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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 363ª
Sesión 4ª, en martes 31 de marzo de 2015
Ordinaria
(De 16:19 a 18:20)
PRESIDENCIA DE SEÑORES PATRICIO WALKER PRIETO, PRESIDENTE,
Y SEÑOR EUGENIO TUMA ZEDAN, PRESIDENTE ACCIDENTAL
SECRETARIO, EL SEÑOR JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA, SUBROGANTE
____________________
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿.
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores (as):
--Allamand Zavala, Andrés
--Araya Guerrero, Pedro
--Chahuán Chahuán, Francisco
--De Urresti Longton, Alfonso
--Espina Otero, Alberto
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Goic Boroevic, Carolina
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Harboe Bascuñán, Felipe
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Orpis Bouchon, Jaime
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Quinteros Lara, Rabindranath
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Tuma Zedan, Eugenio
--Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline
--Von Baer Jahn, Ena
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, el Ministro de Relaciones Exteriores, señor Heraldo Muñoz Valenzuela, y la Ministra Secretaria General de la Presidencia, señora Ximena Rincón González. Asimismo, se encontraba presente el Jefe de la División Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, señor Claudio Troncoso Repetto.
Actuó de Secretario subrogante el señor José Luis Alliende Leiva, y de Prosecretario subrogante, el señor Julio Cámara Oyarzo.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:19, en presencia de 15 señores Senadores.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.

MINUTO DE SILENCIO ANTE ASESINATO DE CARABINERO SEÑOR ALEJANDRO GÁLVEZ Y FALLECIDOS EN TRAGEDIA DEL NORTE

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- En nombre de todos los Comités, solicito guardar un minuto de silencio ante la muerte del cabo de Carabineros señor Alejandro Gálvez Gálvez, asesinado recientemente en acto de servicio, y las víctimas fatales de la tragedia ocurrida en el norte de Chile.
--La Sala guarda un minuto de silencio.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Muchas gracias.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Las actas de las sesiones 2ª y 3ª, ordinarias, en 17 y 18 de marzo, ambas del presente año, se encuentran en Secretaría a disposición de las señoras y señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor CÁMARA (Prosecretario subrogante).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Diecisiete de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con el primero hace presente la urgencia, en el carácter de "suma", para la tramitación del proyecto de ley que modifica el Código Orgánico de Tribunales en materia de distribución de causas y asuntos de jurisdicción voluntaria (boletín Nº 9.679-07).
Con los trece siguientes retira y hace presente la urgencia, calificándola de "suma", respecto de los asuntos que se enuncian a continuación:

1.- Proyecto que modifica el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas (boletín Nº 8.132-26).

2.- Proyecto de ley que modifica el régimen de probidad aplicable al Consejo Nacional de Televisión (boletín Nº 9.398-04).

3.- Proyecto de ley que crea la universidad estatal de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins y la universidad estatal de la Región de Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo (boletín Nº 9.405-04).

4.- Proyecto de ley que elimina la prohibición de participación de estudiantes y funcionarios en el gobierno de las instituciones de educación superior y autoriza al objeto de dictar nuevos estatutos para la Universidad de Santiago y la Universidad de Valparaíso (boletín Nº 9.481-04).

5.- Proyecto de ley que fortalece al Servicio de Impuestos Internos para implementar la reforma tributaria (boletín Nº 9.898-05).

6.- Proyecto que modifica la ley Nº 19.327 en lo tocante a su ámbito de aplicación y al establecimiento de un régimen sancionatorio efectivo, y la ley Nº 20.502, en materia de funciones de la Subsecretaría de Prevención del Delito (boletín Nº 9.566-29).

7.- Proyecto que modifica la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, para permitir la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública (boletín Nº 9.601-25).

8.- Proyecto de ley que tipifica el delito de incitación al odio racial y religioso (boletín Nº 7.130-07).

9.- Proyecto de ley relativo a comunicación de órdenes de apremio en juicios de alimentos (boletín Nº 7.765-07).

10.- Proyecto de reforma constitucional que establece que los crímenes y delitos de guerra, lesa humanidad y genocidio no pueden prescribir ni ser amnistiados (boletín Nº 9.748-07).

11.- Proyecto que modifica el seguro de cesantía de la ley Nº 19.728 (boletín Nº 9.126-13).

12.- Proyecto que establece una disposición interpretativa del inciso primero del artículo 10 de la ley Nº 19.537 en materia de espacios que sean bienes nacionales de uso público y los de dominio comunitario en el régimen de copropiedad inmobiliaria (boletín Nº 9.845-14).

13.- Proyecto de ley que establece excepción para la pesca artesanal con línea de mano de la especie jurel y modifica regulación para establecimiento de ampliación de régimen de áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos (boletín Nº 9.097-21).
Con el decimoquinto hace presente la urgencia, en el carácter de "simple", al proyecto de ley que establece el Sistema Nacional de Emergencia y Protección Civil y crea la Agencia Nacional de Protección Civil (boletín Nº 7.550-06).
Con los dos últimos retira y hace presente la urgencia, en el carácter de "simple", en cuanto a las siguientes iniciativas:

1.- Proyecto de ley que fortalece el Ministerio Público (boletín Nº 8.265-07).

2.- Proyecto de reforma constitucional que crea el cargo de Fiscal Especial de Alta Complejidad en el Ministerio Público (boletín Nº 9.608-07).
--Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
De Su Excelencia la Presidenta de la República, con el que informa que no hará uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República respecto al proyecto de ley que modifica el Código Aeronáutico en materia de transporte de pasajeros y sus derechos (boletines números 4.595-15 y 4.764-15, refundidos).
--Se remitió el proyecto al Excelentísimo Tribunal Constitucional.
Cinco de la Honorable Cámara de Diputados:
Con los tres primeros comunica que aprobó, en los mismos términos en que lo hizo el Senado, los proyectos que se enuncian a continuación:

1.- El que modifica las leyes números 20.645 y 20.646, relativas a la asignación asociada al mejoramiento de la calidad del trato al usuario de establecimientos de salud (boletín Nº 9.931-11).

2.- El que amplía el plazo de cierre para otorgar nuevas concesiones de acuicultura (boletín Nº 9.864-21).

3.- El que establece la conmemoración del Día Mundial del Agua el 22 de marzo de cada año (boletín Nº 9.622-09).
--Se mandó comunicarlos a Su Excelencia la Presidenta de la República.
Con los dos últimos informa que dio su aprobación a las siguientes iniciativas:

1.- Proyecto de ley que fortalece al Servicio de Impuestos Internos para implementar la reforma tributaria (boletín Nº 9.898-05) (con urgencia calificada de "suma").
--Pasa a la Comisión de Hacienda.

2.- Proyecto de ley que concede la nacionalidad por gracia a don Fuad Dauabe Escaffi (boletín Nº 9.712-06).
--Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Expide copia de resoluciones dictadas en el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por un grupo de Senadores con relación al proyecto de ley que regula la admisión de los estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado (boletín Nº 9.366-04).
Envía copia de una resolución dictada en el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por un grupo de Senadores con relación al proyecto de ley que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional (boletín N° 9.326-07).
Remite, asimismo, copia de resoluciones dictadas en requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los preceptos legales que se enuncian a continuación:

1.- Artículo 768 del Código de Procedimiento Civil.

2.- Artículos 387, inciso primero, del Código Procesal Penal y 158 del Código de Procedimiento Civil.

3.- Artículo 24 del Código Penal.

4.- Artículo 5°, N° 3, del Código de Justicia Militar.

5.- Artículos 299, N° 3; 431, y 433 del Código de Justicia Militar.

6.- Artículos 102 A a 102 M de la ley N° 19.968, que crea los tribunales de familia.

7.- Artículo 57 ter, letra b), de la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas.

8.- Artículo 5°, inciso primero, de la ley N° 18.900, que pone término a la existencia de la Caja Central de Ahorros y Préstamos y a la autorización de existencia de la Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo.

9.- Artículo 67 de la Ley General de Servicios Eléctricos.
--Se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del señor Presidente de la Excelentísima Corte Suprema:
Responde solicitud de información, expedida en nombre del Senador señor Guillier, relativa a la necesidad de aumentar cargos del escalafón primario en la planta del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama.
Del señor Ministro de Obras Públicas:
Atiende solicitud de información, hecha en nombre del Senador señor García, respecto a la incorporación de obras de mantención y mejoramiento del camino que conduce al sector La Frontera, comuna de Curarrehue, Región de La Araucanía.
Da respuesta a solicitud de información, cursada en nombre de la Senadora señora Muñoz, sobre la falta de disponibilidad de agua para riego que afecta a la comunidad del canal Mollacas, en la comuna de Monte Patria, debido a decisiones adoptadas por la Junta de Vigilancia del Río Rapel y Afluentes.
Contesta solicitud de información, expedida en nombre del Senador señor Prokurica, acerca de la ubicación de las nuevas plazas de peaje de la ruta La Serena-Vallenar.
Responde petición de información, enviada en nombre de la Senadora señora Van Rysselberghe, respecto a la necesidad de mantención de la Ruta N-31, que une las comunas de San Carlos y San Fabián de Alico, y de caminos aledaños.
Contesta acuerdo de la Cámara Alta, adoptado a proposición de los Senadores señor García, señora Von Baer y señores Araya, Bianchi, Coloma, Chahuán, Espina, García-Huidobro, Lagos, Matta, Orpis, Ossandón, Prokurica y Patricio Walker, relativo a la liberación del pago de peajes para los vehículos policiales, carros de bomberos, ambulancias y otros móviles similares (boletín N° S 1.724-12).
Del señor Ministro (s) de Salud:
Da respuesta a solicitudes de información, reiteradas en nombre del Senador señor Chahuán, sobre situación de la profesional doña Andrea Beatriz Oyarzo Francke, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud Metropolitana, y del médico señor Roberto Sepúlveda Hermosilla, del Servicio de Salud Metropolitano Central.
Del señor Ministro de Energía:
Atiende solicitud de antecedentes, enviada en nombre del Senador señor Navarro, acerca de los planes e incentivos para la implementación y desarrollo de las energías renovables no convencionales.
De la señora Ministra Presidenta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes:
Responde solicitud de información, recabada en nombre del Senador señor Ossandón, relativa a la posibilidad de enviar un proyecto de ley que declare la exención del impuesto al valor agregado en la venta de libros.
Del señor Subsecretario del Interior:
Da respuesta a consulta, expedida en nombre del Senador señor Quinteros, sobre la situación de las solicitudes de pensión de gracia presentadas por cuarenta y cuatro trabajadores portuarios de Puerto Montt con fecha 29 de mayo de 2014.
Del señor Subsecretario de Hacienda:
Atiende solicitud de información, formulada en nombre del Senador señor Bianchi, relativa al envío de un proyecto de ley que excluya la asignación por zona del concepto de renta bruta para efectos del cálculo de los bonos contemplados en la ley N° 20.799.
Contesta solicitud de información, remitida en nombre del Senador señor Chahuán, respecto a la posibilidad de incrementar los recursos presupuestarios de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.
Da respuesta a solicitud de antecedentes, hecha en nombre del Senador señor Navarro, relativa a la incorporación plena y directa de los funcionarios concernidos en la fusión de servicios públicos.
Responde dos solicitudes de información relativas a la posibilidad de enviar sendas iniciativas de ley sobre la materia que en cada caso se indica:

1.- La requerida en nombre de los Senadores señores Patricio Walker y Matta para establecer franquicias tributarias en el caso de donaciones con fines de conservación de la biodiversidad.

2.- La presentada por los Senadores señores Bianchi, Chahuán y Prokurica para modificar la ley sobre donaciones con fines culturales, contenida en el artículo 8° de la ley N° 18.985, estableciendo exigencias de calidad mínimas para ser sujeto beneficiario.
Contesta acuerdo de la Cámara Alta, adoptado a proposición de los Senadores señor Bianchi, señora Pérez San Martín y señores Chahuán, De Urresti, García, Horvath, Matta, Navarro, Ossandón, Prokurica y Quinteros, acerca de la contratación de un seguro de vida para los funcionarios de Gendarmería (boletín N° S 1.740-12).
Del señor Subsecretario del Medio Ambiente:
Adjunta antecedentes, solicitados en nombre del Senador señor De Urresti, sobre el convenio de cooperación suscrito por el Ministerio del Medio Ambiente y la Junta Nacional de Jardines Infantiles con el objetivo de iniciar la educación ambiental en el nivel preescolar.
Responde solicitud de información, cursada en nombre de los Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Muñoz y señores Chahuán y Rossi, en materia de trato respetuoso a las expresiones de sincretismo religioso-cultural denominadas "animitas" en los casos de obras de expansión urbana o vial y de modificaciones del medio ambiente.
Atiende solicitud de información, remitida en nombre de los Senadores señor De Urresti, señoras Goic y Muñoz y señores Araya y Horvath, relativa a la adecuación del marco institucional y de las líneas de trabajo con el fin de reconocer la aportación que las municipalidades pueden hacer frente a los efectos del cambio climático.
Contesta solicitud de información, enviada en nombre de los Senadores señores Ossandón, García-Huidobro y Guillier, relativa a una coordinación interministerial para crear un plan de contingencia nacional de incendios forestales.
Responde solicitud de información, enviada en nombre de los Senadores señores De Urresti, Araya, Montes y Navarro, sobre la incorporación por esa Secretaría de Estado, en el diseño de sus políticas públicas para conservar la biodiversidad, de las materias consensuadas en la Cumbre Mundial de Parques 2014, celebrada en Sidney, Australia.
Del señor Director Nacional (s) de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena:
Responde solicitud de información, expedida en nombre del Senador señor Navarro, respecto de los ejecutores, la metodología y los resultados de la consulta indígena realizada con ocasión de la ampliación de la planta Horcones, de Arauco.
Del señor Subdirector Nacional Sur de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena:
Contesta solicitud de información, efectuada en nombre del Senador señor García, sobre los beneficiados con el subsidio de compra de tierras regulado en el artículo 20 a) de la ley N° 19.253 que a la fecha no han podido hacer uso de aquel, y las consultoras cuyos contratos con esa Corporación se encuentran vencidos.
De la señora Superintendenta de Servicios Sanitarios:
Atiende solicitud de información, recabada en nombre del Senador señor Ignacio Walker, relativa al alza de utilidades del 474,34 por ciento que registra el "Balance Trimestre 2013/2014" de Esval S.A.
Del señor Gerente General del Servicio de Cooperación Técnica:
Da respuesta a solicitud de antecedentes, formulada en nombre del Senador señor De Urresti, respecto al proceso de cultivo y exportación de cerezas que realiza Agrícola Trahuilco S.P.A. en la localidad de Tralcao, comuna de San José.
Del señor Director (s) del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de La Araucanía:
Da respuesta a solicitud de antecedentes, enviada en nombre del Senador señor García, acerca de las iniciativas de inversión que ese servicio se encuentra desarrollando para reponer los puentes Carimán y Mulpún.
Del señor Secretario Ejecutivo de la Asociación Chilena de Municipalidades:
Contesta solicitud de información, cursada en nombre del Senador señor Navarro, acerca de la factibilidad de establecer un protocolo obligatorio aplicable a las ceremonias indígenas celebradas en recintos municipales.
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Mociones
Del Senador señor Ossandón, con la que inicia un proyecto que modifica la Constitución Política de la República para otorgar autonomía al Servicio de Impuestos Internos (boletín N° 9.951-05).
--Pasa a la Comisión de Hacienda.
De los Senadores señores Bianchi, Chahuán y Tuma, con la que se da inicio a un proyecto de ley que modifica el Código Civil para suprimir la prestación de alimentos en el caso de abuelos que perciban pensiones bajas (boletín N° 9.952-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Solicitudes de permiso constitucional
Del Senador señor Girardi, para ausentarse del territorio nacional a contar del 23 del mes en curso.
Del Senador señor Letelier, para hacerlo a contar del día 23 del mes en curso.
Del Senador señor Bianchi, para ausentarse del territorio de la república a contar del día de ayer.
--Se accede a lo solicitado.
Comunicación
De la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, con la que informa de la elección de la Senadora señora Adriana Muñoz D'Albora como su Presidenta.
--Se toma conocimiento.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Terminada la Cuenta.

