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REFORMA DE LEY N° 18.892 EN CUANTO A SUSTENTABILIDAD DE RECURSOS; PESCAS INDUSTRIAL Y ARTESANAL, E INVESTIGACIÓN Y FISCALIZACIÓN


El señor ESCALONA (Presidente).- Corresponde proseguir la discusión particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica, en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización, la Ley General de Pesca y Acuicultura contenida en la ley N° 18.892 y sus modificaciones, con segundo informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, Certificado de la Comisión de Hacienda y Certificado de las Comisiones Hacienda y de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, unidas, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (8091-21) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 37ª, en 31 de julio de 2012.
Informes de Comisión:
Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura: sesión 54ª, en 10 de octubre de 2012.
Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura (segundo): sesión 62ª, en 20 de noviembre de 2012.
Certificado de la Comisión de Hacienda: sesión 62ª, en 20 de noviembre de 2012.
Certificado de las Comisiones de Hacienda y de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, unidas: sesión 69ª, en 21 de noviembre de 2012.
Discusión:
Sesiones 55ª, en 16 de octubre de 2012 (queda pendiente la discusión general); 56ª, en 17 de octubre de 2012 (se aprueba en general); 58ª, en 31 de octubre de 2012 (nuevo plazo para presentar indicaciones); 62ª, 64ª y 65ª, en 20 de noviembre de 2012; 66ª, 67ª y 68ª, en 21 de noviembre de 2012; 69ª, en 22 de noviembre de 2012 (queda pendiente la discusión particular).
El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente, pido la palabra para una cuestión de Reglamento.
El señor ESCALONA (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Señoría.


El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente, ayer se fijó un plazo para presentar indicaciones, dentro del acuerdo a que estaba llegando el Gobierno con la bancada de la Democracia Cristiana, en relación con determinados artículos del proyecto.
El Senador que habla formuló cinco, las cuales no aparecen consignadas en el informe emanado por las Comisiones unidas. Eso me hace pensar que no fueron ni discutidas, ni rechazadas, ni modificadas, ni aprobadas.
En tal virtud, exijo que las Comisiones unidas de Hacienda y de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura analicen las cinco indicaciones, que tienen que ver, precisamente, con los artículos contenidos en el acuerdo que dio origen al comparado que hicieron llegar a nuestros escritorios.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor García.


El señor GARCÍA.- Señor Presidente, quiero presentarle mis excusas al Senador señor Muñoz Aburto, quien tiene toda la razón. Efectivamente, él formuló las indicaciones que menciona; ellas corresponden a las materias que acordaron los Comités que se analizaran; fueron presentadas a tiempo, y por alguna razón, tal vez fruto de que la sesión de las Comisiones unidas de Hacienda y de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura se fue prolongando demasiado y al final todo el mundo lo único que quería era terminar pronto el trabajo, no las vimos.
Repito: presento excusas al Senador señor Muñoz Aburto. No ha habido absolutamente ninguna mala intención.
Y quiero sugerir, porque va a ser difícil volver a reunir a las Comisiones unidas, que demos la unanimidad para que ellas sean vistas dentro de la Sala, en el marco del debate, y, de esa manera, continuar avanzando con el proyecto.
Si se autorizara que las Comisiones unidas sesionen de nuevo, a lo mejor vamos a parar el trabajo de la Sala y nos vamos a ir retrasando.
A mi juicio -y es mi sugerencia-, resulta mucho más expedito que las indicaciones del Honorable señor Muñoz Aburto sean vistas directamente aquí.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Horvath.


El señor HORVATH.- Señor Presidente, se presentaron muchas indicaciones que, además, no se referían a los artículos que motivaron el acuerdo de Comités. Sin embargo, planteo como alternativa que nos reunamos las Comisiones de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura y de Hacienda, unidas. En diez minutos tenemos el asunto resuelto.
A mi entender, contamos con quórum suficiente para autorizar la constitución de las Comisiones unidas, y así evitar un debate infinito en el Hemiciclo.

El señor ESCALONA (Presidente).- Si parece a la Sala, se suspenderá la sesión por quince minutos, de modo que las Comisiones unidas de Hacienda y de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura analicen las indicaciones del Senador señor Muñoz Aburto.
--Así se acuerda.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se suspende la sesión por quince minutos.
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--Se suspendió a las 10:23.
--Se reanudó a las 10:46.
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El señor ESCALONA (Presidente).- Continúa la sesión.
Como era previsible, las Comisiones unidas de Pesca y de Hacienda todavía no nos han entregado el informe.
Les hago presente a los señores Senadores que se vienen incorporando que al comienzo de la sesión el Senador señor Muñoz Aburto manifestó que las indicaciones que él presentó no habían sido tratadas. Y, en consecuencia, la Sala autorizó el funcionamiento en paralelo de los mencionados órganos técnicos.
Sin embargo, sería conveniente que la Sala continuara sesionando. Quedan dos inscritos con relación al tema en discusión.
Por consiguiente, tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker.


El señor WALKER (don Patricio).- Señor Presidente, en verdad, he echado de menos en esta discusión un debate más profundo respecto del objetivo fundamental de la ley en proyecto, que es la preservación de la biomasa y la preocupación por la pesca artesanal.
Entiendo que debemos pronunciarnos acerca del artículo 30.
Sin embargo, considero que ha sido poco, de alguna manera, el tiempo que les hemos dedicado a esos temas, que, en mi opinión, son los más fundamentales.
Hoy existen licencias indefinidas. Y el artículo segundo transitorio señala que los que no se cambien a este nuevo esquema jurídico seguirán con las licencias indefinidas actuales. En este sentido, es muy importante ser realistas y entender que lo perfecto es enemigo de lo bueno.
Una alternativa es seguir con la licencia indefinida, con un sistema en que no existan comités científicos autónomos que regulen lo relativo a la biomasa. Otra es buscar un esquema jurídico distinto que permita hacernos cargo de los problemas de colapso de muchas pesquerías en nuestro país.
El número 24 del artículo 19 de la Constitución establece y garantiza el respeto al derecho de propiedad. Y eso se halla en nuestra Carta Fundamental, que todos juramos o prometimos respetar. Eso ha estado presente en todas las Constituciones. Y, por lo tanto, cuando uno se encuentra decidiendo acá debe hacerlo en ese esquema. Uno no puede afectar derechos adquiridos. Por eso, si aprobamos licencias por un año, nadie se incorporará a este nuevo sistema. Y resulta importante entender esto.
Señor Presidente, las primeras indicaciones planteaban renovaciones prácticamente automáticas. Acá estamos hablando de la exigencia de decreto fundado, de causales de caducidad mayores (o sea, los que tengan mal comportamiento, después de cumplido el plazo de veinte años no podrán seguir trabajando). También establecemos licencias temporales, por un plazo determinado, probablemente mayor al que muchos hubiésemos querido. Pero a lo menos son temporales. E incorporamos licitaciones a todo evento, por un 15 por ciento. Eso no estaba en el proyecto de la Cámara de Diputados y tampoco en las indicaciones que se habían presentado.
El acuerdo al que han llegado varios Senadores -no todos- establece, como decía, pasar de licencias indefinidas a temporales. Por otra parte, no dispone la renovación automática. A la vez, instaura la licitación a todo evento, de un 15 por ciento.
Y el artículo 30, cuando plantea que las licencias transables son divisibles, transferibles, transmisibles y susceptibles de todo negocio jurídico, permite que no haya tanta concentración de la propiedad como existe hoy en este mercado, que surjan nuevos actores.
Entonces, creo que al pronunciarse acerca del artículo 30 uno tiene que tratar de ser coherente con los argumentos que se esgrimen en otras materias.
Además, se establece que los recursos hidrobiológicos están sometidos a la soberanía del Estado, que este tendrá derecho a regular la explotación, la exploración, la conservación -es un tema muy importante- y la administración de esos recursos.
Señor Presidente, una indicación plantea que las licencias sean por diez años. El problema es que donde figura esa indicación afecta también a los artesanales. Hoy estos poseen derechos indefinidos, heredables. Y si aprobáramos esa indicación en el lugar en que se encuentra, los afectaremos, porque se les limitará la licencia -no estamos hablando solo de los industriales- a diez años. Y por eso tal indicación adolece de un problema a lo menos de ubicación.
Señor Presidente, si no aprobamos este proyecto de ley, por ejemplo, no van a aumentar las cuotas para los artesanales.
En la Región de Aysén, que tengo el honor de representar como Senador, la cuota de la merluza austral sube de 50 a 60 por ciento, la del congrio dorado, de 20 a 50 por ciento para los pescadores artesanales.
También está presente el respeto a la primera milla para las Regiones en que efectivamente se aplica la norma relativa a las cinco millas.
De igual modo, reviste gran importancia la exigencia de posicionador satelital, en especial a las embarcaciones de más de doce metros de eslora, para evitar que depreden la biomasa, los recursos hidrobiológicos.
Reitero: resultan relevantes los consejos científicos autónomos, cuya principal preocupación sea la preservación de la biomasa.
El señor ESCALONA (Presidente).- Ha terminado su tiempo, señor Senador.
Tiene un minuto más, para que pueda concluir su intervención.
El señor WALKER (don Patricio).- Gracias, señor Presidente.
Asimismo, resulta esencial la prohibición de la pesca de fondo donde hay ecosistemas vulnerables.
Es fundamental la plataforma social laboral. Ahí necesitamos más compromiso del Gobierno.
Debe existir un seguro de vida para los pescadores artesanales.
Asimismo, se precisa abordar la regulación del contrato a la parte.
De igual modo, se propone un "INDAP pesquero". ¡Qué lástima que deban pasar seis meses para que se envíe dicho proyecto! Porque estamos esperando. En nuestra Región los pescadores están muy mal. A los artesanales les sale más caro ir a pescar, por el precio de la carnada y del combustible, que vender la merluza austral, que se encuentra a un precio bajísimo. Necesitamos apoyo para los pescadores artesanales.
Por eso, señor Presidente, tenemos que actuar con responsabilidad. Sería muy fácil votar todo en contra. Pero ello significa seguir con el sistema "un, dos, tres, momia es", continuar con licencias indefinidas, con más cuotas para los industriales, con los consejos de pesca, en donde quienes toman las decisiones son juez y parte, tienen intereses económicos.
El señor ESCALONA (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, quiero hacer una consideración de forma y dos de fondo.
Y como esta es la continuación -en un sistema bastante extraño de tramitación, muy difícil- de una sesión que culminó ayer en la noche con un encendido discurso del Senador Escalona, yo quería hacer referencia a las formas que debemos guardar en esta acción.
Porque usted, en su calidad de Presidente -no sé cómo referirme a Su Señoría, por su doble condición-, reprochó al Ministro Longueira por hacer mención a una lógica de patriotas o antipatriotas, que había sido a su vez planteada por el Senador Navarro. Y lo llamó a no incendiar el debate, a ser cuidadoso con las formas, porque, obviamente, esto es parte del entendimiento.
Haciendo uso de mi derecho, señor Presidente, debo decir que, desde mi perspectiva, usted hizo ayer exactamente lo contrario al calificar a quienes apoyaban esta indicación de defensores del interés de Chile, y a los que se oponían a ella, de partidarios del monopolio y de la extracción de riquezas.
Al hablar de 50 mil millones de dólares, golpear la mesa y decir que se rebelaba, Su Señoría de alguna forma estaba incendiando el debate.
Entonces, como hoy día entramos de nuevo a este trabajoso escenario, le quiero pedir que tenga una equivalencia entre lo que plantea como Presidente y lo que plantea como Senador.
Señor Presidente, respecto al tema de fondo, quiero puntualizar que aquí hay dos elementos centrales.
En primer lugar, el de si este proyecto nace hoy día o tiene historia.
Creo que eso es demasiado importante, porque se hace referencia a que el mecanismo de autorizaciones que se expone en el proyecto, que tiene que ver con renovaciones bajo ciertos parámetros, sería un atentado contra la competencia.
Al respecto, quiero recordarle a esta Sala que en 1991, bajo el Gobierno del Presidente Aylwin, siendo Ministro de Economía subrogante el señor Marshall, se aprobó unánimemente -varios de los parlamentarios de entonces estamos ahora aquí; recuerdo a los colegas Pizarro, García, Escalona- un artículo que establecía algo mucho más drástico: la autorización indefinida y a título gratuito.
Ese es el precedente que data de aquel entonces.
Si hace 20 años los mismos que estamos aquí señalamos que era factible, sin burlar la Constitución, establecer una autorización indefinida (podrá haber estado bien o mal), no podemos ahora sostener exactamente lo contrario: que ese es un planteamiento inconstitucional y que la renovación bajo ciertas condiciones -eso es claramente menos- no cumple la regla de la legalidad.
Admitamos una cosa, señor Presidente: es más profunda la autorización indefinida que la renovación bajo ciertas condiciones.
No entiendo, pues, de dónde puede emanar la inconstitucionalidad de algo que se reputó de constitucional.
Aquí estamos avanzando respecto al procedimiento anterior, que (insisto) fue aprobado el año 91, bajo el mandato del Presidente Aylwin, con el respaldo de algunos de los parlamentarios que estamos acá.
En segundo lugar, tocante a la competencia, la misma ley de 1991 cerró sistemáticamente el acceso de todo nuevo actor al mercado. La única forma de hacerlo era mediante la transferibilidad de la autorización de pesca en conjunto con la nave, lo que imposibilitaba todo manejo sobre el particular. Había una trilogía: nave-armador-autorización. Y la única manera de entrar al mercado era bajo las tres identidades en forma conjunta.
Ese fue el objeto del fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia -absolutamente plural-, que plantea la necesidad de un mecanismo de cuotas individuales de captura plenamente transferibles y divisibles, a efectos de permitir el acceso de nuevos actores.
Eso es lo que hace la ley en proyecto. Pero es todo lo contrario de lo planteado posteriormente. Y, lejos de consagrar un monopolio -de existir, habría existido también en la ley del 91-, lo que hace es, en función del fallo en comento, permitir la competencia, el acceso de nuevos actores, al establecer el 15 por ciento de las licitaciones y, además, postular el mecanismo de cuotas individuales plenamente transferibles y divisibles.
El señor ESCALONA (Presidente).- Perdón, señor Senador, pero concluyó su tiempo.
Su Señoría dispone de un minuto adicional.
El señor COLOMA.- Muchas gracias.
Señor Presidente, como me importan la lógica republicana y el respeto a las ideas y a las convicciones, creo que la ley en proyecto es profundamente mejor que la vigente en la actualidad.
Los pescadores artesanales de mi Región -y lo explicitaron comunicacionalmente ayer- llamaron a aprobar esta iniciativa, porque sienten que cautela mejor sus derechos y la sustentabilidad de su actividad.
Entonces, con esa misma convicción respecto a la forma, que debe cuidarse, estimo que, en el fondo, también constituyen un adelanto la naturaleza de las autorizaciones -distinta de la aprobada en otra época- y la apertura de la competencia en función del fallo del Tribunal a que hice referencia.
Por lo expuesto, considero que la indicación renovada contraría esas ideas.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- No hay más inscritos.
Corresponde, en consecuencia, votar primero la indicación renovada.
Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- La indicación renovada recae en el inciso primero del artículo 30. No se incluye el resto de los incisos porque oportunamente, durante el debate, se pidió votarlos en forma separada; ellos están referidos a la inscripción y sus requisitos.
En consecuencia, se votará la indicación renovada para agregar en el inciso primero del artículo 30, entre las palabras "pesca" y "serán" la expresión "tendrán una vigencia de diez años y".
La norma pertinente es de quórum calificado.
El señor WALKER (don Ignacio).- Hay Senadores en las Comisiones unidas.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Se están tocando los timbres, Su Señoría.
El señor TUMA.- ¿Se puede poner en pantalla la indicación renovada, para que nos informemos?
El señor ESCALONA (Presidente).- De inmediato, señor Senador.


El señor LABBÉ (Secretario General).- De aprobarse la indicación renovada, el texto del inciso primero del artículo 30 diría: "Las licencias transables de pesca tendrán una vigencia de diez años y" -es la expresión que utiliza la indicación renovada- "serán divisibles, transferibles, transmisibles y susceptibles de todo negocio jurídico.".
El señor ESCALONA (Presidente).- Se ha consultado sobre el quórum.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Según expresé, la disposición pertinente es de quórum calificado.
El señor ESCALONA (Presidente).- En votación la indicación renovada.
--(Durante la votación)
El señor ESCALONA (Presidente).- Para fundar su voto, tiene la palabra el Senador señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señor Presidente, quiero hacer una aclaración muy breve.
Se dijo anteriormente que al fijarse 10 años para las autorizaciones a los industriales se afecta a los artesanales.
Eso es mentira. Aquí estamos planteando que los 10 años son para los industriales.
Cuando se señala además que los artesanales tienen autorizaciones ad eternum, para siempre, también es mentira. Si dejan de operar por situaciones complejas -operatividad de sus lanchas, de sus embarcaciones-, pierden las autorizaciones después de tres años. Entonces, tampoco tienen autorizaciones a perpetuidad.
Ahora estamos votando un plazo de 10 años para los industriales, no para los artesanales.
El señor ESCALONA (Presidente).- Para fundamentar el voto, tiene la palabra el Honorable señor Girardi.


