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REFORMA DE LEY N° 18.892 EN CUANTO A SUSTENTABILIDAD DE RECURSOS; PESCAS INDUSTRIAL Y ARTESANAL, E INVESTIGACIÓN Y FISCALIZACIÓN


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, nosotros habíamos presentado una indicación en este numeral y este artículo, porque entendimos que había que fijarles un plazo a las licencias. Y lo hicimos en subsidio de otra indicación, que se va a discutir en su oportunidad, que es la número 264. Esta es la N° 187.
Lamento que estemos atrasándonos con el informe de las Comisiones unidas, porque de verdad creo que sería bueno entrar a analizar estos temas de una vez para poder despejar los aspectos centrales del debate de la Ley de Pesca. Eso nos facilitaría avanzar en el resto.
Pero estamos discutiendo estos numerales, que dicen relación con la perpetuidad o no de las licencias en favor de los industriales, pues se establece su renovación automática, salvo que se incurra en alguna causal de caducidad.
En otras palabras, el plazo de 20 años que fija el artículo 26 A no tiene sentido, ya que la renovación no depende de la autoridad y opera prácticamente de manera automática. Esto ha sido largamente discutido y será expuesto cuando llegue el informe de las Comisiones unidas.
También ha sido objeto de análisis, señor Presidente, la propiedad de los recursos pesqueros, otro tema que vimos en las Comisiones unidas.
Por ello, al final los aspectos esenciales de este debate son los plazos por los cuales se entregan las licencias de pesca, su transabilidad y las causales de caducidad.
Producto de lo anterior, en el inicio de la discusión del proyecto de ley, junto con los Senadores señora Alvear y señores Bianchi, Tuma, Lagos y el mismo Senador Horvath, formulamos indicaciones para establecer licencias por un máximo de 15 años no renovables, más estrictas causales de caducidad tanto parcial como total.
No obstante, creímos que el plazo se podía acotar en el mismo período contemplado por la actual ley, correspondiente al límite máximo de captura, y por eso apoyamos la indicación presentada por los Senadores señora Allende y señores Escalona, Gómez, Letelier, Muñoz Aburto y Navarro, que consagra un plazo de 10 años. Ese es el sentido.
Probablemente, como dicen algunos colegas, este no sea el lugar donde debería hallarse ubicada, pero ese es su sentido: limitar y acotar la duración de las licencias. Y entendemos que esto quedaría despejado si entráramos al debate de los informes de ambas Comisiones, señor Presidente.
Gracias.