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  Conmutarán por trabajos comunitarios las multas a evasores del Transantiago

  El presidente de la Comisión de Transportes, senador Francisco Chahuán, dijo que además se plantea que quienes incurran en esas acciones queden impedidos de postular a subsidios del Estado.

25 de mayo de 2012

La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones aprobó el proyecto que modifica la Ley 18.287 sobre procedimiento ante los Juzgados de Policía Local para los efectos de conmutar por trabajos comunitarios la multa estipulada a los evasores del pago del transporte público, si el infractor careciera de los medios económicos.

 

Así lo dio a conocer el senador Francisco Chahuán quien precisó que la moción se relaciona con la iniciativa que busca atacar la evasión en el sistema de transporte público y para cuyo efecto se elevan las multas -considerando tal hecho como una falta grave a la Ley de Tránsito- y se establece un Subregistro de Pasajeros Infractores dentro del actual Registro de Multas de Tránsito no pagadas.

 

El parlamentario sostuvo que lo que planteamos es "una pena sustitutiva de trabajo comunitario y, adicionalmente, establecer que las personas que incurran en estas acciones no podrán acceder a subsidios públicos".

 

Precisó que "esta es una señal respecto que tendremos mano dura a la hora de fijar medidas que contribuyan a disminuir la evasión en el Transantiago, considerando se estima que un promedio de un 18% de los usuarios no paga las tarifas, lo que significa un perjuicio mensual de 6 mil millones de pesos."

 

Añadió que "el Estado debe dar una señal potente y castigar a quienes no pagan, dado que ellos son responsables en gran medida del déficit que afecta al sistema de transporte colectivo y perjudican a los usuarios que sí cumplen con dicha obligación."

 

Sostuvo que "estas personas tienen que ser sancionadas, pero quienes no disponen del dinero necesario debieran poder pagar su falta realizando trabajos comunitarios, lo que constituye una buena manera de compensar el daño realizado".

 

En tales casos se propone que exista la posibilidad de que el juez pueda hacer uso de la facultad que le otorga el artículo 20 bis de la Ley N° 18.287, conmutando la pena correspondiente por trabajos en beneficio de la comunidad, si la Municipalidad respectiva ha previsto dicha posibilidad en sus programas sociales.

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