El señor GIRARDI.- Señor Presidente, quiero reafirmar algo que se planteó ayer.
Establecer la licencia por 10 años resulta fundamental, porque esto es como un castillo de naipes: hay toda una propuesta de legislación sustentada en información inadecuada, insuficiente, falsa, carente de fundamento científico.
El stock para determinar los peces a repartir no tiene ninguna validez, pues en Chile no hay ciencia, no existen instituciones que puedan cumplir una misión a ese respecto. Es parte de lo que se puede o, a lo mejor, se pretende hacer a futuro.
Por lo tanto, fijar 20 años constituye una irresponsabilidad.
Eso, en primer lugar.
Luego, quiero reiterar que me parece una contradicción con aquello con lo que partió el Ejecutivo. En efecto, su preocupación era fundamentalmente la sustentabilidad y que nuestro país le diera valor agregado a la actividad pesquera por la vía de privilegiar el consumo humano; pero eso nada tiene que ver con la norma relativa a los 20 años.
No nos parece apropiado que se haga una campaña del terror y se diga que una licencia por 10 años va a generar cesantía, un desastre, cuando lo que va a generar un desastre y cesantía es la sobreexplotación.
En el Senado no hay conciencia de que las especies sobre las cuales estamos discutiendo ya se encuentran colapsadas, ya se hallan sobreexplotadas. Lo que pasa es que aquí hay una indiferencia absoluta respecto a lo que señala la información científica, que se sustenta en evidencia sólida.
Lo que va a generar un desastre en el país desde el punto de vista de la desocupación son justamente la sobreexplotación y el colapso de las pesquerías antes de 10 años. Eso va a provocar una grave crisis económica.
Además, no es aceptable que se señale que aquello va a significar cesantía, por cuanto se trata de un negocio multimillonario: más de 1.200 millones de dólares al año. Y, evidentemente, habrá muchos interesados en participar en él.
En consecuencia, me parece una falta de respeto que se diga acá lo que hemos escuchado sobre el establecimiento de licencias por 10 años, lo cual tiene que ver con una dimensión de la materia que estamos abordando. Porque estamos hablando de ecosistemas vivos, de seres vivos, no de cosas.
Lo que ocurre es que aquí existe una visión en el sentido de que el crecimiento económico es ilimitado, como si viviéramos en un mundo cerrado, donde no hay relación con el resto de los seres vivos y en que lo que hace la especie humana no tiene relación alguna con el contexto en que vivimos. Existe una visión antropocéntrica totalmente anquilosada, que parte del supuesto de que esto no va a tener ninguna consecuencia.
Por lo tanto, me parece del todo fundamental que se apruebe la indicación renovada. Sé que vamos a perder. Además, estamos actuando sobre la base de la inconstitucionalidad. Aquí, donde tanto se habla de defender la Carta, a través de este proyecto se viola la garantía de igualdad ante la ley, porque no todos los chilenos podrán acceder a las licencias: ellas tienen nombre y apellidos.
Asimismo, estamos siendo cómplices de la transgresión de normas internacionales a las que Chile está obligado, como las relativas a los derechos de los pueblos originarios. El texto no habla de estos.
Por otra parte, existe una controversia, a mi juicio muy importante, acerca de la propiedad de los peces.
Yo lamento mucho que esta Alta Cámara no defienda la soberanía; no defienda el interés de nuestro país; no defienda la concepción de que los peces son patrimonio de todos los chilenos, y acepte que se expropie ese recurso para que un pequeño grupo se haga propietario de él.
Esa es una de las demostraciones más dramáticas, más lamentables y más penosas de cómo una sociedad no ejerce su soberanía ni la defiende.
¿Qué implica la soberanía? Defender el patrimonio de todos y no permitir que se expropie y enajene para beneficiar a unos pocos.
De hecho, hay una controversia constitucional, dado que la Carta Fundamental, en su artículo 19, N° 23°, les garantiza a todas las personas "La libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, excepto aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres y que deban pertenecer a la Nación toda".
El señor ESCALONA (Presidente).- Se solicitó autorización para que ingrese a la Sala el señor Subsecretario de Pesca.
¿Hay acuerdo?
El señor SABAG.- Sí.
El señor LARRAÍN.- Conforme.
La señora ALVEAR.- Claro.
El señor CHAHUÁN.- Sí.
--Se autoriza.
El señor ESCALONA (Presidente).- Igual autorización se pidió respecto a tres asesores de la Subsecretaría de Pesca: señora Edith Saa Collantes, señora María Alicia Baltierra y señor Felipe Palacio Rives.
¿Existe acuerdo?
--Se autoriza.
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El señor ESCALONA (Presidente).- Varios señores Senadores se han quejado de improperios proferidos desde las tribunas. Ello no ha derivado en incidentes que se puedan observar desde la testera, pero sí afecta el curso normal del debate y la participación de los parlamentarios.
Por lo tanto, le ruego al público allí presente no reiterar conductas de tal índole, porque nuevos reclamos obligarán a la Mesa a tomar la misma decisión que adoptó en la sesión en que comenzó a tratarse este proyecto.
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El señor ESCALONA (Presidente).- Prosiguiendo la votación, tiene la palabra el Honorable señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, quiero reiterar lo que señaló el Senador Bianchi.
Cuando se establece un plazo de 10 años para la administración de las cuotas pesqueras se está hablando de los industriales. Ya tuvieron diez años, entre 2002 y 2012. Prometieron una administración adecuada; límite máximo de captura; cuotas individuales transferibles. Y, en esa década, 9 de 17 pesquerías registraron sobreexplotación. En definitiva, no supieron hacer buen uso de la concesión que el Estado les entregó.
Ayer los Senadores Espina y Hernán Larraín nos hablaron de la amenaza...
El señor LARRAÍN.- ¿Amenaza?
El señor NAVARRO.-... de que los industriales puedan reclamar indemnizaciones.
Yo lo veo como una amenaza contra el Estado porque, ante un eventual cambio de la tesis de que los permisos son indefinidos y por lo tanto pasan a constituir propiedad, esos empresarios podrían reclamar indemnizaciones.
¡Yo quiero puntualizar que cabe la posibilidad de que el Estado los demande a ellos por no haber cuidado los recursos de todos los chilenos, por haberlos sobreexplotado!
Se les entregó un mar con dificultades, ¡pero ellos las agravaron!
Por tanto, en cuanto a las demandas de indemnización, todavía queda mucho oleaje antes de llegar a la playa.
No hay afectación a los pescadores artesanales.
La idea del fraccionamiento a que alude el artículo quinto transitorio va a continuar.
Yo lo dije: si la vigencia de la ley se hubiera prorrogado por dos años, debería haberse incluido el fraccionamiento, que es interesante, importante y necesario.
Repito: no hay afectación a los pescadores artesanales.
Ahora, las licencias por 20 o 40 años parecen más bien un premio indebido, pues en los últimos diez años no hubo una adecuada administración de un patrimonio natural que les pertenece a todos los chilenos.
En mi concepto, el plazo de 20 o 40 años es excesivo. Porque la plataforma social para los trabajadores que puedan resultar perjudicados por la ley en proyecto solo dura ¡3 años! No parece adecuado, pues, pensar en un plazo de 20 o 40 años si la responsabilidad recae en los primeros 2 años, cuando la legislación recién comienza a aplicarse y, efectivamente, pueden existir problemas sociales.
Asimismo, quiero manifestarle una vez más al señor Ministro (por intermedio de la Mesa) que deseamos saber cuánto dinero se pondrá para la plataforma social. Porque es irresponsable aprobar una ley que incorpora ese concepto sin que haya una evaluación del impacto y sin que se asignen los recursos necesarios en la Ley de Presupuestos.
Ha comenzado el debate. Votaremos esta tarde. Eludir el tema del financiamiento de la plataforma social sería actuar con irresponsabilidad para con los trabajadores. Ellos tienen que estar informados, a través de sus dirigentes, de que la plataforma social, que no se hizo el 2002 -porque entonces hubo una política de parche que aún mantiene a los trabajadores, después de una década, reclamando derechos y capacitaciones- durará 3 años y carece de financiamiento.
Yo deseo saber -reitero- cuántos recursos hay para tal efecto. Y por eso soy partidario de los 10 años, porque 20 son un premio indebido.
Señor Presidente, voy a votar en contra, aunque en el debate que viene tenemos otras indicaciones que pudieran reformar la norma pertinente.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Horvath.


El señor HORVATH.- Señor Presidente, se han estado haciendo afirmaciones que no tienen nada que ver con la indicación renovada. En todo caso, no es prudente dejarlas pasar.
En primer término, si se le echa la culpa de los problemas del sector a la sobreexplotación, yo tengo que preguntar quién la autorizó. Por ejemplo, aquel que estableció una cuota de pesca de 4 millones de toneladas de jurel cuando no había base científica y todo indicaba que en el mejor de los casos se podría haber fijado un 25 por ciento de esa cantidad.
La nueva ley va a impedir que eso ocurra, porque la autoridad no podrá salirse del informe científico, que le va a estar diciendo: "Esta es la cuota, este es el arte de pesca, esta es la manera de hacerlo".
En segundo lugar, dado que estas intervenciones no dan la posibilidad de hacer algo didáctico, quiero volver a entregar una información que nos proporcionó el Premio Nacional de Ciencias Aplicadas 2010, señor Juan Carlos Castilla, quien participó con otro premio nacional y otro científico en la Comisión de Pesca. Y nosotros nos hicimos eco de ella a través de indicaciones que se incorporaron en la ley en proyecto.
Sus Señorías pueden ver el gráfico sobre la pesca conjunta de nuestro país desde 1970 hasta 2010. Se aprecia claramente que hasta la ley de 1991 creció la correspondiente al sector industrial, en tanto que la del sector artesanal, representada por la línea verde, lo hizo poco.
Después de la dictación de ese cuerpo legal, se empezaron a regular las artes de pesca, se definieron las áreas de los artesanales y los industriales y se fijaron una serie de normas, como las relativas a parques y reservas marinas.
Se puede ver cómo empiezan a bajar las capturas. Sin embargo, se mantiene un sobreesfuerzo pesquero, y en 2002 -hace 10 años- se genera una fórmula de fraccionamiento entre industriales y artesanales, en virtud de la cual se entrega un porcentaje de la pesca, que se fija según la cuota anual. En consecuencia, las personas dedicadas a la actividad pueden distribuir la captura a lo largo del año y agregarle valor. Por eso se explica también el hecho de que, por un lado, se extraiga menos, pero si ustedes se fijan en las barras celestes o verdes, el valor de lo que se saca, por otro, aumenta.
En el cuadro se detalla que hoy en día los pescadores artesanales están sacando más que los industriales.
Se trata de datos científicos que todos pueden corroborar.
La iniciativa que llega al Senado desde la Cámara de Diputados contempla, en el caso de los industriales, una licencia de pesca transferible, indefinida, a perpetuidad. Nosotros la hemos bajado a 20 años.
Además, se va a proponer a la Sala una licitación de parte de la fracción de los industriales. Por lo tanto, van a poder entrar actores nuevos, sin afectarse el empleo y considerándose una plataforma social que será mejorada.
Asimismo, la soberanía está contemplada en un artículo que Sus Señorías van a conocer y que tendrán la posibilidad de analizar, debatir y votar, en definitiva. Además, es consistente con las convenciones de las cuales somos parte en el ámbito internacional.
Finalmente, la indicación está mal formulada, porque debería haber sido hecha al artículo 26 y no en relación con las características de las licencias de pesca, desde el punto de vista de su divisibilidad o transferibilidad.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señora Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, la industria pesquera ha defendido supuestos derechos de propiedad sobre las autorizaciones de pesca con que cuenta.
No solo hay razones jurídicas para rechazar el argumento, pero, obviamente, es bueno partir por ello. El Tribunal Constitucional ha resuelto la controversia y, precisando la diferencia entre autorizaciones y concesiones, ha destacado el hecho de que las primeras no reciben la misma protección en nuestra Carta Fundamental.
Se puede no compartir la Constitución o no gustar su origen, pero eso es lo que esta expresa.
Dicho organismo jurisdiccional ha expuesto que "los permisos constituyen autorizaciones de carácter esencialmente temporal que no dan origen a derecho de propiedad alguno, a diferencia de lo que ocurre con las concesiones" (Considerando 38, "Decreto sobre TV Digital Demostrativa y Experimental", del 12 de mayo de 2011).
A raíz de la indicación, me gustaría hacer una reflexión política. Si todos estamos de acuerdo y le decimos al país entero, que nos está escuchando, que los peces son de todos los chilenos y que el Estado es soberano en su administración, ¿qué realidad tiene la disposición si, por otro lado, sostenemos que las empresas podrán ejercer el derecho por 20 años, renovables, de manera automática e indefinida? ¿Son los peces de todos o, en verdad, se los estamos entregando a algunos?
¿Por qué eliminamos la norma contenida actualmente en el artículo 14 de la ley que fija el límite máximo de captura, norma que determina específicamente que las licencias no dan lugar a un derecho de propiedad respecto de asignaciones futuras?
De vuelta a la teoría del Gatopardo: "que todo cambie para que nada cambie".
Al final, el juicio del ciudadano es uno solo, nítido y categórico: la gente está cansada de que tratemos de explicarle lo que resulta claramente inexplicable.
¿Por qué ponerles un límite a las autorizaciones? Porque es obvio que desde el Estado se está expresando: "Usted podrá ejercer una actividad durante un tiempo determinado".
Ayer escuchaba atentamente los debates, y alguien sostuvo que los pescadores artesanales ganaban en forma impresionante con el proyecto. Como ayer se habló del jurel, quiero referirme hoy al traspaso de la cuota de la merluza común. De 35 por ciento de la cuota global anual de captura, al sector artesanal se le asigna, mediante la iniciativa, el 40 -o sea, experimenta un aumento de un 5 por ciento-, con lo cual quedará en manos del sector industrial el 60 por ciento restante.
¿Qué significa lo anterior para los 7 mil pescadores artesanales de la macrozona, vale decir, de las Regiones Cuarta a Octava? Que deberán distribuirse ese 5 por ciento adicional, el cual se traduce, por pescador, en una caja de 20 kilos del recurso al año.
¡De ello estamos hablando! ¡Esa no es una gran compensación!
El señor Ministro nos ha manifestado que los pescadores ganan, con esta legislación, algo así como 31 a 34 millones de dólares. ¿Sabe en cuánto estamos valorizando a la industria, señor Presidente? ¡En más de 700 millones de dólares!
Es justo que pongamos un límite y es eso lo que pretende la indicación.
Por eso, voto a favor.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor García.


El Senador señor GARCÍA.- Señor Presidente, me preocupan algunas expresiones usadas por algunos señores Senadores que me han antecedido en el uso de la palabra.
Se ha aseverado, por ejemplo, que el Senado no es capaz de hacer que los recursos sean de todos los chilenos; que los estamos entregando solo a un grupo pequeño de actores. Cabe recordar que el artículo 1° A, nuevo, propuesto por las Comisiones unidas, que define la propiedad de los peces, establece, con toda claridad:
"Los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas están sometidos a la soberanía del Estado de Chile en las aguas terrestres, aguas interiores y mar territorial, así como a sus derechos de soberanía y jurisdicción en la Zona Económica Exclusiva y en la Plataforma Continental, de acuerdo a las normas de derecho internacional y a las de la presente ley.
"En conformidad a la soberanía, a los derechos de soberanía y a su jurisdicción a que se alude en el inciso anterior, el Estado de Chile tiene el derecho de regular la exploración, explotación, conservación y administración de los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas existentes en todos los espacios marítimos antes mencionados.".
Entonces, por favor, seamos claros. La propiedad de los peces y las riquezas del mar es del Estado y es este el encargado de administrarla. La opinión pública no debe formarse juicios enteramente equivocados.
Finalmente, señor Presidente, creo que todos en la Sala tenemos un enorme respeto y valoración por el Senador señor Horvath, Presidente de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura. También conocemos los esfuerzos de Su Señoría en la mantención del medio ambiente y de nuestros recursos naturales. Cuando se hacen aseveraciones tan duras, tan fuertes, se pone en duda la actuación de alguien que recorrió la gran mayoría de las caletas del país. Como Presidente del organismo técnico, escuchó a todas las organizaciones. Ha realizado un trabajo realmente encomiable y desplegado un esfuerzo que debe merecer el reconocimiento de todos nosotros. Y no me parece justo que, conociéndolo en la forma como lo conocemos e impuestos de la manera en que defiende nuestro medio ambiente, se hagan imputaciones en el sentido de que el Senado está entregando gratuitamente los peces pertenecientes a todos los chilenos.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).- Solicito silencio tanto en las tribunas como en la Sala.
Puede intervenir el Honorable señor Muñoz Aburto.


El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente, quiero dejar bien en claro, como también lo han expresado algunos Senadores que me han precedido, que voy a votar a favor de la indicación, por cuanto los diez años que contempla no afectan en absoluto a la pesca artesanal. Se ha propuesto para limitar el sistema implementado el año 2002, que daba ese mismo plazo para la captura de las cuotas.
¿Y por qué consideramos que ese es un término más que suficiente? Porque permite evaluar el funcionamiento, a lo que se suma el hecho de que las inversiones de los industriales ya habrían sido recuperadas, como lo saben todos los economistas. No creo que alguien con la calificación de ser medianamente inteligente vaya a efectuar una inversión por diez años si no tiene la posibilidad de recuperarla.
De ahí que la indicación tiene una sola finalidad: velar por el recurso.
Aquí se ha insistido en la sustentabilidad, en el cuidado de la biomasa y de los recursos hidrológicos, pero ¿cómo será ello posible si se entrega una licencia por veinte años, prorrogable?
Entonces, seamos sinceros y digamos las cosas como son.
Por eso, no solo se apunta a proteger a los artesanales, sino también a ponerle un límite a la explotación por parte de los industriales y a resguardar nuestros recursos pesqueros.
Muchas gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker.


El señor WALKER (don Patricio).- Señor Presidente, deseo reiterar mi preocupación por una indicación aprobada en la Comisión de Hacienda, norma que expresa que "Las autorizaciones o permisos de pesca que establece la ley y otorga la autoridad, son permisos temporales para la explotación de los recursos pesqueros, no constituyendo derecho de propiedad sobre éstos". Eso sí afecta a los pescadores artesanales, que tienen derechos indefinidos, transmisibles, pero no en este texto.
Por eso, deseo precisar que el comentario que hice no se refiere en realidad a la indicación -estuve revisando el comparado-, sino al artículo 1°, que analizaremos en su oportunidad.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Gómez.


El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, además de escucharlo varias veces, he visto gráficos en el sentido de que los artesanales pescan hoy día más que los industriales. En realidad, uno puede hacer los gráficos como quiera. Porque, si efectivamente se registra una baja en la pesca, existe una zona con mayores posibilidades, y, por lo tanto, en el volumen, ello es así. Pero, por supuesto, es algo que no ha ocurrido nunca en el pasado.
Por lo tanto, no es cierto que los artesanales están siendo poco menos que favorecidos. La verdad es la verdad. La estructura que ayer mencionamos respecto a cómo se distribuyen las cuotas, etcétera, es sumamente clara.
En relación con el artículo, estamos convencidos, sin lugar a dudas, de que si se establecen períodos suficientemente acotados para los efectos de evitar una permanencia en el tiempo sin control o sin una definición futura, ello favorecería bastante lo que hemos discutido durante mucho tiempo en cuanto a no entregar el dominio, en definitiva, por la eternidad. Porque cuando hablamos de lo que pueden significar las renovaciones, para nosotros es importante establecer criterios claros y precisos. En ese sentido, hemos manifestado que estimamos indispensable en la indicación, así como en otras que hemos presentado, bajar el plazo a diez años.
En la Comisión discutíamos hoy día si era o no posible establecer límites a las cuotas -se declaró inadmisible una indicación presentada por el Senador señor Muñoz Aburto sobre la posibilidad de rebajar a 30 por ciento la fracción industrial de la cuota global de cada pesquería-, habiendo expresado el señor Ministro que ello es inconstitucional, porque las cuotas y todo esto son del Estado.
Entonces, es razonable contemplar criterios de años que le permitan a este último ejercer sus posibilidades de control y de desarrollo de una actividad tan importante como la pesquería, y no aplicar la otra idea que se está exponiendo.
La rebaja a diez años no va a generar ningún proceso de cesantía -conviene recordar que la ley vigente rige hasta el 31 de diciembre próximo y su duración ha sido similar- ni colapso alguno. Al revés, creemos que mantener en la norma los veinte años significa perpetuar algo ilógico, impropio, desde el punto de vista de bienes pertenecientes a todos los chilenos. Lo hemos expresado en muchas oportunidades y lo repetimos: los peces son de todos los chilenos y, en consecuencia, se requiere la certidumbre de que serán explotados de la forma mejor posible.
Ello no ocurrirá en las condiciones en que se encuentra planteada la otra disposición. Por eso, en la indicación, como en las siguientes que discutiremos probablemente sobre el mismo punto, insistimos en que deben ser diez años y no veinte.
Voto que sí.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Puede intervenir el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, cuando intervine ayer, puse énfasis en algo que otros reiteraron después: esta es una actividad, en especial tratándose de la parte que se extrae más allá de las cinco millas por las embarcaciones industriales, que genera muchos recursos y deja poco, muy poco, para el Estado.
Algunos creen que las patentes que paga la industria son significativas. El proyecto de ley reduce lo que se recaudará por ese concepto y establece un impuesto específico bastante mínimo -para no decir otra palabra- y que en nada equilibra la entrega de un bien que es de todos con el aporte de la industria al erario al explotar recursos naturales renovables.
En relación con este punto estamos discutiendo los plazos de la licencia o de permisos. Las cuotas individuales por armador se establecieron por diez años, demostrándose que era un plazo más que suficiente para recuperar la inversión. Por ende, el argumento de que el término es breve al considerarse ese aspecto resulta, a mi juicio, absolutamente falaz.
Si esta actividad económica no es rentable, ¡no se metan! Si no lo es para algunos, no participen. Pero los que aumentaron su inversión en el último tiempo lo hicieron porque sí lo era. Es rentable.
Lo que me inquieta sobre los plazos es lo siguiente. Porque la verdad es que me gustaría que las licencias se redujeran a un plazo razonable y que coincidieran con los procesos de negociación y de fraccionamiento.
La negociación que hicieron algunas de las organizaciones de pescadores artesanales con la industria y el Gobierno no me gusta, porque establece una rigidez a favor de la industria y no del progreso de los medianos empresarios -yo los llamo "pescadores semiindustriales" o "armadores artesanales"-, quienes no tienen razón alguna para no querer avanzar en un acceso a mayores recursos.
Yo quiero que los empresarios medianos de nuestro país -otros los denominarán "pequeños empresarios"- puedan crecer. Por eso no me gusta el fraccionamiento. Siento que los pescadores artesanales avanzaron muy poco en comparación a lo que algunos de nosotros pensamos.
Después me referiré a este punto, cuando tratemos las licitaciones.
Entre paréntesis, si se abre la posibilidad de las licitaciones, espero que sea para que los pescadores artesanales puedan crecer y acceder a mayores recursos y no para que se desarrollen los grandes.
Por ello, me incomoda el tema de los plazos. Primero, porque no coinciden las licencias que se darán a los industriales con el período de fraccionamiento. Esta descoordinación, este desacoplamiento, a mi juicio, perjudicará gravemente a los pescadores artesanales -¡gravemente!-, porque nunca va a concordar el momento de la negociación con las licencias que se otorgarán a los industriales.
Al respecto, hemos presentado indicaciones para lograr que ambos procesos coincidan en el tiempo. El desacoplamiento, evidentemente, es una desventaja tremenda para el sector artesanal. Los perjudica estructuralmente y para siempre.
Consideramos que el plazo de diez años que hemos planteado es más que suficiente no solo para que el rubro industrial crezca y se acople con los pescadores artesanales, sino también para evaluar si este instrumento de entrega de licencias es el más razonable para el desarrollo de un sector en el que está en juego un recurso hidrobiológico que debemos saber manejar.
Hasta ahora la experiencia de los últimos veinte años ha sido muy negativa, y el texto del proyecto no garantiza que mejorará. Lo digo, porque, al momento de plantear el tema -lo veremos más adelante-, se permite hacer licitaciones de recursos sobreexplotados.
Y, por ende, lo que aquí está en discusión es, más bien, cómo se reparte la torta y no cómo garantizar la sustentabilidad...
El señor ESCALONA (Presidente).- Concluyó su tiempo, Su Señoría.
Tiene un minuto más.
El señor LETELIER.- Gracias, señor Presidente.
Voy a votar a favor de la vigencia de diez años, considerando que hoy los industriales tienen derechos de pesca indefinidos. Pero ello no obsta que el Estado, ejerciendo la facultad sobre sus recursos, sobre bienes que pertenecen a todos los chilenos, pueda regular las licencias a plazos más razonables.
Los permisos otorgados en los noventa son indefinidos. Pero, si bien constituyen un derecho establecido en la ley, el Congreso debe ser soberano para acotar el tiempo por el cual serán explotados recursos que son de todos los chilenos.
He dicho.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza la indicación renovada Nº 264 (18 votos en contra, 11 a favor y 1 pareo).
Votaron por la negativa la señora Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Sabag, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la afirmativa la señora Rincón y los señores Bianchi, Escalona, Girardi, Gómez, Lagos, Muñoz Aburto, Navarro, Quintana, Ruiz-Esquide y Tuma.
No votó, por estar pareado, el señor Letelier.
El señor LETELIER.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, solicito que el señor Secretario precise en su momento si el artículo en votación es de quórum especial.
De las bancadas oficialistas me han pedido un pareo. Yo lo he dado en el entendido de que rige para todas las materias que no son de quórum especial. Por tanto, necesito tener claridad al respecto para cumplir fielmente aquel compromiso.
Por lo mismo, pido que incorpore mi pronunciamiento afirmativo en la votación anterior.

