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REVOCACIÓN DE NACIONALIDAD CHILENA OTORGADA POR ESPECIAL GRACIA A SEÑOR JOHN JOSEPH REILLY


El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Señores Senadores, hay dos proyectos de ley que versan sobre la misma materia: revocar la nacionalidad chilena otorgada, por especial gracia, al señor John Joseph Reilly.
El primero de ellos corresponde a una moción que se presentó en el Senado.
El segundo tuvo su origen en la Cámara de Diputados y fue aprobado en dicha rama del Parlamento.
Los Comités acordaron discutir en conjunto ambas iniciativas y votar, primero, la del Senado, y en seguida, la de la Cámara de Diputados.
--Los antecedentes sobre el primer proyecto (9.717-17) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores De Urresti y Quinteros):
En primer trámite, sesión 63ª, en 12 de noviembre de 2014.
Informe de Comisión:
Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía: sesión 87ª, en 20 de enero de 2015.
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--Los antecedentes sobre el segundo proyecto (9.718-06 y 9.719-06, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 78ª, en 7 de enero de 2015.
Informe de Comisión:
Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía: sesión 87ª, en 20 de enero de 2015.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El primer proyecto, iniciado en moción de los Senadores señores De Urresti y Quinteros, se halla en primer trámite constitucional, y mediante él se revoca la nacionalidad chilena otorgada, por especial gracia, al señor John Joseph Reilly.
La iniciativa cuenta con informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho, calificándola de "suma".
La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía discutió el proyecto en general y en particular, por ser de artículo único, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Lily Pérez y señores Matta y Quinteros.
La otra iniciativa se encuentra en segundo trámite constitucional. Su objetivo también es revocar la nacionalidad chilena otorgada, por especial gracia, al sacerdote irlandés John Joseph Reilly.
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho, calificándola de "suma".
La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía discutió el proyecto en general y en particular y lo aprobó, en los mismos términos en que fue despachado por la Cámara de Diputados, por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Lily Pérez y señores Matta y Quinteros.
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El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Antes de empezar el debate, solicito, especialmente a los Comités del Partido Por la Democracia y del Partido Socialista, enviar los nombres de los integrantes de sus bancadas que participarán en la Comisión de Probidad y Transparencia, con el objeto de que esta pueda constituirse.
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El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- En discusión ambas iniciativas.
Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, como es de conocimiento público, el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó, por sentencia de 15 de octubre de 2014, al sacerdote señor John Joseph Reilly a la pena de cuatro años y un día de presidio menor en su grado máximo, que cumplirá con el beneficio de libertad vigilada, por el delito de abuso sexual reiterado entre los años 2010 y 2012 en contra de una alumna del colegio donde el autor se desempeñaba como orientador. Además, quedará en el Registro Nacional de Pedófilos, por lo que no podrá ocupar cargos públicos ni funciones que lo mantengan en contacto con menores de edad.
Me causa especial indignación este tipo de delitos cometidos en contra de menores de edad, y aumenta mi rechazo al tener presente la calidad del condenado, que lo había hecho merecedor del más alto honor que puede recibir un extranjero en Chile: la nacionalidad por gracia.
Evidentemente, cuando el Congreso Nacional concedió este reconocimiento no contaba con todos los antecedentes o, derechamente, fue engañado. Por lo tanto, es necesario revocar esa decisión, de acuerdo con el artículo 11, N° 4° de la Constitución.
En efecto, dentro de los fundamentos del proyecto que otorgó la nacionalidad se consideró: "Que su gran preocupación ha sido siempre la formación de la juventud, cultivando en los jóvenes virtudes como el respeto, la transparencia, la vida de gracia y por sobre todo, la entrega a las personas más necesitadas".
Asimismo, el informe de la Cámara de Diputados dejó constancia como uno de los criterios exigidos a los receptores de este reconocimiento el "Que se trate de personas que no utilicen este beneficio con un fin ajeno al que se le concedió".
La sentencia consigna que el condenado alegó el otorgamiento de la nacionalidad por gracia como atenuante de su responsabilidad penal, lo que llevó al tribunal a estimar su irreprochable conducta anterior como una atenuante muy calificada, por lo que el condenado pudo acceder a una pena inferior a la que le correspondía.
En consecuencia, el aspecto principal considerado en su momento para otorgarle la nacionalidad por gracia fue su trabajo con la juventud, particularmente en el plano educacional y valórico, lo que ha quedado desvirtuado por la condena recibida.
Asimismo, un criterio principal utilizado por la Cámara de Diputados al otorgar la nacionalidad era y es no utilizar este beneficio con un fin ajeno al que se le concedió, lo que ha sido vulnerado por el sacerdote al esgrimir este reconocimiento como atenuante muy calificada, obteniendo con ello rebajas de condena.
