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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 361ª
Sesión 50ª, en miércoles 28 de agosto de 2013
Ordinaria
(De 16:19 a 19:54)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES JORGE PIZARRO SOTO, PRESIDENTE,
Y JOSÉ ANTONIO GÓMEZ URRUTIA, VICEPRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR,
Y JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA, SUBROGANTE
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allende Bussi, Isabel
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Horvath Kiss, Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Larraín Peña, Carlos
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Muñoz Aburto, Pedro
--Navarro Brain, Alejandro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Orpis Bouchon, Jaime
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Quintana Leal, Jaime
--Rincón González, Ximena
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Tuma Zedan, Eugenio
--Uriarte Herrera, Gonzalo
--Von Baer Jahn, Ena
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los Ministros de Defensa Nacional, señor Rodrigo Hinzpeter Kirberg; Secretario General de la Presidencia, señor Cristián Larroulet Vignau, y de Energía, señor Jorge Bunster Betteley.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:19, en presencia de 18 señores Senadores.
El señor PIZARRO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS

El señor PIZARRO (Presidente).- Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 47ª y 48ª, ordinarias, en 13 y 14 de agosto del año en curso, que no han sido observadas.
IV. CUENTA

El señor PIZARRO (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor ALLIENDE (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Siete de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con el primero retira la urgencia para la tramitación del proyecto que regula derechos sobre obtenciones vegetales y deroga la ley N° 19.342 (boletín N° 6.355-01).
--Se tiene presente el retiro de la urgencia y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Con el segundo hace presente la urgencia, calificándola de "discusión inmediata", para el despacho del proyecto de ley que propicia la ampliación de la matriz energética mediante fuentes renovables no convencionales (boletín N° 7.201-08).
Con el tercero retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en el carácter de "discusión inmediata", respecto del proyecto de ley sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, y deroga los cuerpos legales que indica (boletín Nº 7.966-05).
Con los dos siguientes retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en el carácter de "suma", respecto de las iniciativas que se enuncian a continuación:

1.- Proyecto sobre fomento forestal, que modifica y extiende los incentivos a la forestación establecidos en el decreto ley N° 701 (boletín N° 8.603-01).

2.- Proyecto de ley sobre interés máximo convencional (boletines números 7.786-03, 7.932-03 y 7.890-03, refundidos).

3.- Proyecto de ley que crea un sistema de financiamiento para la educación superior (boletín Nº 8.369-04).

4.- Proyecto de ley que crea la autorización de funcionamiento de jardines infantiles (boletín Nº 8.859-04).

5.- Proyecto de ley que establece un sistema de supervisión basado en riesgo para las compañías de seguro (boletín Nº 7.958-05).

6.- Proyecto de ley que modifica la Ley Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros, en materia de plantas (boletín Nº 8.662-05).

7.- Proyecto de ley que introduce modificaciones a la legislación tributaria, en materia de factura electrónica, y dispone otras medidas que indica (boletín Nº 8.874-05).

8.- Proyecto de ley sobre probidad en la función pública (boletín Nº 7.616-06).

9.- Proyecto de ley relativo al fortalecimiento de la regionalización del país (boletín N° 7.963-06).

10.- Proyecto de ley que autoriza el levantamiento de secreto bancario en investigaciones de lavado de activos (boletín N° 4.426-07).

11.- Proyecto de ley sobre seguridad privada (boletín N° 6.639-25).

12.- Proyecto de ley relativo a federaciones deportivas nacionales (boletín N° 6.965-07).

13.- Proyecto que modifica la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado (boletín Nº 7.686-07).
14- Proyecto de ley respecto de comunicación de órdenes de apremio en juicios de alimentos (boletín N° 7.765-07).

15.- Proyecto de ley que fortalece el resguardo del orden público (boletín Nº 7.975-25).

16.- Proyecto que crea la Subsecretaría de Derechos Humanos y establece adecuaciones en la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia (boletín Nº 8.207-07).

17.- Proyecto de ley que autoriza la publicación en medios electrónicos de actos que deban ser publicados en periódicos de circulación nacional, regional o local (boletín Nº 8.314-07).

18.- Proyecto que modifica la ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y otros textos legales que indica (boletín N° 8.466-07).

19.- Proyecto de ley que modifica los estatutos de la prisión preventiva y la suspensión de la ejecución de la pena en el caso de la conducción en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias psicotrópicas, con resultado de lesión o muerte (boletín N° 8.809-07).

20.- Proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal con el fin de reforzar la protección de las víctimas, mejorar la función que desempeña el Ministerio Público y fortalecer la acción policial y la operatividad del sistema de justicia penal (boletín N° 8.810-07).

21.- Proyecto de reforma constitucional que establece la obligatoriedad del segundo nivel de transición y crea un sistema de financiamiento gratuito desde el nivel medio mayor (boletín Nº 8.997-07).

22.- Proyecto que modifica la ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, para establecer la medida de control preventivo de identidad (boletín N° 9.036-07).

23.- Proyecto de ley que crea y destina recursos para el Fondo de Desarrollo del Norte y de las Comunas Mineras de Chile (boletín N° 8.272-08).

24.- Proyecto de ley que implementa la Convención de La Haya que suprime la exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros (Convención de la Apostilla), adoptada el 5 de octubre de 1961 en La Haya, Países Bajos (boletín Nº 8.556-10).

25.- Proyecto de ley que crea los hospitales clínicos que indica en la Región Metropolitana (boletín Nº 8.618-11).

26.- Proyecto de ley que modifica la jornada, descanso y composición de la remuneración de los trabajadores de casa particular y prohíbe el uso de uniformes a trabajadoras de casa particular (boletines números 8.292-13, 7.807-13 y 7.675-13, refundidos).

27.- Proyecto que modifica los artículos 88 y 89 de la ley N° 20.255, en relación con el régimen del seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales aplicable a los afiliados independientes y voluntarios del nuevo sistema de pensiones (boletín Nº 8.936-13).

28.- Proyecto que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y leyes complementarias, para establecer un sistema de aportes al espacio público aplicable a los proyectos de construcción (boletín N° 8.493-14).

29.- Proyecto que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en materia de afectaciones de utilidad pública de los planes reguladores (boletín Nº 8.828-14).

30.- Proyecto de ley que permite la introducción de la televisión digital terrestre (boletín N° 6.190-19).
Con el sexto hace presente la urgencia, calificándola de "suma", para la tramitación del proyecto de ley que establece la meta "Todo Chile a llamada local" (boletines números 8.787-19 y 8.790-15, refundidos).
Con el último retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en el carácter de "simple", respecto de los siguientes asuntos:

1.- Proyecto de ley que tipifica como delitos conductas relacionadas con la comercialización de fuegos artificiales (boletín Nº 8.612-02).

2.- Proyecto aprobatorio del "Acuerdo Suplementario sobre Inversiones del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular de China", suscrito en Vladivostok, Federación Rusa, el 9 de septiembre de 2012 (boletín Nº 9.002-10).

3.- Proyecto que modifica la ley N° 19.831, que crea el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares (boletín Nº 8.329-15).
--Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
De Su Excelencia el Presidente de la República, mediante el cual solicita el acuerdo del Senado para nombrar ministros titulares del Tercer Tribunal Ambiental, con sede en Valdivia, a los señores Michael Hantke Domas y Jorge Retamal Valenzuela, en los cupos de abogados, y Roberto Pastén Carrasco, en el cupo de licenciado en Ciencias; y ministros suplentes al señor Pablo Miranda Nigro, en el cupo de abogado, y a la señora Alejandra Villalobos Volpi, en el cupo de licenciado en Ciencias (boletín Nº S 1.602-05), respecto de lo cual hace presente la urgencia en los términos del inciso segundo del número 5) del artículo 53 de la Carta Fundamental.
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Cuatro de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero manifiesta que aprobó la observación formulada por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley sobre procedimiento para otorgar concesiones eléctricas (boletín Nº 8.270-08) (con urgencia calificada de "discusión inmediata").
--Según lo acordado por los Comités, queda para la tabla de esta sesión.
Con el segundo informa que aprobó el proyecto de ley sobre seguridad privada (boletín N° 6.639-25) (con urgencia calificada de "suma").
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y a la de Hacienda, en su caso.
Con el tercero expone que dio su aprobación, en los mismos términos en que lo hizo el Senado, al proyecto que modifica la ley Nº 19.132, de Televisión Nacional de Chile, ampliando el giro de la empresa (boletín Nº 8.273-15).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia el Presidente de la República.
Con el último comunica un acuerdo adoptado por esa Corporación en el sentido de solicitar formalmente al Senado y al Ejecutivo que realicen todas las gestiones necesarias para que los proyectos de ley que crean la Superintendencia de Educación Superior y la Agencia Nacional de Acreditación puedan ser aprobados a la brevedad.
--Se toma conocimiento.
Del señor Ministro de Salud:
Contesta solicitud de información, enviada en nombre de la Honorable señora Allende, acerca de los resultados de las mediciones realizadas desde 2011 respecto de la calidad del agua potable que la empresa Aguas Chañar S.A. provee en la Región de Atacama.
Da respuesta a solicitud, cursada en nombre de la Honorable señora Rincón, relativa a la posibilidad de condonar la deuda que grava al señor Víctor Campos Salas, domiciliado en la comuna de Linares, a resultas de una afección cardiaca grave, en las circunstancias que se señalan.
Del señor Ministro de Vivienda y Urbanismo:
Adjunta informe del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Maule, que atiende consulta, formulada en nombre de la Honorable señora Rincón, sobre la situación que afecta al señor Eduardo Henríquez Hernández, domiciliado en la comuna de Cauquenes.
Responde acuerdo adoptado por el Senado, a proposición de los Honorables señores Bianchi, Cantero, Chahuán, Horvath, Muñoz Aburto, Prokurica y Walker, don Patricio, para solicitar a Su Excelencia el Presidente de la República que, en ejercicio de su potestad reglamentaria, modifique el Capítulo 5 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, con el fin de incrementar la seguridad del alumnado en los establecimientos educacionales cooperadores de la función educacional del Estado (boletín Nº S 1.582-12).
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Informes
De la Comisión de Salud, recaído en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica el Código Sanitario, en materia de regulación referente a farmacias (boletines números 6.523-11, 6.037-11, 6.331-11 y 6.858-11 refundidos).
--Agréguese a sus antecedentes.
De la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el proyecto de reforma constitucional, en primer trámite, que regula el ejercicio del sufragio de los ciudadanos que se encuentran fuera del país (boletín Nº 9.069-07).
Dos de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaídos en los asuntos que se enuncian a continuación;

1.- Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el "Acuerdo Suplementario sobre Inversiones del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular de China", suscrito en Vladivostok, Federación Rusa, el 9 de septiembre de 2012 (boletín Nº 9.002-10) (con urgencia calificada de "simple").

2.- Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el "Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre una Actividad Laboral Remunerada de Familiares Dependientes de Miembros de una Representación Diplomática o Consular", suscrito en Berlín el 22 de octubre de 2012 (boletín Nº 8.939-10).
--Quedan para tabla.
Moción
De los Honorables señores Bianchi y Horvath, con la que dan inicio a un proyecto que incorpora en la ley N° 19.925 una disposición que exceptúa a los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas de las regiones de Aysén y de Magallanes y la Antártica Chilena de la obligación de estar absolutamente independientes de la casa habitación del comerciante o de cualquier otra persona (boletín Nº 9.076-03).
--Pasa a la Comisión de Economía.
El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la Cuenta.
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El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, el Gobierno ha calificado de "discusión inmediata" la urgencia del proyecto de ley sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, acogido ayer en general y respecto del cual la Sala fijó el 16 de septiembre próximo como plazo para la presentación de indicaciones. Se generaría una contradicción entre la obligación de despachar la iniciativa y dicho término.
Por mi parte, he planteado la posibilidad de llegar a un acuerdo más rápido. Sé que el titular de Hacienda se encuentra muy interesado en la tramitación del proyecto, puesto que viaja próximamente al llamado "Chile Day" y quisiera llevarlo aprobado, según me manifestó.
Es cierto que acogimos la idea de legislar, pero el texto es bastante delicado, y el señor Ministro se puede exponer, si media un tratamiento demasiado urgente y rápido, a que a lo mejor tengamos que rechazar algunas disposiciones por no hallarnos en situación de abocarnos a un estudio más a fondo.
Por lo tanto, señor Presidente, le pido hacer ver a ese Secretario de Estado la necesidad de que primero busquemos acuerdos y realmente coincidamos con las normas que se contemplan, y de no efectuar un despacho tan acelerado. Es una iniciativa importante para el país, pero conviene sacar un buen articulado y no uno que quizás presente dificultades y defectos.

El señor PIZARRO (Presidente).- En la conversación que sostuvimos ayer, el señor Ministro quería que discutiéramos en general el proyecto, en el entendido -y así lo traté con los miembros de la Comisión de Hacienda- de que se abría un plazo de quince días para formular indicaciones.
Esa misma información se la entregué al señor Ministro Secretario General de la Presidencia, aquí presente, a quien le expreso que lo pertinente es el cambio de la urgencia, para poder implementar el acuerdo que ayer ya consideramos.
El titular de Hacienda me dijo que ya se había enviado la calificación de "discusión inmediata". Efectivamente, la Mesa la recibió y dio cuenta de ella recién ahora, partiendo de la base de que si no nos ocupábamos ayer en la iniciativa, estábamos obligados a hacerlo hoy día. Pero, con el despacho que efectuamos en esa sesión, es preciso volver al procedimiento que definimos.
El proyecto ya fue aprobado en general y se fijó un plazo para la presentación de indicaciones cuando el Ministro señor Larroulet también estaba presente. Entonces, le solicitamos a este que cambie la calificación de "discusión inmediata" por la de "suma" urgencia, para los efectos de sacarlo dentro del plazo definido con la Comisión de Hacienda.
Su Señoría tiene la palabra.

El señor LARROULET (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Señor Presidente, entiendo que no se ha dado a conocer la información adicional de que se está tratando de concordar las indicaciones, esfuerzo que se lleva a cabo con miras al próximo martes, caso en el cual calzarían tiempos y acuerdos políticos.
Si no es así, efectivamente será necesario retirar la presente calificación de urgencia.

El señor PIZARRO (Presidente).- Eso es exactamente lo que expresó hace un momento el señor Presidente de la Comisión de Hacienda.
Conviene que usted quite la "discusión inmediata", señor Ministro, y la reemplace -repito- por la "suma" urgencia. Mientras tanto, el Presidente del órgano técnico y el Ministerio están buscando toda la coincidencia posible. Y si esta se logra con relación a las indicaciones, vamos a despachar el proyecto dentro del plazo que le interesa al Gobierno para los efectos de llegar con el texto aprobado al "Chile Day".
Muchas gracias, señor Ministro.
El Honorable señor Zaldívar está conforme, ¿no es cierto?

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Me parece bien.
Y creo que lo importante es que los señores Senadores sepan que el plazo de indicaciones va a ser más breve. Porque si realmente llegamos a un acuerdo respecto de ellas, lo que no ha sucedido todavía en plenitud, el lunes¿

El señor PIZARRO (Presidente).- Si lo hay, se podría tratar la materia la próxima semana.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Gracias.
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El señor HORVATH.- Pido la palabra.

El señor PIZARRO (Presidente).- La tiene, Su Señoría.

El señor HORVATH.- Conversé con el Presidente y la mayoría de los miembros de la Comisión de Constitución que me fue posible contactar de ayer a hoy, para solicitar formalmente, como Presidente de la Comisión de Medio Ambiente, que le sea traspasada a esta última el proyecto de ley que establece el derecho real de conservación, boletín 5.823-07, sin perjuicio de que después lo estudiemos, si así se determina, con ese otro órgano técnico. Es el mismo procedimiento aplicado en la Cámara de Diputados, para poder acelerar la tramitación del asunto.
En seguida, pido ampliar el plazo para presentar indicaciones a la iniciativa legal sobre protección de glaciares.
Hemos escuchado prácticamente a todos los actores, y con los Ministerios del Medio Ambiente y de Obras Públicas, y particularmente con la Dirección de Aguas, se han establecido al menos cuatro áreas en las cuales resulta importante una precisión legislativa, como la definición de los glaciares; la determinación de los glaciares de referencia; la relevancia del área de estudio de glaciares en la Dirección General de Aguas, dentro de la Administración Pública y de esa última Secretaría de Estado, y la generación de la instancia de un centro de estudio y coordinación de glaciares en Chile.
Por estas razones, destaco la conveniencia de dicha ampliación de plazo hasta el próximo 30 de septiembre.

El señor PIZARRO (Presidente).- Si no hay objeciones, así se determinará.
Acordado.
¿Y en cuanto a que la Comisión de Medio Ambiente estudie primero, en vez de la de Constitución, el proyecto al cual se hizo referencia?
¿No hay acuerdo?

El señor HORVATH.- Sí lo hay.

El señor ESPINA.- Y luego pasaría a esta última.

El señor HORVATH.- Si es necesario.

El señor PIZARRO (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, entiendo que se solicita que la iniciativa sea discutida en general por la Comisión de Medio Ambiente, que pase después a la Sala y que posteriormente, cuando corresponda la discusión particular, sea tratada por las Comisiones de Constitución y de Medio Ambiente, unidas.

El señor PIZARRO (Presidente).- Ello no se dijo, pero puede ser una alternativa.

El señor ESPINA.- O por uno y otro órgano técnico en forma separada.

El señor PIZARRO (Presidente).- Lo que parezca pertinente.

El señor ESPINA.- Prefiero el funcionamiento separado, porque se tramita¿

El señor PIZARRO (Presidente).- Si lo hacen unidos, podría terminar de una sola vez el tratamiento del asunto.

El señor ESPINA.- La realidad indica que es más difícil convocar a acuerdos en horarios en que ambos trabajen.
Creo que el proyecto es supersencillo. Podría verlo la Comisión de Medio Ambiente y en seguida la de Constitución, con lo cual se despacharía mucho más rápido.

El señor PIZARRO (Presidente).- Se procederá, entonces, en la forma que sugiere el Honorable señor Espina. La iniciativa pasará primero a la Comisión de Medio Ambiente, donde se discutirá en general, y después volverá a la Sala. Será conocida en particular por la Comisión de Constitución y también por la anterior.
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA



PROCEDIMIENTO PARA OTORGAMIENTO DE CONCESIONES ELÉCTRICAS. VETO


El señor PIZARRO (Presidente).- Observación de Su Excelencia el Presidente de la República, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley sobre procedimiento para otorgar concesiones eléctricas, con urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (8270-08) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 100ª, en 5 de marzo de 2013.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 41ª, en 17 de julio de 2013.
Observación del Ejecutivo, en segundo trámite, sesión 50ª, en 28 de agosto de 2013.
Informes de Comisión:
Minería y Energía: sesión 10ª, en 9 de abril de 2013.
Minería y Energía (segundo): sesión 31ª, en 17 de junio de 2013.
Mixta: sesión 47ª, en 13 de agosto de 2013.
Discusión:
Sesiones 18ª, en 30 de abril de 2013 (se aprueba en general); 34ª y 36a, en 19 de junio y 2 de julio de 2013, respectivamente (queda pendiente la discusión particular); 38ª, en 3 de julio de 2013 (se aprueba en particular); 47ª, en 13 de agosto de 2013 (se aprueba el informe de la Comisión Mixta).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- El Ejecutivo presentó una sola observación al texto despachado por el Congreso Nacional, la que propone suprimir los números 2) y 14) del artículo único del proyecto. Estas disposiciones determinan, respectivamente, que el concesionario o los órganos de la Administración del Estado deberán dar debido cumplimiento a las normas legales, tratados internacionales debidamente suscritos y ratificados por Chile y reglamentos vigentes en materia de áreas silvestres protegidas del Estado, y que en el caso de que las obras de una concesión ya obtenida atraviesen tierras pertenecientes a comunidades indígenas, antes de comenzar su construcción se deberá acreditar haber realizado el procedimiento de consulta contemplado en el artículo 6 ° del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo, por una sola vez, en la oportunidad y forma que establezca el reglamento correspondiente.
Cabe hacer presente que la observación se discute en general y en particular a la vez, sin que proceda dividir la votación.
Los Comités, en sesión del día de ayer, acordaron que se omitiera el informe de Comisión en el análisis de la materia.
Informo que el veto fue aprobado en la Cámara de Diputados.
El señor PIZARRO (Presidente).- En discusión la observación del Presidente de la República.

Tiene la palabra el Ministro de Energía, don Jorge Bunster.

El señor BUNSTER (Ministro de Energía).- Señor Presidente, muy buenas tardes.
Efectivamente, la Comisión Mixta analizó los cinco incisos que fueron rechazados por la Cámara de Diputados y les prestó su aprobación a todos ellos.
Debo hacer presente que tres de esos incisos -los referidos a la entrega material del predio, al arbitraje en concesiones superpuestas y al alzamiento de medidas precautorias- produjeron un amplio consenso al interior del citado organismo, no así los otros dos (referidos a las áreas silvestres protegidas y al Convenio 169), sin perjuicio de lo cual las cinco disposiciones resultaron aprobadas.
Cuando se llevó el informe de la Comisión Mixta a la Cámara Baja, se hizo ver que esta Corporación podría rechazarlo en atención a que dos temas no generaban un consenso adecuado.
En virtud de ello, se llegó a un acuerdo político con el objeto de salvar los tres incisos que sí concitaban una amplia concordancia, el cual consistió en aprobar los cinco incisos, comprometiéndose el Gobierno a enviar un veto supresivo para eliminar los dos que no concitaban una gran coincidencia. Me refiero a la norma sobre áreas silvestres protegidas y a la relativa al Convenio 169.
Y así se ha hecho.
El día lunes recién pasado se ingresó el veto supresivo con "discusión inmediata" y la Sala de la otra rama legislativa lo aprobó, razón por la cual lo estamos presentando ahora ante el Senado con el mismo propósito.
Eso es todo, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Muchas gracias, señor Ministro.
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.

