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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 361ª
Sesión 90ª, en martes 28 de enero de 2014
Especial
(De 11:14 a 14:57)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES JORGE PIZARRO SOTO, PRESIDENTE,
Y EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, PRESIDENTE ACCIDENTAL
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allende Bussi, Isabel
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Bianchi Chelech, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Navarro Brain, Alejandro
--Orpis Bouchon, Jaime
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Rincón González, Ximena
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Tuma Zedan, Eugenio
--Uriarte Herrera, Gonzalo
--Von Baer Jahn, Ena
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrió, además, el Ministro de Relaciones Exteriores, señor Alfredo Moreno Charme. Asimismo, estuvieron presentes el agente y coagente chilenos ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, señores Alberto van Klaveren y Juan Martabit, respectivamente.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 11:14, en presencia de 18 señores Senadores.
El señor PIZARRO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. CUENTA

El señor PIZARRO (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor ALLIENDE (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Oficios
Cinco de la Honorable Cámara de Diputados:
Con los dos primeros comunica que dio su aprobación a los siguientes asuntos:

1.- Proyecto de ley que crea Comisión de Valores y Seguros (boletín Nº 9.015-05).
--Pasa a la Comisión de Hacienda.

2.- Proyecto de ley que otorga un bono de apoyo a familias numerosas (boletín Nº 9.040-31).
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, y a la de Hacienda.
Con el tercero refiere que dio su aprobación al proyecto de ley del Senado que modifica el Código Aeronáutico en materia de transporte de pasajeros y sus derechos (boletines Nos 4.595-15 y 4.764-15, refundidos), con la enmienda que sustituye su texto.
--Pasa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
Con el siguiente manifiesta que aprobó las enmiendas propuestas por esta Corporación, respecto del proyecto que modifica el Título II de la ley N° 19.882, que fija condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario por el período que indica y otorga otros beneficios por retiro (boletín Nº 9.228-05).
--Se toma conocimiento y se manda archivar el documento junto con sus antecedentes.
Con el último expone que ha aprobado en los mismos términos en que lo hizo esta Corporación el proyecto de ley relativo a las federaciones deportivas nacionales (boletín N° 6.965-07).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia el Presidente de la República.
Del señor Contralor General de la República:
Contesta solicitud de información, enviada en nombre de la Senadora señora Allende, sobre posibles investigaciones o fiscalizaciones que ese órgano fiscalizador haya realizado con ocasión de la suspensión del proyecto de construcción de la "Ruta CH 31, Paso San Francisco", en la Región de Atacama.
Del señor Ministro de Defensa Nacional:
Remite informe del Comandante en Jefe de la Armada acerca de fiscalizaciones en materia de seguridad laboral, efectuadas en los años 2012 y 2013, a las empresas que realizan maniobras de atraque y desatraque en la Región del Biobío; consulta hecha en nombre del Senador señor Navarro.
De la señora Superintendenta de Seguridad Social:
Atiende consulta, remitida en nombre de la Senadora señora Allende, concerniente a medidas que esa entidad fiscalizadora ha adoptado para que las empresas mineras y los organismos administradores pertinentes apliquen enmiendas en materia de prevención y protección de la salud de los trabajadores cuya labor los expone al riesgo de hipobaria intermitente crónica.
De la señora Superintendenta de Servicios Sanitarios:
Responde solicitud de información, cursada en nombre del Senador señor Prokurica, respecto del resultado de los estudios físico-químicos del agua potable de la Región de Atacama, efectuados durante el lapso 2010-2013.
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Comunicación
Del Senador señor Girardi, con la que solicita el desarchivo de las siguientes iniciativas de las que es autor o coautor:

1.- Proyecto de ley que prohíbe el uso de gases lacrimógenos y otros compuestos químicos para disolver manifestaciones públicas (boletín N° 7.667-11).

2.- Proyecto de ley que prohíbe comunicar en registros de datos personales las deudas por servicios de internet (boletín N° 7.093-03).

3.- Proyecto de ley sobre libre acceso a playas y riberas de mar, lagos y ríos (boletín N° 6.367-12).

4.- Proyecto que modifica la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y el Código de Aguas, en lo relativo a la evaluación de impacto ambiental de las pequeñas y medianas centrales hidroeléctricas y al otorgamiento de derechos de aprovechamiento de aguas (boletín N° 5.805-12).

5.- Proyecto de ley que declara monumento natural a todas las especies de ballenas que indica (boletín N° 5.744-03).

6.- Proyecto de ley que establece delitos en contra del medio ambiente (boletín N° 5.654-12).

7.- Proyecto que modifica la ley N° 18.362, en lo relativo a las sanciones aplicables a quienes cometan actos prohibidos en Áreas Silvestres Protegidas del Estado (boletín N° 5.346-12).

8.- Proyecto de ley sobre protección de humedales (boletín Nº 4.779-12).

9.- Proyecto de reforma constitucional que establece la garantía constitucional del derecho a la libertad sexual y reproductiva (boletín N° 4.277-07).

10.- Proyecto de reforma constitucional que modifica la garantía constitucional del derecho a la salud (boletín N° 4.275-07).

11.- Proyecto de ley que establece el derecho a la muerte digna (boletín N° 4.271-11).

12.- Proyecto que declara la nulidad del decreto ley N° 2.191, de 1978 (boletín N° 4.162-07).
--Se accede a lo solicitado.
El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la Cuenta.
IV. ORDEN DEL DÍA


ANÁLISIS DE FALLO DE CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA DE LA HAYA SOBRE DIFERENDO MARÍTIMO ENTRE PERÚ Y CHILE

El señor PIZARRO (Presidente).- Estimados señores Senadores, se ha convocado a esta sesión especial de la Corporación para tomar conocimiento de la resolución de la Corte Internacional de Justicia de La Haya relativa al diferendo marítimo entre Perú y Chile.
El día de ayer se reunió la Comisión de Relaciones Exteriores y, conforme a lo establecido en semanas anteriores, se acordó realizar esta sesión.
Como es especial, se fijaron tiempos que los Comités deberán distribuir entre sus integrantes.

El señor PROKURICA.- ¿Cuáles son los tiempos?

El señor PIZARRO (Presidente).- La Democracia Cristiana dispondrá de 30 minutos; Renovación Nacional, de 20; Unión Demócrata Independiente, de 27; Partido Socialista, de 17; Partido Por la Democracia, de 14; Independientes, distribuidos entre todos, de 14, y Partido Radical Social Demócrata, de 3 y medio, más otros 3 minutos y medio.
Vamos a comenzar con la exposición del Senador señor Ignacio Walker, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, quien nos va a entregar el informe de lo que dicho órgano técnico analizó ayer.
Tiene la palabra Su Señoría.

El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, quisiera tratar de reflejar, en esta sesión del Senado de la República, de la manera más escueta posible, las reflexiones, consideraciones y deliberaciones que se registraron en la Comisión de Relaciones Exteriores en días pasados, pero, principalmente, tras conocerse el fallo de la Corte de La Haya, contando con la presencia de nuestro Canciller, don Alfredo Moreno.
Creemos -y procuraré ser fiel a lo que allí se conversó- que el referido fallo debe ser evaluado tomando como base, como punto de partida, lo que fue la demanda del Perú, formulada exactamente hace seis años, en enero de 2008.
Recordemos que el Perú demandó unilateralmente a Chile, situación que en ese momento fue considerada por la Presidenta Michelle Bachelet como un gesto inamistoso hacia nuestro país.
Pues bien, ¿cuál es la base, la sustancia, la médula de la demanda del Perú y, no solo de ella, sino de todo lo que nuestro vecino fue tejiendo, desde el punto de vista de la construcción de una argumentación jurídica, al menos desde fines de los años setenta?
Lo voy a decir en una sola línea. Toda la argumentación del Perú, la sustancia de su demanda, tiene como base una afirmación única: no existe un límite marítimo entre Chile y Perú. Todo lo demás fluye de esta afirmación central.
Recordemos que hasta el año 2000, y desde 1947 -es decir, durante 53 años-, el Perú sostuvo la tesis exactamente contraria. En otras palabras, la nuestra no es solo la tesis de Chile: es la tesis que Chile y Perú suscribieron invariablemente durante 53 años, como era afirmar -insisto, hasta el año 2000- que existía -y ahora sabemos que existe, a la luz del fallo de ayer- un límite marítimo entre Chile y Perú, y que ese límite es el paralelo que nace en el Hito N° 1.
Fue en 1977 cuando el Almirante Faura sostuvo por primera vez en el Perú la tesis de que no había un instrumento formal de delimitación marítima entre ambos países, como lo relató muy bien el historiador José Rodríguez Elizondo en días pasados.
Fue en 1986, como también sabemos, cuando el Embajador Juan Miguel Bákula tomó esa argumentación, le dio cierta forma y se entrevistó con Jaime del Valle, Canciller chileno de ese entonces, para hacerle ver, como emisario del Presidente de la República del Perú -en ese momento Alan García, en su primera Administración-, que no existiría una delimitación marítima entre ambos países.
Fue en el año 2000 cuando el Perú envía por primera vez una nota diplomática formal a Chile comunicándole que, a su juicio, no existe límite marítimo. Curioso, porque exactamente un año antes, en 1999, los Cancilleres de ambos países habían suscrito el Acta de Lima, poniendo fin a las llamadas "cuestiones pendientes" del Tratado de 1929, a saber, la obligación de Chile de proporcionar una estación ferroviaria, un malecón de atraque y una agencia de aduana, cuestiones que por sesenta años se habían postergado por mil argucias, especialmente por parte del Perú. Hay que decirlo. Chile siempre estuvo dispuesto a zanjar los asuntos pendientes del Tratado de 1929.
Pues bien, a entera satisfacción de ambas partes, bajo los Gobiernos de los Presidentes Eduardo Frei y Alberto Fujimori y con los Cancilleres Valdés y Trazegnies, se firma un Acta en Lima donde las dos naciones declaran que no quedan cuestiones pendientes.
Ya había tomado 50 años, entre 1879 y 1929, suscribir un tratado terrestre entre ambos países que pusiera fin a los efectos de la Guerra del Pacífico. ¡Cincuenta años!
¿Y qué estableció el Tratado de 1929? Un límite terrestre, correspondiente a la Línea de la Concordia, que se inicia 10 kilómetros al norte del puente del río Lluta y se prolonga hasta un punto de la costa llamado "Concordia".
En 1930, peritos designados por ambos países suscriben un Acta, que debe ser considerada parte integrante del Tratado del año anterior, con un objeto muy preciso: definir qué se entiende por "punto de la costa". En definitiva, el Acta, suscrita por peritos de ambos países, establece unos hitos, de entre los cuales el N° 1 se llama "Orilla del Mar".
Esa no es la opinión de nuestro país: es el Acta de Perú y de Chile que forma parte integrante del Tratado de 1929.
Ese año, entonces, creíamos que el punto quedaba zanjado.
Lo mismo pensamos seis décadas después, en 1999. Hasta que nos encontramos con la nota diplomática del Perú, del año 2000, en la cual dicha nación señalaba no solo que la cuestión no estaba zanjada, sino además que no existía límite marítimo.
Luego, bajo la Administración del Presidente Lagos -siendo Canciller primero Soledad Alvear y después yo-, el Perú nos invitó a resolver el tema bilateralmente. ¿Qué dijimos al unísono? "¡Por ningún motivo! No hay nada que discutir ni que resolver, porque el límite marítimo ya se halla establecido".
Después, el Perú insinuó la posibilidad de ir en conjunto a la Corte Internacional de Justicia. ¿Qué señalamos, como país? "¡Por ningún motivo! El tema ya está resuelto".
Sin embargo, en 2005, Perú, unilateralmente, fija la Ley de Líneas de Base. ¿Qué hicimos nosotros? A los pocos días enviamos una nota diplomática desconociendo los efectos que podía tener, con respecto a terceros países -incluido el nuestro-, un acto unilateral de legislación interna, por considerar que ello vulneraba los términos del límite marítimo existente entre Chile y Perú.
Y finalmente, como sabemos, en enero del 2008, nuestro vecino deduce una demanda ante la Corte Internacional de Justicia cuya base es sostener que tal límite marítimo no existe y que, por tanto, la Corte debe determinarlo.
En dos palabras, señor Presidente: en el día de ayer la Corte Internacional de Justicia rechazó y desechó de plano la argumentación jurídica del Perú acerca de la inexistencia de un límite marítimo entre ambos Estados, declarando, de paso, que el memorándum del Embajador Bákula, de 1986, no tenía, en el fondo, mayor peso ni importancia.
Por consiguiente, la esencia de nuestra argumentación jurídica, que afirma la existencia de un límite marítimo, quedó confirmada ayer por la Corte Internacional de Justicia.
Es cierto, la Corte dice: "Los decretos internos de 1947, que por primera vez hablaron del paralelo y de las 200 millas, no alcanzan a establecer una delimitación marítima". Y es cierto también que la Corte señala: "La Declaración de Santiago de 1952 no alcanza a constituir un tratado de delimitación marítima". Pero afirma: "La Declaración de Lima, o Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima de 1954, sí contiene, clara y taxativamente, la existencia de un límite marítimo". Habla, comillas, "del paralelo geográfico que es el límite marítimo entre las partes". Cierre de comillas.
¡Más claridad, imposible.
Es interesante destacar que la Corte señala que en ese período -entre 1947 y 1954-, si bien los instrumentos de 1947 y 1952 no habrían definido específicamente el límite marítimo, de acuerdo con el Tratado de 1954, ya existe dicho límite. Tanto es así que al año siguiente -1955- Perú dicta una resolución suprema, haciendo aplicable a su Derecho Interno lo concordado entre los dos países acerca de la delimitación marítima.
Y como si todo lo anterior fuera poco, en 1968 y 1969, las Actas bilaterales de ambas naciones establecen las torres de enfilamiento: una construida por Perú y, otra, por Chile, con efecto, por supuesto, para las embarcaciones pesqueras, pero diciendo -a la letra- que "El límite marítimo es el paralelo geográfico del hito número 1".
¿Por qué es tan importante la decisión que ayer entregó la Corte? Porque no solo da la razón a Chile desde el punto de vista de la médula de la argumentación jurídica, en cuanto a la existencia de un límite marítimo que se fija al menos el año 1954, aunque hable de acuerdo tácito -interesante desde la perspectiva de la jurisprudencia y el precedente que eso sienta-, sino que añade que ese límite marítimo, que sí existe, es el paralelo geográfico del hito número 1¿
Estoy terminando la relación, señor Presidente.
Permítame 5 minutos para concluir.

El señor PIZARRO (Presidente).- Está bien, señor Senador. Pero tenemos tiempo limitado.

El señor WALKER (don Ignacio).- Entonces, fíjense lo que ocurre ayer.
Por 15 votos contra uno, incluyendo el voto del Presidente de la Corte y, además, el del juez ad hoc del Perú, que es un francés, el Tribunal declara que sí hay límite marítimo, el cual corresponde al paralelo geográfico que parte en el hito número 1.
Por lo tanto, la tesis jurídica de Chile, sostenida invariablemente durante 70 años, es recogida por la Corte, y desecha de plano la petición fundamental del Perú. ¡No nos olvidemos de esto! ¿Qué pide Perú? Junto con alegar la inexistencia del límite y solicitarle a dicho Tribunal que lo defina, pide que lo haga en la bisectriz o línea equidistante que parte en el punto Concordia, que Perú, en virtud de la Ley de Líneas de Base de 2005, denomina el "punto 266". Sin embargo, la Corte desecha de plano dicha petición.
En consecuencia, la argumentación de Chile queda a salvo desde el punto de vista jurídico.
Lo anterior corresponde al vaso medio lleno.
¿Cuál es el vaso medio vacío? Es algo que no solo hay que lamentar, sino criticar y rechazar: la Corte hace extensivo el límite marítimo hasta las 80 millas marítimas. Por mayoría de votos, de 10 a 6 -contrario a la votación 15 a uno que le dio la razón a Chile-, sostiene que de la milla 80 para adelante hay una línea equidistante hasta el punto B y de ahí en vertical hasta el punto C.
¿Con qué argumento? Con uno muy débil, muy débil.
Por eso, la objeción de Chile, expresada tanto por el Jefe de Estado en ejercicio, Sebastián Piñera, como por la Presidenta electa, Michelle Bachelet, quienes lamentan y consideran dolorosa esa decisión. Nosotros sostenemos que tal determinación no tiene fundamentación jurídica. ¡En ningún alegato, nadie, ni Perú ni Chile, plantearon lo de las 60 u 80 millas marítimas!
Es más, ¿qué es lo que conocemos de 1947 a 1954? La tesis de las 200 millas, que pasó a servir de base al Derecho del Mar contemporáneo, el cual se fundamenta en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, que fue vislumbrada por Chile, Perú, Ecuador y, luego, Colombia, en los años 40 y 50.
Todo lo que hemos señalado se refiere a las 200 millas marítimas, partiendo por la Proclamación Presidencial de 1947, de Perú; siguiendo con la Declaración de Santiago, de 1952. Todo ese capítulo de la historia del Derecho del Mar trata de las 200 millas marítimas.
Por lo tanto, resulta injustificable -por eso hay que lamentar- que la Corte, habiéndole dado la razón a Chile en la tesis jurídica fundamental, haya decidido por mayoría simple esa línea equidistante desde el punto de las 80 millas marítimas, lo que desconcierta, pues carece de todo sustento jurídico, y demuestra que siempre hay un margen de "equidad" en una Corte que es de Derecho y que falla conforme a este.
En síntesis, para terminar, esta es una decisión obligatoria; definitiva e inapelable, que hay que cumplir, que deja a salvo la médula de la argumentación jurídica chilena, pero que establece -lo que hay que lamentar- esa línea equidistante más allá de la milla 80, que no tiene justificación alguna.
Por eso, la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado propone a esta Sala que tengamos a bien aprobar, ojalá por unanimidad, un proyecto de acuerdo -vamos a distribuir su texto, un borrador- que establece esos dos aspectos fundamentales.
Es decir, por un lado, valoramos como una cuestión medular que la Corte de La Haya acogiera la alegación jurídica de Chile y, por otro, lamentamos que por un acto arbitrario, caprichoso -como queramos llamarlo-, haya decidido que la prolongación del paralelo llega hasta la milla 80.
Por último, además de destacar que la defensa jurídica del Estado de Chile ha sido impecable, deseo felicitar al equipo jurídico que la ha conducido en forma brillante en estos 6 años.
He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Vamos a ofrecer la palabra por Comités. Hay algunos inscritos con los tiempos que han establecido sus respectivas jefaturas.
Tiene la palabra el Senador señor Frei.
¿Cuánto tiempo del correspondiente al Comité Demócrata Cristiano va a utilizar, Su Señoría? Porque hay otros oradores de su Partido.

El señor FREI (don Eduardo).- De 8 a 10 minutos.

El señor PIZARRO (Presidente).- Dispone de 8 minutos.

