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MODIFICACIÓN DE ARTÍCULO 9° DE LEY N° 17.798, SOBRE CONTROL DE ARMAS


El señor MONTES (Presidente).- A continuación, corresponde ocuparse en el proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Araya, Harboe, Espina y Tuma, en primer trámite constitucional, que modifica el artículo 9° del decreto N° 400, de 1978, del Ministerio de Defensa Nacional, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 17.798, sobre Control de Armas, en materia de posesión, tenencia o porte de armas, con informes de las Comisiones de Defensa Nacional y de Seguridad Pública.
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.658-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Araya y Harboe, y de los entonces Senadores señores Tuma y Espina):
En primer trámite: sesión 14ª, en 10 de mayo de 2016 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Defensa Nacional: sesión 34ª, en 2 de agosto de 2016.
Seguridad Pública: sesión 34ª, en 18 de julio de 2018.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo de esta iniciativa es modificar el artículo 9° del decreto N° 400, de 1978, del Ministerio de Defensa Nacional, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 17.798, sobre Control de Armas, en materia de posesión, tenencia o porte de armas, para los efectos de introducir un elemento subjetivo del tipo que permita realizar un reproche penal, considerando la verdadera peligrosidad de la conducta.
La Comisión de Defensa Nacional discutió el proyecto en general y en particular, por ser de artículo único, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros, Senadores señores Araya, Bianchi, Guillier, Pérez Varela y Prokurica.
La Comisión de Seguridad Pública, por su parte, lo aprobó en general por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Allamand, Harboe e Insulza), y en particular, por igual unanimidad en los mismos términos en que fue despachado por la Comisión de Defensa Nacional.
El texto que se propone aprobar se consigna en la página 48 del informe de la Comisión de Defensa Nacional y en la página 5 del informe de la Comisión de Seguridad Pública.
Nada más, señor Presidente.
El señor MONTES (Presidente).- En discusión general el proyecto.
Sería bueno que el Presidente de la Comisión de Seguridad Pública nos aclarara si este proyecto está incluido dentro del "prontamente".
Tiene la palabra Su Señoría.


El señor INSULZA.- Señor Presidente, en primer lugar, debo señalar que esta iniciativa se halla incluida dentro del "prontamente".
Se trata de una modificación. La única diferencia con el proyecto que discutimos anteriormente radica en que el que ahora nos ocupa no tiene ningún problema de constitucionalidad.
Se trata de una iniciativa bastante simple; fue presentada por los Senadores Araya, Harboe, Espina y Tuma, y modifica un artículo de la Ley sobre Control de Armas.
La señora RINCÓN.- ¿Se rebaja algo?
El señor INSULZA.- Sí: se rebaja algo. Y lo voy a explicar.
Señor Presidente, el artículo 9° de la ley N° 17.798, sobre Control de Armas, dice: "Los que poseyeren, tuvieren o portaren algunas de las armas o elementos señalados en las letras b) y d) del artículo 2º, sin las autorizaciones a que se refiere el artículo 4º, o sin la inscripción establecida en el artículo 5º, serán sancionados con presidio menor en su grado máximo.".
Se plantea la existencia de casos -esto, de alguna manera, también lo consideró la normativa legal anterior- en que de los antecedentes o circunstancias del proceso puede presumirse fundadamente que la posesión o tenencia de armas está destinada a fines distintos de la alteración del orden público; del ataque a las Fuerzas Armadas o a las de Orden y Seguridad Pública, o de la perpetración de otro tipo de delitos, de cualquier género.
Se trata simplemente de una omisión en que incurre un particular.
La ley en proyecto mantiene la sanción establecida para dicha conducta. Pero ella ya no será de cárcel, sino de multa.
Al efecto, el inciso final que se propone para el referido artículo 9° dice: "No obstante lo dispuesto en los incisos anteriores, cuando las circunstancias de la posesión, tenencia o del porte de las armas o de los elementos señalados en las letras b) y c) del artículo 2° no demuestren un peligro efectivo para el orden público ni indiquen inequívocamente el propósito del autor de cometer con ellos algún delito, se impondrá una multa de once a cincuenta y siete unidades tributarias mensuales.".".