ACUERDOS DE COMITÉS

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- En sesión de hoy, los Comités adoptaron los siguientes acuerdos:

1.- Guardar un minuto de silencio en homenaje a las personas fallecidas con motivo de los trágicos eventos de la naturaleza registrados en el norte de Chile y, asimismo, por la muerte del carabinero señor Alejandro Gálvez con ocasión de los disturbios acaecidos en Santiago.

2.- Votar antes del inicio del Orden del Día de la presente sesión un proyecto de acuerdo para que el Senado manifieste su rechazo al uso propagandístico en que incurrió el señor Ministro de Defensa de Bolivia al entregar ayuda solidaria consistente en agua con motivo de la desgracia que afecta a la zona norte de Chile (boletín Nº S 1.803-12).

3.- Autorizar a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización para sesionar simultáneamente con la Sala el día de hoy, de 18 a 20.

4.- Citar a sesión especial del Senado para el martes 7 de abril, de 11:30 a 14, con el fin de tratar las consecuencias sufridas por la zona norte del país a raíz de los graves eventos públicamente conocidos y, asimismo, abordar las medidas de ayuda y de reconstrucción que será menester adoptar.
5.- Autorizar la remisión del proyecto que modifica el seguro de cesantía de la ley N° 19.728 (boletín Nº 9.126-13) a la Comisión de Hacienda, una vez despachado el primer informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y previo a su aprobación por la Sala.
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El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Debo recordar que en sesión de 18 de marzo aprobamos en general dos proyectos relacionados con las conductas terroristas y que había intención de refundirlos.
¿Le parece a la Sala refundir ambas iniciativas para que las vea en particular la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia?
Acordado.
Debemos fijar plazo para formular indicaciones.
¿Les parece a Sus Señorías el lunes 4 de mayo?
Acordado.
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El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.

La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, solicito autorización para que la Comisión Especial de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía discuta en general y particular en el primer informe el proyecto sobre reutilización de aguas grises.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- ¿Le parece a la Sala?
--Así se acuerda.



RECHAZO A PROPAGANDA MARÍTIMA DE MINISTRO DE DEFENSA BOLIVIANO EN ENTREGA DE AYUDA SOLIDARIA. PROYECTO DE ACUERDO

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- El proyecto de acuerdo que leerá el señor Secretario se discutió en la Comisión de Relaciones Exteriores, y todos los Comités determinaron que se votara en esta sesión.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1.803-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta de acuerdo de Comités en sesión 4ª, en 31 de marzo de 2015.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Saludo al Ministro de Relaciones Exteriores, señor Heraldo Muñoz.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- El proyecto de acuerdo que se somete a la decisión de la Sala es del siguiente tenor:
"Considerando:
"1) Que nuestra zona norte se ha visto afectada por uno de los peores eventos climáticos de los últimos años, con el consiguiente saldo de pérdida de vidas humanas y daños materiales de consideración.
"2) Que ante la magnitud de la catástrofe numerosos países amigos han manifestado su solidaridad, enviando ayuda material y expresando mensajes de apoyo.
"3) Que, en ese marco, el Gobierno de Bolivia realizó en el día de hoy una entrega a los damnificados, la cual se agradece, por cuanto ayuda a remediar las necesidades de la población local.
"4) Que, sin embargo, el Ministro de Defensa de ese país, señor Jorge Ledezma, al entregar la citada ayuda llevaba una camiseta con la leyenda "El mar es de Bolivia".
"5) Que lo anterior constituye una provocación inusual, ya que aprovechar una desgracia para realizar un acto de propaganda no es la mejor manera de fomentar las relaciones entre países hermanos y constituye una falta de respeto.
"Por tanto, el Honorable Senado acuerda el siguiente:
"Proyecto de acuerdo
"Rechazar el uso propagandístico que ha efectuado el Ministro de Defensa de Bolivia, señor Jorge Ledezma, aprovechando una desgracia como la ocurrida en la zona norte de nuestro país. Al mismo tiempo, lamentar que el Gobierno boliviano no haya presentado, hasta el momento, las disculpas correspondientes.".

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- ¿Le parece a la Sala aprobar el proyecto de acuerdo por unanimidad?
--Así se acuerda.
V. ORDEN DEL DÍA



ENMIENDAS A ESTATUTO DE ROMA RELATIVAS A CRÍMENES DE GUERRA Y DE AGRESIÓN


El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- En primer lugar, corresponde ocuparse en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba la enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 10 de junio de 2010, y las enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión, de 11 de junio de 2010, una y otras adoptadas en la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, celebrada en Kampala, Uganda, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (8.182-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 61ª, en 5 de noviembre de 2014.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores: sesión 74ª, en 16 de diciembre de 2014.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- El objetivo principal de este proyecto de acuerdo es enmendar el artículo 8 del Estatuto de Roma, sobre crímenes de guerra, e incorporar la definición del crimen de agresión y las condiciones conforme a las cuales la Corte ejercerá competencia sobre este delito.
La Comisión de Relaciones Exteriores discutió el proyecto en general y en particular, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Chahuán, García-Huidobro y Letelier.
Cabe hacer presente que la Comisión deja constancia de que el proyecto de acuerdo debe aprobarse con quórum de ley orgánica constitucional, en virtud de lo dispuesto en los artículos 54, número 1; 66, inciso segundo; 77, inciso primero, y disposición vigesimocuarta transitoria de la Constitución Política de la República, por cuanto sus normas inciden en la organización y atribuciones de los tribunales. Por ende, para su aprobación se requieren 19 votos favorables.
Cabe señalar, asimismo, que la Comisión de Relaciones Exteriores hace presente en su informe que, durante el primer trámite constitucional, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados ofició a la Excelentísima Corte Suprema para conocer su opinión, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 de la Carta Fundamental; y que el Máximo Tribunal informó el proyecto en consulta mediante oficio de 27 de marzo, cuya copia despachó al Senado con esa misma fecha.


El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Solicito la autorización necesaria para que ingrese a la Sala el Jefe de la División Jurídica de la Cancillería, don Claudio Troncoso.
¿Les parece a Sus Señorías?
--Así se acuerda.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, el Estatuto de Roma entró en vigor internacional el 1° de julio de 2002; fue ratificado por Chile el 29 de junio de 2009, y entró en vigencia, para nuestro país, el 1° de septiembre de 2009.
Dicho Estatuto estableció un órgano jurisdiccional penal permanente de carácter internacional destinado a hacer efectivas las responsabilidades penales individuales de los autores de determinados y graves delitos.
Entre el 31 de mayo y el 11 de junio de 2010 se llevó a cabo en Kampala, Uganda, la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Durante dicha Conferencia se enmendó, por consenso, el artículo 8, sobre crímenes de guerra, y se incorporaron la definición del crimen de agresión y las condiciones conforme a las cuales la Corte ejercerá competencia sobre este crimen.
La enmienda al artículo 8 consiste en que se añaden tres crímenes al apartado e) del párrafo 2 del citado artículo, relativo a los crímenes de guerra. Dicha enmienda se justificó en el hecho de que este tipo de figuras se encontraban consagradas para los casos de conflictos armados de carácter internacional, pero no para los de índole no internacional, en relación con los cuales no existía ninguna razón para no contemplarlas.
En cuanto a las modificaciones relativas al concepto mencionado, el mensaje expresa que el artículo 5 del Estatuto de Roma consignó los crímenes de competencia de la Corte, siendo ellos el genocidio, los de lesa humanidad, los de guerra y la agresión. Añade que si bien es cierto que esta última se incluyó en la lista, el párrafo 2 señala que el Tribunal ejercerá sus atribuciones al respecto una vez aprobada una disposición que la defina y se enuncien las condiciones de procedencia.
En la Conferencia de Kampala se sancionó un conjunto de normas referentes a dos aspectos: la definición del crimen de agresión y las circunstancias conforme a las cuales la Corte actuará sobre el particular.
En cuanto a la competencia, se expresa que se incorporaron dos nuevos preceptos, en los cuales se establecieron las bases para su ejercicio, diferenciándose figuras para los casos de remisión por los Estados o motu proprio, como la iniciativa del Fiscal, y por parte del Consejo de Seguridad, lo cual se contempla en los artículos 15 bis y 15 ter, respectivamente.
Con todo, la competencia de la Corte, tanto en relación con una disposición y otra, tendrá lugar solo en cuanto a los crímenes de agresión acaecidos un año después de la ratificación o aceptación de las enmiendas por treinta Estados Partes y una vez que se adopte una decisión, no antes del 1° de enero de 2017, por la misma mayoría requerida para la aprobación de una enmienda del Estatuto.
Ha sido una preocupación, tanto de los miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores como de los integrantes de la Comisión de Constitución, la necesidad de definir en virtud de una ley de nuestro país el delito de que se trata. Sobre esa base, conversamos con el señor Canciller a fin de que se pueda generar un compromiso con la Sala de esta Corporación en orden a remitir prontamente un proyecto en tal sentido, tal como ocurrió con el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los de guerra. Para ello, el Director Jurídico de la Cancillería nos ha expuesto un borrador, con el objeto de poder señalar claramente en qué consiste el hecho. Ello es muy relevante, puesto que si la legislación nacional no lo hace, será la Corte la que finalmente se haga cargo de precisarlo y sancionarlo.
Por lo mismo, sugerimos que el señor Ministro envíe en el más breve plazo, en virtud de los acuerdos suscritos, la iniciativa que determine el concepto, para los efectos de evitar una indefinición respecto de un tipo penal que nos parece relevante y que pudiera generar una vulneración de la soberanía legislativa en caso de no encontrarse contemplado claramente en nuestro ordenamiento jurídico interno.
He dicho.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro de Relaciones Exteriores.

El señor MUÑOZ (Ministro de Relaciones Exteriores).- Señor Presidente, concurro con satisfacción al Senado en la fase conclusiva del proceso de aprobación legislativa de las enmiendas al Estatuto de Roma, por el cual se creó la Corte Penal Internacional, adoptadas en Kampala, Uganda, el 11 de junio de 2010. Las modificaciones cubren dos tipos de aspectos: por una parte, la agresión, y, por la otra, una actualización de ciertos crímenes de guerra.