El señor FREI (don Eduardo).- Señor Presidente, me voy a ahorrar todo lo que ha dicho el Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, porque me gustaría referirme más a los temas que nos preocupan, sobre todo hacia adelante: la existencia de límites; el Tratado de 1954; los Acuerdos de los años 1968 y 1969; el paralelo; el hito número 1; en fin. Todo eso es parte del veredicto.
La primera inquietud que me surgió desde hace ya casi 14 meses, luego de participar en una reunión de ex Presidentes con el Primer Mandatario, y que di a conocer a la salida de ella, fue que no queríamos un fallo salomónico, refiriéndonos al caso de Colombia y Nicaragua, aunque es una situación distinta.
Sin embargo, si uno lee la prensa internacional de hoy día, tanto El País, como los diarios ingleses y otros, titulan claramente: "Decisión salomónica de La Haya en el conflicto marítimo entre Chile y Perú". "Decisión salomónica" ese es el titular de los diarios de Europa, básicamente, de los ingleses.
Entonces, ayer, cuando escuchábamos el fallo, al principio daba la impresión de que nos iban a quitar todo, que se fijaría la bisectriz pedida por Perú. Después de una hora comenzaron a aparecer algunas luces favorables: las 12 millas -el mar soberano de cada país-, después vinieron otras millas; se mencionaron las 60, y, finalmente, se llegó a las 80 millas marítimas.
¿Basta decir que es historia pesquera?
¿Por qué decimos que fue un fallo en Derecho, con todas las argumentaciones dándole la razón a Chile, si al final nos cortan la cola -como se dice vulgarmente- y nos quitan territorio marítimo a partir de la milla 80? ¿Cuál es el fundamento?
Perú decía en sus presentaciones que no había límite marítimo entre ambos países, solo acuerdos pesqueros. Y si fuera así, ¿por qué nos quitan mar en las 80 millas? Es bastante inexplicable. Habría que leer el fallo.
Entiendo que hoy día iban a asistir el Canciller y algunos agentes de Chile para que nos explicaran el fallo. Hay que leerlo y, en su contexto, ver las opiniones de los jueces que se pronunciaron a favor y en contra para tener una visión más completa.
A mi juicio, este tema es muy grave, porque sienta un precedente para las determinaciones de la Corte de La Haya. ¿Qué hace? Decide salomónicamente: reparte. A pesar de que repite mucho en los considerandos: "Vamos a hacer justicia".
Entonces, todos tienen derecho a pedir, porque, al final, "un pedacito vamos a sacar".
Ese punto es muy importante para mí.
En seguida, no es solamente un fallo en Derecho. Cuando uno, por ejemplo, escucha y ve la deliberación de los jueces, aprecia que el marroquí, excanciller, no solamente actúa en Derecho, sino que toma en cuenta otras consideraciones.
Por eso, me sumo a las expresiones del Senador Ignacio Walker, en el sentido de felicitar a la defensa jurídica de Chile, porque triunfó ampliamente. Sin embargo, sobre el resto de la presentación, el resto de los antecedentes históricos, culturales, sociopolíticos, de todo tipo que toman los jueces -más de tres de ellos fueron cancilleres, han sido ministros de Estado en sus respectivos países-, nada se dice. Y estos emiten una opinión política al tomar la decisión; o sea, no se basan solo en los tratados.
Me pregunto -por eso me habría gustado que estuvieran presentes acá quienes fueron nuestros representantes en La Haya-: ¿por qué jueces latinoamericanos votaron en contra de Chile? Fueron los dos votos que nos faltaron.
En definitiva, hay que revisar el fallo en detalle para entender lo que significa.
Me preocupa lo resuelto. ¿Por qué se respetó el límite solo hasta la milla 80? Esa es la duda que tenemos todos. Y así se expresó también en la prensa.
Además, dadas las declaraciones tanto del Presidente actual y de la futura Presidenta de Chile como del Primer Mandatario de Perú, un diario nacional titula "Triángulo terrestre abre nuevo foco de tensión entre Lima y Santiago". ¡O sea, el asunto no queda zanjado! Lo mismo pasó el año 2000. ¡No están salvados los conflictos!
Por ello, debemos ser tremendamente rigurosos y duros en la ejecución de los tratados.
En la Constitución peruana se habla de mar soberano. El Presidente de Perú ha dicho ayer: "Ganamos 50 mil kilómetros cuadrados de soberanía". ¡Pero él sabe que eso no es verdad, porque solo las primeras 12 millas son soberanas! A partir de ese límite, de acuerdo a la Convención del Mar, no hay soberanía, sino zona económica exclusiva.
¡Ya está planteando ese tema! ¿Qué implicancia traerá para Chile?
En efecto, se manifiestan dudas respecto del triángulo terrestre. Podrían decir ahora: "Sobre el límite marítimo, operaba el Tribunal de La Haya; pero cualquier controversia en la parte terrestre debe ser resuelta por el Presidente de Estados Unidos".
En consecuencia, señor Presidente, con relación a este asunto debemos ser muy rigurosos.
Reitero: no solamente en Derecho se dictó el fallo. Aquí se consideraron también otro tipo de opiniones. Así actuaron los jueces.
Ayer vimos al ex Presidente Alan García hablar en un tono mucho más humilde que en otras ocasiones.
Cabe preguntarse si en 2, 3, 4, 5 años más las autoridades peruanas van a volver a plantear otro tema con Chile. ¿Esto se va a terminar definitivamente o no?
Esas son las conclusiones que tenemos que sacar.
¿Qué pasará con la demanda anunciada por Bolivia? ¿Cuáles serán sus consecuencias? ¿Cuál va a ser la actitud de Perú en esa situación?
Tales son los temas que, a mi juicio, debemos analizar en profundidad.
Es preciso leer el fallo con detenimiento y examinar los pasos que Chile ha de seguir. Tenemos que ser tremendamente rigurosos en la ejecución del fallo y considerar cada una de las consecuencias que se producirán en el próximo tiempo.
¿La Corte Internacional de Justicia actúa en Derecho? Sí, pero, a mi juicio, no exclusivamente en Derecho. El fallo de ayer lo refleja clara y rotundamente.
Reitero que el juez marroquí, quien fue canciller en su país, se refirió al paralelo, no ahora, cuando se redactó el fallo, sino en diciembre del año 2012.
Como dije, me llama la atención el voto contrario a la posición de Chile de algunos jueces latinoamericanos. Sin embargo, hasta el juez ad hoc de Perú, ex Presidente de la Corte Internacional, se pronunció a favor de nuestro país en la votación de 10 por 6.
Todo ello demuestra claramente que este asunto hay que mirarlo con mucho detalle. Es posible que en un tiempo venidero nos cause muchos problemas.
No olvidemos que con el fallo por el diferendo limítrofe con Argentina, en el cual se contó con la mediación del Papa, perdimos tanto o más kilómetros cuadrados que con el fallo de ayer. En aquel caso, defendimos el canal Beagle y las islas comprometidas -¡todo!-, pero la línea siguiente se corrió hacia el mar, y eso cambió la proyección hacia la Antártica. Hubo más superficie cedida en esa ocasión que en la que nos ocupa.
Entonces, ¡estamos clarísimos!
Reitero: me habría gustado contar con la presencia del Canciller y de los agentes, para poder preguntarles todas estas cosas, y así sacar las conclusiones que correspondan.
Espero que Perú -lo dije el 10 de enero recién pasado, cuando el Presidente de la República nos invitó a La Moneda- de una vez por todas se comprometa a aceptar, con este fallo de la Corte de La Haya, que están terminadas todas las causas pendientes con Chile. Ojalá, no vuelvan a plantear asuntos de este tipo.
Antes de la lectura del fallo, las autoridades peruanas pensaban que dicho Tribunal iba a aprobar la bisectriz que demandaban y que ganarían todo. Por eso decían que lo resuelto debía ser ejecutado prácticamente el mismo día. Ayer, en cambio, se pusieron muy tranquilos. Parece que ya no están apurados ni estiman que el asunto sea tan urgente.
Algunas autoridades -entre ellas, el ex Presidente Alan García- reconocieron todo y señalaron que esto cerraba cualquier asunto pendiente.
¡Pero el año 2000 también dijeron lo mismo!
Al Presidente Fujimori ni lo nombraron ayer, como si no hubiera existido en la historia del Perú. Fue Presidente por diez años y, como tal, firmó varios acuerdos con Chile. Los primeros mandatarios son responsables de las políticas de Estado. Cuando uno es Presidente, negocia con su par vecino y con el Canciller respectivo.
¡Pero después esos temas se han desconocido!
Por eso quise hacer todas estas afirmaciones.
No ocuparé más tiempo, pues otros colegas desean intervenir.
Señor Presidente, solo deseo señalar que me alegra que hayamos realizado esta sesión.
Espero, en los próximos días o meses, poder conversar con el Canciller actual, con el que va a asumir en marzo y con los agentes de Chile, para conocer hasta el más mínimo detalle de todas las discusiones que hubo en la materia. A ese efecto, se necesita también conocer la opinión de Francisco Orrego, quien fue parte de todas esas conversaciones. Pido que entregue todos los antecedentes de que dispone para saber cómo debemos seguir actuando en el futuro y no encontrarnos con nuevas sorpresas.
Gracias.

El señor PIZARRO (Presidente).- A usted, señor Senador.
Informo a la Sala que el señor Canciller y los agentes vienen en camino. Llegaron a Chile hoy en la mañana, y en este minuto son transportados en helicóptero hacia acá desde Santiago.
Una vez que lleguen, les podremos hacer los alcances del caso.
Tiene la palabra, por cinco minutos, el Honorable señor Rossi.

El señor ROSSI.- Señor Presidente, hizo un extenso relato acerca del fallo el Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores. Expuso el contexto histórico y jurídico.
Yo quiero expresar algunas reflexiones políticas en el corto tiempo de que dispongo.
Ante todo, deseo señalar que el fallo no es óptimo para los intereses de Chile. Llama la atención el clima -no sé cómo decirlo- de euforia que se ha generado. He escuchado declaraciones que indican que este es un gran triunfo para Chile, para su diplomacia.
Me gustaría que revisáramos lo que dijimos algunos años atrás, el 2008, cuando Perú presentó su demanda marítima ante la Corte de La Haya: que Chile tenía toda la razón, de acuerdo al Derecho Internacional, de acuerdo al principio de intangibilidad de los tratados en materia limítrofe; que en este ámbito prácticamente no había nada que debatir.
Sin embargo, en las últimas semanas se fue generando un clima de bastante pesimismo, lo cual, quizás, hace que hoy día veamos el fallo -insisto que no es óptimo, pues Chile pierde 21 mil kilómetros cuadrados de zona económica exclusiva- como algo positivo.
Pese a ello, no dejo de expresar mi alegría y satisfacción por el hecho de que, en lo central, se impuso la tesis chilena. En efecto, ganó la posición de que el paralelo se traza a partir del hito 1, como punto de partida de la delimitación marítima. ¡Y esa es una cuestión esencial!
Si para ese fin se hubiere acogido la línea de la Concordia (el "punto 266", como lo llama Perú), a menos de 300 metros al suroeste del hito 1, evidentemente hoy día estaríamos enfrentando otro problema, que tiene que ver con el territorio terrestre. Ustedes saben muy bien que se forma un triángulo entre el punto 266 y el paralelo que llega al hito 1.
Ahora bien, habiendo dicho que ganamos en lo esencial y asumiendo que hubo una pérdida dolorosa, quiero señalar que comparto lo manifestado recién por el Senador señor Frei con relación a la arbitrariedad de los jueces y a la falta de solidez de sus argumentos, desde una perspectiva jurídica, para no reconocer nuestra frontera norte hasta la milla 200.
¡Eso llama poderosamente la atención!
Incluso en las declaraciones unilaterales hechas por Chile, Perú y Ecuador el año 47, que fueron visionarias respecto de lo que sería la Convención del Mar, se reconoce el límite de las 200 millas desde la costa. Asimismo, se hace alusión a la Declaración de Santiago, de 1952, en la cual también se plantean las 200 millas.
Misteriosamente, con una gran creatividad por parte de los jueces de La Haya -un especialista en estos temas me lo había advertido: "El problema es que muchas veces los jueces son creativos"-, se sentencia que Chile en ese punto ahora llega hasta la milla 80. Ello, porque, más allá de ese límite, no habría ejercido soberanía ni habría capturado nunca una nave pesquera peruana realizando pesca extractiva, en circunstancias de que, como todos sabemos muy bien, dicha pesca se efectúa, fundamentalmente, en las 20 primeras millas; a lo sumo, hasta la milla 40.
Por lo tanto, tal argumento es bastante débil.
De igual modo, se planteó que la luz de los faros que se colocaron el año 69 (en virtud del Acta de 1968), que correspondería a la proyección en el mar del límite terrestre, no iluminaba tan allá.
En verdad, esos argumentos resultan muy débiles y demuestran la arbitrariedad y creatividad con que los jueces actuaron en este caso para establecer la línea equidistante a partir de la milla 80.
Desde el punto de vista de la actividad pesquera, indudablemente no hay un gran compromiso, salvo con un grupo de pescadores -hay que compensarlos; por tanto, debe dialogarse con ellos- que hacen pesca de altura -palometa, albacora, bacalao- más allá de las 80 millas.
Como tengo muy poco tiempo, señor Presidente, solo voy a plantear lo esencial.
Creo que en el proyecto de acuerdo ha de señalarse con total claridad que el cumplimiento del fallo tiene que ver con algo muy importante: que este sea el punto final a las cuestiones pendientes con Perú en materia limítrofe.
Lo dijo el Senador Frei: cada diez años tenemos un tema pendiente, que aparece de manera misteriosa y es planteado por Perú.
Así ocurrió desde el año 1883, tras concluir la guerra con ese país. Después nos fuimos al 1929, en el Tratado de Lima. Pasamos por el 47, el 52¿
Está concluyendo mi tiempo, señor Presidente. Le solicito un par de minutos adicionales.

El señor PIZARRO.- Con cargo a su Comité, señor Senador.

El señor ROSSI.- No, señor Presidente. Eso se lo quito a mi bancada, lo que no es justo.
La Senadora Allende, futura Presidenta del Senado, me está cediendo un minuto, que agradezco.
Señor Presidente, concluyo señalando que es muy importante terminar con la incertidumbre y que el Congreso Nacional se pronuncie a ese respecto justamente hoy.
La implementación del fallo, por cierto, será gradual. Este no es de aplicación inmediata: se equivoca el Perú cuando sostiene lo contrario.
Pero ya hemos visto declaraciones de algunas autoridades peruanas que dicen: "Aquí hay temas pendientes: no se resolvió lo del hito 1, no se resolvió la cuestión terrestre".
Entonces, como chilenos, como parlamentarios, como nación, lo único que podemos aguardar en cuanto a este fallo, que no es óptimo, pues nos ocasiona una pérdida dolorosa, es que al menos nos permita sentar un clima de esperanza, pensando en el futuro y sabiendo que nunca más vamos a tener controversias con Perú ni estaremos expuestos a demandas como la que acaba de concluir.
He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Para los efectos del cómputo del tiempo, debo señalar que Su Señoría intervino durante seis minutos.
Tiene la palabra el Senador señor Orpis, por ocho minutos.

El señor ORPIS.- Señor Presidente, Honorable Senado, valorando la defensa que efectuó Chile en el litigio que nos ocupa, debo puntualizar que se trata de un fallo injusto para nuestro país y que no se conforma a Derecho.
El daño ya está hecho: perdimos 22 mil kilómetros cuadrados de nuestra zona económica exclusiva.
Por lo tanto, cabe efectuar reflexiones muy profundas sobre lo ocurrido.
La primera reflexión que surge es que Perú construyó este caso. Y lo construyó a partir de 1977, cuando el ex Almirante Guillermo Faura publica El mar peruano y sus límites, donde elabora la tesis de la equidistancia, que termina siendo asumida por dicho país.
Luego, en 1979, el prestigioso académico Eduardo Ferrero, en su publicación El nuevo Derecho del Mar, llega exactamente a la misma conclusión.
Y posteriormente, en 1985, el diplomático Juan Manuel Bákula, en su obra Dominio marítimo del Perú, amplía la tesis de sus antecesores.
Esa fue la tesis asumida por Torre Tagle, por la Cancillería peruana, que comienza a desarrollarse.
Por lo tanto, asumida dicha tesis, el siguiente paso era debilitar los tratados vigentes celebrados entre Chile y Perú.
La primera decisión que se toma es restarle valor a la declaración de las 200 millas hecha unilateralmente por Perú en 1947.
Los pasos posteriores eran debilitar el Tratado de 1952 y el de 1954, para terminar haciendo lo mismo con los acuerdos de la Comisión Mixta de los años 1968 y 1969, especialmente por el ex Canciller Rodríguez Cuadros. Y esto concluye en 1986 con el Memorándum Bákula, durante la reunión con el Canciller Del Valle.
Todo lo que viene en seguida es la preparación de la demanda.
En consecuencia, desde mi punto de vista, la demanda era inevitable, pues se trataba de una concepción asumida por el Estado peruano y que se comienza a desarrollar a partir de 1977.
Y aquí quisiera detenerme, señor Presidente, porque se trata de una reflexión muy profunda.
¿Fue capaz la Cancillería de detectar toda esa tesis elaborada y desarrollada por Perú?
Yo he llegado a la convicción más profunda de que no fue capaz de detectarla. Por tanto, no pudo informar al Gobierno y al Parlamento de lo que Perú estaba desarrollando minuciosamente, con sistematicidad.
Creo, señor Presidente, que es la oportunidad de hacer una revisión muy profunda en esta materia. No podemos tener una Cancillería incapaz de predecir escenarios futuros, porque precisamente de los análisis efectuados por entidades especializadas depende el tomar o no decisiones de carácter político: por ejemplo, la de retirarnos del Pacto de Bogotá.
Si no se zanjan las cuestiones pendientes con Perú, yo prefiero que nos retiremos del Pacto de Bogotá, para definitivamente sincerar nuestras relaciones con los países vecinos y conocer dentro del año de espera -porque hay que renunciar con un año de anticipación- todas las demandas a que se ve expuesto Chile por parte de ellos.
Y digo aquello porque en 1999, mientras en Arica y en Lima el Presidente Frei suscribía acuerdos en el sentido de que no había ningún problema limítrofe pendiente, Torre Tagle, por debajo, preparaba minuciosamente la demanda contra nuestro país.
Por consiguiente, me parece fundamental sincerar definitivamente nuestras relaciones con las naciones vecinas. Porque el Tratado de Ancón se celebró en 1883, tras terminar la Guerra del Pacífico, y no resulta admisible que a partir de esa fecha, de manera ininterrumpida, sigamos expuestos y sujetos a reivindicaciones de la naturaleza descrita.
Yo prefiero sincerar las relaciones. Y si en esta oportunidad no hay un punto final con Perú, Chile debe retirarse del Pacto de Bogotá.
Señor Presidente, la segunda arista de las lecciones emanadas de este episodio tiene que ver con las visiones geopolíticas de nuestro país.
No es aceptable que en una zona geopolíticamente estratégica, como es el caso de Arica, el auge o la decadencia haya dependido de la voluntad de los gobernantes de turno.
Es el Estado, más allá de quien se encuentre gobernando, el que debe asumir que zonas del territorio nacional a las que permanentemente se las hace objeto de reivindicaciones de carácter territorial son geopolíticamente estratégicas y, por lo tanto, no solo hay que defenderlas con las instituciones de la Defensa, sino también mediante el poblamiento y el desarrollo, que son la mejor forma de ejercer soberanía.
Entonces, quiero pedir que el Parlamento apruebe cuanto antes una modificación constitucional presentada por todos los miembros de la Comisión de Gobierno del Senado -o sea, por la unanimidad de dicho órgano técnico- a los efectos de establecer que las zonas geopolíticamente estratégicas tengan un estatuto especial que no dependa de la voluntad del gobernante de turno, sino que sea preocupación permanente del Estado asumir su desarrollo, su poblamiento y su defensa.
En síntesis, creo que la Cancillería debe hacer una revisión muy profunda. Porque este problema pudo evitarse si hubiésemos dispuesto de antecedentes en cuanto a que la equidistancia era la tesis asumida por Perú desde el año 1977. En tal caso habríamos tenido la oportunidad de retirarnos del Pacto de Bogotá, para no otorgarle a esa nación el instrumento del Tribunal de La Haya, cuyos fallos son inapelables.
En consecuencia, primero, la Cancillería debe tener un departamento de estudios que nos indique con anticipación los escenarios posibles.
La situación en comento no fue advertida ni a los Gobiernos respectivos ni al Parlamento.
Segundo, debe asumirse que Chile tiene relaciones vecinales complejas y que, por ende, es fundamental que las zonas geopolíticamente estratégicas cuenten con un estatuto especial, para que el Estado, independiente de los gobiernos, vele por su poblamiento y desarrollo.
He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra, hasta por 10 minutos, el Senador señor García.