Ese texto se aprobó por unanimidad tanto en la Comisión de Defensa cuanto en la de Seguridad Pública, porque resulta obvio que la simple omisión en que incurre una persona en esta materia no puede ser motivo para la aplicación de la pena de cárcel; pero sí justifica la sanción de multa cuando no se inscribe un arma, aunque el propósito de tenerla sea la caza, la práctica de un deporte o algo por el estilo.
En tal dirección va este proyecto, señor Presidente. Es tan simple como eso.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela, para que nos informe la iniciativa como integrante de la Comisión de Defensa.


El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente, la Comisión de Defensa Nacional, también de manera unánime, en su momento aprobó la normativa en proyecto. Y lo hizo básicamente teniendo en cuenta que la ley N° 20.813, del año 2015, eliminó un párrafo que resulta fundamental para la discusión de esta iniciativa.
El párrafo en comento decía: "Si de los antecedentes o circunstancias del proceso pudiera presumirse fundadamente que la posesión o tenencia de las armas o elementos a que se refiere el inciso anterior estaba destinada a fines distintos que los de alterar el orden público, atacar a las Fuerzas Armadas o a las de Orden y Seguridad Pública o perpetrar otros delitos, se aplicará únicamente la multa.".
En consecuencia, existía la alternativa de una pena menor por una conducta distinta de las que acabo de señalar.
Los autores del proyecto presentaron durante la discusión en la Comisión de Defensa una serie de sentencias definitivas relacionadas con el caso típico en que en un camino rural se detiene a una persona que sale a cazar con un arma no inscrita o sin autorización para portarla, lo cual se transforma en un delito de peligro que deriva en la penalidad máxima establecida por la ley N° 20.813, la que, además, no le permite al juez valorar los antecedentes y determinar que dicha persona portaba un arma en tales condiciones con fines distintos de los señalados por la norma pertinente.
Tal posibilidad, sin duda, les generaba a los tribunales un amplio campo para determinar la peligrosidad de las personas y de qué delito se trataba.
La norma del año 2015, al determinar que se trataba de un delito de peligro, eliminó las dificultades de la prueba e hizo más fácil la persecución de los delitos más graves; empero, abrió la posibilidad de que personas que no tenían ninguna intención de cometer ilícitos como los explicitados fueran sancionadas duramente.
Ahora, el párrafo que leí se eliminó por las dificultades de la prueba. Porque, de acuerdo con la ley anterior -digamos las cosas como son-, era muy difícil probar que una persona sorprendida con un arma no inscrita o sin autorización para portarla no tenía el propósito de cometer delitos como el de atacar a la policía y otros.
Por ende, se dispuso que se trataba de un delito de peligro.
Esa es la discusión de fondo.
Como expresé, los autores del proyecto mostraron sentencias definitivas recaídas en personas que fueron castigadas injustamente con una pena mayor.
Conocimos por el entonces Senador Tuma un hecho específico ocurrido en la Novena Región: una persona que habitualmente salía a cazar -y todos lo sabían- en determinada comuna fue sorprendida con un arma ilegal por carabineros, quienes la pasaron al tribunal, donde se le impuso sanción de cárcel, sin posibilidad alguna de acceder a una pena sustitutiva, ni menos al pago de una multa.
Situaciones como la recién relatada llevaron a presentar esta iniciativa, que elimina la mera posesión o tenencia de armas como delito de peligro y exige una probanza para determinar que la persona sorprendida en la situación descrita intenta alterar el orden público; atacar a las Fuerzas Armadas o a las de Orden y Seguridad Pública, o perpetrar otros delitos.
La supresión a que me referí al comenzar mi intervención generó las dificultades que condujeron a la formulación de la norma propuesta.
Repito: en esta oportunidad el elemento central es la eliminación de la posesión o tenencia de armas como delito de peligro.
El señor MONTES (Presidente).- ¿Le parece a la Sala abrir la votación?
Acordado.
Se está planteando votar en general y particular a la vez.
Así se procederá.
El señor NAVARRO.- Pido la palabra, antes de que se abra la votación.
El señor MONTES (Presidente).- Voy a abrir la votación ahora, Su Señoría.