El señor ESCALONA (Presidente).- Muy bien.
Se deja constancia de su intención de voto favorable.
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El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Ha llegado a la Mesa un oficio de la Honorable Cámara de Diputados, mediante el cual informa que ha prestado su aprobación al proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público para al año 2013 (boletín Nº 8.575-05).
--Queda para tabla.

El señor ESCALONA (Presidente).- Señores Senadores, de acuerdo con el mandato que me entregaron los Comités con relación a la discusión del proyecto de Ley de Presupuestos, ruego a Sus Señorías tomar nota de lo que diré a continuación.
Las Partidas con las cuales se iniciará el debate en Sala son las siguientes: Presidencia de la República, Contraloría General de la República, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Ministerio de Defensa Nacional, Poder Judicial y Ministerio Público.
Asimismo, recuerdo que, de conformidad con la resolución adoptada por los Comités, el plazo para formular indicaciones a las Partidas anteriormente señaladas vence a las 15 de hoy, es decir, al inicio de la sesión de la tarde. Respecto de las demás Partidas, el plazo es hasta las 18.
Todo lo anterior me lleva a solicitar -yo no puedo privar a los Senadores y Senadoras de sus derechos constitucionales- que, en la medida de lo posible, en las horas que nos quedan de esta sesión realicemos la discusión en particular como su nombre lo indica, es decir, refiriéndonos exactamente a la materia que se pone en debate en el momento oportuno.
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El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Coloma, para referirse a un punto de Reglamento.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, en el mismo espíritu que usted plantea, quiero sugerirle algo que hemos hecho antes en el Senado -no sé si el acuerdo debe adoptarse por mayoría o por unanimidad; ojalá se acoja unánimemente-: aplicar el inciso quinto del artículo 133 del Reglamento -creo que tiene sentido-, que establece que la discusión particular se puede hacer por artículos o por títulos o materias.
Propongo que el debate particular se efectúe por títulos. Cada uno habla, hasta por quince minutos, de lo que quiera respecto de determinado asunto (indicaciones o artículos), y luego se vota.
De lo contrario, señor Presidente, mi impresión es que vamos a estar semanas discutiendo este proyecto.
En consecuencia, hago una propuesta sobre la base de lo que dispone el artículo 133, inciso quinto, que permite que todos los señores Senadores intervengan, pero respecto de temas. Y después procederíamos a la votación.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- La petición hecha por el Senador señor Letelier es bastante larga -después responderé a ella-, porque son numerosas las normas de quórum especial.
Con relación al planteamiento del Honorable señor Coloma, es posible circunscribir a materias el debate propiamente tal, no así las votaciones. Mientras no se retire la solicitud de votación artículo por artículo formulada por algunos señores Senadores, la Sala deberá pronunciarse separadamente, y cada orador tendrá derecho a fundamentar su voto.
El señor COLOMA.- Ese es el debate.
El señor GÓMEZ.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor LABBÉ (Secretario General).- En cuanto a las normas de quórum especial, habría que hacer un distingo.
Desde ya, el artículo 30 en el que estamos,...
El señor GÓMEZ.- Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Perdón, señor Secretario.
¿Sobre la materia en debate, Senador Gómez?
El señor GÓMEZ.- Sí.
El señor ESCALONA (Presidente).-Tiene la palabra, Su Señoría.


El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, lo que pidió el Senador Letelier es que, cada vez que se vote una disposición, se informe si es de quórum especial o no, para los efectos de ver si se aplica el pareo o no.
No se solicitó que nos enumere ahora dichas normas.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Con todo respeto, debo señalar que la Secretaría, cada vez que se ha puesto en votación una indicación renovada o una disposición, ha explicitado si es de quórum especial o no.
El señor WALKER (don Ignacio).- ¡Que persista en ello!


El señor ESCALONA (Presidente).- Pudo haber ocurrido, señores Senadores y señoras Senadoras, que el colega se distrajo. ¡No sería la única que ha habido en este Parlamento en los últimos días...!
Ahora debemos resolver lo relativo al artículo.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Efectivamente.
La indicación renovada Nº 264 quedó rechazada.
Ahora bien, el Senador Navarro pidió votar separadamente el inciso primero del artículo 30.
Hago presente que todo el artículo es de quórum calificado.
El señor ESCALONA (Presidente).- Senador Navarro, de acuerdo con lo que usted ha sugerido, votaríamos el inciso primero.
El señor NAVARRO.- Sí.
El señor ESCALONA (Presidente).- En discusión el inciso primero del artículo 30, contenido en el Nº 25 del artículo 1º del proyecto.
Si le parece a la Sala, se abrirá la votación.
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro, para fundamentar el voto.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, el artículo 30 -vale la pena recordarlo- establece lo siguiente: "Las licencias transables de pesca serán divisibles, transferibles, transmisibles y susceptibles de todo negocio jurídico".
El Senador Ignacio Walker ayer analizó esta norma, y debo señalarle que tenemos una coincidencia. La transferibilidad da la posibilidad de generar un mercado más amplio, en el cual muchos actores quieren estar, lo que originaría una mayor competencia. Y quienes siguen de manera estricta los dogmas del mercado saben que, a mayor competencia, mejoran las condiciones de los usuarios y el funcionamiento global del mercado.
Mi observación se refiere a la expresión "todo negocio jurídico". ¿Es posible hacer, con estas cuotas individuales de pesca, "todo negocio jurídico"?
Los colegios particulares subvencionados o las universidades privadas se crearon con completa desregulación. De tal modo que terminamos con planteles sin fines de lucro que lucran de manera absolutamente brutal; y con colegios -donde estudian nuestros hijos y, particularmente, los niños pobres- administrados por cualquier persona, incluso con antecedentes penales. Cualquiera podía tener un colegio en Chile; al menos, antes de las últimas mejoras que introdujimos en la legislación. Así ocurrió por más de 25 años. Y la verdad es que esa experiencia no resultó adecuada: ¡la manga demasiado ancha, la desregulación completa!
Ahora, cuando se plantea en el artículo 30 que estas licencias transables serán "susceptibles de todo negocio jurídico" -amplio el concepto-, yo digo: ¿no valdrá la pena mirar las experiencias que hemos conocido en otros ámbitos? Porque los peces son para generar producción y empleo. Para eso los queremos, no para especular en la bolsa, no para generar, como aquí se ha dicho, 48 mil millones de dólares, que son los 40 años a 1.200 millones de dólares anuales.
Esto de "todo negocio jurídico", señor Presidente, creo que es un exceso. Es la desregulación total.
Me gustaría confiar en que quienes están en el negocio quieren pescar, producir, dar empleo en las plantas, dar trabajo a los tripulantes, generar alimentación, y no especular. Pero el concepto de "todo negocio jurídico" deja abierto y legaliza exactamente ¡todo!, no solo pescar.
Alguien podría tener licencias para capturar peces y usarlas para otros fines. ¡Todos los posibles! Alguno podría decidir, incluso, no pescar, con el objeto de hacer subir los precios, por ejemplo, o de presionar los precios internacionales. Podría ocurrir que "todo negocio jurídico" sea con la competencia, que en definitiva resuelva no extraer recursos.
En las tribunas están los dirigentes de los tripulantes, y saben que, con el criterio de "todo negocio jurídico", quien adquiere estas licencias -además, posee intereses en Noruega, en España- puede decidir que no hay que pescar en Chile para hacer subir los precios adonde exporta, de manera de provocar una especulación accionaria y financiera y no un desarrollo de la producción. Porque no se habla de la producción de alimentación ni de la extracción, sino de "todo negocio jurídico".
Es decir, las cuotas pasan a ser un bien transable en el mercado accionario, cualquiera que sea el destino.
Pedí división de la votación, señor Presidente, porque siento que estamos cometiendo un grave error, que pagaremos muy caro. Porque, cada vez que el Estado chileno se ha autolimitado en su rol regulador, algo grave y malo le ha pasado al sector. Ocurrió en la educación. Y aquel concepto instala esta amenaza, que, en mi opinión, va a terminar muy mal.
Voto en contra del inciso primero del artículo 30.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
--(Aplausos en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Orpis.


El señor ORPIS.- Señor Presidente, en las cuatro horas de debate que tuvimos el día de ayer y en las que no se resolvió absolutamente nada respecto del artículo 30, señalé que este era uno de los preceptos claves.
La discusión hoy ha partido exactamente en los mismos términos que ayer. La gran queja que uno escucha en ella respecto del sector industrial es la concentración. Y resulta que lo que intenta el artículo 30, en votación en este minuto, es generar condiciones de mayor competencia.
Lo dije ayer: el gran problema que existe hoy día en la industria es la dificultad de transferencia. Es una barrera de entrada para que más industriales, o cualquier persona natural o jurídica que lo desee, ingresen a este mercado. Ello, porque se asocia la licencia de pesca con la de la nave. Por lo tanto, tal como lo demostré con los cuadros que presenté ayer, no ha existido ninguna transferencia en el último tiempo, y hace exactamente diez o quince años se concretaron alrededor de 25.
¿Qué ha expresado el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en uno de los aspectos más fundamentales? Que se debe establecer la plena transferibilidad de la titularidad del goce y del uso. Y este artículo hace eso. ¿Para qué? Para que los actores no sean siempre los mismos, para que entren otros. Y, por ende, esta norma es fundamental desde el punto de vista de la libre competencia.
Pero no solo eso, señor Presidente.
En el artículo 30 también se establece la divisibilidad. ¿Para qué? Para que exista mayor propiedad.
Entonces, en las bancas de enfrente veo una absoluta contradicción: quieren más actores en el mercado, pero votarán en contra del artículo 30, que permite precisamente el ingreso de nuevos actores.
Este es un punto capital, que establece el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.
No logro entender este debate, señor Presidente. Se está en contra de la norma que permite que existan nuevos actores en le mercado. El referido Tribunal asume que la industria en este ámbito está concentrada y dispone que debe abrirse a más actores. Y hoy día existen barreras de entrada para ello, que el artículo 30 propone eliminar.
¡No logro entender el debate a estas alturas!
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.


El señor GIRARDI.- Señor Presidente, yo no comparto lo que se acaba de señalar.
Nosotros queremos que no existan monopolios ni se asignen concesiones en función de criterios históricos, porque, de ser así, no se las estaríamos dando a los mismos de siempre y habríamos hecho una licitación abierta, para que todos participaran.
El señor ORPIS.- Esa es otra materia.
El señor GIRARDI.- No, es lo que efectivamente permite la diversificación del sector.
Yo, por lo menos, creo que el proyecto está lleno de contradicciones.
Se ha dicho que esta normativa tiene como elementos fundamentales la sustentabilidad del recurso y dar valor agregado. Para mí, ese es el punto.
No tengo problema en que las licencias sean transables. Pero, además de ser susceptibles de negocios jurídicos, les pondría ciertas condiciones. Eso es lo que nos interesa y de lo que adolece el proyecto.
Por ejemplo, mucho más que saber quién va a explotar el recurso, me interesa conocer el valor agregado que se va a establecer; qué consumo humano se va a incorporar; cuánta protección ambiental se va a realizar y cuántos artes de pesca no invasivos va a tener. Esos aspectos no están presentes, pero todos estos instrumentos deberían incorporarse.
Al momento de generarse un traspaso de licencia esos elementos debieran estar en juego y ser condicionantes. Pero la ley no los contiene como objetivo central. No están presentes.
Nosotros estamos teniendo una pérdida patrimonial dramática. ¡Dramática! ¿Por qué lo señalo? Porque hoy en día la gran demanda de la humanidad es tener ácidos grasos de calidad que permitan bajar los niveles de colesterol y de triglicéridos. Y nuestro país podría llegar a ser un gran proveedor de ácido graso Omega 3 -en balance adecuado con Omega 6- para la humanidad.
Chile posee un capital con el que cuentan muy pocas naciones en el mundo. Incluso, los peces en nuestro mar presentan niveles altísimos de Omega 3, en balance adecuado con Omega 6, que es inflamatorio.
Pero estos temas no son parte de la discusión. Aquí la ciencia no entra, sino que se procede en función de criterios, más bien, de economistas y no de científicos. La ley está hecha por los primeros, pensando en las rentabilidades y no en las sustentabilidades. Entonces, evidentemente, muchos asuntos se tratan de manera insuficiente.
Cuando permitimos que el recurso se siga transformando en harina de pescado, estamos frente a una pérdida patrimonial. Las licencias debieran estar condicionadas para que, de verdad, disminuyamos el traspaso de la harina de pescado y se privilegie el consumo humano. Tenemos un problema de eficiencia que va a afectar el ecosistema planetario. Con este tipo de prácticas, no vamos a ser capaces de alimentar a los 9 mil millones de habitantes que vamos a tener el año 2050.
La conversión que estamos haciendo, junto con ser una de las peores, es irresponsable.
¿Qué quiere decir "conversión"? Pongo un ejemplo: se podrían obtener las mismas proteínas de la carne de vaca o de las verduras. El terreno que usa una vaca (por ejemplo, una hectárea) para producir carne en cantidad suficiente para alimentación, es 15 veces menos eficiente que si las personas comieran verduras.
Lo que hacemos acá es dar harina de pescado por su contenido nutricional a las vacas, a los pollos y a los cerdos para que luego sean parte del consumo humano. Eso es una conversión que tiene una pérdida de 95 por ciento. Pero, lamentablemente, aquí tampoco se incorporan esas materias ni se respetan los temas ecosistémicos y los económicos de largo aliento.
El biólogo Miller, famoso a nivel mundial, propone algo más gráfico para entender el problema de la conversión. Señala que un ser humano necesita 300 truchas al año para sobrevivir. Esas truchas requieren 90 mil ranas para sobrevivir en el mismo período. A su vez, las 90 mil ranas necesitan 27 millones de saltamontes. Y los 27 millones de saltamontes precisan 1.000 toneladas de hierbas.
Esos son los problemas de conversión.
Nosotros estamos propiciando aquí un atentado ecosistémico, al permitir que un recurso maravilloso, valioso -que va a permitir prevenir los cánceres, los infartos, los accidentes vasculares, la hipertensión, la diabetes- sea transformado en harina de pescado para alimentar animales en vez de seres humanos.
A futuro, eso va a tener mucho más valor en el mayor empleo y en el desarrollo de la ciencia y de la tecnología.
Pero eso no está en la concesión de la licencia que estamos discutiendo, pues solo hay un criterio económico.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Ha pedido la palabra el señor Ministro.
El señor BIANCHI.- Estamos en votación.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Por eso solo se la puedo otorgar para rectificar.


