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EXTENSIÓN A PADRES TRABAJADORES DE DERECHO DE ALIMENTAR A HIJOS MENORES Y PERFECCIONAMIENTO DE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN A MATERNIDAD


La señora ALLENDE (Presidenta).- Corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que extiende a los padres trabajadores el derecho de alimentar a sus hijos y perfecciona normas sobre protección de la maternidad, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
--Los antecedentes sobre el proyecto (4.930-18) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 16ª, en 12 de mayo de 2009.
Informe de Comisión:
Trabajo y Previsión Social: sesión 10ª, en 16 de abril de 2014.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo de la iniciativa es posibilitar, en el ejercicio del derecho de alimentar a los hijos menores de dos años, que el padre y la madre trabajadores acuerden que sea el padre quien asuma dicha responsabilidad, comunicando tal decisión a los respectivos empleadores, con copia a la Inspección del Trabajo.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social debatió este proyecto en general y en particular, por tratarse de aquellos de artículo único, y lo aprobó de igual forma con las modificaciones que consigna en su informe, lo que fue acordado por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señoras Goic y Muñoz y señores Allamand y Hernán Larraín.
El texto que se propone aprobar se establece en las páginas 28 y 29 del informe del referido órgano técnico y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
La señora ALLENDE (Presidenta).- En discusión general.
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La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.
El señor DE URRESTI.- Señora Presidenta, no voy a referirme a la iniciativa recién individualizada. Había pedido la palabra anteriormente.
Solo quiero informar que varios Senadores firmamos un proyecto de acuerdo a propósito de la histórica resolución que hoy día adoptó el Comité de Ministros con relación a HidroAysén.
Pido que se recabe la anuencia de la Sala para ponerlo en tabla y votarlo al final de la sesión.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Para ello, se requiere unanimidad.
¿Habría acuerdo?
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- No.
La señora ALLENDE (Presidenta).- No hay acuerdo.
El señor PIZARRO.- Igual, una vez que se dé cuenta del proyecto, quedará para el Tiempo de Votaciones de la sesión ordinaria siguiente.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- ¡Que se ponga a la fila, como cualquier otro!
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La señora ALLENDE (Presidenta).- Antes de darle la palabra a la Senadora señora Goic para intervenir sobre la iniciativa que nos ocupa, quiero saludar al club del adulto mayor de Abrantes, comuna de Paine.
¡Les doy la bienvenida!
¡Muchas gracias por visitarnos!
--(Aplausos en la Sala y en tribunas).
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La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra la Honorable señora Goic.


La señora GOIC.- Señora Presidenta, el proyecto que hoy estamos llamados a discutir -y espero que sea aprobado- viene de la Cámara de Diputados.
En abril de 2007, presentamos ahí la moción respectiva junto con otros colegas. Quiero recordar el debate que sostuvimos durante el primer trámite constitucional.
Los objetivos de esta propuesta son proteger la maternidad en el ámbito de los derechos laborales e incorporar a los padres al derecho de alimentar a los hijos, línea legislativa que en 2007 recién estábamos explorando.
Me acuerdo de que, cuando comenzó el análisis de la iniciativa en la Comisión de Familia, todavía no se discutía acerca de la extensión del posnatal a seis meses ni del permiso posnatal parental. Por lo tanto, esto de reconocer legalmente el rol del papá en la crianza de los niños menores de dos años era algo nuevo.
Fue un debate muy bonito, aunque al principio hubo ciertas aprensiones. Algunos no comprendían bien el sentido de lo planteado. Con todo, terminamos con una aprobación unánime en la Cámara Baja.
Además, se trató de una discusión con mucha altura de miras. De hecho, creo que alimentó la visión que todos teníamos respecto de la protección de la maternidad y de la paternidad.
Por eso, me alegro de que podamos retomar el análisis de esta materia en la Sala. Previo a ello, cabe reconocer el apoyo transversal que esta iniciativa experimentó en la Comisión de Trabajo.
