Click acá para ir directamente al contenido
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 367ª
Sesión 56ª, en miércoles 16 de octubre de 2019
Especial
(De 15:43 a 16:03)
PRESIDENCIA DE SEÑOR JAIME QUINTANA LEAL, PRESIDENTE
SECRETARIA, LA SEÑORA PILAR SILVA GARCÍA DE CORTÁZAR, SUBROGANTE
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron las señoras y los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Aravena Acuña, Carmen Gloria
--Araya Guerrero, Pedro
--Bianchi Chelech, Carlos
--Castro Prieto, Juan
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Durana Semir, José Miguel
--Ebensperger Orrego, Luz
--Elizalde Soto, Álvaro
--Galilea Vial, Rodrigo
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Goic Boroevic, Carolina
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Harboe Bascuñán, Felipe
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Insulza Salinas, José Miguel
--Kast Sommerhoff, Felipe
--Lagos Weber, Ricardo
--Latorre Riveros, Juan Ignacio
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Navarro Brain, Alejandro
--Órdenes Neira, Ximena
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prohens Espinosa, Rafael
--Provoste Campillay, Yasna
--Quintana Leal, Jaime
--Quinteros Lara, Rabindranath
--Rincón González, Ximena
--Sandoval Plaza, David
--Soria Quiroga, Jorge
--Von Baer Jahn, Ena
Concurrieron, además, los Ministros Secretario General de la Presidencia, señor Gonzalo Blumel Mac-Iver; del Trabajo y Previsión Social, señor Nicolás Monckeberg Díaz, y de Minería, señor Baldo Prokurica Prokurica.
Actuó de Secretaria General subrogante la señora Pilar Silva García de Cortázar, y de Prosecretario, el señor Roberto Bustos Latorre.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 15:43, en presencia de 21 señores Senadores.

El señor QUINTANA (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ORDEN DEL DÍA



ELIMINACIÓN DE INHABILIDAD DE CONSEJEROS REGIONALES PARA SER CANDIDATOS A ALCALDE O CONCEJAL


El señor QUINTANA (Presidente).- Esta sesión especial fue solicitada por un tercio de los Senadores en ejercicio -no hay cuenta, ni tramitación de actas, ni acuerdos de comités-, y su objetivo es iniciar la segunda discusión particular (la primera se llevó a cabo ayer) del proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica el artículo 74 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades respecto de las inhabilidades de los consejeros regionales para ser candidatos a alcalde y concejal, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (12.524-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Chahuán, señoras Aravena y Órdenes y señor Elizalde):
En primer trámite: sesión 8ª, en 9 de abril de 2019 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 29ª, en 2 de julio de 2019.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (segundo): sesión 53ª, en 8 de octubre de 2019.
Discusión:
Sesiones 44ª, en 4 de septiembre de 2019 (queda pendiente la discusión en general); 47ª, en 10 de septiembre de 2019 (se aprueba en general); 55ª, en 15 de octubre de 2019 (queda para segunda discusión en particular).

El señor QUINTANA (Presidente).- A continuación, pondremos en discusión las indicaciones renovadas que han llegado a la Mesa.
Tiene la palabra la señora Secretaria.

La señora SILVA (Secretaria General subrogante).- Cabe recordar que la enmienda que se efectuó al proyecto de ley aprobado en general, consistente en la sustitución del artículo único, requiere para su aprobación 23 votos favorables.
En la sesión de ayer se renovaron indicaciones que se formularon durante la discusión en general, las que serán consideradas en el orden del proyecto.
Sus Señorías deben dirigirse a la página 1 del comparado, donde figura la norma respecto de la cual se renovó la primera indicación, con las firmas requeridas reglamentariamente, que es para reemplazar la letra a) del artículo único por lo siguiente.
En el literal a) del artículo 74 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (establece quiénes no podrán ser candidatos a alcalde o a concejal) se propone suprimir la expresión "Los ministros de Estado, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales, los secretarios regionales ministeriales, los consejeros regionales,".
Por lo tanto, el texto de la referida disposición quedaría como sigue: "a) Los parlamentarios, los miembros del consejo del Banco Central y el Contralor General de la República;".


