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PROHIBICIÓN DE USO DE REGISTROS HISTÓRICOS DE DATOS COMERCIALES CADUCOS


El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señor Harboe, señora Pérez San Martín y señores Horvath, Pizarro y Tuma, en primer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales para prohibir el uso de registros históricos de datos comerciales caducos, con informe de la Comisión de Economía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.917-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señor Harboe, señora Lily Pérez, y señores Horvath, Pizarro y Tuma):
En primer trámite, sesión 96ª, en 10 de marzo de 2015.
Informe de Comisión:
Economía: sesión 15ª, en 12 de mayo de 2015.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo principal del proyecto es ampliar el ámbito de aplicación del artículo 18 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, disponiendo que no solo está prohibida la comunicación de datos caducos, sino que además queda proscrito el uso, tratamiento y transferencia de dicha información.
Se modifican la Ley General de Bancos, la Ley General de Cooperativas y otros cuerpos normativos, como la ley que establece un nuevo estatuto general para las cajas de compensación de asignación familiar.
La Comisión de Economía discutió esta iniciativa solamente en general, y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Lily Pérez y señores Orpis, Pizarro y Tuma.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en las páginas 18 a 20 del informe y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
Nada más, señor Presidente.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Gracias, señor Secretario.
En discusión general el proyecto.
¿Habría acuerdo para abrir la votación?
El señor MOREIRA.- ¡Por supuesto!
El señor HARBOE.- Sí, señor Presidente.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Acordado.
Antes de poner en votación el proyecto, vamos a fijar plazo para presentar indicaciones.
El señor HARBOE.- Señor Presidente, que sea para la segunda semana de diciembre.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Entonces, si le parece a la Sala, el plazo para presentar indicación será hasta el lunes 7 de diciembre.
Acordado.
En votación general el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, este proyecto, como bien se señaló, está originado en una moción de los Senadores señora Lily Pérez y señores Horvath, Pizarro, Tuma y quien habla, y es parte de la denominada "Agenda contra los abusos".
El creciente desarrollo de la industria del tratamiento de datos ha generado un verdadero desbalance entre el principio de la libre circulación de ellos y la protección de la vida privada de las personas -tan en boga en los últimos días-, y por tanto, de los datos personales de los ciudadanos.
Hoy por hoy, resulta común ver en Internet avisos de venta de bases de datos con indicación de domicilios, RUT, actividad laboral, formación académica, e incluso algún tipo de discapacidades. En fin, un conjunto de información que permite segmentar a cada ciudadano en razón de su comportamiento mercantil, afecciones de salud o patrimonio.
Al observar la experiencia comparada, surge, como primera reflexión, una preocupación al ver que mientras en Chile recién estamos discutiendo sobre la conveniencia de proteger los datos de las personas en Europa el debate ya está versando acerca de cómo enfrentar el fenómeno de la administración de datos, el derecho al olvido en la redes sociales, como Yahoo, Facebook, en fin.
De hecho, hay un fallo histórico: el 14 de mayo de 2014 la Corte Europea de Justicia hace un reconocimiento expreso a la protección del derecho al olvido en materia de Internet, es decir, admite que las personas tienen derecho a que cierta información deje de ser tratada y publicada transcurrido determinado lapso.
Así las cosas, la OCDE le ha advertido a Chile en reiteradas oportunidades que no es un país seguro en materia de protección de datos personales. Ello ha obligado a legislar al respecto.
En la actualidad, el tratamiento de datos comerciales es bastante negativo. Los registros solo recopilan información negativa o incumplimientos de los ciudadanos, mas no los cumplimientos (la información positiva).
Por su parte, la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, es un instrumento que ha sido superado por la realidad económica nacional y mundial, toda vez que circunscribió en su discusión legislativa la prohibición de publicar la información que denomina "caduca", es decir, aquella que adolece de veracidad, pues ya ha transcurrido un lapso.
Pero, tal como se señala, la prohibición que estableció el legislador en aquel momento (ley N° 19.628) es la de publicar, mas no la de usar.
En la práctica, lo que ocurre es que muchos ciudadanos, hombres y mujeres, son víctimas de su historia comercial y mercantil.
Es entendible -así ocurre en las economías desarrolladas- que el historial comercial de una persona lo acompañe a la hora de ser evaluado en el crédito. Pero el objetivo de dicha información es establecer su capacidad real de pago y su comportamiento mercantil.
Pero el paso del tiempo es un elemento, y así lo reconocen el profesor Palazzi y la doctrina y jurisprudencia internacional, también de caducidad de la información.