Por lo tanto, hay una abierta burla a los fundamentos y a las obligaciones que impone un reconocimiento tan relevante como la nacionalidad por gracia.
Además, el Estado de Chile, al suscribir la Convención sobre los Derechos del Niño, se ha comprometido a adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual.
Producida la revocación, el sacerdote Reilly recuperará su calidad de extranjero y, en tal caso, quedará sometido a toda la legislación aplicable a estos cuando son condenados por un tribunal.
Señor Presidente, la Constitución dice que en Chile no hay persona ni grupo privilegiado; todos deben someterse a la ley, cualquiera sea su investidura. Esta norma es muy antigua, pero lo que ha cambiado es que hoy existe una ciudadanía mucho más consciente de sus derechos y dispuesta a exigir el respeto al marco legal a toda persona revestida de autoridad o poder, sea político, judicial, militar, económico, social o religioso.
Cada estamento de la sociedad debe revisar lo que está haciendo para asegurar esta igualdad y ser muy cuidadoso en enviar cualquier señal de privilegio o de impunidad.
Como señala la declaración de la Congregación de los Sagrados Corazones a propósito de la designación del nuevo Obispo de Osorno: "Tenemos que tomar en serio el hecho de tener un pueblo de Dios más empoderado".
Esta actitud es la que merecen no solo las víctimas de abusos o delitos, sino todos los chilenos.
Por los motivos expuestos, me permito solicitar el apoyo de la Sala para aprobar el proyecto de ley en análisis, que revoca la nacionalidad concedida por gracia al señor Reilly. Es una decisión que contribuirá a dar luz y paz allí donde ha habido oscuridad y dolor.
He dicho.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Me han pedido abrir la votación.
¿Habría acuerdo?
El señor HORVATH.- Sí, señor Presidente.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Muy bien.
Acordado.
En votación general y particular el proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores De Urresti y Quinteros, que revoca la nacionalidad chilena otorgada, por especial gracia, al señor John Joseph Reilly.
--(Durante la votación).
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.


El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, junto con el Senador Quinteros somos autores de este proyecto de ley, que busca, precisamente, revocar la nacionalidad que se otorgó a un delincuente con sotana.
Nadie -absolutamente nadie- que vista una sotana o cualquier otra ropa, por el solo hecho de invocar la condición de ser una persona correcta, debe obtener la nacionalidad por gracia por parte del Parlamento.
Soy de los que no apoyaron esta iniciativa en la Cámara de Diputados. Y revisando los antecedentes que se tuvieron en cuenta para otorgar esta nacionalidad, hay precisamente un conjunto de incoherencias y situaciones que han saltado a la vista.
Este señor O'Reilly, o Reilly, porque incluso llegó a falsear su apellido -es de apellido Reilly y no O'Reilly, como se conocía- ha sido condenado a cuatro años de libertad vigilada por abusar de una menor, circunstancia que incluso no fue recurrida por su defensa. Fueron tan contundentes los antecedentes que esta aceptó la condena, se allanó a ella.
Y, a propósito de que estamos hablando de la equivalencia de las penas, se alegó en su causa, además de la irreprochable conducta anterior formal, una calificación especial de conducta por haber obtenido la nacionalidad por gracia.
Precisamente, la nacionalidad por gracia que el Parlamento le había concedido, por carecer de información, fue esgrimida por su defensa para atenuar y disminuir la pena, que quedó simplemente en cuatro años y un día de libertad vigilada.
Con estupor, en las últimas semanas hemos visto fotos de ese delincuente paseándose por supermercados, a vista y paciencia de la ciudadanía.
No es posible que un país serio y democrático como Chile, que protege a sus menores y respeta los fallos judiciales, permanezca impávido ante tal situación.
Por eso, insto a aprobar este proyecto de ley con la mayor brevedad, a fin de dar una señal clara y precisa de que la nacionalidad por especial gracia no puede invocarse como atenuante para obtener rebaja en una sentencia. ¡Es inadmisible!
Además, considero importante para la sociedad, especialmente para los creyentes, entender que existe una separación clara y precisa entre quienes ejercen el sacerdocio con seriedad y aquellos que, en esa condición, abusan de menores que se hallan a su cuidado. Ese es quizás uno de los delitos más deleznables.
Por tanto, pienso que el Senado de la República debiera, unánimemente -espero-, revocar la nacionalidad chilena otorgada por especial gracia a John Reilly.
Termino, señor Presidente, solicitando formalmente que se oficie al Ministerio del Interior, específicamente al Departamento de Extranjería, para que, una vez tramitada la ley en proyecto, se proceda a expulsar de nuestro país a ese pedófilo foráneo y, además, a incorporar su nombre en el registro correspondiente, en atención a la gravedad de los delitos que ha cometido.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría.