Como antecedente, se debe valorar el avance logrado con la ley Nº 20.166, que extiende el derecho de las madres trabajadoras a amamantar a sus hijos aun cuando no exista sala cuna.
En concreto, se trata del derecho de las mamás a disponer de una hora de la jornada laboral para ir a alimentar a sus hijos menores de dos años. Pueden salir una hora antes o llegar una hora después al trabajo, o fraccionar el beneficio en medias horas (llegar media hora más tarde y salir media hora antes). Mediante la ley referida, se extendió tal derecho a las madres que no tenían derecho a sala cuna. Inicialmente, solo podían gozar de esta alternativa las mamás que laboraban en una empresa que contaba con más de 20 mujeres, como establece el Código del Trabajo.
Avanzamos, por tanto, al permitir que este derecho sea reconocido para todas las madres trabajadoras con hijos menores de dos años.
Con el presente proyecto de ley damos un paso más allá.
Cuando hablamos del derecho de alimentación de niños de hasta dos años, no necesariamente nos referimos al amamantamiento, que, por lo demás, se halla relativamente resuelto con el permiso posnatal parental, que rige hasta los seis meses de edad del niño, período en el cual se espera que exista lactancia materna exclusiva. Por consiguiente, se trata de un tiempo adicional para poder estar con el hijo o la hija.
¿Por qué tal derecho ha de ser solo para la madre?
El principal argumento a favor de ambos padres tiene que ver con el apego. En ese período de la vida del menor es muy importante no solo la figura materna, sino también la paterna. Ahí se expresa el reconocimiento de que la crianza no es una tarea exclusiva de las mujeres.
Asimismo, también hay justificaciones de tipo práctico. Muchas veces al papá le queda más cerca la sala cuna adonde llevan al hijo o la hija. Ante ello, ¿por qué no tener la flexibilidad, en el caso de que ambos padres trabajen, de permitir que se pongan de acuerdo para ver quién ejerce este derecho de alimentación?
Eso es, básicamente, lo que propone la iniciativa en análisis.
Se establece que la decisión tomada por los padres debe ser comunicada, con a lo menos treinta días de anticipación, a ambos empleadores para que se haga uso del derecho. Así, estos podrán organizar el trabajo de acuerdo a quién utilice el permiso.
Se considera, además, que el padre ejercerá el derecho referido cuando tuviere la tuición del menor o cuando la madre estuviere imposibilitada de realizarlo o hubiere fallecido. Ello, en adecuación a las normas de nuestra legislación.
Siento que con esta propuesta avanzamos hacia un objetivo mayor: ir cambiando una realidad en la que hoy día las mujeres efectivamente sufren discriminación por ser madres.
En ese sentido, me alegro de que demos este paso importante en nuestro ordenamiento legal.
La extensión del posnatal y el permiso posnatal parental fueron un hito en esa materia.
Pero nos quedan temas pendientes.
¿Qué sucede hoy día? Muchas veces las mujeres o no son contratadas o son contratadas por salarios más bajos. Respecto a ello, los datos están. La brecha salarial existente no guarda relación con el objetivo de otorgar a igual trabajo igual paga. Y gran parte de la justificación de ello tiene que ver con una especie de "costo" asociado a la maternidad -o sea, que se les asigna solo a las mujeres- en el mercado del trabajo.
En mi opinión, con este tipo de iniciativas lo que hacemos es ir nivelando la situación. La decisión ya no será solamente si la mamá va a hacer uso del posnatal y del derecho de alimentar a los hijos menores, pues el padre también podrá hacerlo.
Por lo tanto, así vamos equilibrando eso que a mi juicio no es un "costo", como se lo llama, sino más bien la manera en que la sociedad respalda la maternidad y la paternidad.
Nos queda avanzar en el derecho de sala cuna, que hoy día es una barrera para la contratación de mujeres, ya que, o las empresas contratan menos de veinte trabajadoras, o disminuyen la remuneración en el monto correspondiente.
