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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 338ª, ORDINARIA
Sesión 18ª, en miércoles 5 de agosto de 1998
Ordinaria
(De 16:18 a 19:14)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES ANDRÉS ZALDÍVAR, PRESIDENTE,
Y MARIO RÍOS, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ, TITULAR
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Bitar Chacra, Sergio
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Cordero Rusque, Fernando
--Chadwick Piñera, Andrés
--Díez Urzúa, Sergio
--Errázuriz Talavera, Francisco Javier
--Fernández Fernández, Sergio
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Hamilton Depassier, Juan
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pérez Walker, Ignacio
--Pinochet Ugarte, Augusto
--Pizarro Soto, Jorge
--Prat Alemparte, Francisco
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Urenda Zegers, Beltrán
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros de Hacienda y Directora del Servicio Nacional de la Mujer, el señor Subsecretario de Investigaciones y la señora Asesora del SERNAM.
Actuó de Secretario el señor José Luis Lagos López, y de Prosecretario, el señor Carlos Hoffmann Contreras.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:18, en presencia de 21 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se da por aprobada el acta de la sesión 17ª, ordinaria, en 20 de mayo del año en curso, que no ha sido observada.
El acta de la sesión 1ª, de la Legislatura Ordinaria, en 2 de junio del presente año, se encuentra en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
(Véase en los Anexos el acta aprobada).
IV. CUENTA

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor HOFFMANN (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Oficios
Tres de la Cámara de Diputados:
Con el primero, informa que ha aprobado el proyecto que amplía la competencia a tribunales de ciudades que indica, para conocer de infracciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura. (Boletín Nº 2.180-01) (Véase en los Anexos, documento 1).
--Pasa a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
Con los dos restantes, comunica que ha dado su aprobación a las enmiendas propuestas por el Senado a los siguientes proyectos de ley:
1) El que crea como categoría de ingreso de extranjeros al país la de Habitantes de Zonas Fronterizas. (Boletín Nº 1.113-06).
2) El que introduce modificaciones a la ley Nº 19.234, que establece beneficios previsionales para exonerados por motivos políticos. (Boletín Nº 1.978-13).
--Se toma conocimiento, y se mandan archivar junto a sus antecedentes.
Del señor Ministro del Interior, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Stange, referido a la ubicación de cuarteles policiales que señala, en la Décima Región.
Del señor Ministro de Hacienda, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Moreno, relativo a la construcción de la segunda etapa del embalse Convento Viejo.
Del señor Ministro de Educación, con el que responde un oficio enviado en nombre de la Senadora señora Frei (doña Carmen), referido al cierre de la Universidad Mariscal Sucre.
Del señor Ministro de Salud, con el que contesta un oficio enviado en nombre de la Senadora señora Frei (doña Carmen), relativo a un nuevo establecimiento asistencial en la zona norte de la ciudad de Antofagasta.
De la señora Ministra de Bienes Nacionales, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Stange, referido al proyecto Pumalín.
-- Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
De la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, sobre protección de la vida privada. (Boletín Nº 896-07) (Véase en los Anexos, documento 2).
De la Comisión de Agricultura, recaído en el proyecto, en primer trámite constitucional, iniciado en moción del Senador señor Moreno, que modifica el artículo 2º de la ley Nº 19.386, que establece normas para la enajenación de bienes comunes provenientes de la reforma agraria. (Boletín Nº 2.189-01) (Véase en los Anexos, documento 3).
--Quedan para tabla.
Solicitudes
Del señor Pedro Fuentes Jerez, con la que pide la rehabilitación de su ciudadanía. (Boletín Nº S 350-04) (Véase en los Anexos, documento 4).
--Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
Comunicación
De la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, con la que contesta la remisión, efectuada por la Sala, de la inquietud planteada por el Senador señor Pinochet, referida al caso de las personas que viven en zonas limítrofes y cuyos hijos nacen en un país vecino, donde quedan inscritos.
--Se toma conocimiento.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la Cuenta.

El señor LAVANDERO.- Pido la palabra, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Sobre la Cuenta, señor Senador?

El señor LAVANDERO.- Sí, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.

El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, en la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía estamos estudiando un proyecto de ley que regula la adquisición, pérdida y conservación de la nacionalidad, y en la de Constitución se hayan dos proyectos de reforma constitucional sobre otorgamiento de nacionalidad, de acuerdo con el artículo 10 de la Carta Fundamental. Habría tratar estas iniciativas en forma conjunta o que las de reforma las vea primero la Comisión de Constitución, y después, la de Derechos Humanos. Ello, porque debemos coordinar el tratamiento del proyecto de ley, que también deberá remitirse a la Comisión de Constitución.
Por consiguiente, solicito la anuencia del Senado para proceder de alguna de las dos maneras que indiqué.

El señor VIERA-GALLO.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, el Honorable señor Lavandero planteó algo que discutimos hoy día en la Comisión de Derechos Humanos, oportunidad en que señalé que parecía razonable que trabajáramos en forma conjunta en el estudio de estos proyectos. El Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, el Senador señor Silva, quedó en realizar una gestión ante el Presidente de la Comisión de Constitución para ver si esto era factible. Pero no creo que haya inconveniente, ya que se adelantó el tema, en que así lo resuelva la Sala.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señores Senadores, se ha hecho presente una proposición concreta, que someteré a la consideración del Senado, en el sentido de que las referidas iniciativas sobre nacionalidad, tanto el proyecto de ley como las de reforma constitucional, sean vistas en Comisiones unidas de Constitución y Derechos Humanos.
Si le parece al Senado, así se procederá.
Acordado.

HOMENAJE EN MEMORIA DE EX SENADOR SEÑOR CARLOS LETELIER BOBADILLA. COMUNICACIONES

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señores Senadores:
Hoy nos convocamos en el Senado para rendir un justo homenaje a quien fuera nuestro par, Senador institucional, nuestro querido y recordado amigo don Carlos Letelier Bobadilla.
Para el Senador que habla, el mejor homenaje que puede rendirse a una persona no es otro que el que nos enseña el Evangelio, que nos dice: "Por sus frutos los conoceréis".
Don Carlos fue una persona que no pasó desapercibida como peregrino por esta tierra. Por sus frutos podemos conocerlo. Porque ellos fueron abundantes, y no sólo lo enriquecieron en sus virtudes personales, sino que trascendieron en el servicio a los demás, en especial en la entrega a la función pública, sin renunciamiento, hasta el último instante de su vida.
Don Carlos Letelier nació el 7 de agosto de 1911, en San Bernardo. Casado con doña Emilia Pérés Robert, con quien formó una familia compuesta de cinco hijos: María Solange, Carlos, Ana María, Jaime e Isabel Margarita.
Realizó sus estudios en el Liceo de San Bernardo y el Instituto Nacional. Luego, ingresó a la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, donde se tituló de abogado en 1937. Ingresó al Poder Judicial en 1943, desempeñándose ese año como Secretario del Juzgado de Menor Cuantía de Valdivia. Fue Secretario del Juzgado de Rancagua y Relator de la Corte de Apelaciones de Chillán. En 1956, asumió como Relator de la Corte de Talca, y en 1957, como Juez del Segundo Juzgado de la misma ciudad, ejerciendo allí hasta 1960, cuando pasó a ocupar el cargo de Fiscal de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, hasta 1973. Ese año fue nombrado Ministro de la Corte de Apelaciones de Rancagua, y en 1976, comenzó a ejercer el mismo cargo en la Corte de Apelaciones de Santiago. En 1979, culminando con su carrera judicial, fue designado Ministro de la Corte Suprema de Justicia, cargo que desempeñó brillantemente, hasta que renunció el 14 de septiembre de 1989. En tal calidad, se desempeñó también como Presidente subrogante de la Comisión Antimonopolios, y fue miembro del Tribunal Calificador de Elecciones. Asimismo, como ex Ministro del Máximo Tribunal, fue designado Senador de la República, de acuerdo con las normas constitucionales vigentes.
Entre 1990 y 1998 acompañó a muchos de los aquí presentes en tal investidura. Fue miembro de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de la de Vivienda y Urbanismo de esta Corporación. En la primera, se destacó por su trabajo y participó activamente en todo tipo de materias: de naturaleza civil, como la disminución de la mayoría de edad a los 18 años, el establecimiento del régimen de participación en los gananciales y la violencia intrafamiliar; en lo penal, en la ley sobre control de drogas y estupefacientes; en lo laboral, en la primera reforma sobre terminación del contrato de trabajo, estudiada por las Comisiones de Constitución y de Trabajo, unidas, y, por cierto, en todas las de orden procesal relacionadas con la creación de nuevos juzgados y, en general, con las atribuciones de los tribunales de justicia, todas las cuales se enriquecieron durante su estudio con el aporte jurídico y la experiencia de don Carlos Letelier.
Intervino, también, de manera especial, en la elaboración de las leyes sobre composición, organización y atribuciones de la Corte Suprema y en las modificaciones a los recursos de queja y casación, la que creó la Academia Judicial y la que reguló la carrera de los jueces, funcionarios auxiliares de la Administración de Justicia y empleados del Poder Judicial.
La misma valiosa contribución nos hizo don Carlos Letelier en la Comisión de Vivienda y Urbanismo, durante la época en que se aprobaron leyes tan fundamentales para ese sector, como la relativa a copropiedad inmobiliaria y arrendamiento de vivienda con promesa de compraventa, o leasing habitacional, además de varias otras que perfeccionaron la legislación sobre la materia, permitiendo superar dificultades que a veces afligían muy directamente a las personas, como las relacionadas, por ejemplo, con los colectores de aguas lluvias y sus redes secundarias, cuya ausencia de regulación legal había redundado en notorios perjuicios para la comunidad, sobre todo en el caso de los habitantes de Santiago.
Esta tarea legislativa tan rica de don Carlos la conocimos quienes lo vimos trabajar entre nosotros. Todos los que lo vimos actuar en su labor legislativa lo debemos recordar como un Senador activo, con una permanente presencia, con aportes constructivos y valiosos en el ámbito jurídico, parco en palabras, pero rico en conocimiento y humanidad.
Me impresionó siempre por su calidez y por su bonhomía; no había barreras para acceder a su amistad. Uno se sentía cómodo y atraído al saludarlo y cambiar opiniones sobre las diversas materias que nos eran de interés. No se encasillaba en posturas irreductibles; al contrario, siempre estaba abierto a entregar y a recibir opiniones. Tenía, indiscutiblemente, las virtudes de un juez, de un juez como había sido toda su vida.
Don Carlos Letelier debe ser destacado en el Senado por haber sido uno de sus miembros que dejó una huella profunda, no sólo como legislador, tal cual lo hemos puesto de relieve, sino que, muy especialmente, dejó marcada su presencia por su calidad humana, como persona, como amigo; por su espíritu solidario y cristiano, fe que profesó sin renunciamiento hasta el último minuto de su existencia. Creía en su Dios y sus valores y fue consecuente con ellos.
Cuando concurrimos a despedirlo, pudimos reafirmar nuestra convicción de que decíamos adiós a un hombre recto, bueno, modesto, ilustrado y justo. Partía sereno, para encontrarse en el más allá con el Dios en el cual creía.
En nombre del Senado de la República y en el de todos sus miembros, quiero dejar testimonio de nuestro reconocimiento y gratitud para quien fue uno de sus integrantes que con su presencia ha prestigiado a la Institución que representamos.
Doy gracias a su familia, a sus hijas, hijos y descendientes, por habernos permitido compartir parte de la vida de quien fuera su padre y abuelo, nuestro amigo y Senador, don Carlos Letelier Bobadilla. Vaya hacia ellos nuestras condolencias y sentimientos por su ausencia.
He dicho.
Tiene la palabra el Honorable señor Aburto.

