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Paso de expedientes de papel a tramitación en línea: despachan moción que moderniza los procedimientos judiciales

Tras la aprobación de las enmiendas propuestas por la Cámara de Diputados, el proyecto quedó en condiciones de convertirse en ley. La norma busca, entre otros, abaratar los costos de los procesos, perimir accesos más sencillos, dar mayor seguridad a las carpetas de los casos, entre otros.

10 de diciembre de 2015

En condiciones de convertirse en ley quedó la moción que modifica el Código de Procedimiento Civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales; esto, tras la aprobación del Senado a las enmiendas propuestas por la Cámara de Diputados y que tal como lo aclaró la Ministra de Justicia, Javiera Blanco, "en lo sustantivo son cambios formales y se mantiene lo aprobado por este Senado".

 

Cabe recordar que el proyecto fue presentado por los senadores Pedro Araya, Alfonso De Urresti, Alberto Espina, Felipe Harboe y Hernán Larraín y tiene como idea matriz el establecer un nuevo sistema de tramitación digital de los procedimientos judiciales. Revise nota relacionada.

 

ENMIENDAS

 

Para estos efectos, se consagra una ley general sobre tramitación electrónica de los procedimientos judiciales, se introducen enmiendas a los Códigos de Procedimiento Civil y Orgánico de Tribunales y se contempla tres disposiciones transitorias para establecer una fórmula gradual de entrada en vigencia del nuevo sistema.

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Entre los artículos se establece una Ley General sobre tramitación Electrónica de los Procedimientos Judiciales, donde se detalla su ámbito de aplicación, principios que lo rigen, su uso, firma electrónica, presentación de documentos, patrocinio y poder electrónico, notificaciones, registro de actuaciones de receptores, exhortos, comunicaciones judiciales y gasto fiscal.

 

Luego, se introduce un conjunto de modificaciones al Código de Procedimiento Civil consistentes en permitir la implementación de la tramitación digital en todos los procedimientos; además, contempla modificaciones menores al Código Orgánico de Tribunales, para extender a esas normas el concepto de expediente digital y la forma como éste debe ser manejado por algunos auxiliares de la administración de justicia.

 

Menciona que los progresos tecnológicos han permitido ir superando una serie de inconvenientes que se generan en nuestra sociedad moderna, de modo de ir facilitando un desarrollo sostenible, más amigable con el medio ambiente y que implica un abaratamiento de los costos que hoy significa el mantenimiento del aparato estatal. Agrega que es en el entendido anterior que tanto en nuestro país como otras naciones se ha dado una tendencia hacia la digitalización de los sistemas judiciales, de modo que el soporte de la tramitación se realice mediante el registro computacional.

 

PASO DIGITALIZADO

 

En su contexto, el texto legal señala que el Estado, mediante diversos proyectos e instituciones, ha sido propenso a la digitalización de los trámites a realizar, siendo el Poder Judicial una de las instituciones implica mayor inversión en papel, y es perfectamente posible adaptarla al soporte digital.

 

Hace presente que este proyecto se erige como una antesala a la anunciada reforma al sistema procesal civil, que busca agilizar los procesos, abaratar los costos de la litigación, establecer una litigación responsable por parte de los abogados y generar una mayor cercanía de los justiciables con nuestro arcaico sistema de justicia civil. Sostiene que es en dicho contexto que se hace necesario contar con una reforma de este tipo, que, además de servir de guía para la próxima reforma, permita asumir dichos cambios con un sistema de justicia más descongestionado y cercano a la ciudadanía.

 

Asimismo, propone como objetivos el cambio que debe producirse en el paradigma de la administración de justicia, con esto la idea es que ella deje de relacionarse con la estructura física del tribunal o con un inmueble y pase a ser una funcionalidad, en que las personas acudan sólo a efectuar sus actuaciones presenciales o a obtener aquella información que no se encuentre disponible en los medios electrónicos. Ello generará una mayor comodidad para el usuario y una descongestión de los tribunales.

 

Para estos efectos, el proyecto consagra el "expediente digital", que asegura fidelidad, preservación y reproducción de sus distintas piezas y que deja a salvo la posibilidad de las partes y otros intervinientes de hacer presentaciones escritas, las que originarían un "expediente físico”, que, más que un expediente, es un cúmulo de piezas. Sin embargo, de acuerdo al proyecto, el expediente que refleja la integridad del proceso es el digital, que es donde estarán registradas todas las piezas y actuaciones de quienes intervienen en el juicio.

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