El señor ORPIS.- Señor Presidente, estamos llegando al final de la tramitación de este cuerpo legal, que fija procedimientos para otorgar concesiones eléctricas, el cual será muy importante, sobre todo en materias de transmisión, para desentrampar uno de los grandes problemas que tiene Chile: el abastecimiento energético.
Por ello, esta es una ley fundamental.
Dicho eso, señor Presidente, debo resaltar que en el Senado se gestó un acuerdo político que permitió avanzar en este ámbito, el cual significaba incorporar dos aspectos que hoy día forman parte del veto supresivo, referidos a cómo regular la consulta indígena antes de la construcción de las obras (artículo 34) y a incorporar el tema medioambiental, como concepto, en los artículos 1º o 2º -si no me equivoco- de la Ley de Concesiones.
Lamentablemente, independiente de lo que vote la Cámara Alta, esos puntos se van a suprimir.
Sin embargo, soy partidario de respetar los acuerdos políticos. Y si nuestra Corporación incorporó ambos elementos, creo que, más allá de que al final sean desechados, debemos honrar siempre la palabra empeñada, particularmente cuando se trata de acuerdos de esa índole.
Por lo tanto, señor Presidente, estoy por el rechazo del veto supresivo.
Y reitero: cualquiera que sea el resultado de la votación, tales normas ya no estarán en el texto final de la ley. Pero nosotros tenemos que honrar nuestros compromisos, respetar nuestros acuerdos políticos, por lo cual llamo a mis colegas a rechazar la observación presentada por el Ejecutivo para darle viabilidad al proyecto de ley y que ya fue aprobada por la Cámara Baja el día de ayer.
He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Horvath.

El señor HORVATH.- Señor Presidente, deseo reiterar los objetivos de esta iniciativa.
Como lo plantean sus ideas matrices, los principales propósitos son acortar los plazos y apurar y hacer más fluidos los procedimientos de obtención de concesiones eléctricas. Sin embargo, lo anterior no puede hacerse a costa de atropellar otros derechos ni tampoco otras opciones de uso del territorio.
En primer lugar, si uno revisa los antecedentes del veto, no se puede dejar pasar que se limita la posibilidad de hacer observaciones y oposiciones, como las que dispone la fórmula general, la que queda restringida al máximo: solamente a los dueños de la franja, sin incluir a los vecinos, que también pueden verse fuertemente afectados.
¿Qué abre eso? Un espacio para la judicialización, lo que, a nuestro juicio, no es lo más adecuado.
En segundo término, por la vía de la caución económica se pretende resolver todos los conflictos, aun cuando haya recursos pendientes. Es como si lo económico "la llevara" en todas. Incluso, la caución económica cubriría la demolición de la línea. ¿Pero quién va a recurrir para volver a su condición original un bosque nativo, un escenario, un área turística? Eso es imposible de cubrir económicamente.
Un tercer punto tiene que ver con el proceso de notificación. El proceso de posesión material de los predios se halla muy al margen de lo que es la norma general. Se habla de hacer uso de la fuerza pública y de descerrajar. Y, si no hay nadie en el predio, se permite dejar un papel, con lo cual la notificación se entiende efectuada y habilitada la posesión material del inmueble.
También está el tema de la divisibilidad, que hay que destacar.
La divisibilidad de las concesiones eléctricas no es procedente porque la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente la prohíbe. Aquí se autoriza por la vía de la concesión, pero después, para los estudios de impacto ambiental, deberán evaluarse como un todo.
En cuanto al veto supresivo mismo, nos parece una mejor alternativa porque en el fondo vuelve al sistema original del Convenio 169, por medio del cual las consultas deben hacerse en forma previa, fundamentada, de buena fe.
¿Cuál es el objetivo de la consulta? Conocer el parecer de las comunidades originarias afectadas para influir en las decisiones de trazado. Por lo tanto, la fórmula que se propuso en el acuerdo alcanzado en el sentido de notificar o hacer la consulta inmediatamente antes de que entren a operar las máquinas resulta totalmente extemporánea e inadecuada.
El otro punto que se ha suprimido es el que dice relación con el resguardo de las áreas silvestres protegidas por el Estado. Es natural que así sea. Las leyes, los acuerdos internacionales y las normas son para cumplirlos.
Y, no obstante que el tema estaba incorporado en un artículo meramente declarativo, la propuesta aprobada por la Cámara de Diputados tenía por objeto buscar siempre trazados alternativos o que hicieran menos daño.
Por eso aquel es un tema que quedó pendiente.
De todas maneras, tal como lo hemos señalado en todo el trámite legislativo, esta no es la palabra final, ya que el proyecto deberá ser revisado por el Tribunal Constitucional en razón de que, a nuestro juicio, hay derechos consagrados en la Carta Fundamental que no están siendo debidamente protegidos por esta normativa legal.
Por las consideraciones anteriores, voto a favor del veto.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma.

El señor TUMA.- Señor Presidente, cuando realizamos el debate del proyecto, algunos parlamentarios hicimos ver que su contenido no consideraba materias de interés básico para los pueblos originarios y que, de acuerdo al Convenio 169, Chile se halla obligado a hacer la consulta cuando un proyecto afecte a dichas comunidades. ¡Y qué duda cabe de que una ley que fija procedimientos para otorgar concesiones eléctricas las afecta!
Por lo tanto, la solución para darle viabilidad a esta iniciativa no es mala, aun cuando se suprimen las normas que establecían la realización de la consulta consagrada en el Convenio 169 de la OIT a las comunidades indígenas afectadas -aunque no fuera oportuna- y se avanza en el sentido de que debe aplicarse la norma general para los efectos de obligar a ella cuando se pretenda poner en funcionamiento esta normativa legal.
En consecuencia, señor Presidente, mantengo mi posición de seguir defendiendo el derecho de los pueblos originarios a ser consultados cuando se trate de este tipo de materias. Incluso en la actualidad podemos ver cómo a numerosas comunidades les resulta imposible liberarse del gravamen que el Estado les impuso en un momento determinado cuando ordenó pasar los tendidos eléctricos por sus predios -muchos de los cuales no superan la media hectárea- y las dejó imposibilitadas de desarrollar cualquier emprendimiento en virtud de las limitaciones que establece la ley eléctrica para construir debajo de los tendidos. Naturalmente, nadie les preguntó, nadie las indemnizó, nadie les consultó en su oportunidad, ni mucho menos las compensaron por la manera en que fueron afectadas sus propiedades.
Y ahora este Congreso, otra vez, está aprobando legislaciones sin hacer posible el derecho que les asiste a las comunidades rurales -y hablo no solo por los mapuches, sino también por los pequeños agricultores, los pequeños propietarios, los pequeños campesinos-, que se ven abusadas por una normativa que no contempla la reclamación, la indemnización o el pago oportuno de acuerdo a sus derechos. Alguien señala: "Es que se les va a pagar". Sí, pero conforme a su tasación. Sin embargo, el valor que tiene esa ubicación, esa tierra para el campesino, más para el mapuche, es impagable. O sea, no se puede valorar, en función del precio de tasación comercial, el derecho que posee el ocupante, particularmente el mapuche, cuando se le dice: "Usted debe irse de aquí; el Estado le va a pagar". A pesar de la cantidad que se le cancele, igual lo van a erradicar de su emplazamiento.
Por tanto, la consulta debería ser vinculante para los efectos de hacer variar cualquier concesión o trazado que se determine por las tierras de estos pequeños propietarios.
Así que este veto supresivo viene a confirmar la necesidad de aplicar la consulta indígena conforme a cómo establezcamos la norma general. Estamos a la espera de que el Presidente de la República cumpla el compromiso que asumió en enero con los parlamentarios de La Araucanía en orden a enviar, a más tardar el 30 de abril, un proyecto que diga relación, entre otras materias, con la consulta indígena. Y todavía no vemos ni conocemos el contenido de esa iniciativa.
Votaré favorablemente este veto supresivo, porque, en definitiva, permitirá a los pueblos originarios velar por sus derechos.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende. No se encuentra en la Sala en este momento.
Ofrezco la palabra al Senador señor Frei.

El señor FREI (don Eduardo).- Señor Presidente, anuncio mi rechazo al veto que se nos presenta hoy, por diversas razones.
Una de ellas radica en que ya es casi un lugar común decir que estamos en un escenario de crisis energética y que en los próximos años ella será de mayor grado, por la falta de proyectos, por las dificultades en la transmisión y por el costo que está significando para la economía chilena. Precisamente ayer en un foro de ASIMET se sostenía que hay una caída muy fuerte en la inversión industrial en Chile. Entre otras cosas, hemos visto paralizar proyectos energéticos en este último tiempo. Hemos observado cómo la mayoría de ellos se están yendo a nuestro vecino país de Perú, debido a que el costo de la energía allá equivale a casi un tercio de lo que vale hoy en Chile, etcétera.
Se inició acá una conversación y un acuerdo para avanzar en los distintos proyectos. Este es uno de los más importantes. Después tenemos el de energías renovables (entiendo que hoy se le fijó urgencia de "discusión inmediata" para que lo despachemos). Y también hemos trabajado en el relativo a la interconexión entre el Sistema Interconectado Central y el Sistema Interconectado del Norte Grande.
Yo solo quiero señalar dos cosas.
Por un lado, esta iniciativa vuelve a como estaba cuando ingresó al Congreso. Producto de las conversaciones y del acuerdo político que celebramos con el Ministro, logramos incluir algunas indicaciones para mejorarlo. Pero aquí regresamos al original.
El colega que me antecedió en el uso de la palabra, el Senador Tuma, señalaba que con esto iban a proteger más a los pueblos originarios. Yo creo que los van a proteger menos, clara y rotundamente. Porque se va a aplicar la ley general. Esta iniciativa no decía que no se iba a aplicar el Convenio 169. Igual se va a hacer. Pero se hará como se ha definido siempre: "Esta es la línea", y a continuación pasa la línea, tal como ha sucedido históricamente en Chile.
En este proyecto por primera vez incluíamos un acápite especial, en el sentido de que no se puede trazar la línea, iniciar la construcción mientras no se vea, con el trayecto definitivo, por dónde va a pasar y dónde estarán las dificultades, para así proteger particularmente a los pequeños y medianos propietarios. Eso queda absolutamente rechazado.
Lo que quiero decir es que este veto, que se consiguió en la Cámara de Diputados sin respetar el acuerdo que teníamos, no es beneficioso para los pueblos originarios, para materializar los proyectos. Y, en definitiva, volvemos a fojas cero la iniciativa que ingresó el Ejecutivo al Congreso.
Pienso que seguimos sin dar muestras ni señales claras para avanzar en materia energética. Y continuamos pagando los más altos costos del mundo, dilatando los proyectos energéticos. No sé a qué precio iremos a llegar. Esto está significando una caída brutal en las inversiones en Chile; de todo tipo, no solo mineras, sino también industriales y otras.
La idea era buscar un mejor acuerdo para sacar adelante los proyectos.
Estamos discutiendo actualmente la interconexión. Al principio esta fue cuestionada. Hemos celebrado tres sesiones y los hemos escuchado a todos. ¿Qué ha manifestado el 98 por ciento de la gente? Que es bueno llevar adelante la interconexión. Porque hoy se está hablando incluso de interconexión a nivel regional. Y tenemos que prepararnos para eso, considerando que cualquiera de estos proyectos demora 3, 4 o 5 años en desarrollarse.
Por las razones que he explicado, creo que este era un avance. Se perdió una oportunidad de mejorar la posición. Era la primera vez que en una ley sectorial se incluía una definición clara y precisa en el sentido de cómo aplicar el Convenio 169 ya con el proyecto definitivo y no solo en un sentido general. Eso lo perdimos y por ello, respetando también el acuerdo que alcanzamos, rechazaré el veto.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.

La señora ALLENDE.- Señor Presidente, no entraré en detalles, porque esta iniciativa la discutimos amplia y latamente en la Comisión y en la Sala.
Quiero ser explícita otra vez en cuanto a que fui parte del acuerdo y considero importante haberlo alcanzado. Y tengo la absoluta convicción de su relevancia, con una mirada de país.
Creo que Chile tiene tremendas carencias. Como ya lo he mencionado, no posee autonomía energética, le falta una matriz diversificada, depende -es muy vulnerable en esto- de las importaciones de fósiles, que además de ser caros son contaminantes. Vivimos serios problemas cuando se cortó el gas desde Argentina. Empezamos a carbonizar la matriz. Y hemos luchado mucho por tratar de abrir un espacio, derribar barreras y lograr que penetren más energías renovables.
Este proyecto forma parte de acuerdos mayores que hemos alcanzado a conciencia, mirando la situación del país. Hoy día, como mencionaba el Senador Frei, por desgracia tenemos una energía extremadamente cara, que nos está afectando.
La presente iniciativa forma parte de una tríada, por llamarla así.
De esta manera, nos interesa, por un lado, sacar adelante este proyecto, que facilita las tramitaciones para obtener las concesiones. Por otra parte, se encuentra el relativo a la interconexión, considerado extraordinariamente importante para aprovechar las potencialidades que pueden existir entre dos sistemas que hoy no se conectan. Con ello, las vulnerabilidades de uno se podrían suplir con las fortalezas del otro. Creo que esto nos hace mucha falta, y deberíamos haber empezado antes. Finalmente, está el compromiso que adquirió el Gobierno con nosotros: el proyecto llamado "20/25". En verdad, el originalmente aprobado en nuestra Comisión era 20/20, esto es, que al año 2020 hubiera un 20 por ciento de energías renovables. Lamentablemente, la realidad nos muestra que no será posible. Y, en definitiva, hemos acordado que el plazo sea el 2025. Pero la idea es que ese año lleguemos a un 20 por ciento de producción más limpia, que se diversifique nuestra matriz, que se permita el acceso¿
Perdón, señor Presidente. Me resulta superdifícil hablar. Le ruego que me ayude, porque hay colegas de pie, todos encantados, pero es imposible intervenir así.
Señor Presidente, usted está tan distraído como mis colegas, pero le ruego que me ayude a que tengamos respeto en la Sala, porque es imposible hablar de esta manera.
--(Aplausos en tribunas).
Señalaba que hay una tríada de proyectos: concesiones, interconexión y energías renovables (20/25).
Reitero que esto fue parte de un acuerdo.
Yo entiendo que el Gobierno, viendo que no tendría los votos, plantea un acuerdo político -llamémoslo así- con las diferentes bancadas en la Cámara de Diputados, donde cambia los dos aspectos mencionados acá, que tienen que ver con la consulta a los pueblos originarios, por un lado, y con las áreas silvestres protegidas, por el otro.
A diferencia de lo que algunos señores Senadores han manifestado, haberlos puesto de manera exacta y explícita, sectorialmente, en un proyecto como el que nos ocupa, nos reafirmaba la necesidad de imposibilitar el saltarse esa consulta cuando ya se tuviera el trazado, y antes de la construcción.
Es una materia extremadamente importante, porque, aunque suele mencionarse la consulta, al final, esta se desvanece. Y lo más probable es que o no se lleve a cabo o que se la realice parcialmente. Aquí teníamos la garantía de que no era posible construir la concesión, una vez que se tuviera claridad acerca del trazado, ya pasada la fase provisional, si no se había efectuado la consulta. Por eso defendimos las indicaciones presentadas en la Comisión de Minería y Energía.
Por otro lado, de acuerdo a la Convención de Washington también debíamos atenernos al resguardo de las áreas silvestres protegidas. Y eso lo considerábamos suficiente.
Entiendo que el Gobierno buscó este acuerdo para sacar el proyecto adelante, aunque yo prefería el texto original. En las circunstancias actuales, no me convence, pero entiendo la actitud del Ejecutivo y no vamos a ser un obstáculo. Además, no tendríamos ni siquiera los votos para ello, porque para insistir ante un veto supresivo se requiere un altísimo quórum. Alguna vez cambiaremos tales exigencias, a las cuales por ahora estamos amarrados.
Con claridad debo decir que lamento que el acuerdo a que se llegó no me represente exactamente, en la medida en que consideraba que antes quedaba más asegurado -y no menos- lo relativo a la consulta a los pueblos originarios.
En cuanto a las áreas silvestres protegidas, estimo que Chile debía atenerse al compromiso internacional, que en este caso es la Convención de Washington.
Reitero que entiendo la actitud del Gobierno; pero lo importante es que hoy día el país cuente con proyectos sobre concesiones eléctricas, interconexión de sistemas eléctricos independientes y energías renovables 20/25.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.

El señor GIRARDI.- Señor Presidente, lo que hace el presente proyecto -lo hemos discutido largamente- es precarizar absolutamente los derechos de las comunidades, de los pueblos originarios y todo lo relacionado con áreas silvestres protegidas, las que estarán cautivas y serán rehenes de otros intereses.
Hay estándares de protección y tratados internacionales que amparan a las comunidades indígenas, al bosque nativo y velan por las áreas silvestres protegidas.
La ley en proyecto busca un traje a la medida para el desarrollo de actividades económicas.
Todos entendemos que en Chile tienen que desarrollarse las energías, fundamentalmente las renovables. Si no ha sido así es porque la política neoliberal imperante se halla centrada solo en la rentabilidad, en la concentración, en los monopolios y en la instalación de grandes centrales termoeléctricas.
Nuestro país, pese a contar con los mayores recursos en energías renovables -el desierto más irradiado, el 10 por ciento de las reservas planetarias geotérmicas y los recursos mareomotrices mejor calificados a nivel global- no posee ni siquiera un proyecto piloto al respecto.
Cuando se sabe que las energías del futuro serán las renovables, sobre el particular, seguimos como en la Edad Media, porque las decisiones de desarrollo energético -que tienen que ver con la estrategia país y con la sociedad en que vivimos- son rehenes y prisioneras de intereses económicos, porque se resuelven en las oficinas de las empresas, las que siempre van a priorizar sus intereses de corto plazo, a los que nos vemos sometidos. Son las que gobiernan nuestra política energética.
No hay una política de Estado ni un diseño estratégico. Tampoco el Ministro Bunster ha obtenido apoyo para implementar esa política energética.
Entonces lo que hay acá es la definición de un conjunto de instrumentos de política nacional vacíos, como esta futura ley de concesiones. Porque ella no responde a una política integral, ni al desafío de país; en definitiva, no se sabe hacia dónde van dirigidos los incentivos.
Todos vimos cómo se aprobó Castilla, un proyecto vergonzoso, corrupto y fraudulento. Tuvo que ser reparado por los tribunales de justicia, porque la Comisión Nacional del Medio Ambiente permitió que se gestara el fraude a vista y paciencia de todos los chilenos. Hemos sido testigos de cómo en el país se acogen iniciativas en función de intereses que nunca se debieran aceptar, como en el caso en análisis.
Entonces, evidentemente, a uno le asiste el derecho a suspicacias.
Yo solo voy a aprobar iniciativas como esta cuando tenga claro a quiénes están sirviendo: si al interés nacional o al de una minoría, a grupos muy poderosos en Chile y que quieren hacer pasar políticas -entre comillas- presentadas con una dimensión altruista, cuando lo único que persiguen es favorecer sus propios intereses.
En nuestra sociedad todos sabemos que hay un resguardo excesivamente precario respecto de bienes públicos vinculados con el bien común de los chilenos, como son las áreas silvestres protegidas, y los relacionados con las comunidades indígenas.
Por lo tanto, evidentemente genera controversia el desarrollo de proyectos que solo implican deteriorar, agravar o menoscabar lo que debiera ser un patrimonio por resguardar.
En términos simbólicos, voy a votar en contra del veto supresivo. Estoy por un marco donde la sociedad se haga cargo de la política energética; donde haya un debate claro y abierto a la sociedad, en que tengamos especificado hacia dónde se está enfocando esto, en términos de la generación distribuida; en que nos preocupemos de que el mundo va a cambiar: en diez años los automóviles serán eléctricos, todas las casas tendrán sistemas fotovoltaicos o termosolares; de que viene un mundo colaborativo, en el cual deberemos ayudar porque todos vamos a producir energía y a consumirla desde una red comunitaria y solidaria. Cuando haya precisión acerca de hacia dónde vamos y de que necesitaremos ramales transversales y no solamente sistemas verticales como lo que estamos haciendo, evidentemente, a mi juicio, la discusión será en otros términos. Pero hacerla en el marco y en el contexto actual lo único que hace es precarizar algunos bienes públicos que debiéramos resguardar y ciertos patrimonios culturales que tenemos que proteger. Tal vez los "avances" de esta iniciativa hagan más inestables esos elementos patrimoniales, los cuales, si bien muchas veces son intangibles, debiéramos preservar con mucha más fuerza de la que estamos usando ahora.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente, una de las exigencias que impone la ciudadanía a quienes detentamos cargos de responsabilidad política es actuar con la más absoluta transparencia. Y en debates de esta naturaleza deben ponerse todas las cartas sobre la mesa. A la hora de legislar, debemos saber, efectivamente, lo que ocurre: que el debate político sea sobre deliberación de los asuntos públicos, en donde las posiciones partidarias expresen nítidamente cuáles son los intereses políticos y económicos en juego.
Estimo que lo anterior, que debe ser un principio para cualquier Congreso en el mundo, queda completamente desdibujado con el acuerdo alcanzado en las últimas horas en la Cámara de Diputados. Y quiero manifestar que no soy parte de ningún acuerdo, ni tampoco del proyecto original, que buscaba una vía rápida para favorecer este sistema de concesiones eléctricas.
Particularmente las comunidades indígenas -especialmente en resguardo de nuestra biodiversidad y de las áreas silvestres protegidas- han dado una dura lucha contra quienes están en la defensa de esos intereses, los cuales han sido puestos sobre la mesa del debate en todo instante. Y con los Senadores Gómez, Navarro, Girardi, Horvath y Tuma lo hemos planteado con total claridad.
Pero este acuerdo al que llega la Cámara de Diputados nos pone en el peor de los mundos. Si lo que teníamos era precario y frágil para la defensa del medio ambiente y de las comunidades indígenas, esto nos coloca -insisto- claramente en el peor de los mundos.
Concuerdo con el planteamiento formulado por el Senador Frei: aquí sí que queda desprotegido el ámbito indígena. Porque lo que vamos a tener es un ejército de juristas al servicio de las grandes transnacionales, que van a alegar en los tribunales que, habiendo sido eliminada la referencia a la consulta indígena del proceso concesional eléctrico, la ley, en la práctica, habrá creado un sistema de excepción que la evitará. Y ello dará lugar a la posibilidad de concertar acuerdos reparatorios con la finalidad de acelerar los procesos concesionales eléctricos, como lo hemos venido sosteniendo en las distintas sesiones en que se ha debatido el presente proyecto.
A mi juicio, al mutilar la iniciativa, al alterar el acuerdo mayoritario del Senado y de la Comisión Mixta, del cual no fui parte, y el retiro de la referencia al Convenio N° 169, por un lado, y la intangibilidad de las áreas silvestres protegidas, por otro, no solamente restringen la iniciativa, sino además, estos temas, que han sido más controversiales, no van a tener salida ni protección por esta vía. Y, como sabemos que tampoco hay actualmente una ley de consulta indígena -y no va a existir, pese a que Senadores de distintos partidos, transversalmente, le hemos planteado al Gobierno la necesidad de avanzar en esa línea ahora, incluso en los próximos meses-, los pueblos originarios van a quedar en el peor de los mundos.
La defensa de los intereses de la biodiversidad queda, también, en pésimas condiciones, porque, para sincerar las cosas, el proyecto en debate nunca planteó otras opciones de energías renovables, como la solar, la mareomotriz o la geotermia, que se menciona como si fuera poesía. En la Región de la Araucanía, que represento, ya están muy avanzadas las primeras perforaciones de geotermia, concretamente en Curacautín.
Entonces, abrirse a las energías renovables -por ejemplo, en el desierto más irradiado del mundo- es una opción que el Gobierno no ha querido ver en este acuerdo, el que yo hubiese esperado que incluyera todas las posibilidades.
Por lo tanto, no voy a concurrir con mi voto favorable. Como no participé en el acuerdo original, mucho menos lo haré en el actual, que debilita y precariza aun más las posibilidades de defensa de las comunidades indígenas y el mundo de la biodiversidad.
Votaré en contra.