a.- El crimen de agresión
Como bien se sabe, al momento de aprobarse el Estatuto de Roma, de la Corte Penal Internacional, el 17 de julio de 1998, solo se logró acuerdo entre los Estados participantes en la Conferencia para incorporar el crimen de agresión dentro de la lista de aquellos de competencia del Tribunal, pero tanto la definición correspondiente como las condiciones en virtud de las cuales se procedería al respecto quedaron supeditadas a la Conferencia de Revisión.
Estos son los puntos relevantes que las enmiendas vienen a resolver. Con ellas, la Corte supera una limitación y un vacío bastante importantes que la afectaban como órgano judicial penal. Con la inclusión del hecho que nos ocupa dentro de su jurisdicción efectiva, se puede exhibir como el tribunal que la comunidad internacional buscó por largos años.
Esta última ha recorrido, desde la proscripción del uso de la fuerza en las relaciones entre los Estados hasta la sanción penal a los individuos que participen en actos constitutivos de agresión, un largo camino de progreso en el terreno jurídico. En efecto, la agresión constituye la violación de una de las normas angulares del moderno sistema jurídico internacional, como lo es la que prohíbe la amenaza o el uso de la fuerza en dichas relaciones, la que se considera, además, como una norma imperativa del derecho internacional general.
¿Qué razones impidieron en Roma incorporar plenamente el crimen de que se trata? Fundamentalmente, la falta de consenso en ese momento acerca de la definición y de los mecanismos para activar la jurisdicción de la Corte a su respecto. El acuerdo se alcanzó, luego de cerca de doce años de un largo trabajo, en la Conferencia de Revisión, en Kampala.
En lo referente a la determinación de la existencia de un acto de agresión, la Carta de las Naciones Unidas le otorga al Consejo de Seguridad una facultad amplia, en virtud de su artículo 39 y siguientes.
Tratándose de un hecho de esta índole en la esfera de las relaciones entre los Estados, la Asamblea General adoptó la resolución 3314, en la que lo definió y se determinaron una serie de comportamientos caracterizados como tales.
En el ámbito propiamente penal internacional, las enmiendas establecen que una persona comete "crimen de agresión" cuando, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por sus características, gravedad y escala constituye una violación manifiesta de la Carta.
Luego, siguiéndose la definición de la resolución mencionada, se determina que un hecho de esa índole es el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro, o en cualquier forma incompatible con la Carta, y se añade que, de conformidad con la misma resolución, cualquiera de los actos siguientes se caracterizará "de agresión":
a) La invasión o el ataque de las fuerzas armadas de un Estado al territorio de otro, o toda ocupación militar;
b) El bombardeo, por las fuerzas armadas de un Estado, al territorio de otro;
c) El bloqueo de los puertos o las costas de un Estado;
d) El ataque, por las fuerzas armadas de un Estado, contra las fuerzas armadas terrestres, navales o aéreas de otro;
e) La utilización, en violación de las condiciones establecidas en el acuerdo respectivo, de fuerzas armadas de un Estado que se encuentran en el territorio de otro con la conformidad de este;
f) La acción de un Estado que permite que su territorio, que ha puesto a disposición de otro, sea utilizado por este último para perpetrar un acto de agresión contra un tercero, y
g) El envío por un Estado, o en su nombre, de bandas armadas, grupos irregulares o mercenarios que lleven a cabo actos de fuerza.
Como se puede advertir, los requisitos para estar en presencia de un acto de agresión son muy estrictos, exigiéndose un ataque armado a otro Estado en forma contraria al derecho internacional, por lo que claramente no caben dentro del concepto las acciones permitidas por ese ordenamiento, como la legítima defensa, individual o colectiva, o las de carácter coactivo llevadas a cabo por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
No basta con cometer un acto de agresión para incurrir en un crimen de competencia de la Corte. En efecto, para perpetrar este último, la ejecución debe corresponder a una persona que, en el ejercicio del control efectivo político o militar del Estado, como dije antes, planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión, el cual, a su vez, debe ser calificado. Se requiere que, por sus características, gravedad y escala, constituya una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas.
La definición en el artículo 8 bis no deja ninguna duda de que el uso de la fuerza en legítima defensa, así como en el caso de ser autorizado por el Consejo de Seguridad, no califica como acto de agresión.
Los Estados Partes del Estatuto de Roma, por lo tanto, se aseguraron cuidadosamente de que las enmiendas sobre el particular no afectaran negativamente los intereses legítimos de seguridad de los Estados.
El segundo elemento relevante relacionado con el crimen de agresión tiene que ver con los aspectos procesales.
Aquí nos encontrábamos frente a diversas situaciones que era preciso considerar y ponderar para alcanzar los equilibrios que permitieran lograr una solución que armonizase las distintas aristas: por una parte, las facultades del Consejo de Seguridad en lo referente a la determinación de la existencia de la agresión, las cuales el Estatuto de Roma no altera en absoluto; por la otra, la necesidad de independencia de la Corte al ejercer jurisdicción.
Finalmente, se alcanzó una solución equilibrada, que asegura la independencia del Tribunal.

b.- Actualización de los crímenes de guerra
Las enmiendas también contemplan una actualización de los crímenes de guerra, consistentes en tres conductas especialmente graves que solo se han considerado con este carácter en conflictos armados internacionales, a saber: emplear veneno o armas envenenadas; gases asfixiantes, tóxicos o similares, o balas que se ensanchan o aplastan fácilmente en el cuerpo humano. Lo anterior asimismo dice relación ahora con los conflictos armados sin carácter internacional, porque no existía razón alguna para no incluir en ellos esos tipos penales.
Adecuación normativa interna
Como ha dicho el Senador señor Chahuán, la aprobación de las modificaciones hará necesario, para garantizar la plena aplicación del principio de complementariedad contenido en el Estatuto de Roma, la enmienda de la ley N° 20.357, de 2009, que Tipifica Crímenes de Lesa Humanidad y Genocidio y Crímenes y Delitos de Guerra, a fin de incorporar el crimen de agresión, como tal, en nuestra legislación penal y extender los crímenes de guerra antes señalados a los conflictos armados no internacionales. En este sentido, el Gobierno asume el compromiso político de impulsar la ley de implementación con anterioridad a la entrada en vigor en nuestro país de las modificaciones.
Consideraciones finales
Para un país como el nuestro, que ha sido un firme partidario del establecimiento de la Corte Penal Internacional y un permanente sostenedor de su accionar, la aprobación de la iniciativa en debate constituye un hito de gran relevancia, más aún al haber estado apegado siempre a la vigencia y la defensa del derecho internacional, especialmente en relación con los derechos humanos.
Muchas gracias.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para que el Honorable señor Tuma asuma como Presidente accidental por algunos minutos.
Acordado.
Puede intervenir el Senador señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, nos encontramos frente a un proyecto que busca complementar el Estatuto de Roma en aspectos que quedaron pendientes de aprobación.
Como se recordará, ese instrumento entró en vigor internacional el 1° de julio de 2002 y fue ratificado por Chile el 29 de junio de 2009, rigiendo para nuestro país el 1° de septiembre de este último año.
El Tratado le da competencia a la Corte Penal Internacional en tres delitos determinados: genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. Había enunciado un cuarto, el de agresión, pero quedó pendiente la tipificación respectiva, que tuvo lugar en junio de 2010, en Kampala, con motivo de la Conferencia de Revisión del Estatuto. Ello ha sido explicado por el Canciller y por el Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores.
Quisiera recordar que la ratificación por nuestro país fue antecedida por gestiones que se hicieron desde las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Constitución de la época. Me tocó participar en esas diligencias. Incluso, junto con el entonces Senador Sergio Romero fuimos a La Haya, donde la Corte tiene su sede, y pudimos interiorizarnos de su trabajo, lo que nos dio una cierta tranquilidad respecto de la seriedad y responsabilidad con que se estaba llevando a cabo su instalación.
Ahora bien, la actuación de dicho organismo jurisdiccional es a título subsidiario, es decir, puede intervenir si un Estado adherente no desarrolla la responsabilidad de perseguir los delitos señalados y existe una denuncia. Por lo tanto, cuando se planteó nuestra adhesión al Estatuto de Roma, nosotros hicimos presente que estaríamos de acuerdo con dar ese paso si se cumplía la condición de que Chile los tipificara en su legislación.
De esa manera, se debería determinar primero si esta última ha sido debidamente utilizada o no. Porque puede darse el escenario de que en nuestro país no exista un Estado de Derecho y no se respeten las leyes que, por ejemplo, castigan el genocidio o los crímenes de lesa humanidad, sin que los tribunales procedan en forma alguna ni existan sanciones, y de que en esa situación de anarquía o de abuso pueda ser necesario que la Corte Penal Internacional actúe en subsidio.
A la inversa, si nuestro Estado de Derecho está funcionando y se formulan denuncias por cualquiera de estos ilícitos, con una operación normal de nuestros tribunales, no hay justificación para que la intervención se lleve a cabo.
Se logró un acuerdo legislativo, entonces, producto de un trabajo coordinado desde la Secretaría General de la Presidencia de la fecha y que encabezó el jurista Enrique Cury, a quien siempre recordamos con cariño, y, sobre la base de una moción que presentamos un grupo de Senadores de la época, finalmente logramos que se tramitara y sancionara el proyecto que modificaba el Código Penal e incorporaba estas figuras penales.
Después se procedió a aprobar el Tratado de Roma en aquello que ya estaba regulado, esto es, los tres delitos a que me he referido: genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. El de agresión quedó pendiente, y es eso lo que se somete hoy día a la consideración de la Sala, con una diferencia: no lo tenemos tipificado en nuestra legislación.
Los Comités de Renovación Nacional y de la UDI hicimos presente en reunión de Comités la conveniencia de contar con la seguridad de que vamos a normar la situación antes de que el texto entre en vigencia. Habría sido deseable que ello hubiera ocurrido con anterioridad a la presente sesión, por muchas razones. La iniciativa en examen viene siendo impulsada desde hace algún tiempo. De hecho, la aprobación fue solicitada por el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera y ha demorado. No quisiéramos nosotros ser obstáculo para que el proyecto sea acogido en esta oportunidad, pero hemos planteado como requisito que antes de que el Tratado rija plenamente, en 2017, podamos contar en Chile con la legislación que regule el delito de agresión.
El Ministro señor Heraldo Muñoz acaba de manifestar su compromiso en el sentido de que eso va a ser así. Y la misma información nos había dado la Honorable señora Allende, entonces Presidenta del Senado, luego de conversar con distintas autoridades del Gobierno.
Y, de hecho, ya hay un primer borrador, que vamos a trabajar con la finalidad de asegurar el propósito perseguido.
El punto no es menor, porque se plantean aspectos que creo necesario definir.
Desde luego, las modificaciones del Tratado no consisten solo en la tipificación de la agresión, sino que también se agregan hipótesis distintas en los crímenes de guerra, lo que ha de ser complementado por nuestro ordenamiento. Tales ilícitos ya están regulados, pero las nuevas acciones que se plantean -por ejemplo, el empleo de veneno o de armas envenenadas, o de gases asfixiantes, tóxicos o similares, o de balas que se ensanchan o aplastan fácilmente en el cuerpo humano, etcétera- han de ser recogidas en las disposiciones correspondientes, con una ampliación de sus términos, para hacerlas coherentes y así mantener el principio de subsidiaridad en el funcionamiento de la Corte.
Y después cabe regular el crimen de agresión. Aquí, el Canciller y el Presidente de la Comisión se refirieron al concepto que utiliza el Tratado, pero es algo que necesita alguna precisión. Porque el artículo 8 bis del Estatuto dice que "una persona comete un "crimen de agresión" cuando, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, dicha persona planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por sus características, gravedad y escala constituya una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas".
Ahora, la pregunta es qué ocurre cuando un país como el nuestro, adherente a este tratado, sigue un proceso interno de declaración de guerra ante situaciones de amenaza de otro país -no imaginemos cuál- y, de acuerdo a las normas de su Estado de Derecho, decide, por razones de subsistencia o por las que estime convenientes, tomar una acción de guerra o de carácter bélico.
¿Podría considerarse aquella una limitación a su soberanía, una situación que le impediría actuar?
Porque a continuación se agrega que, de conformidad con una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, "cualquiera de los actos siguientes, independientemente de que haya o no declaración de guerra, será considerado como un acto de agresión". Y se configuran una serie de hipótesis, de las cuales algunas son francamente insostenibles, pero otras son partes normales de un conflicto bélico.
En consecuencia, creo que nosotros debemos cautelar y tener la certeza de que cuando Chile necesite, por razones de subsistencia o por razones de su destino, tomar acciones de esa naturaleza -ojalá nunca lo deba hacer, pero no podemos pensar que esa es una hipótesis inexistente- pueda actuar y no se vea limitado por una situación que le impida adoptar decisiones de ese tipo.
Considero que esta podría ser una limitación muy fuerte para nuestro país, para su soberanía y para el propio funcionamiento de nuestras Fuerzas Armadas.
Yo -repito- quisiera que Chile jamás volviera a tener un conflicto militar con nadie.
Pido un minuto más, señor Presidente, para poder terminar.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Puede continuar, señor Senador.

El señor LARRAÍN.- Gracias.
Uno, sin embargo, señor Presidente, no puede pensar que nunca se va a dar ese escenario. Y es posible que, para su subsistencia, para actuar en legítima defensa, un país tenga que recurrir a acciones de tal naturaleza, no incompatibles con el orden internacional. Entiendo que la idea es cautelar que el tipo de respuesta, en caso de conflicto bélico, no sea cualquiera, sino una que sea razonable y se ubique dentro de las reglas de la civilización actual.
Lo subrayo porque me parece que hay que ser especialmente cuidadosos a la hora de tipificar este delito en Chile, para que todos tengamos la tranquilidad de que ello no será lesivo o atentatorio contra nuestros intereses.
Por tales consideraciones, y sabiendo la opinión del Canciller, vamos a aprobar las enmiendas al Estatuto de Roma.
Y pido unos últimos treinta segundos, señor Presidente, para señalar algo que se me olvidaba.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Treinta segundos, señor Senador.

El señor LARRAÍN.- Solamente quiero agregar que, conociendo de este proyecto, la Corte Suprema manifestó que compartía la inquietud que hemos planteado.
Mediante oficio que le hizo llegar a nuestra Corporación, manifestó: "Si bien el Estatuto de la Corte Penal Internacional no contiene la obligación expresa para sus Estados partes de tipificar los crímenes internacionales en el derecho nacional, con el objeto de hacer efectivo el rol de complementariedad de la Corte, se hace necesaria y oportuna la implementación nacional de la regulación de los crímenes internacionales. Como ya se señaló, en nuestro país fue publicada en el año 2009 la Ley N° 20.357 que establece los crímenes de lesa humanidad y genocidio y los crímenes y delitos de guerra".
Por lo tanto, la Corte Suprema también avala la necesidad de que Chile tipifique la agresión como un delito en nuestra legislación, siguiendo el planteamiento que el país hizo cuando se adhirió, en primeras aguas, al Estatuto de Roma.
Creo que la opinión de la Corte Suprema nos ayuda a entender que lo que estamos expresando tiene respaldo jurídico y, estando de acuerdo el Ejecutivo, nuestro Máximo Tribunal y el Senado, pienso que tendremos la responsabilidad de obrar en consecuencia.
He dicho.

El señor HARBOE.- ¿Puede abrir la votación, señor Presidente?

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- ¿Habría inconveniente en abrir la votación?
Acordado.
En votación el proyecto de acuerdo.
--(Durante la votación).