El señor LONGUEIRA (Ministro de Economía, Fomento y Turismo).- Señor Presidente, quiero corregir varias afirmaciones, las cuales nada tienen que ver con lo que se está votando, práctica que, por lo demás, se ha hecho habitual.
En primer lugar, se señaló que el FAP tendrá una duración de tres años, lo que no es efectivo. Se establece que algunos beneficios del Fondo de Administración Pesquero se podrán percibir en ese lapso, como becas. Pero en ninguna parte se señala que la duración del Fondo sea por ese período.
Es importante aclarar el punto, porque puede generar dudas. Por eso, insisto en que en ninguna parte del proyecto se señala eso.
Algo valioso incorporado en esta iniciativa es lo que dice relación con las plataformas laboral y social.
Quiero decir al Senador señor Girardi que el viernes de la semana pasada se inauguró en Chile algo a lo que él hizo referencia: la planta productora de Omega 3, que es líder a nivel mundial.
En esta planta, el aceite de anchoveta tiene mayor valor agregado, porque, a través de un proyecto de innovación de la CORFO, se logró llegar a un nivel de concentración de 60 por ciento de Omega 3. Y se está construyendo la segunda planta para llegar al 85 por ciento. No hay mayor valor agregado que el alcanzado por esa empresa. Y su producto se distribuye a las industrias farmacéutica y a la nutricional.
Por lo tanto, lo manifestado aquí por ese señor Senador es una realidad. Y, ¿por qué lo es? Porque esa empresa, desde 1991, tiene derechos indefinidos. Y a partir del 1° de enero próximo tendrá esa característica, pero con "carrera olímpica". ¿Estamos claros?
Entonces, en esa fecha, volveremos a la situación de 1991. O sea, hubo 10 años de "carrera olímpica". Luego se continuó con los derechos automáticos indefinidos, pero con límite máximo de captura. Sin embargo, como ya dije, a partir del 1° de enero vamos a volver a contar con derechos totalmente indefinidos. Y lo que hemos hecho en el acuerdo es poner plazo para que la renovación sea condicionada, según lo dispuesto en el artículo 26 B.
Desde el punto de vista de la sustentabilidad, se ponen todas las exigencias que Greenpeace quiso introducir en la ley. Quiero que se sepa que trabajamos con ellos. Estuvieron presentes en todas las sesiones de la Comisión de Pesca del Senado. ¡En todas! Y todas sus sugerencias y preocupaciones fueron recogidas.
Pero no mezclemos los temas. Estamos votando si queremos o no que haya competencia, nuevos actores y licitaciones. Por eso no debemos confundir las cosas.
¿Cómo se logra eso? Lo ha dicho el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia: con licencias divisibles, transferibles, transmisibles y sujetas a ciertas condiciones, pero no en la forma que sugirió un señor Senador que habló antes. Porque es muy bonito poner ejemplos, pero no cuando son espurios. Se trata de negocios jurídicos: arrendamientos, traspasos, ventas. ¿Para qué? Para que entren actores. Pero, ¿cómo podrían hacerlo si al comprar derechos estos están vinculados a una nave? Pero ahora no será así, según la recomendación hecha por el Tribunal.
Por lo tanto, este artículo es de la esencia de algo que todos decimos. Ahora llegó la hora de ser coherentes. Queremos que entren al mercado más y distintos actores y que haya más competencia. Y eso solo se logrará en la medida en que haya un registro transparente , según se dispone en otro precepto, para dejar en claro quiénes son los dueños de las licencias en Chile. ¡Es lo que hace el artículo 30! Todo lo demás es de la sustentabilidad.
Es la única forma de tener más empresas productoras de Omega 3 como la que mencioné, la cual empezó con una inversión de 50 millones de dólares y llegó a los 82 millones. Sería muy bueno que se conociera, porque está hecha con tecnología chilena. Es una empresa líder en el mundo.
Por lo tanto, la única forma de tener más compañías que elaboren Omega 3 es a través de la estabilidad, para que puedan pagar la inversión. Porque Sus Señorías entenderán que en Chile no vamos a poder contar con estas empresas de valor agregado y solo vamos a seguir con más reducción, como indicó un señor Senador, si no hay estabilidad ni ingresa gente para que incorpore innovación.
Lo que permite el artículo 30 es transferencia de las licencias, para que haya innovación, más valor agregado, más consumo humano y los plazos necesarios para que se pueda amortizar la inversión realizada no solo en embarcaciones, sino también en plantas como la descrita.
Por consiguiente, el proyecto permite avanzar resueltamente en cuanto a que Chile pase a ser un país, no reductor de sus recursos, sino, precisamente, uno que agregue mayor valor e innovación; y para eso necesitamos -es fundamental- este artículo 30.
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Pido a las tribunas el debido respeto.
El señor PROKURICA.- ¡No lo tienen!
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Pido no hacer manifestaciones, para que pueda continuar el debate.
Ayer el Presidente de la Corporación desalojó las tribunas. Yo no quisiera tener que hacerlo. Quiero llevar este debate con el máximo respeto.
El señor PROKURICA.- ¡No, señor Presidente! ¡Hasta cuándo!
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- A la próxima interrupción, voy a proceder a desalojar las tribunas.
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN.- Es para un tema de reglamento, señor Presidente.
El titular de la Corporación, Senador señor Escalona, advirtió a las tribunas que se debía respeto a quienes intervienen en la Sala. Y aquí reiteradamente se ha faltado a él.
Todo el mundo tiene derecho a pensar distinto, pero nadie en este recinto tiene derecho a ofender a un Senador o a un Ministro de Estado.
¡Pido aplicar el Reglamento ahora, señor Presidente!
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Señor Senador, el Presidente tiene la facultad de aplicar el Reglamento.
He advertido a las tribunas que a la próxima manifestación las voy a desalojar las tribunas.
Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- No es fácil intervenir, señor Presidente, cuando los ánimos se hallan tan caldeados.
Yo también pienso que la sesión debe desarrollarse con respeto a cada uno de nosotros; pero quienes estamos acá debemos entender y respetar a quienes se encuentran en otros lugares. El respeto debe ser absolutamente recíproco.
Señor Presidente, estaba preocupado, porque no lograba encontrar la parte del proyecto relativa a la sustentabilidad. Pero la encontré. En el artículo 30, se dice: "Las licencias transables de pesca serán divisibles, transferibles, transmisibles y susceptibles de todo negocio jurídico".
Cuando estaba intentando buscar la sustentabilidad en este proyecto de ley...
Señor Presidente, resulta imposible hablar así.
El señor ESCALONA (Presidente).- Ruego guardar silencio.
El señor BIANCHI.- En verdad, resulta absolutamente imposible hablar en un diálogo de sordos, pues nadie escucha a nadie.
No voy a continuar haciendo uso de la palabra, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Lo lamento, señor Senador.
El próximo inscrito es el Honorable señor Tuma.
El señor ESCALONA (Presidente).- El Vicepresidente de la Corporación me informa que efectuó una última advertencia a las tribunas.
Pero además quiero hacer presente lo siguiente: el ruido empieza a subir sin que las propias personas que están conversando se den cuenta. Y, efectivamente, cuando estaba interviniendo el Senador señor Bianchi había un murmullo que hacía imposible escuchar.
Así que ruego mantener el debido respeto por los oradores que hacen uso de la palabra.
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.


El señor TUMA.- Señor Presidente, primero quiero señalar que no estamos frente a la amenaza del vencimiento de una fecha para que comience de nuevo la "carrera olímpica".
Junto con el Senador señor Navarro, presentamos un proyecto de ley para prorrogar la legislación vigente por dos años, con el objeto de que el debate sea suficiente para hacer una buena ley.
El artículo 30 que está en discusión establece que las licencias de pesca serán transables, divisibles, transferibles, transmisibles y susceptibles de todo negocio jurídico. ¡Todo negocio jurídico!
Quiero citar el comentario hecho por el ex Presidente de COPEC don Felipe Lamarca a propósito de la concentración en el país. Dijo: "Chile no va a cambiar mientras las elites no suelten la teta".
El diario "La Tercera", el año 2005, aludió a la complicidad entre las altas esferas empresariales y políticas para mantener un modelo que no fomenta la competencia ni impide la alta concentración del poder económico en pocas empresas.
Creemos que lo que existe hoy día son los "polios". Las colusiones entre Cruz Verde, Salcobrand y Ahumada para subir los precios de 206 remedios y medicamentos, vulnerando los derechos de los más modestos de Chile; y entre las avícolas Agrosuper, Ariztía y Don Pollo, para repartirse el mercado fijándose cuotas de producción, pusieron los ojos de los chilenos y de las autoridades en las consecuencias que trae la concentración.
Este artículo, aparte no decir nada acerca de poner límite a la concentración, atenta contra lo que los chilenos están reclamando.
La indefensión del ciudadano común y corriente se vincula con el abuso que ejercen los grupos económicos que tienen una posición dominante en el mercado. Porque en Chile la mayor parte de los mercados está en manos de tres empresas.
Vuelvo a citar a Lamarca, quien dice que en la universidad le enseñaron que con una sola empresa, se daba el llamado "monopolio"; con dos, el "duopolio", y con más, el "oligopolio".
En la economía y en la política, estamos frente a los "polios". En definitiva, no estamos construyendo un modelo que permita a los chilenos tener igualdad de oportunidades. El mapa de concentración de la economía que nos mostraron a través de diversas publicaciones los abogados Ramón Briones y Hernán Bosselin y el economista Cristián Briones, da cuenta que no más de tres actores controlan sobre el 50 por ciento de los mercados.
Y ahí llegamos al tema de la desigualdad en la distribución del ingreso. Tenemos un país que crece, pero con enormes desigualdades, las cuales no vamos a superar mientras "las elites no suelten la teta", como dijo Lamarca. Y nosotros nuevamente les estamos afirmando la teta con este proyecto, ya que les permite seguir concentrando el poder y efectuar "todo negocio jurídico", sin límite alguno a la concentración.
Por esa razón, señor Presidente, voy a rechazar este artículo, que constituye un abuso en contra de los derechos de los chilenos.
El señor ESCALONA (Presidente).- Solicito autorización de la Sala para que pueda ingresar el Subsecretario General de la Presidencia.
¿Habría acuerdo?
--Se accede a lo solicitado.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, si las licencias son transables, pero a la vez renovables automáticamente, significa entonces que cualesquiera de las empresas que hoy las tengan podrán venderlas, sea a una persona natural o jurídica, sin que el Estado reciba nada a cambio. Si son licitables, el dinero va al Estado, cuando la licitación es acotada y temporal.
Por eso, tengo problemas con esta norma. Si estuviéramos discutiendo además una acotación respecto de la licitación a diez o quince años, no me importaría, la suscribiría y la votaría a favor. Pero, como las licencias serán renovables automáticamente -por 20 o más años-, no puedo sino votar en contra, aun cuando comparo el principio.
Si los recursos son de todos los chilenos, entonces tiene que haber alguna forma de beneficiar a la generalidad de ellos. Como está el precepto, simplemente estamos mejorando la valorización en Bolsa de lo que las empresas tienen hoy día, sin nada a cambio para los chilenos.
Por eso, señor Presidente, voto que no.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, el artículo en comento, que dispone que las licencias transables de pesca serán divisibles, transferibles, transmisibles y susceptibles de todo negocio jurídico, no es el tema de fondo.
La cuestión de fondo que ese precepto genera es la duración de las licencias de pesca.
Yo puedo entender, desde el punto de vista de los armadores, de los industriales, que se quiera tener las pesquerías por la mayor cantidad de tiempo posible.
Pero la dificultad con dicha disposición radica en que, aprobándola, con el resto del proyecto de ley volvemos al meollo: que acá hay una propuesta del Ejecutivo, que en el proyecto original partió por establecer permisos indefinidos.
Y por "indefinido" se entiende "para siempre", señor Presidente. Ni siquiera para toda la vida. Porque si quien tiene la licencia se muere, la heredan sus hijos. O sea, es más que para toda la vida.
Entonces, nos preguntamos si eso es razonable respecto de un recurso que se dice pertenece a todos los chilenos, y qué se obtiene a cambio de él.
Señor Presidente, lo que me sorprende de esta discusión va por dos planos.
Uno es qué hacemos con el recurso chileno.
Pero también me sorprende -y es algo más político- que ello ha logrado generar fuertes pasiones y divisiones al interior del Senado.
Yo me pregunto, ¿no había una solución intermedia, señor Presidente? ¿No podíamos hacer lo que se realizó hace 10 años por último?: mejorar la normativa en la plataforma social, los comités científicos, la protección de los caladeros históricos. O sea, una serie de medidas positivas que contiene esta iniciativa.
¿Cuál era el apuro y el afán de definir ahora lo que no se definió en 20 años?
Algunos creen -a su juicio, legítimamente- que tienen un derecho sobre su licencia de pesca en Chile. Y otros creemos que no es así.
Entonces, ahora estamos confrontándonos respecto de algo que perfectamente podría haberse resuelto de otra forma. Porque la introducción de la nueva legislación ayudará en materia de sustentabilidad, le pondrá coto a la situación que hoy tiene a las pesquerías casi colapsadas.
Podríamos haber dado un plazo de 10, 15 o 20 años. ¡Discutámoslo! Pero sin que fuera renovable.
¿Por qué una discusión que no se ha resuelto en 22 años hay que venir a zanjarla ahora?
No entiendo por qué algunas personas creen que esta es la oportunidad para hacerlo.
A mí no me parece.
El problema no es este artículo, sino la filosofía que se encuentra detrás.
Puedo comprender la necesidad de un industrial. Mas en estos diez años igual se ha invertido; ha sido factible desarrollar la pesquería.
Pero por la forma en que viene planteado este proyecto, creo que a la larga será perjudicial para los intereses de Chile.
Voy a votar en contra, señor Presidente. Habrá una mayoría que se constituirá para votar a favor de ese principio. Pero el problema es que eso tendrá consecuencias impredecibles no solo para lo relativo a las pesquerías, sino tal vez para otras áreas en cuanto a la forma de entendernos.
Lamento que el Gobierno crea que esta es la oportunidad de solucionar algo que no se resolvió antes. Y no entiendo el apuro de hacerlo ahora.
Permítase que las licencias se puedan transferir por un plazo de 15 años, y que al término de ese período haya una licitación, o que en una futura ley se decida cómo se asignarán los recursos pesqueros una vez que venzan esos 15 años. Con ello se resolvería el problema. ¿Con qué? Con un plus, con un más, relacionado con todos los aspectos positivos de esta iniciativa.
Voto en contra de este artículo.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, quiero contestarle a mi distinguido colega Tuma -lamentablemente no está presente; pero lo hago con mucho respeto-, quien expresó que "lo que hay que hacer es quitarle la teta (estoy usando sus palabras) a la industria".
Y le señalo dos grandes contradicciones.
La primera es que quienes le dieron la teta a la industria fueron aquellos que durante 1991 aprobaron la Ley de Pesca. Porque aquí todos miran para el techo y se les olvida lo que dice la ley; aquí se produce la amnesia total, lo que se llama "el acto de amnesia".
En dicha oportunidad, en pleno Gobierno democrático, se dictó una norma, que dice: "Autorización de pesca: es el acto administrativo mediante el cual la Subsecretaría faculta a una persona, natural o jurídica, por un tiempo indefinido".
Les recuerdo a mis distinguidos y apreciados colegas que la palabra "indefinido" alude a algo que es para siempre. Se les otorgó, pues, para siempre en 1991, en un Gobierno democrático, una autorización de pesca.
¡Ahí sí que se olvidan!
¿Y qué hace este Gobierno hoy? Limita esa autorización, que era para siempre, y señala: "No, señores, ya no es para siempre".
Primero transforma las autorizaciones en licencias; luego dice que van a durar 20 años, y que un porcentaje mayor -lo que nunca se había hecho- se licitará.
¿Y por qué no se licitan todas? Por una razón muy sencilla: porque si se licitaran hoy todas las licencias, ¿saben quiénes se las ganarían? ¡Las grandes pesqueras! Si el día de mañana se licitaran todos los supermercados que existen, ¿ustedes creen que ganaría el supermercado de la esquina? No. Lo harían las grandes cadenas.
Entonces, si hoy se quiere licitar toda la cuota de pesca, las dos a tres pesqueras más grandes en Chile se quedarán con todo el mercado.
¡Ahí van a tener concentración; ahí dos o tres grandes pesqueras dirán: "Yo ofrecí más, y me las gané todas"!
Pero este proyecto dice: "No, señor. Yo quiero que aquellas empresas de tamaño medio que han logrado subsistir frente al crecimiento de las grandes se mantengan dentro del mercado. Por lo tanto, no autorizo que se liciten todas".
Porque si no, aquí habría no siete sino dos familias dueñas del mercado.
En seguida, se expresa: "Señor, tránselas".
¿Qué significa transar? Que el día de mañana pueda vender su licencia.
Les pongo un ejemplo.
Si el día de mañana -ocurre siempre en la actividad comercial- a una industria que le está yendo mal y puede quebrar se le señala que no le es posible vender, transar su licencia, ¿qué hace? ¡Quiebra!
¿Quién pagará el pato? No los señores parlamentarios que están acá. Porque aquí hay buen sueldo. ¡Muy buen sueldo!
¡Los trabajadores son los que pagarán el pato!
Les van a decir: "Nosotros acordamos que esta licencia no se puede transar".
Pero si la industria va a quebrar. Y quiere vender su derecho a una empresa que pueda hacerla subsistir, que continúe contratando a sus trabajadores. Sin embargo, se le dirá que no lo puede hacer.
Entonces, se está notificando que, si a alguna de estas empresas le va mal, tendrá derecho a transar y a vender incluso parte -lo cual es muy importante- de su licencia, con el objeto de que alguien que quiera entrar al mercado pueda competir en él.
¿Y quién va a querer aprovechar esa posibilidad si las grandes pesqueras tienen un importante mercado? Serán las pequeñas, que desearán entrar al mercado y harán ofrecimientos en determinadas especies, en ciertas zonas, que les resultarán competitivas.
Lo curioso es que cuando uno lee lo que dispone la ley, el señor Navarro se va; no se produce diálogo; otros hablan por teléfono.
Señor Presidente,...
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
Sin embargo, le concederé un minuto adicional.
El señor ESPINA.- Muchas gracias, señor Presidente.
Entonces, quiero que me contesten eso.
¡Aquí está la teta que se le otorgó en 1991! No estoy diciendo que haya sido bueno o malo, sino que se entregó ese derecho. Y este Gobierno, que lo acorta 20 años, que además permite dividir la cuota, termina siendo condenado.
Por consiguiente, pido un mínimo de acuerdo en relación con lo que existe en la ley. Podemos discrepar de lo demás.
En consecuencia, este artículo me parece fundamental para efectos de que se cree más competencia; se limite la cantidad de años que las pesqueras puedan tener las licencias; existan causas de caducidad mucho mejores que las actuales, y se protejan los derechos de los trabajadores, para que frente a la quiebra de su empresa no queden en la calle, cesantes, porque nadie va a poner la cara por ellos en ese momento.
Voto a favor.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Para fundamentar el voto, tiene la palabra el Senador señor Escalona.


El señor ESCALONA.- Señor Presidente, he pedido fundar el voto por las falacias que se escuchan en este debate y por cómo se defiende, de manera descarada, la organización oligopólica de nuestra sociedad. Porque resulta evidente que si el Estado tuviera la voluntad de generar competencia dispondría de los instrumentos legales para hacerlo, pues perfectamente puede establecer las licitaciones y un techo de participación para los diferentes grupos económicos que vayan a intervenir en el mercado pesquero.
No soy promotor de la american way of life, del modo de vida americano, pero todos sabemos que en los Estados Unidos se garantiza la libre competencia con el instrumento de limitar la participación de los grandes conglomerados en los respectivos mercados.
Y aquí se nos quiere presentar frente a una fatalidad: "Señores, es inevitable que el negocio pesquero esté controlado por dos o tres grandes grupos económicos". ¡Eso no es así! Más bien corresponde a la confesión de que no se tiene la voluntad de abrir la participación en este sector productivo a nuevos actores.
Ese drama se halla presente a lo largo y ancho de la discusión que nos ocupa.
Además, el debate me causa una profunda decepción.
Quiero defender la labor de Estado de don Patricio Aylwin, quien no merece los descomedidos ataques que se hacen a su Gobierno por haberse aprobado una ley el año 1991. Aquí se intenta confundir, de manera grosera, las autorizaciones para participar en el mercado. Esto es equivalente a comparar el que se acuda a la municipalidad a sacar el carné de conducir con que no solo le entreguen ese documento, sino además un automóvil. ¡Y ello se hace acá, pues! No solo se conceden las autorizaciones, el permiso para conducir, sino que también se dice: "Señor, llévese, junto con su carné de chofer, un Mercedes-Benz".
Eso estamos rechazando. Es lo bochornoso de esta situación.
Y que no se ofenda la labor de Estado de Patricio Aylwin, porque las condiciones del año 1991, cuando había que asegurar la estabilidad democrática, son completamente distintas a las circunstancias de hoy, cuando la estabilidad democrática se encuentra garantizada.
Yo me saco el sombrero por la labor de Estado que realizó Patricio Aylwin. Y si tuvo que hacer concesiones, ¡bienvenidas sean!, porque debía afianzar la democracia.
Pero han pasado 25 años.
Entonces, no juzguemos con la misma vara la situación de 1991, cuando todavía estaba presente la amenaza de la dictadura, con la realidad de una democracia consolidada, en que sería no solo posible sino también necesario establecer participaciones en el mercado que efectivamente garanticen la competencia y que permitan la entrada de nuevos actores a sectores productivos que en la actualidad se hallan controlados de manera oligopólica.
Tal es el debate de fondo.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Kuschel.


El señor KUSCHEL.- Señor Presidente, observo que nos estamos equivocando.
Aquí hablamos no de licencias de conducir ni de Mercedes-Benz, sino únicamente de que las licencias de pesca van a ser transables, divisibles (un cupo grande de pesca podrá subdividirse para que entren más operadores y no haya uno solo), transferibles (para que se puedan subdividir y participen más agentes en el mercado) y susceptibles de todo negocio jurídico (porque ha de haber seguridad jurídica).
Entonces, cualquier otra expresión fuera de lugar no corresponde.
Estamos hablando del artículo 30, que está siendo sustituido, a mi juicio, por una forma que garantiza mayor acceso a más actores en la actividad pesquera, la cual, por lo demás, es de gran escala y requiere muchos recursos.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
Renuncia a hacer uso de ella.
Le corresponde intervenir, entonces, al Senador señor Uriarte.