El señor PIZARRO (Presidente).- En votación la observación de Su Excelencia el Presidente de la República.
--(Durante la votación).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Orpis, para fundamentar su voto.

El señor ORPIS.- Señor Presidente, quiero hacerme cargo de algunos de los planteamientos formulados aquí.
En primer término, me gustaría destacar que el acuerdo político a que hemos llegado es visionario. Porque la Ley de Concesiones desentrampa uno de los grandes problemas que enfrenta Chile y que tiene que ver particularmente con él. Pero, al aprobar y acelerar esa iniciativa, el acuerdo está absolutamente condicionado a acoger el proyecto "20/25", gracias al cual nuestro país va a pasar a ser líder en Latinoamérica por el porcentaje de energías renovables que tendrá en su matriz.
Quiero agregar un segundo elemento. La Ley de Concesiones no es para los grandes. Los que más se van a beneficiar son los pequeños y las propias energías renovables no convencionales. Si hay un tipo de energía que muchas veces se encuentra lejos de los troncales son estas últimas. Por lo tanto, facilitar la servidumbre para esas energías alejadas de los troncales -el sol, el viento-, implica promoverlas.
Por eso, este acuerdo evidencia visión. Hemos condicionado una cosa con otra. Estamos en el tema de la interconexión.
También me gustaría despejar otro asunto: aun cuando nos hubiese gustado incorporar en este articulado lo relativo a la consulta indígena, quiero ser categórico en que, para efectos de llevar a cabo ciertos proyectos, aquella no se puede omitir. Siempre operan dos procesos: el concesional, que consiste en el otorgamiento de la servidumbre, y la aprobación ambiental. Ningún proyecto se puede iniciar sin esta última. Y ella requiere la consulta indígena. Tampoco esta se va a omitir a la hora de desarrollar un proyecto eléctrico.
En materia de áreas silvestres protegidas, nos vamos a regir por la legislación actual. Por eso queríamos hacer expresa referencia a ese punto.
Nos habría gustado incorporar estos temas en leyes sectoriales. Pero no porque no se hayan incorporado se van a omitir tales procesos, particularmente el de la consulta indígena.
Señor Presidente, esto lo hemos tomado con mucha convicción. Y me gustaría que en esta misma sesión -al proyecto se le acaba de poner "discusión inmediata"- aprobáramos la iniciativa "20/25", de tal manera que despachemos también esta.
Esos son acuerdos contundentes, robustos, que miran la integralidad del sistema eléctrico, en el que Chile tiene un gran potencial en materia de energías renovables no convencionales.
Ojalá decidiéramos unánimemente que después de este proyecto se vea el de energías renovables no convencionales, conocido como "20/25".

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Rossi, para fundamentar el voto.

El señor ROSSI.- Señor Presidente, pasa que no ha quedado suficientemente claro en esta discusión algo bien de fondo: si algunos de nosotros planteamos observaciones respecto de esta iniciativa en sesiones anteriores, no fue con el ánimo de obstaculizar la inversión en proyectos eléctricos -todos entendemos la importancia del problema energético en el país- y, menos, porque estuviésemos en contra del fomento de las energías renovables no convencionales planteado por el Senador señor Orpis.
Es más, en la Cámara Baja, con algunos Diputados que ya no lo son, los señores Encina y Leal, presentamos un proyecto que ya es ley.
Nosotros hemos hecho dos planteamientos, uno de ellos respecto del momento de la consulta indígena. Es fundamental respetar el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Y, por otro lado, también nos referimos a las áreas silvestres protegidas, porque, en la práctica, en diversos Gobiernos -no solo en este- se han intervenido parques nacionales, reservas y monumentos naturales.
El problema que me presenta a mí votar a favor de este veto es que todos sabemos que muchos estudios de abogados surgen cuando hay plata de por medio. Y aquí perfectamente podría ocurrir que en los tribunales de justicia, habiéndose eliminado la referencia a la consulta indígena del proceso concesionario eléctrico, se entendiera que la ley estaría creando un sistema de excepción que evita la consulta, pudiéndose por esa vía concertar acuerdos reparatorios. Obviamente esto no es lo que estamos buscando.
O sea, de aprobar el veto, nos estaríamos quedando en el peor de los mundos. Por eso, voy a votar en contra, al igual que harán, al parecer, otros colegas.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Sabag, para fundamentar su voto.

El señor SABAG.- Señor Presidente, no cabe duda de que todos estamos interesados en que este proyecto pueda concretarse, pero, en nuestro parecer, el acuerdo a que se llegó en el Senado era el adecuado. Porque en él se daba eficacia y se buscaba una salida al Convenio 169 de la OIT, además de abordarse lo relativo a las áreas silvestres protegidas, que tenían también un destino claro que cumplir para sacar adelante los proyectos eléctricos. Estos nos interesan a todos; pero, evidentemente, los compromisos con el pueblo mapuche y con los organismos internacionales deben ser respetados.
Aquí hemos escuchado a Senadores que, como el que habla, son grandes partidarios del desarrollo de la energía eléctrica. Yo sigo abogando por que en esta materia haya un gran acuerdo nacional, pues, de aquí a pocos años, vamos a estar en serias dificultades. Y lo que aprobamos últimamente, a mi juicio, tiende a ir mejorando este aspecto, en la idea de llegar a tener, ojalá, un abastecimiento eléctrico no contaminante y que permita el desarrollo de Chile. De esa forma, las empresas no irán a otros países donde pagan 25 o 30 dólares por el megawatt en lugar de los casi 280 dólares que cancelan en Chile, lo que hace que sus productos queden fuera de competencia.
No obstante, me quedo con el acuerdo del Senado.
Voy a votar en contra del veto, porque los tratados internacionales deben respetarse y porque es preciso dar una señal clara al mundo mapuche de que nosotros estamos por proteger sus derechos.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?


El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza la observación de Su Excelencia el Presidente de la República (17 votos contra 8).
Votaron por la negativa la señora Allende y los señores Coloma, Escalona, Frei (don Eduardo), Girardi, Gómez, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Quintana, Rossi y Sabag.
Votaron por la afirmativa las señoras Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Chahuán, Espina, García-Huidobro, Horvath, Novoa y Uriarte.
El señor PIZARRO (Presidente).- No es necesario votar la insistencia, porque la Cámara ya aprobó el veto; y se requiere la aprobación de ambas Corporaciones, por los dos tercios de sus miembros en ejercicio.

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El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- En este momento ha llegado a la Mesa una moción de los Senadores señores Espina, Larraín Peña, Rossi, Tuma y Walker (don Patricio), con la que inician un proyecto de reforma constitucional en materia de integración de la Cámara de Diputados (boletín N° 9.078-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
El señor PIZARRO (Presidente).- El señor Presidente de la Comisión de Constitución ha informado a la Mesa que esta iniciativa será tratada en su seno en la sesión del próximo martes en la mañana. Y entiendo que se espera despacharla en esa oportunidad para poder analizarla después en la Sala, ojalá, el martes o miércoles de esa semana.


AUMENTO DE PENA A DELITO DE MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE MUERTE O DE LESIONES GRAVÍSIMAS


El señor PIZARRO (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, de Tránsito, y sus modificaciones posteriores, en sus artículos 196 y 197, referidos al delito de manejo en estado de ebriedad, causando lesiones gravísimas o con resultado de muerte, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (8813-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 11ª, en 10 de abril de 2013.
Informes de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones: sesión 20ª, en 7 de mayo de 2013.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 30ª, en 12 de junio de 2013.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (segundo): sesión 49ª, en 27 de agosto de 2013.
Discusión:
Sesión 32ª, en 18 de junio de 2013 (se aprueba en general).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- La iniciativa fue aprobada en general en sesión de 18 de junio de este año.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que el artículo 2° permanente y el artículo transitorio del proyecto no fueron objeto ni de indicaciones ni de modificaciones, por lo que deben darse por aprobados, salvo que algún señor Senador, con el acuerdo unánime de los presentes, solicite su votación o discusión.
--Se aprueban reglamentariamente.

El señor LABBÉ (Secretario General).- La Comisión rechazó las tres indicaciones que se presentaron, por lo que no efectuó enmiendas al proyecto acogido en general.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado, que transcribe las indicaciones formuladas por los señores Senadores y el contenido tentativo de las disposiciones legales vigentes si se mantuviera el texto aprobado en general.
Ahora bien, cabe hacer presente que se han renovado dos indicaciones. La primera es la N° 3, del Honorable señor Espina y otros señores Senadores; y la segunda es la N° 1, del Honorable señor Chahuán y otros señores Senadores.
La indicación renovada número 3, de los Senadores señores Espina, señoras Von Baer y Lily Pérez y señores Horvath, Cantero, Uriarte, Pérez Varela, Sabag y García, propone agregar al artículo 196 de la Ley N° 18.290, de Tránsito, el siguiente inciso cuarto:
"La pena prevista en el inciso anterior se aplicara´ en su grado máximo, en los casos en que el delito fuere cometido por un conductor que se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
"1° Cuyo nivel de alcohol presente en el flujo sanguíneo, al momento de los hechos, haya sido igual o superior a 1,2 gramos por mil de alcohol en la sangre o en el organismo, o cuando la conducción, operación o desempeño fueren ejecutados en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas.
"2° Que haya sobrepasado en 30 kilómetros por hora o más la velocidad máxima autorizada en el lugar de comisión del hecho.
"3° Que hubiera sido condenado o se encontrare actualmente sujeto a una suspensión condicional del procedimiento por alguno de los delitos establecidos en el artículo 196 de esta ley. Estas circunstancias no se tomarán en cuenta después de tres años, contados desde la fecha en que quedó firme la resolución o sentencia que la decreta.
"4° Que no fuera titular del permiso de conducir exigido por la ley o su permiso hubiera sido anulado, suspendido o retenido.
"5° Cuya profesión u oficio consista en el transporte de personas o bienes y el delito haya sido cometido en el ejercicio de sus funciones.".
Por su parte, la indicación renovada N° 1 sustituye el inciso tercero del artículo 196 de la Ley N° 18.290, de Tránsito, por los siguientes incisos tercero y cuarto, nuevos:
"Si se causaren algunas de las lesiones indicadas en el artículo 397 N° 1 del Código Penal, se impondrá la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo y multa de ocho a veinte unidades tributarias mensuales.
"Si a consecuencia de dicha conducción en estado de ebriedad, se causare la muerte de una o más personas, se impondrá la pena de presidio mayor en su grado mínimo y multa de quince a treinta unidades tributarias mensuales. En ambos casos, se impondrá además la pena de inhabilitación perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.".
El señor PIZARRO (Presidente).- En discusión particular el proyecto.

Vamos a debatir la indicación renovada N° 3, del Honorable señor Espina, que leyó el señor Secretario.

El señor ROSSI.- Pido la palabra para un punto de Reglamento.

El señor PIZARRO (Presidente).- Puede hacer uso de ella, señor Senador.

El señor ROSSI.- Señor Presidente, tengo una duda.
Como vamos a discutir primero la indicación del Senador Espina, ¿qué pasará si se aprueba? ¿La otra quedará rechazada por ser incompatible?
Es importante tenerlo claro.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Escalona.

El señor ESCALONA.- En el mismo sentido de lo expresado por el Honorable señor Rossi, entiendo que el orden lógico sería tratar primero la indicación renovada que el Secretario ha presentado como "la indicación Chahuán".
De lo contrario, ocurriría lo que señala el Senador Rossi, que sería una situación incongruente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Su Señoría, ocurre que, conforme a la estimación de la Secretaría, la indicación que figura con el nombre del Honorable señor Espina -varios señores Senadores la suscriben- es más amplia que la del Honorable señor Chahuán.
En efecto, si se aprobara la primera, habría que dar por rechazada la segunda.
Por esa razón la veríamos en primer lugar.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente, pido la palabra para un asunto reglamentario.

El señor PIZARRO (Presidente).- Puede intervenir, Su Señoría.
El señor ESCALONA.- Señor Presidente, no conocía la argumentación de que una indicación es más amplia que otra. Ese juicio tiene que emitirlo la Sala. Permítaseme discrepar de la interpretación de la Secretaría, porque en este caso hay que pronunciarse sobre la pena. Y si se rechazara la pena contenida en la indicación del Senador Chahuán, naturalmente correspondería debatir la indicación presentada por el Senador Espina, pero no porque una sea más o menos amplia que la otra.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Espina para un punto de Reglamento.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, el distinguido Senador Escalona está en un error, porque mi indicación dice relación con dos delitos: con el de homicidio y con el de provocar lesiones graves gravísimas. Y la indicación presentada por el Honorable colega Chahuán se refiere únicamente a quien comete el delito de accidente con resultado de muerte.
Por lo tanto, lo razonable es considerar la indicación que abarque un número mayor de infracciones legales.
Yo no solo estoy aludiendo a quien, producto de conducir en estado de ebriedad, mata a alguien, sino también a quien ocasiona lesiones graves gravísimas a una persona, que significan dejarla demente, impotente, con un miembro importante menos o impedida de trabajar por el resto de su vida.
En consecuencia, desde tal perspectiva, mi indicación contempla situaciones más amplias que la otra.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, no hay inconveniente alguno en que la Mesa resuelva¿

El señor PIZARRO (Presidente).- ¡De todas maneras vamos a resolver¿! ¡Le agradezco su confianza, Su Señoría¿!

El señor CHAHUÁN.- ¿ que se discuta primero la indicación del Senador Espina.

El señor PIZARRO (Presidente).- Efectivamente, se va a tratar en primer lugar la indicación número 3.
Con el fin de que la Sala lo tenga claro, la Comisión de Constitución aprobó el proyecto en general y rechazó las tres indicaciones que se presentaron, dos de las cuales fueron renovadas acá, en la Sala.
Ahora, si esas indicaciones se votan en contra aquí, independiente de cual se analice primero, lo que procede es aprobar el informe de la Comisión. Y si se acoge la indicación del Senador Espina, obviamente se cae la otra. Por eso la pusimos en el primer lugar de la discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Escalona.

El señor ESCALONA.- Permítame insistir, señor Presidente: la indicación del Senador Chahuán establece una pena diferente respecto del delito a que apunta la idea matriz del proyecto. En efecto, ella contempla una sanción superior a la propuesta por el Senador Espina en su indicación. de ahí que no puede desecharse por la vía de la deducción.
Por consiguiente, la Sala debe pronunciarse expresamente sobre esa otra indicación.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, el Senador Escalona se equivoca desde el punto de vista penal.

El señor ESCALONA.- No estoy equivocado.

El señor ESPINA.- La pena se mantiene¿

El señor PIZARRO (Presidente).- Si el Honorable señor Espina quiere intervenir, puede solicitarlo.

El señor ESPINA.- Así se lo pido, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, no logro entender el debate, porque si alguien quiere votar en contra de la indicación que hemos presentado puede hacerlo. No obstante, yo pretendo persuadirlos a todos ustedes con mis mejores argumentos.
Sobre el particular, debo señalar que la indicación que hemos formulado consigna una sanción drástica y que la idea matriz del proyecto que aprobó el Senado se relaciona con una pena de 3 años y un día a 10 años de presidio. Y no pretendo que esta sanción desaparezca, solo estoy argumentando que existen ciertas hipótesis graves conforme a las cuales la pena debe ser de 5 años y un día a 10 diez años, e incluyo algo que no figura en la otra indicación: que la sanción no solo deba aplicarse al culpable de un accidente cuando haya resultado de muerte, sino también cuando se ocasionen lesiones graves gravísimas.
Por lo tanto, es evidente que mi indicación, que está avalada por otros nueve señores Senadores, es más amplia desde el punto de vista de la sanción y desde la perspectiva de las conductas criminales que establece.
Entonces, no entiendo cuál es el fondo del asunto si la idea matriz del proyecto que aprobó en general el Senado se vincula con una pena de 3 años y un día a 10 diez años, y nuestra indicación la eleva. O sea, la sanción que proponemos es mayor a la que se contempla.
En consecuencia, no sé cuál es la razón de que no se pueda discutir en primer lugar.
Mi interés es poder debatir mi indicación, y si alguien quiere rechazarla está en su derecho. Entre paréntesis, no es solo mía, sino que hoy la hicieron suya otros nueve señores Senadores, y pretendo persuadir a Sus Señorías -he hablado con varios- porque creo que hay buenos fundamentos para aprobarla.
Eso es todo, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Hernán Larraín para referirse a un aspecto reglamentario.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, la verdad es que este tema no es fácil, por cuanto, en rigor, ambas indicaciones son excluyentes: o se aprueba una o se acoge otra. De modo que no es simple decidir cuál debe votarse en primer término, pues son distintas: una es más dura que la otra, por así decirlo.
Sin embargo, es preciso adoptar una decisión.
Quizás podría pensarse, primero, en resolver si se va a aprobar o no alguna de esas indicaciones; y luego, si el criterio de la Sala fuera acoger una de ellas, proceder a votarla. De otra manera, no veo cómo zanjar esta discusión.

El señor PIZARRO (Presidente).- Otra fórmula, señor Senador, sería pronunciarnos nuevamente sobre el informe de la Comisión, y si este se aprobara, dar por rechazadas las indicaciones renovadas. Pero ello no lo podemos hacer reglamentariamente¿

El señor LARRAÍN.- No, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- ¿ porque tenemos la obligación de discutir las indicaciones renovadas.

El señor LARRAÍN.- Así es.

El señor PIZARRO (Presidente).- De ahí que se lo estoy diciendo, Su Señoría. Sigo el mismo razonamiento suyo: no veo otra salida. La única posibilidad que tenemos es analizar las indicaciones una a una, para lo cual se ha resuelto ver en primer lugar la formulada por el Honorable señor Espina y otros señores Senadores, que fue la que se presentó primero y, en opinión nuestra, es más amplia.
Ahora bien, tal vez tendremos que votar las dos, porque si ella se rechazara, habría que pronunciarse sobre la otra indicación. Y de votarse en contra ambas, se aprobaría lo propuesto por la Comisión de Constitución.
Ese es el procedimiento.

El señor LARRAÍN.- Bueno, ese es un procedimiento, señor Presidente. Yo tomaría otro, pero usted es el que decide.