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, la verdad es que me siento interpretado por lo manifestado tanto por el Senador Larraín como por las autoridades de Gobierno.
Simplemente, deseo hacer una breve reflexión.
En primer lugar, quiero recordar que el Estatuto de Roma entró en vigor internacional el 1 de julio de 2002, fue ratificado por Chile el 29 de junio del 2009 y entró en vigencia para nuestro país el 1 de septiembre del mismo año.
Lo que hizo fue poner en vigencia la Corte Penal Internacional, que tiene por objeto juzgar determinados delitos (particularmente cuatro de ellos: el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y la agresión), cuando estos delitos no son sancionados en los países donde se cometen, por dos razones: o porque definitivamente no están tipificados en ellos como conductas delictuales -por tanto, no existe sanción-, o porque los tribunales de esos países derechamente no se rigen por las normas del Estado de Derecho -en castellano, son tribunales que operan en dictaduras y que en realidad no cumplen con la función de administrar justicia-.
Entonces, con el propósito de impedir que dictadores que cometen genocidio, crímenes de guerra y delitos que son de enorme reproche social queden en la impunidad, las sociedades modernas y los Estados de Derecho democrático se organizaron y decidieron instaurar un tribunal que conociera de estos delitos cuando se cumpliera uno de los dos requisitos mencionados. Es decir, la Corte Penal Internacional actúa en subsidio, en sustitución, en el caso de que los delitos no estén tipificados en un país o los tribunales no operen de acuerdo a las normas de un Estado de Derecho.
Lo anterior nos parece muy bien, porque impide que queden en la impunidad violadores de derechos humanos que actúan a diestra y siniestra, amparados en tribunales que no cumplen con su deber y bajo dictaduras que cometen todo tipo de atrocidades. Y en el mundo moderno la defensa de los derechos humanos debe ser uno de los principales valores que la sociedad debe proteger, sea en hechos que ocurran en el propio país o en hechos que se perpetren en cualquier lugar del mundo.
En consecuencia, luego de suscribir el Estatuto de Roma que dio origen a la Corte Penal Internacional, lo que hizo Chile fue cumplir con su deber y tipificar estos delitos.
Fue así como un grupo de Senadores (los señores José Antonio Gómez, Hernán Larraín, Pedro Muñoz Aburto, Mariano Ruiz-Esquide y el que habla), presentó una moción en tal sentido, que contó con el apoyo de toda la Corporación y del Gobierno de aquel entonces, que era, según recuerdo, el de la Presidenta Bachelet.
Pues bien, tipificamos el delito de genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra. En ese entonces el Estatuto de Roma no había incorporado aún el delito de agresión.
Asumido el Gobierno del Presidente Piñera, se realiza en Kampala, Uganda, entre el 31 de mayo y el 11 de junio de 2010, la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma, en la cual los países se comprometen a tipificar justamente el delito de agresión.
Para tal efecto, el actual Gobierno plantea un proyecto de acuerdo, originado en la Administración del Presidente Piñera, con el objeto de cumplir con la decisión de legislar sobre la materia. Y es la razón por la cual votaremos a favor.
Pero, tal como lo hemos conversado con el señor Ministro y en particular con el asesor jurídico de la Cancillería -al que conocemos desde hace mucho tiempo, con quien hemos trabajado conjuntamente en diversos asuntos y que, al igual que el señor Ministro, nos da plena fe de que se cumplirá plenamente la palabra empeñada-, lo que tenemos que hacer nosotros, inmediatamente después de aprobar el proyecto de acuerdo, es tipificar el delito de agresión, por dos razones. Primero, porque, si no lo hacemos, estaremos renunciando a que hechos de esa naturaleza sean juzgados por tribunales chilenos -y, por tanto, entregándole competencia a un tribunal internacional sobre algo que debiera ser juzgado por jueces nacionales-. Y segundo, porque es importante cómo se tipifique la figura. Por regla general, el delito de agresión tratará de casos en que las Fuerzas Armadas chilenas se encuentren involucradas en un conflicto armado. Y hay determinadas hipótesis en que un país agrede a otro sin justificación -porque no actúa en legítima defensa- y, en consecuencia, actúa como país agresor, situación en que se señala que está infringiendo las normas del Derecho Internacional e incurriendo en una conducta que merece ser sancionada.
Por eso, la figura debe quedar muy bien tipificada.
Y la preocupación que yo tengo -que comparten los Senadores de Renovación Nacional y en la cual creo interpretar a todos los de la Oposición y, me imagino, también a los de Gobierno- es que no basta con efectuar la tipificación. La descripción de la conducta que se va a sancionar debe ser muy clara, porque, si no, el día de mañana podría ocurrir que, por una acción de confrontación con otro país -¡Dios quiera que nunca suceda!-, nos veamos obligados, a pesar de haber actuado dentro del marco del Estado de Derecho chileno -estamos hablando de períodos democráticos- y a pesar de haber sido objeto de una agresión, a que nuestros militares y mandos civiles o castrenses terminen siendo juzgados por la Corte Penal Internacional, lo que obviamente significaría un debilitamiento de la acción de las Fuerzas Armadas chilenas.
Por eso, hago la prevención de que aquí hay un acto de buena fe. Nosotros estamos confiando en el compromiso del señor Canciller y de su asesor jurídico -a quien, repito, conocemos desde hace muchos años-, en el sentido de que vamos a concordar -como lo hicimos la otra vez- una norma que no puede ser redactada sino por expertos en Derecho Penal Internacional. ¡Si esto no es un tema político! La figura debe ser delineada por expertos en la materia que se aseguren de que el precepto se hallará confeccionado en términos adecuados para cumplir con la finalidad que se persigue.
Lo digo porque, lamentablemente, tenemos conflictos con algunos países. Y no quisiera que una equivocación en la redacción se prestara para que naciones vecinas -ya hemos visto presiones indebidas en el último tiempo- presentaran acciones judiciales en contra de autoridades de Gobierno o de miembros de las Fuerzas Armadas de Chile producto de la interpretación antojadiza de una norma cuya finalidad es muy distinta, cual es impedir que un país agreda a otro sin justificación alguna y entre en un estado de guerra que no corresponde entre pueblos que deben entenderse por la vía diplomática. Las acciones de violencia o de guerra que enfrentan a dos países -ojalá, reitero, que nunca ocurran- corresponden a situaciones de excepción, de legítima defensa.
Señor Presidente, nosotros vamos a votar a favor del proyecto de acuerdo. Lo analizamos. Hay un acto de confianza, de buena fe, en que la norma será redactada técnicamente y en que resguardará la soberanía de Chile, a nuestras autoridades políticas -del gobierno que sea- y también a nuestras Fuerzas Armadas, con el objeto de que el día de mañana no pueda ser mal usada o tergiversada por países que quieran generar conflictos a propósito de la acción que Chile pueda emprender debido a una situación de hostilidad que, por supuesto -lo vuelvo a decir por tercera vez-, nadie desea que ocurra.
En consecuencia, por las razones que hemos señalado y con las prevenciones que hemos planteado, votamos a favor de la presente iniciativa, confiando en que no tendremos que esperar hasta el año 2017 para dictar la norma, sino en que la despacharemos en las próximas semanas o meses.
Tuve oportunidad de conversar hoy día con el Ministro Burgos y le pregunté al respecto. En su calidad de titular de Defensa, también me parece muy importante su opinión. Obviamente, él y el Canciller forman parte de un mismo gabinete, por lo que, cuando uno habla, el otro se halla presente. Pero me parece que se trata de una norma que debe concordarse. Y no tengo dudas de que ese es el espíritu que hasta ahora ha primado en nuestro país en cuanto a que nos encontramos ante una política de Estado.
Por todas las consideraciones que he indicado, señor Presidente, los Senadores de Renovación Nacional aprobamos el proyecto de acuerdo.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Orpis.

El señor ORPIS.- Señor Presidente, Honorable Sala, me parece extremadamente delicado el precedente que estamos estableciendo esta tarde. Lo señalo porque ahora hay una diferencia con lo que ocurrió con los crímenes de lesa humanidad, que fueron tipificados en la legislación interna antes de ratificarse el tratado pertinente, de modo que la competencia de la Corte Penal Internacional pasara a revestir carácter subsidiario.
Yo no tengo por qué dudar de la buena fe del señor Ministro o de las autoridades de la Cancillería, pero aquí puede darse la hipótesis de que el 2017 no esté tipificado todavía el delito. Y, tal como lo han señalado Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra, estamos frente a situaciones delicadas, complicadas, que tienen que ver con cuestiones de carácter bélico y con asuntos vinculados con la soberanía.
Por lo tanto, en una materia que presenta distintos matices, donde se hallan involucradas las Fuerzas Armadas, aprobar el proyecto de acuerdo en estas condiciones me parece extremadamente delicado. Y esto es válido no solo respecto de este tratado, sino también respecto de cualquier otro que limite nuestra soberanía.
En estos momentos, el hecho de que la agresión no se encuentre tipificada en nuestro ordenamiento significa que estamos limitando nuestra soberanía, pues le estamos confiriendo, automáticamente, competencia a la Corte Penal Internacional.
Yo no sé cuál es el apuro por aprobar estas enmiendas si no está previamente tipificada la figura. Distintos señores Senadores han planteado los matices que se pueden presentar y las dificultades que puede generar una tipificación de las características de la que se consigna en la página 6 del informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
A mí me parece extremadamente delicado el paso que se está dando.
Como parlamentario y como chileno, primero me gustaría tener tipificada la agresión en nuestra legislación interna antes de someternos a la Corte Penal Internacional, para contar con la misma garantía que logramos a propósito de los crímenes de lesa humanidad, que fueron definidos y delineados preliminarmente en nuestro ordenamiento jurídico.
Sinceramente, más allá de la buena fe que pueda expresar el señor Ministro -no me cabe ninguna duda de que la tiene- en lo personal no me atrevo a dar este paso, por el contenido de lo que significa la tipificación de la figura y por la materia de que se trata.
Antes de renunciar a la soberanía de nuestro país en un aspecto jurídico de tremenda sensibilidad, quisiera tener plena garantía de la forma como se ha tipificado la agresión a nivel interno, para asegurarme de que la competencia de la Corte Penal Internacional se aplicará con carácter subsidiario.
He dicho.

El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo (25 votos a favor y una abstención), dejándose constancia de que se reúne el quórum constitucional requerido.
Votaron por la afirmativa las señoras Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Chahuán, De Urresti, Espina, García-Huidobro, Harboe, Horvath, Hernán Larraín, Matta, Montes, Moreira, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvo el señor Orpis.




MODIFICACIÓN DE CÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES EN MATERIA DE DISTRIBUCIÓN DE CAUSAS Y ASUNTOS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA


El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los Senadores señor De Urresti, señora Allende y señores Araya, Harboe y Quinteros, que modifica el Código Orgánico de Tribunales en materia de distribución de causas y asuntos de jurisdicción voluntaria, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.679-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señor De Urresti, señora Allende y señores Araya, Harboe y Quinteros):
En primer trámite, sesión 60ª, en 4 de noviembre de 2014.
Informe de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 70ª, en 26 de noviembre de 2014.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- El objetivo de la iniciativa es asegurar una distribución equitativa de la carga de trabajo entre tribunales equivalentes. Para estos efectos, se erradica el actual sistema de turnos que se utiliza para distribuir las causas que ingresan a tramitación judicial en los juzgados de letras en aquellas comunas o agrupaciones de comunas que no son asiento de Corte de Apelaciones y, en su lugar, se establece un método informático de distribución, que será aplicado por el primer juzgado de letras de la respectiva comuna o agrupación de comunas.
La Comisión de Constitución discutió este proyecto solamente en general y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Araya, De Urresti, Espina y Harboe.
Cabe destacar que las dos disposiciones del proyecto son normas orgánicas constitucionales, por lo que requieren para su aprobación 19 votos favorables.
El texto que se propone aprobar se transcribe en la página 19 del primer informe de la Comisión y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- En discusión general el proyecto.

Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, la iniciativa que comenzamos a estudiar tiene origen en una moción de quien habla, en conjunto con los Senadores señora Allende y señores Araya y Quinteros.
En ella analizamos los sistemas que el Código Orgánico de Tribunales prevé en la actualidad para distribuir los asuntos que deben ser conocidos por los juzgados de letras en lo civil, uno de los cuales es la regla de la distribución, que opera en aquellos juzgados que se ubican en la comuna o agrupación de comunas asiento de Corte de Apelaciones y consiste en la distribución directa que realiza diariamente el Presidente de la Corte respectiva. En la práctica, esta tarea se realiza en forma computacional, de manera que al momento de presentarse una demanda o de realizarse cualquier otra gestión judicial inmediatamente se le asigna un tribunal y un número de rol.
El otro criterio es la denominada regla del turno, que funciona en los juzgados que no se ubican en la comuna o agrupación de comunas asiento de Corte de Apelaciones, y consiste en la distribución por turno entre los diversos juzgados competentes para conocer de determinada materia en un mismo territorio.
La experiencia muestra que aun cuando el sistema del turno es el más utilizado por las diversas legislaciones, por su claridad y sencillez, adolece de un defecto: en la práctica, entrega a las partes la elección del tribunal, lo que no solo lo aleja de lo deseable, sino que produce una distribución inequitativa de la carga de trabajo entre los tribunales equivalentes. Esto resulta evidente al revisar las estadísticas de ingresos de causas en los juzgados de letras en lo civil a lo largo del país, los cuales muestran diferencias desproporcionadas en su carga laboral, lo que contrasta con la realidad de aquellos en que opera la regla de la distribución.
Por lo anterior, se torna necesario introducir un cambio a este sistema, de manera de asegurar una distribución de la carga laboral más objetiva y equitativa entre los juzgados con una misma competencia territorial.
Con tal propósito, el proyecto en estudio modifica el artículo 175 del Código Orgánico de Tribunales a fin de erradicar de nuestro ordenamiento jurídico el criterio del turno y de aplicar, en su lugar, la regla de la distribución en juzgados de letras ubicados en comunas o agrupación de comunas que no son asiento de Corte de Apelaciones. Para estos efectos, se establece que el Primer Juzgado de Letras de la comuna o agrupación de comunas hará dicha distribución mediante un sistema informático idóneo, velando por lograr una asignación equitativa entre los diversos tribunales.
Esta iniciativa, que responde a una de las inquietudes centrales que guían el trabajo de la Comisión de Constitución, apunta a modernizar y mejorar la administración de justicia, y fue analizada con la participación del académico procesalista y doctor en Derecho señor Oscar Silva.
El profesor Silva valoró el principio que se persigue y coincidió en que, efectivamente, en este momento el sistema de turno favorece una especie de "forum shopping", dado que, en el fondo, el justiciable y su abogado pueden seleccionar el tribunal donde se sustanciará su demanda y elegir, de este modo, a aquel que consideren más eficiente y que evacue una sentencia más acorde a sus pretensiones.
Para perfeccionar este proyecto, el profesor Silva sugirió contemplar también una fórmula que permita la presentación electrónica de las demandas, la que coexistiría con el método de presentación física que en este momento se plantea. Explicó que este camino ya se encuentra allanado por un Auto Acordado de la Corte Suprema que regula la tramitación electrónica en los tribunales con competencia civil, que comenzó a regir en enero del presente año.
Así, el Código Orgánico de Tribunales acogerá una fórmula ya aceptada por el Máximo Tribunal, y abrirá paso a la implementación progresiva de las tecnologías de la información en materia judicial.
Al respecto, cabe señalar, señor Presidente, que está en discusión un proyecto sobre tramitación electrónica dentro del Poder Judicial, al cual hemos formulado indicaciones, que será un gran avance.
A la vez, este mecanismo evitará el riesgo de sobrecarga al Primer Juzgado de Letras de la respectiva comuna o agrupación de comunas, lo que no obsta a que el interesado continuará disponiendo de la posibilidad de presentar su demanda en forma personal.
Hubo consenso entre los miembros de la Comisión en cuanto a la pertinencia de la iniciativa y de la propuesta recién explicada. En todo caso, se hizo presente la conveniencia de conocer el parecer de la Excelentísima Corte Suprema, el cual fue favorable, y así fue informado en la Comisión, sin perjuicio de que se sugirieron algunos ajustes complementarios.
Con esos elementos, en la discusión en particular podremos llegar a un texto perfeccionado, que sin duda dará una solución adecuada al tema ya referido de la distribución de causas.
Debo informar que este proyecto fue votado a favor por todos los integrantes de la Comisión de Constitución.
Creemos fundamental, en la perspectiva de la modernización, de la tramitación y, principalmente, de la distribución de las causas, votar a favor de esta iniciativa.
He dicho.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Araya.