En votación general y particular.
--(Durante la votación).
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, acabamos de postergar la votación de un proyecto modificatorio de la Ley sobre Control de Armas y en este instante estamos flexibilizando una norma por la vía de establecer que la tenencia de armas sin autorización no será castigada con presidio menor en su grado máximo sino con multa.
Siguiendo la misma lógica que aplicamos para postergar la votación precedente, creo que habría que dejar esta iniciativa en manos de la Comisión a la espera de su inclusión en una propuesta más global.
Ciertamente, hay cazadores. Pero ahora va a haber cazadores en las bombas de bencina, en los malls, arriba de las camionetas que se usan para perpetrar delitos, en fin.
Señor Presidente, está claro que debemos discutir una integridad de medidas tendientes a disuadir a los portadores de armas para que podamos combatir la delincuencia y prohibir que las personas que carezcan de las condiciones requeridas las porten.
Si alguien tiene un arma, debe declararla e inscribirla.
Carabineros ha estado haciendo llamados masivos para que quienes poseen armas no inscritas las entreguen en las comisarías.
No obstante, el proyecto que nos ocupa va en la línea de que si alguien que tiene un arma no inscrita y es sorprendido portándola no va a la cárcel sino que paga una multa.
A mi entender, con ello se incentivará a la gente para que no inscriban las armas, pues dirá: "Si me pillan, pago una multa". Algunos podrán pagarla porque tienen muchos recursos. Pero tal vez otros no puedan hacerlo, por lo que terminarán en la cárcel.
Señor Presidente, la reducción de penas es contradictoria con la permanente política antidelincuencia del Gobierno, que busca que en Chile haya menos armas en la calle y que la gente no las tenga en su poder si no están debidamente inscritas.
Por eso, les digo a los colegas que plantean constantemente el aumento de las penas por porte ilegal de armas o por la comisión de otros delitos que esta propuesta es contradictoria o, a lo menos, va a provocar algo de confusión.
El Ministro Blumel ha planteado que dentro de 60 días va a traer una propuesta más integral. Así las cosas, considero que lo más razonable es que este proyecto de ley también se articule dentro de un todo que haga coherente aquello y permita saber si se están vulnerando otras disposiciones. Porque la contradicción más grande sería que aprobáramos este proyecto de ley y que, en definitiva, la propuesta del Ministro Blumel lo anulara por ir en un sentido contrario a la restricción del porte de armas.
A mi juicio, en cuanto a la caza como práctica deportiva debe haber una normativa especial. Pero tal razón no exime de la obligación de inscribir las armas.
En la Comisión el Senador Tuma citó a modo de ejemplo una situación que puede ser real. En mi concepto, para ese tipo de situaciones debería haber medidas distintas: normas administrativas, pedagógicas, educativas; trabajo con los clubes de caza y pesca. Pero bajar a multa la pena de cárcel solo provocará una discriminación odiosa y va a generar una tremenda flexibilización en materia de porte ilegal de armas, pues será el juez quien califique si tal acción tenía como objetivo demoler la nación, alterar el orden público, en fin.
Por lo tanto, caemos en una gran incertidumbre.
Ya no está entre nosotros don Eugenio Tuma, a quien le tengo un inmenso respeto. Trabajamos juntos durante muchos años. Sin embargo, a propósito del ejemplo que puso en la Comisión quiero hacer una pregunta: si en la Novena Región un agricultor sale a cazar provisto de una escopeta no inscrita y tras ser detenido dice "Yo andaba cazando conejos", y con un comunero mapuche ocurre exactamente lo mismo, ¿cuál será el criterio del fiscal y el del juez para determinar el objetivo perseguido por uno y otro?
Entonces, me parece que la flexibilización de la pena debe tener una matriz mucho más homogénea y estar dentro del contexto global del control de armas.
Entiendo que a ese respecto el Ministro Blumel nos hará una propuesta dentro de 60 días.
Por tanto, señor Presidente, yo pediría aplazar el debate de este proyecto de ley e incorporar su articulado en la misma propuesta sobre la cual esta Sala adoptó un acuerdo unánime.
Creo que eso es lo más razonable.