El señor ABURTO.- Señor Presidente y Honorable Senado, deseo adherir al homenaje iniciado por quien preside esta Alta Corporación.
Al comenzar mi participación en este acto, quiero destacar la honrosa tradición que invariablemente ha mantenido el Senado de ofrecer tributo a quienes han integrado su Sala prestando servicios notables al país.
He llegado al quehacer de esta gran instancia que es la Cámara Alta desde otro ámbito cívico, que, no obstante la diferente competencia de uno y de otro, ambos demandan a la vez el más abnegado esfuerzo y sacrificio. Hablo del mundo judicial, que tiene características muy especiales, las cuales, por no ser siempre conocidas, no inspiran la debida comprensión ciudadana. No obstante la carencia de recursos y de medios para administrar con real eficiencia la justicia, podría decir que desde el inicio de nuestra organización judicial, ella produjo un fenómeno social de extraordinaria nobleza. En este escenario, quienes ingresan al Poder Judicial lo hacen a impulso de una real y auténtica vocación. Todo abogado que entra a la carrera judicial sabe de antemano que ha de llevar una vida de privaciones y estrecheces.
Me he permitido formular este ligero preámbulo para destacar el quehacer y la obra vital de Carlos Letelier Bobadilla como juez, primero, y en seguida como Senador de la República.
En ese entorno se desarrolló su carrera judicial. Luego se desempeñó en calidad de Senador institucional por un período, a cuyo sitial accedió al ser elegido por la Corte Suprema como ex Ministro de este Tribunal y en razón de sus méritos.
Al igual como lo manifestara el señor Presidente de esta Corporación, en agosto de 1943 inició su carrera al servicio de la justicia, ocupando el cargo de Secretario del Juzgado de Menor Cuantía de Valdivia. Posteriormente siguió el cometido judicial por todos sus escalones y trámites, hasta asumir, el 24 de abril de 1979, como Ministro de la Corte Suprema de Justicia, culminando de este modo una brillante carrera judicial, que terminó diez años después mediante su renuncia y jubilación.
Por aplicación de la Constitución de 1980, fue electo por ese Alto Tribunal como Senador institucional por el período comprendido entre 1990 y 1998.
No es difícil hablar acerca de la persona de Carlos Letelier, porque ello se hace fluido al haber compartido con un amigo que fue un hombre bueno, solidario, atento, gentil.
En cuanto a su saber, siempre se destacó como una persona de profundos conocimientos, de buen criterio, eficiente, capacidades que supo expresar y concretar en los numerosos trabajos de las Comisiones de que formó parte en el Senado, como bien lo destacó el señor Presidente de esta Alta Corporación.
Tuve oportunidad de conocerlo a fondo con motivo de las labores jurisdiccionales que nos correspondió efectuar en grupo integrado por los Ministros que componían la respectiva Sala del Tribunal Supremo.
Carlos Letelier, al culminar su fecunda carrera judicial ocupando un sitial en nuestra Corte Suprema, vivió esa instancia estelar con una sencillez extraordinaria. Nada cambió en él. Su elegante sencillez fue siempre la misma. Se adentró en la vida procesal como si hubiese andado por esas vías con mucha anticipación, antes de llegar a la Corte Suprema.
Quienes siempre estuvimos próximos a él pudimos apreciar en esta imperceptible línea de vida la grandeza de su mundo interior. Creemos que ello acontece cuando la fe sustenta el pensamiento, remonta los sentidos y concibe la vida sobrenatural, que es la verdadera vida y que realmente dimensiona el destino superior del hombre, porque Carlos Letelier fue un hombre de fe. Creyó en la justicia y sostuvo que ésta llega a la persona cuando descansa en los principios, en las verdades de la justicia absoluta. Sus arraigados principios de la fe contribuyeron, sin duda, a superar la profunda tristeza que le embargó hace poco tiempo ante el fallecimiento de su compañera de toda la vida.
Los jueces chilenos son personas acostumbradas al callado ejercicio de su difícil misión. Se dice de ellos que son hombres retraídos y distantes de la relación social más o menos habitual que todo individuo tiene en razón de su oficio, técnica o profesión. Mucho de eso hay, es cierto. Lo atribuyo, más que a una manera de ser, a la carencia de tiempo para ello, por cuanto su jornada va desde el tribunal al hogar, y es la consecuencia del recargo abrumador del trabajo que impone el estrado de todo magistrado.
Carlos Letelier no rehuyó jamás los requerimientos más exigentes de una labor que no admite descanso. Sin embargo, tuvo la inteligencia de hacer de cada instante un espacio propicio a las relaciones de amistad y afecto. Con sabiduría, entremezcló los sentimientos de su cultura jurídica con las motivaciones propias que a diario dan vida a las relaciones entre las personas, empapando su permanente actitud con aquella gentileza, fina y selecta, que caracterizó siempre su digna conducta.
Francamente, me parece sorprendente hacer uso de la palabra en el Senado de la República en este homenaje tan sentido en memoria de Carlos Letelier, que fue un gran juez, y que en razón de ello llegó a este Hemiciclo, integrándolo como Senador en forma digna y eficiente.
Sorprendente es, además, para mí que lo haya sucedido en esta alta responsabilidad, tras cuya sombra pretendo alcanzar la claridad necesaria que demanda la tarea de legislar, que es la fuente del derecho que con equidad deben aplicar los jueces de nuestro país.
Mi mayor homenaje para él ha de ser el cumplir mi íntimo propósito de seguir en esta labor los sabios y generosos surcos de mi ilustre antecesor.
Pido hacer llegar a sus deudos mis más sentidas condolencias.
Muchas gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente),. Tiene la palabra el Honorable señor Zurita.