El señor PIZARRO (Presidente).- Entonces, se analizará la indicación renovada número 3, que viene firmada, entre otros, por el Senador señor Espina.
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, quiero hacer mis mejores esfuerzos para persuadir a las distinguidas colegas y los distinguidos colegas a aprobar esta indicación, que cuenta con el apoyo de diez Senadores. Y espero que -conforme a lo que se me ha expresado- pueda convencer a varios más en este debate.
Primero, me voy a referir a cuál es la penalidad actual contemplada para este delito; segundo, a lo que cambió el Senado; tercero, a la modificación que esta indicación propone, y cuarto, al grado de culpabilidad en el accidente de la persona a la cual se le aplicará este tipo de sanciones.
En primer término, deseo expresar que en cuanto a la penalidad que existe hoy día nuestra legislación establece que si una persona que conduce en estado de ebriedad provoca solo lesiones materiales o de carácter leve, lo que significa una incapacidad inferior a siete días, o no ocasiona daños, se le aplica una sanción de 61 a 540 días de presidio, más una multa y la suspensión de su licencia de conductor, comenzando por dos años y terminando con quistársela para siempre si hay una tercera reincidencia.
Luego hay una segunda situación: ¿qué ocurre si alguien que maneja en estado de ebriedad produce lesiones graves o menos graves, o sea, de mayor nivel, de mayor envergadura? En este caso, la pena va de 541 días a 3 años de cárcel. Y si se trata de lesiones que impliquen que el afectado quede con incapacidad o imposibilitado para trabajar por menos de 30 días, se agrega la suspensión de la licencia por 36 meses y, en algunas hipótesis de reincidencia, ella se quita automáticamente a perpetuidad.
En seguida, existe un tercera situación, cual es que el conductor del vehículo produzca un accidente que ocasione lesiones graves gravísimas, las cuales, según el Código Penal, son aquellas que dejan a una persona demente, con un miembro importante de su cuerpo incapacitado o impedida de trabajar de por vida. Ahí la sanción va de 3 años y un día a 5 años.
Esa es la graduación de la penalidad en nuestro país: de 61 a 540 días de presidio; de 540 días a 3 años, y de 3 años y un día a 5 años de cárcel.
La Comisión de Constitución del Senado, en su primer informe, estableció una pena que eleva el techo cuando hay resultado de muerte y lesiones graves gravísimas.
En efecto, la sanción que hoy día va de 3 años y un día a 5 años se subió a la que va de 3 años y un día a 10 años, aumentando, por tanto, su rango.
Por su parte, nosotros hemos presentado una indicación que contempla seis hipótesis. Así, se dispone que cuando el nivel de imprudencia, la acción realizada por la persona que comete el delito sea de determinada magnitud, la pena no se inicie en 3 años y un día para llegar a 10 años, sino que comience desde los 5 años y un día hasta alcanzar los 10 años, lo que corresponde al grado superior de la pena.
Es del caso señalar que estamos en presencia de un delito en que se requiere ser culpable del accidente. Por ejemplo, si una persona que conduce un vehículo en estado de ebriedad es chocada por atrás -o sea, no tiene ninguna injerencia en el accidente- y a raíz de ello un tercero resulta muerto o sufre lesiones graves gravísimas, será condenada por manejar en tales condiciones; pero el responsable de la colisión será quien causó el deceso o las lesiones graves gravísimas del tercero.
Ese principio quedó claramente establecido en el debate de la Comisión de Constitución y fue materia de controversia en el primer informe.
Considero superimportante despejar el punto, señor Presidente, que no estaba claro en la discusión general. Porque aquí no se trata de que el solo hecho de que una persona conduzca en estado de ebriedad determina finalmente su responsabilidad en un accidente con resultado de muerte o de lesiones, aunque sea inocente en él. Su culpa se limita al manejo en estado de ebriedad; entonces, será sancionada por esa conducta, no por el resultado de muerte o de lesiones, que no pretendió ni provocó.
¿Qué propone nuestra indicación renovada?
Dice: "Está bien lo que hizo el Senado: 3 años y un día a 10. Pero hay determinadas circunstancias en que la conducta de la persona es de tal magnitud culpable y alevosa que merece una pena superior".
¿Y cuáles son esas circunstancias?
Las describiré en forma breve, si el señor Presidente me lo permite.
Se trata de circunstancias individuales, separadas.
En primer lugar, cuando la persona no conduce con 0,8 sino con 1,2 gramos por mil de alcohol, o sea, con 50 por ciento más de lo que la ley dispone.
En dos minutos más termino, señor Presidente. Le solicito que tenga la gentileza de concedérmelos.

El señor PIZARRO (Presidente).- No pierda tiempo, señor Senador: mejor aprovéchelo.

El señor ESPINA.- Okay.
Entonces, si la persona va con 1,2 gramos, la pena comienza en 5 años y un día y llega a 10.
En seguida, cuando el culpable supera en 30 kilómetros por hora o más la velocidad permitida donde tiene lugar el hecho. O sea, no solo conduce en estado de ebriedad, sino que además va a velocidad excesiva, lo que agrega a su conducta un reproche social mayor.
A continuación, cuando el conductor ha sido objeto antes de una suspensión condicional del procedimiento por igual ilícito. Es decir, cometió anteriormente el mismo delito; se le suspende el procedimiento, y, no obstante eso, vuelve a perpetrarlo.
Luego, cuando la persona no tiene permiso para manejar o este se halla anulado o suspendido, lo que presume un reparo mucho mayor, por la irresponsabilidad de su conducta.
Y, finalmente, cuando se trata de un chofer profesional.
Señor Presidente, esas circunstancias agravantes de la responsabilidad son similares a las que nuestra legislación prevé en el caso del homicidio.
En Chile hay homicidio simple y homicidio calificado. El simple tiene una pena de 5 años y un día a 15, y el calificado, una de 10 años y un día a presidio perpetuo. ¿Y por qué? Porque se dice que a la figura normal que es matar a alguien se le agrega una penalidad mayor cuando el ilícito se perpetra con alevosía, con premeditación. Y en este caso la conducta, obviamente, merece un reproche social.
Señor Presidente, debo puntualizar que, con esta legislación, en el caso de la menor Emilia Silva la pena habría sido de 5 años y un día hacia arriba.
Y termino argumentando algo muy breve.
Sostener que no podemos legislar por un caso especial envuelve un tremendo error. Nosotros no somos técnicos: somos políticos, y legislamos cuando la evidencia nos dice que se cometen situaciones a todas luces injustas. Y acabamos de conocer un fallo absolutamente injusto.
Por lo tanto, señor Presidente, considero que esta indicación cumple los estándares para la sanción a una conducta grave: mantiene la pena de 3 años y un día a 10 cuando hay resultado de muerte o de lesiones graves gravísimas, pero señala que, de concretarse una de las cinco circunstancias hipotéticas que mencioné -porque no son copulativas-, si se demuestra que determinado conductor es culpable de un accidente, la pena debe ser superior a 3 años y un día a 10: 5 años y un día a 10.
Por los argumentos entregados, le solicito a la Sala que tenga a bien aprobar esta indicación renovada.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Escalona.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente, este ha sido un debate social, porque ha abarcado, como pocas discusiones, a la opinión pública. Y creo que cada uno de nosotros tiene el más absoluto derecho a actuar con la mente abierta, e incluso, a cambiar de parecer.
A mí me hace mucha fuerza -y por eso suscribí la indicación que formuló el Senador Chahuán- lo que está presente en el debate del país, cual es la figura jurídica pero también el hecho ético insoslayable de que cuando una persona bebe y se halla en estado de ebriedad o ha consumido sustancias como la marihuana y otras -cocaína, pasta base, etcétera- debe asumir una obligación social: la imposibilidad de conducir un vehículo y poner en peligro la vida de terceros.
La figura jurídica es el dolo eventual. Porque se ha señalado que las sanciones que se procura establecer son mayores o eventualmente mayores que las aplicables al individuo que comete homicidio; que elevar la pena hasta hacerla aflictiva, llevándola de 5 años hacia arriba, y que anular legalmente la posibilidad del ejercicio del derecho constitucional de la irreprochable conducta anterior son una sutileza o un hecho tan fino pero tan definitivo que separa una realidad de la otra y constituyen el punto que estamos llamados a dilucidar.
Es decir, cuando se quita la vida a un tercero por la irresponsabilidad de una persona que se halla drogada o en estado de ebriedad, la conducta no puede correr el riesgo de no tener pena de cárcel.
Ese es el punto.
La sociedad está mirando este debate. ¿Y dónde se encuentra puesta su atención? En si la decisión que se toma significa o no que el conductor ebrio que choca a un tercero y provoca la muerte de una persona inocente queda o no en la cárcel. Y nuestro sistema legal establece que eso ocurre de 5 años hacia arriba.
Porque aquí ninguno de nosotros ha puesto en duda el ejercicio constitucional de la irreprochable conducta anterior. De lo contrario, se registraría un debate que podría trasladarnos a una situación imposible de resolver. Es propio del sistema democrático y del ejercicio de las libertades personales.
En consecuencia, aquí está en juego la idea de que la persona sepa que, si conduce en estado de ebriedad o bajo el efecto de la marihuana o de otras sustancias psicotrópicas, no podrá tener derecho a la libertad provisional y deberá cumplir un período de privación de libertad.
Entiendo que la decisión es muy fuerte. Y por eso reclamé que el orden lógico era votar la propuesta que presentó el Senador Chahuán y que yo suscribí, entre otros colegas, pues va al tema de fondo en este debate: no es posible eludir la pena de cárcel cuando un conductor ebrio le quita la vida a un tercero en un accidente.
Esa es la esencia de nuestra propuesta: cuando una persona toma un volante, ha de saber que no puede estar bajo el efecto del alcohol y, por consiguiente, que si lo está no debe manejar.
Tal es la gran lección que fluye de este debate.
Hay otras opiniones; lo entiendo. Pero creo que vamos a quedar en deuda con la sociedad si no somos capaces de tomar una decisión tan clara y definitiva como la que estamos planteando.
--(Aplausos en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Les pido a los presentes en las tribunas que no hagan manifestaciones de ningún tipo, ni a favor ni en contra, y que se limiten a escuchar.
Democracia es oír atentamente el debate y respetar las opiniones de cada Senador.
Por favor, no me obliguen a hacer uso del Reglamento para ordenar el desalojo de las tribunas, porque no es esa la idea.
--(Manifestaciones en tribunas).
Ahora, si quieren seguir por el camino inverso, no hay problema.
Tiene la palabra el Senador señor Gómez.

El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, el 12 de octubre del año 2010 presentamos con el Senador Cantero un proyecto de ley tendiente a reformar precisamente lo relativo al manejo en estado de ebriedad. Y en esta Sala dijimos que la idea era que el que tomaba alcohol no podía manejar y que a quien lo hacía y mataba a una persona debían imponérsele sanciones drásticas y duras.
En esa época no tuvimos la fuerza suficiente ni existía la situación que se vive hoy como para haber sacado adelante dicha iniciativa, cuyos fundamentos eran claros.
Una de las cosas esenciales es, por ejemplo, que no existan atenuantes y que haya una agravante respecto al que maneja en estado de ebriedad y mata a una persona.
Eso evita el juego de las atenuantes y las agravantes y permite que el juez aplique la penalidad que se establezca: 3 años y un día a 10 años, o 5 años y un día a 10 años. Pero esto hay que consignarlo con precisión.
La indicación del Senador Espina me preocupa porque cambia los umbrales. Ya no habla de estado de ebriedad con 0.9 sino con 1,2 gramos por mil de alcohol. Además, sugiere un exceso de 30 kilómetros o más en la velocidad máxima autorizada, en circunstancias de que el problema no radica en la velocidad sino en que el tipo que maneja curado y mata a una persona tiene que ir a la cárcel.
Entonces, me parece que la fórmula que plantea tal indicación no es correcta.
En mi concepto, debe quedar establecido con claridad que no se debe manejar después de beber alcohol y que, si una persona conduce en esas condiciones y adicionalmente causa la muerte de una persona, debe recibir pena de cárcel.
Lo propusimos en nuestro proyecto. Evitábamos que el culpable saliera en libertad al disponer que para ello debiera cumplir a lo menos la mitad de la pena. La idea era dar una señal nítida de que no se podía manejar en estado de ebriedad.
Señor Presidente, es necesario buscar otra fórmula. Las dos que se proponen no me parecen adecuadas.
La del Senador Chahuán, por ejemplo, plantea que por el solo hecho de causarse algunas de las lesiones referidas en el artículo 397, N° 1, del Código Penal se impondrá de inmediato la pena de 5 años y un día, sin tener en cuenta que las circunstancias son diferentes.
Por ello, es menester facultar al juez para que imponga la pena de cárcel -no quiero dejar duda alguna de que quien maneja en estado de ebriedad y mata a una persona debe ir a prisión- por el período y en las condiciones que él determine, según cada situación: 5 años y un día hacia arriba o 3 años y un día a 10 años. Lo relevante es que el magistrado tenga esa facultad, pero no así la de decretar la libertad. Debe consignarse expresa y claramente en la ley que en tal circunstancia corresponde aplicar una pena gravísima y dura.
Señor Presidente, la Comisión -no he revisado lo que hizo- propone 3 años y un día a 10 años. La preocupación -razonable- de las familias deriva de que quien comete ese delito finalmente sale del tribunal y se va a su casa. Y eso resulta inaceptable.
Entonces, es necesario establecer criterios lógicos, pues las circunstancias en que se producen tales ilícitos son diferentes.
Como explicaba el propio Senador Espina, si a un individuo que va manejando en estado de ebriedad lo chocan por atrás y muere una persona, la responsabilidad no es de él; sin embargo, debe recibir una pena por conducir curado. Y ella debe ser dura, pero dentro de los rangos que el juez tenga para moverse.
Si quien maneja en estado de ebriedad mata a una persona y es responsable de ello, podrá ser condenado hasta a 10 años de prisión. Pero esta sanción no puede quedar establecida en la ley como única pena.
Señor Presidente, pienso que ambas indicaciones son muy complejas desde el punto de vista del resultado final.
Por eso, reitero ahora lo mismo que planteé el 12 de octubre de 2010: el que maneja en estado de ebriedad y mata a una persona tiene que ir a la cárcel. Pero hay que buscar una fórmula lógica desde el ángulo de la aplicación de la pena.
Es indispensable resolver el punto. Porque lo que se ha puesto aquí sobre la mesa presentará muchas dificultades, desde la perspectiva del propio tribunal, al momento de imponer la sanción.
--(Aplausos en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Por favor, no aplaudan, no griten.
¡Si quieren, pueden hacer señas¿!
--(Manifestaciones en tribunas).
¡Pueden poner carita de pena...!
Eso sí es factible. Pero no emitan ruidos.
--(Manifestaciones en tribunas).
Bien.
Veremos si se mantienen en silencio.
Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, como sostuve cuando este proyecto se debatió en general, todos estamos contestes en que es necesario aplicar la máxima rigurosidad de la ley a quienes, conduciendo un vehículo bajo los efectos de sustancias psicotrópicas o en estado de ebriedad, causen lesiones gravísimas o la muerte a una persona.
Y fue precisamente en ese contexto que hace dos meses presentamos una moción cuyo objeto era considerar a los autores de este tipo de delitos un peligro para la sociedad, de manera que al formalizarse la investigación en su contra se les mantuviere en prisión preventiva, y que asimismo, cuando se les impusiere una pena, no se les otorgasen los beneficios contemplados en la ley N° 18.216.
Sin embargo, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, después de efectuar un debate, solo aumentó la pena vigente, de presidio menor en su grado máximo, o sea, 3 años y un día, a la de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, vale decir, 3 años y un día a 10 años.
En forma adicional, habíamos presentado otro proyecto (motivados fundamentalmente por la situación que afectó a la pequeña Emilia y que provocó su partida dolorosa) con el propósito de establecer una agravante calificada respecto al conductor que, tras participar en un accidente, huyera del lugar sin prestar auxilio oportuno a las víctimas ni dar pronto aviso a las autoridades sanitaria y policial más próximas.
Con el incremento planteado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, la sanción asignada al delito queda contemplada como pena de crimen. Por tanto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se considera que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de modo que el juez deberá decretar su prisión preventiva.
En lo concerniente a las penas sustitutivas a que podría acceder el imputado, también será prácticamente imposible que se le aplique una, toda vez que, si el tribunal opta por el grado superior de la sanción, no podrá obtener ese beneficio, ya que el artículo 15 bis, letra a), de la ley N° 18.216 establece que para tal efecto se requiere que la sentencia imponga una pena que no exceda de 5 años de privación de libertad.
Eso es justamente lo que proponemos mediante la indicación renovada que presentamos.
Aquella última disposición requerirá que entre en vigencia la modificación del reglamento que incorpore las adecuaciones que en virtud de la ley N° 20.603 se efectuaron a la ley N° 18.216.
No obstante, es necesario dejar constancia de que el Senador Espina propuso una modificación de las sanciones para que al responsable de conducir un vehículo en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias psicotrópicas y causar la muerte de una persona se le imponga la pena de presidio mayor en su grado mínimo, que va de 5 años y un día a 10 años. Y para el caso del imputado que en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias psicotrópicas hubiere causado lesiones graves gravísimas (de aquellas descritas en el artículo 397, N° 1, del Código Penal) se planteó aplicar la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, vale decir, privación de libertad de 3 años y un día a 10 años.
Sin embargo, tal indicación fue rechazada. Y lo mismo ocurrió con otra similar que formuló Su Señoría.
Señor Presidente, con la Senadora Lily Pérez presentamos una indicación parecida, la que lamentablemente tampoco fue acogida por la Comisión, por lo cual la renovamos -para que la Sala se pronunciara sobre ella en esta oportunidad- con las firmas de los Senadores Letelier, Escalona, Horvath, Girardi, Navarro, Kuschel, Muñoz Aburto y Sabag.
Esa proposición, en nuestro concepto, envuelve mayor equidad y justicia, ya que contempla sanciones más adecuadas a los ilícitos cometidos, dada su gravedad, y, por otra parte, cumple plenamente los principios de racionalidad y proporcionalidad que inspiran al Derecho Penal.
Por lo tanto, señor Presidente y estimados colegas, considero que el proyecto, de la forma como quedó redactado en definitiva, no cumple plenamente los objetivos que se persiguen, es decir, que los responsables de los ilícitos en comento reciban penas acordes con la gravedad de su conducta y, por ende, sean considerados un peligro para la sociedad.
Esto último constituye una necesidad imperiosa que, como Poder Legislativo, debemos satisfacer, ya que es deber nuestro hacer una evaluación de las leyes vigentes y modificar las que requieren reformas, tal cual sucede con la iniciativa que nos convoca en esta ocasión.
Por ello, le solicito a la Sala votar favorablemente la indicación que renovamos diez Senadores.
Para el evento hipotético e improbable de que no sea acogida, presto mi aprobación a este proyecto en la esperanza de que, en último término, una Comisión Mixta mantenga penas altas, por cuanto, según manifesté, considero que ante la muerte de personas por manejo en estado de ebriedad debe contemplarse una sanción mayor.
Claramente, queremos castigar la irresponsabilidad del conductor que, en definitiva, ha bebido alcohol y, finalmente, por ese hecho, causa un accidente con resultado de muerte o de lesiones graves. Ese es el caso de la menor Emilia Silva, que ha conmocionado al país. Y la lucha de sus padres, Benjamín y Carola, no dice relación con que se pueda revisar la pena, porque sabemos que estas modificaciones no tienen efecto retroactivo, sino con que otros padres no sufran lo que ellos han tenido que pasar.
Por lo mismo, y sobre la base de las consideraciones que he señalado, solicito que se apruebe la indicación presentada por el grupo de diez Senadores.
--(Aplausos en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Le pido al público no aplaudir. Mi obligación es hacer respetar el Reglamento. Si los asistentes no se autocontrolan, no es posible escuchar bien el debate entre los señores Senadores.
Tiene la palabra el Honorable señor Girardi.

El señor GIRARDI.- Señor Presidente, Chile enfrenta un problema, como es evidente, ya que todos los años fallecen cerca de dos mil personas por accidentes de tránsito. Se registran cerca de 60 mil de ellos y 20 mil lesionados, muchos de los cuales quedan con invalidez. Estos últimos son una carga emocional, primero, para la familia, pero también representan un irreparable costo para el país.
Algunos de los presentes hemos sido impulsores de regulaciones desde hace mucho tiempo. A diferencia del tabaco, respecto del cual hemos dictado leyes restrictivas y planteamos que no hay que fumar, porque todos los días fallecen 46 personas como consecuencia de ello, en el caso del alcohol hemos apelado al consumo responsable. Es decir, no se intenta coartar el derecho de una persona a beber alcohol, pero quien conduce no puede hacerlo.
De las cerca de 2 mil personas que fallecen por accidentes de tránsito, más del 70 por ciento registra el producto en la sangre cuando se hace la autopsia y ello se mide. Es evidente que gran parte de las muertes están relacionadas, de una u otra forma, con su ingestión.
Se ha demostrado en forma científica y en todos los estudios de neurología que investigan estas situaciones que justamente el efecto de los niveles de alcohol es deprimir la capacidad refleja, la de alerta temprana, la de reacción frente a eventos fortuitos. Eso es lo que finalmente favorece los accidentes. Y ello se da ya con niveles muy bajos.
Cuando establecimos el nivel de 0,3 gramo de alcohol por litro de sangre, ello lo determinamos por existir evidencia demostrativa de que precisamente a partir de ese punto se altera la capacidad de reacción de quien va conduciendo. Y esta última se encuentra totalmente deprimida, evidentemente, sobre 0,8 o sobre un gramo de alcohol.
A quienes impulsamos la ley de tolerancia cero nos acusaron acá de chiitas y de vulneradores de libertades, en circunstancias de que precisamente lo que estábamos haciendo era garantizar la libertad de los inocentes, de las personas víctimas -muchas- de los que son irresponsables, no por beber alcohol, sino por beber alcohol y conducir.
En este último caso, quien consume el producto incurre, a mi juicio, en una agravante por mediar dolo -en la mayoría de los casos, es un mayor de edad-, ya que tiene conciencia, educación, información. Además, se encuentra establecido, como señal de sociedad, que tal conducta no es admisible, y quien la asume procede a sabiendas y, en cierta manera, lleva a cabo una acción casi de premeditación ante la posibilidad de lesionar o dañar a alguien, pues existe una alternativa para evitarlo, que es la de no conducir, la de entregar la llave o la de irse a casa caminando o en taxi.
Y, por eso, como creo que las señales de sociedad importan -la ley de tolerancia cero, a la que muchos colegas calificaron de extrema, ha evitado muertes, y eso lo registran las estadísticas de Gobierno (CONASET), además de lesionados, sufrimiento y costos sociales-, no abrigo ninguna duda acerca de elevar las sanciones en la materia.
A la indicación con la frase "Si a consecuencia de dicha conducción" le agregué las palabras "en estado de ebriedad". Creo que no corresponde poner o 0,8, o 1, o 1,2 gramos de alcohol: quien conduce sobre 0,3 está incurriendo en una grave irresponsabilidad e irregularidad, y evidentemente pueden registrarse víctimas como consecuencia. Por eso, apoyé la proposición.
Me parece que tiene que haber una señal de sociedad en cuanto a aquello a lo que esa persona se va a exponer, para que pueda meditar y ponderar la conducta que asumirá cuando beba alcohol. Nosotros pedimos que se abstenga de manejar.
Tenemos proyectos de ley tendientes a contemplar en todas las bebidas alcohólicas un rotulado que llame a un consumo responsable y a no beber si se va a conducir; pero no ha sido fácil sacarlos adelante, porque existe un prejuicio respecto de la regulación, la cual salvaguarda, evidentemente, el bien común. La mayor parte de las veces, quien resulta lesionado o muerto no es el que iba manejando y había vulnerado, de cierta manera, un código de convivencia al beber y actuar con irresponsabilidad, sino personas inocentes, que son víctimas.
Por eso, porque quien conduce es ingobernable cuando consume alcohol, porque lo hace a sabiendas de que su conducta puede acarrear resultados dramáticos para sí mismo, para su familia y para otro, soy partidario de que exista una señal de sociedad muy clara en la materia. Así como la ley de tolerancia cero -insisto en que fue calificada de extrema- disminuyó muertes, accidentes, lesiones y eventos de accidentabilidad, creo que el proyecto en debate va a conseguir el mismo objetivo.
En consecuencia, apoyo la indicación.