El señor MONTES (Presidente).- ¿Habría acuerdo de la Sala para aprobar la propuesta del Senador señor Navarro?
El señor COLOMA.- ¡Estamos en votación, señor Presidente!
El señor MONTES (Presidente).- Sí, lo sé
En el caso del proyecto anterior también estábamos en votación, señor Senador.
El señor COLOMA.- ¡Por Reglamento, no se puede interrumpir la votación!
El señor MONTES (Presidente).- En todo caso, reitero la consulta.
¿Habría acuerdo para el efecto señalado?
El señor COLOMA.- ¡No!
El señor MONTES (Presidente). No hay acuerdo.
Tiene la palabra al Senador señor García.


El señor GARCÍA.- Señor Presidente, yo encuentro de toda lógica lo que propuso el Senador Alejandro Navarro.
Entiendo la buena intención que tuvieron los autores de la moción para que no se apliquen disposiciones tan drásticas a personas que, por ejemplo, tienen un arma de caza no inscrita, en la medida que prueben que su propósito es cazar y no usarla con fines delictuales.
Sin embargo, creo que disminuir las exigencias que pone el Estado para la tenencia y porte de armas es una mala señal y una mala decisión.
Quizás, señor Presidente, deberíamos devolver este proyecto a las dos Comisiones que lo vieron, la de Seguridad Pública y la de Defensa Nacional, y pedir que se emita un nuevo informe tras escuchar a las nuevas autoridades encargadas de la seguridad pública.
Aquí se han tenido muy muy presentes los juicios y fallos de que hizo mención el Senador Víctor Pérez. Pero me parece que debemos escuchar a las nuevas autoridades del sector, que se hallan en una campaña, también muy bien intencionada, para lograr que la ciudadanía entregue las armas ilegales.
La idea es que la menor cantidad posible de armas esté en manos de particulares, por los riesgos que ello implica. Entre otras cosas, es fácil que se las roben personas que van a hacer mal uso de ellas.
Por eso, señor Presidente, más que por votar, me inclino por la propuesta que formuló el Senador Navarro, o bien, por la vuelta de esta iniciativa a las dos Comisiones que lo vieron en su oportunidad, a fin de que emitan un nuevo informe.
El señor MONTES (Presidente).- ¿Habría acuerdo para acoger la proposición del Senador señor García?
El señor COLOMA.- No, señor Presidente.
El señor MONTES (Presidente).- No hay acuerdo.
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, buscar un buen equilibrio en esta materia no es fácil.
En Rengo, yo vivo en Rinconada de Malambo. Mi vecino tiene un cuidador y una escopeta, la que debe disparar durante la noche porque hay gente que entra a robarle la fruta.
Eso es una práctica, por desgracia, real.
Además, amigos de lo ajeno van a robarles sus animales a otras personas (en varias ocasiones hemos discutido aquí acerca del abigeato).
¿Qué quiero plantear, señor Presidente? Que debemos abordar ese problema.
No sé si esta es la mejor fórmula.
Sin duda, no es razonable que una persona que tiene en el campo una escopeta para protegerse sea encarcelada durante varios años.
Tampoco lo es que un miembro de una agrupación de pesca y caza que va a un polígono a hacer prácticas de tiro de repente termine preso por la mala aplicación de determinado criterio.
Yo -repito- considero necesario abordar tales situaciones.
Ahora, la mayor dificultad -lo planteó el Senador Elizalde en algún momento- reside en que los narcotraficantes y el crimen organizado muchas veces se escudan usando armas de aquel tipo.
Al respecto, cabe connotar que los narcotraficantes y los miembros del crimen organizado suelen caer, no por la incautación de droga u otras acciones, sino por la procedencia de las armas que utilizan para la perpetración de sus ilícitos.
Por ende, señor Presidente, solo quiero plantear que se requiere más equilibrio en esta materia.
Yo soy partidario de la propuesta de los Senadores Navarro y García en el sentido de analizar este proyecto en el contexto de un debate mayor. Estoy abierto a la realización de ese debate. Pero aprobar la iniciativa en general y particular a la vez y despacharla me parece un exceso.