Tiene la palabra el Senador señor Quintana.


El señor QUINTANA.- Señor Presidente, desde el origen mismo de la república nuestro Derecho Público ha contemplado la posibilidad de otorgar la nacionalidad chilena a los extranjeros por servicios relevantes a nuestro país. Ello, a través de actos legislativos o administrativos mediante los cuales la autoridad política, sea el Legislativo o el Ejecutivo, reconoce la prestación de servicios de tal índole.
El investigador de la Biblioteca del Congreso Nacional don Juan Guillermo Prado recuerda en una publicación que el primer antecedente normativo sobre la materia es el decreto de 5 de junio de 1821, firmado por Bernardo O'Higgins, que declaró que son chilenos "Aquellos que han sido premiados por algún distinguido servicio, o lo estén prestando en empleos honoríficos y útiles al país".
Posteriormente, la Constitución de 1828, en su artículo 6, número 5, señaló que "Son chilenos legales" (...) "Los que obtengan especial gracia del Congreso". Tal normativa se ha mantenido más o menos incólume en lo central hasta la Carta Fundamental vigente.
Nuestro país, especialmente en el siglo XIX, recibió la contribución de importantes científicos e intelectuales extranjeros en el proceso de su construcción y modernización. Sin su aporte no se podría entender el Chile de hoy.
Tenemos los casos del jurista y humanista español José Joaquín de Mora, autor de la Constitución de 1828; del venezolano Andrés Bello, redactor de nuestro Código Civil y rector de la Universidad de Chile; del francés Claudio Gay; del polaco Ignacio Domeyko; de naturalistas, geógrafos y expedicionarios que les permitieron al Estado y a los empresarios privados acceder a información básica para organizar la explotación de las riquezas naturales de este país.
La nacionalización por especial gracia siempre fue empleada por nuestros legisladores, durante el siglo XIX y buena parte del siglo XX, como un mecanismo extraordinario, excepcional, reservado para casos puntuales en que el reconocimiento al aporte se expresara en la concesión de la nacionalidad y no en la necesidad de determinados grupos de la sociedad chilena de recompensar a personas que los hubieran servido a ellos.
Tras un sucinto estudio de lo acontecido desde 1990 a la fecha, fluye que hay al menos 64 leyes sobre concesión de nacionalidad por gracia. Lejos, quienes más han recibido este reconocimiento son religiosos, católicos la mayor parte, alguno protestante, uno que otro católico ortodoxo.
Es curioso: muchos de ellos llegaron a Chile como misioneros, cumpliendo un deber para con sus respectivas órdenes religiosas y con la finalidad de servir al país; o sea, para cumplir los preceptos de su fe, pero, sobre todo, los de organizaciones eclesiásticas específicas.
Señor Presidente, fui uno de quienes, hace ya algunos años, se opusieron en la Cámara de Diputados a la concesión de la nacionalidad por gracia al sacerdote Reilly.
Ahora, nosotros postulamos que a partir de la experiencia del señor Reilly, condenado por el delito de pedofilia contra una menor de edad, debemos comenzar a ser más rigurosos en la materia.
De hecho, hace ya bastante tiempo nuestra Comisión de Derechos Humanos estableció una serie de parámetros sobre el particular. El primero señala que "La nacionalidad por gracia constituye el más alto honor que se puede conferir a un extranjero en nuestro país. En consecuencia, solo se deberá otorgar a personas NOTABLES y DESTACADAS, que EXORBITEN EL TÉRMINO REGULAR EN EL ESTADO DE ACTIVIDAD QUE LES ES PROPIO".
Hay otro principio que no se ha respetado en las últimas dos décadas: el relacionado con la neutralidad religiosa del Congreso Nacional.
Chile es un país con estricta separación de la Iglesia y el Estado. Es también una nación plural y abierta a todos los credos. Por ende, no hay razón, más allá de las adscripciones religiosas de la elite que en algún momento puede ostentar el poder, para justificar que la mayoría de los nacionalizados por gracia sean sacerdotes católicos, entre ellos el Arzobispo de Santiago, Cardenal Ricardo Ezzati.
Por consiguiente, junto con aprobar esta iniciativa de ley, que revoca la nacionalidad otorgada por especial gracia al señor Reilly, hacemos un llamado a cuidar esta institución, que fue gestada en los albores de la república y que sin embargo, a mi juicio, poco a poco ha ido perdiendo su majestad e importancia al ser empleada con criterios que no se condicen ni con la historia ni con la normativa constitucional que le sirve de base.