Para una mujer con un hijo de menos de dos años es muy difícil encontrar trabajo si está asociado también el derecho a sala cuna. Por eso, me gustaría que pronto pudiéramos avanzar en establecer aquel como un derecho para todos los niños y niñas, para todos los padres y madres, más que como aparece hoy en nuestro Código del Trabajo, en que se vincula a la cantidad de mujeres contratadas en una empresa, lo que poco tiene que ver con la protección a los menores.
Deseo reiterar mi agradecimiento a los Honorables colegas por la discusión habida. Espero que este proyecto sea aprobado en su totalidad lo antes posible, porque creo que nos ayuda a avanzar hacia una sociedad más moderna, que entienda a la familia con la participación de padres y madres, y nos permite contar con un Código del Trabajo que también se hace cargo de una mirada más amplia, más equilibrada, en términos de roles familiares y de roles frente a la crianza.
Finalmente, debo hacer presente que en la Comisión aprovechamos de introducir, sin mayor debate, una modificación más bien formal, consistente en adecuar los plazos de prescripción de las acciones y los derechos provenientes del título referido a la protección de la maternidad, que podían prestarse para distintas interpretaciones. Al efecto, establecimos que unas y otros "se extinguirán en el término de sesenta días contados desde la fecha de expiración del período a que se refieren los respectivos derechos.".
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Cabe recordar que la Senadora señora Goic fue autora de la moción pertinente junto con otros parlamentarios.
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señora Presidenta, el proyecto en debate modifica el artículo 206 del Código del Trabajo estableciendo que si ambos padres son trabajadores podrán acordar quién ejercerá el derecho de alimentar a los hijos menores de dos años, lo que deberán notificar a sus respectivos empleadores.
Luego prevé que el padre trabajador ejercerá el derecho "cuando tuviere la tuición del menor por sentencia judicial ejecutoriada".
Y, finalmente, dando muestras de un análisis omnicomprensivo de la realidad, otorga la posibilidad de ejercer el derecho a "la trabajadora o trabajador al que se le haya otorgado judicialmente la tuición o el cuidado personal de conformidad" con la Ley de Adopción, e incluso, como medida de protección, según la Ley de Menores.
Señora Presidenta, estamos muy contentos, por supuesto, y felicitamos al autor y a los coautores de este proyecto, que refleja una mirada nueva e integral al mundo de la maternidad y la paternidad, no solo por el derecho de los padres trabajadores, sino también porque abre un poco más la puerta a la igualdad. Este tipo de normas, especialmente si son aplicadas de manera habitual, pueden disminuir la discriminación que sufren las mujeres en el mundo laboral por el simple hecho de su posible embarazo.
Si en general vemos la llegada de los hijos como un fenómeno natural y esencial de la vida humana y que es compartido en su total sentido, será más difícil que se discrimine a las mujeres, pues la maternidad y la paternidad se vivirán en conjunto y con ello las mujeres dejarán de ser un riesgo, entre comillas, en el mundo laboral.
En esa misma línea, creo que debiéramos ir mucho más allá. Por eso, estoy trabajando en un proyecto que se ocupa de otra figura legal: el fuero.
Hoy en día el fuero es maternal. Y ello resulta lógico, pues es la mujer quien se separa de sus funciones por un período más o menos extenso y, por ende, corre el riesgo de perder su empleo.
El punto estriba en que existe una realidad paralela, de menor ocurrencia, claro está, pero no de menos importancia: aquella en que el hombre debe asumir el cuidado personal del menor apenas nace, sea por circunstancias lamentables, como el fallecimiento de la madre, o por algunas menos trágicas, aunque también lamentables, especialmente para el menor, como es la ausencia de su progenitora por cualquier otra causa.
En esos casos hoy el hombre no está protegido.
Por eso, queremos ampliar la figura del fuero al hombre cuando sea él, y no la mujer, quien esté alejado de su trabajo por el plazo legal respectivo.
Por supuesto, voy a votar favorablemente.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.


