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FORTALECIMIENTO DE INTEGRIDAD PÚBLICA


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, la ética pública ha pasado a ser una de las preocupaciones centrales de la gente. Es un efecto positivo de los casos de corrupción que han concitado la atención en el último tiempo.
Pero hay que tener claro que esta demanda no compite con otras, como educación, salud o seguridad.
En el escenario de crisis de confianza que vivimos, la probidad es de una naturaleza distinta; no es un ideal al que aspiremos, sino que es una condición básica exigida a todo servidor público y, en primer lugar, al gobierno de turno.
Por lo mismo, como los derechos sociales requieren de una capacidad financiera del Estado para asumirlos plenamente, la ciudadanía puede aceptar un cierto gradualismo en su reconocimiento e implementación.
No ocurre lo mismo con las demandas que apuntan a elevar los estándares de probidad y transparencia. En esta materia, las personas, especialmente a través de las redes sociales, son más exigentes, diría incluso maximalistas.
Una vez que se cuestiona un punto determinado, como la contratación de parientes por parte de las autoridades, la opinión pública espera una iniciativa radical que elimine completamente esa posibilidad. El gradualismo, que puede ser justificado técnicamente en muchos ámbitos, en esta materia no sirve, porque puede ser evaluado como una concesión a la corrupción.
Hago esta reflexión preliminar para indicar que si bien nosotros podemos valorar todas las iniciativas dirigidas a regular los conflictos de interés, como el presente proyecto enviado por el Presidente Piñera, la ciudadanía puede considerarlas insuficientes o incluso como maniobras dirigidas a blanquear situaciones que, hoy por hoy, simplemente no son aceptables.
Por estas razones, me inclino a pensar que, si vamos a legislar sobre conflictos de interés, entonces debemos hacerlo de manera integral, asumiendo los estándares más exigentes y recogiendo las propuestas que ya hizo la ex Presidenta Bachelet a través de un proyecto el año 2015 (boletín N° 10.140-07) y aquellas incluidas en la moción que modifica la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional (boletín N° 11.719-07), fusionándolos con la presente iniciativa, lo que permitiría también remarcar su carácter transversal.
En cuanto al contenido del proyecto de ley, las materias que aborda son, en general, las necesarias para potenciar la ética pública, a saber: normas de ingreso a la Administración del Estado; inhabilidades e incompatibilidades en el ejercicio de la función pública; incompatibilidades en la Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; inhabilidades en la Ley de Compras Públicas; deberes de abstención, y regulación del tránsito entre el sector público y el sector privado.
Además, el proyecto se refiere específicamente a la situación de los parlamentarios, modificando nuestra Ley Orgánica en los siguientes aspectos: inhabilitación en caso de conflicto de intereses; inhabilidades para desempeñar funciones en el Senado, la Cámara de Diputados y la Biblioteca del Congreso Nacional; correcto uso de las asignaciones; regulación del ejercicio de la labor parlamentaria y del tránsito al sector privado de exdiputados y exsenadores.
Todos estos aspectos, que están abordados en esta iniciativa legal, pueden recibir mejoras, y así lo haremos en el uso de nuestras atribuciones dentro del plazo para formular indicaciones. El Gobierno se mostró llano a que el proyecto fuese mejorado, y por lo tanto esperamos que, en aquellas indicaciones en que tiene iniciativa exclusiva, recoja con la mayor amplitud de mirada los aportes que efectuaron en la Comisión los expertos, asesores y autoridades, especialmente el Contralor General de la República y el Presidente del Consejo para la Transparencia.
Entre las mejoras que deben resaltarse en esta oportunidad, me permito señalar las siguientes, a título meramente ejemplar.
En primer lugar, preocupa el tratamiento que se hace sobre el nombramiento de parientes de autoridades. El proyecto de ley no lo prohíbe, sino que lo regula, y crea una autorización especial para que personas que tengan vínculo de parentesco con diversas autoridades puedan ejercer funciones, previa emisión de un informe no vinculante. Este aspecto fue duramente criticado en la Comisión y estimamos que debe ser modificado.
En relación con lo mismo, resulta difícil determinar el criterio que se utilizó para elaborar la norma, toda vez que no incluye, por ejemplo, a los miembros del Poder Judicial, de la Contraloría General de la República, de las Fuerzas Armadas, del Servicio Electoral, del Tribunal Constitucional y de tantas otras instituciones. Además, la disposición propuesta no distingue entre cargos de confianza y cargos inferiores sujetos a concurso.
Asimismo, debemos corregir la grave omisión que se produce al estar actualmente prohibido el nombramiento de funcionarios ligados por vínculos de parentesco con la autoridad que los designa, lo que no aplicaría a la máxima autoridad del Estado. No se entiende que una norma que rige para el alcalde de la comuna más modesta del país no rija también para el Presidente de la República.
Por otro lado, el proyecto debiera mejorarse para incluir la protección a los denunciantes de infracciones a la probidad, materia que ha sido planteada por los informes de la OCDE.
Sobre la llamada "puerta giratoria" entre el sector público y el privado, extraña la ausencia de una compensación económica para aquellas personas que no puedan ejercer su profesión dentro del año inmediatamente posterior al cese de funciones.
Igualmente, considero necesario regular el paso desde el sector privado al público. ¿Es aceptable que el presidente de una isapre o de una AFP pase a ser, de la noche a la mañana, Superintendente de Salud o de Pensiones?
Entre las modificaciones que se hacen a la Ley de la Contraloría, se establece una prohibición amplísima a los exfuncionarios de cualquier órgano de la Administración para hacer presentaciones ante la entidad contralora. Esta norma parece estar más motivada por casos concretos que le han preocupado a este Gobierno que por un espíritu de recto ejercicio de la función pública.
En definitiva, votaré favorablemente la idea de legislar y espero que el Ejecutivo tenga disposición a mejorar el proyecto, buscando un acuerdo más amplio y entendiendo que estamos legislando para esta y las futuras Administraciones, y que es un desafío común, de Gobierno y Oposición, contribuir a la recuperación de la confianza de la ciudadanía en la función pública.
He dicho.