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Sesión 9ª, especial, martes 16 de abril de 2024
De 16:19 a 17:21 horas. Asistencia de 44 Senadores
Presidieron la sesión los Honorables Senadores señores José García, Presidente; Matías Walker, Vicepresidente
La Secretaría estuvo a cargo del Secretario General del Senado, señor Raúl Guzmán


MINUTO DE SILENCIO
Por orden del señor Presidente del Senado, y en virtud de los acuerdos de los Comités, la Sala del Senado guardó un minuto de silencio en homenaje a la memoria del Mayor de Carabineros Emmanuel Sánchez Soto, quien fuera asesinado al tratar de repeler un asalto, el pasado 10 de abril.




REGULA INTEROPERABILIDAD DE FICHAS CLÍNICAS

Por unanimidad se aprobaron las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica la ley Nº 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, con el objeto de establecer la interoperabilidad de las fichas clínicas (Boletín N° 15.616-11). Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Castro González, Insulza, Chahuán, Elizalde y Macaya, parte del supuesto real que demuestra que, en la actualidad, la información clínica de los pacientes se encuentra disgregada en los sistemas de distintos prestadores de salud, en formatos no consultables en línea o no reutilizables. Paralelamente, el Estado requiere de múltiples formularios para recoger información relevante, que le permita sistematizar la información de salud de la población, lo que aumenta la carga administrativa del sistema sanitario y obstaculiza el desarrollo de las políticas públicas de salud sustentada en mayor evidencia. Como corolario, las obligaciones de reserva de la información que se impone al prestador, sumado a las restricciones de acceso a la información de la ficha clínica, dificulta que el Estado cuente con las herramientas jurídicas y técnicas para responder a su mandato constitucional en materia de salud de un modo acorde a los criterios de eficiencia y eficacia.
En este contexto, los senadores mocionantes proponen, a modo de solución del problema planteado, una regulación específica de las condiciones de acceso a la información, con independencia del prestador en el cual se haya generado y se almacene; en concreto, se plantean normas que permitan la interoperabilidad de las fichas clínicas que supone, a su vez, la interoperabilidad de los sistemas en los cuales consta y del lenguaje empleado en el tratamiento de la información. Con ello se busca que la información no sólo sea accesible, sino además trazable, y reutilizable, permitiendo que estas condiciones no dependan de la interpretación normativa, que resta certeza jurídica en una materia que es crítica desde el punto de vista de la concreción del derecho fundamental a la salud de las personas.
La Cámara de Diputados introdujo, en el segundo trámite constitucional, modificaciones al texto del proyecto de ley aprobado en el primer trámite por el Senado, todas las cuales, la Comisión de Salud, por la unanimidad de sus miembros propone al Senado aprobar.
Contenido del proyecto de ley de aprobarse todas las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados:
- Precisa el concepto de ficha clínica señalando que es el instrumento obligatorio en el que se registra el conjunto de antecedentes relativos a las diferentes áreas relacionadas con la salud de las personas, custodiada por uno o más prestadores de salud, en la medida que realizaron las atenciones registradas, que tiene como finalidad integrar la información necesaria en el proceso asistencial de cada persona, y permitir una atención continua, coordinada y centrada en las personas y sus necesidades clínicas.
- Permite el uso de cualquier tipo de soporte de la información clínica (electrónico, papel, etc.), en la medida que aseguren que los registros se mantengan en forma completa y el oportuno acceso, conservación y confidencialidad de los datos, así como la autenticidad de su contenido y de los cambios efectuados en ella.
- Dispone que en el caso que el soporte de las fichas clínicas sea el papel, se deberá considerar el registro y disponibilidad de un conjunto mínimo de datos en la forma, procedimiento y plazo definidos por el Ministerio de Salud en una resolución.
- Determina las obligaciones y responsabilidades que los prestadores de salud tienen respecto de las fichas clínicas, entre las cuales se señalan la conservación de las mismas por un período de al menos 15 años; el cumplimiento de las normas sobre protección a la vida privada; adoptar las medidas que permitan su interoperabilidad con otros prestadores de salud, y del acceso oportuno a la información contenida en la ficha que sea necesaria para garantizar la continuidad del cuidado del paciente titular
- Incluye al prestador al que corresponda realizar acciones o prestaciones de salud del titular de la ficha clínica, y al Ministerio de Salud entre los organismos o instituciones que pueden tener acceso, total o parcial, a la información contenida en la ficha clínica.
Intervinieron, los Honorables Senadores señora Ximena Órdenes, y señores Francisco Chahuán, Juan Luis Castro, Javier Macaya, Kenneth Pugh y David Sandoval.
En consecuencia, corresponde comunicar al Presidente de la República la aprobación por parte del Congreso Nacional, de la presente iniciativa legal.




