Click acá para ir directamente al contenido

Avanza proyecto que sustituye penas de cárcel para evitar contagios masivos de coronavirus

Medida apunta a descongestionar los centros penitenciarios y excluye a los condenados por delitos graves o de lesa humanidad.

26 de marzo de 2020

Imagen foto_00000009

 

Por 23 votos favorables y 7 abstenciones, la Sala del Senado despachó a la Cámara de Diputados el mensaje que concede indulto general conmutativo a causa de la pandemia Covid 19 (Bol. N° 13358-07).

La medida apunta a reducir las condiciones de hacinamiento en las cárceles y evitar la propagación masiva entre los reclusos, permitiendo que puedan cumplir sus condenas bajo arresto domiciliario total.

El senador Alfonso De Urresti rindió cuenta a la Sala de su trámite en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, explicando que 1.308 personas recluidas serían beneficiadas con esta normativa. Además, recalcó que en la instancia legislativa se excluyó de este indulto a quienes cometieron delitos de lesa humanidad.

En el hemiciclo intervinieron los senadores Felipe Harboe, Andrés Allamand, Alejandro Guillier, Víctor Pérez, Francisco Chahuán, Juan Pablo Letelier, Guido Girardi, Juan Ignacio Latorre, Jacqueline Van Rysselberghe, Alejandro Navarro, Iván Moreira, Álvaro Elizalde y el ministro de Justicia y Derechos Humanos Hernán Larraín.

Los legisladores valoraron que la iniciativa se fundamenta en razones humanitarias y de salubridad, reconociendo el riesgo de contagio en las poblaciones penales y despejando cualquier duda centrada en la libertad de estas personas.

Además, en el debate se planteó evaluar la situación de los enfermos terminales y en situación de dependencia, y de aquellos que no necesariamente cuentan con sanciones ejecutoriadas, pero cumplen prisión preventiva.

Ante la consulta del senador Navarro por esto último, el Ministro Larraín precisó que “hemos planteado la necesidad de que los defensores puedan requerir a los tribunales, y esperamos que sin la oposición del Ministerio Público, el cambio de las medidas cautelares”.

Imagen foto_00000011

CONTENIDO DEL PROYECTO

En lo fundamental, la iniciativa establece una ley independiente que permite, bajo ciertos requisitos, sustituir el saldo de las penas privativas de libertad por la pena de reclusión domiciliaria total.

Asimismo, se incorpora un catálogo de penas excluyentes, correspondientes a delitos graves como los de parricidio, violación, secuestro, abuso a menores, femicidios, etc.

En el trámite legislativo, los senadores Alfonso De Urresti, Yasna Provoste, Juan Ignacio Latorre e Isabel Allende presentaron la indicación para excluir del indulto a quienes fueron condenados por violación a los derechos humanos.

La iniciativa concede el beneficio a los grupos de mayor riesgo en los establecimientos penales, como aquellos mayores de 75 años, los hombres y mujeres entre 60 a 74 años; y las mujeres embarazadas o que tuvieren hijos menores de dos años de edad.

Además, considera a los grupos de flujo permanente, como quienes cumplen con reclusión nocturna, reclusión parcial nocturna, o quienes cuenten con permiso de salida controlada. Sobre estos últimos, la pena será conmutada por la de reclusión domiciliaria nocturna.

Con excepción de los mayores de 75 años, se establece en todos los casos el requisito de cumplir un porcentaje de la sentencia y que el saldo de condena sea inferior a 36 meses.

El texto agrega un incentivo a quienes cumplan con la medida luego de seis meses, facilitando permisos de salida dominical, de fin de semana o salida controlada al medio libre. Asimismo, las personas podrán solicitar durante el indulto, una salida esporádica para atención de salud o la visita hacia un familiar grave.

En caso de incumplimiento injustificado, la normativa señala que se dará lugar al cumplimiento efectivo del saldo de la pena original, abonando el tiempo que se haya alcanzado a cumplir en el indulto, sumando a ello que, en caso de reincidencia, será “sin perjuicio de la aplicación de la pena que corresponda por el nuevo crimen o simple delito”.

Imprimir