El señor URIARTE.- Señor Presidente, deseo intervenir brevemente para consignar que me queda claro que acá no hay ánimo de avanzar en el despacho de este proyecto de ley. Cada vez que discutimos una norma, el debate se extiende a argumentos que, de verdad, no tienen nada que ver con lo que estamos tratando.
Hemos llegado al extremo de hacer una apología del año 1991. ¿Qué relación hay entre el contexto histórico en que se redactó la Ley de Pesca y el artículo 30 de esta iniciativa? Por lo demás, quiero recordar que pasaron varios Gobiernos de la Concertación y no hicieron nada por perfeccionar tal legislación.
Entonces, pido que nos aboquemos a la discusión y despacho de la presente iniciativa. Estaremos hasta mañana, y no vamos ni siquiera a alcanzar a discutir el proyecto de Ley de Presupuestos.
Por otra parte, para terminar -no quiero excederme de los cinco minutos asignados-, quiero decir que el fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia es claro y categórico a la hora de tomar posición respecto de esta norma. Acá lo que importa es evitar barreras de entrada y permitir e incentivar, de la mejor forma posible, la incorporación de nuevos actores.
Ese valor jurídico está tratando de defender el precepto. Acá no estamos hablando de historia de Chile ni de la reconquista de la democracia, sino nada más que del artículo 30.
Señor Presidente, le pido, por favor, que en uso de sus facultades acote la discusión a lo que corresponde.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Me solicita casi lo imposible, señor Senador.
Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Aburto.


El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente, no tenía mucho interés en participar en esta discusión, pero lo que está provocando todo el debate es que no se ha mencionado si se aprobó o no el artículo 1°, que habla sobre a quién pertenecen los recursos hidrobiológicos.
Porque si recurriera a todo lo que se ha escrito en el país, tendría que llegar a la conclusión de que las licencias transables de pesca, que serán divisibles, transferibles, transmisible y susceptibles de negocio jurídico, debieran ser objeto de un derecho de propiedad.
Y resulta que hay juristas, fiscales, que sostienen que en Chile los peces no son del Estado. Entonces, ¿de quién son? ¿Quién ejerce dominio sobre ellos?
Si vamos a la otra teoría, que señala que los peces son res nullius, se estaría repartiendo una propiedad que el Estado no posee.
Por ende, cómo es posible que si no se ha definido a quién pertenecen los peces (¿a todos los chilenos?, ¿a quienes los capturan?), estemos hablando de objeto de negocio jurídico y de licencias transferibles, transmisibles, o lo que sea.
Nadie pretende, Senador Uriarte, demorar la tramitación del proyecto. Pero sí pretendemos, quienes algo queremos entender, que se nos aclare frente a qué situación jurídica nos hallamos.
Por eso, insisto en que aprobemos o rechacemos esta norma y luego volvamos al artículo 1°, para determinar el dominio o la propiedad de los peces en Chile.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NAVARRO (Vicepresidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso primero del artículo 30, incorporado mediante el numeral 25) del artículo 1º del proyecto (21 votos a favor, 10 en contra y una abstención), dejándose constancia de que se cumplió el quórum constitucional exigido.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Sabag, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa la señora Rincón y los señores Bianchi, Escalona, Girardi, Gómez, Lagos, Muñoz Aburto, Navarro, Quintana y Tuma.
Se abstuvo el señor Cantero.
El señor ORPIS.- Hay que votar el artículo.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, correspondería votar los restantes incisos del artículo 30, que también son normas de quórum calificado.
El señor LARRAÍN.- Con la misma votación.
El señor CHAHUÁN.- "Si le parece".
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.


El señor GIRARDI.- Señor Presidente, por la importancia que reviste la ley en proyecto, resulta relevante también la discusión que podamos hacer respecto de los artículos.
Yo solo quería mencionar que lo fundamental en esta iniciativa, y valoro lo que señalaba el Ministro Longueira, es que nosotros generemos todos los incentivos en dirección al desarrollo tecnológico de este país, a la incorporación de la ciencia y, particularmente, al servicio de una actividad que será central en el mundo que viene.
Los principales problemas de salud del planeta, del mundo desarrollado y en vías de desarrollo, serán las enfermedades crónicas no transmisibles. Y los instrumentos fundamentales para enfrentarlas serán los cambios de estilo de vida, y en particular, los de tipo alimentario, incluyendo la suplementación nutricional con omega 3 y mediante componentes que hoy provienen exclusivamente del recurso pesquero.
Por lo tanto, me parece que el tema central radica en cómo nosotros podemos mover a nuestro país, a fin de que en lugar de producir harina de pescado y perder un recurso valiosísimo produzca, entre otros componentes, omega 3.
Lamentablemente, tal vez el esfuerzo que se ha hecho es todavía insuficiente.
Nosotros debiéramos condicionar en general la entrega de las cuotas -no me importa que alguien posea una muy importante- a que ellas se destinen fundamentalmente al consumo humano, al desarrollo de proyectos de gran tecnología, de gran valor agregado y de negocios que son muy superiores. Exportar harina de pescado constituye un pequeño negocio. Pero si uno lleva adelante un proyecto para desarrollar omega 3 está hablando de un ámbito de negocio que puede significar cien veces más que exportar harina de pescado, porque uno se introduce en una demanda mundial que es central.
Lo anterior se relaciona con el modelo de desarrollo chileno. Nosotros no vamos a tener más crecimiento económico a futuro si no somos capaces de agregarle a la exportación de commodities estos otros productos.
Por eso resulta tan importante la presente discusión.
Y esto dice relación no solo con las grandes pesquerías, sino también con los pescadores artesanales.
Es cierto que estos últimos deben tener un derecho de jerarquía mayor, pues poseen un reconocimiento histórico de haber vivido, de haber desarrollado parte de una cultura, que es más sustentable. Pero digámoslo claramente: si el sector pesquero artesanal no recibe apoyo para cadenas de frío y para tecnología, parte importante del recurso que ellos extraen no se transformará en producto de consumo humano. En consecuencia, este es un problema integral.
Y respecto de lo que decía el Senador Espina en cuanto a cómo se regula la concentración, hay países que para ello establecen cuotas máximas de acceso al mercado. Esa es la manera en que lo hacen. En Argentina, por ejemplo, no se puede ser propietario de más de quince farmacias, y eso impide que haya monopolios.
O sea, el punto no radica en lo que estábamos discutiendo acá, acerca de las características de las licencias, de si van a ser transables o no. Lo que yo señalo es que mientras más requisitos les pongamos a la entrega de cuotas, de licencias, a la duración de las cuotas, a que se encuentren asociadas a sustentabilidad, a consumo humano, entonces uno está alineando los incentivos en función de lo que es correcto.
Y si bien aquí hay algunos elementos superiores, que antes no existían y que se empiezan a agregar, yo pienso que constituyen todavía un punto de partida y no uno de llegada.
Se ha planteado con mucha fuerza lo relativo a la legislación de 1991. Esa normativa fue una vergüenza. Se trató de un traje a la medida para las empresas. No vi sacar la voz en ese momento a algunos de los que reclaman hoy. Yo no era parlamentario, pero sí realizamos una campaña contra las cuotas globales. Y sostuvimos que estas eran un crimen ecológico. Y lo sustentamos con estudios que había desarrollado un economista que en la actualidad es Director Académico en programas de la Escuela de Economía de la Universidad de Chile: Andrés Gómez-Lobo. Y en dicha oportunidad les manifestamos, igual que ahora, el riesgo de establecer cuotas globales, pero no se nos escuchó, porque aquella discusión fue rehén de los intereses económicos.
Y hoy planteamos los temas de sustentabilidad, que el stock que se está considerando repartir no posee suficiente respaldo técnico, que resulta importante incorporar con más fuerza los criterios de consumo humano, de sustentabilidad, para asignar las cuotas. Pero las medidas que se proponen son todavía insuficientes, y nos vamos a encontrar en el corto plazo con un problema mayor.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se colocará en votación el resto de la norma.
El señor LARRAÍN.- Con la misma votación, señor Presidente.


El señor ESCALONA (Presidente).- Es que algunos señores Senadores, al haberse aprobado el inciso anterior, lógicamente votarán distinto ahora. Entonces, no es lo mismo, Su Señoría.
En votación los restantes incisos del artículo 30.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).- Para fundamentar el voto, tiene la palabra el Senador señor Orpis.


El señor ORPIS.- Señor Presidente, en el inciso primero hemos aprobado un precepto muy importante.
Yo tengo la absoluta certeza de que a partir de la plena transferibilidad ingresarán nuevos actores al sector industrial. Y esta era una norma fundamental que establecía el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.
El resto de los incisos son un complemento necesario, y es lo que estamos votando.
Porque, precisamente, cuando se dispone que una licencia es transable, debe existir un Registro Público.
Y paralelamente, en el penúltimo inciso, se incluye otra disposición que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia ha establecido como esencial, que es la divisibilidad de las licencias. Y eso hará posible que no solo grandes actores puedan ingresar a este mercado, sino también pequeños y medianos, al permitirse la divisibilidad a un 0,00001 por ciento.
En resumen, instaurada la plena transferibilidad, hay que garantizar la fe pública a través de un Registro Público. Y, además, la norma consagra la divisibilidad de dichas licencias, lo que, sin duda, permitirá activar muchísimo más este mercado.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, tengo en mis manos la historia de la ley Nº 19.080.
En la sesión de 20 de junio de 1991, el entonces Senador Piñera, actual Presidente de la República, cuando se discutía la facultad del Subsecretario para el cierre de una pesquería, opinó: "¿Qué significa eso? A quienes están dentro -que ya se sospecha que están pescando demasiado-," -sabia la sospecha del Presidente Piñera en 1991: se sospechaba de que estaban pescando demasiado- "no se les pone ninguna limitación; muy por el contrario, se les da un gran incentivo para incrementar por los medios posibles la cantidad pescada. Y, por tanto, estamos induciendo a que lo que constituye una sospecha de plena explotación,".
Señor Presidente, las sospechas del Primer Mandatario en 1991 yo las tengo ahora, en 2012. Esas sospechas fueron ciertas. El Presidente sospechaba que se estaba pescando en exceso. Y así fue.
Yo sospecho de que la divisibilidad al infinito llevará -y ojalá los trabajadores, los tripulantes pesqueros lo supieran- a que algunos van a ingresar, como ha pasado en los supermercados: muchas empresas pequeñas, multirrut. Y, por lo tanto, existirá la posibilidad de que haya muchas subcontrataciones, y ya no habrá solo una empresa madre, sino otras empresas asociadas. ¿Cuál es el límite a la propiedad o a las vinculaciones o triangulaciones? ¿Puede una empresa pesquera grande tener otras empresas asociadas, no relacionadas entre sí, que arrienden barcos destinados a pescar y que después abandonen a los trabajadores?
Surgen muchas dudas respecto de esta introducción de nuevos actores, porque el 2002, cuando fijamos el límite máximo de captura y cuotas individuales transferibles, se planteó el mismo objetivo.
¿Qué dice el ya manoseado informe del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en sus conclusiones, a propósito de las citas que hicieron el Ministro Longueira y el Senador Orpis? Señala lo siguiente: "Este Tribunal es de la opinión que debe desestimarse la argumentación defendida, entre otros, por Asipes y Sonapesca, en cuanto a que se habría producido el ingreso de genuinos nuevos competidores en las pesquerías sujetas a LMCA.". Y agrega más adelante que "es posible afirmar que en esta industria no se ha producido el ingreso de ningún nuevo entrante, entendiendo por "nuevo entrante" a una empresa con control corporativo independiente de las empresas a las que se le asignó inicialmente cuotas por armador en cada unidad de pesquería,". Y a continuación expresa -leo textual-: "En segundo lugar, este tribunal ha constatado un evidente aumento en la concentración en la industria de reducción pesquera sometida al sistema de LMCA.".
Entonces, si uno revisa dicho informe, se da cuenta de que cada uno lee lo que quiere, porque señala que el límite máximo de captura -que hoy día repetimos- y la transferibilidad no produjeron la entrada de nuevos actores -¡no lo hicieron!-, a pesar de que la argumentación de la ASIPES y SONAPESCA era que sí se habían producido ingresos.
A mí me preocupa que el ingreso se produzca a través de empresas asociadas, porque, en definitiva, los que pierden siempre con esa multidivisión son los trabajadores al no poder saber nunca cuál es su verdadero empleador.
Señor Presidente, quiero preguntar al Ejecutivo -por segunda o tercera vez- qué significa el coeficiente de 0,00001, en cuanto a la división de las licencias transables, para saber exactamente de qué tamaño van a ser las empresas.
Al respecto, debo advertir que tal vez estamos ad portas -porque eso no se halla regulado- de que ingresen múltiples empresas al mercado, pero ninguna será responsable directa de los trabajadores, porque en nuestro país todavía la subcontratación permite que la empresa madre subcontrate y no tenga responsabilidad solidaria, sino subsidiaria.
Si se va a producir tal fenómeno en la pesca, a partir de las naves de empresas pequeñas, creo que estamos cometiendo un grave error.
Insisto en consultar al Ejecutivo cuál es el significado del coeficiente 0,00001, para saber aproximadamente el tamaño de la división de licencias transables que vamos a tener.
Por eso, señor Presidente, votaré en contra de todos los incisos del artículo 30.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.


El señor PIZARRO.- Señor Presidente, yo me quiero remitir a lo que estamos votando, que entiendo son los incisos del artículo 30, porque veo que sigue el debate sobre puntos ya analizados.
A mi juicio, es importante rescatar lo que se plantea en los restantes incisos de la norma -más allá de las argumentaciones dadas-, en el sentido de que debe haber un registro público de las licencias transables. Ese es un elemento clave, porque así va a estar en conocimiento de todos los chilenos. Cualquiera podrá ingresar a la página del Servicio y ver en ese registro público qué licencias hay, de qué tipo son; quiénes son los propietarios, lo cual es de la esencia misma del debate que se ha estado desarrollando acá.
Por lo tanto, me parece que deberíamos aprobar dichos incisos. Dudo que alguien se niegue, en un tema tan controvertido, a disponer de instrumentos que permitan generar mayor transparencia. Con mayor razón todavía todo lo relativo a los procesos -si se llevan a cabo- de arrendamiento, de transferencias, o de cualquier cesión de derechos, etcétera, deben ser inscritos en el registro señalado, dándose cumplimiento a las exigencias establecidas en el inciso tercero de la norma, como el deber de adjuntar el certificado del pago de la patente de pesca.
Es decir, no se puede transferir ni desarrollar ninguna actividad si no se cumplen los requisitos más básicos, como el ya citado pago de la patente, no tener deudas por concepto de multas de sanciones administrativas establecidas en la ley.
Por lo tanto, a dicha información también podremos acceder todos los ciudadanos, especialmente los actores involucrados, para saber qué pasa en el mercado o con el uso de las licencias.
Asimismo, se establece que deberá adjuntarse la escritura respectiva autorizada ante notario. También se dispone que a la Subsecretaría le corresponderá recabar información -esta es otra materia muy importante, porque así vamos a conocer cifras, cantidades, respecto a las cuales no tenemos mucha idea- sobre los valores de las transferencias y de los arriendos, antecedentes fundamentales que también deben hallarse disponibles.
En consecuencia, pediría aprobar estos incisos, ya que después de cuatro horas de discusión lo mínimo sería despachar el artículo 30.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueban los restantes incisos del artículo 30 (26 votos a favor, 2 en contra y una abstención.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Letelier, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa los señores Muñoz Aburto y Navarro.
Se abstuvo el señor Gómez.
El señor ESCALONA (Presidente).- Ahora, dado que ha concluido el trabajo de las Comisiones unidas de Hacienda y de Pesca, retornaremos al artículo 1º.
Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, en el boletín comparado que tienen en su poder figuran las modificaciones introducidas por las Comisiones unidas de Hacienda y de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, de acuerdo al mandato que se les otorgó.
En primer lugar, se propone incorporar los siguientes incisos finales al artículo 1º, que son del siguiente tenor:
"En la zona económica exclusiva, el Estado de Chile tiene derechos de soberanía para los fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos hidrobiológicos. En base a ese título irrenunciable, reconocido por el Derecho Internacional, esta ley establece las reglas que garantizan la conservación y el uso sustentable de este patrimonio nacional.
"Las autorizaciones o permisos de pesca que establece la ley y otorga la autoridad, son permisos temporales para la explotación de los recursos pesqueros, no constituyendo derecho de propiedad sobre éstos.".
El señor PIZARRO.- ¿Qué está leyendo?
El señor ESCALONA (Presidente).- La modificación que aparece en el comparado de las Comisiones unidas de Hacienda y de Pesca.
El señor LARRAÍN (don Hernán).- Pero se dio lectura solo al texto propuesto por la Comisión de Hacienda y no a las modificaciones introducidas por las Comisiones unidas de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Eso corresponde a la segunda modificación propuesta, que requiere quórum calificado para su aprobación, mediante la cual se sugiere incorporar el artículo 1º A, nuevo, del siguiente tenor:
"Los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas están sometidos a la soberanía del Estado de Chile en las aguas terrestres, aguas interiores y mar territorial, así como a sus derechos de soberanía y jurisdicción en la Zona Económica Exclusiva y en la Plataforma Continental, de acuerdo a las normas de derecho internacional y a las de la presente ley.
"En conformidad a la soberanía, a los derechos de soberanía y a su jurisdicción a que se alude en el inciso anterior, el Estado de Chile tiene el derecho de regular la exploración, explotación, conservación y administración de los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas existentes en todos los espacios marítimos antes mencionados.
"De conformidad con lo dispuesto en los incisos anteriores, el Estado de Chile podrá autorizar la exploración y explotación de los antes mencionados recursos hidrobiológicos existentes en los espacios referidos, sujeto a las disposiciones de esta ley.".
El señor ESCALONA (Presidente).- En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, sin duda, el establecer una manifestación de este tipo no debería causar ningún rechazo.
En el trámite de esta iniciativa de ley se han insinuado diferentes reacciones, y todas apuntan, primero, a que los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas son parte del territorio nacional, son parte de la zona económica exclusiva, y están sometidos a la soberanía del Estado; y segundo (y aquí hay una discusión entre nosotros), a que el Estado tiene soberanía (esto no es de ahora, sino que viene del año 91; tiene que ver con los debates que había a fines de los 80) y puede dar permisos -en este caso, licencias o autorizaciones- para explotar los recursos.
Entonces, si el Estado es el soberano -tal como lo es del subsuelo de nuestro país, donde está la gran minería del cobre-, entrega una autorización, permiso o licencia de pesca -lo que en la minería equivale a una concesión para explotar -, pero en ningún momento ello significa el traspaso de la propiedad de los recursos.
Eso último es lo que los párrafos en cuestión no dicen. Se quedan hasta ahí.
La modificación de la Comisión de Hacienda daba el paso siguiente.
Señor Presidente, este es un punto muy sustantivo. Por tanto, deberíamos darnos el tiempo necesario para analizarlo, porque se trata de un debate distinto del vinculado, por ejemplo, con los plazos. Tiene que ver con una cuestión más conceptual, más de fondo.
El Estado puede otorgar una licencia porque tiene autoridad sobre los bienes tanto corporales como incorporales de la nación. Puede ejercer acciones sobre ellos.
Nos extraña que las Comisiones unidas no hayan incluido en la parte pertinente la idea que contiene el inciso aprobado por la Comisión de Hacienda.
Porque nadie está cuestionando que la licencia es un título. Es un título. Y por eso hubo aprobación en el sentido de que se puede transar y someter a las condiciones en que es factible utilizarlo. Y eso es válido tanto para los títulos que se les entregan a los pescadores artesanales, quienes tienen permisos indefinidos, cuanto para las licencias temporales que el proyecto plantea en el caso de los industriales.
Repito que nadie está cuestionando que la licencia es un título. Pero no es un título sobre la propiedad de los peces.
Señor Presidente, quiero llamar la atención en el sentido de que la propuesta incluida aquí se halla muy a la par con lo que dice la CONVEMAR. Está bien. Pero para efectos de la Ley de Pesca es necesario dar el otro paso.
Esta no es una discusión sobre la Convención del Mar o acerca de si Chile tiene soberanía sobre las 200 millas de zona económica exclusiva. Hay tratados que han incorporado la materia a nuestra legislación interna.
La pregunta es si estamos en condiciones de dar el próximo paso: establecer que las autorizaciones y permisos que se concederán en virtud de la ley en proyecto, los cuales tendrán la característica jurídica de títulos, no otorgan propiedad sobre los recursos.
Señor Presidente, reviste gran importancia precisar el punto, cuya discusión es muy parecida a la efectuada cuando se nacionalizó el cobre; cuando, respecto de los conceptos relativos al agua o a la frecuencia radioeléctrica de nuestro país, se hizo la declaración de que son bienes nacionales de uso público.
El señor ESCALONA (Presidente).- Perdón, señor Senador, pero concluyó su tiempo.
Su Señoría dispone de un minuto adicional.
El señor LETELIER.- En este caso, señor Presidente, estamos diciendo que los recursos hidrobiológicos son de todos los chilenos.
Pero -insisto- eso ya existe, se halla en nuestra legislación. Ahora se está explicitando en la ley en proyecto. Ya se encuentra en la CONVEMAR, tratado que, de acuerdo al artículo 5° de la Constitución, estamos obligados a cumplir.
La pregunta, señor Presidente, es si damos el próximo paso.
Yo no abrigo la menor duda de que la redacción de la norma que venía de la Comisión de Hacienda en ningún momento se pensó para afectar los derechos de los pescadores artesanales. No nos equivoquemos. Ellos tienen sus permisos. Y nadie está cuestionando la titularidad del permiso, ni de unos ni de otros.
La pregunta es si el hecho de tener el permiso o el título da propiedad sobre los peces. Y es evidente que no la da.
Por eso algunos Senadores hemos insistido en la importancia de incorporar la redacción en comento, para que el artículo 1° A pueda aprobarse en forma unánime.
El señor ESCALONA (Presidente).- El siguiente orador inscrito es el Senador señor Navarro, quien no se encuentra en la Sala en este momento.
Tiene la palabra el Senador señor Horvath.