El señor PROKURICA.- Señora Presidenta, en primer lugar, quiero felicitar a quienes iniciaron esta iniciativa en la Cámara de Diputados: Carolina Goic, Sergio Aguiló, Marta Isasi, Alejandra Sepúlveda, Fernando Meza, Adriana Muñoz, Felipe Salaberry, Gabriel Silber, Ximena Valcarce y Patricio Walker.
A veces se dice que los proyectos que valen la pena solo tienen su origen en el Ejecutivo. La verdad es que aquí hay un articulado que yo voy a respaldar porque fortalece la familia y permite que, de alguna manera, demos un paso en la dirección que todos debiéramos seguir.
Las normas sobre protección a la paternidad han sido objeto de un importante debate en los últimos años, y los proyectos de reforma presentados -algunos ya son leyes- han intentado extender y perfeccionar los derechos; eliminar la discriminación, para garantizar la igualdad, e incorporar al padre en la titularidad de aquellos a fin de posibilitar una adecuada distribución de las cargas y responsabilidades familiares.
En 2007 se publicó la ley N° 20.166, que extendió el derecho de las madres trabajadoras de alimentar a los hijos menores de dos años aunque no exista sala cuna.
Esa normativa es susceptible de perfeccionamiento en diversos aspectos. Por ejemplo, para garantizar la manifestación de voluntad de la trabajadora al momento de determinar la forma como se podrá ejercer el derecho, o también, en el sentido de considerar el tiempo necesario para el viaje de ida y vuelta de la madre para dar alimento a sus hijos respecto de todas las trabajadoras titulares de este derecho.
Una innovación importante que se incorpora en el presente proyecto, que es coherente con reformas ya introducidas a la legislación, se refiere a considerar también al padre como posible beneficiario del derecho en la medida que él y la madre sean trabajadores dependientes. En concreto, se propone que cualquiera de ellos, a elección de la madre, pueda gozar del referido derecho.
La iniciativa que se discute, junto con procurar atender de manera más igualitaria a las situaciones de los trabajadores con responsabilidades familiares, disminuye potencialmente la discriminación en la contratación de las mujeres, toda vez que el mayor costo laboral que pudiera asociarse al ejercicio del derecho en comento podría corresponder, sin que fuera posible saberlo anticipadamente, tanto a la madre trabajadora como al padre trabajador. De ese modo, se evita, como se ha planteado aquí, la discriminación que se hace con la mujer al momento de contratarla.
Por último, se propone modificar el artículo 207 del Código del Trabajo a efectos de clarificar que los derechos de sala cuna y de alimentar a los hijos menores de dos años pueden ejercerse por las trabajadoras hasta que aquellos cumplan la mencionada edad.
El objetivo del proyecto en debate es posibilitar, en el ejercicio del derecho de alimentar a los hijos menores de dos años, que el padre y la madre trabajadores acuerden que sea el progenitor quien asuma dicha responsabilidad, decisión que deberá comunicarse a los respectivos empleadores, con copia a la Inspección del Trabajo. Creo que de esa manera nos adelantamos en los tiempos.
Esta iniciativa es producto de la observación de la realidad actual, de la concordancia entre la vida la familiar y la vida laboral de las familias, que tiene que ver con un cambio en la concepción social del cuidado de los hijos.
En tal sentido, la encuesta "Voz de mujer" indicaba en 2010 que el 92 por ciento de las mujeres -88 por ciento del primer quintil de ingresos y 94 por ciento del quinto quintil- manifestaba que la dedicación del padre o la madre era igualmente importante para el desarrollo tanto del aprendizaje como de los afectos de los hijos.
No cabe ninguna duda, señora Presidenta, de que aquí está la clave de la violencia, del abandono que hoy día vemos en los niños. Yo considero difícil que un hijo bien cuidado en la familia termine siendo una persona violenta. Pero hoy día vemos que en las calles, en los eventos, en fin, los jóvenes, sin razón aparente, muestran una violencia tremenda. Pues bien, muchos de ellos, en esos mismos estudios, aparecen como niños abandonados que se han criado con otros familiares, solos o con padres que no les han dado cariño, afecto.