El señor GARCÍA.- Señor Presidente, creo que, a pesar de que el fallo de mayoría en lo que respecta al acortamiento del paralelo en la milla 80 resulta incomprensible y, a mi juicio, incluso contradictorio con otros argumentos y consideraciones que tuvo en cuenta la Corte Internacional de Justicia para resolver como lo hizo, debemos asumirlo de manera muy positiva.
Primera razón para ello: porque, reiteradamente, Chile ha sido acusado por Perú, y también por Bolivia, en forma muy majadera, y por otros gobiernos que asumen la causa boliviana, de ser un país armamentista, un país belicista, un país expansionista.
Una nación que para solucionar sus controversias limítrofes prefiere la razón jurídica, la razón del Derecho Internacional, evidentemente, no es armamentista, ni belicista, ni expansionista. Y es el caso de Chile.
Por lo tanto, considero que debemos asumir con mucha fuerza que, al revés de lo que las naciones descritas quieren sostener para indisponernos con los países latinoamericanos, particularmente, y con el resto del mundo, Chile es una nación apegada al Derecho Internacional, apegada al cumplimiento de los tratados. En pocas palabras, Chile es un país de paz.
Segunda razón por la que estimo que hemos de asumir el fallo de manera muy positiva: porque vamos a tener límites marítimos claros con Perú, límites establecidos con toda la fuerza moral que posee la Corte Internacional de Justicia.
En consecuencia, a partir de la sentencia dictada, en su implementación se deberán construir los acuerdos indispensables para que sea respetada en su letra y en su espíritu.
Preocupa sobre todo que en Perú ya surjan voces que señalan que el propio fallo estaría generando otras situaciones de imprecisión.
Aquí tiene que haber una sola voluntad: respetar la sentencia, construir durante su implementación los acuerdos necesarios y poner término a toda controversia limítrofe con Perú.
A mi entender, ese es el verdadero espíritu del fallo que conocimos ayer.
No hacerlo así; crear situaciones nuevas, que incluso podrían derivar a otros gobiernos, a otros Estados para que las solucionaran, es simplemente no reconocer el hecho esencial de ayer: que tenemos límites establecidos, límites fuera de toda discusión, y que a partir de ahora entre Chile y Perú debe haber cooperación para el mayor desarrollo de nuestros pueblos.
Respecto al fallo en comento, también considero muy importante que la mayor parte de la tesis jurídica chilena haya sido aceptada, y con votaciones contundentes: 15 a 1.
Tal como se ha recordado, Perú sostenía que no había límite marítimo. La Corte dijo: hay límite marítimo. El límite marítimo era el paralelo construido a partir del hito 1. Hechos sostenidos por Chile y ratificados por la Corte Internacional de Justicia.
El peso jurídico de los argumentos chilenos, en lo grueso, en lo esencial, fue reconocido por la Corte Internacional de Justicia y ha sido respetado: ahí tenemos otra buena razón para asumir el fallo de manera muy positiva.
Y, derivado de eso mismo, el hecho de que casi todo lo que constituye la riqueza pesquera de nuestro país haya quedado protegido, incluso con el límite de las 80 millas, también tiene que ser un elemento central para afirmar que Chile no ha perdido soberanía ni riqueza en el fallo de la Corte Internacional de Justicia.
Por supuesto, habríamos preferido el mantenimiento del límite que durante los últimos 60 años reconocieron, al menos en los hechos, ambos países. Habríamos querido el respeto del paralelo en sus 200 millas.
No fue así.
Empero, aun en tal situación, nosotros -reitero- debemos asumir positivamente el fallo, pues, en lo esencial, la posición de Chile ha sido reconocida y respetada.
He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Guardaremos los cuatro minutos que le sobran, señor Senador.
Tiene la palabra la Honorable señora Alvear, hasta por 10 minutos.

La señora ALVEAR.- Señor Presidente, ayer conocimos el fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya en el caso iniciado por la demanda del Perú referida a los límites marítimos entre nuestros dos países.
Se trata de la primera vez en que dicho Tribunal emite una sentencia respecto a nuestra nación, lo que constituye de verdad un instante histórico.
Es en estos momentos cuando no puede haber espacio para las ambigüedades o los cálculos de corto plazo. Hablamos para la historia y acudimos a los principios.
Chile es un país respetuoso del Derecho Internacional. Nuestras fronteras, a lo largo de la historia, se han establecido mediante tratados o a través de laudos arbitrales, y nuestro faro guía en esta materia siempre han sido el invariable acatamiento a aquel y la observancia de nuestras obligaciones internacionales.
Una de dichas obligaciones, por cierto, comprende el cumplimiento de las sentencias de los tribunales internacionales a cuya jurisdicción estamos sometidos.
Por lo tanto, señor Presidente, lo primero que debemos afirmar es que ambos países, tanto Perú como Chile, tienen la obligación de aceptar y cumplir de buena fe la sentencia dictada ayer. Sobre ello no puede haber lugar a la más mínima duda. Y lo afirmamos en los términos más explícitos posibles.
Recordemos que llegamos al Tribunal de La Haya no porque Chile lo haya querido.
Para nuestro país, los límites marítimos con el Perú constituían un asunto resuelto hacía ya varias décadas, por los Tratados de 1952 y 1954. La frontera marítima, a su vez, estaba materializada por los actos y las actas de 1968 y 1969.
Si llegamos a La Haya fue a raíz de una demanda unilateral del Perú -inamistosa, a mi juicio y según como la calificó el Gobierno de la Presidenta Bachelet-, posibilidad, eso sí, admitida en el Pacto de Bogotá, del cual ambos países son parte desde hace varias décadas.
Tengamos presente que la adhesión de Chile al Pacto de Bogotá fue fruto de la intervención de varios Gobiernos. Lo firmó el Presidente González Videla, en 1948; en 1954 el Presidente Ibáñez lo envió al Congreso para su aprobación, la que se logró durante el Régimen del Presidente Frei Montalva, quien lo ratificó después de sancionarlo el Parlamento; y finalmente, luego del golpe de Estado de 1973, la Junta militar dispuso que se depositara el instrumento de ratificación en el año 1974, por lo que a partir de esa fecha somos parte.
Más de alguien ha dicho que no debimos comparecer ante la Corte. Ello habría sido absolutamente imposible. Si no hubiéramos acudido al proceso, el hecho solo habría redundado en contra de nosotros, pues el caso habría seguido adelante en rebeldía del Estado chileno. Se habría dictado igual una sentencia, sin que hubiéramos presentado ninguna defensa. Sus Señorías pueden imaginar cuál podría haber sido el resultado.
Además, dadas las características del caso, tampoco resultaba conveniente presentar una excepción de incompetencia de la Corte, a diferencia de lo que algunos también han expresado, por las siguientes razones.
Primero, porque la cláusula que habría sido preciso invocar para fundamentarla alude a asuntos regidos por acuerdos o instrumentos en vigencia a la fecha de celebración del Pacto de Bogotá, esto es, al 30 abril de 1948, y los tratados que Chile invocaba eran de 1952 y 1954, vale decir, posteriores.
Y segundo, porque, de acuerdo con el reglamento de la Corte, esta puede rechazar la incompetencia si la excepción no tiene un carácter exclusivamente preliminar, y la defensa de Chile en orden a que el asunto había sido resuelto por tratados se encontraba precisamente en el meollo de la cuestión, sin que revistiera el carácter mencionado, y decía relación con lo sustantivo, por lo cual era del todo previsible, existiendo el antecedente del Reglamento, la declaración de inadmisibilidad. Nos habrían expuesto que se trataba de un aspecto del fondo, no preliminar, de modo que habríamos partido con un rechazo de la Corte, lo cual habría sido bastante bochornoso, además de atribuirse al Estado de Chile el desconocimiento de las normas del Pacto de Bogotá y del reglamento del tribunal.
Ahora, contrariamente a lo que algunos han sostenido, tampoco cabría que nuestro país se retirara del Pacto, en cuya adhesión tantos Gobiernos precedentes se involucraron, como una manifestación de la regla de la solución pacífica de las controversias, principio de política exterior que Chile siempre ha sustentado. Ese mismo instrumento contempla una cláusula de denuncia conforme a la cual, si se quisiera hacer esta efectiva, tendría que notificarse con un año de antelación. Por lo tanto, lo único que se hubiera conseguido era precipitar la demanda peruana.
Ello, adicionalmente, no es solo teoría. Por ejemplo, en el caso, tan comentado, de Nicaragua y Colombia, como este último país anunció que se retiraba del Pacto de Bogotá y la medida entraría a regir un año después, ¿qué ha hecho Nicaragua? Ha presentado otras demandas en contra de Colombia.
Entonces, este elemento ha de tenerse en consideración.
Por lo demás, deseo agregar antecedentes al respecto, ya que también es algo que he escuchado en la presente sesión.
Retirarse del Pacto de Bogotá es un error, a mi juicio.
¿Qué coherencia existiría en política exterior, de darse la situación, si este año, como en ocasiones anteriores, hemos ingresado al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas?
Y estamos muy contentos de ello, ya que son quince países los que resuelven los aspectos más importantes de seguridad en el mundo. Chile está ahí.
¿Saben Sus Señorías quién nombra a los miembros del Tribunal de La Haya? El Consejo. Ante la eventualidad de un incumplimiento de un fallo de La Haya, ¿saben adónde llega el asunto? Al Consejo.
Siendo nuestros principios el respeto a los tratados internacionales, la solución pacífica de las controversias, la no aceptación de declaraciones unilaterales de guerra -es la razón por la cual, perteneciendo entonces al Consejo de Seguridad, no apoyamos el conflicto en Iraq-, ¿es coherente que expresemos: "Retirémonos del Pacto de Bogotá"?
Se ha anunciado una demanda de Bolivia que se concretaría en mayo. La medida a la cual he venido haciendo referencia significaría una presentación inmediata por parte de ese país y evidentemente seguiría interviniendo el Tribunal de La Haya.
La Senadora que habla está completamente en contra de algunas aseveraciones que se han hecho acerca de la materia.
Respecto al fallo ya se ha hablado bastante, señor Presidente, pero hay aspectos realmente importantes de destacar, desde el punto de vista positivo:
-Chile conserva la integridad de su mar territorial y de la zona contigua.
-Chile no ve alterados los intereses de su pesca y actividad económica en la zona marítima en que se desarrolla.
-Chile mantiene, en la porción de mar entregada al Perú, todos los derechos de navegación y de sobrevuelo en la zona económica exclusiva que confiere el ordenamiento internacional.
Necesito más tiempo, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Dispone de dos minutos, Su Señoría.

La señora ALVEAR.- Gracias.
El aspecto negativo ha sido muy destacado. Y la verdad es que hay que leer el fallo completo para poder entenderlo, lo que aún no consigo. La Corte ha señalado que el límite marítimo parte del hito 1, lo cual es muy importante, y que en las 80 millas comienza una línea equidistante. No me lo explico. Si se reconoce el tratado de 1954 y se considera el paralelo, ¿por qué este se acorta a 80 millas? Eso resulta incomprensible.
La votación fue dividida, como aquí se ha manifestado. Incluso el mismo Presidente de la Corte votó a favor a Chile. Tendremos que estudiar bien la consistencia que pueda ofrecer el fallo. Y, por cierto, será muy importante que las autoridades de Gobierno, de la Cancillería, puedan evaluar a cabalidad el punto.
En la zona objeto de controversia, donde se pedía más superficie, Perú obtuvo 22 mil kilómetros cuadrados de las áreas marítimas pertenecientes a Chile. Y eso es doloroso para nuestro país.
Sin embargo, hago presente que no se trata de una atribución de dominio marítimo para Perú, sino que formará parte de su zona económica exclusiva, sobre lo cual vamos a mantener sobrevuelos y derechos de navegación, como es propio de esa área.
Después vendrá la implementación, la cual va a requerir, a mi juicio, el establecimiento de comisiones mixtas entre ambos países. Ello demandará un trabajo arduo, que tomará tiempo, y será un proceso gradual, que exigirá incluso modificaciones legales...

El señor PIZARRO (Presidente).- Terminó su tiempo, señora Senadora.
Tiene un minuto para concluir.

La señora ALVEAR.- Gracias.
Creo, señor Presidente -y coincido sobre el particular con varios colegas-, que, junto con el proceso de implementación de buena fe, Perú debe asumir un compromiso internacional y declarar oficialmente que, una vez resuelto el asunto, no existe materia alguna de delimitación de espacios geográficos pendiente entre los dos países.
Me parece que el fallo abre una oportunidad para una nueva relación con Perú. Es preciso que tengamos una mirada distinta hacia Latinoamérica y nuestros vecinos, que contribuya al desarrollo de nuestros países, y una estrategia común que nos permita avanzar en la dirección correcta de superar las desigualdades en estos. Cabe considerar, por ende, los corredores bioceánicos, la cooperación, los emprendimientos turísticos y las asociaciones de otro tipo, con miras a lograr países emergentes y de gran desarrollo. Esos son los nuevos desafíos que enfrentamos.
He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Escalona, por cuatro minutos.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente, pienso que ahora está en juego evitar que pase de nuevo lo que ha ocurrido. Es decir, se precisa que nuestra política exterior no peque de inmovilismo y de falta de previsión. Porque se sucedió un conjunto de pasos que ya había anunciado nuestro vecino y que no encontraron una respuesta en el momento debido.
Sin embargo, considero que hay puntos esenciales que resultan favorables a Chile. Ese es el caso de la determinación del hito 1 como el límite de nuestra frontera y, en consecuencia, como una base inamovible, desde el punto de vista del Derecho Internacional, para el futuro de nuestro país.
A ello se agrega el establecimiento de las 200 millas, a partir del punto que señala la Corte de La Haya, como nuestra zona económica exclusiva. Todos sabemos que este es un aspecto controversial en el Derecho Internacional, y estamos afirmando una perspectiva de largo plazo en un punto crecientemente aceptado por la comunidad de las naciones, pero que no lo era hasta hace poco.
Sin embargo, lo que más me interesa consignar es que Chile no puede permanecer sin propuestas frente a la situación con Bolivia, porque, de lo contrario, vamos a quedar en una posición estratégicamente desfavorable, del todo inconveniente para el país.
Ya que gobiernos de distinto signo así lo han contemplado, desde el de Gabriel González Videla en adelante, incluyendo el del Presidente Salvador Allende y luego el propio régimen encabezado por Augusto Pinochet y los Gobiernos democráticos posteriores, quisiera señalar que Chile debe hacer una propuesta pública de carácter internacional para resolver el problema de Bolivia. Y ello no puede ser sino una salida al mar, sobre la base de una cesión territorial en la Línea de la Concordia, como lo estableció el planteamiento de Charaña, que estuvo a punto de ser firmado por ambos países en 1975.
Eso hará posible una política activa en las relaciones exteriores, así como un planteamiento que podrá ser defendido políticamente en ese ámbito, y permitirá que el país no esté inmovilizado en tanto se genera una correlación internacional de fuerzas que le sea desfavorable.
Desde mi punto de vista, lo peor que puede ocurrir es que Chile caiga en el inmovilismo y no cuente con una respuesta frente a un escenario internacional que crecientemente irá situando la superación del problema de Bolivia como una alternativa ineludible.
Chile ha construido una solución. Gobiernos de distinto signo han estado dispuestos a ella. En consecuencia, pienso que no existe otra alternativa que la de hacerla presente en el escenario internacional y que ello obligue a que Perú se pronuncie. Porque, como lo establece el Tratado de 1929, cualquier decisión sobre un territorio que haya estado antes bajo soberanía peruana requiere la opinión de ese país, para lo cual nuestro interlocutor debe responder.
Este no es solo un problema de Chile, sino también de nuestro vecino del norte, caso en el cual asumiríamos una política activa y constructiva para el efecto de una solución definitiva y a largo plazo que sí garantizara de manera indefinida la paz y estabilidad en el Cono Sur.
He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Tuma.

El señor TUMA.- Señor Presidente, mientras escuchaba a varios colegas refiriéndose a esta materia reflexionaba acerca de por qué estamos en esta situación. La dificultad deriva de que los tratados de 1952 y de 1954 no precisaron, como deberían haberlo hecho, que el dominio de Chile alcanzaba hasta las 200 millas y partía desde el hito 1. Eso es lo que tenía que interpretar la Corte.
Si hubiéramos sido más exactos en ese histórico pasar, no estaríamos viviendo este resultado. La cuestión se puede explicar, porque en esos años los países estaban más preocupados de delimitar fronteras terrestres que marítimas y hubo una imprecisión.
Sin duda, lamentamos el fallo de la Corte, porque no tiene una explicación jurídica el por qué perdemos parte de las 200 millas y llegamos solo hasta las 80.
Pienso que un modo de resolver nuestras diferencias es la reafirmación de la política de Estado que busca el entendimiento, el acuerdo, a través de instrumentos como el Pacto de Bogotá.
En verdad, las posibilidades son dos: o se forma parte de esa convención o se busca una solución armada, salida esta última que no quieren hoy, a mi juicio, Chile ni el resto del mundo. Y, por eso, rechazo la posibilidad de que salgamos del Pacto.
Lo que tenemos que hacer es fortalecer nuestras posiciones, así como también, en la Cancillería, los diseños estratégicos de cómo enfrentar el futuro.
Y, en ese aspecto, comparto lo manifestado por el Senador señor Escalona en orden a que hay que anteponerse a lo que puede ocurrir.
No se trata de un capricho de un país o de otro. Debemos someternos al hecho de que las controversias las resuelve la Corte Internacional, la que está abierta a distintas alternativas. Hay posiciones muy creativas, como hemos visto. Jamás habríamos imaginado que el tribunal decidiría del modo en que lo hizo, lo que se traduce en que perderemos cerca de 22 mil kilómetros cuadrados de zona económica exclusiva.
Si nos adelantáramos a lo que pudiera venir, nuestro país tendría mucho mejor defensa y lograría mucho mejores resultados en esas instancias.
Sin embargo, no todo es malo.
Quiero valorar el modo en que se han estado defendiendo ante la Corte de La Haya, desde el punto de vista del Estado, de nuestros Gobiernos, los derechos de Chile.
Y, frente a eso, al menos lo que hemos obtenido reviste mucha importancia, que es una seguridad jurídica y el que haya quedado establecido que había acuerdo. Se reconoció el paralelo y que este no se inicia en cualquier parte, sino donde siempre lo señalamos: en el hito 1. Creo que eso reafirma que nuestro país tenía razón.
En cuanto al cumplimiento del fallo, Perú tiene que acatarlo -también lo haremos nosotros- respecto del hito 1 y de la zona económica exclusiva, área que es solo para pescar, no para otra cosa. Esta quedará abierta a las embarcaciones chilenas, con el objeto de que puedan seguir haciendo uso de esas aguas, no para pescar, pero sí para transitar por ellas.
Sin embargo, quiero afirmarlo de modo categórico: Chile no ha perdido soberanía de aguas territoriales ni capacidad económica de pesca, y, al entregar espacio de zona económica exclusiva, está cediendo aguas, pero casi nada de captura, de acuerdo con la historia.
Señor Presidente, debemos respaldar un proyecto de acuerdo en el que felicitamos a la Cancillería. Hemos de salir adelante, mirar más allá de los conflictos con Perú y centrarnos en ver de qué manera nos unimos en torno al desarrollo del Cono Sur de América Latina.
He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín, por ocho minutos.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, el fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya constituye una gran paradoja. Porque, por una parte, le reconoce a Chile la totalidad de sus argumentos jurídicos, y por otra, en un ejercicio de incoherencia digno de mejor causa y sin fundamento alguno, le regala al Perú 22 mil 500 kilómetros cuadrados de mar donde ejercer derechos de zona económica exclusiva.
Esa realidad tenemos que enfrentar.
¿Nos ha dado la razón? Absolutamente. Toda la fundamentación jurídica de Chile fue acogida por el fallo de la Corte.
Perú afirmaba que no había convenio. Sí lo hay. Así lo reconoce el fallo, que sostiene que existe un convenio que establece límites marítimo-territoriales entre ambos países.
Enseguida, manifiesta que ese límite es el paralelo, lo que se desprende de los Tratados de 1952 y 1954, que se deben leer en forma armónica. Específicamente, la Corte se refiere al de 1954.
Y, finalmente, establece que ese paralelo nace del hito 1.
¿Qué argumenta Chile?: exactamente eso.
¿Qué ha recogido el fallo?: exactamente eso.
Sin embargo, pese a reconocer nuestra razón jurídica, acto seguido proclama, por los motivos más peregrinos, que ese paralelo, en lugar de llegar a las 200 millas marinas, alcanza solamente hasta las 80.
¿Por qué el fallo no reconoce lo que se desprende del contexto de lo ocurrido en ese tiempo? La Declaración de Santiago y los acuerdos alcanzados desde esos años en adelante siempre hablan de las 200 millas marinas o náuticas como lugares de ejercicio de soberanía y jurisdicción para los respectivos países: Ecuador, Perú y Chile.
No obstante, por las razones más peregrinas, la Corte dice: "No, solo le vamos a dar hasta la milla 80", con lo cual le regala al Perú algo que no poseía. Y por eso que en esa nación están contentos: porque no contaban con esos 22 mil 500 kilómetros cuadrados de mar, que ahora tendrán como zona económica exclusiva.
Chile es un Estado de Derecho. Como tal, siempre nos hallamos dispuestos a acatar los fallos de los tribunales a los que concurrimos, aunque sea por una pretensión infundada como la del Perú. Y acatamos este fallo, sin perjuicio de dejar constancia de nuestra molestia por la incoherencia de su texto, ya que, reconociendo los derechos de nuestro país, igual le quita una parte de los que ejerció ininterrumpidamente durante 60 años con el consentimiento total del Perú.
Hay beneficios: la seguridad jurídica, el mar territorial, la proyección internacional de Arica y, fundamentalmente, la preservación del grueso de los derechos pesqueros que se ejercen en esa zona.
Sin embargo, señor Presidente, se ocasiona daño a un grupo pequeño de pescadores artesanales, pero un grupo al fin, y quisiera que en el acuerdo del Senado se incluyera la solicitud de un beneficio, de una indemnización, de una compensación que les permitan evitar tal perjuicio.
Con respecto a la aplicación del fallo, creo que ha de ser convenida y gradual, tal cual ha hecho presente nuestro Gobierno. Sin embargo, hay dos puntos esenciales que se deben resolver.
El primero dice relación con el hito 1.
El Perú ya ha dejado entrever que la referencia al hito 1 no significa la definición de un límite fronterizo, sino únicamente el inicio de uno marítimo. Y, por ende, ese límite se prolongaría más allá, hasta llegar al "Punto Concordia".
Es completamente absurdo que, habiéndose fijado un punto: el hito 1, que nace del paralelo, al sur de este pueda haber territorio peruano.
Por consiguiente, considero que la aplicación de este fallo supone que el Perú entienda y acepte en forma definitiva que el hito 1 es el punto que define el límite no solo marítimo, sino también terrestre entre ambos países.
Y un segundo tema, no menor, es que cuando Perú habla de los 22 mil 500 kilómetros cuadrados de zona económica exclusiva adquiridos ahora gracias al fallo, se refiere a estos como si fueran mar territorial. Es decir, como si pudiera ejercer en ellos, al igual que en las doce primeras millas, los derechos de soberanía completos de que dispone un país sobre esas aguas.
El Derecho del Mar establece una gradualidad:
En las doce primeras millas marinas hay mar territorial, con la soberanía que antes indicaba; las doce millas contiguas implican algunas atribuciones adicionales (policiales, aduaneras y sanitarias), y en las siguientes se halla la zona económica exclusiva, hasta las 200 millas, que solo incluyen derechos extractivos o de carácter económico sobre los recursos marinos. Más allá se extiende la altamar, que corresponde a aguas internacionales.
Perú no lo entiende así. Y me parece que Chile no puede aceptar la aplicación de este fallo mientras esa nación no reconozca estos conceptos del Derecho del Mar. Si no lo hace en forma clara y precisa, nuestro país no puede dar los pasos que correspondan.
Por lo tanto, la aplicación del fallo comprende esas dos limitaciones: lo relativo al hito 1 y, por otra parte, el reconocimiento de los conceptos del Derecho del Mar, tal cual los ha fundamentado la Corte.
En seguida, hay un asunto muy central, sobre el cual personalmente he venido insistiendo en estos días y que, de alguna forma, el Presidente Humala ha reconocido cuando dice que Perú culmina con esto la definición de sus límites.
En estas materias no queremos más declaraciones. Ya las escuchamos -como fue recordado aquí por el Senador Frei y otros- el año 99, y, sin embargo, con posterioridad, se hicieron humo y siguieron las reclamaciones y las demandas contra Chile.
Con el presente fallo resulta evidente que quedan delimitadas en forma completa la zona marítima, la zona terrestre y la zona aérea. En consecuencia, es necesario colocar el punto final. Y nuestro país debe, junto con avanzar en su cumplimiento total, aclarando los términos que antes señalaba, procurar que se establezca, a través de un tratado de clausura o de finiquito, que no existen más cuestiones pendientes en materia limítrofe, en ningún concepto, entre Chile y Perú.
Me parece que ello es esencial, porque, de lo contrario, habrá un juego de nunca acabar. Esto viene desde hace mucho tiempo, como lo ha recordado el Senador Orpis, pese a lo cual una y otra vez se inventan pretextos para generar conflictos que, al final, impiden lo que es central: la integración entre nuestros países.
Resuelto el tema en cuestión, nosotros queremos avanzar en la integración, Y estimo que eso necesitan los pueblos de Chile y Perú: mayor cercanía, mayor vinculación. Y asuntos como los expuestos, que son una piedra en el zapato, deben ser solucionados, porque impiden avanzar en ese proceso.