El señor LARRAÍN.- Pido que se abra la votación.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- ¿Habría acuerdo para ello?
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Araya.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, el proyecto que ahora votamos es otro más dentro de una serie de iniciativas que buscan perfeccionar la justicia civil como antesala para la gran reforma procesal civil que todos esperamos.
Si bien se trata de temas que pueden parecer bastantes técnicos, al igual que la iniciativa sobre tramitación electrónica que votamos en días pasados, no debemos olvidar que todas estas reformas permiten una mejor administración de justicia, a fin de lograr mayor cercanía entre la justicia y la ciudadanía.
Actualmente, tenemos dos sistemas de distribución de causas en nuestros tribunales nacionales: la regla de los turnos, los cuales se ejercen por semanas entre los distintos tribunales civiles de comunas que no son asiento de Corte de Apelaciones; y la regla de distribución de causas propiamente tal, que implica que la Corte de Apelaciones respectiva sea la que distribuya a qué tribunal, dentro de la comuna de su asiento, corresponderá el conocimiento de determinado asunto judicial.
Como se puede apreciar, la regla de los turnos permite lo que en algunas áreas del Derecho se denomina el "forum shopping", que consiste en elegir el tribunal más conveniente para demandar, por ejemplo, por las estadísticas favorables a fallar en cierto sentido. Ello trae como consecuencia, o efecto adverso adicional, una desigual distribución del trabajo entre los diversos tribunales de la agrupación de comunas.
El presente proyecto busca eliminar el fenómeno recién descrito, al suprimir la facultad de las personas para elegir ante qué tribunal se quiere demandar, lo cual trae beneficios en materia de igual aplicación de la ley y distribución equitativa de trabajo entre los distintos tribunales.
Con todo, en conversaciones sostenidas con la Corte Suprema sobre esta iniciativa, se ha planteado la posibilidad de ampliar su alcance en el sentido de radicar determinadas causas en ciertos tribunales, haciendo una distribución especializada por materias.
Eso no es algo completamente innovador en nuestra legislación, ya que existe en el caso de las causas de quiebra o de reorganización, y permite una justicia especializada más rápida, un descongestionamiento del sistema judicial y, en general, una mejor administración de justicia.
Por consiguiente, junto con anunciar mi voto favorable, formulo un llamado a la Sala a aprobar esta iniciativa para que, sumada a otras que van en esta misma línea, logremos una justicia más cercana a la ciudadanía, una justicia más rápida y mejor, y de esta forma vayamos adelantando pasos a la espera de la aprobación de la nueva justicia civil.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, tal cual se ha dicho, este proyecto es muy sencillo pero tiene un enorme significado y causará mucha repercusión. Hoy día, de acuerdo a lo que establece el Código Orgánico de Tribunales, en comunas o agrupaciones de comunas donde hubiere más de un juez de letras, las causas se reparten, según dispone el artículo 175, a través de un turno entre todos los jueces. Esto quiere decir que dos o más jueces que existan en esa comuna o agrupación de comunas periódicamente vayan recibiendo las causas que lleguen en el período correspondiente.
Lo anterior se presta para que, por ejemplo, algunos que consideren que ciertos jueces son más generosos que otros esperen el turno de estos para presentar las causas. También para que, de pronto, en determinado período, con otro juez de turno, lleguen muchas causas, y en el período siguiente, con uno diferente, no se presenten tantas.
Por lo tanto, se presta también para una distribución inequitativa. Y hay juzgados con muchísima más labor que otros, producto, precisamente, de lo que acabo de señalar.
Con la presente proposición se erradica el actual sistema de turnos utilizado para distribuir las causas que ingresan a tramitación judicial y se permite, a través de un sistema informático, que aplicará el primer juzgado de la respectiva comuna o de la agrupación de comunas, una distribución equitativa de causas entre distintos tribunales.
A mí me parece que este mecanismo garantiza, sin lugar a dudas, una mayor justicia, imparcial y objetiva ante todo. No se va a poder esperar el turno del juez eventualmente más favorable a la causa y no se producirán recargas o concentraciones de causas en un juzgado por sobre otro.
Eso permitirá más justicia, más imparcialidad y más equidad en el trabajo de los distintos juzgados.
Por tales consideraciones, que son -como se puede apreciar- muy sencillas pero de enorme impacto, aprobamos en la Comisión la iniciativa presentada por un grupo de Senadores, a quienes felicitamos por el trabajo efectuado, y hoy día lo hacemos en la Sala.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Harboe.

El señor HARBOE.- Señor Presidente, el proyecto de ley en estudio busca resolver en especial un problema transversalmente reconocido por los diferentes sectores políticos y, también, por la Academia Judicial y la Barra de Abogados, como es la inicua distribución que se manifiesta respecto de aquellos asuntos conocidos por los juzgados de letras en lo civil.
En general, ello responde a la existencia de dos criterios aplicables, a la luz del Código Orgánico de Tribunales, para la asignación del trabajo judicial: las denominadas "reglas de la distribución" y "reglas del turno". Pero, en particular, la inequidad surge a partir del segundo criterio en cuestión y de las disfuncionalidades que este conlleva.
Teniendo en cuenta un cuidadoso estudio en relación con las reglas del turno, el cual rige en aquellas comunas que no son asiento de Corte de Apelaciones, es posible constatar y destacar dos urgentes problemáticas.
En primer lugar, en aquellas comunas o grupos de comunas que no son asiento de Corte de Apelaciones, como ocurre en la ciudad de Los Ángeles, resulta evidente la discrecionalidad de las partes en un juicio -la actora, en rigor- en cuanto a la posibilidad de seleccionar al tribunal donde presentar la demanda.
Las críticas vinculadas a dicha discrecionalidad se inclinan, incluso en doctrina, en el sentido de que aquella elección pueda depender de una eventual ponderación de criterios mayormente favorables para los intereses de la parte actora, toda vez que la regla del turno ha dado paso a una especie de "forum shopping". Sin embargo, aun compartiendo tan objetiva y realista crítica, creo oportuno señalar que la gravedad puede ir incluso más allá y acariciar el límite infranqueable de la igualdad ante la ley para las partes en una causa.
En efecto, si una persona ha de demandar, por ejemplo, en la ciudad de Chillán, se aplicará la regla de la distribución, es decir, será la Corte de Apelaciones la que determinará el tribunal que deba conocer de aquel litigio. No obstante, si esa misma persona ha de litigar en Los Ángeles o en la provincia de Arauco, que no son asiento de Corte, regirá entonces la regla del turno. Es decir, podrá -entre comillas- esperar o elegir el tribunal que le brinde mayor tranquilidad.
En segundo término, ha quedado demostrado, a partir del estudio cuantitativo del presente proyecto de ley, que la regla del turno materializa una evidente sobrecarga para algunos tribunales dentro de un mismo territorio jurisdiccional, en tanto que otros quedan con menor cantidad de causas. Esto también atenta contra una correcta gestión de aquellas y genera una sobrecarga de trabajo impresentable para muchos jueces que deben soportar la regla del turno.
La eliminación de esa regla y, en sustitución, la aplicación de un criterio objetivo basado en la regla de la distribución, coadyuvado por un sistema informático transparente, idóneo, permitirá no solo subsanar los problemas de la inequidad en la distribución y sobrecarga de trabajo para algunos tribunales, sino además que podamos anticiparnos a un problema que aqueja a muchas de las democracias occidentales: la excesiva duración de los procesos que una extrema sobrecarga en los juzgados conlleva y las repercusiones negativas de dicho trámite respecto de nuestros conciudadanos.
En tal sentido, permítanme citar la Convención Europea para la Salvaguarda de los Derechos del Hombre, a través de la cual se reconoce el derecho de toda persona a una razonable duración de los procesos en los que se ve involucrada. Esa disposición, obviamente, se ve alterada o afectada cuando existe una sobrecarga laboral que impide a los jueces y funcionarios, por más esfuerzos que hagan, sacar delante de manera oportuna la administración de justicia.
En conclusión, señor Presidente, el presente proyecto de ley no solo resuelve problemas inmediatos que aquejan al sistema de administración de justicia, sino que también eleva los estándares de modernidad y agilidad esperados para el sistema judicial de un país como el nuestro, que pretende ingresar en el restringido grupo de naciones desarrolladas.
Así las cosas, esta iniciativa, junto con buscar mejorar el trabajo judicial, apunta a racionalizar la operatividad de los juzgados civiles, principalmente en lo tocante a la tramitación de juicios ejecutivos, que en la actualidad alcanza al 85 por ciento del total de causas civiles ventiladas en los tribunales, cifra que en Santiago puede incluso ser superior.
Al respecto, señor Presidente, quiero hacer una acotación al margen y recordar algunos datos decidores del actual sistema de justicia civil.
El ingreso judicial, en el ámbito civil, superó el año 2012 los 2 millones 100 mil causas. De estas, aproximadamente 85 por ciento corresponde a juicios ejecutivos, de los que solo en 17 por ciento se dedujeron excepciones por parte del ejecutado (vale decir, se cuestionó la validez, exigibilidad, eficacia o vigencia de la obligación).
Cada uno de los 224 tribunales civiles que existen en el país deberá fallar anualmente, ejercer jurisdicción, en no menos de 2 mil 760 causas; o sea, tendrá que resolver cerca de 230 procesos al mes.
Las cifras indicadas contrastan con las actuales (2014), ya que cada juez civil, bien o mal, debe atender anualmente 9 mil 375 causas, lo que significa 781 al mes, sin considerar el ingreso acumulado.
Tales cantidades globales demuestran, por una parte, el ingente número de causas ventiladas en la judicatura civil, lo que hace absolutamente necesaria la creación de un sistema de distribución equitativo para el trabajo judicial y no seguir ahondando en la desproporción que con la actual regla del turno se produce entre los diversos juzgados civiles que ejercen jurisdicción en comunas o grupos de comunas que no son asiento de Corte.
Aquellas cifras, analizadas de manera profunda con ocasión del estudio del Código Procesal Civil, indican lo conveniente que resulta la pequeña reforma que este proyecto de ley plantea, ya que permitirá racionalizar y mejorar la gestión del trabajo judicial. Sin embargo, bajo ningún respecto debemos creer que con esta iniciativa se subsanarán todas las falencias existentes, pues ella contribuirá someramente a corregir defectos de fondo que afectan al sistema de justicia civil.
Consultada la Corte Suprema sobre el particular, ha señalado que "no se observan reparos para informar favorablemente el proyecto en cuestión".
En consecuencia, queda claro que la iniciativa legal en análisis responde a una necesidad que observa el propio Tribunal Superior. No obstante, este va más allá y plantea también la conveniencia "de dárseles mayor operatividad a las Cortes de Apelaciones y Suprema para que en las mismas situaciones de pluralidad de tribunales en una misma comuna o agrupación de comunas y conforme a un Auto Acordado puedan disponer, en materia de demandas ejecutivas una distribución más racional, especialmente en Santiago, sin perjuicio de repetir en otras ciudades, de modo que un número específico de tribunales civiles se avoquen, de acuerdo a una distribución generada en la Corte de Apelaciones, al conocimiento de estos asuntos de modo de liberar a los restantes de estos juicios que son masivos pero de mínima complejidad pero que de alguna manera alteran el debido conocimiento, en plazo razonable, de las demás cuestiones contenciosas de mayor complejidad". Hasta ahí la cita.
Lo que en la práctica plantea el Máximo Tribunal, que sin duda será analizado en el seno de la Comisión, es una idea que ayudaría a mejorar el trabajo de los juzgados civiles, ya que se permite a las Cortes de Apelaciones ordenar que ciertos juzgados civiles solo conozcan causas ejecutivas. De esta forma se descongestionarían otros tribunales, que se avocarían a las demás causas civiles, y se apuntaría a la especialización y a la generación de jurisprudencia de instancia más robusta.
Señor Presidente, no puedo obviar un requerimiento, un anhelo, un sueño y también una petición expresa que se ha planteado en Los Ángeles, provincia de Biobío.
En conjunto con el Senador Víctor Pérez hemos manifestado al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia que, de una vez por todas, se resuelva la instalación de una Corte de Apelaciones en aquella ciudad con el objeto de consignar la regla de la distribución y, adicionalmente, evitar que las personas que viven ahí y que deseen recurrir a la justicia para restablecer el imperio del Derecho deban acudir o a la Corte de Apelaciones de Concepción o a la de Chillán.
Quiero ser enfático en la imperiosa necesidad de retomar la discusión de la reforma procesal civil, pues una vez que se adopten definiciones políticas definitivas, especialmente en materia de ejecución, sin duda el gran taco de nuestro sistema civil se podrá despejar y se alcanzará el ansiado equilibrio entre la justicia y la celeridad.
Señor Presidente, por su intermedio, queremos solicitar al Gobierno que termine los estudios orgánicos destinados a darle continuidad a la reforma de la justicia civil, ya que el Congreso Nacional despacha a diario nuevos derechos sustantivos, nuevos derechos y garantías, los que, a la hora de interpretarse o de colisionarse, requieren la participación jurisdiccional. Y si una justicia no es oportuna, muchas veces llega atrasada y no cumple el rol para el cual fue creada.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra al Senador señor Pérez Varela.