El señor QUINTANA (Presidente).- En la segunda discusión, tiene la palabra el Senador Juan Antonio Coloma, quien por lo demás es autor de varias de las indicaciones que se han renovado.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, efectivamente, este proyecto de ley busca modificar el artículo 74 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades respecto de las inhabilidades de los consejeros regionales para ser candidatos a alcalde o a concejal.
Si usted recuerda bien -ayer se mencionó-, con motivo de la discusión del proyecto vinculado con la regulación de la elección de los gobernadores regionales, se hizo referencia a las inhabilidades para postular a estos cargos (estamos hablando de hace un año y medio) y se incorporó ese aspecto al debate.
¿Y por qué se hace así? Porque hay tres grandes líneas de inhabilidades dentro de nuestro país, lo cual ha sido sucesivo.
Se señala que tanto los ministros de Estado como los subsecretarios, los seremis, los gobernadores regionales, los delegados presidenciales, o sea, básicamente quienes se hallan vinculados más bien con la marcha del Gobierno regional o del Gobierno nacional, tienen una inhabilidad conjunta para los efectos de optar al cargo de alcalde o al de concejal.
Recordemos que, a su vez, los alcaldes y concejales tienen inhabilidades para ser candidatos a gobernadores regionales, o que los concejales la poseen para postular al cargo de consejero regional, materia específica que se plantea en este caso.
O sea, tenemos la línea del Poder Ejecutivo local, la línea de los parlamentarios (senadores y diputados) y la línea de los alcaldes y concejales.
La idea del proyecto original -no estoy hablando de la indicación- era eliminar solo las inhabilidades de los gobernadores regionales. Desde nuestra perspectiva, ello no se condice con lo que debería ocurrir...

La señora ALLENDE.- De los consejeros regionales.

El señor ELIZALDE.- Los consejeros regionales.

El señor COLOMA.- Exactamente: de los consejeros regionales.
Aquello no tiene sentido a menos que la modificación sea respecto de todos.
Así lo entiendo: que cualquiera pueda ser candidato a alcalde o a concejal.
Este asunto tiene directa relación con la siguiente indicación, donde planteamos lo otro: que los alcaldes y los concejales puedan postular a gobernadores regionales.
Entonces, para ser consecuente, uno tendría que partir modificando aquella norma.
Esa es la discusión de fondo: si las inhabilidades tienen o no sentido. Hasta ahora siempre nuestro país ha dicho que lo tienen.
Señor Presidente, estuve hablando con el Senador Sandoval, quien cuando era Alcalde de Coyhaique tuvo que renunciar a su cargo con un año de anticipación para poder ser candidato a parlamentario. Porque la inhabilidad lo obligaba a ello.
De otro lado, el consejero regional Pablo Prieto debió renunciar un año antes para postular al cargo de diputado.
Esa ha sido la lógica que hemos seguido siempre en Chile. Y hasta ahora no había existido mayor cuestión al respecto, porque se entendía -era lo que se pensaba hasta antes de la presentación de este proyecto de ley- que no era bueno vincular una cosa con otra.
Porque, por ejemplo, en el caso del Alcalde de Coyhaique -voy a usar su ejemplo, Senador Sandoval, con mucho respeto-, si no hubiera existido la inhabilidad, podría haber llegado en su cargo hasta la inscripción de su candidatura, lo que, obviamente, habría significado un eventual uso de él para su beneficio y en perjuicio de otros candidatos.
Del mismo modo, si un parlamentario quiere ser candidato a gobernador regional -yo conozco a un par de parlamentarios que les gustaría ser gobernador regional-, ni siquiera podría postular, pues, en ese caso, la inhabilidad es total. Porque el cargo de diputado o de senador no es renunciable para asumir uno distinto.
Aquí en general la lógica que hemos seguido ha sido superestricta.
Entonces, si de verdad se quiere modificar la regla y eliminar las inhabilidades, ¡terminémoslas respecto de todos! Y que, por ejemplo, un seremi, un alcalde, un concejal puedan ser candidatos a gobernador regional.
Por qué vamos a decir que solo se terminan en el caso de una de las líneas: la del consejero regional.
Eso es lo que nosotros hemos tratado, infructuosamente, de explicar, de argumentar, de razonar para darle identidad a este asunto.
Porque la otra forma -y ayer lo señaló muy bien la Senadora Von Baer- es la que el Gobierno anterior no quiso establecer.
El entonces Ministro Eyzaguirre fue enfático para pedir que las inhabilidades se plantearan de manera conjunta, que no hubiera una ley que estableciera una inhabilidad por determinado tiempo, sino que se hiciera una suerte de catálogo.
Así se procedió. Y ahora, en normativas sucesivas, se está tratando de cambiar ese catálogo.
Nosotros señalamos que si lo quieren cambiar parcialmente, que se haga respecto de todos, pues eso tiene más sentido.
Ello tiene que ver directamente con otras indicaciones que presentamos para los efectos de generar esta amplitud dentro del debate sobre la materia.
O sea, si queremos igualdad, sería muy sano que la hubiera para todos. Pero no entendemos -y acá quiero plantear una cuestión de constitucionalidad- por qué a unos sí y a otros no.
Todavía no he podido oír una explicación razonable sobre por qué un consejero regional va a ser la única autoridad que no tendrá inhabilidades y podrá renunciar al momento de inscribir la candidatura respectiva.
Asimismo, quiero hacerme cargo del argumento que el Senador Huenchumilla señaló ayer, en cuanto a que además este proyecto conserva un sueldo por una causa inexistente, pues el consejero regional no va a ejercer su cargo, pero se le seguirá pagando.
Desde la perspectiva de quienes hemos firmado esta indicación, aquello no tiene sentido. De modo que yo los invito a legislar globalmente, no de manera particular, individual. Porque esto en verdad carece de toda lógica.
Por eso, si deseamos ser coherentes, consistentes, habría que aprobar esta indicación. Y a partir de ello cambiaríamos la historia de Chile, por cuanto no habría inhabilidades para ser candidatos a cargos de elección popular.
Hay países que no han establecido inhabilidades en la materia. Chile hasta ahora siempre las ha tenido.
Pero lo que estamos buscando -y esto tiene que ver con la indicación siguiente-, si establecemos una excepción, es que ella sea pareja para todos.
Eso nos parece razonable y justo.
He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador Francisco Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, estamos en un momento precioso y también de urgencia, porque justamente debemos terminar con las inhabilidades que tienen los consejeros regionales para ser candidatos a alcalde o a concejal.
Frente al planteamiento que formuló la Unión Demócrata Independiente, que de alguna manera lamentablemente había retrasado la discusión, se renovó una indicación que sin lugar a dudas considero adecuada para los efectos de terminar con todas las inhabilidades.
Por eso la vamos a empujar y a aprobar.
Me parece pertinente que haya un efecto espejo. De modo que vamos a apoyar las indicaciones que ha planteado la UDI respecto de las inhabilidades.
Considero correcto que esta traba que impide que algunos sean candidatos a cargos de elección popular se quite totalmente.
Así que, Senador Coloma, le agradezco su buena disposición.
Acá muchos Senadores de su partido señalaron que no les gustaba el proyecto justamente para que las inhabilidades no se eliminaran solo para unos pocos, sino que ello se hiciera respecto de todos.
Vamos a darles el punto y votaremos favorablemente las indicaciones presentadas, para que este asunto no retrase el despacho de este proyecto.
Por lo menos Renovación Nacional está por el término de todas las inhabilidades y porque sea la ciudadanía la que se pronuncie finalmente sobre quiénes pueden ser los mejores candidatos a alcalde o a concejal.
La indicación en comento no va a retrasar la discusión de fondo, pues estamos todos de acuerdo en que sean nuestros compatriotas quienes elijan a sus representantes.
Así que estamos con ustedes.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- ¡Así que ahora somos demócratas: ayer no lo éramos...!