En la actualidad, un gran número de mujeres ha tomado la opción de ingresar al mundo laboral, lo cual ha cambiado la cultura tradicional, en la que el hombre asumía la condición de proveedor exclusivo del hogar. Ahora el hombre y la mujer pasan a compartir la responsabilidad de mantención y fortalecimiento del núcleo familiar.
En tal sentido, me parece que este proyecto va en la dirección correcta.
Quiero traer a colación -lamento que no esté aquí ningún representante del Ejecutivo- una idea que he planteado a otros Gobiernos, incluso al mío. Me refiero a la necesidad de corregir una situación que para mí es una injusticia y que hemos dejado pasar: hoy día, en materia de salud, los hombres no pueden ser carga de las mujeres. Debido a ello, en las familias en que ambos padres trabajan, cuando el marido pierde su empleo queda sin cobertura de salud en FONASA (no así en los sistemas privados).
He planteado el punto a diversos Gobiernos, y les ha parecido una muy buena idea. Pero, en la práctica, el problema no se ha corregido.
La materia es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo. Por ende, me habría gustado que alguno de los representantes de la actual Administración me hubiera escuchado.
Así como este proyecto va en la línea de fortalecer la familia, creo que, si hoy en la gran mayoría de los hogares trabajan tanto el hombre cuanto la mujer, la cobertura de salud debiera estar asegurada también para el marido que pierde su empleo.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señora Presidenta, quiero sumarme a la aprobación de esta iniciativa -ya la hicimos valer en la Comisión de Trabajo- porque considero que toca una materia muy precisa. Sin ser quizá una de esas grandes reformas estructurales, va marcando un poco el espíritu que debe seguir nuestra legislación en materias de paternidad, maternidad y corresponsabilidad parental.
Por eso, felicito a sus autores: las entonces Diputadas señoras Goic, Muñoz -hoy las tenemos como Senadoras y, además, como integrantes de la Comisión de Trabajo-, Isasi y Valcarce; la Diputada señora Sepúlveda; los Diputados señores Aguiló, Meza y Silber, y los entonces Diputados señores Salaberry y Patricio Walker (este último, también miembro del Senado ahora).
El proyecto en debate tiene la virtud de detectar un punto muy importante, que, como se ha señalado aquí, guarda relación con muchas modificaciones en las costumbres y en los hábitos culturales en el ámbito laboral de hoy en día.
Efectivamente, hay una incorporación muy creciente de las mujeres al mundo del trabajo. Sin embargo, las responsabilidades que tienen con respecto a sus hijos no se comparten de la misma manera con los padres.
Por lo tanto, este proyecto, en un aspecto muy simple, cual es la factibilidad de que el padre, si así lo deciden ambos cónyuges, contribuya a la alimentación del hijo a partir del sexto mes, puede equiparar las obligaciones y los compromisos profesionales o laborales y permitirle a la mujer desenvolverse en el trabajo con la misma facilidad que el hombre.
Por eso, parece muy razonable, además, el plazo de los seis primeros meses. Y es obvio que debe estar restringido a la madre, por el derecho al amamantamiento, por el apego con el menor y por todas las circunstancias que rodean ese momento tan especial. Pero ya más adelante necesitaremos equiparar las relaciones, porque así cada uno podrá desenvolverse mejor y de manera coordinada en los ámbitos profesional y laboral.
Pero, adicionalmente, resulta también importante advertir que este proyecto contempla otras hipótesis en las que el padre puede ejercer de forma absoluta el derecho: cuando tiene la tuición por sentencia judicial, cuando ha fallecido la madre o cuando ella estuviere imposibilitada de ejercerlo.
Finalmente, como último antecedente, me parece del caso reconocer que esta iniciativa se está haciendo cargo de una cuestión que discutimos a propósito de otro proyecto: la de los hijos de padres separados. Porque muchos hombres, con razón, reclamaban que sus posibilidades de participar en la educación y crianza de sus hijos estaban limitadas por los muchos beneficios que tenía la madre, en desmedro de los derechos del padre.