Se ha permitido en algunas legislaciones que, transcurrido el plazo de cinco, siete o diez años -según la nación de que se trate-, los registros de información comercial procedan a ser borrados y se prohíba su utilización en razón de que no se entiende que la información sea veraz y permita evaluar de manera objetiva el riesgo de crédito de determinada persona.
Por eso, lo que hace esta moción es justamente circunscribir el tiempo durante el cual podrá estar vigente la información comercial. Y el objetivo -para decirlo en fácil- es borrar la información o los "históricos" que muchas veces condicionan de manera injusta la vida mercantil o las opciones de crédito de numerosos ciudadanos.
Este proyecto va a tener gran aplicación práctica. Por ejemplo, permitirá que jóvenes que en su etapa de estudiantes quedaron como deudores de un préstamo educacional que con posterioridad repactaron o incluso pagaron salgan de la información pertinente, que hoy día les impide ser sujetos de crédito.
No parece lógico, señor Presidente, que nuestro país, a estas alturas del desarrollo, no tenga considerado en su legislación el denominado "derecho al olvido".
Esto no es una innovación: es la adecuación de nuestras normas a la experiencia práctica de las normas internacionales. Estados Unidos, Canadá, Francia, España, Argentina, Uruguay, Brasil, Paraguay son países que contienen en su legislación el denominado "derecho al olvido", que (como señalé anteriormente) en plazos de cinco, siete o diez años determina la imposibilidad de utilizar información y publicarla.
Cuando hablamos del derecho al olvido nos estamos refiriendo a una expresión más específica del principio de finalidad y supresión de los datos y de la protección de la vida privada.
Se trata de que los datos sean usados legítimamente, para el fin que autorizó su tratamiento, sin que ello signifique que permanezcan en el fichero ad eternum.
Por el contrario, se busca que, cuando se agota la finalidad o pierde sentido su tratamiento, el dato sea olvidado o eliminado, como si nunca hubiera existido.
Es una expresión del derecho de supresión, tal y como lo señala claramente el fallo argentino de 12 de noviembre de 1999 que consagró el derecho al olvido.
El derecho al olvido ha sido debatido fundamentalmente en dos áreas: la de los datos personales en las redes sociales y, también, la de los datos comerciales.
En tal contexto, en Chile, como se ha dicho, existen normas que solo se limitan a enunciar estos datos y a regular cómo debe hacerse el tratamiento, sin que exista una consagración expresa del derecho al olvido.
Solo el artículo 18 de la ley N° 19.628 y el artículo 10 del decreto supremo N° 950, de 1928, contienen normas sobre la imposibilidad de comunicar datos caducos, es decir, aquellos que han permanecido en un fichero por más de cinco años.
Señor Presidente, no parece lógico que hoy día la legislación, por un lado, permita que quien comete un crimen deleznable como la violación de un menor con resultado de muerte, una vez cumplida su condena y transcurridos diez años, borre ese antecedente criminal y figure en el certificado respectivo "sin antecedentes", y por otro, no posibilite borrar una deuda, aun cuando se haya pagado.
No parece lógico -insisto- que nuestro ordenamiento permita borrar un crimen, mas no una deuda que incluso se ha pagado.
El bien jurídico protegido en el caso del crimen son la vida, la libertad sexual o la libertad ambulatoria, mientras que en el de la deuda solo es la propiedad.
En Estados Unidos, la Fair Credit Reporting Act es pionera en la materia.
En el Reino Unido, los informes crediticios están normados por la Consumer Credit Sct, secciones 157 y 160: se establece un plazo de seis años.
La legislación francesa determina en La Banque de France un plazo de cinco años.
La ley española de 1999 consagra también el derecho al olvido: a los seis años.
En consecuencia, señor Presidente, este proyecto de ley busca terminar con los registros históricos que, por el hecho de haber tenido una deuda en alguna oportunidad de la vida, condicionan y limitan la posibilidad de acceso al crédito en la economía nacional, que se basa (valga la redundancia) en el crédito.
Esta iniciativa contiene cuatro artículos permanentes y dos transitorios.
¿Por qué cuatro artículos permanentes? Porque decidimos modificar la Ley General de Bancos, la Ley General de Cooperativas, la ley sobre cajas de compensación y la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada.
No queremos que nunca más una institución bancaria o una caja de compensación nos diga que no se aplica la ley de protección de datos personales porque sus leyes son orgánicas constitucionales, argumento que no tiene ningún valor, pero que lo han aducido en los juicios en tribunales.
Este proyecto establece, además, un régimen de sanciones que va desde las cien a las mil unidades tributarias mensuales para cualquier institución que violente la protección de datos; en este caso, el derecho al olvido. Y, para crear un incentivo positivo, se sanciona solidariamente al funcionario del banco, caja de compensación o cooperativa que utilice la información correspondiente de manera ilegal.