Por eso no quiero votar a favor, pues considero necesario que el debate se haga con mayor detención, lo que difiere de la posición de quienes desean que se vote en general y particular a la vez.
Si hubiera unanimidad para votar solo en general y, de aprobarse la idea de legislar, remitir el proyecto a Comisión para su discusión en particular, la solución sería bastante más fácil.
El señor MONTES (Presidente).- Esa es la propuesta del Senador señor Coloma, a quien le ofrezco la palabra.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, primero deseo dar una explicación más profunda acerca de la complejidad que reviste la apertura tan apresurada de las votaciones (a veces he sido vilipendiado por oponerme a peticiones que se formulan en tal sentido).
¡Este es el tipo de problemas que surgen cuando se abre una votación apenas termina la relación: le echamos para delante nomás!
Iniciada la votación, ella no puede dejarse sin efecto. Así lo dispone una norma reglamentaria de siempre, que tiene una lógica: darles a los procesos un curso razonable.
Entonces, la razón por la cual trato de que no se abra la votación una vez efectuada la relación es que en cualquier momento del debate uno puede colegir determinado tipo de consecuencias.
En segundo lugar, desde mi perspectiva, la moción, de la cual yo no soy parte, está bien diseñada.
Me tocó estar en la Comisión de Seguridad que dispuso el Presidente Piñera. Celebramos 22 sesiones, y este fue uno de los temas que se debatieron con mayor acuciosidad.
En el caso del proyecto que nos ocupa esta tarde, lo que ocurre es que la eliminación del párrafo que leyó el Senador Pérez Varela durante su intervención provocó en la práctica casi la inaplicabilidad de la norma correspondiente.
Hoy día, si alguien va a cazar conejos en Coltauco, en el Maule profundo, en fin, y es sorprendido portando un arma no inscrita, el juez tiene dos posibilidades: aplicarle una pena gigantesca o tratar de hallar una fórmula distinta para resolver la situación de manera práctica.
La norma en comento se concibió en el contexto de ser siempre muy duros en lo que respecta a la tenencia de armas.
Ahora, el gran problema de hoy día -lo conversamos con el Presidente del Senado antes de comenzar el debate- es la importación de armas por la vía legal.
¡En las armerías las ventas se hacen casi con informe psicológico adjunto...!
Ahí se produce el gran problema. Y eso es bastante más grave que el porte ilegal de un arma de caza, algo muy propio de muchos sectores de nuestro país.
Repito que me parece que la moción está bien pensada. Entonces, por lo menos, quiero dejar claro que no se trata de una locura, de una lógica de impunidad. Constituye una forma de afrontar una cuestión real.
A mí me sorprendió que todas las universidades que se han dedicado al asunto juzguen que este elemento hace necesario cambiar la norma actual. Todas ellas más o menos coinciden con el texto planteado.
Como tercera conclusión, iba a manifestar algo muy parecido a lo expuesto por el Honorable señor Letelier, en el sentido de dar una lógica distinta a la votación y determinar que nos encontramos en una discusión general. Por lo tanto, en la discusión particular habría espacio para que alguien expusiera una idea complementaria o distinta.
Pero, en el contexto, estoy seguro de que el punto se ajusta plenamente a lo que todos los especialistas van a expresar y lo que todos los expertos han dicho en las distintas instancias de la Comisión.
Así que secundo la sugerencia. Me parece más razonable el carácter de un pronunciamiento en general. Mas también hago un llamado a tratar de debatir las materias antes de abrir las votaciones.
Gracias.


El señor MONTES (Presidente).- Señor Ministro, el Senador señor Coloma ha hecho referencia a que, además del aspecto en examen, es muy importante considerar el contrabando de armas y la venta excesiva, irregular y clandestina. Como parece que eso no se halla en los informes, sería bueno contemplarlo dentro de la proposición.
Habría unanimidad, entonces, para que la decisión sea solo en general.
Puede intervenir el Honorable señor Elizalde.


El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, creo que, con la premura que se han visto las dos iniciativas, estamos realizando planteamientos en cierta forma contradictorios. Porque, por un lado, está la idea del Senador señor Chahuán de establecer un mejor acceso a la información en el caso de quienes hayan cometido delitos y pretendan obtener armas, y, por el otro, aquella que nos ocupa. Aunque en este caso se establece una norma excepcional, en alguna medida, esta será de general aplicación, lamentablemente.