Se trata de una legislación que se ha corregido para bien al establecerse el principio de corresponsabilidad parental, en virtud del cual los padres empiezan a tener más derechos y, por cierto, obligaciones correlativas para poder hacerse cargo también de sus hijos.
Los hijos no son responsables de la separación de sus padres. Y ella no puede significarles la privación de ser educados y criados con el apoyo y la participación de ambos.
Eso se ha corregido en nuestra legislación. Y la norma propuesta, si bien es distinta, está de alguna forma haciéndose cargo del mismo principio -el de que ambos padres son responsables-, independiente del problema laboral y de las posibilidades de mayor autonomía de las mujeres. Es también responsabilidad del padre hacerse cargo de tal situación.
Creemos que, con pequeñas correcciones puntuales que se hicieron en la Comisión para perfeccionar aspectos relacionados con la prescripción y materias menores, se trata de un buen proyecto.
En consecuencia, por las consideraciones anotadas, sugiero que lo aprobemos en general y en particular a la vez.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, el objetivo central de este proyecto, que dice relación con la posibilidad de que los padres trabajadores dispongan de permiso para alimentar a sus hijos en los primeros años de vida, de común acuerdo con la madre trabajadora, no solo tiene valor en cuanto extensión de los derechos laborales, sino, fundamentalmente, porque da una potente señal para la sociedad, desde este Congreso Nacional, que promueve la igualdad y refleja el cambio cultural que está viviendo nuestro país.
Seguramente, al principio serán pocos los padres que ejerzan el derecho respectivo, como ha ocurrido con la extensión del que permite asistir al hijo menor de un año que sufre una enfermedad. No importa: la sola posibilidad de conversar dentro del hogar acerca de cuál de los padres está en mejores condiciones para ejercerlo, qué es lo más adecuado para el desempeño laboral de ambos y, sobre todo, qué es lo mejor para el niño tiene un valor relevante para la unidad de la familia.
Así se protege a la familia. Así tiene sentido que se la reconozca como pilar fundamental de la sociedad, anterior al Estado, y también -habría que agregar-, anterior a la empresa, a la que algunos a veces erigen como valor supremo.
Pero aun esos sectores, que con seguridad destacarán solo el aumento de costos que para los empleadores significará el hecho de que los padres decidan ejercer tal derecho, deben reconocer el innegable efecto que tienen en la productividad las medidas que propician el respeto y la compatibilidad de la vida familiar con la vida laboral.
Sin duda, esta normativa tendrá efectos en el empleo femenino, que en Chile es más bajo en relación no ya con los países de la OCDE, sino incluso con América Latina.
Así también se promueven el emprendimiento y la competitividad en nuestra economía.
Por supuesto, habrá abusos, como acabamos de recordarlo a propósito del proyecto referido al multirrut. Algunos empleadores presionarán a los padres trabajadores para que no ejerzan el derecho en comento, aprovechándose de que estos no cuentan con el fuero que protege a las madres trabajadoras.
La Dirección del Trabajo deberá estar atenta a estos fenómenos y, posiblemente, habrá que evaluar disposiciones que perfeccionen la normativa en debate.
Pero hoy lo relevante es el cambio cultural que estamos impulsando, que influirá positivamente en la vida familiar y en la marcha de las empresas, con el esfuerzo de trabajadores y empleadores.
Con todo, el verdadero cambio, la plena incorporación de la mujer a la vida laboral, la real igualdad de derechos, se obtendrán cuando tengamos una potente red de salas cuna y jardines infantiles con plena cobertura, con horario ampliado, con establecimientos ubicados cerca de los lugares de residencia y con atención de calidad para todos nuestros niños y niñas.
Este es uno de los pilares de la reforma educacional que impulsa el Gobierno y que, desde esta perspectiva, será una gran reforma -valga la redundancia- para nuestras empresas, nuestros trabajadores y nuestras trabajadoras.
Por eso, votaré a favor del proyecto.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.


La señora MUÑOZ.- Señora Presidenta, me sumo a las expresiones de los colegas que me antecedieron, en particular a las de la Senadora Goic, con quien debatimos extensamente este proyecto en la Cámara de Diputados.