El señor ZURITA.- Señor Presidente, señores Senadores, en representación del Comité Institucionales 2, rindo homenaje en memoria de don Carlos Letelier Bobadilla, ex Senador de la República.
Carlos Letelier, hijo de un magistrado, siguió la inspiración de su padre y entró a esta carrera tan difícil y tan dura, desempeñándola a través de la larga y angosta faja de este territorio desde su inicio, como Secretario del Juzgado de Menor Cuantía de Valdivia, hasta llegar, en una primera etapa, a ser fundador y organizador de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, región que en aquella oportunidad recibió un cambio que se hacía absolutamente necesario. Así, ella, en lugar de depender de la Corte de Valdivia, con todas las dificultades que ello implicaba, tuvo la Corte que necesitaba.
Carlos Letelier desempeño allí, en primer término, el cargo de fiscal para, en seguida, asumir el de Ministro y presidir, en más de una oportunidad, dicha Corte. Luego -como se dijo-, pasó a ser Ministro de la Corte de Apelaciones de Rancagua y, posteriormente, de la Corte de Apelaciones de Santiago.
En esta última tuve el privilegio de trabajar junto a él entre 1976 y 1979, y en la Corte Suprema, renovando el privilegio, entre 1985 y 1989, año en que jubiló por las razones que luego lo llevaron a ser Senador de la República. Esta convivencia me permitió aquilatar plenamente las cualidades que adornaban a Carlos Letelier; entre ellas, su profunda versación jurídica, la que manifestaba con modestia y sin alardear de ella, con una cordialidad que lo hacía gozar del respeto y aprecio de cuantos integraban los tribunales con él.
Tales cualidades hicieron que en el desempeño de su cargo de Senador lograra el mismo reconocimiento de sus colegas de la Cámara Alta, como lo dijo en sentidas palabras el Honorable señor Gabriel Valdés al despedir, el 10 de marzo último, a los Senadores que dejaban de pertenecer a esta Corporación. Y de Carlos Letelier dijo lo siguiente: "Don Carlos Letelier es una personalidad que ha distinguido al Senado. Silencioso, tranquilo, caballero, muy fino; ha dado su lección cuando ha sido necesario. Diría que es el árbitro que uno querría en el Senado. Si aquí hubiera un pleito, don Carlos sería el árbitro, porque no hay nadie que no tenga confianza en él. Lo que dice, se cumple". Ésas fueron las sabias palabras del Senador don Gabriel Valdés.
Esta síntesis de la vida de Carlos Letelier nos permite afirmar que su existencia estuvo íntegramente dedicada al servicio público, lo cual lo hace merecedor de este homenaje que se le rinde como justa retribución.
En mi nombre y en el de los Honorables señores Boeninger, Parra y Silva, que integran el Comité Institucionales 2, hago llegar a los hijos y familiares de don Carlos Letelier Bobadilla las condolencias ante la pérdida que los aflige.
Gracias.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ.- Señor Presidente, en nombre del Comité Unión Demócrata Independiente e Independientes, queremos adherir al homenaje que el Senado rinde hoy día en memoria de nuestro querido ex colega, don Carlos Letelier.
Su aporte a la labor legislativa fue una réplica de su gran tarea judicial, sin buscar nunca atraer la atención. Ajeno al protagonismo, entregó al Senado su gran cultura jurídica, su sentido de la equidad y su ponderación, que siempre contribuyeron a mantener la elevación del debate. Encarnó una constante búsqueda del equilibrio y la rectitud, que se adquieren con una vida de consagración a la judicatura.
Además, en todo momento -como lo destaqué al despedirlo de sus funciones, en marzo pasado- desplegó una cálida y serena bonhomía que, cuando era necesario, apaciguaba los ánimos y favorecía el entendimiento entre las partes.
Sentimos que con su fallecimiento no sólo hemos perdido a un ex colega, sino también a un amigo y a un hombre que sobresalió en la judicatura tanto como en la legislatura y en la entrega, hasta sus últimos días, al servicio de los intereses nacionales.
Pido al señor Presidente que, en nombre del Comité Unión Demócrata Independiente e Independientes, haga llegar nuestras condolencias a sus hijas, hijos y nietos, con nuestra profunda admiración y aprecio por la memoria de don Carlos Letelier.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ominami.
El señor OMINAMI.- Seré muy breve, señor Presidente. Sólo quisiera exponer, en nombre del Comité Socialista, que hacemos nuestras las palabras de Su Señoría y transmitimos nuestras condolencias a la familia del ex Senador señor Letelier.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Díez.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, en nombre del Comité Renovación Nacional e Independiente, adhiero al homenaje que hoy se rinde en memoria de nuestro ex colega señor Carlos Letelier.
Tuve el privilegio de conocerlo tanto en su carrera judicial como en su carrera política. Quiso la Providencia que al iniciarme como abogado hiciera la práctica en el Juzgado de Rancagua, donde don Carlos era Secretario. Después, en mi primer período parlamentario, por la provincia de Talca, en 1957, era juez en esa ciudad. La cercanía de nuestras funciones nos hizo mantener una amistad a veces lejana pero siempre muy estrecha. Y nos encontramos, nuevamente, en el Senado de la República, tanto en la Comisión de Constitución como en la Comisión de Vivienda, órganos técnicos ambos que tuve el honor de presidir.
La verdad es que lo dicho aquí representa fielmente la trayectoria de don Carlos Letelier. Recuerdo cuántas veces en la Comisión de Constitución, después de discutir un asunto delicado, intrincado, le pedíamos llevar una redacción para la sesión siguiente. Y su trabajo y aplicación, unidos a su inteligencia y prudencia, siempre le permitían proponer la solución que los demás no habíamos encontrado, a la que llegaba gracias a su experiencia judicial, a la forma como escuchaba y participaba en los debates.
No cabe duda de que todos apreciamos su modestia, su enorme sentido humano, fruto de su gran calidad espiritual. Todos lo sentimos cerca, todos nos atrevimos a conversarle y a consultarle las cosas más delicadas.
Honró al Senado con su presencia. El Senado no hace ahora otra cosa que devolverle ese honor.
Gracias.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.

El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, me sumo al homenaje que se rinde hoy en memoria del ex Senador señor Carlos Letelier. Y no sólo lo hago por el sentimiento de la amistad que siempre me dispensó, sino también por su capacidad para enfrentar todas las cuestiones de importancia en que se interesó en legislar y en ayudar positivamente en beneficio del país.
La profundidad de su labor como Senador y como juez ya ha sido expresada, con mucho sentimiento, por el señor Presidente y otros Honorables colegas. También cabe hacer resaltar la gran actividad que desplegó en la Comisión de Constitución y en las otras de las que formó parte.
Únicamente deseo agregar y destacar su gran calidad humana, su profunda bondad. Y quisiera resumir su actuación, tal vez, en pocas palabras: fue un buen Senador, como debiéramos serlo todos. Su memoria permanecerá en el corazón de quienes fuimos sus colegas en esta Corporación.
Solicito que se envíen, asimismo, mis condolencias a su familia.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.

El señor MUÑOZ BARRA.- Señor Presidente, el sentir de los diferentes Comités fue muy bien interpretado por usted en su homenaje en memoria del ex Senador señor Carlos Letelier. Pero creo que el afecto que éste inspiró ha determinado que todas las bancadas, a pesar del cometido encomendado a Su Señoría, también quieran decir algunas palabras, en especial cuando los seres queridos de don Carlos se encuentran presentes.
Durante cuatro años nos correspondió estar en contacto. Y deseo manifestar, muy sinceramente, que en lo personal lo sentí -ello no es común, sobre todo en los niveles en que nos desempeñamos- como alguien que invitaba a una cercanía que resultaba muy fácil. Ése era el efecto final, en verdad.
Y no sé si falto el respeto al señalar, recordando a don Carlos, que en su aspecto físico, en la forma como se desenvolvía entre nosotros, más que un juez parecía un poeta, un intelectual, un científico.
Era de una bondad que trasuntaba a través de todo su entorno.
Cuando trabajábamos juntos en las Comisiones o en esta misma Sala, realmente uno sentía no sólo el afecto que he querido subrayar en esta oportunidad, sino también admiración por su centrada y sustantiva posición, traducida en aportes.
No había arrogancia en su persona. Eso lo saben todos los Honorables colegas presentes. No había deseo de protagonismo sin contenido. El protagonismo lo enmarcaba con esa sencillez que hoy recuerdo con gran cariño.
Y con estas expresiones no quiero caer en lo fácil. Al revés. Pretendo robustecerlas consignando -y no cometo un error en ello- que no soy partidario de Senadores institucionales. Pero en el contacto con don Carlos Letelier el análisis pertinente se hacía sutil. No se incurría en algo ingrato. Diría que me sentía cercano por esa condición tan especial que demostraba.
Espero no haber cometido un lapsus ni haber señalado algo que pueda considerarse como una falta de respeto. Se trata de ideas que planteo con sinceridad, porque en el Senado cada cual debe dejar establecido lo que representa, así como en cada lugar en que se encuentre.
El señor Presidente efectuó una exposición de la carrera judicial de don Carlos Letelier. Y se encuentra llena de méritos. Por ellos, a través de la institución aludida, llegó a ubicarse en estas bancadas. En su actuación procedió con contenido, con inteligencia.
En resumen -y termino esta sencilla improvisación-, don Carlos Letelier se ganó el afecto como persona, como profesional, como ser humano, y por su desempeño en una institución que en la sociedad chilena se considera hoy desde diferentes perspectivas.
En nombre del Partido por la Democracia, hago llegar mi respeto y mis condolencias a los seres queridos de don Carlos que nos honran con su presencia en las tribunas.
He dicho.
--Se anuncia el envío de las comunicaciones pertinentes.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminado el homenaje en memoria del ex Senador señor Carlos Letelier Bobadilla.
Se suspende la sesión.