Señor Presidente, la ley en proyecto va al corazón de millones de chilenas y chilenos, pues permitirá terminar con registros históricos que tienen ahogadas a millones de personas que no pueden acceder a un crédito por el solo hecho de haber quedado debiendo en alguna oportunidad de su vida.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Solicito autorización de la Sala para me remplace por cinco minutos el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- ¡Prometo no decir nada...!
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Ese es el compromiso: ¡no decir nada...!
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- ¡Que se retracte de todos sus dichos...!
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- ¿Le parece a la Sala?
Acordado.
--Pasa a presidir la sesión el Honorable señor Navarro, en calidad de Presidente accidental.
El señor NAVARRO (Presidente accidental).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, en primer término, quiero felicitar al colega Harboe y a quienes lo acompañaron en este proyecto; entiendo que son los Senadores señores Pizarro y Tuma y la Senadora Pérez.
Creo que esta es de las mociones que vale la pena considerar en el Senado. Y ojalá sea ley pronto.
Como se explicó, hoy día, con las nuevas tecnologías, la capacidad de circulación de la información es infinita, instantánea y simultánea. Pero, obviamente, también está atentando contra los derechos básicos, contra la denominada "protección de la vida privada de las personas y sus datos personales".
Claramente, Chile tiene que ponerse al día. Si se lo compara con las demás naciones de la OCDE, nuestro país está muy atrasado.
Señor Presidente, hablando de protección a la vida privada, no puedo dejar de mencionar -y voy a desviarme un minuto- lo que lamentablemente debimos compartir en el día de ayer.
Hemos visto cómo mediante un acto deleznable se puede vulnerar la vida privada de un parlamentario sobre la base de publicar a través de un medio de comunicación, no solo irresponsablemente sino además delictualmente, una comunicación privada vía telefónica, mediante WhatsApp, captada con un lente que estaba recogiendo información.
Espero que la lección de ayer sea suficientemente importante. Y estoy de acuerdo con la Cámara de Diputados, que decidió querellarse, para que podamos dar una lección. Ojalá que de una vez por todas aprendamos que existen límites y que debe haber respeto a la vida privada de la gente y a sus datos personales.
Señor Presidente, volviendo al tema que nos ocupa, me parece que estamos ante una tremenda moción, que va a ayudar sobremanera en nuestro país.
En Chile una gran cantidad de personas están endeudadas, por distintas razones. Muchas de ellas ya pagaron sus deudas; pasaron más de cinco años, pero siguen registradas. Y la información se utiliza mal, pues no se aplica el denominado "derecho al olvido". Así, esos ciudadanos son considerados riesgosos cuando solicitan un crédito a las distintas instituciones que realizan esas operaciones financieras: bancos, cooperativas, cajas de crédito, en fin.
¡Qué más injusto que quien tuvo una deuda y la saldó quede registrado permanentemente!
¡Qué más injusto que esa persona vea cerradas las puertas ante cualquier solicitud de crédito que hace para comprar una vivienda, un bien de consumo o cualquier otra cosa!
Y ello, lisa y llanamente porque no hemos sido capaces de entender que los datos en cuestión no pueden usarse mal y que hay que borrar toda información como la explicitada.
Por eso, creo que debemos procurar que los datos comerciales caducos se extingan, pues su permanencia está afectando a millones de personas.
Al respecto, me parece importante un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago donde se declara la ilegalidad en que incurren quienes hacen evaluaciones de riesgo inexactas, carentes de objetividad y perjudiciales para las personas.
Señor Presidente, este es un gran proyecto. Ojalá lo aprobemos unánimemente.
Felicito a quienes adhirieron a la moción del Senador Harboe.
La futura ley nos hará muy bien como país si somos capaces de entender que los datos personales tienen un uso específico y no pueden prestarse para cometer abusos contra personas que en algún momento de su vida contrajeron una deuda, la saldaron y sin embargo permanecen en un registro que las convierte en riesgosas y, por tanto, les impide acceder al crédito.
Por eso, señor Presidente, voy a votar a favor.
Pienso que llegó la hora de actualizarse. Chile debe ir a los estándares de los demás países pertenecientes a la OCDE y de muchas otras naciones, pues está bastante atrasado en la materia.
El señor NAVARRO (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, este es un proyecto antiabusos, como muchas otras iniciativas que hemos debatido en el último tiempo.
Todos ellos persiguen el afán de defender a los ciudadanos de atropellos a sus derechos, los que se cometen en las más variadas formas y por las más diversas entidades.