A todo lo dicho, quiero incorporar otra mirada, en el sentido de que proposiciones de esta naturaleza nos permiten ir provocando desde la ley un cambio cultural, un cambio de la base en que se sustentan hasta ahora, en Chile y en el resto del orbe, las relaciones laborales.
Las relaciones laborales, que se han desarrollado por siempre, han causado un verdadero divorcio, una verdadera separación entre el mundo de lo público, el mundo de lo privado, el mundo del trabajo remunerado y el mundo de la vida cotidiana y familiar.
Ese divorcio o separación ha concitado la atención permanente y el esfuerzo incesante de cada persona y de las familias por cambiar el paradigma y lograr el indispensable equilibrio entre trabajo y familia.
Comenzamos a legislar en 2011, con una iniciativa del Diputado Felipe Salaberry que se transformó en la ley N° 20.545, mediante la cual se modificó el artículo 195 del Código del Trabajo para otorgarles a los padres el derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo.
Todas las propuestas llevan necesariamente a que, desde la ley, el Estado procure que el proceso de búsqueda encaminado a cambiar la forma como se desarrollan las relaciones laborales no tensione, no complejice al extremo como sucede hoy los vínculos entre los sectores privado y público.
En la medida que los padres se incorporan al cuidado de los hijos -en este caso, a la alimentación de los menores de 2 años- van entregándoles a las empresas elementos para que tomen decisiones en la organización y consideren en su gestión la preocupación social por ir haciendo cada vez más flexibles los horarios, las reuniones, etcétera, para permitir que la relación familia-trabajo se vaya haciendo más amigable.
Aquello, aparte ser conveniente para la empresa -así lo han demostrado iniciativas que algunos empresarios han llevado a cabo en el orbe-, apunta al bienestar y la felicidad que buscan todas las personas mediante el equilibrio de su mundo laboral con su mundo familiar.
La ley en proyecto sigue la tendencia de cambiar las condiciones laborales, de abandonar los viejos paradigmas e impulsar políticas de conciliación trabajo-familia.
El proyecto en debate es parte de un largo proceso, que se inició en la Cámara Baja -a la sazón también era Diputada la actual Presidenta del Senado- con un conjunto de iniciativas.
Si el Estado empuja desde la ley tales procesos iremos estableciendo la conciliación entre el mundo laboral y el mundo de la familia.
Necesariamente, para realizar un cambio importante en las relaciones entre los trabajadores y los empresarios es fundamental un esfuerzo de ambos sectores, pero también del Estado, o sea, tripartito.
Por eso, me alegra que el Parlamento, aunque lentamente, contribuya desde la normativa al logro de la conciliación trabajo-familia.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señora Presidenta, quiero hacer una reflexión acerca de cómo en la sociedad, no obstante que uno piensa que todo está bastante digerido, a veces surgen transversalmente cuestiones que persiguen un objetivo muy loable y que es necesario destacar.
Confieso que en el primer momento fui escéptico ante la iniciativa del Diputado Salaberry tendiente a establecer un permiso para el padre en caso de nacimiento de un hijo, medida que fue muy controvertida transversalmente (no era una cuestión entre buenos y malos) porque se consideraba que no había mucha claridad sobre su propósito, que era innecesaria o que podría gravar de manera adicional la fuente de trabajo y transformarse en un inconveniente social.
Hago tal reconocimiento porque en la discusión, primero, y en la aprobación, luego, me fui dando cuenta de que el Diputado Salaberry apuntaba -debo reconocerlo; y hago extensivo el reconocimiento a la Senadora Goic, quien efectuó un planteamiento dentro del mismo eje, aunque con una idea distinta- a una manera más moderna de entender cómo la sociedad tiene que asumir el desarrollo sano de los niños y de qué manera el núcleo familiar padre-madre cumple a ese respecto un rol que al final es más importante que algunas horas de trabajo, las cuales parecieran ser el bien que se contrapone.