El señor PIZARRO (Presidente).- Ha concluido su tiempo, Su Señoría.

El señor LARRAÍN.- ¿Me concede más tiempo?

El señor PIZARRO (Presidente).- ¿Cuánto necesita, señor Senador?

El señor LARRAÍN.- Con un par de minutos me basta.

El señor PIZARRO (Presidente).- Puede disponer de ellos.

El señor LARRAÍN.- Muchas gracias.
Por lo tanto, aquí se encuentra lo esencial de lo que viene.
Todo el proceso posterior al fallo de La Haya va a ser manejado por el próximo Gobierno. Y considero importante que el Senado se ponga a trabajar junto a la actual Administración para efectos de establecer el camino que garantice que el fallo se cumpla, pero que nuestros derechos no se vuelvan a cuestionar nunca más. A mi juicio, ahí radica la cuestión central, el punto final para un "nunca más" en materia de conflictos limítrofes con el Perú.
Y respecto de lo señalado sobre el Pacto de Bogotá, pienso que se trata de una discusión extemporánea. No me parece que sea el debate de hoy. Pero quiero anticipar un criterio: yo prefiero, quizás por mi deformación jurídica, seguir el camino de los tribunales que otras vías para resolver las controversias. Alguien ha argumentado: "Es que perdemos mucho con este tribunal". Bueno, con Argentina no tenemos a La Haya. ¿Y cómo nos ha ido?: a veces bien y a veces mal. Por tanto, ello no depende del tribunal, sino de otras circunstancias.
En principio, la Corte Internacional de La Haya, con todas sus deficiencias -como lo dije, este fallo ha sido un ejemplo de inconsistencia-, nos da ciertas garantías de que las cosas se van a analizar en un nivel distinto.
Cuando no hay mecanismos de naturaleza institucional para resolver los conflictos, es muy probable que se caiga en las vías de hecho. Y yo prefiero mil veces el camino de la solución jurídica que el de la fuerza.
En tal sentido, estamos en un escenario según el cual yo por lo menos, en principio, prefiero mantener a Chile dentro del Pacto de Bogotá.
Insisto en que es extemporáneo verlo ahora, y en que podremos discutirlo en otro minuto. Pero yo anticipo el criterio de lo que me parece central¿

El señor PIZARRO (Presidente).- Senador señor Hernán Larraín, ¿desea seguir interviniendo? Está en el tiempo del Comité UDI.

El señor LARRAÍN.- Renovación Nacional me ha cedido cinco minutos.

El señor PIZARRO (Presidente).- Como usted diga, Su Señoría. La Mesa no tiene problema.

El señor LARRAÍN.- Quisiera redondear la idea en pocos minutos.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene dos minutos para ello.

El señor LARRAÍN.- Gracias, señor Presidente.
Creo que es importante manifestarse sobre el tema de Bolivia.
Con respecto a esa nación no nos vemos afectados por este fallo. Al contrario, estimo que se han reafirmado los derechos de Chile y que existe claridad en nuestra situación jurídica.
Sin embargo, quiero hacer alusión a algo de nuestro Gobierno que ha sido criticado: la política de cuerdas separadas.
A diferencia de lo que opinan algunos incluso en el Senado, con el Perú hemos seguido una política sensata, que no ha impedido que ambos países sigan trabajando en sus procesos de integración.
Y desearía que ese ejercicio lo hiciéramos también con Bolivia, por cuanto, a pesar del conflicto que tenemos con esta nación y de la demanda que ha interpuesto, debemos insistir en el esfuerzo de integración con Bolivia y mantener, hasta donde sea posible (por lo menos para que quede en evidencia ante el mundo), nuestra voluntad y compromiso de continuar trabajando en esa línea con ese país.
Estos son procesos necesarios para nuestros pueblos. No se trata de simples derechos o simpatías personales. No. Es algo esencial. Por eso, estimo que deberíamos mantener la política de cuerdas separadas con Perú y Bolivia, para así asegurar, hasta donde sea posible, el testimonio de la buena voluntad de Chile en el desarrollo de sus relaciones con los vecinos, más todavía considerando lo señalado por el próximo Canciller: que hará un esfuerzo por avanzar en mejorar nuestras relaciones en la región.
Y, finalmente, deseo expresar un reconocimiento muy fuerte a los Gobiernos, a los equipos jurídicos, a nuestra Cancillería por el trabajo realizado durante estos años, que ha sido realmente muy significativo y valioso para la defensa de los intereses de Chile.
He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán, por 10 minutos.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, lo primero que corresponde hacer es felicitar a los equipos jurídicos que presentaron nuestras alegaciones en La Haya, los cuales fueron designados por la ex Presidenta Bachelet -hoy día Mandataria electa- y ratificados por el Presidente Piñera.
Deseo señalar claramente que, frente a este proceso, el Gobierno de Chile siempre reaccionó de acuerdo con la institucionalidad. Es así como el Presidente de la República, si bien conduce las relaciones exteriores del país, fue de alguna manera comunicando los avances respectivos a las distintas autoridades de nuestra nación. Por de pronto, al Congreso Nacional y, también, al Consejo de Seguridad Nacional, para los efectos de ir entregando institucionalmente esa información, como corresponde, a las Fuerzas Armadas.
Es interesante analizar los elementos centrales del fallo.
En primer lugar, la Corte Internacional de Justicia de La Haya reconoció la existencia de un acuerdo marítimo entre las Partes, y que en el Tratado de 1954 ambos países habrían efectivamente delineado un límite marítimo, basado en un paralelo geográfico, lo cual formó parte central de las alegaciones de Chile.
Segundo, dicho Tribunal confirmó claramente el paralelo del hito N° 1 como el punto de inicio de la frontera marítima. Ello es relevante puesto que, dentro de las pretensiones del Perú, estaba la relativa a la superficie de algunas hectáreas, ubicada a 15 kilómetros al norte de Arica, contigua al aeropuerto de Chacalluta.
Adicionalmente, cabe indicar que, si bien se puede generar una controversia respecto de los límites territoriales terrestres, lo cierto es que, a nuestro juicio, ese tema quedó completamente zanjado, y sería un acto majadero de Perú que intentara finalmente obtener el arbitraje de parte de Estados Unidos, como lo permite el Tratado de 1929.
En tal sentido, la Corte puntualizó claramente que no tiene jurisdicción en lo atinente a límites terrestres. Y, en cuanto a los marítimos, que era la cuestión controvertida, estableció que aquel comienza a partir del hito N° 1 y no desde el punto 266 o "Punto Concordia", como lo pretendía el alegato peruano.
En tercer término, es del caso destacar que el fallo reconoce una zona económica exclusiva para Chile, desde el paralelo que pasa por el hito N° 1 hasta 80 millas marinas y, a partir de ese punto, en la zona al oeste y al sur de una línea equidistante de las líneas de base de ambos países.
Ese aspecto es importante, pues, como lo reconocen tanto la Presidenta electa, Michelle Bachelet cuanto el Presidente Piñera, acá no ha estado en juego la soberanía del país. Chile sigue siendo soberano en su mar territorial, en las primeras doce millas, como también tiene ciertos derechos en la zona contigua y, adicionalmente, posee una zona económica exclusiva.
Sobre el particular, es interesante mencionar que, en mi opinión, no había antecedente jurídico alguno que dijera relación con cortar la proyección del hito N° 1 en la milla 80. Nosotros aspirábamos a que la proyección fuera hasta las 200 millas, como lo sostuvo la tesis esgrimida por tres países sudamericanos: Ecuador, Perú y Chile para efectos de poder consagrar en el nuevo Derecho del Mar la existencia de la zona económica exclusiva, que fue reconocida en los años 70 y 80 en el escenario mundial.
Por tanto, que la Corte Internacional de Justicia sostenga que la razón para acortar la zona económica exclusiva en la milla 80 radica en los usos pesqueros o, bien, en el récord de denuncias por capturas ilegales, nos parece no del todo consistente.
Como he manifestado, el fallo reconoce y cautela en su integridad las 12 millas que constituyen el mar territorial y soberano de Chile, sobre el cual nuestro país mantiene plenos y absolutos derechos.
En quinto lugar, resulta fundamental destacar que la casi totalidad de la pesca existente en la zona norte se obtiene al este de la milla 60 y, en consecuencia, dentro de la zona económica exclusiva reconocida a Chile por la referida Corte.
Ello es relevante, primero, porque, en virtud del fallo se asegura la proyección del puerto de Arica, lo que es primordial y fue parte sustantiva de los alegatos de la defensa en La Haya, y segundo, porque el 84 por ciento de los recursos pesqueros se concentra justamente alrededor de la milla 60. Por tanto, nuestro país conservaría la casi totalidad de sus derechos de pesca y no se vulnerarían las condiciones laborales de nuestros pescadores artesanales.
Nadie sabe lo que el tiempo pueda revelar acerca de lo existente después de la milla 80. Por cierto, ahí se encuentra una fosa de 7 mil metros de profundidad, y es posible que haya riquezas en el suelo o en el subsuelo. Pero vuelvo a insistir: creemos que la Corte ha actuado en forma antojadiza al cortar la proyección de nuestro límite en la milla 80.
Otro aspecto importante es que -como he señalado- se mantiene y resguarda íntegramente la conectividad y el predominio marítimo de Arica, así como su posición geográfica estratégica. Esto era algo determinante y muy esencial para dicha ciudad, y al final se consagra en el fallo.
Un séptimo elemento es que Chile discrepa de la decisión que establece el trazado desde el hito 1 hasta las 80 millas, pues significa que nuestro país debe ceder derechos económicos en una zona de aproximadamente 22 mil kilómetros cuadrados: al oeste de la milla 80, al noreste de la línea equidistante, entre la ya mencionada y hasta la milla 200. Si bien esa zona mantiene en plenitud su libertad de navegación marítima en el área, esta cesión constituye una pérdida lamentable para Chile.
La confirmación del hito N° 1, como punto inicial de la frontera marítima entre ambas partes, ratifica el dominio chileno del triángulo terrestre respectivo.
Quiero llamar a la responsabilidad de las declaraciones, básicamente, porque en Chile tenemos 150 mil migrantes peruanos. Hay también una cantidad importante de migrantes chilenos en el vecino país.
Por otro lado, se ha hecho un esfuerzo académico importante de parte de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso y la Universidad de Lima, intentando reescribir la historia de la Guerra del Pacífico en forma conjunta.
Igualmente, existen relaciones económicas importantes y de consolidación tanto de capitales chilenos en Perú como de inversionistas peruanos en Chile. Pero, por sobre todo, las relaciones vigentes tienen que ver con generar un entendimiento futuro entre ambos pueblos, que van a estar ligados y que en definitiva nos van a permitir garantizar la paz.
Por eso para la implementación del fallo, queremos claramente pedir a Perú que declare que no tiene temas pendientes con Chile.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier, por cuatro minutos.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, en primer lugar quiero felicitar al equipo a cargo de la defensa del Estado de Chile.
Fuimos llevados a este tribunal por una demanda. Nosotros no queríamos llegar a este foro judicial. Perú sostenía que no había límites marítimos. Nosotros siempre dijimos que los había, que era el paralelo que partía en el hito N° 1; y que también existe una zona económica exclusiva, de acuerdo al Derecho Internacional y a la CONVEMAR.
Fuimos demandados y perdimos parte de nuestros derechos sobre una zona económica exclusiva, porque el tribunal, lamentablemente, fijó la proyección del paralelo solo en 80 millas, a mi juicio, no fundado en el Derecho. Lo hizo en forma bastante arbitraria respecto a los parámetros que se acogieron, para después caer en un debate sobre equidad y ecuanimidad.
Hoy nos cabe la obligación de acatar el fallo, pues somos un país respetuoso del Derecho Internacional. Observamos y cumplimos nuestros compromisos internacionales.
En ese contexto, me llama profundamente la atención la idea de retirarse del Pacto de Bogotá, lo que le hace pésimo al país. Creo que eso revela no entender nada del Derecho Internacional, causándole un flaco favor a Chile, el cual depende de nuestra inserción internacional.
Tenemos que buscar hoy la implementación cuanto antes de este fallo, en su integridad, entendiendo que esta pérdida de zona económica exclusiva se da en un contexto histórico, que también es bueno situar. Y lo ubico en la siguiente realidad: hasta la segunda mitad del siglo XX no había muchas delimitaciones marítimas fronterizas en el planeta. No fue propio de la humanidad hasta la segunda mitad del siglo pasado. El debate, hasta buena parte de aquel, se refería a las fronteras terrestres. No olvidemos que hace poco tuvimos una guerra mundial que redibujó las fronteras de un continente completo. Por ello, estos fenómenos son los que inciden. Chile fue de los precursores en las proyecciones marítimas, zonas económicas exclusivas. No tengo duda de que el paralelo, que fue la tesis que primó, fue propio de nuestro rol precursor en el Derecho Internacional.
En verdad en el fallo de ayer, Torre Tagle fue derrotado en su tesis.
Si bien perdimos una parte de la zona económica exclusiva, ello no afecta la soberanía, porque no tiene efectos sobre la provisión de Arica. Torre Tagle buscaba un propósito muy distinto: desconocer la frontera marítima entre nuestros dos países. Esa era su principal petición, pero fue derrotada.
Lo que buscamos hoy es que se implemente cuanto antes esta resolución. Chile no tiene problemas fronterizos pendientes con sus vecinos. Lo hemos dicho antes. Fuimos demandados y se terminó en una situación no favorable del todo a lo que buscábamos en nuestras pretensiones. Lo que cabe, junto con exigir la implementación cuanto antes de este Tratado, es que el Perú declare, reitere y cumpla que se ha puesto fin a los desencuentros entre ambas naciones.
Respecto a las cuerdas separadas, quiero formular un comentario.
Los intereses permanentes de Chile y el Perú son convergentes. Somos países que deben complementarse en el mundo del siglo XXI. Las cuerdas separadas no tienen que ver con intereses permanentes de Chile, sino que obedecen a que ciertos grupos económicos inviertan sus cadenas de supermercados en el Perú o a que banqueros peruanos inviertan en Chile.
Es deber nuestro y una condición necesaria para el desarrollo pleno de Chile mantener la integración energética para potenciar el desarrollo del norte; generar polos de desarrollo entre Arica y Tacna, la frontera más viva que tenemos, y preocuparnos por el estado de progreso del norte del país.
Espero que, resuelto el fallo de ayer, podamos avanzar a una política de complementación y desarrollo mutuo para el siglo XXI, pensando en nuestras proyecciones hacia el Pacífico y también para que América del Sur vea ese océano transitado por ambos países.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Horvath, por cinco minutos.

El señor HORVATH.- Señor Presidente, el fallo, el proceso y las causas que nos llevaron a él nos hacen tener que levantar por lo menos algunas voces de alerta.
Esta línea de 200 millas a partir del hito N° 1, en el paralelo 18° 21' 03'', nos tiene que hacer pensar cómo se llega a definir este punto "A" en la milla 80, porque causas reales no hay. Se pueden hacer muchos ejercicios geográficos y geométricos, pero es un punto bastante arbitrario.
¿Qué influye en ello? El esfuerzo pesquero, las actividades de tipo científico, prospecciones y el resguardo, rescate y áreas de conservación. Son muchos los elementos que juegan. Es ahí donde debemos tener un particular énfasis y cuidado.
La Corte Internacional de Justicia declara la improcedencia de definirse respecto del triángulo exterior, de alta mar, de esos 28 mil 595 kilómetros cuadrados, que tácitamente se entregarán al Perú.
Si uno traza los ángulos de la costa del Pacífico, a partir de este determinado punto, la equidistancia de una bisectriz significa a Chile ceder 22 mil 500 kilómetros cuadrados de su zona económica exclusiva.
Nos tienen que hacer meditar las condiciones en que están nuestras zonas extremas: por el sur, Cochamó, Puelo, Palena, Aysén, Magallanes, y por el oeste, la isla de Rapa Nui. Tenemos el 50 por ciento del territorio chileno en condiciones de abandono o, según se ha planteado en algunos estudios, en situación de fronteras interiores.
En las décadas de los 50, 60 y 70, o sea, en los últimos 40 años, la zona de Arica y Parinacota, si la comparamos con el crecimiento de la política de Estado que ha implementado Perú en el área de Tacna, evidencia un real abandono, y uno lo percibe. Hay recuerdos de fines de los 60 o 70 que nos hacen preguntarnos: ¿qué le pasó a Arica y Parinacota? Se depositaron polimetales contaminantes que provenían de Suecia en lo que hoy en día es plena ciudad.
Visitamos la caleta inmediata al muelle. Su condición no puede ser más deplorable. Hay fondos para revitalizar las caletas: ¡Existen en todo Chile! Su situación no solo es precaria, sino de franco abandono: ¡En qué condiciones sanitarias se encuentran estos pescadores artesanales!
Cuando hay abandono, empiezan a aparecer proyectos que ponen en riesgo la sustentabilidad y los círculos virtuosos de las regiones con proyectos mineros, termoeléctricos casi dentro de la ciudad, transgénicos, cosas que contaminan y que son contrarias a las vocaciones naturales del territorio.
¿Qué es eso? La consecuencia de un sistema o modelo centralista, muy concentrador, que depreda los recursos de las regiones y termina abusando.
Desde luego, hay que empoderar a las regiones.
En Chile prima lo legal por sobre los hechos. Hay una primacía del legalismo y de lo formal. Al revisar los medios de comunicación, no deja de llamar la atención una suerte de estrategia ante un resultado negativo, pesimista. Se dice: "Podría haber sido peor". O sea, de alguna manera aceptar lo que venía.
Uno oye declaraciones en el sentido de que no se trata de una zona de tanto valor; o de que los peces van a quedar cerca de la orilla y no se pierden; o de que perder un poco sirve para amortiguar el resentimiento del Perú y curar las relaciones hacia el futuro. Frente a eso, cabe preguntar: ¿El fondo marino, la proyección hacia el Océano Pacífico y el mar presencial de nuestra legislación no son asuntos importantes para el país?
Esto nos recuerda los dichos de Diego Barros Arana: "La Patagonia es un territorio estéril". Hoy en día está llena de petróleo, gas, estancias fructíferas, pesca y turismo.
De Laguna del Desierto -más cercana a la capital- se hablaba como de "un pedacito menos de terreno". Hoy en día la visitan 50 mil turistas extranjeros.
¿Hemos aprendido algo?
No se trata de chovinismo ni de nacionalismos extremos, sino solo de plantear que lo desconocido no se valora. Y la soberanía se ejerce en paz, en armonía y en equilibrio sano con nuestros vecinos.
Por ello, proponemos revisar en detalle las implicancias de este fallo y las razones que nos llevaron a él; considerar los recursos de revisión e interpretación, que son legales, y llamar a ejercer una política de Estado en las zonas fronterizas y en las áreas aisladas. Para eso pedimos que las Comisiones Especial de Zonas Extremas y de Relaciones Exteriores analicen el fallo y esta situación en profundidad.