PROYECTOS DE ACUERDOS

Por unanimidad se aprobó el Proyecto de acuerdo de los Honorables Senadores señoras Núñez, Allende, Aravena, Carvajal, Ebensperger, Gatica, Pascual, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Araya, Castro Prieto, Coloma, Cruz-Coke, Durana, Flores, García, Huenchumilla, Keitel, Kusanovic, Ossandón, Prohens, Pugh, Sandoval, Sanhueza, Velásquez y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, instruya el desarrollo de estrategias de salud reproductiva y el mejoramiento del acceso igualitario a procedimientos de fertilidad, en los términos que indican (Boletín N° S 2.528-12).
Se aprobó el Proyecto de acuerdo de los los Honorables Senadores señor De Urresti, señoras Allende, Carvajal, Ebensperger, Órdenes, Pascual, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Castro González, Castro Prieto, Durana, Espinoza, Flores, Huenchumilla, Kuschel, Lagos, Latorre, Moreira, Núñez, Prohens, Quintana, Saavedra, Sandoval, Sanhueza y Velásquez, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, instruya la adopción de las medidas pertinentes para la creación de un registro nacional de deudores de becas de estudios y proponga las modificaciones normativas que correspondan para impedir que accedan a dicho beneficio estatal quienes estén inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (Boletín N° S 2.531-12).
Por unanimidad se aprobó el Proyecto de acuerdo de los Honorables Senadores señor Sandoval, señoras Aravena, Ebensperger, Gatica, Núñez, Órdenes y Sepúlveda, y señores Araya, Bianchi, Castro González, Castro Prieto, Chahuán, Coloma, Durana, Flores, Gahona, Kast, Kusanovic, Kuschel, Latorre, Macaya, Moreira, Ossandón, Prohens, Pugh, Quintana, Sanhueza y Velásquez, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, promueva e implemente un sistema nacional de información de proyectos habitacionales, con el objeto de otorgar a las personas naturales o jurídicas interesadas y otros intervinientes, los antecedentes necesarios para desarrollar de forma eficiente y eficaz dichos proyectos (Boletín N° S 2.532-12).
Por no alcanzarse el quórum requerido, se rechazó el Proyecto de acuerdo de los Honorables Senadores señor Insulza, señoras Allende, Campillai, Carvajal, Órdenes, Pascual, Provoste, Sepúlveda y Vodanovic, y señores Araya, Castro González, Chahuán, De Urresti, Durana, Espinoza, Flores, Huenchumilla, Lagos, Latorre, Moreira, Núñez, Ossandón, Quintana, Saavedra, Soria y Velásquez, con el que expresan su condena a la infracción de la inviolabilidad del recinto de la embajada de los Estados Unidos Mexicanos en la República del Ecuador y solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, promueva el diálogo entre ambos países y apoye las acciones que se presenten ante la Corte Internacional de Justicia, en el marco del respeto al derecho internacional (Boletín N° S 2.533-12).
Se aprobó el Proyecto de acuerdo de los Honorables Senadores señor Keitel, señoras Aravena, Gatica, Órdenes, Rincón y Sepúlveda, y señores Bianchi, Castro González, Castro Prieto, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Edwards, Flores, Galilea, Huenchumilla, Kast, Kusanovic, Kuschel, Moreira, Ossandón, Saavedra, Sanhueza, Van Rysselberghe y Velásquez, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, adopte las medidas necesarias para modificar la normativa que regula la entrega de premios por logros deportivos, con el objeto de incorporar a entrenadores y preparadores físicos de los atletas chilenos que obtengan medallas en eventos deportivos internacionales (Boletín N° S 2.534-12).
Se aprobó el Proyecto de acuerdo de los Honorables Senadores señor Keitel, señoras Aravena, Gatica, Órdenes, Rincón y Sepúlveda, y señores Bianchi, Castro González, Castro Prieto, Chahuán, De Urresti, Durana, Edwards, Flores, Galilea, Huenchumilla, Kast, Kusanovic, Kuschel, Moreira, Ossandón, Prohens, Saavedra, Sanhueza, Van Rysselberghe y Velásquez, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, instruya la adopción de las medidas que correspondan para impedir que los receptores de la Beca de Alimentación para la Educación Superior adquieran, con cargo a ese beneficio, productos alimenticios conocidos como "comida chatarra" (Boletín N° S 2.535-12).