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora Ena von Baer.

La señora VON BAER.- Señor Presidente, lo que hemos planteado es que creemos que la ley tiene que ser igual para todos.
Por lo tanto, si queremos quitarles las inhabilidades a los consejeros regionales, para no hacer una traje a la medida, liberemos todas las inhabilidades.
Podemos discutir si suprimimos o no todas las inhabilidades, pues, por ejemplo, es factible argumentar que en algunos cargos existe manejo de fondos. Y, entonces, podríamos señalar que en el caso de los alcaldes no se debería eliminar la inhabilidad respectiva.
Pero, entonces, ¿por qué no liberamos la inhabilidad de los parlamentarios? Porque su rol es bastante parecido al de los concejales y al de los consejeros regionales.
¿Por qué hago el punto, señor Presidente?
Porque esa discusión la realizamos muchas veces cuando en su minuto el Subsecretario De la Fuente llegó con el cuadrito de inhabilidades que tenemos hoy.
Porque en ese minuto se dijo: "Está tan desordenado nuestro sistema de inhabilidades que lo vamos a ordenar". Y el resultado es lo que vemos ahora.
Podemos estar de acuerdo o no con ello.
Pero lo que no debemos hacer es perforar de nuevo el sistema al establecer inhabilidades para unos y para otros no. Porque nos va a quedar el mismo problema que se generó cuando el referido Subsecretario llegó con aquel cuadrito que armó las inhabilidades tal como están actualmente.
Por ello nuestro planteamiento es que levantemos todas las inhabilidades; que nadie las tenga; que todos puedan ser candidatos, y que la ciudadanía sea la que defina cuáles ganan y cuáles pierden.
Porque de otra manera vamos a tener que decir: "Cuando manejan fondos sí y cuando no lo hacen no".
Hoy día, con el cambio de legislación, se dirá respecto de los consejeros regionales: "No: es que votan marcos presupuestarios".
Pero es lo mismo que hacen los parlamentarios, pues también votan marcos presupuestarios.
Entonces, ¿por qué los parlamentarios van a tener esa inhabilidad y los consejeros regionales y los concejales no?
Si planteamos una normativa específica, para un caso puntual, para determinado grupo, vamos a generar el mismo problema que se nos presentó hace tres años.
Señor Presidente, probablemente lo más fácil, limpio, donde veremos la igualdad ante la ley más profunda, es no establecer ninguna inhabilidad.
Por eso invitamos a Sus Señorías a apoyar esta indicación.