La ley pertinente fue histórica, no en su aplicación -porque uno siempre puede dudar del grado de aplicación-, sino en cuanto al entendimiento de la forma como el mundo laboral debía asumir la realidad familiar. Y provocó cambios, discusiones, en fin, pero al final se llegó a un consenso muy potente en torno a la valoración del modo de asumir la legislación laboral en función del cuidado materno o paterno (igualación necesaria, pues no se trata de defender uno u otro) para lograr el bienestar integral del hijo.
Debo destacar aquel aporte, pues en algún momento, desde que se aprobó la referida ley, en la circunscripción que represento hartas personas se me acercaron para expresarme que consideraban un cambio social el hecho de que el padre pudiera dedicarle al hijo recién nacido un tiempo que tradicionalmente no se le destinaba, pues existía la idea de que se trataba más bien de una obligación excluyente de la madre.
Lo concreto es que todas las aprensiones iniciales -son legítimas ante un cambio institucional- se disiparon, se diluyeron. Nunca he visto posteriormente una opinión crítica respecto al funcionamiento de la mencionada ley.
Entonces, uno se va dando cuenta de que a veces pequeños cambios, pequeñas señales generan conductas muy deseables.
Entiendo que la moción que dio origen al proyecto en debate -la encabeza la Diputada Carolina Goic (hoy Senadora), pero hay varios otros parlamentarios: entre ellos, la Diputada Adriana Muñoz (actual Senadora); el Diputado Patricio Walker (ahora Senador); el entonces Diputado Felipe Salaberry, quien, dentro de mi Partido, ha llevado la voz cantante en la materia y es el que toca la campanada en el ámbito de las relaciones laborales, en particular cuando se vinculan virtuosamente con el cuidado de los hijos- va en la misma línea, en la idea de generar esfuerzos más compartidos.
La tendencia natural es a que el hijo menor de 2 años sea alimentado por la madre. Pero si la mujer se incorpora cada vez con mayor fuerza al mundo laboral -se trata de una opción muy legítima-, es necesario entender que aquella obligación tiene que ser más compartida.
Me parece, pues, que esta es una tercera señal -porque hay otro proyecto o una ley donde se hace referencia a lo que ocurre el primer año- que apunta en el mismo sentido.
Como expresé, en el primer momento planteé dudas sobre la materia. Me parece bueno dudar, pero también ser convencido, y mejor si es con la evidencia de éxitos sociales que dan cuenta de que lo aprobado finalmente apuntó a una lógica virtuosa y de que las aprensiones hechas presentes carecían de validez, como ha ocurrido en muchas oportunidades.
Señora Presidenta, quise hacer uso de la palabra no solo para anunciar mi respaldo al proyecto en debate, sino también para anotar con humildad que este es el tipo de innovaciones que le hacen bien a Chile: a la familia; a los padres y a las madres; a las empresas, pero principalmente a los niños, en cuyo ADN, de algún modo -estoy convencido-, aquellas van quedando impregnadas como algo muy importante para su formación.
Así que, con gran beneplácito, no solo aprobaré esta iniciativa, sino que además felicito a quienes presentaron la moción que le dio origen.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Con la intervención del Senador señor Coloma queda cerrado el debate.
En votación la idea de legislar.
Esperaremos durante algunos minutos a los integrantes de la Comisión de Hacienda, órgano que está sesionando paralelamente con la Sala.
Por favor, hagan sonar los timbres.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
La señora ALLENDE (Presidenta).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (29 votos a favor y un pareo); no habiéndose presentado indicaciones, se aprueba también en particular, y queda concluida su discusión en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Harboe, Horvath, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Montes, Moreira, Navarro, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker y Patricio Walker.
No votó, por estar pareado, el señor Guillier.
El señor BIANCHI.- Pido que se agregue mi voto afirmativo, señora Presidenta.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Se dejará constancia en la Versión Oficial de la intención de pronunciamiento favorable de Su Señoría.
Felicitaciones a las autoras y a los autores de la moción. Nos alegramos muchísimo de haber dado en la materia un nuevo paso, que es muy significativo.