El señor PIZARRO (Presidente).- Puede intervenir la Senadora señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, lo primero que quiero exponer es algo así como una cuestión previa y tal vez más emocional.
En el Senado hemos sido testigos de una abundante tramitación de proyectos de ley que conmueven a quienes pueden acompañarnos. Creo que, sobre todo hoy día, el que estamos discutiendo les causa un sentimiento profundo a víctimas y afectados. Pido que ello se respete, porque se trata de la vida de personas, no de una iniciativa política ni técnica. A mí, por lo menos, ese aspecto me importa mucho más.
Dicho eso, deseo consignar que estimo firmemente que existe un consenso general en el Senado en orden a agravar las penas respecto de muertes a manos de conductores ebrios.
Aquí bien se señaló que se han planteado medidas de tolerancia cero. En esta Corporación, prácticamente por unanimidad, hemos votado y promovido leyes en ese sentido. Se gastan recursos del Estado en campañas millonarias para combatir la conducción bajo los efectos del alcohol y en acciones educativas. La empresa privada incluso contribuye. Y juzgo que tenemos que ser coherentes con lo que hemos determinado y apoyado al despachar hoy un proyecto que realmente refuerce las sanciones que se imponen a conductores ebrios.
Sencillamente, una persona que está informada, que ha sido sujeto y objeto de múltiples campañas públicas y privadas acerca de lo que implica la conducción en estado de ebriedad, situación en la que un vehículo deja de ser un medio de transporte y se transforma, en la práctica, en un arma que puede terminar con su vida y la de otros, tiene conciencia plena de lo que puede ocurrir.
Desde ese punto de vista, pienso que sería muy coherente que el Senado apoyara nuestra indicación, la cual agrava la consideración del delito. Sin eufemismos, constituye un ilícito grave.
Y si ello nos permite revisar penalidades de otro tipo, bienvenida sea la discusión. Pero no porque algunos consideren más serios otros delitos vamos a dejar a aquel que nos ocupa sin ser objeto de medidas ejemplares por parte del Senado.
Una gran cantidad de gente muere en nuestro país producto de este tipo de acciones. No son accidentes de tránsito. Los hechores se encuentran al tanto de que no deben ni pueden conducir si consumen alcohol o alguna sustancia, y lo hacen igual. Proceden a sabiendas, no con ignorancia.
Por tal razón, creo que lo que hoy día estamos votando -y en eso comparto lo expresado por el Senador señor Girardi- es una señal de la sociedad que estamos construyendo. También lo planteó el Honorable señor Chahuán. Este es el Chile en el que queremos vivir. Y es algo transversal, no político. No se trata de una discusión entre Gobierno y Oposición. Nos hallamos abocados a un debate sobre el sentido que le damos a la vida, sobre su valor.
Solicito, entonces, al igual que otros colegas, y siendo, además, coautora de la indicación, la cual agrava, en su máxima expresión, las penalidades de este tipo de delitos, que ella sea aprobada por una gran mayoría.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Uriarte.

El señor URIARTE.- Señor Presidente, claramente, esta no es una materia de Fácil Despacho, porque hay buenas razones y argumentos a favor o en contra, en el caso particular en examen, de las dos indicaciones en discusión.
Lo que ningún legislador puede hacer, a la hora de enfrentarse a una decisión de este tipo, es dejar impunes acciones que de verdad afectan bienes jurídicos protegidos por la sociedad. Y, de estos últimos, qué mejor que tener presente el más relevante de todos: el derecho a la vida. Es muy importante, entonces, aproximarse de buena forma a la hora de sancionar aquellas que se cometan en su contra.
En esa tarea, lo que no puede ocurrir es que queden sin consecuencias atentados contra la integridad física o psíquica o contra la existencia, por una parte, como tampoco, por la otra, que se castiguen de manera desproporcionada algunos que afectan al derecho a la vida, en relación con otros que también lo hacen.
Lamentablemente, en nuestro ordenamiento hay un desorden notorio en la aplicación de las penas. Es más dura una sanción para alguien que haya cometido un delito de carácter sexual contra un menor de 14 años -una relación consentida, por ejemplo- que matar a la persona. Y ello, por una inconsistencia, o un vacío, o una asimetría, o lo que se quiera en la legislación.
Del mismo modo, aparecen muchas series de otros casos en que un hecho es sancionado de manera mucho más drástica, sin proporcionalidad.
Por eso, no es fácil la tarea de aplicar una penalidad adecuada a un hecho calificado por la sociedad como un atentado contra el orden social. El punto, que se debate en doctrina y en Derecho Penal, no es de fácil solución. Hay abundante literatura sobre el particular, en la que se encuentran muy buenas razones a favor o en contra. Y existen distintas corrientes doctrinarias en la materia.
Solo quisiera plantear que tenemos que tratar de buscar un equilibrio en la forma de castigar un hecho para todos gravísimo: el de quitarle la vida a una persona inocente al incurrirse en una conducta indebida como la de manejar en estado de ebriedad, que exige el mayor reproche social. Pero tenemos que armonizar esa tarea con la búsqueda de una penalidad adecuada.
En consecuencia, me quedo con la indicación del Honorable señor Espina, porque ayudaría al juez a imponer la sanción de acuerdo a condiciones, a circunstancias, claramente especificadas en el ordenamiento. Así, la aplicación de la ley, que es la tarea fundamental de la labor jurisdiccional, se haría conforme a los cinco parámetros objetivos mencionados por Su Señoría. Creo que es la mejor manera de colaborar con la labor de aplicar el castigo apropiado a una conducta, claramente grave, que merece de la sociedad el mayor de todos los reproches.
Formulo un llamado, entonces, a que, o busquemos una coincidencia para rescatar lo mejor de las dos indicaciones, o definitivamente lleguemos a una redacción que permita dejar claramente establecido que el castigo se va a imponer de manera clara, categórica, ejemplar, pero sin generar, por ello, una asimetría, o un desorden, o una situación que tengamos que lamentar después por fallos contradictorios y que de verdad lo único que pueden provocar es un retroceso en lo que hemos tratado de hacer.
En principio, apoyo, por lo tanto, la indicación del Senador señor Espina, y espero que podamos llegar a un buen acuerdo.

El señor PIZARRO (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Pérez Varela.

El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente, estimo que en el debate se han registrado algunos aspectos que nos unen, que originan consenso.
Nadie discute hoy que cada día es mayor y se transforma en un elemento que tenemos que resolver el impacto que provoca en una familia, en una comunidad, el hecho de que el causante de un delito o un accidente manejando en estado de ebriedad no reciba ninguna sanción penal ejemplar.
Ver a un familiar muerto o herido gravemente, sin que al autor de la experiencia le pase absolutamente nada, es también una situación muy traumática.
Por tal motivo, estamos dedicados en este momento a buscar una solución de carácter jurídico a una cuestión que, como sociedad, nos une.
Concuerdo con lo que muchos han planteado aquí en el sentido de que quien provoca un accidente manejando en estado de ebriedad y le causa la muerte o heridas gravísimas a una persona tiene que recibir un castigo ejemplar, el cual, para nuestra sociedad, no es otra cosa que la pena de cárcel.
Y, por lo tanto, tenemos que colaborar y trabajar para que el juez cuente verdaderamente con la guía que le da la ley para que, al conocer de un asunto en el cual se dan las hipótesis que aquí hemos reseñado, aplique la sanción. Uno visualiza, a través de los medios de comunicación y de las conversaciones con la gente, que cuando eso no sucede la sociedad se impacta, y ese efecto genera desilusión, frustración y falta de credibilidad en nuestras propias instituciones.
Me parece, por tal motivo, que la indicación defendida por el Senador señor Espina y que este nos ha invitado a compartir refleja adecuadamente ese criterio. Aquí ya tenemos una regla general para la penalidad, de entre tres años y un día a diez años, aprobada por el Senado. En consecuencia, tenemos que colaborarle al juez en el sentido de que, en casos particulares, específicos, gravísimos, como los de las cinco hipótesis de la indicación -no son copulativas, sino que tiene que plantearse una de ellas-, se aplica la penalidad a partir de cinco años y un día.
Estimo que, en esas circunstancias, con esos mecanismos, les estamos trazando a los tribunales de justicia el camino para disponer lo que todos queremos, lo que todos han planteado aquí: que vaya a la cárcel quien provoca un accidente manejando en estado de ebriedad y causa la muerte de una persona o la hiere gravemente.
Somos legisladores. Estamos construyendo una ley. Por lo tanto, no tenemos que quedarnos solo dando opiniones o haciendo análisis teóricos. Es preciso que transformemos nuestra labor en algo práctico, real, para que el día de mañana, uno, dos, tres años después, ante un caso hipotético determinado, un juez vea que debe actuar de cierta manera y aplicarle, al individuo que incurrió en tal conducta, una pena que parte en cinco años y un día.
A mí me parece que las cinco hipótesis que plantea el Senador Espina son absolutamente correctas y adecuadas. Por ejemplo, concuerdo con la contemplada en el número 5º, que corresponde a la persona "Cuya profesión u oficio consista en el transporte de personas o bienes". Si ella provoca un accidente en estado de ebriedad y le causa la muerte o un daño a un tercero, claramente debe aplicársele la pena mayor que muchos aquí están buscando.
Por lo tanto, pienso que estamos dando una señal muy precisa al juez para que sancione apropiadamente.
Reitero: nosotros tenemos que superar técnicamente, con un buen trabajo, lo que la sociedad espera de nosotros. ¿Y qué espera de nosotros? Que el conductor que provoque un accidente en estado de ebriedad y cause la muerte de un tercero vaya a la cárcel. Y creo que las hipótesis planteadas por el Senador Espina en su indicación generan respuestas adecuadas a esa necesidad.
Gracias.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker.

El señor WALKER (don Patricio).- Señor Presidente, en primer lugar, debo puntualizar que los integrantes de la Comisión de Constitución llevamos a cabo varias sesiones. En tres oportunidades escuchamos a Benjamín Silva y Carolina Figueroa, los padres de Emilia, y uno no puede menos que empatizar con su dolor y con el de todos los padres que han vivido la misma situación, tan dramática.
Efectivamente, las personas que cometen este tipo de delitos -conducir en estado de ebriedad y producir la muerte o lesiones graves gravísimas a terceros- merecen una pena mayor a la que hoy día existe.
Por eso, en general, nosotros aprobamos subir las penas -las vigentes van de tres años y un día a cinco años- y elevar el techo a diez años, toda vez que consideramos que la penalidad actual es muy baja. Y, naturalmente, a las familias que sufren esta situación les causa mucha molestia e impotencia ver cómo las personas condenadas solo deben ir a firmar una vez al mes, pues, generalmente, gozan del beneficio de la remisión condicional de la pena.
Por esa razón, prohibimos la posibilidad de otorgar este beneficio.
La pregunta, señor Presidente, es cómo sancionar adecuadamente conductas tan graves como aquellas de las que hoy día estamos hablando.
La señal debe ser potente. En la discusión de las indicaciones escuchamos a dos profesores de Derecho Penal, los académicos Juan Domingo Acosta y Julián López, quienes -debo reconocerlo- fueron críticos respecto de ellas. Se refirieron al principio de proporcionalidad e indicaron que los jueces deben tener un rango de penas para aplicar según la gravedad de las conductas. Si la conducta es más grave y merece mayor reproche, la pena debe ser más alta. Si la conducta es menos grave y merece menor reproche, la pena debe ser más baja, pero siempre dentro de un rango alto que permita aplicar castigos ejemplificadores.
La verdad, señor Presidente, es que resulta incomprensible que en algunos casos gravísimos los tribunales de justicia no apliquen penas efectivas, pero sí atenuantes -como ocurrió en el caso de Emilia Silva- frente a hechos donde claramente estas no existían, por tratarse de una persona que no colaboró con la víctima y actuó de manera imprudente.
Entonces, ¿cómo aplicar penas contundentes y efectivas a quienes cometen los delitos más graves?
Lo más lógico es pensar -estoy hablando en teoría- que los jueces actúan con buen criterio y aplican la ley dentro del rango de penas de acuerdo a la gravedad de la conducta. Pero, desgraciadamente, eso muchas veces -como sucedió la semana pasada- no es así. Y por eso tenemos que tomar una decisión.
El profesor Julián López nos dijo que no podíamos asimilar las penas de los homicidios simples dolosos, en los cuales existe la intención de matar, con las de los cuasidelitos de homicidio, donde claramente hay una conducta imprudente, pero no existe la intención de matar.
Es efectivo que con la Ley de Tolerancia Cero las personas deberían pensarlo diez veces antes de cometer la conducta riesgosa, imprudente y gravísima de conducir bajo los efectos del alcohol, porque ella es totalmente inaceptable.
Hoy día el Senador Espina nos ha presentado una indicación. A pesar de que la rechacé en la Comisión, estoy evaluando la posibilidad de votar a favor de algunos de sus numerales.
Por ese motivo, señor Presidente, solicito que los números 2º y 3º de la indicación mencionada se voten por separado.
He dicho.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Aburto.

El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente, suscribí la indicación del Senador Chahuán porque estoy seguro de que es la que guarda mayor sintonía con lo que quiere y piensa la ciudadanía.
Lo que la gente quiere es que aquellos conductores ebrios que provocan muertes u ocasionan lesiones por lo menos pasen un tiempo en la cárcel. Y eso no ocurre en la actualidad con la legislación imperante.
En nuestro país, uno de los cuasidelitos más recurrentes que se cometen es el de conducir en estado de ebriedad causando lesiones, en algunos casos, o la muerte, en otros más graves.
La Región de Magallanes -que represento en esta Corporación- se caracteriza, lamentablemente, por arrojar porcentajes muy altos de conductas asociadas a la conducción en estado de ebriedad y también de consumo de alcohol. A pesar de que la Ley de Tolerancia Cero las ha disminuido en parte, según las estadísticas generales, ello no ha ocurrido así en todas las regiones, especialmente en la mía, donde se repite la práctica de conducir en estado de ebriedad, pese a las drásticas sanciones que contempla dicho cuerpo legal.
El partir con una pena de cinco años y un día a diez años, como lo proponen el colega Chahuán y nueve Senadores más que apoyamos tal indicación, da cuenta de una realidad que está latente en la sociedad chilena y que hace imprescindible sancionar tanto a la persona que conduce en estado de ebriedad como a aquellos irresponsables o criminales del volante que provocan lesiones u ocasionan muertes.
Por eso, reitero que suscribí con bastante beneplácito dicha indicación.
Me llama mucho la atención, eso sí, la propuesta presentada por el Senador Espina, mediante la cual se cambian -tal como indicó el colega Juan Antonio Gómez- los umbrales.
La Ley de Tolerancia Cero dispone que conduce en estado de ebriedad la persona que arroja una dosificación igual o superior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre o en el organismo, mientras que la indicación del Senador Espina lo cambia por un nivel de alcohol presente en el flujo sanguíneo, al momento de los hechos, "igual o superior a 1,2 gramos por mil de alcohol en la sangre".
Es decir, el Senador Espina se mete en una ley ya aprobada acá, haciéndola mucho más permisiva e incluso dejándola sin aplicación en el caso de quienes conducen en estado de ebriedad y ocasionan lesiones o muerte. Y eso me preocupa.
Por ello, si bien todos estamos contestes -como lo han señalado algunos Senadores que me precedieron- en que quien, encontrándose en estado de ebriedad, ocasiona lesiones o muerte debe ser privado de libertad, no es menos cierto que la indicación del Senador Espina me produce cierto desencanto.
Por eso, reitero mi apoyo a la indicación presentada por el Senador Chahuán, que votaré a favor.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Rossi.

El señor ROSSI.- Señor Presidente, no está de más reiterar que todos los parlamentarios presentes sentimos profundamente el dolor que vive la familia de Emilia y tantas otras que nos acompañan hoy día, que han sido víctimas y han sufrido lo que significa perder a un ser querido en circunstancias tan dramáticas, especialmente cuando se trata de un menor.
Es evidente que en nuestro Código Penal -leí distintas intervenciones de penalistas en la Comisión, columnas de opinión, en fin- hay un problema de proporcionalidad en las sanciones, pues, efectivamente, allí los delitos respecto de las cosas muchas veces reciben más castigo que aquellos que comprometen la vida o la persona humana.
Los abogados -yo soy médico- señalan que eso se debe a que cuando se elaboró dicho Código la vida humana tenía un valor relativamente menor. Cuesta entenderlo hoy día. Pero al parecer era así. Por fortuna, la sociedad ha cambiado, aunque no el Código Penal. Y nos damos cuenta de que no solo en casos como este los jueces aplican atenuantes que no corresponden -como bien mencionaba el Senador Patricio Walker-, aun cuando las propias leyes, sin necesidad de modificación alguna, permitirían sanciones de otra naturaleza. Por eso, uno entiende la impotencia, la frustración, el dolor, la rabia de las familias cuando ven que quien comete una acción que termina con la muerte de una pequeña sale libre de inmediato.
No quiero repetir argumentos, pero me llama la atención el doble estándar de algunos -cuyas opiniones he escuchado aquí y en otras instancias- con relación al tema de la salud pública y, en este caso, del alcohol.
Podríamos hablar del tabaco, como señalaba el Senador Girardi, o de la ley de rotulado de los alimentos, asuntos en los cuales también se halla comprometida la vida humana, porque la principal causa de muerte en Chile son las enfermedades cardiovasculares, profundamente ligadas a hábitos de vida. Y aquí hemos visto cómo muchos defienden a la SOFOFA y a las tabacaleras.
Me voy a concentrar en el tema del alcohol.
¿Hace cuántos años estamos discutiendo en la Comisión de Salud un proyecto de ley que presentamos en la Cámara de Diputados para evitar o disminuir el consumo de alcohol, particularmente en menores?
Porque aquí estamos hablando de la punta del iceberg, de la persona que decide consumir alcohol y conducir un vehículo, pero no nos hacemos cargo de las causas que hacen que las personas consuman alcohol.
Cuando hemos planteado que hay que rotular -fíjense: solo rotular-, con una advertencia respecto de los efectos del alcohol en la salud de las personas, aquí muchos han sostenido, especialmente en la Comisión de Agricultura, que ello sería inconstitucional, que constituiría una expropiación, pues estaría en juego el derecho de propiedad del dueño de la vitivinícola.
También hemos propuesto prohibir la publicidad callejera. "¡Qué terrible aquello!". O restringir la publicidad en la televisión en ciertos horarios, o el auspicio de eventos deportivos a los que asisten menores, quienes hacen la relación entre consumo de alcohol, éxito, deporte y fama. Porque la camiseta de Colo Colo dice "Cristal". Entonces, obviamente el niño lo asocia al deporte.
Y de todo eso no se habla. Todo el mundo señala: "No, en realidad no es necesario". Defienden intereses que no corresponden precisamente al interés general de la nación.
Por eso me llama la atención ese doble estándar y quería hacerlo presente.
En cuanto al proyecto, es evidente que a uno le viene a la mente por qué una persona que decide conducir a exceso de velocidad, que es lo mismo que una que decide consumir alcohol y conducir, recibe una pena de 61 días a 3 años cuando mata a una persona debido al exceso de velocidad.
Eso demuestra que debiésemos realizar un cambio mucho más profundo para tener algo más coherente en nuestra legislación desde la perspectiva de las sanciones penales. Entiendo la argumentación que plantea el Senador Patricio Walker acerca de los delitos culposos y los delitos dolosos, es decir, cuando hay dolo y cuando se habla de cuasidelito de homicidio. La Comisión ha ampliado el rango de las penas a diez años. Me parece razonable lo que está planteando el Senador Espina en orden a que haya ciertas circunstancias agravantes que exijan que una persona vaya a la cárcel cuando ha cometido un delito en determinadas circunstancias.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Ha concluido su tiempo, señor Senador.
Puede terminar.