___________
--Se suspendió a las 16:54.
--Se reanudó a las 17:01.
___________

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Continúa la sesión.
V. ORDEN DEL DÍA



MODIFICACIÓN DE RÉGIMEN DE FILIACIÓN


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde continuar la discusión particular del proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Civil y otros cuerpos legales en materia de filiación, con informe complementario de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
¿Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 23ª, en 6 de diciembre de 1994.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 12ª, en 3 de diciembre de 1996.
Constitución (segundo), sesión 12ª, en 11 de noviembre de 1997.
Constitución (complementario), sesión 16ª, en 22 de julio de 1998.
Discusión:
Sesiones 24ª, en 14 de enero de 1997 (queda pendiente su discusión general); 30ª, en 5 de marzo de 1997 (se aprueba en general); 12ª, 16ª y 17ª, en 6 , 19 y 20 de mayo de 1998 (queda pendiente su discusión particular); 3ª, en 9 de junio de 1998 (vuelve a Comisión de Constitución); 17ª, en 4 de agosto de 1998 (queda pendiente su discusión particular).
--Se autoriza el ingreso a la Sala de la asesora del Ministerio del SERNAM, señora Andrea Muñoz Sánchez.
El señor LAGOS (Secretario).- De acuerdo con lo resuelto ayer, deben votarse sin debate y sólo con fundamentación de voto las disposiciones pendientes. Se trata de los artículos 182, 199, 204, 988 y el numeral 87, que modifica el artículo 1167, con relación a la cuarta de mejoras en materia de herencia. Además, se ha renovado la indicación número 173.


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación el artículo 182.
--(Durante la votación).

El señor VIERA-GALLO.- Deseo entregar mi opinión sobre esta norma.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Su Señoría, podrá hacerlo al fundamentar el voto.

El señor LARRAÍN.- ¿Votar a favor significa aprobar dicho artículo y en contra que no habrá ley en esa parte?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Así es. La idea es tratar la materia en el proyecto que regula los principios jurídicos y técnicos de la reproducción humana asistida.
El señor LARRAÍN.- Se entrega el punto a esa iniciativa.

El señor HAMILTON.- ¿Me permite, señor Presidente, para una explicación muy breve?
El segundo informe complementario de la Comisión propone que este asunto no se incluya en el proyecto que nos ocupa, sino en el relativo a fertilización asistida, aun cuando, al proceder así, se determine que el artículo no sea incorporado en la iniciativa, sino en el Código Civil.
Sin embargo, como no ha habido espacio en esta iniciativa para analizar el problema, lo que aquí resolvamos tendrá incidencia sobre lo principal, que es el proyecto de reproducción asistida.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ya discutimos ese problema en la sesión de ayer, señor Senador.
Estamos en votación.
El señor HAMILTON.- Señor Presidente, sólo quería entregar esa explicación, por si persiste alguna duda.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señores Senadores, votar a favor implica que el artículo permanece; pronunciarse en contra significa que la norma sea considerada en el proyecto sobre fertilización asistida, que se halla pendiente en el Senado.
Continúa la votación.

El señor ABURTO.- Señor Presidente, por haber variado la situación, voto en contra.

El señor VIERA GALLO.- ¿Me permite, señor Presidente?
El Senador señor Hamilton dio un explicación que me gustaría complementar, pues, de lo contrario, temo que la votación tome un rumbo equivocado y que cuando me toque el turno de votar, ya no pueda hacer variar la opinión de los Honorables colegas.

El señor PÉREZ.- Que vote primero el Senador señor Viera Gallo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, podemos acceder a que, en primer lugar, fundamenten su voto el Senador señor Viera Gallo; luego, el Honorable señor Larraín y después continuar la votación en forma nominal.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Viera Gallo para funda mentar el voto.

El señor VIERA GALLO.- Señor Presidente, la iniciativa en debate no entra en el análisis de los temas de fondo atinentes a la fertilización asistida, sino que se refiere a una sola hipótesis que se está dando en la sociedad chilena: hoy se practica la fertilización asistida y ya han nacido más o menos 600 niños por medio de esa modalidad.
Pero el artículo mencionado señala que, cuando hay donación de gametos no pertenecientes a los padres o a la pareja que se somete al sistema, los donantes no pueden reclamar la paternidad. O sea, lo único que la norma establece es que la acción de filiación no rige en ese caso.
Lo anterior resulta muy importante, porque, si se incorpora el examen de ADN la situación actual cambiaría, porque una persona podrá exigir ese examen y quitar el hijo a otra que, en cambio, se sometió al procedimiento de fertilización asistida.
Por ello, es importante aprobar el artículo, independientemente del proyecto.
Voto a favor.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, el planteamiento que acaba de formular el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, de alguna manera, genera el conflicto. Porque esta norma está adoptando ya una posición en una materia determinada. Unos podrán estar de acuerdo con esa posición y otros no; pero parece más lógico adoptar esa decisión en el proyecto de fertilización asistida, en donde todas las definiciones relativas a ese tema han de ser resueltas en forma coherente.
Por esa razón -es la inquietud que rondaba, y, si bien es cierto, me allané a la fórmula que viene en el texto-, prefiero -y preferimos- que esta materia se regule en una sola norma que resuelva todos estos problemas. Algunos piensan que, no obstante lo ocurrido, si en el texto de la ley en proyecto estamos dando valor a las pruebas biológicas, ¿por qué lo rechazamos o lo negamos en ciertas y determinadas áreas?
Entonces, habría allí una incoherencia respecto de un tema determinado que se estima discutible. Algunos son partidarios de que el progenitor tenga la posibilidad de acceso a esa información.
La materia es discutible, pero estimo que se debe resolver cuando se reúna todo en una misma norma jurídica.
En consecuencia, parece inconveniente incorporarla en la disposición que estamos debatiendo. Por eso, pedimos su rechazo.

El señor PÉREZ.- Señor Presidente, quisiera fundamentar mi voto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Debe seguirse el orden, Su Señoría. Además, puede votar, pero no fundamentar el voto.
Continúa la votación.

El señor BOENINGER.- Señor Presidente, creo que debe aprobarse el artículo, porque si bien existe una moción para regular lo atinente a la reproducción humana asistida, no es menos cierto que ella demorará por lo menos un año y medio o dos años en ser ley, que es el tiempo legislativo normal de su trámite sobre todo en una materia nueva y compleja.
Por otro lado, también es efectivo que la fertilización es una técnica que se practica en Chile -no estamos legislando acerca de algo que no exista en absoluto en el país- y, por ello, dejar entre tanto un vacío en materia de filiación es extremadamente peligroso.
Digo que es peligroso, porque el argumento de que se puede hacer mal uso de la acción de filiación y reclamar una pretendida calidad de padre biológico quedando, en consecuencia, desprotegida la pareja que optó por la fertilización asistida, constituye un riesgo real. Y frente a ese riesgo real tenemos la obligación de legislar positivamente. Si más adelante la ley que regule la reproducción humana asistida discrepa de lo que el presente artículo establece, automáticamente lo derogará; vale decir, sustituirá aquello que le sea contradictorio.
En consecuencia, voto que sí.