Por las razones expuestas, la bancada del Partido Por la Democracia va a respaldar este proyecto.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, no solo como Senadora, como legisladora, sino también como mujer, y representando a muchos hombres y mujeres creyentes, de distintas religiones, quiero decir que cuando un sacerdote católico, o un pastor evangélico, o un rabino, o cualquier predicador de la fe se ve envuelto en casos tan deleznables como el abuso contra menores su rango queda absolutamente en el suelo. Y, más allá de lo legal, en lo personal me produce una profunda decepción cuando verificamos casos en que participan personas que tienen autoridad por su investidura y que debiesen mantener tal aura a todo evento, siempre.
Por esa razón, cuando llegó este proyecto de ley a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía lo apoyé. Y hoy confirmo mi voto a favor de la revocación de la nacionalidad chilena otorgada por especial gracia al sacerdote John Reilly.
Me gustaría, señor Presidente, que nuestra votación fuera unánime, pues creo que el Senado de la República, en cuanto institución democrática, debe dar el ejemplo para condenar con fuerza hechos como los que originan esta iniciativa. Porque estamos ante un asunto transversal, no político: se trata de resolver sobre una persona que tiene la investidura de sacerdote y que fue condenada en los tribunales de justicia por abuso sexual reiterado contra una menor.
Me parece evidente, pues, cómo hay que votar. Y es importante que el Senado haga hoy este gesto.
Por todo lo que he dicho, obviamente voto a favor de la revocación propuesta.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, hace tres o cuatro años presentamos un proyecto que pretendía establecer igualdad ante la ley. Es decir, que cuando en cualquier institución se registraran abusos deshonestos, pedofilia, en fin, existiera la obligación de hacer la denuncia pública en la justicia penal; ello, considerando el hecho de que si los actos de tal índole se cometían al interior de la Iglesia se resolvían dentro de ella. La idea era que tratándose de delitos graves cometidos en la Iglesia hubiera acción penal inmediata. Se buscaba, en consecuencia, establecer por ley la obligación de que la denuncia se formulara ante los tribunales respectivos, atendida la jerarquía de la institución donde se hubieran perpetrado los ilícitos.
De otra manera existe un doble estándar para el tratamiento del delito cometido al interior de una institución y del mismo ilícito registrado en la sociedad civil, lo que, obviamente, envuelve una discriminación frente a la ley.
Realizamos el debate, nos entrevistamos con el Cardenal, conversamos con pastores evangélicos e hicimos ver que aquello no buscaba estigmatizar a ninguna iglesia sino dar señales claras en cuanto a que los delitos de tal naturaleza no iban a quedar impunes y los culpables iban a tener que responder de sus actos ante la justicia.
Lo sucedido en el caso que nos ocupa es de verdad lamentable. No sé si hay otro precedente sobre revocación de la nacionalidad chilena otorgada por gracia. Pero la naturaleza humana es diversa. Así, hombres que se destacan por servicios a la patria, por virtudes personales o de liderazgo, en fin, pueden cambiar sus conductas en forma deplorable.
Es lo que ha sucedido en esta oportunidad.
Yo creo que el proyecto que estamos votando hoy, más que una condena individual, es un llamado de alerta general: quienes abusen de los niños deberán responder frente a la justicia; y si han recibido un reconocimiento del Estado, este tendrá que revocar su decisión.
Dicha señal deja claramente establecido que aquella es una conducta que deseamos erradicar de la Iglesia y de cualquier otro ente de la sociedad.
Los abusos deshonestos, las violaciones, la pedofilia se registran especialmente -el señor Presidente del Senado ha trabajado mucho este tema- al interior de la familia; por lo general, tienen lugar en el círculo más cercano, donde se establece la confianza y a veces se tiende un manto de oscuridad, de impunidad o de tolerancia.
La referida señal -reitero- no busca estigmatizar ni a la Iglesia católica ni a los sacerdotes, sino expresar muy claramente que ese tipo de conductas, sea quien fuere el hechor -sacerdote, civil, autoridad, parlamentario, ministro-, va a tener como única respuesta la justicia, ejercida a través de los tribunales: investigación, respetando el debido proceso, y las sanciones que la ley prevé, evitando la impunidad y todo tipo de privilegios.
En tal sentido, no sirve el uniforme que se viste: basta la conducta en que se incurre.
Por eso, voto a favor de este proyecto de ley, que establece la revocación de la nacionalidad chilena otorgada por especial gracia a John Joseph Reilly.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general y particular el proyecto (28 votos a favor), el cual queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Allamand, Araya, Bianchi, De Urresti, Espina, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Letelier, Matta, Montes, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Prokurica, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- En votación general y particular el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que revoca la nacionalidad chilena concedida por especial gracia al señor John Reilly.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general y particular el proyecto (22 votos a favor), el cual queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras Goic y Lily Pérez y los señores Allamand, Araya, Espina, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Letelier, Matta, Montes, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.