El señor PIZARRO (Presidente).- Señor Senador, ha concluido su tiempo. Le concedo un minuto para que termine.

El señor HORVATH.- Al margen de los acuerdos, los fallos hay que respetarlos. Es preciso revisarlos en profundidad, estudiar sus implicancias y las razones que nos llevaron a esto.
Tenemos cuestiones pendientes con Bolivia, con Argentina, en la Antártica y en el sector del Océano Pacífico. Esto requiere una política de Estado. No puede primar lo económico y razonamientos de áreas que no se conocen por sobre asuntos que son verdaderamente de Estado.
--(Manifestaciones en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Ruego a Carabineros desalojar a los manifestantes.
Tiene la palabra el Senador señor Lagos, por cuatro minutos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente, me ahorraré muchos comentarios.
Hago mías las extensas y precisas intervenciones de los Senadores señora Alvear y señor Ignacio Walker, ex Cancilleres de Chile, quienes hicieron un pormenorizado relato de lo ocurrido.
Quiero rescatar dos o tres cosas.
Acá hay una paradoja. Jurídicamente a Chile le fue bien. Yo aplaudo la defensa jurídica. Se ganó respecto de todos los argumentos que Chile planteó. A Perú no le aceptaron ninguno de los suyos.
El vecino país insistía en que no hay un tratado de límites. Pero hubo uno, tácito, el Convenio de 1954, en lo cual fue categórica la Corte Internacional de Justicia. Sostuvo que el paralelo no era la frontera que se requería. Sin embargo, fue reconocido por la Corte.
Por otra parte, Perú insistía en que la frontera marítima comenzaba en el Punto de Concordia y no en el hito N° 1. La Corte sostuvo lo contrario. Es decir, jurídicamente, Perú perdió los tres argumentos en los cuales basó su demanda. Nuestro país consiguió imponer su razonamiento. Pero ¿cuál fue el resultado? Que ganamos los tres argumentos jurídicos, pero, en la zona económica exclusiva, perdimos 22 mil 500 kilómetros cuadrados.
Entiendo que los fallos son en Derecho. La pregunta es qué ocurrió y cuál fue la interpretación de la Corte Internacional de Justicia que llevó el paralelo solo hasta la milla 80, estableciendo que desde ella hasta la 200 sería zona económica exclusiva peruana.
Explicar lo anterior a quienes vieron el fallo es muy difícil. No estoy rebajando la conversación. En la bomba de bencina; en la panadería Avenida Francia, donde compré ayer la marraqueta, o "pan batido", como se dice en Valparaíso; en el almacén a que fui, me preguntaron cómo nos fue, porque se supone que estamos al tanto de temas públicos. Yo explico lo que sucedió y me dicen: "Entonces, perdimos". Porque lo concreto es que Chile salió para atrás desde ese punto de vista. No hay dos lecturas del fallo.
Además, la sentencia contiene elementos importantes para el futuro. Y voy a entrar a ellos brevemente.
Lo que cabe ahora es acatar el fallo. Chile cumple sus compromisos internacionales. Esta no va a ser la excepción. Creo que no corresponde pensar retirarse del Pacto de Bogotá -disquisición que no comparto-, porque, dado nuestro tamaño relativo en el mundo, es fundamental que haya instituciones con capacidad de tomar decisiones ante los más poderosos.
La cuestión es la siguiente: el cumplimiento del fallo compete tanto a Chile como a Perú. Nuestro país lo hará gradualmente, para no cometer errores. Y ojalá el Senado haga un seguimiento cercano de aquello. Perú también tiene que cumplir el fallo, y para eso vamos a estar atentos a las modificaciones legales y constitucionales que se hagan, ya que ellos tienen criterios distintos de los de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. En efecto, el concepto de dominio marítimo es casi considerado como mar territorial hasta las 200 millas, lo que es completamente inconsistente ante ese instrumento internacional. Y, al mismo tiempo, vamos a exigir que se reconozca el hito N° 1.
En mi opinión, este es el minuto de plantear al Perú, con mucha fuerza, que es necesario poner punto final a los llamados "temas pendientes".
Chile va a honrar sus compromisos internacionales. Vamos a cumplir el fallo, pero lo haremos de la misma forma y con las mismas ganas e intensidad con que lo haga Perú en cuanto a las obligaciones que nacen de esta sentencia de la Corte Internacional de Justicia.
Por último, en lo relativo a la política de cuerdas separadas, estimo perfectamente posible seguir teniendo inversiones y comercio y, al mismo tiempo, expresar una molestia. Si un vecino corre la cerca un metro y el afectado acude a tribunales, entra a juicio y se defiende, no va a tomar pisco sour ni a comer asado a la casa de ese vecino. Tampoco significa que andará a piedrazos con él. ¡No! Sigue trabajando civilizadamente y se comporta como corresponde en el barrio. Porque, de lo contrario, ¿qué van a decir los vecinos? Que, al parecer, no se molestó que le movieran el cerco un metro. Y eso es lo que queda.
Entonces, la política de cuerdas separadas es un tema de señales. Yo no percibo molestia si ando condecorando o haciendo vida social con alguien que me quiere cambiar la línea divisoria entre mi casa y la del vecino. Así de sencillo. No significa pelearse ni tampoco que no recurriremos a la junta de vecinos, que dejaremos de pensar cómo mejorar la seguridad del barrio ni tampoco que no nos organizaremos para tener una mejor cancha de fútbol. Lo podemos hacer.
En materia internacional, sucede lo mismo. Seguimos en los mismos foros internacionales, empujamos agendas comunes desde afuera, pero manifestando una molestia. Y yo creo que las señales que dio este Gobierno en ese sentido no fueron las mejores. Vaya a saber uno si alguna de esas señales tuvo algún grado de influencia en esa decisión que debe estudiarse detenidamente y en detalle de por qué, en el caso de Chile, el paralelo llega solamente hasta la milla 80 y no hasta la 200.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi, por cinco minutos.

El señor BIANCHI.- Señor Presidente, he escuchado con atención cada una de las intervenciones, y no voy a agregar más de lo mismo frente a una situación que ya todo el país conoce.
Quiero, tal vez, intentar dejar planteada la política futura de Chile en materia de estatutos especiales o de la forma en que vamos a llevar adelante nuestra soberanía.
Junto con varios colegas -entre otros, el Honorable señor Orpis, que estaba en su Región-, tuvimos la posibilidad particularmente especial de estar en Arica durante tres o cuatro días, tratando de rescatar y conocer lo que estaba pasando en dicha ciudad.
Más allá de todas las reflexiones aquí hechas, hay una situación que causa nuestra mayor preocupación, como bien lo hizo ver el Senador mencionado.
Las regiones extremas necesitan de estatutos especiales. Y aquí hay un proyecto -el Senador señor Orpis me permitió suscribirlo- que da cuenta de la forma en que el Senado observa la urgente necesidad de que nuestro Estado, nuestro país, a través de los distintos gobiernos, lleve adelante políticas especiales para las regiones extremas. Estas no piden nada excepcional, pero hacen ver que la mejor forma de ejercer la soberanía es, primero, poblando aquellas zonas.
Aquí se ha discutido sobre lo que significa, por ejemplo, la pérdida en materia de pesca, pasadas las 80 millas marinas. Incluso se habla de compensaciones económicas para los pescadores artesanales. ¡Perdón, señor Presidente! Los pescadores artesanales no llegan a las 80 millas. Ahí están los industriales. Y yo no estoy dispuesto a compensar a estos últimos lo que ellos puedan o no puedan perder en cuanto a la pesca.
Los artesanales con suerte llegan a las 20 o 30 millas. Los medianos, a las 60 millas, hasta las 80. De ahí para afuera todo lo que se pesca es para los industriales que se instalan en el área.
Así que, efectivamente, lo primero que debemos decir es que el fallo, al final, no terminó afectando -¡a Dios gracias!- lo que nosotros temíamos, que era la pesca artesanal. Por eso que no nos parece necesaria una compensación. Yo no la comparto. Y quiero ser tajante y claro en eso.
Sin embargo, hemos visto despoblamiento, hemos visto una situación de abandono en Arica, señor Presidente. Nos tocó visitar la caleta de pescadores. Dudo que exista otra tan precaria o que presente similares condiciones de trabajo. No existe otra. Además, no es de ellos. De hecho, se hizo un compromiso entre los Senadores de la Región y otros que hemos hecho uso de la palabra para que la Empresa Portuaria de Arica (EPA) traspase a los pescadores artesanales un terreno donde puedan llevar adelante su gestión en condiciones más dignas que las que tienen hoy día.
Pero el abandono se ve; lo mismo el despoblamiento.
En el caso de Tacna, señor Presidente, que tenía menos habitantes que Arica, hoy supera los 450 mil. Y están armando otra población con gente jubilada de las Fuerzas Armadas al lado de la frontera, cerca de Arica. Chile, en esta materia, está total y completamente al debe: con sus regiones en general, y con las extremas en particular. Lo propio pasa con la Región que represento y con las de Aysén, de Los Lagos. Ya hemos hablado de Arica, de Magallanes y de las regiones en general.
Por eso, más allá del análisis que hoy día podamos hacer, aquí nos farreamos una buena oportunidad cuando tramitamos el proyecto que modificó la Ley de Pesca. En esa ocasión perfectamente pudimos haber incorporado parte de lo que ahora queremos defender. ¡No lo hicimos! Pudimos haber hecho un mayor esfuerzo en cuanto a la pesca mediana o artesanal. ¡Tampoco lo hicimos! Por lo tanto, aquí nadie puede decir que no hay un abandono en cuanto a la condición y situación de las regiones extremas.
Finalmente, me alegro, porque, si Perú es capaz de respetar este fallo, con toda seguridad estaremos cerrando un capítulo.
Un minuto, señor Presidente, y termino.

El señor PIZARRO (Presidente).- Puede continuar, señor Senador.

El señor BIANCHI.- Gracias.
Decía que con toda seguridad vamos a cerrar el capítulo que nos ha demandado tanta dedicación en estos últimos años con los hermanos del Perú.
Se requiere la paz; se requiere la buena vecindad; se requiere la buena convivencia; se requiere desarrollarnos como región del sur, etcétera. Pero yo también tengo dudas respecto a la situación de Perú. Y es por eso que tan cerradamente no me atrevo a los compromisos hoy, en base a las propias experiencias que hemos tenido con los pronunciamientos peruanos.
No hay nada más que agregar, señor Presidente, salvo que Chile, más que nunca, necesita de políticas de Estado en materia de regiones extremas. Lo reclamamos, lo exigimos, lo pedimos. Y creo que, en adelante, la experiencia nos debiera señalar que ese es uno de los caminos a seguir.
Gracias.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro, por 3 minutos y medio.

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, en el 2011 condecoramos a Alan García en este Senado y también en La Moneda, hecho que vale la pena evaluar a la luz de la interpretación variada de las señales políticas.
Algunos han pedido que felicitemos al equipo jurídico. Uno podría preguntarse, entonces, ¿cuál fue el resultado? ¡Si lo concreto es que tenemos 22 mil kilómetros menos de mar nacional!
La frase que de mejor manera interpreta lo que sucedió es también de Alan García, quien señaló en Lima: "No ganamos todo lo que esperábamos ganar, pero algo ganamos". Yo digo, desde Valparaíso: "No perdimos todo lo que esperábamos perder -que podría haber sido mucho-, pero algo perdimos".
Está claro que ese "algo" son 22 mil kilómetros cuadrados, y hay que enfrentarlo así. Si no, la ciudadanía no entenderá de qué se trata este fallo. Por cierto, hay que asumirlo. No podemos renunciar. Y cualquier cuestionamiento que se haga -como los que aquí se han hecho con los panfletos que ahora inundan la Sala del Senado- es un tema peligroso.
A mi juicio, la "Ley Longueira", de Pesca, resultó mucho más dañina para los pescadores artesanales que este fallo de La Haya. Los resultados están a la vista. La pesca artesanal no opera en las 80 millas, pero hay que preocuparse más de los pescadores del norte y, particularmente, hay que preocuparse más de Arica.
Conozco esa ciudad desde hace mucho tiempo. Cada vez que ocurre una crisis se pone de moda el interés por el norte: por un terremoto, por un litigio, por un conflicto en la frontera. Y la preocupación por nuestra relación con Perú y Bolivia y especialmente por el desarrollo en esas ciudades debiera ser parte de una política de Estado permanente. No es que hoy día Arica y los pescadores vayan a tener más problemas. Ellos están abandonados desde hace tiempo: por el Estado y por los sucesivos Gobiernos. Arica está olvidada.
Entonces, allí se requiere apoyo público y estatal permanente, para enfrentar una política también permanente con nuestros vecinos. Si algo hemos ganado con Perú es que ya no tenemos tareas ni temas limítrofes pendientes a partir de ahora. Y ello debiera ser establecido como una política de Estado. No quedan asuntos pendientes con Perú, porque después de este fallo han quedado resueltos.
Quiero llamar la atención sobre esto. ¡Menos mal que no tenemos vecinos por el sur! Sin embargo, tenemos la Antártica. Porque nuestra preocupación por las zonas extremas es tan débil que ya nos hubieran demandado por la zona sur. Pero algo hay. El millón 250 mil kilómetros cuadrados de nuestro Territorio Antártico, ratificados a través de un decreto de 1940, requieren preocupación. Nuestra soberanía comienza a ser cuestionada. Son muchos los países que están pidiendo soberanía sobre esos territorios: Rusia, China. Y el tema de la Antártica comienza a ser geopolíticamente bastante más importante.
No obstante, no contamos ni siquiera con un rompehielos moderno, porque el que tenemos -el Almirante Óscar Viel- es bastante antiguo, de la década del 50. No hay ni un solo avión con capacidad para marcar soberanía en el Polo Sur, en la Antártica, y nuestra presencia en ella es más bien escasa.
Magallanes, la ciudad de Punta Arenas, puerta de entrada al Continente Helado, también sigue teniendo muchos problemas.
Yo abogo por una política de mayor preocupación por la Antártica chilena. Si no, nos vamos a encontrar con que los rusos van a poner bajo el casquete polar una banderita de su país y luego van a reclamar derechos presenciales. Y lo mismo puede suceder con naciones sobre las cuales es imposible actuar, porque no integran ningún tribunal, como Estados Unidos, Gran Bretaña. Estos países no participan ni reconocen tribunal internacional alguno. Por lo tanto, el único modo en que resuelven sus conflictos es mediante la fuerza.
¿Me da un minuto más, señor Presidente?

El señor PIZARRO (Presidente).- ¿A quién se lo cargamos, si ya no queda tiempo?
Termine su intervención, señor Senador.

El señor NAVARRO.- En definitiva, señor Presidente, como el Tribunal de La Haya da la posibilidad de una salida pacífica a las controversias con nuestros vecinos:
Uno, hay que preocuparse más de las buenas relaciones en nuestro barrio. Chile tiene que establecer políticas de integración con Perú, con Bolivia, con América Latina, con América del Sur.
Dos, soy contrario a salirnos del Pacto de Bogotá. Ahí existe una posibilidad de solución de conflictos a través de la mediación de un tribunal. Podremos ganar o perder. Porque la otra alternativa es la guerra, la carrera armamentista. Si no hay tribunales, entonces hay que prepararse para el peor escenario: comprar barcos, comprar tanques. A los industriales de la guerra les encanta eso. Pero es un mal camino.
Por lo tanto, debemos permanecer dentro del Tratado, aunque hay que actuar de manera preventiva; estar atentos; no esperar que nos sorprendan. Y, particularmente, tenemos que implementar una política de buen vecino.
Por ello, señor Presidente, creo que Chile debe asumir que perdió parte importante de su mar. Hay un sabor amargo en todos los chilenos, pero hay que acatar el fallo.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.
Al Partido Socialista le quedan dos minutos.

La señora ALLENDE.- Señor Presidente, finalmente, ayer conocimos el fallo de la Corte Internacional de Justicia, que fijó nuevos límites marítimos para nuestra zona económica exclusiva en la frontera norte.
Si bien valoramos la importancia de que dicho tribunal haya reconocido la existencia de la delimitación marítima trazada horizontalmente a partir del hito 1, no comprendemos la razón de su resolución. Al respecto, me sumo a quienes no entienden por qué ese órgano, que debiera fallar en Derecho, ha decidido que, a partir de la milla 80, se proyecte hacia el suroeste una línea equidistante que no se compadece con los argumentos jurídicos.
Como argumento, creo que no basta con señalar los temas relativos a la pesca.
Realmente, es incomprensible lo que se ha resuelto y, además, es doloroso.
Por cierto, ello nos ha significado perder 22 mil kilómetros cuadrados de zona económica exclusiva. ¡Resulta lamentable! Ojalá nunca hubiese ocurrido. Por suerte, no hubo cesión de soberanía territorial a Perú. Pero esta conformación no basta. Duele la pérdida, y hay que tenerla en cuenta.
Estimo importante que se haya reconocido el hito 1, como punto de partida para trazar la línea paralela que se extiende hasta la milla 80. Tal planteamiento fue objeto de una votación abrumadora.
Ahora, se ha sostenido aquí que, en teoría, se verá afectado un pequeño porcentaje de trabajadores: los que realizan pesca en alta mar. Nosotros deberemos preocuparnos de buscar compensaciones para ese grupo de personas, aunque se trate del 0,01 por ciento del total.
Señor Presidente, tengo muy poco tiempo disponible para intervenir, porque entregué minutos a mis colegas, así que solo diré que en adelante se va a requerir una tremenda voluntad política.
El fallo, a pesar del dolor que causa la pérdida de 22 mil kilómetros cuadrados, nos ha entregado una certeza jurídica. Ello puede significar un momento de inflexión en la relación bilateral con Perú. Aquí se termina por zanjar la demanda que este país formuló unilateralmente. A partir de este hecho podemos generar una nueva etapa.

El señor PIZARRO (Presidente).- Terminó su tiempo, señora Senadora.
Le daré un minuto adicional, para que concluya.