El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente, indudablemente, el proyecto que estamos discutiendo apunta en el sentido correcto en un tema importante: la distribución de causas en aquellas comunas o agrupación de comunas que tienen más de un juzgado civil.
Además, resuelve adecuadamente las dificultades que generaba el actual sistema de turnos.
No voy a ahondar en lo que expresaron los Senadores señores Harboe y Larraín con relación a ese tema, porque, a mi juicio, sus palabras explican apropiadamente la finalidad de esta iniciativa de ley.
Sin duda, resulta esencial seguir avanzando en la modernización de nuestra justicia civil.
Hoy se produce una serie de inequidades en los tribunales que no son asiento de Corte de Apelaciones. En efecto, esos jueces sufren una discriminación evidente: un juzgado de asiento de Corte cuenta con un régimen remuneracional distinto respecto de un tribunal que no lo es. Pero se dan ejemplos que muestran que el número de causas en este último a veces es superior al que se tramita en el primer caso.
Ello provoca una situación anómala, que motiva a los magistrados a postular en exceso a los juzgados de asiento de Corte. Y la diferencia radica solamente en razones de carácter administrativo.
Urge resolver lo anterior para terminar con una discriminación absolutamente arbitraria y sin sentido lógico. ¡Ambos son juzgados civiles! ¡Ambos reciben causas! ¡Ambos resuelven acerca de los derechos de las personas!
El hecho de que un tribunal civil esté ubicado en un territorio donde hay o no Corte de Apelaciones es un asunto completamente distinto, que nada tiene que ver con la función propia de ese juzgado.
Por otra parte, se observan otros casos complejos -los he constatado en la Región del Biobío-, que no se solucionan cambiando el sistema de turnos por un método informático de distribución.
Me refiero a los tribunales de jurisdicción común. Por ejemplo, el juzgado de la comuna de Lebu, capital de la provincia de Arauco, atiende no solo los temas civiles, sino también los laborales, los de familia y, eventualmente, los penales.
Por lo tanto, ese juez debe seguir distintos procedimientos: el lunes atiende materias de jurisdicción civil aplicando las normas del Código de Procedimiento Civil; el martes genera audiencias públicas en el ámbito laboral; el miércoles tramita causas usando el procedimiento de los juzgados de familia, etcétera.
Ello provoca una situación de inequidad para los ciudadanos de ese lugar, quienes cuentan con un solo juez para atender diversos tipos de procesos.
Se hace necesario pedir a las autoridades -al Gobierno, a través del Ministerio de Justicia- un esfuerzo para adoptar las medidas que permitan que dicha capital de provincia y otras comunas de significación en el país que se hallan en similar situación no queden sujetas a una suerte de denegación de justicia, por la eternización de los procesos.
Uno no puede responsabilizar solo al juez por el exceso de trabajo que debe enfrentar en las distintas materias.
Me parece adecuado el proyecto que estamos aprobando -espero, por unanimidad-, porque supera las dificultades que genera el sistema de turnos, las cuales han sido señaladas aquí con claridad.
Pero esta también debiera ser la oportunidad para solicitarle al Ministerio de Justicia que solucione otros problemas relativos a la justicia civil.
Uno de ellos es la diferencia en la remuneración entre los magistrados según pertenezcan a tribunales con o sin asiento de Corte. Esto constituye una discriminación arbitraria. De seguro, más de algún señor Senador habrá sostenido reuniones o conversaciones con jueces, quienes le habrán planteado que la diferencia entre unos y otros es absolutamente ficticia.
El otro problema es la situación de las comunas -en particular, las capitales de provincia, como Lebu- que tienen juzgados de jurisdicción común (un solo juez atendiendo distintos tipos de causas). Ello provoca que los habitantes de esos territorios vean la justicia como una entidad extraordinariamente lenta, que no resuelve adecuadamente sus necesidades judiciales.
En la provincia de Arauco, me ha tocado ser testigo de juicios de carácter laboral interminables.
Urge abordar tales situaciones; más aún, cuando estamos haciendo fuerte hincapié en los derechos de las personas. En la sociedad son los tribunales los que tienen que garantizar estos derechos. Se requieren juzgados no solo competentes, con facultades, sino también con capacidad humana, técnica y logística, con el fin de atender oportunamente a los ciudadanos.
En consecuencia, votaremos favorablemente este proyecto.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (26 votos afirmativos), dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional exigido, y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el lunes 20 de abril.
Votaron las señoras Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Chahuán, De Urresti, Espina, García-Huidobro, Harboe, Lagos, Hernán Larraín, Matta, Montes, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.



COMPOSICIÓN DE COMISIÓN DE PROBIDAD Y TRANSPARENCIA

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Señores Senadores, de conformidad con el artículo 30 del Reglamento del Senado, la Mesa propone que la Comisión de Probidad y Transparencia, que se creó recientemente, esté integrada por los Honorables señores Alfonso de Urresti, Alberto Espina, Felipe Harboe, Víctor Pérez Varela y Andrés Zaldívar.
¿Habría acuerdo?
--Se acuerda.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- La Comisión se constituiría mañana a las 3 de la tarde. En tal ocasión sus miembros elegirán Presidente y fijarán la tabla.
Hay dos proyectos de ley ya contemplados. El órgano técnico en el que están radicados está dispuesto a transferirlos a esta nueva Comisión. Me refiero a la iniciativa sobre transparencia y acceso a la información pública y a la que limita la reelección de los parlamentarios, discusión en la cual -me imagino- todos querrán participar con mucho entusiasmo.



OBLIGACIÓN A EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES PARA ENTREGA DE INFORMACIÓN SOBRE LLAMADAS INOFICIOSAS A SERVICIOS DE EMERGENCIA


El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Corresponde tratar el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, para imponer a los concesionarios de servicios de telecomunicaciones la entrega de información a Carabineros de Chile y a otros servicios de emergencia en los casos que indica y sancionar el uso indebido de llamadas a dichos servicios, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.597-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Ossandón, García-Huidobro y Guillier):
En primer trámite, sesión 48ª, en 23 de septiembre de 2014.
Informe de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones: sesión 76ª, en 17 de diciembre de 2014.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- El objetivo de la iniciativa es imponer a los concesionarios de servicios de telecomunicaciones la obligación de entregar a Carabineros de Chile y a otros servicios de emergencia la información relativa a la individualización y localización de los usuarios que se comuniquen con dichos servicios, con el fin de evitar y sancionar las llamadas inoficiosas.
La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones deja constancia de que acordó proponer a la Sala discutir el proyecto solamente en general, no obstante ser de artículo único, y de que aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores García-Huidobro, Letelier y Ossandón.
El texto que se recomienda aprobar en general se transcribe en las páginas 49 y 50 del primer informe y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- En discusión general.

Tiene la palabra el Honorable señor Guillier.

El señor GUILLIER.- Señor Presidente, el autor de la moción que dio inicio a este proyecto de ley es el Senador Ossandón, quien se encuentra reponiéndose de una pequeña intervención quirúrgica (y no ha estado grave, como ha dicho la prensa).
Lamentablemente, él no está acá para hacer la presentación de la iniciativa. Yo y el Senador García-Huidobro lo vamos a representar, porque participamos -por una invitación que él nos formuló- en el origen de esta propuesta legislativa, la cual -dicho sea de paso- cuenta con una amplia acogida en los servicio de emergencia, sobre todo en Carabineros y en los cuerpos de bomberos.
De acuerdo a las estadísticas oficiales que entregó la Central de Comunicaciones de Carabineros, entre los años 2010 y 2013 se recibieron, en promedio, 12 millones 800 mil llamadas telefónicas al servicio 133. De estas, el 80 por ciento resultó inoficioso: la mayoría fueron bromas, insultos a la policía o denuncias de hechos falsos.
En conversaciones posteriores con funcionarios de Carabineros, me revelaron que los delincuentes usan este mecanismo para distraer a la policía con información aparentemente verosímil, alejándola de los lugares donde se realizan los delitos. Es decir, de la broma se pasó a un aprovechamiento del crimen organizado, lo cual impide el normal funcionamiento de los servicios de emergencia, la prevención del delito y la protección de la ciudadanía.
Similares estadísticas manejan otros servicios de emergencia, como el 132 de Bomberos o el 131 de los Servicios de Atención Médica de Urgencia, que reciben elevados volúmenes de llamadas inoficiosas cada año.
Tales conductas carecen de sanción, razón por la cual resulta imposible formalizar a las personas que las realizan. Esas acciones ni siquiera se pueden investigar.
El contenido del proyecto es muy preciso.
El artículo 25 ter propuesto establece, en su inciso primero, la obligación a las empresas de telecomunicaciones de entregar datos para ubicar geográficamente una llamada, según el domicilio de una línea fija o la celda de conexión de un teléfono móvil.
Ello permitiría a la policía generar procedimientos cuando la persona al otro lado del teléfono se encuentra en situación de peligro o impedida de responder al operador. Es decir, esa información también podría ser utilizada en beneficio de las víctimas.
El inciso segundo dispone el marco general para la entrega de datos. Esta deberá ser en tiempo real y corresponder solo a la llamada en curso. La idea es obtener información cuando se advierta que se está haciendo mal uso del servicio. O sea, si un carabinero recibe un insulto telefónico o descubre un intento de engaño, en ese momento puede solicitar a las compañías telefónicas, a través de la tecnología existente, la debida identificación de quien llama.
En el inciso tercero se plantea un mecanismo de información y opt-out, donde se informa al usuario que su llamada podría ser grabada y los datos respectivos, almacenados, en caso de no corresponder a una verdadera emergencia, situación en la cual podría ser sancionado. De esta manera, se le da tiempo a la persona incluso de arrepentirse.
En el inciso cuarto se crea una salvaguarda necesaria para garantizar que ningún servicio de emergencia podrá obtener de las concesionarias datos de llamadas que no fueron contestadas o que fueron canceladas por el usuario en virtud de su derecho de opt-out.
En el inciso quinto se fija el uso específico de la información recolectada para los propósitos exclusivos de la ley en proyecto, a fin de no afectar de alguna manera el derecho a la privacidad de las personas.
Y en el inciso sexto se establece que, solo después de un debido proceso judicial, se podrá dar un tratamiento distinto a esos datos personales.
En el artículo 25 quáter se crea el tipo infraccional, el cual ayudará -esperamos- a descongestionar el servicio de emergencia telefónica policial. El "uso indebido" de dicho sistema corresponde a la conducta que podrá ser sancionada por el juez de policía local, de corroborarse que los antecedentes proporcionados por Carabineros -organismo encargado de recabar los datos pertinentes- configuran dicha infracción.
Carabineros, además, deberá recibir las denuncias de uso indebido de otros servicios de emergencia y remitir la información al juzgado de policía local correspondiente.
Por su parte, el juez recibirá al presunto infractor para que este pueda realizar sus descargos, y así garantizar que exista un debido proceso.
Asimismo, se establece la opción de sustituir la sanción pecuniaria por la pena alternativa de prestación de servicios a la comunidad.
Finalmente, ante la abultada cantidad de llamadas telefónicas realizadas por menores de edad, se dispone que deberá asumir la responsabilidad frente al juez quien tenga a su cargo al menor infractor.
Así concluyo el detalle de los distintos aspectos que contempla el contenido de este proyecto de ley.
He dicho.

El señor TUMA.- Señor Presidente, sugiero abrir la votación.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- ¿Habría acuerdo para acceder a lo solicitado?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Pero manteniendo los tiempos.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Conforme.
Acordado.
En votación la idea de legislar.
--(Durante la votación).