El señor ROSSI.- Muchas gracias.
Por lo tanto, voy a votar a favor de la indicación del Senador Espina.
He dicho.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, este es un tema especialmente delicado y muy sensible, porque se ha planteado a raíz de una situación muy dramática: la muerte de Emilia. Aquí están sus padres, con quienes conversamos en la Comisión. Y entendemos el dolor, el cual nos ha hecho reaccionar, cambiando probablemente conceptos, en distinta forma.
No hemos llegado a una solución común entre todos los integrantes de la Comisión. Y quisiera explicar por qué.
Yo entiendo que quienes nos acompañan hoy día deseen un castigo lo más duro posible, porque lo que ocurrió con Emilia merece una sanción fuerte, que la persona que le hizo perder la vida reciba pena de cárcel.
Sin embargo, uno también puede imaginar circunstancias en donde un conductor ebrio mata a una persona y no merece la misma pena de cárcel que en otros casos.
Cuando uno legisla, no lo hace para un caso determinado -hacerlo sería muy fácil, porque ahí estaríamos efectuando un juicio-, sino para otros casos que también se pueden dar en el futuro, de distinta naturaleza y en diferentes circunstancias. La ley no puede preverlos todos. Esa es la labor del juez: adecuar la norma a cada situación.
¿Por qué nos ha sido difícil pensar que el piso para aquel que conduzca en estado de ebriedad y cause la muerte de alguien debe ser cinco años? Porque eso significa equiparar esa conducta con la del homicidio simple. Y no es lo mismo. En algunos casos puede serlo. Pero no siempre es así. Equivale a afirmar que las conductas negligentes son lo mismo que las conductas dolosas. Y eso, conceptualmente, también es distinto.
En consecuencia, no es fácil resolver esta materia.
Por eso, lo que hicimos en la Comisión fue subir el techo de la pena a diez años respecto del delito que hoy día está en un rango de entre tres años y un día y cinco años. Con ello, dejamos que el juez, ante circunstancias determinadas, pueda asegurar que ese caso más grave recibirá una sanción sobre los cinco años y que, de esa forma, el culpable cumpla cárcel efectiva. Pero, si estima que el castigo debe ser menor, entonces le aplicará una pena inferior que se podrá cumplir de manera remitida. Hay muchas cosas que deben considerarse: las atenuantes, las agravantes, el concurso de delitos, las reincidencias, todas cuestiones que el juez deberá ponderar, porque al final será él quien tome la decisión.
Por eso hemos preferido el camino de ampliar el rango.
En tal sentido, no hemos aceptado las indicaciones, no porque creamos que ciertas conductas no sean merecedoras de una sanción bastante fuerte, sino porque estimamos que aquellas no son necesarias. Poner un piso muy alto también podría causar grandes dificultades.
Ahora, si tuviera que elegir entre una de las dos indicaciones, yo me inclinaría por la del Senador Espina. Pero quiero decir que todos los penalistas consultados, ¡todos!, consideran que ese no es el mejor camino y que lo que hemos hecho en la Comisión es razonable, en cuanto permite cumplir los objetivos que se buscan, aun cuando no en forma automática.
Y este es un tema que a veces también resulta difícil de entender. Lo que muchos quisieran es que cuando alguien cometa un delito -no me refiero solo a este, sino a cualquiera-, automáticamente reciba una penalidad determinada: si es muy grave, alta; si es menor, baja. Pero una sanción específica.
En eso no consiste la justicia. Esta no es automática y tiene que ver con la realidad de cada caso.
Por eso, el camino que hemos seguido es abrir al juez esta circunstancia. Tengo la convicción de que, si la norma propuesta por la Comisión de Constitución estuviera vigente, el chofer que desgraciadamente provocó la muerte de Emilia estaría preso. Y de esa manera se cumpliría ese objetivo. Pero -repito- no todos los casos son iguales y, dada esa situación, nos ha parecido conveniente hacerlo así.
De ahí que yo planteaba, porque a lo mejor la Sala podía pensar algo distinto, que lo conveniente habría sido decidir si acaso convenía o no recibir indicaciones. Porque, si llegáramos a tal conclusión, no sería necesaria ninguna de las dos indicaciones. Porque tener que rechazar ambas es un proceso complejo. Si no se acepta una, aparece la otra, que puede no ser la más adecuada. Con las dos pasa lo mismo.
No sé qué otra fórmula pueda haber. Incluso, creo más razonable la propuesta del señor Presidente del Senado de establecer una agravante. Tal vez eso pudiera ayudar a disponer algo más genérico.
El problema de las situaciones planteadas por el Honorable señor Espina es que según ciertas hipótesis operaría el piso hacia arriba de 5 años y un día. Pero hay otras situaciones que uno podría imaginar, tan graves como las especificadas, que no tendrían ese piso. Y esas diferencias de sanciones para conductas igualmente graves hacen pensar que no es conveniente ir tan al detalle de algunas situaciones.
Sé que no es muy popular lo que estoy diciendo -lo he percibido en las redes sociales-, pero debo ser honesto ante el Senado y ante el país y hacer lo que en conciencia considero mejor. Soy como todos: padre de familia, y no desearía que me sucediera lo mismo que a los progenitores de Emilia; pero tengo que pensar qué es lo más adecuado para la legislación. En eso consiste nuestra labor, a veces no simpática ni comprendida; sin embargo, uno tiene que sopesar qué es lo óptimo para la generalidad de casos que se puedan producir en el futuro. Yo me puedo equivocar. No soy dueño de la verdad ni perfecto. Por lo tanto, puedo errar; como otros. Pero también quienes creen que estoy equivocado han de pensar que tal vez tampoco posean la verdad. Todos tenemos que respetarnos en lo que pensamos, porque queremos el bien para Chile y evitar conductas horrorosas como las que han ocurrido en estos días.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente, en la vida de todo ser humano hay dolores que no tienen sencillamente reparación posible. Nuestra solidaridad y nuestro cariño, fraterno y humano, están con los padres y los abuelos de Emilia, una bebé que fue víctima de la irresponsabilidad de un hombre que cargará de por vida con la culpa de haber dado muerte a una inocente.
Los padres de Emilia han emprendido una cruzada que entendemos. No buscan venganza ni reparación, porque ningún cambio legislativo que agrave las penas de un delito podrá, de manera alguna, aminorar el dolor que sienten y que les acompañará por siempre.
Legislar supone un acto de suma responsabilidad, pero hay circunstancias o materias donde tal responsabilidad se siente con mayor peso sobre nuestros hombros. Para enfrentar en estas condiciones nuestra tarea, debemos volcarnos hacia nosotros mismos y sopesar con racionalidad y prudencia dónde está el bien común y general de la población.
El ejercicio del Ius puniendi del Estado -se expresa en el poder de sancionar a quien infringe la ley penal- es una de las áreas más delicadas de cuantas componen las actividades estatales. Una baja aplicación del poder penal puede generar desorden, caos y reiteración de conductas infractoras; pero, por otra parte, un exceso da lugar, a veces, a la limitación ilegítima de los derechos de las personas y a consecuencias sociales, políticas e incluso económicas que excedan en muchos casos a la persona del infractor de la ley penal.
La proporcionalidad de la pena -ha sido el debate planteado por los miembros de la Comisión de Constitución, los Senadores Hernán Larraín y Patricio Walker-, en relación con el hecho que la justifica, es un logro de la humanidad. Con la adopción de este principio orientador de la política criminal moderna se supera el periodo del puro retribucionismo penal, en donde el castigo buscaba que se infligiera dolor al delincuente como forma de resarcir a la víctima y a la sociedad.
Francamente, quien llegue con ese espíritu al Congreso, estimo que no le hace bien ni a la familia de Emilia ni a otras situaciones que en el futuro los jueces tengan que resolver.
Benjamín Franklin, en pleno siglo XVIII, apelando a criterios pragmáticos, llegó a sostener que la pena, cuando no era proporcional y justa, terminaba inhibiendo a los jueces de aplicarla, lo que es un gran riesgo que todo legislador, hasta el día de hoy, debe tener presente en su mente.
Entonces, sin querer juzgar la actitud de los Diputados, y como parte del debate, discrepo de aquellos que creen que la única manera de resarcir el daño social que se causa es infligir un daño al hechor y meterlo a la cárcel. No me parece que sea el camino.
La Cámara Baja aprobó un texto que fue considerado excesivo por la Comisión de Constitución del Senado en relación con el aumento de la pena para el delito de conducción en estado de ebriedad causando lesiones o muerte. El argumento central es que la agravación de la pena es de tal entidad que terminaremos sancionando con penas de delito doloso a uno que es esencialmente culposo: imprudencia temeraria, pero donde no hay dolo. Hay consenso en que no existe dolo en un delito donde no media la capacidad de representación de los elementos del tipo penal ni la decisión consciente de cometerlo.
La ciencia médica dice que cuando un sujeto conduce en estado de ebriedad -algunos dirán que con esto se está defendiendo al delincuente, aunque nadie lo está haciendo- hay claridad en que esa persona se halla sin control de sus actos y sin capacidad de representación del tipo penal de lo injusto y su cerebro no es capaz de percibir el riesgo -al contrario, muchas veces lo minimiza- ni tampoco puede controlar sus acciones, sus movimientos, etcétera.
Entonces, la Comisión de Constitución ha dado una señal potente al elevar de 3 años y un día a 10 años el rango que les da a los jueces. El tema central es que, a raíz de un caso dramático, doloroso, no podemos alterar más todavía la proporcionalidad actual de las penas. Hoy día tenemos una desproporción absoluta.
En un delito como el que se encuentra en análisis, porque es un delito, no entendemos la manera como el tribunal puede aplicar las atenuantes de colaboración con la investigación e irreprochable conducta anterior. Esta última puede que sea más objetiva, en fin.
Por lo tanto, al partir de un hecho esencialmente culposo y elevarlo a la misma categoría de un acto que puede terminar con una persona degollada, muerta con alevosía, no estamos hablando de lo mismo.
Pienso que el debate debe reconducirse al tenor de lo que fue la discusión en la Comisión de Constitución y por eso estoy dispuesto a respaldar su informe.
Aunque no me gusta lo propuesto por el Honorable señor Espina, si me viera forzado a votar alguna de las dos indicaciones, por supuesto que me pronunciaría a favor de la del señor Senador, a pesar de que no comparto algunas de las hipótesis que presenta.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente, como han señalado varios señores Senadores, nos hallamos ante una materia delicada, porque estamos legislando a partir de un hecho particular, pero eso no significa que queramos resolverlo. Al mismo tiempo, hay que velar por una mirada más integral del proceso, que diga relación con los muchos otros casos que han ocurrido y que van a ocurrir en el futuro.
Entonces, escucho los argumentos y comparto el punto de vista jurídico que sostiene que debe tener proporcionalidad el sistema chileno a la hora de fijar las penas. Creo que eso debería ser lo correcto, porque no es lo mismo alguien que comete un delito con dolo que alguien que es -entre comillas- negligente.
Sin embargo, nuestra legislación es tremendamente pobre en esta materia. Una serie de penas carecen de proporcionalidad en el sistema actual.
En consecuencia, ese argumento comienza a perder peso cuando vemos a diario lo que sucede en este Parlamento y en la sociedad. ¡Qué proporcionalidad hay en el tipo de pena y qué valoración le estamos dando, como sociedad chilena, a determinado tipo de faltas y delitos!
No pretendo irme por las ramas, pero ¿qué pasó en el caso de la colusión de las farmacias? Hubo un pacto entre tres cadenas; obtuvieron 40 millones de dólares en ganancias y la sanción a los "culpables" fue solo de pagar 225 millones de pesos (500 mil dólares) y tomar clases de ética.
No advierto proporcionalidad respecto del daño causado. Y, sobre eso, ni una moción parlamentaria. No veo al Gobierno que corra rápidamente a pedir cárcel para la gente que se colude, en circunstancias de que se planteó en su oportunidad, en este mismo Parlamento, que para los delitos "de cuello y corbata" debía haber cárcel.
¿Y por qué no la hubo en ese caso? Porque, en el fondo, se dice: "Era mucho".
Entonces, tenemos una legislación que ya está porosa en esta materia. Sin embargo, el caso de Emilia se vive todos los fines de semana largos, todos los 18 de septiembre y todos los años nuevos, pero ahora en escala menor, pues la sociedad chilena ha ido tomando conciencia.
El año pasado el proyecto de Ley de Tolerancia Cero fue muy discutido. No sé cuál habrá sido la impresión de amistades y familiares de cada uno de los Senadores presentes. No era popular: "¡Cómo vas a prohibir que alguien se sirva una copita de vino cuando va a un asado!". En verdad quienes asisten a uno nunca beben una copita, sino muchas. Otra cosa es que no hay fiscalización.
Lo que tenemos que hacer hoy día es enviar una tremenda señal hacia afuera. Hay legislaciones mucho más rudas que la que se está proponiendo aquí respecto del manejo bajo la influencia del alcohol. Y son sociedades decentes, civilizadas y democráticas, donde los ciudadanos están en el primer plano.
Me dicen que eso es injusto, porque vamos a poner una sanción equivalente a la que se aplicaría a alguien que, con dolo, se propone matar a una persona. Probablemente lo sea, pero es la señal que quiero mandar a la sociedad chilena.
Yo no tengo problema con el consumo del alcohol. Lo que no tolero, como señal, es que alguien después de beber conduzca. Creo que fue la Senadora señora Pérez quien dijo algo que comparto: los vehículos son armas, al final del día. ¡Armas! Una persona borracha decidió ingerir alcohol antes. Nadie la obligó a tomar. Y ahí está la responsabilidad.
Ciertamente, ninguna persona que aborda un auto quiere atropellar o tener un accidente. Pero ¿cómo hacemos sancionable socialmente al que toma esa decisión en forma libre?
Creo profundamente en las libertades individuales. He presentado proyectos polémicos en el Congreso sobre todo tipo de materias: derecho al aborto, derecho al autocultivo de marihuana, derecho a la no discriminación, matrimonio igualitario. Pero, cuando se trata de ofender a terceros, hay que poner límites. Y lo tan repetido de que mi derecho termina donde comienza el de los demás es lo mejor que se aplica en este caso.
No hay una solución perfecta. Y entiendo el argumento del Senador señor Hernán Larraín. Es un planteamiento lúcido. Pero donde tenemos que hacer un esfuerzo es en la señal que vamos a enviar a la sociedad chilena. Esa es la cuestión.
Sí, es muy probable que la pena para ciertos delitos del Código Penal y en cientos de otros casos sea desproporcionada. ¿Y las atenuantes? Lamentablemente, ellas sirven para todo. Hoy día una jueza puede aplicar la atenuante de irreprochable conducta anterior a Manuel Contreras, siendo correcta su resolución. ¡Es correcta! Así es la legislación. Yo quiero que la cambiemos.
Por eso, si no hay acuerdo, me voy a quedar con lo que se propuso inicialmente: una pena de cinco años y un día hacia arriba.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Sabag.

El señor SABAG.- Señor Presidente, no cabe duda de que los padres de Emilia, Benjamín y Carolina, y la ciudadanía han puesto muchas expectativas en este proyecto. En mi opinión, su gesto es muy loable, porque evidentemente están tratando de que se dicte una ley para que otras personas no sufran el tremendo dolor que ellos han tenido al perder a su hija.
La iniciativa en debate no los va a beneficiar. La futura ley se aplicará a los delitos que se cometan para adelante. Las leyes penales no tienen efecto retroactivo.
Hace pocos días conocimos un primer fallo realmente ridículo: el responsable se iba para su casa con una pena mínima.
Los jueces aplican la ley vigente. Y nosotros aquí pretendemos cambiarla, para que realmente sea eficaz y proporcional al daño causado por personas que conducen en estado de ebriedad y muchas veces drogadas. Provocan un dolor muy profundo y destruyen a veces las familias, los hogares. Y ello no puede quedar impune.
Por eso, he adherido a la propuesta de aumentar las penas, aprobada por la Comisión, y he apoyado la indicación del Senador señor Chahuán, la que, por supuesto, tiende a conseguir ese objetivo.
Su texto señala claramente: "Si se causaren algunas de las lesiones indicadas en el artículo 397 N°1 del Código Penal, se impondrá la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo y multa de ocho a veinte unidades tributarias mensuales.
"Si a consecuencia de dicha conducción en estado de ebriedad, se causare la muerte de una o más personas, se impondrá la pena de presidio mayor en su grado mínimo y multa de quince a treinta unidades tributarias mensuales. En ambos casos, se impondrá además la pena de inhabilitación perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica".
No me cabe duda de que esto hará pensar mucho a las personas antes de conducir luego de haber bebido. A lo mejor, algunas no se dan cuenta, pero los amigos y familiares deben hacérselo ver. En mi opinión, la Ley de Tolerancia Cero ha dado resultado, porque conforme a ella muchas personas hoy día se abstienen de tomar, aunque sea una copa.
O sea, vamos avanzando, aunque tenemos que avanzar mucho más.
Quiero acompañar en el dolor a Benjamín Silva y a Carolina Figueroa y a toda su familia, y decirles que es muy loable que ellos sigan luchando por que se apruebe una ley que quizá impida que se cause tanto dolor y sufrimiento a otras gentes en el futuro.
Por supuesto, voy a votar a favor de la indicación del Senador señor Chahuán, porque endurece fuertemente las penas.

El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Orpis.

El señor ORPIS.- Señor Presidente, casos como el que estamos conociendo hoy día -más allá de la influencia que pueden ejercer en la opinión pública, la cual ha tomado el de Emilia como su propia causa-, nos hacen cuestionarnos temas de fondo, de concepto jurídico, a los cuales me quiero referir, porque han sido parte del debate de esta tarde.
Se ha señalado que, con el aumento de penalidad que se da en cualquiera de las dos indicaciones presentadas, el conducir bajo la influencia del alcohol se está asimilando a una conducta dolosa. Y, desde un punto de vista penal, se hace una clara diferencia en las conductas dolosas y las culposas. Creo que ese es el fondo de lo que estamos discutiendo hoy día para efectos de establecer la proporcionalidad o no.
Pero, en este tipo de problemas, en mi concepto, se da una condición distinta. Porque los efectos de la decisión de beber tienen que retrotraerse al estado anterior en que se encontraba una persona; es decir, cuando estaba plenamente consciente. Con absoluta libertad decidió beber y conducir. Pero, en ese evento, tenía que estar plenamente consciente de que hacerlo en estado de ebriedad podía terminar en lo que concluyó el caso Emilia.
Por lo tanto, no estamos frente a un hecho culposo, en que la persona, sin beber, comete un accidente de tránsito que puede tener los mismos efectos. No, aquí el responsable es libre para beber o no. Pero, al momento de hacerlo, debe estar plenamente consciente de que al conducir puede provocar daño, muerte, mutilación.
Entonces, es muy tenue la línea que separa una conducta dolosa de una conducta en que a conciencia se podía prever, o al menos sospechar, cuáles iban a ser sus consecuencias. Porque, evidentemente, una persona que maneja bajo los efectos del alcohol o en estado de ebriedad sabe que su acto va a implicar limitaciones en sus reacciones. Es decir, conoce de antemano, al momento de beber, cuáles pueden ser las consecuencias de su acto.
Por lo tanto, me parece absolutamente lícito aumentar las penas. Porque no estamos frente a un delito culposo tradicional, sino ante uno en que existe plena conciencia de los resultados que puede acarrear el conducir en estado de ebriedad y en que la decisión de hacerlo se toma previamente con absoluta libertad.
Por eso, señor Presidente, estoy de acuerdo en aumentar la penalidad para este tipo de delitos, pues causan mucho daño, especialmente, a mi juicio, al provocar quizás lo más importante que se halla en juego: quitar la vida a las personas o dejarlas con serias dificultades para seguir viviendo.
En consecuencia, eso hay que retrotraerlo al estado inmediatamente anterior: a que cuando una persona beba se haga responsable, si decide tomar el volante y conducir bajo los efectos del alcohol, de que puede generar las consecuencias que hemos conocido no solo en este caso, sino en bastantes más a nivel nacional y cada vez con mayor frecuencia.
He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente).- Vamos a proceder a votar la indicación renovada número 3, presentada por el Honorable señor Espina y otros señores Senadores.
Se ha pedido votación separada, por un lado, de los números 2° y 3°, y por otro, de todos los numerales.
En consecuencia, lo razonable sería pronunciarse respecto a cada número, ojalá de la manera más expedita posible.
Tiene la palabra el Honorable señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, ¿no sería mejor votar primero la indicación globalmente y después ir votando número por número? Porque si se rechaza en general¿

El señor PIZARRO (Presidente).- ¿Qué pasa si ocurre eso?

El señor LARRAÍN.- Entonces, da lo mismo¿

El señor PIZARRO (Presidente).- Lo que sucede es que hay señores Senadores que pidieron dividir la votación de la indicación pues creen que es factible aprobarla parcialmente.

El señor LARRAÍN.- Está bien. Usted fija las reglas.
El señor PIZARRO (Presidente).- Ellos están en su derecho.
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, no intervengo para pronunciarme a favor o en contra de la indicación, sino para manifestar que le hice presente una observación al Honorable señor Espina, autor de la indicación, acerca del número 4°, que dice: "Que no fuera titular del permiso de conducir exigido por la ley o su permiso hubiera sido anulado, suspendido o retenido.".
Ella se refiere a que establecer "suspendido o retenido" es demasiado amplio. Porque, por estacionarse mal, a cualquiera le pueden quitar la licencia de conductor. Y si, por desgracia, esa misma persona comete el delito de que se trata, al no contar con ese documento, cae en lo sancionado en el numeral 4°.
Es muy distinto el caso cuando el carné para conducir ha sido anulado o no se tiene.
Por eso le pedí a Su Señoría que, para no pronunciarme por toda la indicación, se suprimiera la frase "suspendidos o retenidos".