La señora ALLENDE.- Gracias, señor Presidente.
Esa nueva etapa debiera protocolizarse con un documento, ojalá de común acuerdo. Sé que no es común, pero sería deseable que hubiera un documento vinculante para ambos Estados mediante el cual se reconociera que ya no existen temas territoriales pendientes.
¡Esa es la manera de buscar fronteras estables, seguras y duraderas, que es lo que más deseamos!
Señor Presidente, quisiera que mejoraran nuestras relaciones vecinales.
Me parece doloroso que Bolivia, planteando derechos expectativos, haya presentado una demanda ante la Corte de La Haya.
Es duro lo que hoy tenemos que reconocer. Si bien ha primado la tesis que Chile defendió, se nos corta parte de nuestra zona económica exclusiva. Esto es importante.
Por último, cabe señalar que corresponde aplicar lo resuelto en el fallo de manera rigurosa, gradual, exhaustiva; con buena voluntad; de buena fe, y con decisión política, por ambas partes. Hay que terminar de derribar los muros de la desconfianza si queremos contar con las relaciones internacionales que Chile merece.
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El señor PIZARRO (Presidente).- Antes de darle la palabra al siguiente orador, quiero pedir el asentimiento de la Sala para que el Honorable señor Frei asuma como Presidente accidental, a fin de que yo pueda intervenir después.
Acordado.
--Pasa a presidir la sesión el Senador señor Frei, en calidad de Presidente accidental.
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El señor FREI, don Eduardo (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma, por ocho minutos.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, más allá de las expectativas, más allá del ambiente que se generó en forma previa al fallo, creo que lo concreto es que estamos en presencia de un mal resultado: malo para Chile, malo para el Derecho.
¡No nos perdamos, no tratemos de confundirnos! Chile, en virtud de este fallo, pasa a ser técnicamente un país más pequeño. Y nadie puede alegrarse por ello ni valorar como positiva una situación de esa naturaleza.
Es verdad que parte de nuestro alegato, como la existencia del hito 1 y la línea paralela trazada a partir de este, fue reconocido. Pero ese reconocimiento llevaba cincuenta años. No nace a partir de esta resolución.
El tema de fondo, que era la extensión de ese paralelo, sufrió una disminución muy significativa en virtud de lo resuelto por parte de la Corte Internacional de Justicia.
Por eso, considero que este es un fallo inicuo (no "inocuo", como publicó un medio de prensa). Inicuo, en el sentido de que está al margen de toda equidad.
Parece que "salomónico" es tener algo y dividirlo en dos. "Salomónico" y "equitativo" son conceptos completamente distintos. Equidad es dar a cada cual lo que le corresponde, sin generar una especie de divisor que deje a todos tranquilos.
El fallo es injusto, porque equivoca su razonamiento y produce una nueva forma de entender las relaciones internacionales y los tratados. Pese a reconocerse la existencia de un acuerdo en el Convenio de 1954, que establece como límite el paralelo, y a pesar de que en la Declaración de 1952 ambos Estados ratifican lo relativo a las 200 millas, el Tribunal de La Haya hace una arquitectura estrambótica mediante la cual, por un mal entendido sistema de equidad, se corta el paralelo en la milla 80, algo que ni siquiera había pedido Perú. A partir de ese punto, la línea se quiebra en una equidistante hacia el suroeste, lo cual se traduce al final en 22 mil kilómetros cuadrados menos para nuestro país.
Entonces, las cosas hay que decirlas por su nombre. ¡Este es un mal fallo para el Derecho! Van a tener que gastar mucho tiempo los abogados y los expertos para entender cuál es la lógica de este fallo, que es negativo para Chile.
Lo curioso es que, con una buena defensa, obtuvimos un mal fallo.
Buena defensa, porque se impuso la tesis de que existía un acuerdo limítrofe que avanza por el paralelo.
Un mal fallo, porque esa tesis quedó descabezada al momento de su llegada, simplemente por una mal entendida lógica de la equidad.
Yo no soy de los que creen que la gente en Torre Tagle está triste. En mi opinión, las autoridades peruanas están tranquilas, pues lograron armar un caso de la nada, y al final lograron quedarse con una tajada para su país. Y a mí eso me genera un profundo dolor.
Por lo mismo, señor Presidente, quiero plantear aquí algo muy serio. Con este fallo se termina la intangibilidad de los tratados, que es un principio esencial del Derecho Público. La señal que se da es que ahora los tratados no son modificables por el acuerdo de las partes, sino por la interpretación de una corte.
Ante ello, personalmente -sé que algunos no comparten esta idea; otros sí- estimo que hay que revisar la política exterior chilena a partir de estos elementos.
El Pacto de Bogotá ha sido sacrosantamente reivindicado por algunos. Y, a mi juicio, cada día tiene menos sentido formar parte de esa institucionalidad.
Hay quienes sostienen que salirse de dicho instrumento equivale a decir "no" al multilateralismo, al entendimiento lógico entre los países.
Pues bien, quiero decirles que el Pacto de Bogotá, que está depositado en la Secretaría General de la OEA, podía ser suscrito, técnicamente, por 35 países. De estos 35, firmaron 21. ¡Fíjense! De 35, ¡firmaron el texto 21! De esos 21, lo ratificaron 16. ¡16, de 35! Y de los 16, van quedando 14. O sea, ¡de 35 quedan 14!
Y los países que no forman parte del Pacto de Bogotá no son menores. Argentina es uno de ellos, y esto no quiere decir que no tenga espacio a nivel internacional. Canadá tampoco lo suscribió, y ello no significa que no tenga relevancia en el mundo o que no sea respetado. Colombia lo acaba de terminar, y esto no significa que tenga minusvalía en materia internacional. Lo mismo pasa con El Salvador, Estados Unidos, Venezuela, que nunca lo ratificó.
Entonces, señor Presidente, no elevemos a una categoría santificante un pacto que, en la práctica, rige para 14 de los 35 países que pudieron haberlo suscrito.
¿Y por qué los otros no lo hicieron? Porque no quisieron someterse a un determinado tribunal. Y a estas alturas lo encuentro bastante razonable, pues tribunales que modifican la intangibilidad de los tratados pasan a ser tribunales distintos de aquellos en los que uno creía y a los cuales entregaba toda la capacidad soberana para poder resolver determinados escenarios.
Y esto, en mi opinión, señor Presidente, tiene que ser parte del debate.
Nosotros ratificamos el Pacto de Bogotá el año 67, básicamente porque había un eventual conflicto con Argentina, país que, al final, no ratificó dicho instrumento.
Y ahora nos quedamos con una situación al revés, con vecinos que sí han interpuesto denuncias o demandas, como esta que ha sido técnicamente mal fallada para Chile; o la de Bolivia, que ahora reclama "derechos expectaticios" (que alguien explique cuál es el significado de tales derechos).
No obstante, si el día de mañana los tribunales dicen que no hay intangibilidad de tratados, me asaltan serias dudas respecto de lo que pueda suceder.
Yo no soy partidario de negociar con Bolivia -lo dejo claro de inmediato, porque algunos piensan distinto-, pues no podemos seguir achicando nuestro país.
Sin embargo, con la misma convicción, señalo que se debe revisar la forma en que resolvemos nuestros conflictos. Y el Pacto de Bogotá, a mí por lo menos, por las consecuencias que tuvo en la Corte, no me satisface ni me da seguridad en cuanto a la defensa de nuestros derechos.
Por último, considero importante también sacar lecciones en relación con el cuidado de nuestras fronteras interiores. Ese es un talón de Aquiles que, de alguna manera, nuestro país ha tenido, por ejemplo, en el sur, que ha sido destacado como uno de los problemas respecto de la defensa de nuestros intereses; y, asimismo, en el norte.
De ahí que me haya dolido ver en televisión, cuando se transmitía el fallo, a chilenos expresando que uno se recordaba de Arica solo en determinados momentos.
Lo anterior, de alguna manera, refleja un sentimiento, el que obliga a repensar la política exterior en su parte interna, en lo relativo a nuestras fronteras interiores, ya que es fundamental contar con una política mucho más consistente, coherente y proactiva.
Por eso, señor Presidente, ante un muy mal fallo, debemos sacar lecciones.
He dicho.

El señor FREI, don Eduardo (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, sin duda que este es tal vez uno de los momentos más sensibles en que, como Senado, nos toca conocer un fallo, evaluar sus consecuencias y, también en cierta forma, desarrollar un debate que nos permita mirar el futuro de nuestro país respecto de la implementación de políticas externas que sean de Estado y que velen claramente por los intereses de Chile.
Con relación al fallo, ayer lo conocimos, y, después de analizarlo, la conclusión a que han llegado todos es que la Corte, acogiendo la tesis de la defensa de Chile en su totalidad, procede después a dictar una sentencia que resulta total y absolutamente incomprensible en sentido jurídico y bajo la lógica con que, en primer lugar, determina con claridad que, producto de los tratados de 1952 y de 1954, existe una frontera marítima entre Chile y Perú; que ese límite se halla establecido por un paralelo, y que este parte del hito N° 1.
Hasta ahí, todo bien, la tesis de la defensa chilena fue lo suficientemente sólida -hay que felicitarla- para resguardar nuestros intereses.
¿Dónde se produce la incongruencia? En que sin argumento claro o contundente, entendible desde un punto de vista jurídico, en el fondo dicho tribunal recoge la tesis del Perú al decir que, a partir de la milla 80, hay una bisectriz, una línea equidistante.
Con ello, Chile pierde irremediablemente una cantidad de kilómetros cuadrados de mar que estaba bajo su soberanía, en términos económicos.
Entonces, no me cabe duda de que el fallo, desde esa óptica, genera un perjuicio o representa una pérdida irreparable para nuestro país. Eso no lo podemos obviar.
Tampoco es posible dejar de plantear nuestro reclamo, nuestra demanda de justicia y de consecuencia de parte de la Corte, porque, reconociendo la existencia de los referidos tratados; reconociendo la aplicación de esos instrumentos durante más de 60 años; reconociendo que siempre se habló de 200 millas marítimas, utilizadas para fijar los límites entre Chile y Perú, Perú y Ecuador, Ecuador y Colombia, Colombia y Panamá, o sea, frente a una realidad tan evidente como esa, termina dictando un fallo incoherente.
¿Cuál es la única razón que uno podría entender para ello? Que el Tribunal, más que resolver de acuerdo a la vigencia de los tratados, ha intentado buscar algún tipo de compensación o dar algo a quien demanda, o sea, a Perú, que, como se ha dicho acá, fabricó un caso -eso ya lo conocemos- en la forma descrita, en los tiempos en que lo hizo, y la manera en que llevó adelante esta demanda.
Entonces, sin duda que eso nos tiene que hacer reflexionar y ver con mucho más detalle los antecedentes por medio de los cuales la Corte llega a formarse la convicción, por mayoría, de que es necesario entregarle algo a Perú.
Nosotros, como país, dijimos siempre que se trataba de una muy compleja situación, porque cuando se va a un tribunal y no tiene nada más que ganar que el reconocimiento de algo existente, cualquier modificación significa una pérdida y, por tanto, que el demandante aparezca como triunfador.
Sin embargo, señor Presidente, más allá de eso, resulta indudable que la aspiración peruana, que fue totalmente rechazada, partía de una bisectriz desde el punto Concordia, no del hito N° 1, por lo que eso va a generar problemas en la aplicación de este fallo en los próximos meses o años, porque se debe respetar e implementar.
Pero la Corte, dentro de la solución "salomónica" entregada -como algunos la denominan-, que a nosotros no nos satisface y que la consideramos la peor de todas, no establece cómo implementar el fallo, ni el tiempo en que debemos hacerlo, lo cual pasa por la voluntad de las partes.
En definitiva, su aplicación va a ser extraordinariamente compleja. Porque uno ya ve en la reacción peruana su incapacidad de entender que sufrieron una derrota total y categórica cuando la Corte fijó el límite marítimo a partir del hito 1, lo que implicará entonces que el punto Concordia (el 266) quedará en una situación absolutamente desmedrada.
Esa materia, de acuerdo a los tratados vigentes que hemos suscrito, si genera discordia, tendrá que someterse al arbitraje de Estados Unidos. Y ahí tenemos un asunto pendiente.
Luego, se hallan las modificaciones que se deben introducir desde los puntos de vista legal y constitucional en Perú, algunas de las cuales, a lo mejor, deberemos hacer acá, pero que van a originar un debate de otra índole.
Veo extraordinariamente difícil que el Gobierno de Perú, sea cual fuere, logre aprobar una reforma constitucional que enmiende el criterio de dominio soberano que determinó sobre las 200 millas. Porque eso es lo que tendrán que modificar, de lo contrario no se podrá aplicar el fallo.
Entonces, sobre el particular, me parece que hay que actuar con mucha serenidad, tranquilidad, pero también con mucha firmeza. Porque ahí es donde tal vez influyen las señales emanadas de la política exterior a la que se hecho referencia acá. No da lo mismo la política de cuerdas separadas cuando se dice: "Mire, aquí lo único que importa es lo económico, pues en el resto no tenemos problemas, y si los hubiera, los dejamos -como manifestábamos- entregados a la Corte".
Sin embargo, ahora en quién radicaremos esos inconvenientes si simultáneamente necesitaremos tener una postura como país, que se irá concretando en el próximo tiempo en una comisión binacional, en un equipo de expertos, o en gente con la cual deberemos implementar este fallo.
Lamentablemente, la experiencia recogida durante estos años nos indica que, de los liderazgos políticos que han ejercido el poder en Perú, no hay un alto grado de confiabilidad en que se lleve a cabo una política de Estado que permita la integración y actuar de común acuerdo.
Por consiguiente, el esfuerzo que se debe realizar de ahora en adelante -planteado en el proyecto de acuerdo impulsado por la Comisión de Relaciones Exteriores- consiste en tratar de ir generando una postura única, de Estado, que posibilite, por un lado, implementar el fallo, que no nos gusta y que nos significó perder una cantidad enorme de kilómetros cuadrados de mar; y por otro, ser capaces de llevar adelante un proceso de integración que permita de verdad decir que con Perú no hay más asuntos pendientes.
Muchas gracias.

El señor FREI, don Eduardo (Presidente accidental).- Falta intervenir al Honorable señor Quintana, a cuyo Comité le quedan cuatro minutos.
Solicito autorización de la Sala para que ingresen junto con el señor Ministro de Relaciones Exteriores, quien acaba de llegar, los agentes chilenos ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, señores Alberto Van Klaveren y Juan Martabit.
--Así se acuerda.

El señor FREI, don Eduardo (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Quintana.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente, la verdad es que a poco más de 24 horas de conocido el fallo entregado por la Corte Internacional de Justicia de La Haya es muy difícil entrar en un examen muy profundo de él. Más bien, creo que todos nos hemos concentrado acá en esbozar algunas miradas de orden político, jurídico y, sin duda, relacionadas con los aspectos resolutivos del fallo.
Por lo tanto, el análisis que podamos efectuar tiene un carácter relativo y provisional.
Yo quiero destacar -al igual como lo plantearon varios señores Senadores- que aquí ha habido una argumentación jurídica prácticamente inalterable en las distintas etapas de este proceso. De manera que, desde ese punto de vista, se cumple el hecho de que ha existido una política de relaciones exteriores de Estado, la cual, por cierto, no está exenta de que determinado Gobierno -como es el caso de Chile- haga también de ella una política gubernativa, en el sentido de que hay énfasis y acciones -lo señaló recién el Presidente del Senado- que probablemente otros gobiernos habrían tomado en consideración.
Se ha hablado mucho de las cuerdas separadas, en fin.
Pero más allá de eso, creo que tales énfasis tampoco hubieran cambiado de manera significativa esta resolución, con la cual -tal como lo señalaron muchos señores Senadores- Chile algo perdió y algo ganó y Perú algo perdió y también algo ganó.
Hay distintas maneras para plantearlo, señor Presidente.
Claramente, no es para abrazarnos, para celebrar; no es un triunfo¿
Señor Presidente, quisiera continuar con mi exposición.
Entiendo los saludos al Ministro de Relaciones Exteriores y, por cierto, al agente y al coagente, quienes nos representaron en La Haya. Yo también me sumo a ellos. Porque aquí hubo un trabajo serio, riguroso.
Pero -insisto- creo que aquí no hay nada que celebrar. Acá debemos valorar el trabajo profesional realizado.
No estamos celebrando; tampoco llorando. Porque si bien hubo una pérdida dolorosa, constituida esencialmente por esos 20 mil a 22 mil kilómetros cuadrados -todavía no está bien definido cuánto será-, se trata de un área que no tiene gran cantidad de recursos hidrobiológicos.
Lo señaló muy bien el Senador Navarro: los pescadores artesanales de Chile perdieron más cuando el Congreso aprobó el proyecto de Ley de Pesca, encabezado por el Ministro Longueira, que lo que van a perder ahora. Porque son zonas donde no hay pesquería, en que estas son ínfimas.
No obstante, tratando de volver a lo central, la pregunta que debemos hacernos es: ¿Por qué llegamos a esta situación? Llegamos a ella porque en Perú existe una doctrina conocida como del "irredentismo", en que hay cosas muy difíciles de superar, desde la guerra del Pacífico, la guerra contra la Confederación Perú-Boliviana.
Entonces, a mi juicio, dentro de lo que Chile gana está el que en cierta forma se cierra un capítulo de dudas, de situaciones probablemente muy difíciles para Perú. No nos olvidemos de que en esas acciones bélicas hubo excesos de distintos lados, y también existieron por parte de nuestro país.
Ahora, la interrogante que no hemos respondido es qué pasó cuando, por ejemplo, profesores de Derecho Internacional como Rodríguez Elizondo, en la década de los noventa, advierten del caso construido en Lima desde los años setenta por Rodríguez Cuadros, José Miguel Bákula, en fin.
Yo siento que durante décadas tuvimos una Cancillería un tanto remolona¿

El señor PIZARRO (Presidente).- Excúseme, señor Senador, pero concluyó su tiempo.

El señor QUINTANA.- ¿No le quedan minutos a mi Comité?

El señor PIZARRO (Presidente).- Su Comité está excedido en el tiempo, señor Senador.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente, entiendo que hay un tiempo estimado para cada bancada. Pero aquí ha habido algunas interrupciones¿

El señor PIZARRO (Presidente).- Efectivamente, señor Senador. Pero sucede que los miembros de su Partido lo usaron antes.
Su Señoría tiene un minuto para finalizar su intervención.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente, para redondear, Chile es un país serio, respetuoso del Derecho Internacional. De modo que no cabe ninguna discusión sobre cómo se evade un fallo de estas características.
Insisto en que existen aspectos negativos, que tienen que ver con la pérdida dolorosa a que me referí, que no es de soberanía de mar patrimonial, sino de zona de derechos económicos exclusivos.
Por lo tanto, lo central hoy son las lecciones que sacamos de este episodio: cómo modernizamos la Cancillería, cómo logramos una actitud más proactiva cuando vemos que se construye una tesis jurídica como la que llevó a cabo Perú.
Creo que eso es lo que falta, y esa es la lección que debiéramos sacar de este fallo.
He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Han concluido los tiempos asignados a los Comités y las intervenciones de Sus Señorías.
Se encuentran en la Sala el señor Canciller y dos de nuestros agentes ante la Corte de La Haya, los Embajadores señores Martabit y Van Klaveren.
Le daré la palabra al señor Ministro para que realice su exposición. Pero antes debo señalar que tenemos un proyecto de acuerdo, que someteremos a la consideración de la Sala una vez que este finalice su intervención.
Tiene la palabra, señor Canciller.

El señor MORENO (Ministro de Relaciones Exteriores).- Señor Presidente, antes de iniciar la explicación referente a esta sentencia, quiero aprovechar la oportunidad para darles excusas a usted y al resto de los Senadores, porque me fue imposible cumplir con la hora a la que estaba citada esta sesión, dado que nos hallábamos esperando el arribo del agente y el coagente, quienes viajaron directamente desde La Haya luego de haber recibido el fallo definitivo. Adicionalmente, tuvimos que visitar al Presidente de la República para hacerle entrega del fallo y explicarle sus elementos centrales. Después de ello, viajamos en helicóptero al objeto de llegar lo más rápidamente posible a Valparaíso. Pero aun así, no nos fue factible arribar a tiempo a esta Sala.
Dadas las excusas correspondientes, paso a realizar mi exposición.