Ahora se trata de terminar con los abusos en que incurren bancos, entidades financieras, cajas de compensación que, en las evaluaciones crediticias que hacen hoy, no están cumpliendo las disposiciones que impiden la utilización de información financiera caduca, es decir, deuda que ya fue pagada, o que se encuentra extinguida, o que es anterior al plazo de vigencia de cinco años que establece la ley.
Es curioso, señor Presidente, que debamos aprobar leyes especiales para obligar a los bancos a cumplir normas que ya existen y que se vulneran bajo el amparo de resquicios y de supuestos vacíos legales.
La disposición actual dice que en ningún caso pueden "comunicarse" los datos. Y ahora el proyecto agrega que ellos tampoco pueden "usarse" o "tratarse".
¿Era necesaria esta iniciativa?
Si hubiera buena fe de parte de las entidades crediticias, se habrían abstenido de seguir usando registros históricos para evaluar el riesgo de sus colocaciones. Pero eso no ha ocurrido: han optado por persistir en sus conductas. Por lo tanto, debemos legislar especialmente para evitar que ese abuso continúe.
El derecho de los bancos a contar con información suficiente para evaluar el riesgo de sus clientes no es absoluto: también están el derecho de los particulares a reiniciar sus actividades una vez que han superado sus problemas de morosidad y el derecho a la protección de los datos personales.
¿O acaso los mismos bancos no han enfrentado dificultades en su actividad comercial, al punto que incluso han necesitado ayuda estatal?
En estos días se ha hecho pública la situación de insolvencia que afecta a una caja de compensación.
¡Justamente las entidades de esa índole otorgan créditos al segmento de personas más vulnerables: el de los jubilados...!
¿Cómo se sentirán los jubilados que han pagado varias veces el monto de su crédito original cuando ven en las noticias que ejecutivos de las cajas de compensación, las que supuestamente no tienen fines de lucro, falsearon información para poder recibir un bono?
Esas son las instituciones que han eludido hasta ahora la correcta aplicación de las normas sobre protección a la vida privada.
Nuestro país ha madurado, ya no tolera ese doble estándar.
Por otro lado, muchas voces reclaman por señales para la reactivación de la economía. Y este proyecto contribuye concretamente a dicha finalidad.
Una economía que les da una nueva oportunidad a los emprendedores se dinamiza.
Por eso, considero que la ley en proyecto va en la dirección correcta y es propia de estos tiempos.
De una parte, pone freno a los abusos en el uso de la información financiera de los chilenos que pagaron sus deudas o que tienen deudas que ya no están vigentes, y de otro, les permite a los deudores que han enfrentado problemas reiniciar sus actividades sin la mochila de datos caducos que actualmente les impiden el acceso al crédito.
Por eso, voto que sí.
El señor NAVARRO (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Dos cosas, señor Presidente.
Primero, aunque no tiene que ver con este proyecto, comparto lo que planteó la Senadora Allende en el sentido de rechazar absolutamente las normas intrusivas en la vida privada, que se han hecho pan de cada día. Creo que ellas generan una situación de ilegítimo desprecio a la vida privada, lo que a mí me violenta.
Por eso, aunque esta iniciativa va en una línea distinta, creí que era atingente esta reflexión, que he querido compartir.
En segundo lugar, aun a riesgo de meterme en algún enredo (¡pero la vida nos hace meternos en enredos...!), quiero hacer una reflexión un tanto crítica del proyecto, la que puede ser -y yo no tengo la respuesta- parte de una discusión más especial posterior.
A mí me pasa algo: no sé si el objetivo final del derecho al olvido que se ha diseñado (entiendo ese derecho en varios ámbitos) va a ser bueno o malo.
Eso es lo que deseo transmitir. Y quiero hacerlo sin ninguna idea preconcebida.
Porque, al final, ¿qué busca este articulado? Básicamente, hacer inexistente la historia comercial de una persona pasados cinco años, en busca de que eso pueda facilitarles a todos el emprendimiento.
Pero fíjense en lo que se escribe: aquí no solo se tienen que borrar -entre comillas- las obligaciones no pagadas, sino que, además, no se podrá usar, tratar o transferir, para efectos de evaluación de riesgo comercial o proceso de crédito, datos personales económicos de personas cuyas obligaciones hayan sido extinguidas.
O sea, si yo he pagado toda mi vida, si un emprendedor ha pagado toda su vida, esos datos no se podrán usar, por ejemplo, para el otorgamiento de un crédito.
Porque esta norma no busca extinguir la obligación del que no ha pagado, sino que no se pueda usar la información: ni la del que no ha pagado, ni la del que ha pagado.
Eso me genera una duda bastante de fondo respecto a lo que ocurre finalmente con aquel tipo de instituciones.
¿Cómo se entregan los créditos?