El señor PIZARRO (Presidente).- Señor Senador, una de las razones por las que vamos a votar separadamente radica en que hay observaciones respecto a varios números.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Entonces, cuando llegue el momento voy a plantearlo.

El señor PIZARRO (Presidente).- Corresponde pronunciarse primero sobre el numeral 1° de la indicación renovada N° 3.
En su texto se propone agregar al artículo 196 de la Ley de Tránsito el siguiente inciso cuarto:
"La pena prevista en el inciso anterior se aplicará en su grado máximo, en los casos en que el delito fuere cometido por un conductor que se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
"1° Cuyo nivel de alcohol presente en el flujo sanguíneo, al momento de los hechos, haya sido igual o superior a 1,2 gramos por mil de alcohol en la sangre o en el organismo, o cuando la conducción, operación o desempeño fueren ejecutados en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas.".
Quienes estén de acuerdo, votan que sí; los que no lo estén ni con la indicación ni menos con el número 1° votan que no.
En votación.
--(Durante la votación).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra para fundamentar el voto el Senador señor Gómez.

El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, la indicación persigue que en ciertas circunstancias, establecidas en su texto, se aplique la pena máxima.
Mi preocupación con el número 1° estriba, primero, en que su redacción me parece equívoca, y segundo, en que cambia el umbral del manejo en estado de ebriedad.
Conforme a la actual legislación, si conduzco con 0,9 o 1,2 gramos por mil de alcohol en la sangre, lo hago en estado de ebriedad y, por ende, se me condena a la misma pena.
En el numeral que se propone se aplica cierta pena a quien maneja con un nivel de alcohol de entre 0,81 y 1,2 gramos por mil, y otra distinta al que lo hace con uno de 1,2 gramos hacia arriba. Y ello me parece incorrecto.

El señor ESPINA.- ¡No es eso!

El señor GÓMEZ.- Cuando se produce la muerte de una persona es lo mismo manejar en estado de ebriedad con 0,81 o 1,2 gramos por mil de alcohol.
En segundo lugar, se menciona: "Cuyo nivel de alcohol presente en el flujo sanguíneo, al momento de los hechos, haya sido igual o superior a 1,2 gramos por mil de alcohol en la sangre o en el organismo, o cuando la conducción, operación o desempeño fueren ejecutados en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas.".
O sea, primero se habla de 1,2 gramos por mil, y después, de que se aplicará la misma sanción cuando se maneje en estado de ebriedad, en circunstancias de que, de acuerdo con la ley, se conduce en estado de ebriedad cuando se tiene sobre 0,8 gramos por mil.
Por lo tanto, me parece que esa norma no está bien redactada y no es correcta.
Considero que, si queremos hacer que el juez aplique una gradualidad en la pena, debemos establecer otro tipo de criterio. Por ejemplo, el de manejar con licencia falsa o los que menciona más adelante la indicación: tener sanciones anteriores, haber sido condenado, etcétera. Pero cambiar algo que en la actualidad opera para todos los chilenos: el límite de 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre, no me parece conveniente.
Entonces, voto en contra del número 1°.

El señor PIZARRO (Presidente).- Debemos efectuar cinco votaciones, más la de la otra indicación y la del resto del proyecto.
Para fundamentar el voto, tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, lamento estar en absoluto desacuerdo con lo planteado por el Honorable señor Gómez.
Al respecto, quiero explicar lo siguiente: si alguien maneja en estado de ebriedad, es culpable de un choque y produce la muerte de una persona o le provoca lesiones de una magnitud tan grave como la de dejarla impedida de trabajar para el resto de su vida o demente, conforme a lo aprobado por el Senado -olvidémonos de esta indicación-, ese conductor arriesga una pena que va de 3 años y un día a 10 años.
Lo que sostenemos es que existen ciertas circunstancias en que la conducta del acusado resulta aún más grave, y que, en tal caso, la sanción, en vez de partir de 3 años y un día, debe comenzar de 5 años.
Lo anterior es del todo razonable.
¿Podría el juez aplicar igual una pena de 10 años? Sí. Si el acusado conducía con 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre. Lo que nosotros queremos señalarle al señor juez es que si la persona manejaba en estado de ebriedad le puede aplicar una pena que vaya de 3 años y un día a 10 años. Pero que si lo hacía en estado de ebriedad con 50 por ciento más de lo fijado en la ley (0,8 gramos) la condena no puede partir de 3 años y un día, sino de 5 años y un día, porque esa conducta linda en el dolo indirecto.
¿Qué significa el dolo indirecto?
El dolo es directo¿

El señor GÓMEZ.- ¡Es permanente!

El señor ESPINA.- Yo lo escuché atentamente, Su Señoría.
El dolo directo¿

El señor GÓMEZ.- ¡Es permanente!

El señor ESPINA.- No.
Señor Presidente, alguien comete un delito con dolo directo cuando lo hace intencionalmente. En el caso que nos ocupa, una persona se expone en forma potencial a perpetrar el delito.
Lo que nosotros queremos manifestarle al conductor es: "Mire, una cosa es que usted maneje en estado de ebriedad y arriesgue una pena de entre 3 años y un día a 10 años, que es altísima. Pero le quiero advertir que, si lo hace con más alcohol en la sangre, su pena va a oscilar entre 5 años y un día y 10 años".
Ello, como señal para que el juez entienda que la sociedad reprocha la conducción en estado de ebriedad, pero lo hace mucho más si se maneja con mayor cantidad de alcohol en la sangre.
Se trata de una gradualidad razonable frente a estos hechos.
Y deseo agregar que, si no se aprueba esta norma, el juez igual puede aplicar esa sanción si considera tal conducta como una circunstancia agravante. Yo solo quiero obligar al juez a hacerlo por el delito en sí mismo.
Me parece de absoluto sentido común que, a medida que la conducta de la persona sea más -llamémoslo así- responsable en términos de la muerte, la sanción vaya siendo cada vez mayor. Y esa gradualidad está representada en el numeral que se propone.
Luego se dispone que, si además de manejar en estado de ebriedad, con 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre hacia arriba, la persona lo hace drogada, la conducta también tendrá una agravante.
En consecuencia, se establece la gradualidad a fin de que exista un criterio para que el juez suba la pena cada vez que la conducta sea más grave.
Y quiero manifestar que con esta disposición -no se trata de mencionar un caso puntual- el culpable del asesinato de Emilia Silva se hallaría en la cárcel, porque él conducía con 2,05 gramos por mil de alcohol en la sangre. ¡Con mayor razón, entonces!
Por lo tanto, reitero: la gradualidad que proponemos tiene el sentido de señalarle al juez que, a medida que la conducta sea más grave, aplique sanciones más graves.
Eso es lo que el legislador debe indicarle al juez: que utilice distintos criterios.
En definitiva, señor Presidente, considero que la indicación es razonable y que apunta en la dirección correcta.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Rossi, para fundamentar el voto.

El señor ROSSI.- Señor Presidente, voy a votar favorablemente el número 1°.
Estaba conversando aquí con mi amigo el Senador José Antonio Gómez, y lo cierto es que no comparto la lógica que él señala en cuanto a que no es posible establecer una diferenciación dentro de lo que conocemos como estado de ebriedad. Tanto es así que los legisladores, mediante convención, decidimos que conducir con la presencia de entre 0,3 y 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre significa hacerlo bajo la influencia del alcohol, y que con más de 0,8 se cae en estado de ebriedad.
Anteriormente, la sociedad chilena expresada en el Congreso determinó que un gramo era el límite para dictaminar si había una conducta que implicaba manejar bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad. Y, quizás, mañana se señale algo distinto conforme a los estudios que aparezcan. De hecho, el Senador Girardi mencionaba uno que decía que a partir de 0,3 ya habría una alteración neurológica que afectaría la capacidad de alerta de la persona y, por tanto, de conducción.
En definitiva, todo ello obedece a convenciones.
Por consiguiente, es perfectamente posible guiar al juez mediante el establecimiento de que en determinadas circunstancias puede considerarse como una agravante el que un conductor registre un nivel de alcohol en el cuerpo 50 por ciento superior al máximo permitido.
Esto también se da en otros ámbitos. Sus Señorías pueden ver, por ejemplo, que en algunas legislaciones se dispone que si la persona circula a 50 por ciento por encima del límite máximo permitido, o sobre 30 o 20 kilómetros por hora -al respecto, hay legislación comparada abundante-, tal conducta también constituye una agravante. Porque ¿cómo va a ser lo mismo transitar a 85 kilómetros por hora en una zona con un límite de 80, que desplazarse a 140 kilómetros por hora? ¡No puede ser igual!
Por eso, acá se entrega una herramienta que guíe al juez. Y, como bien dijo el Senador Espina -ya que aquí se ha mencionado tanto ese caso-, con esta norma, efectivamente se hallaría preso el culpable de la muerte de Emilia.
En consecuencia, voto que sí.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el numeral 1° de la indicación renovada N° 3 (18 votos contra 7 y una abstención).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Rincón y Von Baer y los señores Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Kuschel, Larraín (don Carlos), Orpis, Pérez Varela, Quintana, Rossi, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa los señores Chahuán, Escalona, Gómez, Lagos, Larraín (don Hernán), Muñoz Aburto y Pizarro.
Se abstuvo la señora Pérez (doña Lily).


El señor PIZARRO (Presidente).- En seguida, corresponde pronunciarse sobre el número 2° de la indicación, que dice: "Que haya sobrepasado en 30 kilómetros por hora o más la velocidad máxima autorizada en el lugar de comisión del hecho.".
En votación.
--(Durante la votación).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Gómez, para fundamentar el voto.

El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, tengo una diferencia conceptual esencial en este punto. Porque observo que lo que se persigue con la indicación es fijar criterios de aplicación de la pena, en el entendido de que hay situaciones de mayor riesgo, que, por tanto, deben ser sancionadas duramente.
¿Y cuál es esa discrepancia conceptual? Que, a mi juicio, lo sensato es que quien maneje no tome. Por ende, si hoy día conduzco en estado de ebriedad o con 1,2 o con 1,3 gramos de alcohol por mil en la sangre -como se propone- y mato a una persona, se me debe aplicar la sanción más dura. Eso es lo que queremos. No se trata de que el conductor circule a más velocidad o menos velocidad o que tome más o tome menos, sino de que no beba porque es peligroso y puede matar a niños y familias.
¡Ese es el punto!
Entonces, bajo ese concepto pareciera mucho más razonable la propuesta del Senador Chahuán -de él y de otros colegas, para no ponerle solo su nombre a la indicación-, pues, por último, es clara y dice una cosa precisa: "Si a consecuencia de dicha conducción en estado de ebriedad, se causare la muerte de una o más personas, se impondrá la pena de presidio mayor en su grado mínimo¿", etcétera. En cambio, lo que se plantea ahora es "entre que sí y que no".
Por eso, señor Presidente, estoy en contra de estas proposiciones.
Ahora, concuerdo con lo que argumentaba el Senador Espina en orden a que hay situaciones más graves respecto a las cuales se puede aplicar la gradualidad. Y de ahí que sostengo que manejar con un carné falso o cuando no se tiene licencia, por ejemplo, constituye una agravante adicional. Hay una serie de elementos que eventualmente permitirían fijar esa gradualidad desde el punto de vista de la dureza de la pena.
En definitiva, esto no es muy diferente a la iniciativa que discutimos anteriormente en la Sala. A mí me gustaría ver la grabación del debate del proyecto de ley que presenté sobre esta materia. Muchos decían "Cómo podemos hacer esto"; "Cómo vamos a impedir tomar un traguito"; "Cómo es posible que votemos una iniciativa tan dura". ¡Que me iban a echar del Partido Radical, porque estaba promoviendo que no se bebiera¿!
¡Esas eran las bromas que se hacían acá¿!
Y yo alegué -y lo sigo haciendo- que el ejemplo que debe darse a la sociedad chilena es que no se puede manejar cuando se toma.
¡Ese es el camino!
Por eso, estoy en desacuerdo con todas las graduaciones que se pretende establecer.
En tal lógica, si no se encuentra una fórmula, un mecanismo distinto -fue lo que planteé antes- para consignar ciertas agravantes respecto de la conducción en estado de ebriedad, prefiero que se aplique derechamente la pena que corresponde. Así, estoy seguro de que va a manejar bastante menos gente que haya bebido.
Gracias.
--(Aplausos en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Por favor, les pido guardar silencio a quienes se encuentran en las tribunas.
¡Supongo que no son radicales todos los que están arriba¿!
Hay dos señores Senadores más inscritos para fundamentar el voto.
Recuerdo a Sus Señorías que se está votando el segundo punto de la indicación, que consagra como condicionante "Que haya sobrepasado en 30 kilómetros por hora o más la velocidad máxima autorizada en el lugar de comisión del hecho".
Tiene la palabra el Honorable señor García.

El señor GARCÍA.- Señor Presidente, en el mismo sentido de lo que usted aclaró, debo precisar que nos estamos pronunciando sobre el numeral 2° de la indicación renovada número 3, que parte de una penalidad mucho mayor cuando una persona que maneja en estado de ebriedad causa lesiones gravísimas o con resultado de muerte. Y en este caso concreto, si lo hace a exceso de velocidad, sobrepasando en 30 kilómetros por hora el límite máximo autorizado.
Eso estamos votando.
Y a mí me parece del todo razonable que ello sea considerado un delito mayor. Porque, evidentemente, no solo se conduce en estado de ebriedad, sino, además, a exceso de velocidad.
Por lo tanto, partir con una pena de 5 años y un día (superior, por supuesto, a la de 3 años y un día, que es la norma general) me parece del todo razonable.
Por eso, voto a favor del numeral 2°.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el numeral 2° de la indicación renovada N° 3 (17 votos contra 10).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende y Von Baer y los señores Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Kuschel, Larraín (don Carlos), Orpis, Pérez Varela, Quintana, Rossi, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa las señoras Pérez (doña Lily) y Rincón y los señores Chahuán, Escalona, Gómez, Horvath, Lagos, Larraín (don Hernán), Muñoz Aburto y Pizarro.


El señor PIZARRO (Presidente).- Corresponde pronunciarse sobre el punto 3° de la indicación renovada N° 3, que dice: "Que hubiera sido condenado o se encontrare actualmente sujeto a una suspensión condicional del procedimiento por alguno de los delitos establecidos en el artículo 196 de esta ley. Estas circunstancias no se tomarán en cuenta después de tres años, contados desde la fecha en que quedó firme la resolución o sentencia que la decreta.".
En votación.
--(Durante la votación).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina para fundamentar el voto.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, a mí me interesa que quede claro el objetivo de cada norma.
Esta es absolutamente razonable.
Estamos partiendo de la base de que una persona comete el delito de manejo en estado de ebriedad y es culpable de un choque, por lo que se le debe aplicar una pena que va de 3 años y un día a 10 años. En este caso, el juez tiene que fluctuar en la sanción; y si hay circunstancias agravantes, comenzará de 5 años y un día hacia arriba, porque esa es la regla general en materia de penas.
Pero aquí hay una situación bien increíble.
Una persona comete el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y lesiones graves. El juez le dice: "Voy a suspender la causa," -puede hacerlo hasta por 3 años- "pues le daré una segunda oportunidad". Si esa persona, cuya causa está suspendida, reincide en igual conducta, lo razonable es que se le imponga una pena más grave, porque está actuando con un grado de malicia absoluta. O sea, cometió un delito y, a sabiendas de que se halla dentro del plazo de la suspensión del juicio que determinó el magistrado para darle una segunda oportunidad, incurre en el mismo ilícito. Entonces, lo razonable es que esta conducta tenga un reproche social mayor que el de la primera vez.
Por lo tanto, siguiendo la misma lógica, en este caso la pena parte de 5 años y un día a 10 años.
Ese es el fundamento de la norma que nos ocupa, señor Presidente.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el numeral 3° de la indicación renovada N° 3 (23 votos a favor, 2 en contra y una abstención).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Rincón y Von Baer y los señores Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Muñoz Aburto, Orpis, Pérez Varela, Quintana, Rossi, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa la señora Pérez (doña Lily) y el señor Chahuán.
Se abstuvo el señor Pizarro.


El señor PIZARRO (Presidente).- Pasaremos al numeral 4° de la indicación renovada N° 3.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor PIZARRO (Presidente).- Primero voy a leer la norma, señor Senador, y después le daré la palabra.
El punto 4° dice: "Que no fuera titular del permiso de conducir exigido por la ley o su permiso hubiera sido anulado, suspendido o retenido.".
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar, quien planteó una cuestión de forma respecto al contenido de este punto.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, solicito votar separadamente la expresión "suspendido o retenido", porque soy partidario de eliminarla.
Es posible que a una persona le suspendan o le retengan la licencia de conducir por una infracción de tránsito menor; por ejemplo, un mal estacionamiento. Pero eso no se puede comparar con las motivaciones que determinan la anulación del permiso, las que normalmente son graves. Y tampoco es comparable con la situación de quien maneja sin tener licencia.
Por eso, propongo votar por separado la expresión "suspendido o retenido".

El señor PIZARRO (Presidente).- ¿Qué opinan los autores de la indicación?
Si se aprobara la sugerencia del Honorable señor Zaldívar, el N° 4° quedaría así: "Que no fuera titular del permiso de conducir exigido por la ley o su permiso hubiera sido anulado.".
¿Habría acuerdo en la Sala?

El señor ORPIS.- Sí, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Entonces, se pondría en votación el punto 4° sin la expresión "suspendido o retenido".
Tiene la palabra el Senador señor Gómez.

El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, hay que agregarle a este numeral una sanción que existe en la ley, relativa al uso de licencias de conducir falsificadas. Esa también debiera ser una agravante. Empero, aquí no se la incluye.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- ¡Pero si es lo mismo!

El señor GÓMEZ.- No: es diferente. Se trata de una norma de la Ley de Tránsito. Por lo tanto, también debiera incorporarse aquí, como agravante.
Yo voté a favor de los puntos anteriores porque apoyo ese tipo de agravantes. Pero no me parece adecuado que se establezcan diferencias. O sea, a quien conduce borracho, aunque se desplace a 10 kilómetros por hora, si mata a una persona, hay que aplicarle las penas correspondientes.
En este caso, pienso que se trata de agravantes que se deben incluir.

El señor PIZARRO (Presidente).- Yo sugiero lo siguiente, señor Senador.
Votemos la primera parte del punto 4°, mientras Su Señoría analiza una posible redacción para el aspecto cuestionado. Porque es factible que una persona conduzca con una licencia que, siendo verdadera, no le pertenece. Sin embargo, eso es distinto de que lo haga con una falsa.
¿Le parece a la Sala?
Entonces, esperaríamos la redacción elaborada por Su Señoría para completar el numeral 4°, y luego, si hubiera acuerdo unánime en la Sala, podríamos incorporarla. Ese sería el procedimiento.
Tiene la palabra el Senador señor Chahuán para fundamentar su voto.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, quiero explicar mi votación negativa en cada uno de los puntos anteriores, pues estoy defendiendo la tesis de la indicación que renovamos un grupo de diez Senadores.
De todas maneras, no obstante que considero un avance importante lo que estamos aprobando el día de hoy, mantengo la posición de que la indicación que planteamos con otros nueve Senadores era la opción más idónea.

El señor PIZARRO (Presidente).- Sugiero lo siguiente: mientras se busca una redacción que pueda concitar acuerdo unánime, podemos votar el numeral N° 5 de la indicación renovada.
¿Ya hay una propuesta de redacción para el numeral 4°?

El señor ESPINA.- Sí, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ESPINA.- Señor Presidente, la redacción que acabo de conversar con los Senadores Larraín y Gómez, la cual, obviamente, debe ser refrendada por la Sala, es del tenor siguiente: "Que no fuera titular del permiso de conducir exigido por la ley o su permiso hubiera sido anulado o falso".

El señor PIZARRO (Presidente).- Le agradecemos la brevedad, señor Senador.
¿Habría acuerdo para votar ese texto?
--Así se acuerda.
El señor PIZARRO (Presidente).- Entonces, en votación el numeral 4°, al que se le eliminaron las palabras "suspendido o retenido" y se le incorporaron los términos "o falso" después de la expresión "anulado".

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el numeral 4°, con las modificaciones que explicitó el señor Presidente (20 votos a favor, 3 en contra y una abstención).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende y Rincón y los señores Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Carlos), Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Quintana, Rossi, Sabag, Tuma, Uriarte y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa la señora Pérez (doña Lily) y los señores Chahuán y Larraín (don Hernán).
Se abstuvo la señora Von Baer.