El señor CHADWICK.- Señor Presidente, me pronunciaré en contra de este precepto. Pienso que resulta más conveniente esperar la tramitación del proyecto a que se ha hecho alusión y que se encuentra en estudio en la Comisión pertinente, porque es indispensable establecer previamente qué métodos de reproducción asistida consideraremos legítimos y por consiguiente legales, y cuáles serán los efectos que ellos han de traer consigo en cuanto a derechos y deberes de los padres, los hijos o los terceros que puedan participar en el proceso. Adelantarnos por la vía de lo propuesto en esta norma sería dar una suerte de legitimidad o legalidad a todos los métodos de reproducción asistida, asunto que, a mi juicio, requiere de un análisis más detenido.
Por eso, voto en contra.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, el Senado es testigo de mi posición frente al proyecto sobre reproducción humana asistida: soy partidario de la reproducción homóloga; enemigo de la donación de gametos; que ella se haga dentro del matrimonio, etcétera.
En el artículo 182 propuesto en el segundo informe la Comisión procedió a eliminar el inciso tercero aprobado en el primer informe, donde de alguna manera se permitía el uso de gametos de otras personas, y no se pronuncia sobre la materia. Porque no podemos prescindir de la realidad: que según la Directiva Ministerial Nº 1072, del año 1985, está autorizada la práctica de fertilización asistida.
De acuerdo con esa orden del Ministerio de Salud, los procedimientos de reproducción humana están destinados a hacer que una pareja sea fértil "para obtener un hijo consanguíneo", como se expresa en ella textualmente.
Por lo tanto, al aprobar el texto como está no hacemos ningún juicio de valor acerca de la donación de gametos. Según la legislación actual -de acuerdo con la interpretación que tengo- no estaría permitido, porque se refiere a parientes "consanguíneos" de la pareja.
¿Qué dice el inciso primero del artículo 182, nuevo, que la Comisión ha propuesto agregar al Código Civil, que seguramente será complementado o modificado cuando se dicte una ley completa sobre la materia? Lo siguiente: "El padre y la madre del hijo concebido mediante la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida son el hombre y la mujer que se sometieron a ellas", no un extraño, ni siquiera en caso de que se utilizaran gametos de un tercero. El padre y la madre fueron quienes se sometieron al proceso de fertilización. Aplicamos la doctrina de la recepción. El padre y la madre que quieren recibir un hijo y que lo consiguen de esa manera, en virtud de dicha norma y mientras no se dice una ley en contrario, tendrán la relación de filiación.
Y para reafirmar eso se la separa de todos los métodos de investigación de paternidad (entre ellos el análisis del ADN) que se incorporan por primera vez en esta ley, al preceptuarse, en el inciso segundo: "No podrá impugnarse la filiación determinada de acuerdo con la regla precedente, ni reclamarse una distinta". Es decir, aquella pareja que ha decidido someterse al procedimiento para lograr un descendiente consanguíneo de acuerdo con la legislación vigente, tiene la certeza de crear una filiación que no puede ser perturbada por terceros extraños a ambos, bajo ningún pretexto.
Por esa razón -y únicamente por esa razón-, porque habrá niños que nacerán mientras se tramita la ley sobre reproducción humana asistida, estimo conveniente aprobar el artículo.
Voto favorablemente.

El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, me parece que el precepto en cuestión reviste enorme importancia, porque si demora la tramitación del proyecto sobre fertilización asistida que se ha mencionado, una vez dictada la ley en debate cualquiera podría impugnar la filiación del hijo concebido por una pareja que se haya sometido a esa técnica.
Por lo demás, no creo que (y esto me parece de sentido común) en la futura ley que regule la materia se permita una disposición diferente que ponga en riesgo la calidad de hijo de la pareja de la criatura nacida mediante fertilización asistida, en el sentido de que el legislador -o sea nosotros- posibilite la impugnación de la filiación respectiva. Estoy seguro de que en este aspecto la ley en trámite no variará lo dispuesto en este artículo 182, nuevo, del Código Civil.
Por eso, para dar estabilidad a quienes ya han empleado alguna técnica de fertilización asistida, voto favorablemente.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, voto en contra por una razón muy clara: porque el artículo inserto aquí ha sido desprendido de un criterio general que debe establecerse en la ley correspondiente, que se halla en estudio. Ahora, se podrá estar a favor o en contra de la letra o del sentido del precepto -ése es otro tema-; pero indudablemente aparece exógeno a la línea fundamental que ha de establecerse en la referida ley en proyecto.
Voto en contra.

La señora MATTHEI.- Señor Presidente, tengo una duda. El inciso primero del artículo 182 expresa: "El padre y la madre del hijo concebido mediante la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida son el hombre y la mujer que se sometieron a ellas.". Cuando hay donación de gametos intervienen dos personas: la mujer a quien se le implantan los gametos y el hombre que los proporciona, no el marido.
Por eso, quisiera que alguien me diera una explicación, pues entiendo que el hombre que se somete a estos procedimientos es justamente el que dona los gametos. El marido no se somete a nada, solo acompaña, y, por lo tanto, no está incluido -a mi parecer- en este primer inciso del artículo 182.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Estamos en votación, señora Senadora.

La señora MATTHEI.- Sí, señor Presidente. Pero no puedo votar¿

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene que votar o abstenerse.

La señora MATTHEI.- ¡Cómo no va a ser posible que algún señor Senador me aclare el punto!

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No se puede interrumpir la votación, de acuerdo al Reglamento.
La señora MATTHEI.- En ese caso, me abstengo. El señor OMINAMI.- Señor Presidente, voto favorablemente porque, a mi juicio, independientemente del resultado de la discusión posterior sobre el proyecto de reproducción asistida, es fundamental garantizar los derechos de los padres y de los niños nacidos en virtud de tales procedimientos.

El señor PARRA.- Señor Presidente, votaré a favor del artículo en debate, por considerarlo indispensable.
En primer lugar, tal como aquí muy bien se ha dicho, las técnicas de reproducción asistida en Chile hoy son lícitas y se encuentran en uso. Como consecuencia de ello, están naciendo niños que han sido concebidos merced a la aplicación de tales métodos. Como éstos se encuentran reservados para matrimonios o parejas estables, el inciso primero -que despertó dudas en la Honorable señora Matthei- debe entenderse aplicable a aquella pareja que busca el concurso médico, para la aplicación de esas técnicas, a fin de poder concebir un hijo.
Si no se aprueba el artículo, tendrán que aplicarse las normas generales en materia de filiación contenidas en el Código Civil. Pero ellas pueden ser fuente de múltiples problemas en la determinación de la filiación y, desde luego, de la necesaria claridad y estabilidad que deben tener los niños en esta tan fundamental relación con sus progenitores.
Por esas razones, voto a favor.

El señor PÉREZ.- Señor Presidente, creo que lo planteado por la Senadora señora Matthei puede llevar a perder claridad sobre el tema.
En todo caso, aprobaré el artículo, porque la señora Ministra me explicó que la materia está relacionada también con la resolución exenta Nº 1072 del Ministerio de Salud.
No obstante lo anterior, debo señalar que aunque se tuviera frente al proyecto sobre reproducción asistida la posición más conservadora, es decir, que no se permitiera la donación de gametos o que sólo fuera posible dentro del matrimonio, el artículo en discusión sería coherente con esa postura. Porque dicha norma plantea que, por el sólo imperio de la ley, el padre y la madre serán los titulares del hijo concebido mediante la reproducción asistida en términos de filiación.
Voto a favor.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, creo necesario que la disposición en comento sea parte de la iniciativa. Porque, efectivamente, tal como expresó el Senador señor Pérez, si no existiera una norma como la propuesta, podría suceder que un donador de gametos tenga la intención de dar un mal uso a la acción de filiación y al examen biológico para reclamar una pretendida calidad de padre biológico, dejando desprotegidos a los padres que optaron por la reproducción asistida.
Así es que me parece importante dejar esta norma en el actual proyecto, independientemente de lo que pase con la iniciativa de reproducción asistida.
Voto a favor.

El señor PRAT.- Señor Presidente, tuve aprensiones en cuanto a si era recomendable incluir la reproducción asistida en este proyecto, ya que parece más apropiado tratarla en la normativa específica sobre la materia.
Sin embargo, el hecho de que haya acuerdo para incluir tal técnica en una legislación vigente más genérica hace necesario que nos pronunciemos, aún cuando se vaya a tratar nuevamente en el proyecto específico.
En la forma en que se plantea el artículo en comento, se favorece la voluntad de acogida por sobre la verdad biológica. A mi juicio, ésta es la orientación correcta. Es la misma que prima en la Ley de Adopciones, y es diferente, en cambio, a la que rige para el resto del proyecto que nos ocupa, donde se impone la tesis de la verdad biológica, a veces más allá del interés social. En este caso, estimo que está bien enfocada la materia.
La redacción es imprecisa, como lo ha señalado la Senadora señora Matthei. Sin embargo, las aclaraciones hechas en la Sala, particularmente por el Honorable señor Díez -nadie lo ha contradicho al respecto-, indican, en mi opinión, el correcto alcance de la disposición, constituyéndose naturalmente en parte de la historia de la ley. Ello me deja tranquilo y conforme con el artículo, pues atiende a la doctrina correcta, cual es privilegiar la voluntad de acogida por sobre la verdad biológica en el caso de la fertilización asistida.
Voto a favor.