Las instituciones bancarias -he estado pensando en este breve período de tiempo- hacen evaluaciones. Una de ellas es el riesgo del crédito.
¿Qué siento yo?
Si se termina la facultad de evaluar ese riesgo (¡fíjense en lo que digo!) sobre la base de obligaciones cumplidas, ¿qué va a ser importante? Va a ser importante el patrimonio y va a ser importante (y lo diré porque es lo que más me complica) la familia de proveniencia.
Sé que este es un efecto completamente inesperado, indeseado. Pero si una persona no ha cumplido -¡fíjense en lo que digo!-, no puedo verlo. ¿Qué me va a importar para dar un crédito? Básicamente, saber si esa persona tiene patrimonio.
¿Y qué pasa con los emprendedores? ¿Qué pasa con los que no tienen patrimonio? ¿Cómo se puede decir que se tienen un historial y un ánimo de cumplimiento?
Yo entiendo perfectamente lo que anima a los autores de la moción: por así decirlo, quieren aplanar la cancha. Pero se puede producir un efecto bien indeseado: que, como un aval importante para que le otorguen un crédito, uno no pueda exhibir un correcto desempeño, pues estaría prohibido legalmente.
Entonces, quiero hacerlos reflexionar.
Creo que aquello no debiera ser el objetivo. Al final, la falta de información dificulta una buena toma de decisión.
Entonces, una cosa es enfrentar los abusos y otra eliminar el concepto de cumplimiento como elemento para los efectos de otorgar un préstamo.
Pienso que vamos a volver a los viejos tiempos, cuando para obtener un crédito se requerían ingentes recursos o mucho contacto familiar. Y eso, a menos que esté equivocado, no me puede convencer.
No me parece que la redacción sea la que los autores imagino que buscaron.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Tuma.


El señor TUMA.- Señor Presidente, el progreso tecnológico ha provocado un impacto considerable en el campo del resguardo de la información, del mismo modo que en difundirla. Internet es una poderosa herramienta de información global que configura una verdadera huella digital y dactilar de nuestro pasado, y demanda un debate sobre el derecho al acceso libre a los datos y la debida protección de la intimidad.
Este equilibrio es precisamente lo que está en juego con el derecho al olvido, cuya finalidad es evitar que un individuo sea prisionero perpetuo de su pasado y obliga a las instituciones a eliminar ciertos detalles de carácter personal una vez transcurrido un período de tiempo.
Es un derecho que presenta tres áreas: la del pasado judicial -es habitual la posibilidad de limpiar antecedentes, del mismo modo que en el Registro Civil respecto de faltas a la Ley de Tránsito-; la correspondiente a la legislación de protección de datos, y la de un nuevo derecho digital, y aún polémico, que equivaldría a la atribución de una fecha de caducidad a los datos personales.
En la actualidad se halla en discusión todavía el derecho al olvido en relación con las redes sociales.
El proyecto que aprobó en general la Comisión de Economía y que se encuentra en debate aborda un área específica y acotada del derecho al olvido, referente solo a los datos comerciales. Sin embargo, en el caso de una deuda de esta índole, la ley N° 19.628, publicada en 1999 -ya tiene más de quince años de aplicación-, ha sido bastante eficaz. Mas ha habido excepciones en que esta legislación y el derecho al olvido son vulnerados por las instituciones acreedoras, especialmente, quizás no desde el punto de vista de transferir información, pero sí de hacer análisis y de utilizarla. Y eso es lo que se quiere evitar con la iniciativa.
Producto de la negligencia histórica de la Superintendencia de Bancos, se les ha permitido a estas entidades usar y abusar de los antecedentes. Por su parte, la banca se defiende señalando que solo los emplea, pero no los comunica. Lo que vamos a hacer ahora precisamente apunta a que no pueda utilizarlos para la evaluación de riesgo. No parece razonable que en nuestra legislación sea posible borrar un crimen y no una deuda.
Por eso, el derecho al olvido que se aborda en la iniciativa se refiere a una dimensión acotada de la discusión sobre la materia que las sociedades están realizando. Compatibilizar el derecho a la vida privada con el acceso a la información en la era digital es un desafío regulatorio nacional, regional y global que debemos asumir. Ello queda pendiente. No está agotado.
Y una tarea para el Congreso y el colegislador es el establecimiento de la Agencia Nacional de Protección de Datos Personales; pero, al mismo tiempo, falta un sistema de evaluación financiera de los consumidores.
Un señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra expresó, con alguna razón, que es bueno disponer de la información positiva de los emprendedores para poder ponderar su riesgo en futuros créditos. Creo que es un punto que cabe considerar, y para ello es preciso debatir respecto de cuándo un antecedente debe mantenerse.
Por eso, estimo que tenemos que crear una Agencia de Datos y un sistema de evaluación financiera equilibrado, de tal manera que se proteja la privacidad y, al mismo tiempo, se permita a los evaluadores de crédito acceder a determinada información.
Este es un paso muy significativo, si bien no el único, en el ámbito de los derechos de los ciudadanos, porque no son pocas las oportunidades en que hemos visto violentados los derechos de los deudores cuando se usa información vencida, caduca o extinguida.
En consecuencia, con gusto me pronuncio a favor, y volveremos a debatir el proyecto en particular en el órgano técnico.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Puede intervenir la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, estoy contenta y orgullosa de ser coautora de la iniciativa y de que mi Honorable colega Harboe nos la haya propuesto a varios miembros de la Comisión de Economía.
Entiendo que en algunos señores Senadores se susciten aprensiones respecto de empresas, casas comerciales o instituciones bancarias otorgantes de crédito. Pero la verdad es que el proyecto busca generar un equilibrio, en el fondo, para los consumidores, que son los clientes, porque la sartén por el mango la tienen hoy día los acreedores, las casas comerciales, los bancos.
En la Región Metropolitana, donde hay portales en el paso de los vehículos, alguien que se atrase tres meses en el pago del peaje aparecerá en Dicom.
La demora en el pago a una casa comercial o a cualquier tienda ancla provoca el mismo efecto.
Por lo tanto, cuando una persona va a pedir un crédito, la aparición de antecedentes de esta índole vulnera absolutamente su derecho. Porque después de cancelarse la deuda es necesario ir, por voluntad propia, a aclarar que ya se cumplió. Y ello lleva, muchas veces, a perder la oportunidad de ser sujeto de crédito.
Entonces, lo que buscamos con el proyecto -obviamente, una vez que vuelva a la Comisión vamos a hacerle todos los ajustes necesarios para que salga una ley impecable- es que las deudas caducas no sigan apareciendo en el historial de crédito de una persona.
Como se ha dicho en la Sala, incluso antecedentes de carácter penal se extinguen cuando finalmente se cumple la sanción o condena.
Muchos nos preguntamos por la situación de alguien que ya cumplió con sus deudas, que pagó. Y la información sigue apareciendo porque no fue a aclararlas.
Este es el sentido de la iniciativa.
El Honorable señor Coloma planteaba que también debería existir un historial positivo. ¡Claro! Pero cabe reconocer que en Chile no es así. Cuando una persona necesita un crédito hipotecario, en el banco no van a tenerle un registro en virtud del cual le digan: "¡Ah, usted pagó su tag, esto y lo otro!". Siempre se repara en lo negativo, en lo malo, no en lo positivo. A nadie lo felicitan por haber saldado todas sus deudas a tiempo. No conozco ningún caso. Sería realmente un afortunado. Es al revés.
Lo que queremos es que, transcurridos cinco años, las deudas no queden en el historial personal, porque, si no, la persona enfrenta muchos problemas para conseguir un préstamo.
En consecuencia, no se trata de que queramos perjudicar a aquellas empresas que dan crédito y enfrentan más riesgo con sus clientes, sino de que apuntamos a un equilibrio para que estos no lleven siempre las de perder a la hora de solicitar un préstamo de carácter comercial, hipotecario, de consumo, para financiar una enfermedad, el estudio de un hijo, en fin.
La mayoría de los chilenos viven a crédito. Y, por lo tanto, lo que deseamos es alivianar de alguna forma la carga emocional de personas a quienes no se lo dan porque alguna vez tuvieron una deuda que sigue apareciendo en su registro aunque haya caducado.
He dicho.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor De Urresti.


El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, la ley en proyecto se denominará, sin lugar a dudas, "de derecho al olvido", pero también quedará registro de que su impulsor fundamental fue el Senador señor Harboe. Me consta, además, que Su Señoría lideró, cuando estuvimos en la Cámara de Diputados, la normativa para borrar los registros de DICOM.
Resulta indiscutible que la iniciativa, más allá de la teoría financiera o del registro de datos, les hará sentido a miles -y por qué no decir millones- de deudores, a gente que en su época de estudiante y en sus primeros años de vida laboral, principalmente, se ha visto enfrentada a procesos por deudas con bancos, instituciones comerciales, compañías de seguros, retailers, cooperativas o cajas de compensación. Y esa situación, producto de una incertidumbre o a veces de la inmadurez o de distintas situaciones familiares, termina persiguiendo por el resto de la vida.