El señor HORVATH.- Señor Presidente, esta materia es de la mayor trascendencia, y por eso se incluye entre las primeras disposiciones de la ley en proyecto.
Ayer definimos sobre la que se consigna en el artículo 1° A del comparado general (página 4), que señala como objetivo de la ley en proyecto la conservación y el uso sustentable de los recursos hidrobiológicos mediante la aplicación estricta del enfoque precautorio, de un enfoque ecosistémico en la regulación pesquera y la salvaguarda de los ecosistemas marinos en que existan los recursos.
Tales son el eje y el corazón de la futura ley.
Los demás artículos empoderan la institucionalidad y la participación de los científicos y acotan las decisiones de la autoridad respecto a estos puntos clave.
En consecuencia, la futura ley impedirá que se lleven a un estado crítico o de colapso los recursos hidrobiológicos de nuestro país.
La otra parte dice relación con la soberanía sobre los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas.
En esa línea, se presentaron varias indicaciones, todas las cuales apuntaban al corazón mismo de la nueva ley, en el sentido de que dichos recursos le pertenecen al Estado, quien ejerce soberanía sobre ellos.
El punto estriba en que en algo tan relevante deben salvaguardarse también los convenios internacionales de los cuales Chile es parte.
Los recursos son vivos; se mueven; no reconocen fronteras; cambian en cantidad, en calidad, en fin. Por lo tanto, establecer respecto a ellos la propiedad -entre comillas- físicamente hablando es bastante más delicado.
En tal sentido, el Gobierno, la Comisión de Pesca, la Comisión de Hacienda y Senadores, como la colega Soledad Alvear, hicieron el trabajo de asegurar que bajo ese principio y enfoque no solo no se vulneraran convenios internacionales -como la CONVEMAR, de la cual somos parte-, sino también que se evitaran conflictos que en forma recurrente pueden poner a Chile en una situación delicada con países limítrofes. Tenemos frontera no únicamente con Perú, sino además, por el lado de Isla de Pascua o Rapa Nui, con Nueva Zelanda, con Australia y con naciones de la Polinesia.
Esta es una visión bastante más amplia.
Por eso, los tres incisos acordados en las Comisiones unidas -el señor Secretario los leyó, de modo que no repetiré la lectura- permiten garantizar nuestros derechos soberanos sobre los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas en todo lo referente a aguas terrestres, aguas interiores, mar territorial, e indican cómo proceder en la zona económica exclusiva.
El punto que señalan algunos parlamentarios respecto a lo que inicialmente aprobó la Comisión de Hacienda en el sentido de que los permisos otorgados tienen carácter temporal y no constituyen derecho de propiedad se encuentra recogido en otros artículos, los cuales se refieren específicamente a las licencias, a las autorizaciones, a los permisos extraordinarios de pesca. Y esos quedaron como temporales.
En consecuencia, no hay ninguna colisión con lo que en su minuto aprobó la Comisión de Hacienda.
Por esas razones, en virtud del acuerdo adoptado y de que con esto estamos salvaguardando efectivamente la soberanía nacional, le solicitamos a esta Sala que apruebe lo que en forma unánime proponen las Comisiones unidas de Pesca y de Hacienda.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, el artículo 1° aprobado por la Comisión de Hacienda nos había tranquilizado, particularmente respecto al inciso que decía: "Las autorizaciones o permisos de pesca que establece la ley y otorga la autoridad, son permisos temporales para la explotación de los recursos pesqueros, no constituyendo derecho de propiedad sobre éstos.".
Nada más oportuno que este proyecto de ley para intentar dar claridad sobre la propiedad de los recursos hidrobiológicos, evitando con ello discusiones ulteriores acerca de cómo se va a actuar ante las amenazas de indemnizaciones por hacérselos objeto de expropiación.
Presentamos indicaciones para no incurrir en las experiencias internacionales que han generado anomalías al ceder derechos de pesca a perpetuidad a grupos de individuos.
Por lo demás, es la consecuencia lógica de la aceptación mundial de nuestra propuesta.
Chile fue quien determinó, hace décadas, la soberanía de las 200 millas al establecer la zona económica exclusiva.
¿De qué modo, entonces, nuestro Estado podría renunciar a esa soberanía, que por cierto incluye la propiedad?
Nosotros habríamos querido una indicación que dijera: "El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de los recursos hidrobiológicos existentes en los espacios marítimos sometidos a su jurisdicción. Podrá conceder su explotación conforme a las disposiciones de esta ley y demás normas legales y reglamentarias. El establecimiento de tales permisos o autorizaciones otorgará a sus titulares la facultad de extraerlos sólo mientras se encuentren vigentes y no generará derecho alguno respecto de su continuidad o permanencia en el tiempo. La extinción de los mismos no ocasiona responsabilidad alguna para el Estado.".
¿Cuál es la justificación para una indicación con una redacción de ese calibre? Que los representantes de los intereses corporativos e industriales y amplios sectores de la Derecha han postulado que los recursos pesqueros son res nullius, cosa de nadie, y, por ende, están sujetos a apropiación por el primer ocupante (ocupación: modo de adquirir el dominio).
Esa interpretación se fundaría en las normas del Código Civil, que en su artículo 606 señala:
"Por la ocupación se adquiere el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie, y cuya adquisición no es prohibida por las leyes chilenas, o por el Derecho Internacional.".
Y en el 607:
"La caza y pesca son especies de ocupación por las cuales se adquiere el dominio de los animales bravíos.".
A su vez, quienes han intentado imponer aquella tesis sostienen que no sería necesaria una definición legal de la propiedad estatal de los recursos pesqueros, puesto que en el mismo Código Civil se habría resuelto el problema a través de la reforma que sufrió el año 1986, fruto de la ratificación por Chile de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
Así, se habrían modificado los artículos 593 y 596, estableciéndose que el Estado ejerce derechos de soberanía para explorar, explotar, conservar y administrar los recursos naturales vivos presentes en el mar.
Con relación a esas dos líneas argumentales conducentes a impedir una declaración expresa en el articulado de la Ley de Pesca y Acuicultura sobre la propiedad estatal de los recursos hidrobiológicos, creo necesario señalar lo siguiente.
Primero, el Código Civil es una ley más de la república y no tiene primacía o mayor jerarquía que otra, menos aun cuando aquella es especial.
Segundo, el propio Código Civil reconoce el aserto anterior al señalar expresamente en el artículo 611 que "La caza marítima y la pesca se regularán por las disposiciones de este Código y, preferentemente, por la legislación especial que rija al efecto.".
Tercero, dicho artículo 611 precisamente se encuentra en el Título IV del mencionado Código, referido a la ocupación como modo de adquirir el dominio. Por ello, el reenvío a una ley especial de pesca -el Código Civil remite- no hace más que legitimar el hecho de que sea en la propia Ley General de Pesca y Acuicultura donde se establezca la norma base desde la cual se construye la regulación pesquera.
Y cuarto, quienes sostienen -aquí hemos escuchado a los Senadores de la Derecha insistir con fuerza en esta línea- que por la vía de esta indicación -es decir, ratificación de la propiedad estatal- se estarían estatizando los recursos hidrobiológicos no alcanzan a comprender que ella misma establece expresamente que el Estado "Podrá conceder su explotación conforme a las disposiciones de esta ley y demás normas legales y reglamentarias".
El señor ESCALONA (Presidente).- Perdón, señor Senador, pero terminó su tiempo.
Su Señoría dispone de un minuto adicional.
El señor NAVARRO.- Muchas gracias.
Señor Presidente, aquí no se trata de negarles a los privados el derecho a explotar, a concesionar. Estamos hablando sobre el derecho de propiedad. Y, en este sentido, la propiedad pública sobre los recursos pesqueros dentro de las aguas de jurisdicción chilena permitiría posicionar al Estado como garante de la protección y estimación de los niveles de stock explotables.
No reconocer la propiedad pública sobre los derechos contenidos en las 200 millas de uso exclusivo importa que el Estado renuncie a apropiarse de la renta del recurso capturado por el sector privado.
De allí puede emanar la derivación.
En países como Islandia, Inglaterra y Noruega la situación es distinta. Allí las cuotas son asignadas por los actores y el Estado mantiene la propiedad.
Me pregunto, señor Presidente, si eso va a ser posible en Chile.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, lo mío va a ser extraordinariamente breve, porque considero que la explicación del Senador Horvath y lo que planteó ayer o anteayer -no recuerdo bien- la Senadora Alvear son suficientes para entender.
Simplemente, deseo hacer una propuesta de redacción para el evento de que se apruebe el artículo en cuestión.
Porque el inciso segundo parte con la expresión "En conformidad a" y el tercero dice "De conformidad".
Es una cosa rara.
Entonces, propongo lisa y llanamente que en el inciso tercero se exprese: "De acuerdo con lo dispuesto".
Me parece que las otras expresiones no son las más adecuadas para redactar la norma.
Esa es mi sugerencia, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, también voy a ser extremadamente breve en mi intervención.
Sin lugar a dudas, esta es una norma importante. Y pese a que, como lo señaló el colega Navarro, el punto se halla regulado en otra disposición, creo que, como reza el dicho, lo que abunda no daña.
En esta materia, por cierto, es relevante precisar la naturaleza y la propiedad de los recursos.
Al respecto hubo una larga discusión. La Senadora Alvear, compañera de bancada, nos expresó en medio del debate su inquietud por la redacción de este artículo. Y, producto de un trabajo intenso, se llegó a esta redacción, que el Ejecutivo recogió.
Pero ¿cuál es el punto?
El artículo 1° A expresa que se garantizará el resguardo de los recursos y que estos les pertenecen a todos los chilenos. Mas hay un aspecto que queda pendiente en la discusión y que me van a escuchar mencionar muchas veces, probablemente, a lo largo de debate. Si decimos que los recursos hidrobiológicos "están sometidos a la soberanía del Estado de Chile"; que "el Estado de Chile tiene el derecho de regular la exploración, explotación, conservación y administración de los recursos hidrobiológicos"; que "el Estado de Chile podrá autorizar la exploración y explotación de los antes mencionados recursos hidrobiológicos", ¿de qué sirve la norma si no somos capaces de consensuar el que los derechos que establezcamos al respecto son limitados y temporales; el que no se renuevan automáticamente; el que no puede ser que, por una disposición que se va a aprobar con motivo de artículos posteriores, se determine una renovación por veinte años prácticamente automática e ilimitada?
Ese es el punto que a algunos nos rebela frente a la posibilidad de acoger la ley en proyecto, la cual constituye un mejoramiento, pero no resuelve el tema más importante en la discusión
Hace poco más de un mes, cuando conversábamos sobre la normativa, sostuve que aquí íbamos a discutir sobre cuál era nuestra misión y nuestra mirada de país. ¿Qué Chile queríamos tener?
Utilizando un ejemplo que nos ha golpeado duro en estos días y que ha llevado a muchos a sorprenderse ante una red de prostitución que llevó al abuso de menores, cabe concluir que vivimos en un país en que el Estado no cuida a niñas ni a niños, en que las familias no tienen la posibilidad de ser amparadas por todos. Entonces, seguimos con la lógica de que algunos están protegidos, tienen garantizadas sus aspiraciones, y otros quedan a la deriva.
En el asunto que nos ocupa pasa lo mismo: legislamos respecto del 85 por ciento de los recursos para unos pocos. ¿Por qué? ¿Por qué no resguardamos los intereses de todos? ¿Por qué no determinamos que el desarrollo y la sustentabilidad diga relación también -a ello obedeció mi reflexión cuando el otro día hicimos referencia a la sustentabilidad hidrobiológica- con los aspectos económicos y sociales? Eso es algo que aborda la iniciativa, pero, lamentablemente, no se consigna en todo su articulado.
Voy a aprobar la disposición, porque me parece de la esencia; pero, si no limitamos lo que significa el ejercicio mismo, pienso que será, lamentablemente, una buena declaración de principios que no se traduce en la práctica.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Pizarro.


El señor PIZARRO.- Señor Presidente, me alegro de que hayamos podido concretar un acuerdo de redacción respecto del artículo 1° A, el cual establece, clara y precisamente:
"Los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas están sometidos a la soberanía del Estado de Chile en las aguas terrestres, aguas interiores y mar territorial, así como a sus derechos de soberanía y jurisdicción en la Zona Económica Exclusiva y en la Plataforma Continental, de acuerdo a las normas de derecho internacional y a las de la presente ley.
"En conformidad a la soberanía, a los derechos de soberanía y a su jurisdicción (...) el Estado de Chile tiene el derecho de regular la exploración, explotación, conservación y administración de los recursos hidrobiológicos".
En esos dos incisos se señala, con nitidez, que los recursos marinos son de todos los chilenos y están administrados por el Estado.
¿Y qué dispone el inciso tercero? Que el Estado de Chile "podrá" autorizar la exploración y explotación. El "podrá" significa que puede entregar autorizaciones, pero también negarlas. Y, por lo tanto, es de su responsabilidad el saber qué se hace o no con los recursos de todos los chilenos.
Este es el meollo del asunto.
Tal como se ha dicho acá, otro aspecto igualmente relevante para el debate que hemos sostenido durante todo el tratamiento del proyecto se relaciona con la trascendencia de que el Estado, cuando decida entregar un permiso, autorización o licencia, lo haga en forma temporal.
Ello es lo que venía señalado en la proposición de la Comisión de Hacienda respecto del artículo 1º, ya que se hace referencia a permisos temporales, lo que implica que se entregan por un plazo determinado. Por lo tanto, este es un avance y un cambio sustancial con relación a lo existente hasta ahora, que ha sido indefinido, elemento que ha dado lugar a la gran discusión a que nos hemos abocado.
En consecuencia, lo que hicimos fue sacar lo relativo a la fijación de plazo y la temporalidad y radicarlo en el artículo 26 A, donde se contempla lo atinente a las licencias. Porque las dos materias no pueden estar mezcladas. En el artículo 1° A se encuentra la declaración de principios y después viene la aplicación.
Esa es la razón por la cual llegamos a un acuerdo con el Ejecutivo para establecer la temporalidad de las licencias. Es decir, estas tendrán un plazo definido. Y si es así, significa que no serán indefinidas, evidentemente, ni de por vida.
La siguiente discusión, entonces, se refiere a si la renovación es o no automática.
La verdad de las cosas es que el debate que se ha registrado representa los matices de cómo interpretamos el punto. Si el plazo es definido, al entregarse una determinada licencia, una cierta cuota para cumplir con una pesquería equis, cabe preguntarse qué pasa cuando vence. ¿Es posible una nueva solicitud?
En el artículo 26 B pusimos una serie de requisitos para el caso de que la personalidad jurídica que tiene una licencia quiera o no postular a la renovación.
No hay una renovación automática, por lo tanto, a diferencia de lo que aquí se ha dicho. Existen condicionantes, caducidades, sanciones y una serie de elementos que implican, en la práctica, una nueva postulación, y el Estado podrá o no dar la autorización. Ello requerirá un decreto supremo fundado, siempre y cuando se cumpla con una serie de normas.
En cuanto a si media o no una propiedad, que ha sido la gran controversia, creo que a todos nos habría gustado que en la disposición referente a las licencias -no en el artículo 1° A-, se hubiera consignado que no la constituirán en el futuro.
El punto no se halla en cuestión acerca del plazo en que se le entrega la licencia a la gente y de si ello da o no lugar a una propiedad. Porque, efectivamente, se constituye una propiedad, como en cualquier otra concesión. Por eso se establece que pueden ser transferibles, arrendables.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se le acabó el tiempo, señor Senador.
Dispone de un minuto más.
El señor PIZARRO.- Gracias, señor Presidente.
Si no configuraran una propiedad en el plazo de duración establecido, fijo, no se podría desarrollar ninguna actividad.
A mi juicio, la cuestión radica -y es la gran confusión en el debate- en que, cuando se hace presente que no hay propiedad, ello es a futuro. Porque, cuando las licencias se pierdan, terminen o caduquen, el riesgo para el Estado y para nosotros es que se afirme: "Como a mí me la dieron por 10, 20, 30 años, entonces mantengo el derecho". Y eso no es así, porque, desde el momento en que se declara que son temporales, por un plazo fijo, quiere decir que solo se tiene un derecho de propiedad mientras duren. Después, solo se puede hacer valer lo que corresponda una vez que se reciben una nueva licencia, autorización o permiso.
Esa es la discusión hasta el momento, señor Presidente.
Ahora bien, con respecto al artículo 1°, estamos todos total y absolutamente de acuerdo.
Los otros aspectos se verán con motivo del análisis de los artículos respectivos.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.


