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Mujeres en la pesca: incorporan el enfoque de género en el sector pesquero

La Comisión de la Mujer y Equidad de Género aprobó en general dos proyectos de ley que avanzan en esta línea.

6 de enero de 2024

Reconociendo la importancia de las mujeres en todas las fases de la pesquería nacional, además de visibilizar los problemas que enfrentan a diario, la Comisión de la Mujer y Equidad de Género, aprobó en general dos proyectos de ley en materia de género para el sector, que se encuentran cumpliendo su segundo trámite constitucional.

 

La instancia especializada, presidida por el senador Gustavo Sanhueza, entregó su respaldo unánime al proyecto que modifica la ley N°21.027, que regula el desarrollo integral y armónico de las caletas pesqueras a nivel nacional y fija normas para su declaración y asignación, para incorporar normas sobre enfoque de género en su administración (Boletín 15202-34) y al que establece reglas de igualdad de género para la designación de los representantes del sector pesquero artesanal en los comités de manejo regidos por la Ley General de Pesca y Acuicultura (Boletín 15518-21), respectivamente, y acordó realizar audiencias para avanzar en los análisis en particular.

 

PRESENCIA DE MUJERES

 

Durante la última sesión se escuchó a representantes de la subsecretaría de Pesca y Acuicultura, quienes detallaron que las mujeres representan el 25,7% inscrito en el Registro Pesquero Artesanal (RPA) y según las actividades que realizan, 22584 son recolectoras, 580 armadoras, 7526 pescadoras y 60 buzas.

 

En otro orden, se hizo presente que la nueva ley de pesca -recientemente ingresada a la Cámara- posee dentro de sus pilares el principio de la equidad de género (Boletín 16500-21).

 

ENFOQUE DE GÉNERO

 

La idea matriz del proyecto para incorporar normas sobre enfoque de género en su administración, consiste en incorporar medidas de equidad de género en la ley N° 21.027, que regula el desarrollo integral y armónico de las caletas de pesca artesanal y fija normas para su declaración y asignación (15202-34).

 

Para ello, se considera la inclusión de las organizaciones de mujeres pescadoras y/o que desarrollan actividades conexas a la pesca en la administración de las caletas de pesca artesanal, infraestructura con enfoque de género, y medidas que garantizan la participación de las organizaciones de mujeres y consideran las necesidades integrales de quienes realizan dichas actividades, en concordancia con lo estipulado en la ley 21.370.

 

Además, entre los fundamentos de la norma, se destaca que “no sólo contribuye a la equidad e igualdad de género, sino que también se convierte en un importante avance en la modernización del Estado, además de ayudar en la ratificación de convenios internacionales”.

 

REGLAS DE IGUALDAD

 

En el caso de la moción que establece reglas de igualdad de género para la designación de los representantes del sector pesquero artesanal en los comités de manejo, se busca “eliminar las barreras de entrada a las mujeres como representantes de la pesca artesanal en los respectivos Comités de Manejo, así como también asegurar el equilibrio de género en los aludidos representantes y que la regulación de los mencionados Comités considere criterios que permitan disminuir las brechas de participación de las mujeres en su conformación” (Boletín 15518-21).

 

En esta línea, se fundamenta que “hoy no existe una norma que garantice el equilibrio de género en lo que respecta a los representantes de los pescadores artesanales, pues si bien la ley N° 21.370 establece equilibrios en materia de la composición total de la instancia, no asegura la posibilidad de que entre los representantes del sector pesquero artesanal participen las mujeres pescadoras. Se suma a lo anterior que la mayor parte de la regulación de los Comités de Manejo se entrega a un reglamento, y no existe un mandato legal en orden a que dicha normativa respete la equidad de género”.

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