Más que considerar el articulado sobre la base del análisis de las instituciones financieras o del registro propiamente tal de datos y del historial financiero de deudas, es preciso hacerlo en relación con el usuario, con quien va a poder hacer uso del derecho al olvido, en definitiva. Pasados cinco años, simplemente no se podrán usar los datos de manera comercial para impedir el acceso a un crédito o en casos de esta naturaleza.
Como se ha explicado en la Sala, no es posible que se pueda pedir la eliminación de antecedentes por la comisión de delitos, incluso muy graves, luego de transcurrido un plazo desde el cumplimiento de la condena, pero que ello quede excluido en el caso de antecedentes comerciales.
Y lo que resulta aún peor es que esto último persigue al deudor durante toda su vida y le impide reemprender, reiniciar actividades productivas.
Las personas son doblemente sancionadas por las instituciones que se aproximan a la situación -y es algo que también es preciso consignar- a partir del abuso de información, para, en definitiva, generar un mal empleo de datos caducos, lo que termina impidiendo el pleno desarrollo del ciudadano que quiere acceder a un crédito y borrar su historial financiero.
Conversábamos sobre el particular con varios Senadores. Para que el proyecto tenga "carne", para que su aplicación adquiera sentido y para que efectivamente se pueda fiscalizar y no limitarse el titular del derecho solo a reclamar por verse expuesto a una dificultad de esta naturaleza, es imprescindible contar con la Agencia de Protección de Datos, de carácter gubernamental.
Debiera existir un compromiso en el sentido de que, en paralelo a la tramitación de la iniciativa, que pasará a la discusión en particular, el Gobierno creará dicha entidad, a fin de que, sobre la base de las sanciones que se están estableciendo, persiga y sancione, en forma drástica, con multas, con el seguimiento de los operadores. Muchas veces, estos son los ejecutivos de cada una de las instituciones o quienes están a cargo de la informática o de otra responsabilidad.
No creo que simplemente tengamos que dejar que cada ciudadano afectado recurra, a través de la justicia ordinaria, al cumplimiento de la normativa en examen, que no cabe duda que vamos a aprobar por una amplia mayoría, sino que es fundamental que el Estado tenga un organismo que vele por el cumplimiento de la protección de datos comerciales y de otros que, sin lugar a dudas, son utilizados a menudo de manera mañosa o contraria a los intereses ciudadanos.
Felicito por la iniciativa. Ojalá este tipo de instancias permita disminuir los abusos que muchas instituciones cometen en contra de los chilenos.
Voto a favor.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, brindo un reconocimiento, por cierto, a mis colegas Harboe, Lily Pérez, Horvath, Pizarro y Tuma.
El proyecto permite abrir un debate que no va a terminar en la Sala -volverá a la Comisión de Economía-, y vamos a aprobarlo, pero puede ser mejorado. Evidentemente, queremos que el derecho al olvido se cumpla. En este sentido, el perfeccionamiento de las normas que eviten que la ley sea burlada parece esencial.
Deseo consignar que fallos de recursos de protección establecen de manera clara que no se puede usar el llamado "predictor de riesgos". La sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago con fecha 31 de enero de 2011, que acogió una acción en el marco de ese sistema, señaló que no existe norma jurídica alguna que faculte a la recurrida para publicar en el boletín de informaciones comerciales Dicom una predicción o apreciación -en consecuencia, totalmente subjetiva- del eventual grado de cumplimiento de una persona en relación con sus futuros compromisos comerciales.
¡Desde luego que media la subjetividad! Puede que una enfermedad, que un elemento que después deja de incidir, haya motivado el no pago.
Por lo tanto, el articulado determina que ningún banco, ninguna cooperativa, ninguna institución que otorgue créditos, podrán usar la base de datos. Transcurrido un cierto plazo -en todas las legislaciones: las europeas, la argentina, la uruguaya, es de cinco a siete años-, estos deberán ser eliminados.
Pero ¿qué pasa en la realidad? Los bancos se los quedan igual. Y hay un comercio en la materia. Ha sido público que los listados de grandes tiendas ancla o supermercados se trafican para la venta de tarjetas.
Uno de los elementos cruciales, entonces, es cuál va a ser la sanción disuasiva por el empleo de bancos de datos históricos. Aunque alguno dirá: "Siempre, al final de la noche, van a permanecer guardados en la caja fuerte del banco para ser utilizados en cualquier momento". Y aquí es clave lo dicho por el Senador señor De Urresti en orden a que tiene que existir una Agencia de Protección de Datos.
Aspiramos a contar con un ombudsman, con un defensor del pueblo. ¡Que falta le hace a Chile! Existe en toda Europa y en toda América Latina, mas no en nuestro país. Es decir, nos falta una institucionalidad que proteja cuando el Estado atropelle los derechos de las personas, y también, desde luego, cuando lo hagan comerciantes, empresarios. Juzgo que esa falta tendremos que subsanarla a la brevedad.