1.- La Corte Internacional de Justicia ha dictado sentencia en el caso titulado "controversia marítima", Perú contra Chile.
Como saben Sus Señorías, la Corte Internacional de Justicia ha dictado sentencia en el caso titulado "controversia marítima", Perú contra Chile.
El fallo pone fin a un largo proceso histórico que comenzó mucho antes de la presentación de la demanda peruana en 2008.
Para un cabal entendimiento de lo que hemos conocido ayer y sus efectos, resulta necesario revisar brevemente los antecedentes que dan contexto a la decisión de la Corte.
En este caso, se enfrentaron dos enfoques sobre el tema de la delimitación marítima, desde el punto de vista del Derecho de los Tratados y del Derecho del Mar.
Perú
Perú partía de la base de la ausencia de una delimitación marítima acordada con nuestro país. Y, en consecuencia, solicitó a la Corte que, en primer lugar, determinara el límite marítimo con Chile aplicando los principios consuetudinarios del Derecho del Mar, según los cuales, a falta de circunstancias especiales aplicables al caso, debía trazarse una línea equidistante a las líneas de base de ambos países; en segundo término, que determinara que el punto de inicio de la frontera marítima debía ser el punto en el cual llega al mar la frontera terrestre entre ambos Estados, identificando dicho punto como "Punto Concordia", que según Perú era el punto 266, medido y fijado unilateralmente por dicha nación en 2005.
En forma subsidiaria, aunque sin enunciarlo así, solicitaba que la Corte reconociera que Perú tenía derechos soberanos exclusivos sobre un área que se extendía más allá de las 200 millas del territorio de Chile y que correspondía a una zona de alta mar.
Según Perú, los Acuerdos de 1952 y 1954 no eran acuerdos de delimitación.
Respecto de la Declaración de Santiago, de 1952, su primera tesis fue que no era un tratado. Posteriormente, Perú señaló que si bien podía ser considerada como un tratado, no constituía uno de delimitación marítima. Más bien era un acuerdo respecto de una política marítima común sobre recursos pesqueros.
En el caso del Convenio de 1954, sobre Zona Especial Fronteriza Marítima, se trataba de un instrumento provisional, de alcance limitado, para evitar conflictos con pequeñas embarcaciones pesqueras de ambos países.
Perú sostuvo que no podía considerarse que se trataba de acuerdos de delimitación, pues las partes no lo señalaron así expresamente; no se especificó cuál era la frontera marítima y no se establecieron coordenadas ni se acompañaron mapas.
Chile
Por su parte, Chile sostuvo que la disputa marítima presentada por Perú carecía de fundamento, ya que no solo los tratados fundamentales se referían a la frontera marítima (tratado tripartito denominado "Declaración sobre Zona Marítima" o "Declaración de Santiago", de 18 de agosto de 1952, celebrado entre Chile, Ecuador y Perú, y Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima, de 1954), sino que también la práctica consistente de las partes así lo confirmaba.
De acuerdo a la Declaración de Santiago, que obligaba a Chile y Perú, así como a Perú y Ecuador, la línea es "el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los estados respectivos".
Ese Acuerdo fue complementado poco tiempo después por el de 4 de diciembre de 1954, titulado "Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima" (Convenio de Lima).
Allí se establece una zona especial a cada lado del "paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países". Y, conforme a sus propias disposiciones, debía considerarse parte integrante y complementaria del Acuerdo de 1952.
La frontera fue respetada por ambos países.
Chile y Perú exigieron su acatamiento por los pesqueros, lo cual en 1968 y 1969 abrió camino a un acuerdo para señalizar la frontera marítima mediante la construcción de torres de enfilación alineadas sobre el paralelo del hito Nº 1 (18º 21' 03" S, en datum local, o 18º 21' 00" S, en WGS 84).
Esos trabajos fueron realizados por delegaciones de ambos países y por una comisión mixta que se estableció a tal efecto para verificar la posición del hito Nº 1 y estudiar en el terreno la instalación de marcas de enfilación visibles desde el mar. El mandato se ejecutó como lo reflejan las actas, y las partes materializaron el paralelo de la frontera marítima que pasa por el hito número Nº 1.
Esos trabajos e instrumentos bilaterales fueron debidamente aprobados por las autoridades de ambas naciones. Los dos faros funcionaron desde 1972 hasta 2001, cuando la torre erigida por Perú colapsó debido a un terremoto. A pesar de las insistencias del Gobierno chileno, Perú no volvió a levantarla.
Las partes también implementaron el límite en su sistema jurídico interno.
Perú emitió la Resolución Suprema Nº 23, de enero de 1955, para asegurar que su zona marítima estuviera correctamente dibujada en la cartografía y en los trabajos geodésicos.
Dicha Resolución establece: "De conformidad con el inciso IV de la Declaración de Santiago dicha línea" (la paralela a la costa) "no podrá sobrepasar a la del paralelo correspondiente al punto en que llega al mar la frontera del Perú.".
Otros ejemplos de legislación peruana confirman también la existencia de una frontera marítima.
Chile por su parte, además, aplicó la línea de frontera en su legislación interna.
Chile y Perú ejercieron continuamente su jurisdicción sobre la zona marítima delimitada por la Declaración de Santiago. Ambas partes controlan la entrada a su zona marítima. Significativamente, el ingreso al sur del dominio marítimo peruano coincide con las coordenadas del paralelo que pasa por el hito Nº 1.
Asimismo, en defensa del límite, las dos partes han capturado pesca y sometido a sus tribunales a nacionales de la otra parte sorprendidos en actividades pesqueras fuera de la respectiva zona de cada país delimitada por el paralelo.
En cuanto al área de "alta mar", que Perú denominara "triángulo exterior", Chile solicitó a la Corte que la declarara inadmisible. Perú reclamaba un área que, de acuerdo al Derecho Internacional, pertenecía a todos los Estados y sobre la cual nuestro país no tenía pretensiones de ejercer derechos soberanos o jurisdicción.
Respecto a la práctica, ambas partes respetaron el paralelo por casi 50 años antes de que surgiera esta demanda. Durante todo este tiempo, Perú no hizo reserva u objeción sobre la frontera establecida.
La alegación peruana de que en 1986 realizó un intento de negociación mediante el envío de un memorándum, después de una entrevista entre el Embajador Bákula y el Canciller chileno, no pudo generar una controversia donde no existía.
En 1986 Perú no negó la existencia de la frontera marítima como lo hizo más tarde, sino que indicó que necesitaba ser "revisada" o actualizada a la luz de la conclusión de la CONVEMAR en lo relativo a los espacios marítimos allí reconocidos.
En efecto, Perú esperó más de 14 años para presentar en 2000 una nota donde alegaba que no había un acuerdo sobre el límite marítimo con Chile; criticaba un mapa publicado por nuestro país con el dibujo del límite marítimo, y luego requería a nuestra nación entrar en un proceso de negociación en el año 2004.
La posición de Chile fue que existía un acuerdo de límites proveniente de los Tratados de 1952 y 1954 y que, por lo tanto, no existía asunto sobre el cual negociar o discutir a aquel respecto.
Finalmente Perú, tras afirmar que la negociación con Chile había fracasado, decide demandar a nuestro país en enero de 2008, desconociendo el límite marítimo y solicitándole a la Corte Internacional de Justicia fijar, conforme al Derecho del Mar, una línea equidistante no sujeta a circunstancias especiales.
Con ello concluían aproximadamente diez años de gobiernos peruanos y chilenos en que Perú cuestionó la existencia de un acuerdo sobre límite marítimo.
La demanda peruana que desconoció el límite marítimo puso en riesgo 185 kilómetros cuadrados de mar territorial sobre el cual Chile ejerce plena soberanía y más de 38 mil kilómetros cuadrados de mar de zona económica exclusiva a cuyo respecto nuestro país ejerce soberanía sobre derechos económicos.

2.- Contexto del caso tuvo que ver con historia y evolución de zona marítima de 200 millas, en cuya consagración cupo a Chile y a Perú una participación fundamental.
En 1947 ambos países emitieron declaraciones unilaterales y concordantes mediante las cuales proclamaron su soberanía y jurisdicción sobre un área de un mínimo de 200 millas marinas de sus respectivas costas y extendida sobre los recursos, suelo y subsuelo de esa zona.
Es reconocido en el Derecho Internacional que Chile y Perú fueron activos impulsores de la renovación del Derecho del Mar y que a partir de 1947 declararon su soberanía y jurisdicción hasta las 200 millas marinas.
La Declaración de Santiago, de 1952, fue conocida internacionalmente como un instrumento de valor jurídico, tripartito y con efectos en el Derecho Internacional. Se registró en las Naciones Unidas, y en numerosas publicaciones académicas, de terceros Estados y de la ONU ha figurado como un acuerdo limítrofe.
Como se recordó anteriormente, dicha Declaración establece un límite marítimo consistente en el paralelo geográfico donde la frontera terrestre llega al mar, con una extensión de 200 millas marinas.
Si bien los acuerdos de 1952 y de 1954, tal cual lo señaló el agente Alberto Van Klaveren en un reciente reportaje publicado en un diario local, no fueron "prístinamente claros" en el modo como establecieron el límite marítimo, la historia de su adopción y la práctica subsecuente de ambos países resultan inequívocas en la existencia del límite y en su ubicación.
Lo anterior se ve confirmado por los acuerdos que suscribieron Chile y Perú en los años 1968 y 1969, que tuvieron por objeto materializar el límite marítimo.
La posterior práctica consistente de las partes no hizo sino confirmar el entendimiento entre ellas en cuanto a la existencia jurídica de un límite marítimo. Y los ejemplos de la práctica son múltiples: cables submarinos, espacio aéreo, respeto de las zonas pesqueras, etcétera.
En el proceso de negociación que condujo a la Tercera Conferencia sobre el Derecho del Mar, desde comienzos de los años 70, las 200 millas marinas de zona económica exclusiva fueron progresivamente aceptadas, siendo América Latina, África y algunos países desarrollados (Canadá, Noruega, Australia) los conductores de su universalización.
La zona económica exclusiva se distinguía del mar territorial, cuya extensión sería de hasta doce millas, por cuanto los derechos de soberanía del Estado ribereño tienen solo alcance económico.
En este proceso, la jurisprudencia internacional y la Tercera Conferencia debieron referirse a las reglas de delimitación marítima, enunciando los tribunales la aplicación de "principios equitativos".
La Convención sobre el Derecho del Mar, a su vez, acogió una redacción donde se señala que la delimitación debe hacerse por acuerdo, aplicando las fuentes del Derecho Internacional, con el objeto de alcanzar un resultado equitativo.
En los últimos casos planteados ante la Corte, particularmente desde el año 2000, se han aplicado como reglas de delimitación marítima la equidistancia (o línea media) y las circunstancias especiales. Para ello se determina previamente cuál es el área relevante y cuáles son los puntos de base que proyectan las áreas a delimitarse. Con posterioridad los tribunales aplican un test para determinar si se genera una desproporcionalidad entre las áreas que quedan para cada parte.
Debe tenerse presente que esas reglas se aplican solo a falta de acuerdo y que los países pueden introducir los criterios que estimen más adecuados.
En el caso de Chile y Perú, así como en el de Perú y Ecuador, se consideró tradicionalmente que la delimitación por paralelos era una consecuencia de los tratados tripartitos del Pacífico Sudoriental.
Por otra parte, si bien el llamado "Nuevo Derecho del Mar" no obliga a un cambio de las fronteras marítimas existentes, tuvo un efecto político en Perú, donde desde los años setenta¿

El señor PIZARRO (Presidente).- Perdón, señor Ministro, pero llegó la hora de término de la sesión.
Pido el asentimiento requerido para prorrogarla, a fin de que pueda terminar su intervención el señor Ministro y de someter después a consideración de la Sala un texto corregido del que Sus Señorías recibieron como posible acuerdo del Senado.

El señor LARRAÍN.- Y que puedan hablar también el Agente y el Coagente.

El señor WALKER (don Ignacio).- Que se prorrogue la sesión por lo que sea necesario.

El señor PIZARRO (Presidente).- Señor Ministro, ¿cuánto tiempo más necesita, por si quisieran agregar algo el Agente y el Coagente o si hubiera alguna consulta?

El señor MORENO (Ministro de Relaciones Exteriores).- Estoy en la mitad de mi intervención, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Por favor, procure acelerarla.

El señor LARRAÍN.- Que ocupe el tiempo necesario.

El señor PIZARRO (Presidente).- Entonces, si le parece a la Sala, se prorrogará la sesión a los efectos señalados.
Acordado.
Puede continuar, señor Ministro.

El señor MORENO (Ministro de Relaciones Exteriores).- Muchas gracias.
Señor Presidente, decía que por otra parte, si bien el llamado "Nuevo Derecho del Mar" no obliga a un cambio de las fronteras marítimas existentes, tuvo un efecto político en Perú, donde desde los años setenta se hizo público el estudio de sectores navales y diplomáticos sobre el efecto de superposición de su zona marítima con Chile, a fin de abrir camino a una delimitación más beneficiosa para el Perú.
3. La defensa de Chile. Equipo y estrategia
Equipo
Como se mencionó, Perú presentó su demanda en enero de 2008. Esta primera etapa del litigio correspondió al Gobierno de la Presidenta Bachelet, quien recibió la memoria peruana en marzo de 2009 y condujo el proceso hasta la presentación de la contramemoria chilena el 9 de marzo de 2010.
En esta primera etapa se definieron el equipo de defensa de nuestro país y los aspectos fundamentales de la estrategia de defensa del caso.
Se nombró Agente de Chile ante la Corte al señor Alberto Van Klaveren, a la sazón Subsecretario de Relaciones Exteriores, y Coagentes, a la señora María Teresa Infante y al Embajador ante los Países Bajos, don Juan Martabit. Se designó Juez Ad Hoc al profesor señor Francisco Orrego.
Asimismo, se constituyó un equipo multidisciplinario de defensa, el cual contó con los mejores juristas nacionales e internacionales y con una amplia base de apoyo en distintos sectores, con carácter transversal. Se creó el Comité Asesor para el Límite Marítimo, constituido por expertos nacionales con amplia representatividad, y se establecieron instancias de opinión, como el Comité de ex Cancilleres.
La defensa fue asumida como tarea de Estado, manteniéndose desde el inicio del proceso, el año 2008.
Bajo el actual Gobierno, se recibió la réplica peruana en noviembre de 2010 y se presentó la dúplica de Chile en julio de 2011. Finalmente, se efectuaron los alegatos orales en diciembre de 2012.
Siguiendo la larga tradición nacional de que la defensa internacional del país representa una política de Estado, el actual Gobierno mantuvo al equipo de defensa encabezado por el Embajador Van Klaveren, como Agente, y también, a ambos Coagentes, efectuándose solo pocas incorporaciones para su refuerzo. Se siguió con la misma línea de defensa presentada por Chile en su contramemoria, poniéndose en la dúplica énfasis en la práctica de ambos países que demostraba la existencia de un acuerdo de límite marítimo consistente en el paralelo geográfico que pasa por el hito 1.
Desde sus inicios, la defensa fue asumida como una tarea de Estado, en la que se dispuso de todos los recursos humanos y económicos para defender al mejor nivel los argumentos y derechos de Chile.
Consistente con lo anterior, se mantuvieron los comités y se siguió con una política de información permanente a la ciudadanía, a los partidos políticos, a los Poderes del Estado y a los distintos estamentos de la sociedad en cuanto al contenido de la demanda, los argumentos y la defensa de Chile, como también a los fundamentos peruanos.
Así, sesionaron permanentemente el Comité Asesor para el Límite Marítimo y el Comité de ex Cancilleres, y el Primer Mandatario también consultó en algunas ocasiones a los ex Presidentes de la República.
Se aplicó una política de total transparencia respecto al contenido de la disputa y a los argumentos y defensa de Chile frente a la demanda peruana. Como parte de ello, se acordó con Perú que los alegatos orales se transmitieran en directo en español -ello fue facilitado por la Corte-, y la contramemoria y dúplica chilenas fueron traducidas en ese idioma y puestas a disposición del público.
La defensa
En el diseño de la defensa de Chile se tuvieron en cuenta ciertos elementos fundamentales.
1. Qué es la Corte y cuál es su función principal.
Perú y Chile son parte del Pacto de Bogotá, de 1948. Perú invocó este Tratado para llevar a nuestro país a la Corte Internacional de Justicia. Por lo tanto, una vez recibida la demanda peruana y luego su memoria, debían estudiarse la jurisdicción de dicho Tribunal para este caso y la posibilidad efectiva de objetarla.
A este respecto, es importante recordar que la decisión de no impugnar la competencia de la Corte en dicha oportunidad se adoptó luego de un riguroso análisis jurídico y tomando en cuenta la asesoría brindada por los expertos internacionales y nacionales consultados.
Primero, porque la excepción de incompetencia que el Pacto prevé en cuanto a asuntos regidos por acuerdos o tratados entre las partes exigía que estos estuvieran en vigencia a la fecha de celebración del Pacto, requisito que no cumplían los acuerdos que Chile defendía.
Segundo, porque al discutirse en forma preliminar este asunto tenía que exponerse gran parte de los argumentos que luego debían desarrollarse con profundidad en el fondo, y estratégicamente no era conveniente hacerlo, pues cualquier decisión adversa de la Corte en una primera fase debilitaba la postura chilena en la segunda.
Además, de acuerdo a las normas de la Corte, era muy probable que esta decidiera fallar la excepción preliminar en conjunto con los méritos, por tratarse de dos materias íntimamente vinculadas, produciéndose en definitiva el mismo efecto que un fallo en los méritos pero sin la profundidad que esa fase otorga.
Debe tenerse presente que, en materia de excepciones preliminares, no basta con invocar causales que las justifiquen, ya que es la Corte quien decide si las acoge o no.
2. El segundo elemento fundamental considerado en el diseño de la defensa de Chile fue la convicción de que el límite marítimo con Perú se encontraba establecido mediante los Acuerdos tripartitos con Perú y Ecuador de 1952 y 1954, seguido de una práctica indubitada por sesenta años.
3. En tercer lugar, se tuvo en cuenta que Perú jamás objetó la jurisdicción chilena al sur del paralelo ni el control del área por nuestro país. Una de nuestras fortalezas fue precisamente que en sus actuaciones Chile nunca dejó de ejercer jurisdicción en el área.
4. Finalmente, se determinó que una negociación con Perú no conduciría a la aceptación del paralelo marítimo que se encontraba en aplicación y para todo propósito. Esa línea no era precisamente la que Perú aceptaría.
A esa posición se agregó la cuestión del punto de inicio de la frontera marítima, unilateralmente fijado por Perú en 2005, y que significó que dicho país impugnaba no solo el paralelo limítrofe sino también su latitud.
No obstante todas esas consideraciones, que evidencian la solidez de la postura chilena y bajo las cuales se tomaron las decisiones correspondientes, existían antecedentes que, si bien no eran concluyentes, podían pesar en contra de nuestro país; por ejemplo, la gestión del Embajador Bákula, a la cual Chile respondió con una declaración que eludió el punto principal.
Además, tal como señaló el Agente Van Klaveren recientemente, existía conciencia de las dificultades interpretativas de los documentos de 1952 y 1954.
A ello deben agregarse otros elementos, tales como la falta de una representación cartográfica del límite marítimo, mientras sí comenzó a representarse el acordado con Argentina en 1984; el cambio experimentado por el Derecho del Mar y consagrado en la CONVEMAR de 1982, y los fallos de la Corte Internacional de Justicia.
Según ya he señalado, probablemente ese tipo de antecedentes incentivaron a Perú a presentar su demanda no obstante la inequívoca existencia del límite marítimo acordado entre ambos países.
4. Tema de especial significado: punto de partida del límite marítimo. Por qué se produce la diferencia con Perú.
Perú sostuvo que la delimitación de la frontera marítima debía comenzar en "un punto en la costa denominado Concordia, punto terminal de la frontera terrestre establecido conforme [al Tratado de 1929] (...) cuyas coordenadas son 18° 21' 08" S y 70° 22' 39" O.".
Con eso Perú reiteraba su tesis de que lo que denominaba "Punto Concordia" era el punto "en que la frontera terrestre peruano-chilena llega al mar", como aplicación del Tratado de 1929, que estableció la frontera terrestre.
Según Perú, "es en este punto donde comienza la delimitación de las zonas marítimas entre las Partes".
Chile ha sostenido que ningún punto correspondiente a esas coordenadas fue convenido entre ambos países como parte de su frontera terrestre y que, por tanto, no puede reconocer el llamado por Perú "Punto Concordia" como válido según los tratados vigentes entre ambas naciones. La frontera terrestre fue establecida y demarcada en sucesivos Acuerdos, de 1929 y 1930, y, a manera de conclusión, se erigieron y midieron hitos en la línea fronteriza, desde el hito 1 (orilla de mar) al número 80.
Chile ha planteado que en 1930 se expresó el acuerdo de que la demarcación del límite terrestre entre las partes se había llevado a cabo en su totalidad y que se iniciaba en "el Océano Pacífico". Se convino, entonces, que el hito fronterizo más próximo al mar se encontraba "en la orilla del mar" y que ese era el hito N° 1. Su latitud astronómica fue 18° 21' 03" S, según el datum local.
En 2005 Perú aprobó la Ley de Líneas de Base, que dispuso que su punto más meridional era el 266, dándole coordenadas y afirmando que se trataba del "Punto Concordia". Este punto 266 fue objetado por Chile.
En contraposición, cabe recordar que Perú afirmó en 1996 y en 1999 que no había asuntos pendientes en materia de límite terrestre.
Ello tiene dos consecuencias, sobre las cuales nuestro país debe mantener una posición clara:
-El paralelo marítimo se inicia en el punto de más baja marea de la latitud del hito N° l. Por lo tanto, se ha acogido la posición sostenida por Chile y no puede variar su latitud.
-Las partes están comprometidas con su propia tesis, según la cual el límite marítimo es "el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos". De este modo, la decisión respecto de la frontera marítima ratificó la posición chilena sobre el inicio de la frontera terrestre.
5. La sentencia y sus elementos fundamentales
La Corte Internacional de Justicia ha confirmado, en lo sustancial, la posición de Chile. El fallo reconoce la existencia de un acuerdo sobre el límite marítimo entre las partes. Prácticamente por la unanimidad de sus miembros, el tribunal le dio la razón a Chile en este punto sustantivo, que motivó la demanda peruana. En efecto, por 15 votos contra uno, confirmó la existencia de un acuerdo sobre el límite marítimo entre Chile y Perú, y que este es un paralelo geográfico.
En seguida, nuevamente por 15 votos contra uno, también le dio la razón a Chile en el segundo aspecto central disputado por Perú, esto es, cuál debía ser el inicio de la frontera marítima: un punto en la baja marea sobre el paralelo del hito N° l, y no en el punto 266 que sostenía Perú.
Continuando con los argumentos de las partes en el proceso -lo recalco: los argumentos de las partes en el proceso-, el inicio de la frontera marítima y el término de la frontera terrestre entre Chile y Perú, tal como lo sostuvo nuestro país, se encuentra en el paralelo 18° 21' 00'' S, correspondiente al hito N° 1.
Es un logro muy importante de la defensa el que, en las cuestiones de principio que enfrentaban a los países ante la Corte, la posición de Chile haya sido confirmada prácticamente por la unanimidad de sus miembros. Se logró comprobar la verdad de los hechos, que es que existió y existe un acuerdo de límite marítimo.
No obstante lo anterior, habiendo la Corte dado razón a Chile en los aspectos esenciales de su posición, estimó, por 10 votos contra 6, que de los acuerdos de límites no se derivaba claramente cuál era la extensión del paralelo, dejándolo en 80 millas marinas. A continuación se dibujó una línea equidistante, ajustada según un método establecido por el tribunal.
Con esta decisión, la zona en controversia definida por la Corte no se ajusta a la petición peruana, según la cual debía tomarse en cuenta un área mucho más extensa que denominó "en controversia".
A pesar de ello, nuestro país ha expresado que discrepa de la decisión de la mayoría. La conclusión que necesariamente se sigue del reconocimiento por la Corte de la existencia de un acuerdo sobre el límite marítimo consistente en el paralelo geográfico es que este se extendía hasta 200 millas marinas.
Todos los acuerdos sobre la materia entre Chile y Perú; las declaraciones unilaterales de 1947 de los dos países; la práctica consistente de ambos por más de 60 años, se refieren, siempre y únicamente -absolutamente todo ello-, a 200 millas marítimas. Nunca hubo otra extensión considerada o referida por las partes.
Más aún, ni Chile ni Perú plantearon argumentos o antecedentes, en todos los años que duró el proceso, que le permitieran a la Corte concluir que el paralelo del límite marítimo tuviese la extensión que se le ha fijado. Ello ha sido únicamente el resultado de una creación del propio tribunal.
Las obligaciones internacionales asumidas por nuestro país le imponen el deber de acatar la decisión de la Corte. Por eso, cumplirá y exigirá el cumplimiento del fallo. Sin embargo, no puedo dejar de expresar, al mismo tiempo, nuestra absoluta discrepancia de este aspecto de la resolución, la que resulta inconsistente, como ya lo he dicho, con los antecedentes del proceso llevado ante la Corte y los restantes aspectos de la propia sentencia. Como muestra de lo anterior, basta leer la muy bien fundamentada declaración individual del propio Presidente del tribunal, juez Peter Tomka.
Sin perjuicio de lo anterior, resulta necesario revisar en forma más detallada cuáles son los alcances más específicos de la decisión emitida ayer.
En cuanto a otros aspectos sustantivos del fallo, se ha reconocido a nuestro país una línea para todo propósito, vale decir, es un límite sobre el mar, el suelo y el subsuelo.
Se cautelan en su totalidad las 12 millas constitutivas del mar territorial y soberano de Chile, que mantiene plenos y absolutos derechos sobre este.
En seguida, se reconoce la zona económica exclusiva de Chile a partir del paralelo geográfico que pasa por el hito N° l, hasta 80 millas hacia el oeste en el mar, y a partir de ese punto, la extensión al oeste y sur de una línea equidistante de las costas de ambos países.
El reconocimiento de la totalidad de nuestro mar territorial y la zona económica exclusiva delimitada permite que los derechos soberanos económicos que se otorgan a Chile preserven prácticamente en su totalidad la pesca relevante de la Región de Arica, la que queda a debido resguardo y exclusivamente en beneficio de nuestros pescadores. Asimismo, mantiene y protege íntegramente la conectividad y proyección marítima de la ciudad de Arica, así como su posición geográfica estratégica para nuestro país.
Chile y Perú deberán trabajar en mediciones de vértices de puntos que la Corte ha determinado y que hagan posible el ejercicio indiscutido de las respectivas jurisdicciones.
No obstante, conforme a la decisión de la Corte, como ya he señalado, entre las 80 y las 200 millas marítimas deberá trazarse una línea equidistante que divida el ejercicio de los derechos económicos para ambos países en dicha área. Sin perjuicio de que deberán efectuarse con precisión los cálculos conforme a los parámetros entregados por la Corte, ello supondrá para Chile no tener derechos económicos sobre una superficie de mar cercana a 22 mil kilómetros cuadrados. Si bien las libertades de navegación y aeronavegación de nuestro país no se verán afectadas y en la zona no hay una actividad económica relevante, constituye una pérdida lamentable.
Chile aplicará y exigirá la aplicación de las libertades de navegación y aeronavegación en la zona económica exclusiva de Perú, sobre la base de resguardar que el vecino país adecue su legislación a este concepto base del derecho del mar.
Señor Presidente, quisiera cederle la palabra a nuestro Agente ante la Corte Internacional de Justicia, señor Alberto Van Klaveren, para que entregue algunas precisiones adicionales sobre la sentencia misma.