El señor QUINTANA (Presidente).- El Senador Huenchumilla pidió la palabra para hacer un punto de reglamento.
Debo señalar que tengo diez inscritos.
Puede intervenir, Su Señoría.

El señor HUENCHUMILLA.- Señor Presidente, he estado viendo las indicaciones que se renovaron, y quiero solicitarle a la Mesa que se pronuncie sobre su admisibilidad.
Porque una cosa es lo que uno quisiera, es decir, extender este sistema al conjunto de autoridades que aparecen en el artículo 74 de la Ley Orgánica de Municipalidades, y otra es hacerlo por medio de esta moción parlamentaria, la cual fue presentada específicamente para los consejeros regionales.
Ese es el motivo, el fundamento y las ideas matrices de este proyecto de ley.
Por lo tanto, tenemos que aplicar aquí el artículo 69 de la Constitución Política, que dice que en ningún caso se admitirán indicaciones que no tengan relación directa con las ideas matrices o fundamentales del proyecto.
¿Y cuáles son aquellas ideas matrices o fundamentales del proyecto?
Eso se encuentra establecido en el inciso final del artículo 23 de nuestra ley orgánica, que dispone: "Para los efectos anteriores, se considerarán como ideas matrices o fundamentales de un proyecto aquellas contenidas en el mensaje o moción, según corresponda".

El señor COLOMA.- ¡Las inhabilidades!

El señor HUENCHUMILLA.- La presente moción dice relación exclusivamente con los consejeros regionales, tal como queda de manifiesto en el punto 12 de su exposición de motivos, el cual alude a la supresión, en el numeral respectivo, de la mención a los consejeros regionales.
Después, el referido punto se refiere al ejercicio de funciones de un consejero regional que, por ser candidato, se ve impedido de ejercerlas, y...

El señor MOREIRA.- ¡Son las cuatro de la tarde, señor Presidente!

La señora VON BAER.- ¡Punto de reglamento, señor Presidente!

El señor HUENCHUMILLA.- ... luego alude a la dieta y la presidencia del Consejo.
Además, señor Presidente, el Tribunal Constitucional ha sido meridianamente claro en estas materias en el sentido de que las indicaciones tienen que decir relación directa con las ideas matrices o fundamentales del proyecto.
Sin embargo, todas estas indicaciones están fuera de esas ideas matrices.
Por lo tanto, solicito formalmente a la Mesa del Senado pronunciarse sobre la cuestión de constitucionalidad de las indicaciones renovadas, tal como lo estoy haciendo presente.
Gracias, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Presidente).- Antes de referirme a uno u otro punto y dar la palabra para otros asuntos de reglamento, quiero señalar, frente a su pregunta, Senador señor Huenchumilla, que la Mesa declaró admisibles las indicaciones,...

El señor ELIZALDE.- ¡Pero no la Sala!

El señor QUINTANA (Presidente).- ..., porque ellas, aparte de ser renovadas hoy día en la Sala, fueron votadas y rechazadas en la Comisión de Constitución y en ningún momento fueron declaradas inadmisibles.
Por esa razón, la Mesa tampoco las declaró inadmisibles, acogiendo el criterio de la Comisión de Constitución.

El señor CHAHUÁN.- ¿Se abre la votación o no, Presidente?

El señor QUINTANA (Presidente).- No, no podemos votar, Senador Chahuán.
Aquí hay indicaciones presentadas a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y ni siquiera hemos alcanzado a analizar la primera de ellas.
En rigor, el plazo de esta sesión especial ya está cumplido.

El señor COLOMA.- ¡Terminó la sesión, entonces!

El señor QUINTANA (Presidente).- No, porque parece que ustedes tenían un punto de reglamento. ¿Es así o no?

La señora VON BAER.- Era respecto de la admisibilidad, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Presidente).- Muy bien.
Esa es la respuesta que puedo dar sobre la admisibilidad de estas indicaciones renovadas.

El señor MOREIRA.- ¡"Habiéndose cumplido su objetivo"...!

El señor QUINTANA (Presidente).- En consecuencia, se ha cumplido el tiempo destinado a esta sesión y Sus Señorías saben que para prorrogarla se requiere unanimidad.
Pregunto: ¿hay unanimidad en la Sala para ello?

El señor COLOMA.- No, señor Presidente.

El señor MOREIRA.- ¡No!


El señor QUINTANA (Presidente).- Muy bien.
En consecuencia, queda pendiente la discusión particular del proyecto.

Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 16:03.
Daniel Venegas Palominos
Jefe de la Redacción subrogante