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Comisión de Mujer y Equidad de Género:

Despachan a Sala modificaciones a la sociedad conyugal

Las y los integrantes de la instancia destacaron que se avanza en plena igualdad entre los cónyuges y se reconoce la total capacidad de la mujer para la administración de sus bienes.

21 de diciembre de 2023

Dejando atrás rezagos de una cultura “machista” y “patriarcal”, según reconocieron las senadoras integrantes de la Comisión de Mujer y Equidad de Género. La instancia especializada, presidida por el senador Gustavo Sanhueza, concluyó el análisis en particular del proyecto de ley que modifica el código civil y otras leyes, regulando el régimen patrimonial de la sociedad conyugal. (Boletines 7.567-07, 5.970-18 y 7.727-18, refundidos).

 

Cabe recordar que el proyecto tiene como idea matriz el establecer la plena igualdad entre los cónyuges en lo que se refiere a la administración de los bienes sociales, como también reconocer, en forma efectiva, la total capacidad de la mujer para la administración de sus bienes. Revise nota relacionada

 

DÍA HISTÓRICO

 

Tras el despacho, el senador Gustavo Sanhueza indicó que estamos ante un “día histórico, logramos avanzar en este importante proyecto y terminar con una desigualdad que está consagrada en la ley”.

 

Avanzamos, agregó, en terminar con la figura en que el hombre es el jefe de la sociedad conyugal “y construimos un proyecto que es bastante integral y permitirá avanzar en tener una sociedad en donde hombres y mujeres tengamos los mismos derechos y deberes, en todo el sentido de la palabra”.

 

Por su parte, la senadora Claudia Pascual recordó que este es “un anhelo de muchas mujeres” y recalcó que el proyecto avanza “pensando de forma lo más justa posible entre el equilibrio en la igualdad, pero al mismo tiempo pensando en la igualdad sustantiva y por lo tanto con un justo equilibrio con situaciones de protección a la mujer por posibles discriminaciones que existen al día de hoy”.

 

Enfatizó que “se protege a las mujeres de sectores más vulnerables que hayan adquirido un bien raíz por subsidio habitacional, para que sea para ellas, sin renuncia a los gananciales”.

 

En la misma línea, la senadora Isabel Allende destacó que “se termina con una de las mayores discriminaciones: que las mujeres seamos de segunda clase. Desde 2017 teníamos el compromiso de reparar esta odiosa discriminación injustificada”.

 

Senadoras y senadores agradecieron el trabajo de todos los actores involucrados y valoraron que la mayoría de las votaciones fueron por unanimidad, “eso habla de que logramos avanzar de manera sólida para erradicar esta desigualdad”, incluidos los esfuerzos de diferentes ministras de la cartera.

 

Por su parte, la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, recordó que esto partió como una obligación internacional de nuestro país, a propósito de un acuerdo de solución amistosa con la Comisión Interamericana de DD.HH. por la demanda de la señora Sonia Arce, “pero como hemos discutido en la Comisión, esta es una desigualdad consagrada en la ley, que aún – en 2023- trataba a las mujeres como ciudadanas de segunda clase”.

 

ALGUNOS DETALLES

 

“Los cónyuges gozan de iguales derechos”, es una de las primeras modificaciones al código Civil, del proyecto que consagra la coadministración, la igualdad en la administración y el resguardo de los bienes familiares del haber social y de lo que pueda haber conseguido la cónyuge con su esfuerzo propio.

 

Establece un solo tipo de matrimonio, que comprende los matrimonios de distinto sexo como los del mismo sexo y respecto de los que opten por el régimen de sociedad conyugal administrarán los bienes sociales en forma conjunta o indistintamente, derogándose el artículo 150 del Código Civil relativo al patrimonio reservado de la mujer casada.

 

Los cónyuges de cualquier régimen patrimonial del matrimonio podrán afectar el inmueble que sirva de residencia principal de la familia y los bienes muebles como bienes familiares de común acuerdo, otorgado por escritura pública o por resolución judicial. Con todo, se presumirá legalmente que el inmueble adquirido por subsidio habitacional por cualquiera de los cónyuges en régimen de sociedad conyugal tendrá el carácter de bien familiar.

 

Pertenecerá a la mujer casada en sociedad conyugal, en un matrimonio de distinto sexo, el inmueble que adquiera por subsidio habitacional. Tratándose de matrimonios del mismo sexo, el bien inmueble pertenecerá al cónyuge adquirente. El inmueble adquirido por el hombre casado en sociedad conyugal, mediante dicho subsidio aumentará el haber social.

 

Cabe hacer presente que el proyecto, además, propone modificaciones a las leyes sobre: Registro Civil; abandono de familia y pago de pensiones alimenticias; de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones; matrimonio civil, entre otras y cambios en los Código de Comercio y de Minería.

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