El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, la disposición en debate no es sobre propiedad ni temporalidad: es y debe ser -en especial, por ser el artículo 1º A- sobre soberanía.
¿Soberanía de quién? Del Estado de Chile: derechos de soberanía y jurisdicción.
¿Que incluyen qué? La posibilidad de "regular la exploración, explotación, conservación y administración de los recursos hidrobiológicos y de sus ecosistemas".
Ese es el sentido del artículo.
Porque el hecho de que los peces sean res nullius no obsta, sino que, al contrario, supone -este no es un capricho de Andrés Bello o de los internacionalistas, privados o públicos, sino un principio de universal aceptación- que el Estado ribereño regule y administre, lo que es una forma de ejercer soberanía ampliamente en la zona económica exclusiva de las 200 millas. Es el caso de Chile.
Entonces, parto por felicitar a la Senadora señora Alvear, porque la redacción de la disposición -sin perjuicio de la contribución del Honorable señor Coloma, como discípulo de Andrés Bello- es notable, Me parece perfecta. Lo que queremos decir es lo que se expresa. En consecuencia, el tenor literal corresponde a la esencia de la norma: no es la propiedad ni la temporalidad, sino la soberanía.
Por eso, opino que la propuesta, legítima, de la Comisión de Hacienda es equivocada en un doble sentido.
Primero, la temporalidad -a estas alturas, casi me la salto, porque los Senadores señores Horvath y Pizarro se refirieron a la materia en forma suficientemente elocuente- ya se encuentra contemplada en el nuevo artículo 26 A, donde se emplean las palabras "licencias temporales". Si son veinte o quince años, es secundario. El concepto y la innovación de la temporalidad es lo que importa.
La expresión se incluye en el artículo que corresponde, no en el 1º A, porque no se trata de una cuestión de soberanía, sino -repito- de temporalidad.
En segundo lugar, sabemos, como se ha dicho ya tantas veces, que las autorizaciones o permisos de pesca artesanal son indefinidos; pero, además, el tema de la propiedad está mal planteado. Lo expongo con ánimo de conversación, no de reproche. Porque la propuesta de la Comisión de Hacienda expresa...
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Ya se retiró la persona que gritó?
Puede continuar, Su Señoría.
El señor WALKER (don Ignacio).- Que se me descuente el tiempo, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- Así se hará.
El señor WALKER (don Ignacio).- Cuando se dice que "son permisos temporales para la explotación de los recursos pesqueros, no constituyendo derecho de propiedad sobre éstos", ¿dónde está el error?
Convengamos previamente en que ni los privados ni el Estado son o pueden ser dueños de los peces. Lo digo por una indicación -legítima, por cierto- de los Honorables señora Allende y señores Escalona, Rossi, Gómez, Letelier, Muñoz Aburto y Navarro en el sentido de que "El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de los recursos hidrobiológicos".
¡No es así, pues! ¡Ahí está el error!
La norma fue sacada, en forma textual, del artículo 19, número 24º, de la Carta Fundamental que se refiere al dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible del Estado de Chile sobre las minas que se dan en concesión.
Eso es distinto. Es harina de otro costal.
Entiendo que nadie pretende insistir en la estatización de los peces, porque ni en Corea del Norte se da una situación de esa naturaleza.
Entonces, no hay propiedad sobre ellos.
Ahora bien, una vez capturados, en virtud de la cuota global o individual, del uso de la licencia y de la autorización de pesca, es obvio que se incorporan al patrimonio y se pueden vender, enajenar, comercializar.
¡Pero sí hay propiedad sobre la licencia, pues! El titular de una de ellas, otorgada por el Estado en conformidad a la ley, tiene una propiedad privada.
El señor ESCALONA (Presidente).- Concluyó su tiempo, Senador.
Tiene un minuto más.
El señor WALKER (don Ignacio).- Ya termino, señor Presidente.
El mismo derecho recae sobre la cuota asignada. Ello, por supuesto, en la medida en que se actúe legalmente dentro de la asignación, de la cuota y de la licencia. De lo contrario, se pierde. Imagino que se podría hasta confiscar.
Entonces, hay propiedad sobre lo capturado legalmente en virtud de la autorización de pesca, cuota o licencia; hay propiedad sobre la licencia; hay propiedad sobre la cuota. Ello es exigible judicialmente. ¡Es obvio!
Por eso, considero un error introducir el concepto del derecho de propiedad sobre los recursos pesqueros, lo que -repito- es harina de otro costal...
El señor WALKER (don Patricio).- Y el de los artesanales.
El señor WALKER (don Ignacio).- Efectivamente. Ya mencioné a los pescadores artesanales, que tienen autorización o permiso indefinido. Y eso es también a propósito de la temporalidad.
En definitiva, señor Presidente, felicito a la Senadora señora Alvear, y ojalá se registre una gran mayoría para aprobar el artículo, cuyo contenido, a mi juicio, se encuentra al borde de la perfección.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Alvear.


La señora ALVEAR.- Señor Presidente, seré muy breve, porque veo que hay bastante consenso acerca de la norma.
La expliqué en su minuto. Lo que hemos hecho en el artículo 1º A es ajustar la ley en proyecto a los tratados internacionales y aclarar con precisión los aspectos de jurisdicción y de soberanía. Creo que ello era medular para los efectos de lograr la coherencia necesaria en nuestra legislación interna de acuerdo con las normas del Derecho Internacional, materia tan importante y tan sensible.
Quedo agradecida por la comprensión de los señores Senadores ante el hecho de haberlo manifestado tan tardíamente, pero fue una preocupación que me asaltó en los momentos en que inicié el estudio del proyecto en debate. No pertenezco ni a la Comisión de Pesca ni a la de Hacienda, por lo cual tuve en mi poder los informes en las últimas semanas.
He dicho.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Abra la votación, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Habría inconvenientes en acoger la solicitud?
Acordado.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Hago presente a la Sala que la norma que se pone en votación es de quórum calificado.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).- Se encuentra inscrito a continuación el Senador señor Hernán Larraín, quien no se encuentra en la Sala.
Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.


El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, difiero en varios aspectos de las expresiones de un señor Senador que intervino con anterioridad.
No creo que nos encontremos discutiendo sobre "la soberanía del Estado de Chile en las aguas terrestres, aguas interiores y mar territorial, así como a sus derechos de soberanía y jurisdicción en la Zona Económica Exclusiva". No puede ser.
Que el artículo lo exponga con una buena redacción, ningún problema. Pero me parece que nadie está haciendo referencia aquí a que no tenemos soberanía sobre el mar territorial y todo lo que señala.
El punto es otro. Sobre ese mar territorial y sobre la base de esa soberanía, ¿a qué tiene derecho el Estado de Chile? ¡Y, por supuesto, resulta importante establecer el criterio de si es o no dueño de lo que en ese ámbito se pueda hacer o producir!
Con esa lógica, lo que hizo la Comisión de Hacienda, en mi opinión, es razonable. Porque, en definitiva, nos expresa: "El derecho de propiedad en este segmento de territorio dice relación con peces a los que se puede acceder a través de una licencia y sobre la base de una determinada captura".
Entonces, existe una administración sobre ese espacio. ¿Cómo se regula? Nosotros sostenemos que es importante establecer limitaciones claras, no permanentes. Porque también se plantea un carácter temporal. No es cierto. El que se haya agregado la palabra "temporal" no significa que lo sea.
Si usted lee, señor Presidente, los artículos en los cuales se establece cómo se pierde la licencia, va a advertir que ello es muy difícil. No se pierde por el paso de los años, sino porque se verifican varios requisitos de incumplimiento. Y el que tenga este tremendo negocio no los va a incumplir. Además, se trata de períodos sucesivos. Por ende, esa temporalidad tampoco es cierta.
Entonces, ¿qué es lo relevante? Determinar si esa licencia y esa cuota de captura establecen o no derecho de propiedad. Eso es lo que discutimos ayer, cuando se analizó la posibilidad cierta de que alguien diga: "Momentito, yo soy dueño; tengo esta propiedad y, por tanto, me deben indemnizar si pierdo o me quitan la licencia".
En consecuencia, aquí estamos hablando de dos temas distintos, por lo menos desde nuestra perspectiva.
Por eso es importante lo que hizo la Comisión de Hacienda: establecer claramente que las autorizaciones no constituyen derechos de propiedad. Entre paréntesis, ello también quedó consagrado en la ley del año 2001, tal como señala claramente su artículo 14, que ayer leí aquí. Por lo tanto, ese planteamiento es algo que se puede acoger.
¿Qué nos preocupa a nosotros?
Sin duda, hay algunos avances. No digo lo contrario. De hecho, por primera vez, se está reconociendo esta fórmula. Pero el problema para nosotros es otro.
Primero, no se utilizan las normas constitucionales y la ley. El artículo 19, número 24°, de la Carta señala: "Sólo la ley puede establecer el modo de adquirir la propiedad, de usar, gozar y disponer de ella y las limitaciones y obligaciones que deriven de su función social. Esta comprende cuanto exijan los intereses generales de la Nación, la seguridad nacional, la utilidad y la salubridad públicas y la conservación del patrimonio ambiental".
Es decir, lo que se debe hacer en esta legislación es establecer claramente que el derecho de dominio sobre los peces y toda actividad económica que se desarrolle con ellos corresponde al Estado, por lo que tiene derecho a regular dicho ámbito.
El problema, entonces, es cómo regulamos hacia el futuro. Y eso es lo que aquí está mal definido.
La iniciativa permite que cuatro empresas extraigan el 95 por ciento del jurel; que esa cantidad de jurel pueda ser transferible, prendado, y dar lugar a todo tipo de negocio jurídico, y que el Estado otorgue licencias por 20 años, renovables por 20 más y así hasta la eternidad, salvo que los industriales no cumplan los requisitos por los cuales -se consigna en esta misma normativa- se pierden esos derechos o esa licencia o esas cuotas de captura.
Entonces, señor Presidente,...
El señor ESCALONA (Presidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
Le concedo un minuto más.
El señor GÓMEZ.- Gracias, señor Presidente.
El problema, entonces -vuelvo a insistir-, no es de soberanía. Radica en cómo el Estado es capaz de administrar los bienes que existen hoy día en esa zona y que significan un gran negocio económico. Y ese negocio, que es relevante, debe estar abierto para todos y no para algunos, como ocurriría de establecerse la perpetuidad que, según nosotros, se consagra en este artículo.
Señor Presidente, dentro de todo, pienso que la redacción de la norma es importante. Pero, desde el punto de vista de fondo, que es lo que nos interesa -para que no vengan después los industriales a decir: "Mire, este derecho que usted me está conculcando debe ser indemnizado"-, debiéramos regular con claridad esta materia, con el objeto de que los peces, el mar, la soberanía, etcétera, beneficien a todos los chilenos y no solo a un grupo que tiene la posibilidad económica de utilizar los recursos pesqueros.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, pienso que el artículo que proponen las Comisiones unidas de Hacienda y de Pesca, relacionado con la forma como se ejerce la soberanía en torno a los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas, ha quedado muy bien reglamentado en la propuesta que hemos conocido y que se debió a una intervención de la Senadora Alvear, quien reparó en que la norma original contenía vacíos demasiado grandes y generaba dudas que podrían perjudicar los intereses permanentes de Chile sobre esta materia.
En ese sentido, esta norma, en sus tres incisos, es completa. Me parece que, conceptualmente, está impecable, sin errores, sin vacíos y sin cuestiones que permitan interpretaciones equívocas.
Con respecto a la otra indicación, que viene de la Comisión de Hacienda, me referiré solamente a su inciso segundo, porque el inciso primero ha quedado superado por el texto propuesto por las Comisiones unidas, al que me he referido.
El mencionado inciso segundo, en cambio, presenta problemas que, a mi modo de ver, están mal resueltos por esta proposición.
En primer lugar, porque establece la temporalidad de las autorizaciones o los permisos de pesca que contempla la ley, en circunstancias de que esta contiene dos tipos de autorizaciones o permisos: uno respecto de los pescadores industriales y otro respecto de los pescadores artesanales.
En el caso de los pescadores industriales, las autorizaciones son temporales, y así lo establece, además, la nueva redacción con que viene la norma. Por tanto, sobre esa materia no hay discusión.
Pero, de aceptarse el texto del referido inciso segundo, estaríamos estableciendo una disposición expropiatoria respecto de los permisos de los pescadores artesanales, que no son temporales. Tales autorizaciones, de conformidad con el régimen jurídico vigente -y ello se mantiene en esta iniciativa-, son de carácter indefinido. Por consiguiente, no voy a compartir ni aceptar la expropiación implícita de los derechos de los pescadores artesanales, al calificar sus permisos de pesca como temporales.
En el caso de los industriales, sus autorizaciones ya son temporales, por virtud de otras normas (artículos 26, 27). Y me remito a ellas. En su minuto haremos la discusión sobre el carácter que tiene esa temporalidad, el alcance de su renovación y las normas que se establecen para esa finalidad.
Respecto de eso, no tengo dos opiniones.
Ahora, la parte final del inciso segundo dispone que las autorizaciones son permisos temporales, "no constituyendo derecho de propiedad" sobre los recursos pesqueros.
Esta materia se encuentra regulada en nuestro ordenamiento constitucional y legal desde hace mucho rato y de una manera bastante más precisa que la que se contempla en esta norma.
Desde luego, lo está en la Constitución. Cabe recordar, por ejemplo, el artículo 19, número 23°, que dice: "La libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, excepto aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres o que deban pertenecer a la Nación toda y la ley lo declare así".
En consecuencia, está claro que no existe sobre esta materia la posibilidad de establecer una apropiación, porque los bienes que son "comunes a todos los hombres", como dice nuestra Carta Fundamental, no son propiedad privada de nadie.
Es de propiedad la autorización de pesca, no el recurso pesquero. Dicha autorización genera un derecho de propiedad en la persona. Y ello está establecido, por lo demás, en nuestro Código Civil, cuando se refiere a las cosas incorporales. Señala, por ejemplo, que el usufructuario tiene la propiedad de su derecho de usufructo. Cuando hablamos de "propiedad de derecho de usufructo", nos referimos a un derecho real sobre un bien incorporal, equivalente a lo que está ocurriendo en el ámbito de la pesca.
Aquí el derecho de propiedad recae sobre la autorización de pesca, no sobre la pesca. Los peces son de todos los hombres. Pero el ejercicio de un derecho...
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminó su tiempo, señor Senador.
Le concedo un minuto adicional.
El señor LARRAÍN.- Termino de inmediato, señor Presidente.
El ejercicio del derecho a pescar en virtud de una autorización de pesca genera un recurso, sobre el cual sí hay propiedad: el derecho sobre los pescados. Una vez que se ejerció este, los pescados pasan a ser de propiedad de quien los capturó.
Por lo tanto, tampoco hay problema en este punto.
Y respecto del concepto general, el Código Civil también ha regulado esta materia, en el artículo 596, donde se contiene el régimen jurídico que regla estas cuestiones. Y dice, entre otras cosas: "El mar adyacente que se extiende hasta las doscientas millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, y más allá de este último, se denomina zona económica exclusiva. En ella el Estado ejerce derechos de soberanía para explorar, explotar, conservar y administrar los recursos naturales vivos y no vivos de las aguas suprayacentes", etcétera.
Y luego agrega: "El Estado ejerce derechos de soberanía exclusivos sobre la plataforma continental".
No quiero leer toda la norma, pues no quiero ofender el conocimiento de todos los Senadores.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se acabó su tiempo, señor Senador.
Le concedo un minuto adicional para concluir.
El señor LARRAÍN.- Gracias, señor Presidente.
En el fondo, este asunto cuenta con regulación jurídica a nivel de la Constitución y del Código Civil.
El Código Civil, para todo efecto práctico, corresponde al Derecho general. Son normas que se aplican a todos los ordenamientos específicos, en subsidio a la falta de regulación. Por lo tanto, el citado precepto rige en el ámbito pesquero y, además, está expresamente así señalado para precisar los derechos que se tienen en esta materia.
En consecuencia, el inciso segundo que plantea la Comisión de Hacienda es erróneo, porque es expropiatorio en la parte que corresponde a los pescadores artesanales. Y en lo relativo a los derechos de propiedad, es ambiguo y confuso, y altera nuestra legislación vigente. Por ende, no es conveniente aprobarlo en los términos propuestos.
Es suficiente la norma que sugieren las Comisiones de Hacienda y de Pesca, unidas, que, en mi opinión, regula lo esencial en este ámbito.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).- Lo único que quiero observar, Honorable señor Larraín, es que, mientras usted hablaba, su Comité me estaba representando que yo no les corto el uso de la palabra a los Senadores que hablan más del tiempo reglamentario.
Por lo mismo, no impedí que terminara su exposición, porque entiendo que no corresponde.
Lamentablemente, en eso tengo una controversia con su Comité, pues no soy partidario de limitar el derecho de los Senadores a intervenir.
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, advierto que el concepto esencial del debate, el nudo, es la soberanía. Porque parece que, en este artículo 1° A, depositáramos en la soberanía del Estado de Chile todo el poder de la administración de los recursos hidrobiológicos, que son los peces.
Entonces, he hecho un esfuerzo por desentrañar qué es la soberanía.
El artículo 5° de la Constitución señala: "La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece". Es decir, nosotros ejercemos la soberanía de la Nación a través de nuestra investidura como autoridades para legislar.
Pero la soberanía nada tiene que ver con la propiedad. Podemos ser soberanos, pero no propietarios. Y ese es el elemento central. Pese a ello, yo quiero que Chile sea propietario de sus recursos hidrobiológicos, y no solo soberano.
La Senadora señora Alvear -ex Ministra de Justicia, ex Ministra de Relaciones Exteriores y destacada constitucionalista- sabe que Chile inventó el concepto de las 200 millas soberanas. Fue nuestro país el que irrumpió en el ámbito internacional con este criterio.
Por lo tanto, ese supuesto está resuelto. Nadie cuestiona la soberanía de Chile en el mar adyacente a las 12 millas, ni tampoco en las 200 millas, aguas que son parte de la administración soberana de nuestro país.
Entonces, más bien parece una tautología de lo que ya todos sabemos: Chile tiene soberanía sobre estos recursos y sus ecosistemas. ¡La tiene!
La propiedad de lo que allí existe es lo que se debate.
La tesis manifestada por los Senadores Hernán Larraín y Alberto Espina señala que los industriales poseen la propiedad de los recursos pesqueros hoy, dada la ley que recurrentemente citan, vinculada con los permisos indefinidos. Tanto es así que, por tercera o cuarta vez, se amenaza con indemnizaciones en contra del Estado. O sea, podríamos sostener que Chile no tiene tanta soberanía; que en realidad esos recursos pertenecen al sector industrial, o que la soberanía, como yo alego, es distinta de la propiedad.
¿En qué artículo vamos a discutir sobre la propiedad?
Si se propone decir que Chile es soberano, aclaro que lo es desde hace mucho tiempo. En el artículo 1° planteado por la Comisión de Hacienda intentamos establecer que Chile es propietario de sus recursos y no los privados, ni de esta ni de otra empresa.
La autorización que forma parte del concepto de soberanía no resuelve la situación de la propiedad. Y quedo profundamente preocupado al respecto, porque, al aprobarse el artículo 1º A, cosa que va a ocurrir porque esta "nueva mayoría" así lo hará, se ratificará que efectivamente la propiedad está en manos de un grupo de empresas.
Quiero recordar, señor Presidente, que el artículo segundo transitorio establece que las empresas podrán optar por quedarse en el actual sistema o por cambiarse a las licencias transferibles clase A.
Ante ello, no sé si el debate que nos ocupa tiene algún sentido si las empresas deciden quedarse en el anterior régimen, donde cuentan con autorizaciones indefinidas, de acuerdo con la normativa de 1991, y con permisos definidos sin derecho a propiedad, conforme a la ley transitoria por los últimos 10 años.
La proposición que nos ocupa, más bien, parece ser un distractivo que una apelación al fondo.
Voy a votar en contra del artículo 1º A, porque -reitero-, si bien se dispone que Chile es soberano, se nos quiere hacer creer que no es propietario. Y como yo pienso que Chile sí es propietario, no voy a caer en el argumento que busca igualar soberanía con propiedad.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma.


El señor TUMA.- Señor Presidente, la norma que la Comisión de Hacienda había aprobado y que ahora desapareció, luego del trabajo de las Comisiones unidas, básicamente establecía que los permisos, además de ser temporales, no constituían derecho de propiedad sobre los recursos pesqueros.
En definitiva, estamos debatiendo un articulado que determina las facultades del Estado chileno cuando regula sus aguas, cuando regula sus recursos -en este caso del mar- y cuando regula qué es lo que ocurre en la zona económica exclusiva.
Yo firmé una corrección de los incisos primero y segundo de la propuesta que nos hizo llegar la Senadora señora Alvear, que deja mejor redactada la norma. Pero ello, en el entendido de que se mantenía el inciso que decía: "Las autorizaciones o permisos de pesca que establece la ley y otorga la autoridad, son permisos temporales para la explotación de los recursos pesqueros, no constituyendo derecho de propiedad sobre éstos". En mi opinión, el debate guarda relación con este tema en particular. Pero, sin perjuicio de que la redacción de los incisos primero y segundo se mejora, se ha eliminado la disposición que habíamos respaldado y que sugirió la Comisión de Hacienda.
Alguien dijo: "Es que lo aprobado por la Comisión de Hacienda vulnera los derechos de los pescadores artesanales, porque actualmente sus permisos son indefinidos, y usted los quiere hacer temporales".
Ante ello, redactamos una norma que reemplaza este inciso y que se incorporará en el artículo 26, donde claramente se dispone que las licencias de pesca son temporales. Como los pescadores artesanales poseen permisos y no licencias, se buscó focalizar esto en el sector industrial.
Por lo tanto, el debate que se ha abierto aquí dice relación con cómo el Estado resguarda que estos derechos, además de ser temporales, no son propiedad de quienes han recibido la concesión.
Los Senadores del Partido Por la Democracia no estamos disponibles para aprobar un proyecto que consolide los derechos de la industria pesquera -ya los tiene, por 10 años- que ha depredado los recursos.
En esta nueva ley, le damos un premio; al reconocerle 20 años. En la Cámara de Diputados, se aprobaron las licencias con duración indefinida. Aquí se fijó en esas dos décadas. O sea, hacemos como que se modifica la ley pero queda igual. Decimos que son temporales y que se pueden renovar a los 20 años. Cumplido el plazo las van a renovar de todas maneras, y así sucesivamente. Respecto de ciertas normas, tratan de hacernos creer que están siendo reguladas a través de la temporalidad, pero es ficción.
No hay razón para aprobar esta regalía a la industria pesquera en desmedro del interés nacional. Lo que estamos discutiendo es el resguardo del carácter público de los recursos pesqueros del país; que se garantice el libre acceso a los diversos actores, y que se resguarde el uso sustentable y el debido pago por parte de las empresas.
El encabezado del proyecto habla de sustentabilidad, pero lo que advierto es que lo sustentable son las empresas y su negocio, más que los recursos del país.
De repente se dice que, para garantizar los derechos de los pescadores artesanales, hay que ceder a la presión de la industria. Esta es una dicotomía inaceptable. Por eso creo que esta iniciativa debe ser corregida. Nosotros vamos a insistir, en el artículo 26, en que las concesiones no constituyen derecho de propiedad.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quintana.


El señor QUINTANA.- Señor Presidente, el Estado de Chile, en el concierto internacional -y, por estos días, particularmente en La Haya-, está realizando una férrea defensa de la soberanía del país sobre su territorio marítimo y su riqueza. Por esa razón, me parece que el debate sobre soberanía no es el que importa. ¿Cómo podríamos nosotros estar discutiendo hoy si Chile tiene o no soberanía sobre recursos que están, como se ha dicho, en la Zona Económica Exclusiva?
También se ha planteado el argumento de la res nullius. Se ha citado, por cierto, el Código Civil de Andrés Bello. Pero en el de este la pesca no era industrial, sino más bien de sobrevivencia. Luego vino la Zona Económica Exclusiva y, más adelante, la CONVEMAR y todos los derechos, acuerdos, tratados y convenciones internacionales que le dan a Chile propiedad sobre tales recursos.
En mi opinión, aquí estamos cometiendo un profundo error. Efectivamente, lo que hay en este artículo es una discusión sobre la propiedad. Y por esa razón los Senadores del Partido Por la Democracia reivindicamos el inciso al cual se refirió el Honorable señor Tuma, recogido en la proposición de la Comisión de Hacienda. Porque eso nos protege, y es aquí donde debe estar la protección.
Creo que nuevamente nos estamos perdiendo la oportunidad de hacer de éste un proyecto con un mínimo de sustentabilidad. A mi juicio, esta se diluye en una declaración genérica de principios. Yo diría que los primeros incisos son poesía, pues en ellos no hay protección para los recursos hidrobiológicos. El Estado, en definitiva, está enajenando. Y, al excluirse la norma conforme a la cual las autorizaciones son temporales y no constituyen derechos de propiedad sobre los recursos ¿reitero que fue acogida por la Comisión de Hacienda-, se consolida el principio de que estos son títulos que se pueden vender, enajenar, dividir y ser objeto de cualquier acto jurídico.
Por lo tanto, en mi opinión, estamos cometiendo un error político estratégico que puede tener hasta efectos internacionales.
Podemos reafirmar la soberanía, pero no nos servirá de nada si no tenemos derecho de propiedad sobre los recursos. Me parece que aquí se está afirmando un negocio, idea que recorre gran parte del proyecto. Estimo que este es un retroceso del cual será muy difícil salir en el futuro.
Vamos a votar favorablemente, pero vamos a insistir en incorporar en el artículo 26 que las autorizaciones de pesca son títulos temporales y no constituyen derechos de propiedad.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Novoa.


El señor NOVOA.- Señor Presidente, muchas cosas han cambiado desde Andrés Bello hasta ahora, pero no la naturaleza de las cosas.
¿Cómo se puede pretender tener derechos de propiedad sobre los peces cuando un día se trasladan del mar de Chile al de Perú, después a alta mar y circulan por todas partes del mundo? ¿Les vamos a poner un GPS a cada uno para poder decir que son del Estado de Chile?
Yo pido un mínimo, un mínimo de racionalidad en la discusión. Los peces son res nullius. Hoy son escasos y, por lo tanto, su explotación, no cabe la menor duda, debe estar regulada. De eso se trata esta ley. Pero -repito- son res nullius. Una persona que no se dedique a la explotación comercial o industrial puede ir al mar y sacar un pez. Y para ello no le tiene que pedir permiso a la Subsecretaría de Pesca, ni a las siete familias, ni a nadie. Va y pesca.
Esa es la naturaleza de las cosas.
Por lo tanto,...
El señor NAVARRO.- ¿Y los salmones?
El señor NOVOA.- Señor Senador, si usted quiere decir algo, dígalo en su momento.
El caso de los salmones, que se crían en jaulas, es completamente distinto. ¡Completamente distinto! Y yo no voy a perder el tiempo haciéndome cargo de comentarios que no tienen mayor sentido.
Se trata de una cuestión elemental, de sentido común. Por ende, aquí no podemos hablar de propiedad. No es propietario el Estado de Chile, y tampoco la persona que posee una concesión, que solamente será dueña de los peces que pescó de acuerdo a la ley y según la cuota que le correspondía.
A mí, cuando se afirma que los recursos son de todos (se dice: "del Estado") y se sostiene que "el Estado es de todos", se me vienen a la memoria varios casos: el jarrón de la CORFO (era "de todos"); los sobreprecios que se pagan en los aparatos para la PDI ("de todos"); los grandes sueldos que se pagan ("de todos"). Cuando se alega que el Estado es el propietario, no nos engañemos. Eso no implica que todos los chilenos sean propietarios. Cuando todos los chilenos son los propietarios, eso tiene un significado; pero cuando el Estado es el dueño, el significado es distinto. Y, en este caso, el Estado no es el dueño.
A mí me parece perfectamente lógico que este artículo afirme nuestra soberanía, y que en virtud de ella se puedan limitar las cuotas, se puedan dar permisos, se pueda hacer todo lo que el Estado realiza para conservar las especies. Pero pretender que este es el propietario de los recursos hidrobiológicos es entrar en un conflicto y en una situación que no tiene razón ni justificación.
Acá se dice: "Esto nos puede crear un conflicto internacional". El conflicto internacional se va a generar si el Estado de Chile declara ser dueño de una masa que se desplaza por todo el mundo.
Además, considero importante distinguir en este proyecto tres o cuatro órdenes de discusión.
La persona es quién saca los recursos. Puede ser un pescador artesanal, un pescador industrial, el Estado. Puede ser cualquiera.
Otra línea es cuántos recursos se pueden sacar. Aquí es donde está la conservación y donde está la cuota. Y si el Estado fuera dueño y sacara todos los recursos, igual habría que fijar una cuota. Porque el Estado también puede depredar.
Una tercera línea de debate es cómo se obtienen los recursos. Y ahí vienen todas las normas sobre pesca de arrastre, sobre conservación y otras.
Otra es cuándo se sacan. Porque hay momentos en que se aplican o no se aplican vedas.
Entonces, quiero que, por lo menos, quede claro que lo que estamos discutiendo en este artículo es un derecho de soberanía del Estado para establecer normas y determinar quién puede y quién no, cuánto y cómo.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, esta discusión se halla íntimamente ligada con la duración de las licencias, la forma en que se van a renovar o no, etcétera.
Me parece que todos están de acuerdo con la disposición en debate. Incluso ha habido muchas loas a la Senadora señora Alvear por dejarla bien redactada y mejorada.
Pero esa no es la cuestión de fondo. Aquí estamos hablando de que, en distintas etapas de la discusión de la iniciativa, se evidenció la necesidad de precisar si había o no derechos de propiedad sobre el recurso, no con respecto a la autorización. Creo que fue el Senador señor Hernán Larraín quien manifestó que ella permite ejercer la actividad. Otra cosa es cómo se lleva a la práctica. Y para esto están las licencias y las cuotas.
Tan así es que, durante la tramitación de la ley en 2001, se introdujo un artículo 14, que no puede ser más claro: "El establecimiento del límite máximo de captura" (en castellano, para quienes nos ven en la televisión, la cuota) "por pesquero" (no armador) "a que se refiere este título no constituirá derecho alguno en asignaciones de cualquier tipo que se efectúen en el futuro.".
En el inciso correspondiente, algunos de nosotros, en la Comisión de Hacienda, logramos aprobar ese objetivo, el cual, no afecta a los artesanales, ciertamente. Y despejemos eso de inmediato, porque nadie quiere perjudicarlos. Y no los afecta, por cuanto tienen un tratamiento distinto ya desde 1991 y un registro especial
Lo otro es confundir las cosas.
Entonces, lo que acabo de leer del artículo 14 de la legislación que aprobó el Senado hace 10 años, señala claramente que no constituirá derecho alguno en asignaciones de cualquier tipo, ¿no comprendía a los artesanales? ¿Quiere decir que también estaban cercenados en el 2001? ¡No! Porque claramente era una disposición para los industriales.
Producto de aprobar esta indicación, que se halla perfectamente redactada, se birla de paso el inciso y el párrafo que establecían claramente que la explotación de los recursos no constituía derecho de propiedad sobre ellos.
En consecuencia, lo de los artesanales está resuelto. Pero la cuestión es otra. Al final del día, el problema es nuevamente saber cuánto van a durar las licencias. Algunos señores Senadores han señalado que ellas no son automáticas, que tienen plazo, que son temporales.
En la parte de atrás de la cabeza del legislador de este Gobierno estaba la idea de que tenían que ser indefinidas. Así entró el proyecto a la Cámara de Diputados hace un año. Indefinidas, esto es, para siempre. Y producto de la votación, de la brega política y de hacer el punto, alguien se sonroja y dice: "Que sean por 25 años mejor". Después de presionar, llegamos a 20 años.
Señor Presidente, cuando hablo de la parte de atrás de la cabeza no estoy inventando.
El otrora Diputado, entonces Senador y Presidente de la UDI, señor Longueira, hace 10 años expresó, durante la discusión del proyecto que dio origen a esta ley, que no quería ni de 10, 15 o 20, sino que las licencias fueran indefinidas, para siempre.
En consecuencia, ha sido consistente al menos el Ministro Longueira en eso. Desde el 2001 pretende que sean para siempre. No nos engañemos. Entonces, a título de qué tenemos que decir que no hay derecho propiedad sobre los recursos que se pescan.
Porque hemos escuchado a varios Senadores, incluido el Honorable señor Espina, hablar de eventuales indemnizaciones para las empresas. ¿Y saben en que se amparan? En que el actual proyecto establece licencias clase B con licitaciones de hasta 15 por ciento de la cuota global. ¿Por qué? Porque el otro 35 por ciento se les garantiza para siempre a los industriales.
Por lo tanto, se les quiere reconocer un derecho permanente no sobre la autorización, sino sobre la cuota..
Por eso la discusión sobre esta materia es tan importante, lo mismo que la renovación ad infinitum.
Esas son las materias que dividen a aquellos que quieren una mayoría para no reconocer el derecho de propiedad del Estado de Chile sobre los recursos y que solo sean de los que tienen la cuota y, al mismo tiempo, desean que ella sea para siempre.
¿Qué dice la ley en proyecto? Que estas licencias son temporales. Así viene redactado ahora. Pero ese término no venía en la iniciativa inicial. Hubo que introducirlo ahora en la negociación.
Y lo más importante es lo siguiente. ¿Cuál es la redacción actual del proyecto sobre eso? Que las cuotas, una vez transcurrido el plazo, se asignarán, forma verbal que implica un mandato. No hay alternativa. No dice "se podrán asignar", sino "se asignarán", salvo que ocurra algo: que el industrial haya pescado tres veces más o tuvo sanciones. O sea, si se porta bien, tendrá automáticamente licencia por 20, 40, 60, 80 y por más años, lo que para mí es ad infinitum.
Por eso tengo diferencias cuando se afirma que no es así.
Fuera de eso, lo que se manifiesta es que, pese a haber incurrido en no sé cuántas causales de caducidad, automáticamente, igual se le seguirá renovando la licencia.
¡No faltaba más!
El señor ESCALONA (Presidente).- Como no está en la Sala el Senador señor Ignacio Walker, tiene la palabra el Honorable señor Pérez.


El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente, el artículo que nos ocupa, fue acordado por las Comisiones unidas de Pesca y de Hacienda, fruto de una conversación previa entre varios Senadores -se ha repetido el nombre de la Senadora señora Alvear-, claramente elimina las consignas y el eslogan que hemos escuchado durante toda la discusión.
Aquí estamos frente a una norma según la cual nadie puede explotar el mar si no es por una decisión del Estado; o sea, ninguna persona podrá extraer peces de no contar con su autorización.
Ese es un avance verdaderamente notable, que queremos resaltar hoy.
Entonces, por un lado tenemos las consignas y, por el otro, la realidad.
La realidad es que el Estado de Chile tiene el derecho a regular la exploración, la explotación, la conservación y la administración de los recursos hidrobiológicos. Nadie puede reemplazarlo en esas cuatro materias fundamentales y que permiten un avance sustantivo en la materia.
Por eso, el proyecto, que hemos discutido latamente en el Senado, establece diversas medidas que le dan sustentabilidad a la industria pesquera: se crean los comités científicos y las certificaciones, se genera una serie de otras materias que constituyen una real innovación. Además, otras normas representan un avance que no se puede desconocer
El precepto que ahora analizamos es el principio rector en cuanto a lo que el Estado debe realizar tanto en la exploración como en la explotación, conservación y administración de los recursos.
Nadie en lo absoluto puede reemplazar el rol del Estado.
Por ello, el hecho de que el señor Presidente haya sometido a votación este artículo, deja de lado de una vez por todas las consignas, las descalificaciones que hemos escuchado durante toda la tramitación del presente proyecto de ley.
Y estimo que hay que valorar el acuerdo político que se alcanzó entre sectores de la Concertación, el Gobierno y los Senadores de la Alianza, porque aquí estamos frente a un avance sustantivo que absolutamente nadie puede negar.
El Estado de Chile, ejerciendo su soberanía, regula la totalidad de los aspectos necesarios para un desarrollo sustentable de nuestra riqueza pesquera.
El hecho de que en legislaciones anteriores eso no haya estado del todo claro generó, a través de decisiones erróneas de política pública, una depredación del patrimonio pesquero del país. Y hoy día, con esta discusión, estamos luchando y contribuyendo con normas que van a permitir un avance en materia de sustentabilidad.
Por eso, señor Presidente, vamos a votar favorablemente el artículo en examen, porque consideramos que implica un progreso significativo en la legislación pesquera de Chile.
El señor ESCALONA (Presidente).- En todo caso, cumplo estrictamente con el procedimiento legislativo reglamentario.
El señor PÉREZ VARELA.- De todas maneras, hay que valorarlo.
El señor ESCALONA (Presidente).- No es materia de mi opinión personal qué se vota y qué no, sino de lo establecido en el procedimiento constitucional y legal.
El señor PÉREZ VARELA.- ¡A veces...!
El señor ESCALONA (Presidente).- Siempre.
Mis intervenciones son de carácter personal, como resulta evidente, pero mi comportamiento aquí, en la Mesa, es estrictamente reglamentario.
Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Aburto.


El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente, como lo señala el inciso segundo del artículo 1° en comento, que forma parte de un acuerdo que no suscribí, el Estado de Chile no es dueño de los peces. Por ende, no posee el derecho de dominio, sino solo el de soberanía, el cual le sirve para fijar, por sus leyes internas, la forma en que se capturan los recursos marinos. No dispone de la facultad de apropiarse de ellos y, en consecuencia, tampoco de distribuirlos de la manera que mejor le parezca.
Como, a mi juicio, la norma es absolutamente inconstitucional, hago la reserva correspondiente.
El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Respecto de la norma en discusión?
El señor MUÑOZ ABURTO.- Claro que sí.
El señor ESCALONA (Presidente).- Se tomará nota.
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, más bien quiero formular una consulta de carácter reglamentario.
El informe de la Comisión de Hacienda traía un artículo 1° A con un texto distinto del que nos presentaron posteriormente las Comisiones unidas que se formaron para viabilizar que un sector mayoritario de la Sala construyera un acuerdo según su buen saber y entender.
Fui de aquellos que facilitaron que se pudiese contar con la oportunidad de presentar las indicaciones que se querían formular, para que no se produjera un problema reglamentario.
Pero en ningún momento se puede entender que la Sala, por haber posibilitado que esa mayoría se reuniese y que se usara ese procedimiento -se pudo haber utilizado el acuerdo unánime de Comités, pero no existió en ese momento-, no pueda pronunciarse sobre la totalidad o parte de los textos originalmente enviados al Hemiciclo por las Comisiones especializadas.
Y me gustaría una opinión de la Mesa al respecto.
Quiero reiterarlo. Aquí, una mayoría pidió el acuerdo de los Comités; como no hubo unanimidad, se generó el mecanismo de que se formara un espacio donde se pudiera validar la presentación de indicaciones a los textos para que la mayoría se manifestara. Pero en ningún momento es factible entender que ese ejercicio al cual me sumé, aunque puedo tener discrepancias con sus propuestas, me arrebata el derecho de votar todo o parte de los informes que se aprobaron en las Comisiones especializadas.
Lo quiero subrayar, señor Presidente. Y, en esa línea, solicito que se vote el último inciso del texto que, sobre esta materia, elaboró la Comisión de Hacienda.
No me haré cargo de las calificaciones, a mi juicio poco acertadas, de dos Senadores de las bancas de enfrente. Es tal su contradicción que, por un lado, dicen que aquello es innecesario o retórico. Pero pregunto: si no daña, ¿por qué no permiten que se vote?, ¿por qué, si no afecta, se oponen a que quede en el texto final?
Precisamente, en el último inciso del artículo 1° del informe de la Comisión de Hacienda se establece una afirmación que algunos de nosotros consideramos importante que quede en la ley: las licencias no constituyen derecho de propiedad sobre los recursos hidrobiológicos y los ecosistemas marinos.
Pido, señor Presidente, que la Mesa se pueda pronunciar sobre el particular.
Alguien me indicó, no sé si es cierto porque no tengo información sobre las indicaciones renovadas, que el contenido del último inciso del artículo 1° va a ser votado en otro artículo. No tengo problema para ello. Lo que no quiero es que a uno le cercenen el derecho a pronunciarse sobre lo sustantivo.
El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Sobre la consulta señalada por el Senador señor Letelier en la parte final de su intervención, debo informar que, efectivamente, una de las indicaciones que se han renovado -estaba dentro de las que se llevaron a las Comisiones unidas- se refiere al artículo 1° del proyecto, donde se plantea como letra c. del artículo 26 A lo siguiente:
"Incorpórense el siguiente inciso final al artículo 26 A: Las licencias de pesca que establece la ley y otorga la autoridad, son autorizaciones temporales para la explotación de los recursos pesqueros, y no constituirán derecho de propiedad alguno en asignaciones de cualquier tipo que se efectúen en el futuro".

El señor ESCALONA (Presidente).- Muy bien.
Ahora, ¿por qué el trabajo de las Comisiones unidas remplazó los textos de los informes? Por una razón muy simple -esto no fue una decisión de buena voluntad ni protocolar-: hubo una decisión de mayoría de los Comités sobre la que luego la Sala se tuvo que pronunciar.
Como el otorgar esa facultad a las Comisiones unidas de Hacienda y de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura no emanó de un acuerdo unánime de los Comités, sino de uno de mayoría, los Comités que no participaron del acuerdo mayoritario pidieron que la Sala se pronunciara. Y así se hizo.
De manera que hubo un procedimiento reglamentario sobre el particular.
Si Su Señoría quiere solicitar algún otro pronunciamiento de la Sala, le ruego que espere hasta la sesión de las 15 porque ahora no hay quórum para tomar acuerdos.
No hay más inscritos para intervenir.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación.
--Por 27 votos a favor, 2 en contra y 3 abstenciones, se aprueba la proposición de las Comisiones unidas de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura y de Hacienda para el artículo 1° A.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear, Rincón y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Letelier, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa los señores Navarro y Quintana.
Se abstuvieron los señores Bianchi, Gómez y Muñoz Aburto.