Porque vamos a aprobar -¡qué duda cabe!- la iniciativa, a perfeccionar lo relativo a la multa y la capacidad de recurrir a los tribunales, y del espíritu del proyecto claramente se desprende una prohibición, además de ser solidariamente responsables, incluso, el banco o la persona que causen un daño patrimonial. Pero ello va a ser producto de una acción judicial, caso en el cual a algunos siempre les va bien, que son los abogados: el banco pone uno, el demandante otro, y al final ganan igual, tengan éxito o no.
Imaginemos que un ciudadano se halla frente al agente de crédito solicitando un préstamo casi de rodillas y que la respuesta es negativa. ¡Si resuelve demandar, no tiene plata para nada! La posibilidad de contratar un abogado es nula. Por lo tanto, es evidente que tenemos que contar con una institucionalidad que pueda apoyar la denuncia y acompañar la demanda, ocurridos los hechos, para que estos no vuelvan a ocurrir. Porque la decisión de accionar queda en manos del solicitante del crédito. Si no lo hace, no va a pasar nada, y bancos, empresas comerciales, cooperativas, van a seguir utilizando la información histórica e ignorando la ley.
El articulado en debate es bienintencionado y constituye un tremendo paso en la defensa del derecho a crédito que les corresponde a los consumidores, pero podemos perfeccionarlo.
Voto a favor del proyecto, que viene a enfrentar el problema grave de un abuso sistemático en contra de los usuarios de créditos.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
He dicho.
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El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- En este momento ha llegado a la mesa un mensaje de la Presidenta de la República con que el que retira y hace presente la urgencia, calificándola de "suma", al proyecto de ley que crea el plan de formación ciudadana para los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado (boletín N° 10.043-04).
--Se tiene presente la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
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El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Guillier.


El señor GUILLIER.- Señor Presidente, simplemente deseo respaldar este proyecto, porque estimo que hace justicia y que permite ir modernizando nuestra legislación en materia de derechos. Por supuesto, congratulo a sus autores: los Senadores señor Harboe, señora Lily Pérez y señores Horvath, Pizarro y Tuma.
En primer lugar, cabe señalar que la industria de la información ha generado en muchas partes del mundo, y también en Chile, un absoluto desbalance entre la libre circulación de la información y la protección de la vida privada de las personas, lo que está bien consignado en los fundamentos de la moción.
Además, nuestro país está atrasadísimo en materia de protección de los datos en relación incluso a estándares como la OCDE, por lo que se puede considerar como no seguro o no adecuado en este aspecto.
Ahora, se ha instalado en el debate jurídico un cierto concepto de "derecho al olvido", cuyo objetivo es que los datos sean utilizados legítimamente para el fin que autorizó su tratamiento. Pero, cuando dicha finalidad desparece, se agota, concluye, se modifica sustancialmente o pierde sentido ese tratamiento, los datos deben ser olvidados o eliminados.
Por lo tanto, cabe recordar el principio del derecho al olvido o la eliminación -dicho de una manera más directa- de esta información cuando ha desaparecido aquello que justificó o legitimó su tratamiento.
Lo anterior evita incluso que datos caducos, muchas veces ya no válidos, no vigentes, en los hechos terminen restando los derechos a una persona para toda su vida, sin que tenga una nueva oportunidad, por ejemplo, en el mercado del crédito, pero también en la reparación de su imagen pública, etcétera.
Para el mismo efecto, recuerdo lo que acaba de señalar el Senador Navarro en su intervención.
Tenemos escasos precedentes de fallos en la materia, pero los hay: la Corte de Apelaciones de Santiago, el 31 de enero de 2011, acogió una acción de protección en el marco del uso del predictor de riesgos, señalando que no hay normas jurídicas que faculten a ninguna empresa o institución, ni tampoco al DICOM, para publicar en su boletín de informaciones predicciones o apreciaciones que se supone anticipan lo que sería la conducta de determinada persona a partir del eventual incumplimiento que tendría respecto de futuros compromisos comerciales, lo que ha perjudicado a muchos chilenos.
Por lo tanto, ha habido una reacción de la Corte de Apelaciones que interpreta el espíritu del Derecho moderno, pero no hay una ley específica que lo establezca.
En suma, señor Presidente, creo que esta iniciativa es un aporte, por lo que la respaldo con entusiasmo.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (24 votos a favor y 2 abstenciones).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Lily Pérez y Van Rysselberghe y los señores Araya, Chahuán, De Urresti, Espina, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker y Patricio Walker.
Se abstuvieron los señores Coloma y Moreira.