciso primero del artículo 16 B, y creo que ese tema tiene que ser abordado en la discusión en particular.
Respecto a las medidas reparatorias de las víctimas, en la misma línea de las particularidades del ciberacoso, es altamente recomendable -y lo vamos a indicar en su minuto- incorporar y resguardar en la ley el derecho al olvido, es decir, el derecho de que cada persona pueda exigir que se eliminen o se modifiquen los datos personales o una publicación que considere obsoleta, descontextualizada o lesiva para otros derechos.
Este derecho otorga cierta propiedad sobre la información que se publica de la persona y es una forma directa y concreta de resguardar a la víctima de publicaciones eternas que la persiguen y perjudican por muchos años. Es una manera de controlar las consecuencias del cyberbullying.
Y respecto al rol de los adultos responsables detrás de la agresión de ciberacoso, la fundadora de la Fundación Volando en V, señorita Andrea Henríquez, durante la tramitación en la Cámara de Diputados preguntó si los padres saben si sus hijos e hijas usan Instagram; cuántos los siguen en su priv; qué es un priv o un pack; o si su hijo ha estado involucrado alguna vez en un happy slapping; o si entenderían un texto escrito en leet; si su hijo o hija tiene un usuario en ThisCrush y qué publican sobre él o ella ahí. Y se podría seguir con las preguntas.
Lo digo porque tenemos una brecha digital de la cual debemos hacernos cargo, y es parte de los desafíos de este Congreso.
Para terminar, quiero señalar que este proyecto de ley debiera incluir, al menos, la obligatoriedad de una formación específica a los padres y a los profesores. Si queremos que esto tenga sentido, señor Presidente, debemos ir más allá en esta materia.