Si queremos enfrentar en serio la delincuencia, el drama se registra sobre todo con relación a delitos violentos. Entonces, para no vivir la misma experiencia de otros países de la región, necesitamos que existan pocas armas y que todas ellas se encuentren inscritas, además de que, en lo posible, los civiles no las poseamos. Si eso se logra, la peligrosidad de los ilícitos disminuirá de manera significativa.
En consecuencia, cuando en 2015 se discutió la reforma, se pretendió establecer algo muy simple: la presunción de que la tenencia de un arma es para cometer un delito.
No conozco a ningún civil amigo que llegue armado a una fiesta, a un restaurante o a una discoteca, como ocurre en otros países de América Latina. Los que hemos estado en ellos sabemos que tales implementos se dejan afuera, incluso donde se prohíbe su porte. Eso no acontece en Chile.
El proyecto dará lugar a algo muy simple: los narcotraficantes y los que vayan a cometer "portonazos" que anden armados, pero que sean detenidos poco antes de entrar en acción, van a decir: "Portaba el arma, pero para un fin distinto. No había peligrosidad alguna en mi conducta". Y ello va a empezar a quedar impune y se deshará el incentivo que se precisa contemplar para la inscripción.
Comprendo el sentido de la propuesta. Me parece pertinente adecuar nuestra legislación precisamente para evitar el caso extremo de quien posee un arma para otro tipo de finalidad. Pero estimo que incluso la redacción de la reforma en orden a agregar un nuevo inciso hará letra muerta la legislación vigente y que los delincuentes -porque digamos las cosas como son: ellos son los portadores de armas, por regla general- no van a recibir ninguna sanción, salvo cuando sea tarde y haya mediado un delito atroz, porque ya se habrá cometido el homicidio o el robo.
Por eso, estimo que la presente proposición contradice el sentido de lo discutido en la anterior, del Honorable señor Chahuán, que suscribía el Senador que habla.
A mi juicio, el planteamiento de los colegas García y Navarro ha sido lo más razonable a fin de poder darnos una pausa reflexiva para buscar una solución al problema, que existe.
No desconozco que el texto es bienintencionado, pero resulta deseable que permita una legislación armónica, más aún en el contexto de que el propio Ministro señor Blumel ha expuesto que el Gobierno va a presentar una propuesta.
Conviene lograr una visión global a fin de contar con las herramientas necesarias para evitar algo muy simple: que se sigan cometiendo delitos con armas y altos grados de brutalidad, lo que constituye, lamentablemente, la tendencia existente. Si analizamos las cifras, en Chile se registra un aumento de los ilícitos violentos.
Ese es el drama.
Aun cuando la tasa de homicidios se mantiene relativamente estable, el salto del robo al homicidio, si no existe un control a tiempo, va a generar una tragedia.
¡Y qué decir de las bandas de narcotraficantes armados!
Por lo tanto, necesitamos una legislación enérgica que dé una señal clara y nítida: no se pueden portar armas. Y si se poseen -no para portarlas-, es preciso que estén inscritas.
En caso contrario, vamos a deplorar la entrada en el mismo drama de otras sociedades de la región, con altísimas tasas de homicidio -reitero- por no haber sido capaces de ejercer un control a tiempo.
Insisto en que la proposición obedece a una buena intención, pero creo que da una señal contradictoria, por desgracia, con lo que hemos debatido.
Por eso, estimo necesario enmarcar la materia dentro de una discusión global, que nos permita lograr una legislación equilibrada. Pero ello no significa que sea neutra: se trata de que dé una señal clara.
El señor MONTES (Presidente).- Concluyó su tiempo, Su Señoría.
Dispone de un minuto para concluir.
El señor ELIZALDE.- La señal clara es que en Chile no se pueden portar armas.
¡La señal clara es que en Chile necesitamos menos armas!
¡La señal clara es que quienes deben llevarlas son los encargados de la seguridad pública! Ello, al ejercer el Estado el monopolio legítimo de la fuerza, le corresponde a la fuerza pública, la cual, además, cuenta con la educación y el adiestramiento para hacerlo con los menores niveles de peligrosidad.