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señor Presidente, deseo complementar lo informado por el colega Guillier.
Primero, cabe reiterar que este proyecto nació de una moción que fue trabajada, junto con su equipo de asesores, por el Senador Ossandón, quien nos invitó a participar en calidad de coautores. Su finalidad es dar solución al problema que se presenta hoy, fundamentalmente, con los llamados inoficiosos al número 133 de Carabineros de Chile.
¿Cuáles son los objetivos generales de esta iniciativa?
Obligar a las empresas de telecomunicaciones a entregar a Carabineros la información necesaria para individualizar y localizar a personas que realizan llamados a teléfonos de emergencia.
Sancionar con multas a quienes hagan uso indebido del servicio telefónico de emergencias.
Y -una materia compleja, pero fundamental de abordar- garantizar el destino de la recolección de datos personales, evitando su mal uso por parte de órganos del Estado o de empresas privadas.
El proyecto cuenta con dos propósitos específicos muy claros: colaborar con la respuesta a emergencias por parte de Carabineros, ambulancias, bomberos, etcétera, y permitir -esto es primordial- descongestionar las líneas de emergencia, que hoy están plagadas -¡plagadas!- de llamadas inoficiosas.
Resulta interesante detallar lo que planteó el Senador Guillier respecto al informe que nos entregó el General Director de Carabineros.
En el año 2013 se contestaron más de 12 millones y medio de llamadas en el 133, de las cuales solo alrededor de 2 millones 200 mil originaron procedimientos y cerca de 10 millones y medio fueron inoficiosas.
De esas llamadas inoficiosas, 40 por ciento corresponde a llamadas cortadas; 30 por ciento, a bromas; 15 por ciento son inaudibles; 12 por ciento, solicitudes de información, y el resto, equivocadas. Es decir, más del 80 por ciento de las llamadas que recibe Carabineros son inoficiosas, lo cual colapsa su sistema de emergencia.
Según el General Director de Carabineros, a quien recibimos en la Comisión de Transportes, el promedio anual de llamadas atendidas, como ya señalé, es de alrededor de 13 millones, de las cuales más de 10 millones corresponde a pitanzas, amenazas falsas de bombas en época de exámenes universitarios, llamadas cortadas e insultos.
Lo mismo sucede, señor Presidente, con los números telefónicos de bomberos y del resto de los servicios de emergencia.
Claramente, servicios de este tipo que solo atienden pitanzas nunca podrán cumplir con su misión.
No solo eso. Además, los operadores rara vez tienen información suficiente para conocer quién es la persona que está solicitando ayuda, mucho menos para encontrarla y poder prestarle asistencia.
Por ejemplo, el colapso del 133 implica que muchas personas, en el momento de ser asaltadas, no puedan acceder al servicio de emergencia policial. Para colmo, según lo planteado por el Senador Guillier, las bandas criminales hoy están usando indebidamente dicho número para bloquear llamados de real urgencia.
Ante ello, el proyecto en debate pretende entregar herramientas a los sistemas de emergencia, al obligar a las concesionarias de servicios públicos telefónicos a proporcionar información para individualizar y localizar a quien llame a esos teléfonos de manera inoficiosa.
Tales antecedentes estarán sujetos a estándares modernos de protección de datos personales, por cuanto no podrán tener otro destino que la individualización de personas que llaman a los servicios de emergencias.
En la Comisión también recibimos a las empresas de telecomunicaciones, las que, en general, se manifestaron dispuestas a colaborar con esta iniciativa.
Al mismo tiempo, el General Director de Carabineros nos manifestó claramente que lo propuesto sería una herramienta vital para el combate del delito, para descongestionar las líneas telefónicas y para prestar ayuda efectiva a la ciudadanía, que es la misión fundamental de la policía uniformada.
Todos quienes hemos estado en el debate de este proyecto creemos necesario refinarlo y perfeccionarlo, razón por la cual les pedimos a los señores Senadores su aprobación y que nos hagan llegar las indicaciones pertinentes, en un plazo prudente, para dar solución a un problema mucho más grande del que nos imaginamos.
Repito: se realizan al año 13 millones de llamados al 133, de los cuales 10 millones son inoficiosos.
Los servicios de emergencia no cuentan con mecanismos adecuados para identificar a las personas que llaman por teléfono, menos aún si se trata de móviles de prepago, porque estos no consideran la individualización del usuario. Esto significará que deberemos registrar a quienes compren un teléfono con este sistema. Se trata de un asunto complejo, que hemos estado conversando con las compañías telefónicas.
Con todo, tenemos que avanzar en esta materia, utilizando las nuevas tecnologías existentes.
La infraestructura de algunos servicios telefónicos de emergencia es demasiado básica.
Al respecto, creo que en Chile -y analizamos el punto en la Comisión- debiéramos emplear un sistema parecido al que se ocupa en Estados Unidos, donde operan dos números telefónicos: uno para información y otro para emergencias. El que recibe llamadas de emergencia deriva, según sea el caso, a bomberos, a un psicólogo, a la policía, en fin.
Por otro lado, existe una línea destinada a solicitudes de información.
Nuestro país tiene ene números telefónicos. Pero en momentos de emergencia los chilenos solo se acuerdan del 133, que es para un objetivo muy claro: llamar a Carabineros para informar sobre delitos u otras emergencias.
Por lo tanto -tal como lo dijo el Senador Guillier-, el objetivo es obligar a las empresas de telecomunicaciones a entregar la información de individualización y localización de las personas que llaman al servicio de emergencia.
Si se hace uso indebido del referido servicio, Carabineros debe remitir los datos al juzgado de policía local competente. Y el juez podrá sancionar al infractor con una multa de 3 UTM o una pena sustitutiva de prestación de servicios a la comunidad, a elección del condenado.
Señor Presidente, el General Director de Carabineros señaló la importancia de contar con ese tipo de herramientas, por cuanto hoy el 80 por ciento del tiempo de las operadoras y los operadores del 133 se pierde en llamadas inoficiosas.
Disponer de la ubicación aproximada desde la cual proviene la llamada permitirá también dar una respuesta más eficaz a las emergencias reportadas. Porque esto debe mirarse teniendo presente este otro punto de vista: saber de dónde se hizo la llamada posibilitaría a la policía concurrir al lugar de los hechos.
Las empresas de telecomunicaciones manifestaron estar dispuestas a colaborar con este proyecto, que les parece bueno. Pero hay que resolver problemas de logística que produciría la entrega de información en tiempo real.
Conforme a lo que señala el Ejecutivo, creemos que es técnicamente factible -ello se realiza en otros países- proporcionar información en tiempo real respecto de los datos del llamado y su ubicación geográfica.
En Estados Unidos la regulación obliga a los operadores a suministrar al 911 los antecedentes sobre el titular de la línea o equipo móvil y su ubicación geográfica con una precisión de entre 50 y 300 metros a la redonda.
En resumen, la ley en proyecto propone una adecuada protección de los datos personales. Señala explícitamente que los datos solo podrán ser recopilados por Carabineros para los fines que se indican, y el usuario estará en conocimiento de que su información será tratada de esta forma si llama a un número de emergencia.
En el caso de los teléfonos de prepago, ingresaremos un proyecto distinto, por separado. Ello, al objeto de avanzar en el 30 por ciento de las llamadas inoficiosas realizadas desde teléfonos fijos o teléfonos móviles de plan, en que los suscriptores están identificados.
Por todo lo expuesto, consideramos importante aprobar la idea de legislar. En tal sentido, invitamos a Sus Señorías a que colaboren con el fin de aportar las mejores ideas para que Carabineros de Chile y los servicios de emergencia reciban el respeto que merecen y cuenten con el apoyo de nuestra comunidad.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.

El señor PROKURICA.- Señor Presidente, en primer lugar, felicito a los autores de este proyecto de ley, Senadores Ossandón, García-Huidobro y Guillier. Siento que se trata de una materia que afecta seriamente a nuestra capacidad de reacción frente a las catástrofes, ante las cuales el poder público debe actuar rápido.
Según cifras entregadas por Carabineros, durante el año 2013 se realizaron un total de 14 millones 735 mil 291 procedimientos policiales en nuestro país, con un promedio de 1 millón 227 mil 945 operativos mensuales. Ello se traduce en 40 mil 371 procedimientos diarios, es decir, 28 por minuto.
Solo en la Región de Atacama, a la que represento, se efectuaron 337 mil 483 operativos policiales.
Conforme a esas mismas estadísticas, durante el 2013 la Central de Comunicaciones de Carabineros (CENCO) contestó 12 millones 690 mil 113 llamadas. El 17,6 por ciento de ellas -ya se señaló aquí- generaron procedimientos; el 82,4 por ciento restante no dio lugar a su realización, ya sea porque correspondían a pitanzas, a falsas denuncias o porque decían relación con solicitudes de información sobre el tiempo, carreteras y otras cuestiones que no tenían que ver con emergencias.
Señor Presidente, lo planteado por el Senador García-Huidobro es básico. No podemos tener 9 números para emergencias: el 133; el de bomberos; el de servicios de salud, en fin.
La verdad es que hay un poco de confusión, una mezcla de cosas.
Sin embargo, quiero traer a colación lo que ha pasado en mi Región con motivo de la catástrofe que hemos vivido.
En todos los valles (de Huasco, de Copiapó y de Chañaral) ha habido llamados telefónicos falsos, anuncios falsos en medios de comunicación o en redes sociales.
Dijeron que se vendría abajo el tranque Santa Juana, con una capacidad de 145 millones de metros cúbicos. ¡Y tenía solo 6 millones!
Era muy difícil que ocurriera aquello.
El tranque Lautaro se encontraba con el 60 por ciento de su capacidad; lo mismo ocurría con el tranque Pampa Austral, que pertenece a CODELCO, en la provincia de Chañaral.
¡Toda información falsa!
Pero eso significó que colapsaran las líneas telefónicas con llamadas preguntando si lo que se decía era real. La gente se asustó. En algunos casos hubo que evacuar a las personas de sus casas.
Señor Presidente, esa es una mala costumbre que debe corregirse. Y ello no lo podremos realizar si las policías no cuentan con la capacidad para identificar a quienes llevan a cabo este tipo de prácticas. No son muchos. Pero lo hacen como broma o para entretenerse.
La ley en proyecto solo pretende que las empresas de telefonía puedan entregarles a las policías la información que les permita identificar a las personas o el lugar desde donde se están haciendo las llamadas, a fin de aprehender a aquellos que las realizan, e incluso -lo plantearon algunos Senadores- a delincuentes, quienes atochan las líneas telefónicas con la finalidad de que los organismos policiales no puedan acudir a ayudar a la gente que llama por un accidente o porque se ha cometido algún delito.
Por último, quiero referirme a los recientes episodios ocurridos durante la conmemoración del denominado "Día del Joven Combatiente", que costó la vida del cabo segundo de Carabineros Alejandro Gálvez. Él fue asesinado por delincuentes, no por combatientes.
Se trata de un lamentable acto, que se suma al ataque a tiros perpetrado por un sujeto en contra de dos funcionarios de Carabineros que trataron de fiscalizarlo en la comuna de San Miguel y al atentado con bombas incendiarias que afectó a un cuartel en Iquique.
Ambos hechos se produjeron esta madrugada.
Señor Presidente, durante los últimos días he sido testigo de la labor realizada por Carabineros y la Policía de Investigaciones en Atacama.
Ha habido casos francamente heroicos: arriesgando sus vidas, junto con personal de las Fuerzas Armadas, tiraron cordeles entre los postes de las calles principales de Copiapó, de Tierra Amarilla para sacar a la gente que se encontraba atrapada en medio de las aguas.
Entonces, ¿cómo es posible que haya delincuentes que atenten contra la vida de estos servidores públicos, quienes dan todo para ayudar a la comunidad?
No puedo sino rechazar actos como los que mencioné, y entregarles mi pésame al General Director de Carabineros, don Gustavo Adolfo González Jure, y a la familia del cabo segundo Alejandro Gálvez, quien es un nuevo mártir de la Institución.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.- Señor Presidente, en primer lugar, felicito a los autores de la moción que dio origen a este proyecto.
Tal como mencionara en su oportunidad el General Director de Carabineros, entre 2010 y 2013 el 80 por ciento de las llamadas al teléfono 133 correspondió a comunicaciones inoficiosas, como bromas, insultos o denuncias falsas. Desgraciadamente, respecto de la última temporada estival, 2014-2015, la Armada de Chile señaló que hubo mil 500 llamadas telefónicas falsas al número de emergencias marítimas. Ello es aún más grave, toda vez que la propia Gobernación Marítima de Valparaíso indicó que, pese a todos los esfuerzos, el mal uso del sistema de alerta marítima persiste, con un 97 por ciento de llamadas falsas, aumentando en comparación al año anterior.
Lo lamentable es que no se trata de un fenómeno solo local: se repite en todo el mundo.
Por ejemplo, en Italia más del 60 por ciento de las llamadas al número único de emergencia resultan ser bromas o comunicaciones con información falsa o equivocada. Similares experiencias se registran en Inglaterra, Estados Unidos y España.
De hecho, la Asociación Europea de Números de Emergencia (EENA), en un documento publicado en 2011, llamado "False Emergency Calls", advirtió sobre el costo en vidas y en la peor protección de la ciudadanía que implicaban ese tipo de llamadas.
Desde el punto de vista de las soluciones, los países distinguen entre las "llamadas falsas no intencionales" y las "llamadas falsas deliberadas". Las segundas, las deliberadas, son las que debemos combatir con mayor esfuerzo. Y se refieren, por ejemplo, a llamadas de información que evidentemente no son de emergencia; llamadas con información falsa; llamadas como parte de juegos de menores de edad; llamadas de personas con enfermedades mentales; llamadas por insultos; llamadas reiteradas en que se marca y se cuelga.
En el Derecho comparado existen dos tipos de soluciones sancionatorias. Hay elementos preventivos, y hasta represivos.
En materia de control, es decir, de sanción, de represión, también se distinguen dos tipos de soluciones sancionatorias: las meramente administrativas (principalmente multas) y las punitivas.
Por ejemplo, en el Distrito Federal de México; en las Provincias de Buenos Aires y de Corrientes, en Argentina; en Costa Rica; en España, y en Perú se consideran las llamadas falsas como infracciones o faltas. La penalidad está constituida principalmente por multas, y accesoriamente, en algunos casos, se agrega la suspensión del servicio telefónico desde el cual se realizó la llamada en cuestión. En la Provincia de Corrientes incluso se sanciona con arresto.
En Estados Unidos el Derecho es distinto. Se penalizan algunas de estas conductas no solo con multa, sino también con privación de la libertad. Es decir, abordan el problema punitivamente, toda vez que señalan que la mala utilización de un sistema de emergencia puede generar daños o afectaciones de bienes jurídicos protegidos, como la vida, la integridad física. Por tanto, le otorgan una sanción mayor. Incluso, las llamadas con información falsa o en las cuales se insulte al receptor reciben penas de prisión.
Fíjense ustedes que en los Estados de Hawaii, Florida y Michigan y en el de Baja California, en México, se disponen sanciones más graves, con multas que llegan hasta los 50 mil dólares y presidio de hasta 15 años. Allí hay una desproporción con relación a nuestro Derecho Penal, por cuanto esta última es la pena máxima asignada hoy al delito de homicidio. En consecuencia, hay que ver también la proporcionalidad a este respecto.
De otro lado, en 2002 el Congreso Nacional introdujo una modificación, al aprobar el artículo 268 bis del Código Penal. En dicho precepto se incluyó un nuevo tipo que sanciona a quien da "falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública". Esta norma, que a mi juicio todavía puede mejorarse, ya sanciona lo que es penalmente relevante. Por ello, deberíamos pensar en nuevas respuestas, más creativas y que permitan mejorar la prevención, el control y la sanción de este tipo de conductas.
En todo caso, a mi juicio habría que actualizar el artículo 268 bis. Y en este mismo proyecto, durante la discusión particular, debieran sancionarse también otros actos, como proferir insultos, entregar información falsa sobre la colocación de bombas, la comisión de delitos graves u otras situaciones análogas. En segundo lugar, tendría que incluirse expresamente en la norma penal a Carabineros de Chile, y ampliar el concepto de "servicios de utilidad pública" por "servicios de utilidad o emergencia pública". Ello, porque los tribunales han interpretado de manera distinta si cubre o no las llamadas realizadas a dicha Institución o a otro sistema de emergencia distinto de Bomberos.
De igual forma, creo que el mensaje de advertencia que se dispone al inicio de la llamada es disuasivo, y eso debiera reforzarse.
El Derecho comparado ha demostrado que otras sanciones, no solo las penales, pueden ser muy efectivas. Ellas, además, se establecen con un menor estándar de prueba.
La ley en proyecto presenta algunas omisiones -ya se mencionó acá-, como la obligación de identificarse a quien compra un celular de prepago. Lo señalo porque cuando me tocó ejercer como Subsecretario del Interior presentamos una iniciativa para registrar a los usuarios de teléfonos de prepago. Y hubo una tremenda oposición y un lobby de las compañías telefónicas para que eso no ocurriera. Lamentablemente, este proyecto siguió navegando en el Parlamento sin destino conocido.
Menciono lo anterior porque en España, luego del atentado de Atocha, se estableció por ley -las bombas fueron activadas por medio de un teléfono de prepago- la exigencia de la identificación de las personas que compran un teléfono móvil, obligando a la compañía y a quien vende (al retail) a llenar un formulario que ha de quedar debidamente registrado. En consecuencia, es una posibilidad que tendríamos que explorar.
No puedo dejar pasar la oportunidad para plantear también la necesidad de avanzar hacia el número único de emergencias. Y lo digo con mucha responsabilidad, pero con cierto grado de frustración. Hemos intentado en numerosas oportunidades crear el número único de emergencias. Me tocó impulsarlo desde el Ministerio del Interior.
Pero seamos honestos: Carabineros de Chile y Bomberos se oponen a esto. ¿Por qué? Porque cada uno quiere manejar su sistema. No desean un sistema interoperativo, pues, en la práctica, se produce la fiscalización de los tiempos de respuesta de las instituciones. Ese fue el principal obstáculo que tuvimos. No lo dicen expresamente, ¡pero es lo que ocurre!
Entonces, debemos avanzar de una vez por todas a un número único de emergencias interinstitucional, a una oferta unívoca del Estado, a que el ciudadano en su casa sepa que marcando un número único será problema del Estado a quién le deriva esa llamada, de acuerdo con la especialidad que se requiera. No como hoy, en que todos enseñamos el A, B, C de la seguridad: A, Ambulancia, 131; B, Bomberos, 132; C, Carabineros, 133. Y así podemos seguir: 134, 135, en fin.
Pero ese no es un sistema eficiente, moderno, que permita controlar los verdaderos tiempos de respuesta. Porque muchas veces se nos dice, como representantes ciudadanos: "Llamamos a tal institución y no llegaron, o llegaron tarde dos horas o más".
¿Quién fiscaliza eso? En la actualidad, no existen mecanismos de control, salvo los internos. La doctrina moderna en materia de políticas públicas sostiene que los controles interinstitucionales generan mayores y mejores resultados.
De igual forma, es importante insistir, y si es necesario, modificar la Ley General de Telecomunicaciones, para exigir a las empresas la implementación de medidas que viabilicen técnicamente la información. Hay que establecer como obligatorias las inversiones, al objeto de dar seguimiento y saber dónde están ubicados determinados teléfonos móviles. Hoy muchas veces las compañías se amparan en que existe inviabilidad técnica. Eso no es otra cosa que falta de inversiones.
Se tiene que hacer un esfuerzo en el mundo público, creando una interoperabilidad institucional, y en el mundo privado, generando mayores inversiones tecnológicas que permitan dar viabilidad a un upgrade desde el punto de vista de las llamadas de emergencia.
Una llamada con información falsa, una broma, un insulto puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte de una persona. Por eso celebro esta moción. Y desde ya anuncio que presentaremos algunas indicaciones, basadas en la experiencia, para aportar al mejoramiento de esta normativa.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Horvath.