El señor ROMERO.- Señor Presidente, no hay duda de que, en técnica legislativa pura, debiéramos escoger el camino de analizar el tema en conjunto con normas afines. Sin embargo, el debate se ha dirigido hacia una interpretación que me parece importante, dado que cubre un espacio que actualmente no tiene una legislación determinada, sino sólo una disposición administrativa sobre el particular.
Las palabras de los Senadores señores Prat y Díez, en cuanto a la correcta interpretación del artículo 182, me hacen modificar mi criterio inicial respecto del punto.
Por esa circunstancia, voto favorablemente.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, sin dejar de reconocer que el tema está explicado claramente por las interpretaciones anteriores y que, por tanto, se justifica plenamente aprobar el artículo 182, quiero plantear solamente dos o tres observaciones.
La primera de ellas se refiere a un hecho que es indispensable considerar. Hoy existe la fertilización asistida gracias a una normativa ministerial que fija claramente cuáles son las condiciones en las cuales se realiza. En consecuencia, el artículo en cuestión debe visualizarse en esa perspectiva.
Pero hay una segunda razón. Si queremos realmente tomar precauciones para que la técnica de fertilización asistida -atendiendo al temor de muchos señores Senadores- no se convierta en un conflicto que transforme la futura ley en un problema mayor que el que se desea resolver como medida terapéutica, el artículo debe ser aprobado. Si no, se dejaría abierto a circunstancias que los propios detractores del artículo 182 estarían favoreciendo. Habría ahí una contradicción entre lo que desean y el efecto que produciría la propia votación.
Por otro lado, se recoge algo ya dicho en los informes de las Comisiones de Salud y de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaídos sobre la iniciativa que regula las técnicas de reproducción humana asistida. Concretamente, el artículo 13 propuesto por la Comisión de Salud -lo que ésta recomienda se toma como base para discutir lo que se está analizando en las Comisiones unidas-, dice claramente: "La filiación del niño nacido como consecuencia de la aplicación de las técnicas"... "se determinará de acuerdo con las reglas generales contenidas en el Código Civil.". Pero, seguidamente, agrega: "La condición de donante, por sí sola, no genera parentesco.".
Por lo tanto, si bien son normas distintas, apuntan al mismo objetivo; es decir, que la fertilización asistida, en el eventual caso de que se use un gameto heterólogo, no genera de manera alguna un conflicto en esta filiación.
Deseo recoger unas expresiones vertidas por el Senador señor Chadwick -a quien me permití manifestarle mi opinión al respecto personalmente-, en el sentido de que aquí, a mi juicio, no estamos asumiendo, por principio, ninguna cuestión distinta de lo que ya figura en el proyecto de ley. Es decir, votar favorablemente el artículo 182 no significa aprobar ni dar por buena ninguna de las otras materias contempladas en la iniciativa sobre filiación. Por el contrario, si no aprobamos la disposición, dejamos abierta la posibilidad de que el proyecto relativo a reproducción humana asistida pueda contemplar aspectos que no van a estar resguardados por la norma en cuestión.
Por eso, señor Presidente, llamo a quienes votaron en contra del precepto a recapacitar sobre el particular, por cuanto, conforme a su propia argumentación, lo lógico es que se pronuncien a favor del artículo 182.

El señor URENDA.- Señor Presidente, lamento que hayamos procedido nuevamente, primero, a votar la norma, y después, a tratar de explicarla. Afortunadamente, mi apellido comienza con la letra "U", lo cual me ha permitido durante la votación ilustrarme sobre algo que debió haberse analizado antes de ella.
Realmente, éste es uno de los casos en que una norma necesitaba una explicación y, aún más, requería dejar constancia en la Versión Taquigráfica del verdadero espíritu de ella.
Debo declarar que mi ánimo era votar en contra de la disposición. Creo que ésta se presta a confusiones y que, probablemente, como toda norma humana, el día de mañana puede ser mal aplicada. Sin embargo, quiero entender que va a ser empleada en el sentido de que haya forma efectiva de acreditar que se ha aplicado técnica de reproducción humana. Que quede claro que son el hombre y la mujer que se sometieron a ella, porque si se trata de una mujer casada podemos presumir con respecto a su marido, pero aquí puede darse el caso también de una mujer soltera, acerca de la cual no sabemos si forma una pareja.
Me parece que todos esos aspectos justificaban un análisis del precepto, o bien -dado que no es posible ahora corregir la redacción- , haber dejado constancia de su espíritu.
Sin embargo, quiero entender que en la forma precedentemente expuesta se va a interpretar y así se aplicará. El objetivo que se persigue es resguardar la posición de quienes han escogido ese sistema y, realmente, lo han empleado, frente a quien pudiera hacer un mal uso de derechos, pretendiendo los gametos.
Por esa circunstancia, voy a aprobar la norma. Sin embargo, quiero reiterar la conveniencia de que, ojalá, antes de someter a votación un precepto, se pueda llevar a cabo un debate -que podría ser, incluso, mucho más breve- sobre el mismo, a fin de no encontrarnos, como en este caso, con que durante el curso de él, en cierto modo, vaya cambiando la interpretación y sentido de una norma.
Por esas razones, voto que sí.

El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Señor Presidente, la resolución número 1072, de 1985, del Ministerio de Salud, estableció normas para la fertilización asistida. En efecto, las directrices números 4º y 5º precisan que las parejas se pueden someter a las técnicas de reproducción humana asistida y que éstas sólo tienen lugar para obtener hijos consanguíneos. En ese entendido, y teniendo en consideración que esa técnica ha sido aplicada en Chile durante estos años y que hay niños nacidos sobre la base de esta normativa, el artículo 182 regulariza o, de alguna forma, estabiliza una situación que, de no legislarse acerca de ella, podría prestarse para conflictos. La referida disposición precisa, a mi juicio, en forma acorde con dicha directriz ministerial, que podrá usarse esa tecnología sólo para obtener hijos consanguíneos. Más aún, su inciso segundo establece que "No podrá impugnarse la filiación determinada de acuerdo a la regla precedente, ni reclamarse una distinta.".
Creo que de esta forma es conveniente aprobar la norma. Sin perjuicio de ello, cuando resolvamos acerca del proyecto sobre reproducción humana asistida -actualmente en estudio en el Senado-, deberemos tener en consideración que, al momento de aprobarse un criterio homólogo o heterólogo -uno u otro-, el precepto en cuestión debería estar plenamente vigente, más allá de lo que cada uno de los señores Senadores podamos ser partidarios.
Por todas las razones expuestas, voto a favor del artículo 182 como viene propuesto.

El señor ZURITA.- Señor Presidente, ante todo, deseo manifestar una inquietud que me surgió ayer. En la sesión anterior protesté por ser el último en votar, y se me dijo que no era el último, sino el penúltimo. Acudí al Reglamento y, efectivamente, soy el penúltimo. Sin embargo, si seguimos aplicando el Reglamento, para que alguna vez los penúltimos sean los primeros en votar, habría que cumplir con la norma que señala que "La votación nominal se verificará pidiendo a los Senadores, uno a uno, que expresen su voto, según el orden alfabético de su primer apellido y en forma rotativa,", lo cual no se ha hecho nunca.
Por eso, en la esperanza de que dentro de 48 sesiones me corresponda ser el primero en votar, me pronuncio en contra del artículo.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, pido, por su intermedio, el asentimiento de la Sala para hacer uso de la palabra por cinco minutos.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Si no hubiere objeción, se permitirá al Senador señor Bombal intervenir por el tiempo solicitado.
No hay autorización. Vote Su Señoría

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, deseo saber qué señor Senador se opone a mi petición. En verdad, quiero hacer un planteamiento muy breve. En razón de que estoy presidiendo la Comisión de Salud y por haber surgido un problema, no pude estar en el momento de votar.
Ruego a usted, señor Presidente¿

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Si el señor Senador que se opuso desea manifestarse, lo puede hacer; pero a la Mesa no le es posible acceder a su petición, Su Señoría. Debe votar, señor Senador.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, ¿se podría manifestar el Honorable colega que se opuso?