A lo anterior se agrega no solo el hecho de que tales implementos en las casas son peligrosos, sino de que los delincuentes también los roban al cometer el delito. Sabiendo que los hay, disparan primero y preguntan después.
Lo más dramático es que, a veces, menores de edad tienen acceso a armas y ocurren accidentes.
Por lo tanto, juzgo que necesitamos un equilibrio, pero con una señal contraria a la proposición en examen, lamentablemente.
El señor MONTES (Presidente).- Está claro que Su Señoría estima conveniente volver al planteamiento del Senador señor Navarro...
El señor ELIZALDE.- Y del Honorable señor García.
El señor MONTES (Presidente).- En efecto.
Es preciso decidir después de la siguiente intervención.
El señor COLOMA.- ¡Estamos en votación, señor Presidente!
El señor MONTES (Presidente).- Sí, señor Senador. Lo digo para cualquiera que sea la propuesta.
Tiene la palabra la Honorable señora Ebensperger.


La señora EBENSPERGER.- Señor Presidente, simplemente deseo contribuir con algunos antecedentes.
Sin duda, es poca la gente que se puede restar de la iniciativa del Senador señor Chahuán. Creo que va en la línea correcta.
Sin perjuicio de ello, me parece que lo comprometido por el Ministro señor Blumel dice relación también con lo que debemos hacer para legislar de manera adecuada, de acuerdo con la Constitución y las leyes.
Respecto del proyecto en análisis, soy partidaria de lo señalado acá en el sentido de que se vote solo en general. Juzgo que todo lo comprendido en materia de armas debe ser objeto de una discusión más acabada.
Para aportar algunos datos, deseo consignar que, al menos en la Región de Tarapacá, que represento, el 52 por ciento de las armas requisadas durante el año 2007 no se hallaban inscritas, es decir, obedecían a un contrabando. Ni siquiera se trataba de la recepción de artefactos hechizos.
Ello de verdad da un tono de alerta, porque no queremos que lo que se vive en regiones del norte -puedo referirme con mayor conocimiento de causa a mi Región- se generalice en Chile.
A mi juicio, el asunto es absolutamente relevante y es preciso considerarlo de acuerdo con su importancia. Cabe legislar seriamente por el bien del país, para evitar actos violentos que terminen en homicidio, sicariato y otras acciones que últimamente se han dado en llamar "delitos importados", en lo cual mi Región lidera, por desgracia.
Me parece que se trata de aspectos de alta significación, que repito que merecen un tratamiento más acabado que aquel que ha tenido lugar hoy día en la Sala. No obstante que ello también va en beneficio del debate, es preciso abordar muchos puntos más para legislar de la manera correcta y en beneficio de las personas.
Gracias.


El señor MONTES (Presidente).- Hay una propuesta del Honorable señor Navarro para no votar, apoyada por dos señores Senadores. Pero el problema es que ya nos pronunciamos.
La otra implica cambiar el sentido de la votación, que era en general y en particular, y dejarla solo en general.
¿Habría acuerdo con relación a esta última, que tendría más factibilidad de ser acogida?
La señora EBENSPERGER.- Sí, señor Presidente.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor MONTES (Presidente).- Terminada la votación.
--Por 14 votos a favor y 4 abstenciones, se aprueba en general el proyecto.
Votaron por la afirmativa las señoras Aravena, Ebensperger y Rincón y los señores Castro, Coloma, Galilea, García-Huidobro, Guillier, Insulza, Letelier, Ossandón, Pérez Varela, Prohens y Sandoval.
Se abstuvieron la señora Órdenes y los señores Elizalde, Montes y Navarro.
El señor MONTES (Presidente).- La Honorable señora Provoste deja constancia de su intención de voto a favor.
Queda establecido en la Versión Oficial, entonces, que el señor Ministro Secretario General de la Presidencia llegará en sesenta días con una iniciativa integral y completa sobre las armas.
El señor BLUMEL (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Sí, señor Presidente.
El señor MONTES (Presidente).- Muchas gracias.