El señor HORVATH.- Señor Presidente, junto con valorar esta moción y toda la información que aquí se ha entregado, quiero hacer presente a la Sala que existe otra iniciativa parlamentaria que apunta en la misma dirección. Se encuentra en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, y se refiere no solo a la paralización de los servicios y el desplazamiento de medios y recursos, sino también a los casos más extremos, vinculados con la forma como se ponen en riesgo la vida y la integridad física y psíquica de las personas.
El artículo 268 bis del Código Penal, recién citado, expresa: "El que diere falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, incurrirá en la pena de reclusión menor en su grado mínimo.". No hace una distinción entre falsas alarmas y pitanzas; tampoco especifica cuáles son esos servicios. Pero la iniciativa recién individualizada perfecciona el mencionado precepto.
Por las razones ya aducidas -no quiero repetirlas-, pido que la moción radicada en la Comisión de Constitución pase a la de Transportes y Telecomunicaciones y se trate junto con la que estamos discutiendo ahora, para que el texto refundido sea visto por la Sala en el primer trámite constitucional, como lo dispone nuestra Ley Orgánica.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Orpis.

El señor ORPIS.- Señor Presidente, Honorable Senado, hoy estamos en pleno desarrollo de la catástrofe de Atacama; el año precedente fue la de Tarapacá; anteriormente, el 27-F: solo connoto los desastres de gran magnitud.
Sin embargo, a diario las personas enfrentan situaciones de emergencia.
Entonces, me parece del todo pertinente que, con motivo de la moción que nos ocupa ahora, de lo planteado por el Senador Harboe y del debate habido en esta Sala, abordemos definitivamente el problema que se registra en las comunicaciones cuando existen situaciones de emergencia. Y nuestra gran oportunidad para hacerlo es la discusión particular de este proyecto.
Yo considero indispensable que, tal como señaló el colega Harboe, exista un solo número de emergencia y que se impongan sanciones ejemplarizadoras a quienes malutilicen los servicios de esa índole, pues la vida de muchas personas puede depender de si se atienden en forma oportuna los llamados de auxilio recibidos.
Por lo tanto, más allá de que muchas indicaciones requerirán patrocinio gubernativo, creo que, atendida la envergadura de lo ocurrido recientemente en nuestro país, esta es la ocasión para hacer concurrir al Ejecutivo y formular planteamientos que permitan abordar de una vez por todas la cuestión de las comunicaciones durante las situaciones de emergencia.
El Senado tiene la gran oportunidad de abocarse a esa materia. No la desperdiciemos: perfeccionemos la moción que estamos votando, para que cumpla las expectativas de contar con un servicio de emergencia que sirva de instrumento a fin de que los entes involucrados concurran con prontitud y eficacia a enfrentar fenómenos de la naturaleza como los que mencioné.

El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (24 votos favorables).
Votaron las señoras Goic, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Espina, García, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Montes, Moreira, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, pido que se considere mi voto afirmativo.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Se dejará constancia de la intención de voto favorable de Su Señoría.
Corresponde fijar plazo para presentar indicaciones.
¿Le parece a la Sala el 20 de abril?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Fines de abril.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- ¿El 27 de abril?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Conforme.
--Así se acuerda.

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El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.- Señor Presidente, le solicito que recabe la autorización necesaria para que a partir de las 19 la Comisión de Agricultura sesione paralelamente con la Sala.

El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Tenemos problema de quórum para adoptar acuerdos, señor Senador, pues ya está autorizada para el mismo efecto la Comisión de Gobierno.
De otro lado, para la tabla de mañana no hay proyectos. Hoy figuran en el Orden del Día cuatro proyectos de acuerdo. Podríamos incluirlos en ella.
En ese entendido, si les parece a Sus Señorías, podemos poner término a esta sesión, sin perjuicio de dar curso a las peticiones de oficios que han llegado a la Mesa.
¿Hay acuerdo en tal sentido?

El señor QUINTEROS.- Conforme.
--Así se acuerda.
PETICIONES DE OFICIOS
--Los oficios cuyo envío se anunció son los siguientes:
Del señor ARAYA:
Al señor Secretario Ministerial de Bienes Nacionales de Antofagasta y a la señora Directora del SERVIU de la Segunda Región, transmitiéndoles CONSULTA DE SEÑOR LUIS SANTANDER FLORES SOBRE PROPIEDAD DE TERRENO DE AVENIDA LOS LEONES; y al señor Ministro de Defensa Nacional, requiriéndole información acerca de DEUDA POR COTIZACIONES PREVISIONALES DE DON JAIME RÍOS LARA CORRESPONDIENTES A SERVICIO MILITAR ENTRE 1973 Y 1975.
De la señora ALLENDE y los señores DE URRESTI y QUINTEROS:
A Su Excelencia la Presidenta de la República, planteándole SUSPENSIÓN A HABITANTES DE ATACAMA DE PAGOS POR SERVICIOS BÁSICOS HASTA NORMALIZACIÓN DE SUMINISTRO y CONDONACIÓN DE MULTAS ADMINISTRATIVAS DE MARZO A PEQUEÑOS COMERCIANTES Y EMPRENDEDORES Y MICROEMPRESARIOS DE TERCERA REGIÓN.
De la señora ALLENDE:
Al señor Ministro de Hacienda, pidiéndole PAGO ANTICIPADO Y MAYOR COBERTURA DE "BONO ATACAMA"; y al señor Director del Servicio de Impuestos Internos, requiriéndole estudiar APLAZAMIENTO DE TRÁMITES Y DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN REGIÓN DE ATACAMA.
Del señor DE URRESTI:
Al señor Ministro del Interior y Seguridad Pública, pidiéndole EVALUACIÓN DE COMPRA DE HELICÓPTERO PARA COMBATE A INCENDIOS FORESTALES EN REGIÓN DE LOS RÍOS; solicitándole informe sobre SITUACIÓN DE SEÑORES LEONIDAS SÁNCHEZ SÁNCHEZ Y JOSÉ RUIZ CASANOVA, y consultándole si se recibió SOLICITUD DE MUNICIPALIDAD DE MARIQUINA PARA ENAJENACIÓN DE PREDIO CON VIVIENDAS CONSTRUIDAS.
A la señora Ministra de Salud, con el objeto de que proporcione antecedentes acerca de MEDIDAS PARA CONTROL Y PREVENCIÓN DE VIRUS HANTA.
Al señor Subsecretario de Pesca, para que remita copia de PRESENTACIÓN DE BIÓLOGO GUSTAVO SAN MARTÍN EN UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN y señale FORMA DE COMPATIBILIZACIÓN DE DESAFÍOS DE CONSERVACIÓN MARINA EN CONTEXTO DE CAMBIOS EN LEY DE PESCA Y ACUICULTURA.
Al señor Director Nacional del Instituto de Previsión Social, para que informe sobre ESTADO DE TRAMITACIÓN DE BENEFICIOS PARA EXONERADO POLÍTICO SEÑOR LEONIDAS SÁNCHEZ SÁNCHEZ.
Al señor Superintendente de Seguridad Social, a fin de que explique DESCUENTO PARA COTIZACIÓN DE SALUD DE PENSIÓN DE VEJEZ DE DON RAFAEL GONZÁLEZ GALLARDO.
Al señor Director Nacional del INDAP, al objeto de que efectúe evaluación en torno a CONVOCATORIA PARA CONCURSO DE PROGRAMA DE PRADERAS SUPLEMENTARIAS.
Al señor Director Nacional del SERNAGEOMIN, preguntándole si, ante actividad sísmica en La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, evaluó la INSTALACIÓN DE NUEVA DIRECCIÓN ZONAL O NUEVA OFICINA EN LOS RÍOS.
Al señor Director Zonal de Pesca de la Decimocuarta Región, pidiéndole antecedentes respecto a PROYECTO DE CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE REGIÓN DE LOS RÍOS CONDUCENTE A DEFINICIÓN DE SEGMENTOS DE MERCADO PARA NEGOCIO DE CONSUMO HUMANO DIRECTO DE RECURSOS PESQUEROS.
Del señor CHAHUÁN:
A la señora Ministra de Minería, solicitándole información sobre SITUACIÓN DE RELAVES EN ZONAS MINERAS DE ANTOFAGASTA Y ATACAMA A RAÍZ DE MAL TIEMPO.
Del señor HORVATH:
Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, pidiéndole estudiar REVERSIÓN DE MEDIDA DE AEROLÍNEA SKY CONSISTENTE EN SUSPENSIÓN DE VUELOS ENTRE BALMACEDA Y PUNTA ARENAS.
Del señor GARCÍA:
Al señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, consultándole sobre ESTADO DE PROYECTOS PMU Y PMB DE TEMUCO; y al señor Subdirector de CONADI Zona Sur, para que informe sobre REGULARIZACIÓN DE COMITÉ DE ADELANTO VILLA LA SERENA, DE TEMUCO (reiteraciones de oficios).
De la señora GOIC:
A la señora Ministra de Salud, pidiéndole GENERACIÓN DE REGISTRO DE PERSONAS CON SÍNDROMERUBINSTEINTAYBI Y REMISIÓN DE DATOS SOBRE ESTA ENFERMEDAD; y a la señora Directora del FONASA, solicitándole informar acerca deposibilidadde AUMENTO DE CUPOS DE ALTA COMPLEJIDAD PARA PROGRAMAS IN VITRO FIV E ICSI.
Del señor MATTA:
Al señor Ministro de Obras Públicas, requiriéndole MAYORES RECURSOSANTE CARENCIAS DE DIRECCIÓN DE VIALIDAD DE PROVINCIA DE LINARES.
Del señor NAVARRO:
Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole antecedentes en torno a LICITACIÓN DE PROYECTO DE METRO DE CONCEPCIÓN. A laseñora Ministra de Salud, formulándole consultas en cuanto a LISTAS DE ESPERA EN SISTEMA PÚBLICO DE SALUD DE REGIÓN DEL BIOBÍO. Al señor Ministro de Agricultura, para que entregue antecedentes respecto a MEDIDAS DE APOYO A SECTOR AGRÍCOLA DE BIOBÍO Y ÑUBLE POR IMPACTO DE SEQUÍA. Y al señor Presidente del Consejo Directivo de BancoEstado, requiriéndole LISTA DE SUCURSALES DEL BANCO DEL ESTADO QUE NO SENCILLAN DINERO A PERSONAS NATURALES.
Del señor OSSANDÓN:
Al señor Ministro de Justicia y a la señora Directora del Servicio Nacional de Menores, consultándoles RAZONES TÉCNICAS DE GOBIERNO PARA CIERRE DE PROGRAMAS PREVENTIVOS COMUNITARIOS; y a los señores Ministros de Obras Públicas y de Agricultura, para que informen sobre POLÍTICA NACIONAL DE EMBALSES Y TRANQUES ANTE SEQUÍA RECURRENTE.
Del señor TUMA:
Al señor Ministro de Educación, solicitándole explicitación de CRITERIOS PARA ADJUDICACIÓN DE LICITACIÓN GRAN COMPRA ID 20914 PROYECTO "BECAS TIC'S AÑO 2015", EN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA.
De la señora VAN RYSSELBERGHE:
A la señora Ministra de Salud, a fin de que informe en cuanto a RESULTADOS DE PROGRAMA BECAS DE FORMACIÓN DE ESPECIALISTAS "MÉDICOS GENERALES URBANOS" 2014-2015 y a PROCESO DE DEVOLUCIÓN DE BECAS DE ESPECIALISTAS DE PROGRAMA "PAGO DE ATENCIÓN OBLIGATORIO" PARA 2015.
De la señora VON BAER:
Al señor Ministro de Agricultura, solicitándole remisión de DETALLE DE RECURSOS ADICIONALES PARA REGIÓN DE LOS RÍOS PROVENIENTES DE DECRETO DE EMERGENCIA AGRÍCOLA.
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El señor WALKER, don Patricio (Presidente).- Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 18:20.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción