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  Visan en general proyecto que regula concepto de condición física o psíquica deficiente para automovilistas

  La Sala de la Cámara Alta apoyó por mayoría la idea de legislar de la iniciativa que fue presentada por un grupo de diputados. Asimismo, acordó que el plazo para presentar indicaciones al proyecto vencerá el 27 de agosto a las 12:00 hrs.

14 de agosto de 2012

Por unanimidad, la Sala del Senado aprobó la idea de legislar del proyecto que regula el concepto de condición física o psíquica deficiente para conductores de automóviles.  También la instancia determinó que el 27 de agosto a las 12:00 hrs, vence el plazo para presentar indicaciones a la iniciativa.

 

Durante la sesión intervinieron los senadores Juan Pablo Letelier, Francisco Chahuan y José Antonio Gómez.

 

Al respecto, el senador Letelier comentó que  "este proyecto perfecciona la Ley de Tolerancia O en el consumo de alcohol. La idea es evitar que se usen otras normas para generar una persecución y no una política de sanción, a quienes estén por sobre los rangos del consumo de alcohol que la ley ha establecido como no deseable".

 

El parlamentario añadió que "esta iniciativa precisa un concepto para evitar que la condición física o psíquica deficiente sea utilizada por quienes tienen un nivel en el alcohol en la sangre igual o inferior a 0,3 gramos. No queremos que se aplique esa norma para fines distintos para lo que fue creado. La idea es mantener criterio de la Ley Tolerancia 0, pero a la vez, evitar que se usen otras normas de otra naturaleza para ir más allá de lo que establece la ley".

 

El senador Chahuan señaló que este proyecto "tiene por objeto corregir una situación que se ha realizado con mucha frecuencia y consiste que cuando Carabineros de Chile somete a un conductor de vehículo motorizado a una prueba respiratoria para determinar si se encuentra o no bajo la influencia del alcohol y el resultado arroja un resultado inferior de 0,3 gramos por mil alcohol en la sangre, se establece que el conductor conduce en condiciones físicas y psíquicas deficientes, lo que constituye una grave infracción en el articulado de la Ley de Tránsito".

 

Precisó que "hoy manejar bajo la influencia del alcohol existe cuando la prueba arroja una dosificación mayor a 0,3 grs .e inferior a 0,8 grs., por mil de alcohol en la sangre, permitiendo que la dosificación menor a 0,3 grs. puede considerarse la conducción bajo condiciones físicas o psíquicas deficientes. Esto puede ser considerado una apreciación subjetiva del fiscalizador, y en la práctica se ha convertido en la regla general; mediante este texto legal, se subsana esto, estableciéndose en forma imperativa que no constituye condiciones físicas o síquicas deficientes el resultado de una prueba respiratoria que establezca una graduación de alcohol sea inferior a 0,3 grs. x alcohol en la sangre".

 

Mientras, el senador Gómez puntualizó que "es necesario destacar la naturaleza del proyecto, que fue iniciado en una moción que fue presentada por los diputados Pep Auth, Sergio Bobadilla, René García, Gustavo Hasbun, Fernando Meza, Clemira Pacheco, Leopoldo Pérez, Joaquín Tuma y Mario Venegas".

 

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