El señor PIZARRO (Presidente).- A continuación debemos pronunciarnos sobre el numeral 5°, que dice: "Cuya profesión u oficio consista en el transporte de personas o bienes y el delito haya sido cometido en el ejercicio de sus funciones.".
En votación.
--(Durante la votación).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Espina para fundamentar su voto.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, el Senador Escalona me dijo: "¡Esto es una arbitrariedad! ¿Por qué un chofer profesional va a tener una sanción superior con respecto a quien no lo es?".
La razón es muy sencilla: su profesión le exige mayor cuidado en lo que hace y la gente que va en el vehículo confía en que es buen conductor.
Lo que nosotros pretendemos aquí es seguir el criterio de agravación.
Si un chofer conduce en estado de ebriedad un bus al que subieron, por ejemplo, 30 personas que confiaban en que iban a ser transportadas con seguridad; si igual forma de manejar tiene lugar en un taxi colectivo o básico que traslada a personas que suponen que quien conduce el vehículo porta un carné conseguido luego de cumplir exigencias mayores, en ambos casos se registra una conducta susceptible de mayor reproche, pues no solo se comete el delito de manejar en estado de ebriedad -y pensemos en un accidente con resultado de muerte-, sino que, además, de una manera u otra se defrauda a quienes confían en los choferes profesionales y esperan de ellos un comportamiento más correcto.
Por lo tanto, también se sigue la hipótesis de la mayor responsabilidad.
Y voy a dar algunos ejemplos.
Primero, hay una figura penal -hicimos la búsqueda con la secretaría- vinculada con los salvavidas.
Si una persona se está ahogando y otra no se tira al agua para salvarla, podrá decírsele: "Usted tuvo capacidad para intervenir y no actuó". Es factible que haya un delito por omisión. Y tal vez la respuesta será: "Yo no estoy obligado". ¡Pero el salvavidas tiene obligación!
Segundo, si un policía al que se le pide socorrer a una persona que está siendo víctima de un atraco aduce que no le corresponde hacerlo, un vecino que va por la calle podría señalarle: "¡Usted es un profesional del orden público!".
Tercero, si un bombero, cuya misión es apagar incendios, en el momento en que debe actuar ante un siniestro dice "Yo no voy a hacer nada", su conducta es reprobable a raíz de que asumió frente a la sociedad un deber de envergadura mayor.
En consecuencia, en esa hipótesis, lo razonable es que quien tiene más responsabilidad asuma un reproche social mayor.
Ese es el fundamento de la norma en comento, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Escalona, para fundamentar su voto.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente, en mi concepto, este número 5° implica quitarle completamente el sentido a este proyecto de ley, e incluso, no está de acuerdo con su idea matriz.
Nosotros no estamos convocados acá para sancionar a los choferes por el ejercicio de su profesión: el sentido de toda esta discusión es castigar a los drogadictos y a los borrachos que se suben a un vehículo para manejarlo.
Entonces -repito-, todo esto, que parece muy académico, muy bonito, al final desvirtúa el sentido de la iniciativa que se nos pide aprobar o rechazar, y además -lo digo sinceramente-, se aparta de la idea matriz del texto original.
Ahora, las argumentaciones, las comparaciones o las metáforas que hizo el Senador Espina son absolutamente arbitrarias. No se puede comparar la situación del conductor de un vehículo para el transporte escolar con la de un carabinero, por ejemplo, pues su sentido de vida y su preparación profesional son del todo diferentes.
Insisto en que, lamentablemente, con este tipo de proposiciones se pierde el espíritu original del proyecto: castigar a quienes conducen ebrios o drogados.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra, para fundamentar su voto, el Senador señor Rossi.
El señor ROSSI.- Señor Presidente, solo deseaba dar otros ejemplos en la línea de lo que planteaba el Senador Espina en materia de agravantes. Pero no voy a abundar al respecto.

El señor PIZARRO (Presidente).- Senadora señora Lily Pérez, puede fundamentar su voto.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, solo quiero manifestar, para la historia de la ley, que he votado en contra de estas proposiciones porque no me satisfacen.
Pese a que reconozco el esfuerzo que ha puesto en ellas el colega Espina y a que las firmé primitivamente, lo que plantean no me parece suficiente para satisfacer mi aspiración: que se haga justicia en todos los casos.
Por eso, con el Senador Chahuán presentamos una indicación mucho más drástica con respecto a la aplicación de las sanciones máximas y al agravamiento de las penas que establece actualmente la ley. Y nos habría gustado que junto con eso se hubiera revisado una serie de sanciones.
Por lo expuesto, deseo que quede testimonio de por qué he votado en contra de estas proposiciones.

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente, fundamentaré mi pronunciamiento básicamente porque creo que tal vez el punto 5° de esta indicación se va a aprobar, muy a mi pesar, tal como está y ni siquiera tendremos la oportunidad de discutir la de los colegas Chahuán y Lily Pérez, que yo quería votar a favor.
Solo deseo expresar que el objetivo era enviarle a la sociedad chilena una señal sobre qué tipo de legislación deseamos, qué clase de valores queremos transmitir.
Entiendo todas las disquisiciones jurídicas que se han hecho acá, pero, para mí, la idea de fondo es la siguiente: no se trata de que la gente no beba alcohol, sino de que no conduzca cuando lo ha hecho.
Esta no es una persecución ni nada por el estilo. La cuestión estriba en que constituye una irresponsabilidad tremenda el que una persona curada, borracha, se suba a un vehículo, tome el volante y mate a alguien mientras lo conduce.
¡Esa es la señal que debemos dar!
Nosotros legislamos sobre muchas cosas, Senador Espina -se lo digo por intermedio de la Mesa-, pero (seamos francos) son pocas las que les hacen sentido a los ciudadanos.
La gente entiende lo que ahora nos ocupa y el país muestra un progreso en esta clase de materias.
En efecto, hoy existe más conciencia en cuanto al problema de conducir bajo los efectos del alcohol; al daño que causa el tabaco, en fin. Hemos avanzado enormemente en una serie de aspectos. Y yo creí que esta legislación iba a ayudar a seguir en ese camino.
¿Que en el Código hay otras penas que son desproporcionadas? No me cabe ninguna duda. Pero no por eso yo iba a dejar de legislar en esta materia.
Entendí el esfuerzo que trató de hacer el Senador Espina. Sin embargo, creo que la señal que hemos de dar debe ser ¡categórica!: el problema no es el consumo de alcohol, sino la conducción bajo los efectos de su ingesta.
Es una opción que tiene cada ciudadano llegado el minuto. Y eso es lo que no estamos logrando acá en este ejercicio.

El señor ESPINA.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor PIZARRO (Presidente).- No le puedo dar la palabra de nuevo, señor Senador, pues ya fundó su voto.

El señor ESPINA.- Es algo muy breve.

El señor PIZARRO (Presidente).- No es posible, Su Señoría. Estamos en votación, y usted ya fundamentó su posición.
Ahora bien, al Senador señor Escalona solo quiero señalarle que, en mi concepto, la indicación sí tiene que ver con la idea matriz del proyecto.
Los conductores profesionales reciben un tratamiento especial: son objeto de una formación especial; realizan cursos especiales; tienen un tipo de licencia especial; cumplen una función profesional, y en muchos casos, también social, y en todo el resto de los planteamientos legales establecidos en cada una de las normas se les da un tratamiento distinto.
Ahora, efectivamente, como lo que se ha propuesto acá son agravantes, el asunto resulta más complejo. Y es una agravante el que un chofer profesional, en el ejercicio de su función, transporte pasajeros o carga en estado de ebriedad, bajo la influencia del alcohol o tras haber consumido estupefacientes.
Aunque el punto es opinable, Honorable señor Escalona, estimé oportuno dejar aquella constancia.

El señor ESCALONA.- Pero no es lo que se está votando, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente).- Estamos votando el número 5° de la indicación N° 3, señor Senador.
El señor ESCALONA.- Insisto en que no es lo que se está votando.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el punto 5° de la indicación renovada N° 3 (15 votos contra 7 y una abstención).
Votaron por la afirmativa la señora Von Baer y los señores Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Larraín (don Hernán), Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Quintana, Rossi, Sabag, Tuma y Uriarte.
Votaron por la negativa la señora Pérez (doña Lily) y los señores Chahuán, Escalona, Horvath, Lagos, Larraín (don Carlos) y Muñoz Aburto.
Se abstuvo la señora Allende.
El señor PIZARRO (Presidente).- En consecuencia, con las modificaciones que la Sala acordó introducir al N° 4°, queda aprobada la indicación renovada N° 3 y, como se estableció al iniciarse el tratamiento del proyecto, rechazada la indicación renovada N° 2, del Senador señor Chahuán.

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El señor ORPIS.- Pido la palabra.

El señor PIZARRO (Presidente).- La tiene, Su Señoría.

El señor ORPIS.- Señor Presidente, el proyecto de reforma constitucional que establece la obligación del Estado de eliminar todos los obstáculos de hecho que impidan el pleno desarrollo de las personas fue aprobado en general hoy día por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
Como hay un acuerdo del Senado en el sentido de que también vaya a la Comisión de Constitución, solicito que se recabe la anuencia necesaria para que el paso a esta se omita en el primer trámite reglamentario y se realice durante la discusión en particular.

El señor PIZARRO (Presidente).- O sea, la idea es obviar el trámite a la Comisión de Constitución en el primer informe...

El señor ORPIS.- Exacto.

El señor PIZARRO (Presidente).- ¿ y efectuarlo en el segundo.

El señor ORPIS.- Sí, en la discusión particular, porque, a pesar de que la iniciativa es de artículo único, hubo acuerdo para realizar el trámite a dicho órgano técnico.

El señor PIZARRO (Presidente).- ¿Le parece a la Sala?
--Así se acuerda.
El señor ORPIS.- Gracias, señor Presidente.
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El señor PIZARRO (Presidente).- Informo a la directiva del Colegio de Profesores, la cual se encuentra en la tribuna, que ha terminado el Orden del Día.
En la próxima sesión ordinaria tendremos que abocarnos al debate en torno al informe recaído en la consulta de la Sala sobre la admisibilidad del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que renueva la vigencia de la ley N° 19.648, relativa a acceso a titularidad de los docentes a contrata en los establecimientos públicos subvencionados.
--(Manifestaciones en tribunas).
Deseo expresarles a los asistentes en las tribunas que la Mesa del Senado y los Comités, a petición de la directiva de su Colegio, aquí presente, que conversó conmigo, pasamos a llevar la configuración de la tabla y trasladamos el asunto desde el lugar 29 del Orden del Día al tercero para tratar de verlo ahora, no obstante que no media ninguna calificación de urgencia. Esta última, como ustedes saben, la coloca el Gobierno. Adoptamos la medida por decisión nuestra, en el entendido de que iba a ser posible hacerlo.
Esa misma voluntad, en la medida en que ustedes tengan paciencia -porque la han tenido, y mucha-, es la que vamos a seguir¿
--(Manifestaciones en tribunas).
Consciente de sus motivos, les pido comprender que no siempre depende de nosotros ocuparnos en primer lugar de una materia. Intentamos hacer un esfuerzo colectivo, pasando a llevar otras urgencias que reglamentariamente deberíamos considerar antes, para poder ver el proyecto de ustedes.
La sesión ordinaria siguiente se celebrará el martes próximo y esperamos tratar en esa ocasión lo que a ustedes les interesa, junto con diversas iniciativas.

El señor TUMA.- En primer lugar.

El señor PIZARRO (Presidente).- Así que mientras más serenidad y colaboración se manifiesten, menos problemas podemos enfrentar, porque basta que se ponga urgencia a otros proyectos o que esta sea calificada de "discusión inmediata" para que el asunto vuelva al lugar número 29.
Además, ustedes saben que la materia implica un debate y una decisión bastante complejos, porque lo primero que se requiere decidir es la admisibilidad o no, que es otro de los aspectos en discusión.
Entonces, la mayor tranquilidad que tengamos para poder resolver se las agradeceré mucho.
No puedo garantizar que el informe será tratado el martes próximo, pero intentaremos que así suceda. Por favor, comprendan lo que digo. Sus dirigentes conocen mejor que nadie la decisión que hemos tenido que tomar ante la petición de ustedes. Mantengamos, por favor, el debido respeto.
--(Manifestaciones en tribunas).
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS

El señor LABBÉ (Secretario General).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.

El señor PIZARRO (Presidente).- Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
De la señora ALLENDE:
Al señor Ministro de Salud, para que se informe sobre MEDIDAS DE MINISTERIO ANTE DENUNCIA CONTRA DIRECTOR REGIONAL DE SERVICIO DE SALUD DE ATACAMA.
De la señora RINCÓN:
A la señora Directora Nacional del Servicio Electoral, solicitándole ESTABLECIMIENTO DE LOCAL DE VOTACIÓN EN MELOZAL, COMUNA DE SAN JAVIER, y al señor Gerente de Seguridad y Operación Norte, Centro y Sur de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, con el objeto de que proceda a REVALUAR SUPRESIÓN DE GUARDIA DE SEGURIDAD EN ESTACIÓN RETIRO.
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El señor PIZARRO (Presidente).- En Incidentes, los Comités Independientes y Movimiento Amplio Social no intervendrán.
En el turno del Comité Socialista, tiene la palabra el Honorable señor Escalona.


INCUMPLIMIENTO DE PLATAFORMA SOCIAL COMPROMETIDA EN TRAMITACIÓN DE LEY DE PESCA. OFICIO

El señor ESCALONA.- Señor Presidente, en el día de hoy se ha registrado una manifestación de numerosos pescadores artesanales en una situación social muy conflictiva, de angustia y de pobreza, en la ciudad de Concepción. Demandan el correcto cumplimiento de la plataforma social comprometida con ellos cuando se discutió y aprobó la Ley de Pesca, el que no está siendo concretado, lamentablemente.
En el caso de la Región del Biobío se trataba de recursos del Gobierno Regional y de la Subsecretaría de Pesca, con el propósito de atender la aflictiva condición de varios miles de familias del sector de la pesca artesanal.
Sin embargo, hay fuertes reclamos y quejas por las nóminas de beneficiarios, por los criterios utilizados y, especialmente, por la exclusión de centenares de personas cuya pertenencia al oficio es incontrovertible, pero que, por diferentes razones, han sido marginadas de la posibilidad de acceder a la medida.
Lo anterior está afectando seriamente la paz social en la Octava Región. Es una cuestión que irrita y afecta enormemente en el ámbito local. Como es sabido, la zona perdió empuje en su crecimiento económico. Los habitantes estiman que se encuentra virtualmente detenida, desde el punto de vista de la posibilidad de enfrentar eficientemente sus dificultades económicas y sociales en el corto y mediano plazo.
El desempleo se ha acentuado. La desocupación y la cesantía son fenómenos lamentablemente recurrentes. No hay ninguna posibilidad de que estos pescadores artesanales resuelvan sus problemas de ingreso familiar por la vía de un empleo, porque este no se encuentra, y especialmente en las zonas del borde costero es escaso y no se ha logrado restablecer.
Por lo tanto, la situación es altamente conflictiva y puede generar una situación muy delicada, desde el punto de vista de la paz social, de modo que solicito que se requiera al Presidente de la República, como firmante de la Ley de Pesca, el cumplimiento de los compromisos establecidos en la plataforma social que el Congreso Nacional votó en los meses pasados.
Los pronunciamientos del caso se llevaron a cabo aquí en la Sala en diciembre del año anterior. Un fallo del Tribunal Constitucional validó dicho cuerpo legal, donde un artículo que no se especificó, pero que existe, estableció el compromiso del sistema político de llevar adelante una plataforma social que enfrentara y aliviase la situación de decenas de miles de familias que iban a ser afectadas por la implementación de ese ordenamiento.
En consecuencia, demando del Primer Mandatario el cumplimiento de aquello que fue comprometido personalmente en la Sala por su representante, el entonces Ministro de Economía, señor Pablo Longueira.
De no ser así, de no empeñarse efectivamente el Ejecutivo en proveer los recursos que se necesitan, desde luego que resulta sombrío el horizonte en la Región del Biobío, por el drama que se registra en el sector de la pesca industrial y artesanal.
Insisto en que reclamo del Jefe del Estado el cumplimiento de la palabra empeñada.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del Honorable señor Escalona, conforme al Reglamento.

El señor PIZARRO (Presidente).- No se ocupará el tiempo restante del Comité Socialista.
El Comité Demócrata Cristiano no intervendrá.
En el turno del Comité Partido por la Democracia, tiene la palabra el Senador señor Tuma.


SOLIDARIDAD CON GOBIERNO SIRIO ANTE EVENTUAL INVASIÓN DE ESTADOS UNIDOS. COMUNICACIÓN

El señor TUMA.- Señor Presidente, pertenezco a la Comisión de Relaciones Exteriores y, en el ámbito de mi permanente preocupación por lo que está ocurriendo en el Medio Oriente, quiero expresar mi inquietud y denuncia pública frente al manejo de una distorsionada información o desinformación que estamos recibiendo en muchos países adscritos a una sola fuente, preferentemente de Europa y los Estados Unidos, desde la cual nos llegan antecedentes absolutamente falsos, contradictorios y engañosos en relación con el conflicto del Medio Oriente y, particularmente, la situación de Siria.
Por todos los medios de prensa se está difundiendo que los Estados Unidos ya habrían decretado que dicho país está administrando armas químicas, denuncia similar a la registrada con relación a Iraq, donde nunca se encontraron. Y mientras las Naciones Unidas están indagando si ello es efectivo, los Estados Unidos ya determinaron que lo es, de la misma manera que lo hizo anteriormente en relación con el Gobierno de Saddam Hussein.
De acuerdo con información que he estado recibiendo, el 20 de agosto en curso -el 21 se habrían utilizado supuestamente armas químicas por el gobierno de Assad- ya se habían subido videos con la denuncia de que se había atacado a niños y jóvenes en la forma a que he hecho referencia.
Por mi parte, quiero condenar el uso de semejantes dispositivos, pero, al mismo tiempo, deseo reservarme el derecho de la denuncia respecto de los autores. Porque no hay ninguna razón para pensar, con lógica, que el Gobierno de Bashar al Assad, que tiene la situación del territorio prácticamente más controlada que en los últimos dos años, utilice justo ahora ese recurso contra la población civil que lo habita.
Todas las evidencias que entregan otros medios de comunicación y que llegan a Chile revelan que las fuerzas rebeldes organizaron el asesinato a fin de involucrar a los Estados Unidos en una decisión de ataque al Gobierno sirio, con el objeto de recuperar la posibilidad de ganar una guerra que tienen perdida.
Ello se lleva a cabo también con el apoyo de gobiernos árabes dirigidos por monarcas. La "primavera árabe" nunca tuvo lugar en las monarquías, que son precisamente las que han estado financiando a quienes proveen a los rebeldes contra el régimen de Bashar al Assad.
Podemos no compartir el modo en que se gobierna a Siria. Pero lo que no podemos hacer es asumir una conducta precisamente usada por quienes combaten a ese Gobierno para justificar una invasión de los Estados Unidos al país, lo que se inscribe en una política funcional al Estado de Israel, para los efectos de avanzar en un control de la zona. Si no solo van por Siria: también van por Irán.
En consecuencia, la cuestión es mucho más compleja de lo que publican los medios de comunicación.
Me parece, entonces, que existe un montaje deliberado del Departamento de Estado y que es muy probable que a estas horas o en poco más se invada o ataque Siria con el objeto de apoderarse de esos territorios o de que lo hagan los rebeldes, que están siendo financiados por distintos regímenes títeres de los Estados Unidos, así como también por dos o tres gobiernos europeos.
Aparte estos países e Israel, esa invasión no cuenta con simpatía general en el mundo. Creo que son muy aislados los que adhieren a la posición de los Estados Unidos y que la inmensa mayoría de los pueblos y países no quieren la continuación de estas acciones, de estas guerras. Juzgo que es algo que le hace mal a la humanidad.
Por eso, señor Presidente, pido que se envíe una nota, en mi nombre, al Embajador de Siria para expresar mi solidaridad frente al atropello que están viviendo el pueblo de ese país y el Gobierno de Bashar al Assad.
--Se anuncia el envío de la comunicación solicitada, en nombre del Honorable señor Tuma, conforme al Reglamento.

El señor PIZARRO (Presidente).- Los Comités Radical Social Demócrata y Unión Demócrata Independiente no intervendrán.
En el turno del Comité Renovación Nacional, tiene la palabra el Senador señor Horvath.


ADMISIBILIDAD DE PROYECTO QUE RENUEVA VIGENCIA DE LEY N° 19.648. OFICIOS

El señor HORVATH.- Señor Presidente, habiendo quedado atrás el calor del público en las tribunas, quisiera exponer que el informe de la Comisión de Constitución, donde se rechazó, por tres votos contra dos, la admisibilidad de la titularidad de los profesores, a contrata o en otra condición, no obedece exactamente a la representación política transversal que se registra en la Sala.
Dos informes en derecho concluyen que la moción sí es admisible, y, por lo tanto, la idea es levantar una voz de aliento para que efectivamente prospere en el Senado.
Aprovecho de pedir que se solicite información a los Ministerios de Educación y del Interior para saber, en el nuevo escenario, cómo los distintos municipios van a tomar y sustentar la situación.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del Honorable señor Horvath, conforme al Reglamento.


SOLUCIÓN DE DEUDA HISTÓRICA CON PROFESORES

El señor HORVATH.- Señor Presidente, deseo insistir, una vez más, como lo ha hecho varias veces el Senado a través de proyectos de acuerdo, en la necesidad de un sistema de solución de la deuda histórica que se mantiene con el magisterio. Ello incluso ha sido sancionado favorablemente por tribunales de nuestro país y por organismos internacionales.
Es preciso buscar, desde luego, una salida de la situación, aunque sea gradual, focalizada en los docentes de mayor edad, para que reciban el beneficio.


APOYO A CONSCRIPTOS QUE CUMPLIERON CON SERVICIO MILITAR ENTRE 1973 Y 1990. OFICIO

El señor HORVATH.- Señor Presidente, me permito pedir que se oficie al señor Ministro de Defensa -le expuse el punto hoy día en la Sala- a fin de que se entregue un informe pormenorizado de los conscriptos que hicieron su servicio militar, a partir de 1973, por más de dos años.
En el caso de regiones fronterizas como la que represento y la de Magallanes, se registraron incluso períodos iguales o superiores a partir de 1977, con motivo del desconocimiento del fallo arbitral de Gran Bretaña por parte de Argentina, y en 1982, con motivo de la toma de las islas Malvinas o Falkland, las Georgias del Sur y del riesgo que ello significó para nuestro país.
Lo anterior representó una cantidad importante de personas que se vieron obstaculizadas de desarrollar su trabajo en forma normal, y es justo que el Estado las apoye.
Gracias.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del Honorable señor Horvath, conforme al Reglamento.

El señor PIZARRO (Presidente).- El resto del tiempo del Comité Renovación Nacional no se ocupará.
Habiéndose cumplido el objetivo de la sesión, esta se levanta.
--Se levantó a las 19:54.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción