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REFORMA DE LEY N° 18.892 EN CUANTO A SUSTENTABILIDAD DE RECURSOS; PESCAS INDUSTRIAL Y ARTESANAL, E INVESTIGACIÓN Y FISCALIZACIÓN


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, la industria pesquera ha defendido supuestos derechos de propiedad sobre las autorizaciones de pesca con que cuenta.
No solo hay razones jurídicas para rechazar el argumento, pero, obviamente, es bueno partir por ello. El Tribunal Constitucional ha resuelto la controversia y, precisando la diferencia entre autorizaciones y concesiones, ha destacado el hecho de que las primeras no reciben la misma protección en nuestra Carta Fundamental.
Se puede no compartir la Constitución o no gustar su origen, pero eso es lo que esta expresa.
Dicho organismo jurisdiccional ha expuesto que "los permisos constituyen autorizaciones de carácter esencialmente temporal que no dan origen a derecho de propiedad alguno, a diferencia de lo que ocurre con las concesiones" (Considerando 38, "Decreto sobre TV Digital Demostrativa y Experimental", del 12 de mayo de 2011).
A raíz de la indicación, me gustaría hacer una reflexión política. Si todos estamos de acuerdo y le decimos al país entero, que nos está escuchando, que los peces son de todos los chilenos y que el Estado es soberano en su administración, ¿qué realidad tiene la disposición si, por otro lado, sostenemos que las empresas podrán ejercer el derecho por 20 años, renovables, de manera automática e indefinida? ¿Son los peces de todos o, en verdad, se los estamos entregando a algunos?
¿Por qué eliminamos la norma contenida actualmente en el artículo 14 de la ley que fija el límite máximo de captura, norma que determina específicamente que las licencias no dan lugar a un derecho de propiedad respecto de asignaciones futuras?
De vuelta a la teoría del Gatopardo: "que todo cambie para que nada cambie".
Al final, el juicio del ciudadano es uno solo, nítido y categórico: la gente está cansada de que tratemos de explicarle lo que resulta claramente inexplicable.
¿Por qué ponerles un límite a las autorizaciones? Porque es obvio que desde el Estado se está expresando: "Usted podrá ejercer una actividad durante un tiempo determinado".
Ayer escuchaba atentamente los debates, y alguien sostuvo que los pescadores artesanales ganaban en forma impresionante con el proyecto. Como ayer se habló del jurel, quiero referirme hoy al traspaso de la cuota de la merluza común. De 35 por ciento de la cuota global anual de captura, al sector artesanal se le asigna, mediante la iniciativa, el 40 -o sea, experimenta un aumento de un 5 por ciento-, con lo cual quedará en manos del sector industrial el 60 por ciento restante.
¿Qué significa lo anterior para los 7 mil pescadores artesanales de la macrozona, vale decir, de las Regiones Cuarta a Octava? Que deberán distribuirse ese 5 por ciento adicional, el cual se traduce, por pescador, en una caja de 20 kilos del recurso al año.
¡De ello estamos hablando! ¡Esa no es una gran compensación!
El señor Ministro nos ha manifestado que los pescadores ganan, con esta legislación, algo así como 31 a 34 millones de dólares. ¿Sabe en cuánto estamos valorizando a la industria, señor Presidente? ¡En más de 700 millones de dólares!
Es justo que pongamos un límite y es eso lo que pretende la indicación.
Por eso, voto a favor.

La señora RINCÓN.- Señor Presidente, si las licencias son transables, pero a la vez renovables automáticamente, significa entonces que cualesquiera de las empresas que hoy las tengan podrán venderlas, sea a una persona natural o jurídica, sin que el Estado reciba nada a cambio. Si son licitables, el dinero va al Estado, cuando la licitación es acotada y temporal.
Por eso, tengo problemas con esta norma. Si estuviéramos discutiendo además una acotación respecto de la licitación a diez o quince años, no me importaría, la suscribiría y la votaría a favor. Pero, como las licencias serán renovables automáticamente -por 20 o más años-, no puedo sino votar en contra, aun cuando comparo el principio.
Si los recursos son de todos los chilenos, entonces tiene que haber alguna forma de beneficiar a la generalidad de ellos. Como está el precepto, simplemente estamos mejorando la valorización en Bolsa de lo que las empresas tienen hoy día, sin nada a cambio para los chilenos.
Por eso, señor Presidente, voto que no.

La señora RINCÓN.- Señor Presidente, también voy a ser extremadamente breve en mi intervención.
Sin lugar a dudas, esta es una norma importante. Y pese a que, como lo señaló el colega Navarro, el punto se halla regulado en otra disposición, creo que, como reza el dicho, lo que abunda no daña.
En esta materia, por cierto, es relevante precisar la naturaleza y la propiedad de los recursos.
Al respecto hubo una larga discusión. La Senadora Alvear, compañera de bancada, nos expresó en medio del debate su inquietud por la redacción de este artículo. Y, producto de un trabajo intenso, se llegó a esta redacción, que el Ejecutivo recogió.
Pero ¿cuál es el punto?
El artículo 1° A expresa que se garantizará el resguardo de los recursos y que estos les pertenecen a todos los chilenos. Mas hay un aspecto que queda pendiente en la discusión y que me van a escuchar mencionar muchas veces, probablemente, a lo largo de debate. Si decimos que los recursos hidrobiológicos "están sometidos a la soberanía del Estado de Chile"; que "el Estado de Chile tiene el derecho de regular la exploración, explotación, conservación y administración de los recursos hidrobiológicos"; que "el Estado de Chile podrá autorizar la exploración y explotación de los antes mencionados recursos hidrobiológicos", ¿de qué sirve la norma si no somos capaces de consensuar el que los derechos que establezcamos al respecto son limitados y temporales; el que no se renuevan automáticamente; el que no puede ser que, por una disposición que se va a aprobar con motivo de artículos posteriores, se determine una renovación por veinte años prácticamente automática e ilimitada?
Ese es el punto que a algunos nos rebela frente a la posibilidad de acoger la ley en proyecto, la cual constituye un mejoramiento, pero no resuelve el tema más importante en la discusión
Hace poco más de un mes, cuando conversábamos sobre la normativa, sostuve que aquí íbamos a discutir sobre cuál era nuestra misión y nuestra mirada de país. ¿Qué Chile queríamos tener?
Utilizando un ejemplo que nos ha golpeado duro en estos días y que ha llevado a muchos a sorprenderse ante una red de prostitución que llevó al abuso de menores, cabe concluir que vivimos en un país en que el Estado no cuida a niñas ni a niños, en que las familias no tienen la posibilidad de ser amparadas por todos. Entonces, seguimos con la lógica de que algunos están protegidos, tienen garantizadas sus aspiraciones, y otros quedan a la deriva.
En el asunto que nos ocupa pasa lo mismo: legislamos respecto del 85 por ciento de los recursos para unos pocos. ¿Por qué? ¿Por qué no resguardamos los intereses de todos? ¿Por qué no determinamos que el desarrollo y la sustentabilidad diga relación también -a ello obedeció mi reflexión cuando el otro día hicimos referencia a la sustentabilidad hidrobiológica- con los aspectos económicos y sociales? Eso es algo que aborda la iniciativa, pero, lamentablemente, no se consigna en todo su articulado.
Voy a aprobar la disposición, porque me parece de la esencia; pero, si no limitamos lo que significa el ejercicio mismo, pienso que será, lamentablemente, una buena declaración de principios que no se traduce en la práctica.
Gracias.