El señor PIZARRO (Presidente).- Le solicito al señor Embajador que trate de ser preciso.
Sé que viene cansado, además, luego de un viaje largo.
Puede intervenir.

La señora ALLENDE.- Es incansable.

El señor VAN KLAVEREN (Agente de Chile ante Corte Internacional de Justicia).- Señor Presidente, es verdaderamente un honor poder usar de la palabra en esta sesión plenaria del Senado.
Agradezco esa deferencia también en nombre del coagente, embajador señor Juan Martabit, quien nos acompaña.
Voy a intentar ser muy breve y dar simplemente algunas indicaciones sobre nuestra visión del fallo.
Como es obvio, corresponderá hacer un análisis mucho más detallado de la sentencia para determinar en mejor forma sus alcances y el razonamiento de la Corte, pero, de manera preliminar, podemos extraer algunas conclusiones y comentarios.
En primer lugar, como lo expresó el señor Ministro, se confirmó la tesis chilena principal sobre la existencia de un límite marítimo de tipo convencional, reafirmándose, además, la importante cuestión sobre su punto de inicio, que no es otro que el del paralelo del hito N° 1.
Es importante destacar que Perú no fue exitoso en su pretensión de desconocer la existencia de un límite en vigencia desde hace más de 50 años, ni tampoco en hacer prevalecer la imposición unilateral de un supuesto final de la frontera terrestre: el denominado "punto 266".
En cuanto a las superficies en juego, la Corte redujo el área relevante presentada originalmente por Perú, para proceder a la delimitación según la metodología de los tres pasos. De 38 mil 500 kilómetros cuadrados pretendidos sobre la zona económica exclusiva de Chile, el país vecino obtuvo 22 mil, aproximadamente.
Sin minimizar en absoluto el asunto ni dejar de poner de manifiesto nuestra disconformidad con la reducción del límite que corre por el paralelo, nos parece importante destacar las diferencias entre lo pedido por Perú y lo obtenido. En materia conceptual, ello dice relación con la existencia de acuerdo de límites; la naturaleza de tratado de los instrumentos que invocamos; el alcance de los acuerdos; el punto de partida del límite marítimo, entre otros; en materia de pretensiones territoriales, la extensión, y en materia económica, la zona adjudicada a Perú solo permite pesca de altura, de modo que nuestra pesca artesanal no se verá afectada, en términos generales.
A nuestro juicio, el caso adolece de varios errores en la aplicación de las normas pertinentes, especialmente en el proceso de interpretación. Parece antojadizo que se realice una interpretación contextual del denominado "acuerdo tácito", para determinar su naturaleza, con remisión a las Declaraciones de 1947 y 1952, y que no se aplique la misma lógica para la fijación de la extensión del límite, donde es aún más clara la evidencia en torno a las 200 millas.
Efectivamente, es en el acápite de la extensión del límite marítimo donde nos parece más cuestionable el razonamiento de la Corte. Las 80 millas establecidas no tienen base jurídica ni fáctica suficiente. A pesar de estar supuestamente contempladas conforme a un criterio pesquero y de que, por ende, salvaguardan nuestros derechos y prácticas en el área, carecen de sustento y no pueden contrarrestar la abrumadora evidencia presentada por Chile, e incluso por Perú, en el sentido de que las reivindicaciones marítimas expuestas por todos los instrumentos analizados en la Corte llegaban a las 200 millas. Fueron ampliamente cuestionadas por las declaraciones y opiniones separadas y disidentes, incluidas las de aquellos jueces que no reconocían la existencia de un límite.
En ese sentido, creo que el parecer del Presidente de la Corte Internacional de Justicia es muy relevante.
Por otro lado, podemos suponer que este fue un caso de muy compleja resolución para el tribunal y cuyos elementos centrales deben de haber sido ampliamente debatidos, como lo demuestran las declaraciones y opiniones separadas y disidentes. Al respecto, es importante destacar que las mayorías significativas se dieron exclusivamente en los aspectos esenciales de la defensa chilena, en tanto que los votos más divididos correspondieron a aquellos puntos que la Corte propuso fuera de las peticiones de las partes.
Asimismo, cabe resaltar que casi la integridad de nuestra postura fue respaldada por el voto conjunto disidente de cuatro jueces y que el mismo Presidente del Tribunal emitió una declaración que evidencia su respaldo a lo esencial de los argumentos jurídicos presentados por nuestro país. Ello permite concluir que Chile tenía sólidas bases para presentar su defensa en la forma en que lo hizo.
Señor Presidente, al terminar, permítame agradecer el papel desempeñado por esta Corporación, en especial a través de su Comisión de Relaciones Exteriores, a lo largo de todo el proceso. Cada vez que hemos sido invitados a comparecer, ya sea conjuntamente o el señor Canciller en forma individual, hemos acudido a dar explicaciones a ese órgano técnico.
Asimismo, el Senado siempre ha estado presente también en las reuniones convocadas por el Primer Mandatario y varios de sus distinguidos integrantes que se encuentran en la Sala forman parte del Consejo de ex Cancilleres, que ha jugado un rol fundamental en el desarrollo del caso.
Muchas gracias.

El señor PIZARRO (Presidente).- No sé si los miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores ya elaboraron algún texto.

El señor LARRAÍN.- Sí, señor Presidente. Estamos haciendo el último chequeo.

El señor PIZARRO (Presidente).- ¿Los señores Senadores desean formular alguna consulta o consideración al Canciller o a los agentes?
Tiene la palabra el Honorable señor Frei.

El señor FREI (don Eduardo).- Señor Presidente, desgraciadamente, el tiempo ya se ha ido. El señor Ministro y los señores agentes no pudieron llegar antes. Habría sido importante contar con su presencia, porque todo el debate que tuvo lugar, más que con el fallo propiamente tal, tiene que ver con todas las consecuencias que se deriven hacia el futuro.
El Senador que habla no ha leído el texto final de la declaración, pero esta no corresponde a la discusión que hemos sostenido hoy día. Resulta bastante anodina, muy diplomática, pero no recoge lo expuesto. Por lo menos, no observo que refleje los planteamientos que hice, como tampoco los de muchos otros colegas.

El señor PIZARRO (Presidente).- No se adelante, Su Señoría, porque la redacción ha cambiado.
Cuando se haya llegado a alguna aproximación, podremos leerla.

El señor FREI (don Eduardo).- El tiempo prácticamente ha terminado, con la salvedad de que podría celebrarse una sesión en los próximos días o en marzo.
Para reunirnos con los agentes necesitamos leer el fallo. Muchos aspectos no podrán ser dilucidados si no lo hacemos.
Eso quería señalar para los efectos de poder dialogar en detalle con ellos.

El señor COLOMA.- Tiene toda la razón.

El señor FREI (don Eduardo).- Ahora es imposible hacerlo. Se puede celebrar otra sesión en la primera semana de marzo, por ejemplo.

El señor COLOMA.- Me parece bien.

El señor FREI (don Eduardo).- A mi juicio, lo primero es imponernos del contenido del fallo y después invitar a los agentes para conversar con ellos y tratar lo venidero.
Ya todos ustedes deben de saber que el Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso peruano manifestó que existe una cuestión limítrofe pendiente. Señaló, en lo relativo a la parte terrestre, que hay un punto no resuelto, lo que será preciso plantear y discutir. De ahí la exposición que hice al iniciarse el debate.
Perú tiene Congreso unicameral, de modo que esa es la opinión de este último.
En consecuencia, el país vecino formulará una reclamación sobre el particular.
Además, afirmó que el Presidente de Chile había expresado ayer algo que no es verdad, etcétera.
Y, por otra parte, apareció Evo Morales declarando que espera que la Corte Internacional de Justicia actúe con la misma equidad y sabiduría para resolver la demanda interpuesta en contra de Chile. O sea, hace referencia a la decisión salomónica que mencioné y que señalan hoy día los principales diarios europeos.
Entonces, creo que el tema da para otra sesión.
Habría sido conveniente, además, que nuestros representantes hubieran escuchado lo expuesto por todos los Senadores, porque, si no, ¿cómo se podría verificar un debate?

El señor PIZARRO (Presidente).- No olvidemos cuál es el objetivo de la sesión ni lo que hemos conversado y planteado.
Estamos conociendo un fallo. Todos hemos consignado que se abre un proceso de reflexión y de evaluación de sus fundamentos y, además, de lo que viene: su aplicación. La propia Cancillería y el Gobierno fueron ayer muy claros en ese sentido, como también nosotros. Tendremos que seguir trabajando en relación con los antecedentes que es preciso conocer en detalle, pero también sobre la forma como la sentencia se va a implementar, que será lo más delicado, como se desprende de la discusión.
Entonces, será preciso que nos reunamos nuevamente; que la Comisión de Relaciones Exteriores haga un seguimiento, y que se abra la posibilidad de volver a expresarse en el plenario.
Lo que se ha buscado con la presente sesión es obviamente conocer, en una primera mirada, lo que fue el fallo del día de ayer; reaccionar en concordancia con el Ejecutivo, y considerar un primer pronunciamiento sobre la base de un proyecto de acuerdo del Senado.
En eso estamos. No se ha planteado que aquí se acaba el debate, ni que se dejará de trabajar junto con la Cancillería y nuestros agentes, ni menos que no se enfrentará el gran desafío de ver cómo se implementa el fallo sobre la base de que se protegerán los intereses de Chile.
No se abrirá más discusión al respecto. Lo que necesito saber¿

El señor WALKER (don Ignacio).- Suspenda la sesión por diez minutos, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Si existe la posibilidad de tener un proyecto de acuerdo, este se votará. Si no, dejaremos el asunto hasta aquí. Nadie está obligado a lo imposible.
Se suspende la sesión.
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--Se suspendió a las 14:29.
--Se reanudó a las 14:48.
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El señor PIZARRO (Presidente).- Continúa la sesión.
Les ruego tomar asiento a efectos de escuchar la lectura del proyecto de acuerdo que se ha redactado.
"ACUERDO DEL SENADO RESPECTO DEL FALLO DE LA HAYA
"Ante el fallo emitido por la Corte Internacional de Justicia de La Haya, relativo a la demanda presentada por Perú en contra de nuestro país, el Senado de la República de Chile, declara lo siguiente:

"1.- Destacamos el hecho que el Tribunal de La Haya, casi por la unanimidad de sus miembros, respaldara la posición chilena en términos de reconocer la existencia de un acuerdo entre ambos países que estableció la frontera marítima. Asimismo, confirmó que este límite es el paralelo geográfico del hito N° 1, tal como lo ha sostenido de manera invariable nuestro país durante décadas.
"De esta forma, se reafirma la posición planteada por nuestro país, ante el alegato peruano que desconocía la existencia del límite marítimo a través del paralelo y que pretendía además instalar una bisectriz a partir del punto que se denomina `266'.

"2.- Valoramos que el presente fallo conserva la soberanía sobre nuestro mar territorial, mantiene el paralelo, ampara nuestros derechos en la zona de mayor riqueza pesquera, la cual se encuentra más cercana a la costa y resguarda la proyección y conectividad de Arica.
"Estimamos que el fallo deja en evidencia la necesidad de fortalecer la Región de Arica y Parinacota como zona estratégica hacia el futuro. Asimismo, consideramos que el efecto negativo que esta resolución tiene en la pesca de altura, debería ser compensado por nuestro Gobierno.

"3.- Lamentamos, profundamente, que a pesar de no acoger la tesis peruana, la Corte haya efectuado la cesión de una parte de nuestra zona económica exclusiva, al establecer que el límite marítimo alcanzaba solo hasta las 80 millas.
"Discrepamos de la visión de una mayoría simple de la Corte que, no obstante reconocer la existencia de un acuerdo de frontera marítima entre Chile y Perú (por 15 votos a favor y uno en contra), de que ese límite es un paralelo geográfico, y que ese paralelo pasa por el hito N° 1 (ambos puntos votados por 15 votos a favor y uno en contra), estableció que ese límite llega a 80 millas (votado por una mayoría de 10 votos a favor y 6 en contra), desconociendo de esta forma innumerables documentos y antecedentes.
"Esta determinación de la Corte es arbitraria y carece de todo fundamento jurídico.

"4.- Compartimos lo expresado por Su Excelencia el Presidente de la República, en orden a respetar el fallo del Tribunal de La Haya, siguiendo la tradicional línea de la política exterior chilena de apego y respeto al derecho internacional y de honrar de buena fe los tratados suscritos y vigentes.
"Dejamos constancia de que el cumplimiento de dicho fallo, por su naturaleza y complejidad, deberá ser gradual y completo. Asimismo, declaramos que el Senado de la República velará porque en la implementación del mismo se resguarden y respeten, irrestrictamente, los derechos y legítimos intereses de Chile.
"Estimamos especialmente necesario señalar que el fallo es un todo indivisible y que la aceptación del paralelo hasta la milla 80 incluye el hito 1 como eje de la delimitación fronteriza entre ambos países.
"Por otra parte, es necesario que tanto Chile y el Perú acojan en su integridad los conceptos del derecho del mar en lo que se refiere a Mar territorial, Mar contiguo y Zona Económica Exclusiva.

"5.- Reconocemos especialmente la defensa jurídica del Estado de Chile, bajo los distintos gobiernos a lo largo de todo el proceso, destacando desde el inicio de su tramitación hasta el día de hoy, un perfil profesional, técnico y de alta competencia, lo que refleja que nuestro país tiene en materia de relaciones exteriores una política de Estado.
"Especial relevancia tiene el hecho de haber sido apoyados, invariablemente, por todos los sectores políticos nacionales.

"6.- Nos asiste la convicción de que este momento debe servir para iniciar un proceso de genuino fortalecimiento y profundización de las relaciones entre ambos países en una amplia gama de materias, tales como los aspectos políticos, económicos, culturales y sociales.

"7.- Finalmente, el Senado de Chile manifiesta que, luego de este fallo, no hay temas limítrofes pendientes entre Chile y Perú. Esta consideración deberá ser parte necesaria de la implementación del fallo".
En discusión el proyecto de acuerdo.
Si le pareciera a la Sala, se aprobaría.

El señor WALKER (don Ignacio).- Pido la palabra.

El señor PIZARRO (Presidente).- La tiene, Su Señoría.

El señor WALKER (don Ignacio).- Es solo una cuestión de redacción.
Donde dice "que se denomina `266'" debería decir "que el Perú denomina `266'".
Sugiero realizar ese cambio.

El señor PIZARRO (Presidente).- Perfecto.
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Seré muy breve, señor Presidente.
En el punto tercero, en la frase: "al establecer que el límite marítimo alcanzaba solo hasta las 80 millas", debe remplazarse "límite marítimo" por "paralelo".

El señor WALKER (don Ignacio).- Así es.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.- Señor Presidente, pido que se someta a votación el proyecto de acuerdo.


El señor PIZARRO (Presidente).- Si le pareciera a la Sala, lo aprobaríamos por unanimidad.

El señor HORVATH.- No.

El señor NAVARRO.- Que se vote, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Conforme.
En votación.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el proyecto de acuerdo, con las enmiendas antes señaladas (25 votos a favor y una abstención).
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear, Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Cantero, Chahuán, Coloma, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Lagos, Larraín (don Hernán), Navarro, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Rossi, Ruiz-Esquide, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Se abstuvo el señor Horvath.
El señor PIZARRO (Presidente).- En consecuencia, se enviará el texto del acuerdo del Senado respecto al fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya a Su Excelencia el Presidente de la República.

Agradezco al señor Canciller y a nuestros Agentes por el esfuerzo que realizaron para llegar hasta acá.
Habiéndose cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 14:57.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción