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INFORMACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE GASTOS RESERVADOS


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, estimados colegas, no discutamos con eufemismos.
Este proyecto de ley no es un simple tema de modernización; es, sin lugar a dudas, un requerimiento de probidad y corrección en el ejercicio de funciones públicasque ejercen, además, instituciones claves en el orden público y la seguridad de la nación, las cuales, por esa misma razón, cuentan con esta prerrogativa excepcional.
En enero del año 2003, en el contexto de actos de funcionarios públicos que resultaron cuestionados en cuanto a la probidad en el llamado "caso coimas", el entonces Presidente de la República, Ricardo Lagos, y el Presidente de la UDI, Pablo Longueira, suscribieron el Acuerdo para la Modernización del Estado, fijando una agenda destinada a establecer mejores estándares en eficacia, en probidad y en transparencia de la función pública.
Dentro de esa agenda, señor Presidente, se estableció la necesidad de profundizar en el debate respecto de los gastos reservados: entre otros temas, respecto a la definición del concepto mismo, los organismos que pueden disponer de tales recursos y la destinación de estos.
El mensaje del Ejecutivo, lamentablemente -y creo que ello va a ser tema en la discusión en particular-, no aborda el fondo de los gastos reservados del Estado: no avanza en su definición y no avanza en el establecimiento de montos razonables. Tan solo se adecúa el listado de los organismos que continúan con dichos gastos.
Se señala el deber de informar a las Subsecretarías y los Ministerios correspondientes la destinación de estos recursos, fundadamente, y también el deber de tales Subsecretarías y Ministerios de informar a la Contraloría General.
El proyecto agrega, además, una facultad al Contralor, un deber de guardar secreto en la Cámara de Diputados y un tipo penal particular.
Señor Presidente, nos corresponde hacer la discusión de este proyecto de ley justo cuando la opinión pública -y créanme que hemos seguido este tema cuando analizamos la reacción de los ciudadanos- se ha enterado de la denominada "Operación Topógrafo", mediante la cual el año 2017 se espió a cuatro personas: a dos funcionarios activos y a dos en retiro de instituciones castrenses, todos ellos denunciantes de eventuales irregularidades al interior del Ejército.
Estas indagaciones, realizadas por personal de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), quedaron reflejadas al menos en cinco minutas elaboradas entre junio y agosto de 2017 y en dieciocho páginas con la transcripción de dos escuchas telefónicas.
A la Operación Topógrafo precedió la Operación W, una indagación dirigida contra el periodista Mauricio Weibel, autor en 2016 del libro Traición a la patria, donde relata detalles del desfalco al interior de la institución castrense de dineros provenientes de la Ley Reservada del Cobre. Weibel habría sido vigilado y sus llamados telefónicos, interceptados.
La Ley de Inteligencia, señor Presidente, promulgada el 2004 por el entonces Presidente Lagos, permite el uso de procedimientos especiales "limitados exclusivamente a actividades de inteligencia y contrainteligencia que tengan por objetivo resguardar la seguridad nacional y proteger a Chile y su pueblo de las amenazas del terrorismo, el crimen organizado y el narcotráfico".
El artículo 24 de dicha ley autoriza "la intervención de las comunicaciones telefónicas, informáticas, radiales y de la correspondencia en cualquiera de sus formas", siempre que se trate de los casos anteriormente descritos.
Hace una semana discutíamos sobre extender tales facultades a las policías o a los organismos de inteligencia para la persecución de hechos catalogados como terroristas, sin contar con una definición de lo que entendemos por terrorismo.
Pero ¿qué certeza tenemos hoy de que los gastos reservados asignados al Ejército, a las policías o a la ANI tengan una destinación justificada y enfocada en el combate de actos que puedan atentar contra la paz y la seguridad ciudadana, en lugar de ocuparlos para hacer investigaciones y perseguir a quienes denuncian la corrupción dentro de esas instituciones o perseguir a enemigos políticos, o realizar espionaje para posteriores chantajes?
Por tanto, en buena hora en este Parlamento estamos conversando, discutiendo y legislando sobre gastos reservados. Sin embargo, poco vamos a avanzar en el fondo del problema si no se propone una definición; si no se fijan montos máximos razonables; si no se revisan con precisión los organismos que pueden disponer de tales recursos y los ámbitos de destinación de ellos; si no se establecen controles externos eficaces, y si no se fijan fuertes sanciones e inhabilidades para quienes infrinjan las normas que los regulen.
Señor Presidente, porque creo que es fundamental legislar en esta materia, voy a respaldar este proyecto de ley del Ejecutivo, pero no sobredimensiono su mérito, a menos que sea debidamente completado en la discusión en particular.