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Estamos en votación, Su Señoría.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, con la mejor voluntad, pido al señor Senador que se opuso¿

El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Señor Presidente, debería dársele la oportunidad, porque se trata de un asunto que para algunos puede ser, incluso, materia de principios el votar una disposición como la que nos ocupa, y el Senador señor Bombal ha manifestado un criterio bastante claro al respecto. Lo lógico sería otorgarle a Su Señoría el tiempo que ha pedido.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Solicito nuevamente el asentimiento unánime de la Sala para que el Senador señor Bombal intervenga por cinco minutos.
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Bombal.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, agradezco a usted y a la Sala su consentimiento a mi petición.
Acerca del punto en discusión, deseo señalar que, si hemos tenido un largo debate sobre el proyecto de la reproducción humana asistida y se ha tomado la decisión de enviarlo a Comisiones unidas después que fue tratado en éstas, es porque la materia que en él se está viendo es muy de fondo. No es cualquier tema ni cualquier iniciativa. Se trata de un proyecto que afecta no sólo aspectos de filiación, sino los orígenes de la vida. Y acerca de esas materias se encuentran sesionando, miércoles a miércoles, las Comisiones unidas, en un largo trabajo que, incluso, nos tomará su tiempo, porque la cuestión fundamental es muy de fondo.
Sin embargo, en esta norma de tres líneas del proyecto de filiación, prácticamente queda resuelto todo el tema que tiene convocado a dos Comisiones y al Senado en un extenso debate y que, naturalmente -reitero-, compromete aspectos valóricos, en los que cada cual tiene posiciones muy respetables, y materias de las que, al momento de ir adentrándonos en la discusión, surgen nuevas y nuevas realidades.
Sin ir más lejos, señor Presidente, hace muy pocos días se suscitó en Estados Unidos una gran discusión porque no se sabe quién es la madre de un menor engendrado mediante técnicas de reproducción humana asistida, en razón de que una joven, a través del mejoramiento de la estructura biológica de una mujer mayor, logró que ésta pudiera gestarlo. Nacido el hijo, la discusión se centra en determinar cuál de ellas es la madre. Esto, porque con participación de la técnica quirúrgica fue factible implantar óvulos de una mujer en otra.
Así, todos los días nos sorprenden los avances que pueden lograrse o las desgracias a que es factible arrastrar a la humanidad entera.
Sobre esta materia, hay pronunciamientos de la comunidad científica (los más variados y más alarmantes llaman la atención sobre lo que puede significar aquello), como también de las iglesias: la Católica y las de otros credos.
Entonces, cuando nos encontramos frente a una cuestión valórica que ha convocado a un debate de la mayor altura al Senado, que, por acuerdo de Sala y dada la envergadura del asunto, ha remitido el proyecto correspondiente a dos Comisiones, no es menor la importancia de resolver aquí sobre la materia, especialmente cuando se declara que la paternidad a que se refiere el artículo 182 es inimpugnable. Es decir, ésta es una paternidad más fuerte que la matrimonial, que puede ser impugnada por el hijo o por un tercero.
Repito: la paternidad referida en la norma que nos ocupa es inimpugnable. Podría suceder que estuviésemos en presencia de arriendo de útero. Y aquélla impide impugnar la paternidad.
Respeto las posiciones sostenidas aquí, pero no me parece aceptable que en cuatro líneas resolvamos lo que ha dado lugar a verdaderos tratados insertos en los informes de las Comisiones de Salud y de Constitución, que ahora trabajan unidas, y a largos debates en la Sala y en dichos órganos técnicos.
En mi concepto, se trata de un problema, no de técnica legislativa, sino de prudencia. No podemos decidir tan categóricamente aquí que el padre y la madre del hijo concebido mediante la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida son el hombre y la mujer que se sometieron a ellas. No estamos hablando en este caso de homólogos ni de heterólogos, porque ésa es una materia que van a definir precisamente las Comisiones.
Por eso, si bien uno entiende el sentido de la norma (que no puede ser sino el más correcto), en el evento de que se resuelva por determinada línea, reconozcamos que en el primer artículo del otro proyecto se define lo que son las técnicas de reproducción humana asistida. Todavía no hay una definición al respecto, salvo las disposiciones del Código Sanitario citadas por el Senador señor Zaldívar.
Por ello, señor Presidente, creo que estamos ante un error. Y quiero llamar la atención de mis Honorables colegas en el sentido de que esta materia perfectamente puede quedar pendiente. Si bien en la historia de la ley se establecerá la intención que aquí se ha manifestado, sugiero dejar en suspenso el asunto hasta que el otro proyecto se encuentre resuelto y sólo entonces legislar en torno a lo que debe ser la norma contenida en el artículo 182.
Lo contrario sería caer en una contradicción tremenda respecto de lo que estamos tratando y de las motivaciones -porque (insisto) no se trata de un problema de técnica legislativa ni de avance de un proyecto u otro- que el Senado, con los más justificados fundamentos, tuvo para someter la iniciativa pertinente a un tratamiento especial, reiterativo, en Comisiones unidas.
Por lo expuesto, votaré en contra, pero instando a Sus Señorías a recapacitar sobre la norma que nos ocupa y a tener en cuenta el trabajo que está realizando el propio Senado, por mandato de la Sala, en dos Comisiones de tanta envergadura, como son las de Constitución y de Salud.
Voto que no.

El señor CANTERO.- Señor Presidente, adhiero a los criterios expuestos por el Senador señor Díez y voto a favor.
--Se aprueba el artículo 182 (29 votos a favor, 10 en contra, una abstención y 2 pareos).
Votaron por la afirmativa los señores Bitar, Boeninger, Cantero, Cordero, Díez, Foxley, Hamilton, Horvath, Lavandero, Matta, Muñoz Barra, Núñez, Ominami, Páez, Parra, Pérez, Pizarro, Prat, Ríos, Romero, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Stange, Urenda, Vega, Viera-Gallo y Zaldívar (don Adolfo).
Votaron por la negativa los señores Aburto, Bombal, Canessa, Chadwick, Fernández, Larraín, Martínez, Moreno, Pinochet y Zurita.
Se abstuvo la señora Matthei.
No votaron, por estar pareados, los señores Cariola y Zaldívar (don Andrés).

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, ¿podría disponer que el señor Secretario diera lectura al artículo tal como se ha aprobado? Sería conveniente, en razón de la confusión que se produjo acerca del texto y alcance de la norma.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Sí, señor Senador.

El señor LAGOS (Secretario).- El artículo 182 queda como aparece en la cuarta columna del texto comparado:
"Artículo 182. El padre y la madre del hijo concebido mediante la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida son el hombre y la mujer que se sometieron a ellas.
"No podrá impugnarse la filiación determinada de acuerdo a la regla precedente, ni reclamarse una distinta.".

El señor MARTÍNEZ.- Muchas gracias.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Corresponde pronunciarse sobre el artículo 199, cuyo texto final aparece en la página 14 del texto comparado.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, en esta materia se trata de ver el valor¿

El señor HAMILTON.- Perdón, señor Senador. ¿Me permite una interrupción para hacer una observación de procedimiento a la Mesa?

El señor LARRAÍN.- Con todo gusto.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, el acuerdo que estamos cumpliendo es el de votar. O sea, en este caso habría que permitir al Honorable señor Larraín, en su calidad de Presidente de la Comisión de Constitución, emitir su voto en primer lugar, para que explique el alcance de la disposición. Pero no procede una discusión previa.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- De acuerdo.
El señor URENDA.- No, señor Presidente.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Perdonen, señores Senadores. El señor Secretario me está señalando que hay un acuerdo previo en el sentido de sólo fundar el voto.
Si la Sala no lo estimara así, deberíamos entrar a debatir este aspecto de procedimiento. Pero, como señalé, ya existe un acuerdo anterior.

El señor URENDA.- Señor Presidente, nos demoramos muchísimo más en la votación anterior debido a que no hubo una explicación previa.
No parece razonable que durante la votación nos vayamos imponiendo del verdadero alcance o sentido de una norma. El debate es para adquirir conocimiento. Y si él es claro, lo más probable es que la votación resulte mucho más rápida y sencilla.
El procedimiento de votar primero y discutir después constituye, en mi concepto, la negación de lo que debe ser una corporación como la nuestra.

El señor PRAT.- Pido la palabra.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, efectivamente, se produjo una confusión en la votación anterior, la cual se aclaró. Pero eso no altera el procedimiento acordado por los Comités, que el señor Presidente reiteró en la última sesión y al comenzar ésta.
En consecuencia, lo único que se ha hecho es alterar el orden de la votación para permitir que funden el voto los señores Senadores que están más enterados del proyecto. Pero no cabe la discusión de cada artículo.
Me remontaré más atrás.
Cuando resolvimos enviar el proyecto a la Comisión, dijimos que las materias aprobadas allí por unanimidad no serían discutidas en la Sala. Después se decidió someterlas todas a aprobación después de un debate. En cuanto a las restantes -cuatro o cinco-, se acordó votarlas sin discusión, pero con fundamento de voto.
Ése fue el acuerdo, señor Presidente.

El señor PRAT.- Pido la palabra.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Vamos a resolver primero la forma de llevar a cabo la votación.
El Senador señor Urenda ha hecho un planteamiento. Y en la Mesa hay distintas opiniones acerca del acuerdo previo tomado al respecto.
Tiene la palabra el Honorable señor Prat.

El señor PRAT.- Señor Presidente, debo aportar mi opinión en cuanto a lo que, según entiendo, fueron los hechos.
En la reunión de Comités se acordó dar por aprobadas todas las materias que habían sido sometidas a una adecuación redaccional -fue lo que se discutió ayer- cuando ellas no tuvieren observaciones; y respecto de las otras materias que la Comisión incluyó en su análisis, aun cuando no fueron debatidas en particular en la Sala, someterlas a una discusión de esta índole.
Sin embargo, al terminar la sesión de ayer, esta Sala resolvió -en forma general y un poco improvisada, pero que no constituye acuerdo de Comités- que hoy sólo se votara, con fundamentación de voto, sin debate previo.
En mi concepto, esa decisión merece ser revisada. Las materias en cuestión son de tanta trascendencia que bien vale la pena tomarse el tiempo necesario para debatirlas en particular y esclarecerlas debidamente, de forma tal que los Senadores podamos votar con pleno conocimiento de lo que se está resolviendo.
Por eso, apoyo la sugerencia del Honorable señor Urenda en orden a revisar el acuerdo adoptado ayer al concluir la sesión.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- La Secretaría del Senado sostiene que, efectivamente, dicho acuerdo no es de Comités, sino de la Sala. Por tal motivo, la Mesa está actuando conforme a él.
Ese acuerdo sólo puede ser modificado por otro acuerdo de la Sala. Pero, mientras ello no ocurra, sólo procede la fundamentación del voto por los cinco minutos reglamentarios.
Con todo, como algunos señores Senadores han pedido un debate más amplio, recabo el asentimiento de la Sala para ese efecto antes de proceder a votar.

El señor HAMILTON.- No hay acuerdo.

El señor NÚÑEZ.- No hay acuerdo.

El señor HAMILTON.- Este proyecto, señor Presidente, se viene discutiendo desde hace seis años; ha sido informado tres veces por la Comisión de Constitución, y a su formación han concurrido todas las autoridades del país en materia de familia.
¡No veo qué más se quiere!
El señor PRAT.- Sobre esta materia, señor Presidente, nunca ha habido discusión particular en la Sala.

El señor LARRAÍN.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor LARRAÍN.- Lo que ocurre es que varios señores Senadores no desean esperar su turno para fundamentar el voto. Entonces, me parece que la Mesa podría abrir inscripciones para quienes desean usar de la palabra y al mismo tiempo fundamentar su voto,¿

El señor HAMILTON.- Perfecto.

El señor LARRAÍN.- ¿a fin de que, una vez concluido ese proceso, emitan su pronunciamiento los demás Senadores, en el orden de la votación nominal.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- La proposición de Su Señoría consiste en que los señores Senadores que van a usar de la palabra voten en primer lugar.
¿Habría acuerdo para eso?

El señor HAMILTON.- Sí.

El señor LAVANDERO.- No, señor Presidente.

El señor PRAT.- Pido la palabra.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- La tiene, Su Señoría.

El señor PRAT.- Señor Presidente, quiero recoger el sentido de las expresiones del Honorable señor Urenda.
Estamos analizando materias sobre las cuales algunos señores Senadores han querido cambiar su decisión porque, de ciertas fundamentaciones de voto, han esclarecido alcances del proyecto que antes no tenían en vista. Por lo tanto, el debate aparece como un requisito ineludible para que adoptemos una correcta determinación.
En tal sentido, el procedimiento planteado no resuelve el problema que nos aqueja.
Para terminar, quiero hacer una precisión respecto a lo expresado por el Honorable señor Hamilton.
Las materias que estamos resolviendo ahora nunca han sido analizadas en particular en la Sala. Es cierto que el proyecto ya lleva seis años, probablemente en la Comisión de Constitución. Pero dichas materias -insisto- jamás fueron discutidas en detalle en este Hemiciclo. La iniciativa se debatió largamente en general en la Sala, pero en ningún momento tales materias se han discutido en particular aquí.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Señor Senador, la Mesa ha hecho todos los esfuerzos y no existe unanimidad para revocar el acuerdo anterior.

El señor URENDA.- No se requiere unanimidad.
El señor RÍOS (Vicepresidente).- La Secretaría me ha señalado que la Sala, al ser consultada ayer por el Presidente del Senado, Honorable señor Andrés Zaldívar, optó por el procedimiento de permitir únicamente la fundamentación de voto. Y ése es un hecho real que la Mesa no puede modificar sino por otro acuerdo unánime.

El señor URENDA.- ¿Por qué unánime? Sólo se requiere mayoría.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Además, es acuerdo de Comités.

El señor URENDA.- ¡En qué quedamos! ¡Es o no acuerdo de Comités!

El señor HAMILTON.- ¡Ahora sí que estamos perdiendo el tiempo, señor Presidente!

El señor URENDA.- Se está alterando la esencia de lo que es una corporación. Este sistema de votar primero y discutir después constituye, a mi juicio, motivo de desprestigio para la Cámara Alta.
Es perfectamente posible -lo admite el Reglamento- que, antes de votar, un Senador apoye y otro rechace, o que al menos haya una explicación. Yo no estoy ni en contra ni a favor de determinada proposición. Pero lo natural es que las normas se expliquen antes de ser votadas y no que uno vaya aprehendiendo su verdadero sentido por los fundamentos de los Senadores que se pronuncian con anterioridad.
Ésa no es la esencia de nuestro sistema. Y el Reglamento consulta la posibilidad de que, en determinados casos, dos Senadores intervengan para rechazar o apoyar.
En la práctica, el procedimiento acordado se ha traducido en una demora mayor, debido a que todos nos hemos visto obligados a fundar el voto.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tengo en mi mano el documento que contiene los acuerdos de Comités adoptados el 4 de agosto. Y, efectivamente, aquéllos resolvieron discutir y votar en forma separada los artículos correspondientes a determinadas materias, una de las cuales se refiere, precisamente, a la prueba de la paternidad a través del ADN. Las otras son las relativas a la presunción de la paternidad, a la herencia y a la fertilización asistida.
La Mesa entiende que, para estos efectos, un acuerdo de Comités es superior a uno de la Sala. Por tal motivo, debo poner en práctica el procedimiento aprobado por la unanimidad de los Comités.
Ofrezco la palabra.

El señor URENDA.- Usted dijo, señor Presidente, que los Comités acordaron "discutir y votar".

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Le estoy dando la razón, señor Senador.

El señor URENDA.- Por tanto, primero tenemos que discutir.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Estoy dando la razón a Su Señoría.
En consecuencia, para referirse al artículo 199, tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Gracias, señor Presidente.
Era mi intención, antes de que se produjera el debate precedente, esclarecer el alcance de lo que se halla en cuestionamiento.
En lo medular, aquí se trata de determinar el sentido, oportunidad y valor de la prueba biológica como fundamento para establecer la paternidad en cada caso específico.
Sobre esta materia, el segundo informe de la Comisión consagraba un procedimiento para el caso de negativa injustificada del demandado a someterse a peritaje biológico, facultando al tribunal para aplicarle el apremio dispuesto en el artículo 380 del Código de Procedimiento Civil, que lleva aparejada privación de libertad, en tanto el examen pertinente no fuera practicado. Es decir, se establecía una sanción extraordinariamente grave: el arresto indefinido hasta que aquél se sometiera al peritaje respectivo.
A la Comisión le pareció que ello era exagerado. En consecuencia, optó por el camino señalado en el inciso segundo del artículo 199 sugerido ahora a la Sala: "La negativa injustificada de una de las partes a someterse a peritaje biológico configura una presunción grave en su contra, que el juez apreciará en los términos del artículo 426 del Código de Procedimiento Civil.".
En definitiva, el sometimiento a la prueba es voluntario. Y si la persona no se somete, la negativa configura una presunción grave en su contra. Ello no constituye de por sí plena prueba, pero sí un elemento suficientemente importante, de gran peso, como para que el juez, junto a otros antecedentes, determine o deseche la paternidad.
Hay quienes sostienen que el valor asignado al peritaje biológico es demasiado grande. Por eso, han solicitado que la negativa se considere como base de una presunción judicial, lo cual disminuye el peso probatorio del examen pertinente y obliga al juez a recurrir a otros medios para acreditar la paternidad.
En lo personal, comparto la fórmula propuesta por la Comisión en su segundo informe complementario. Me parece correcta. No constituye plena prueba, pero sí un elemento de suficiente envergadura. Porque, obviamente, la prueba biológica es determinante. Y si alguien no desea someterse a ella, es por una razón que todos podemos desprender; es una verdadera presunción de responsabilidad, de paternidad o de culpabilidad. En consecuencia, me parece bien la forma como se ha planteado la disposición en el informe, porque otorgarle menor valor probatorio resta fuerza al sentido del peritaje. No obstante la inquietud que surge -que me parece muy legítima; algunos podrán compartirla-, personalmente estimo que se faculta juez para resolver. No lo obliga ciento por ciento, pero lo deja muy cerca de ello, porque la presunción grave se halla próxima a la plena prueba. Pienso que así se dan garantías para que, con los otros antecedentes que puedan acreditarse en el proceso, se tome una determinación sin mayores dificultades. Me parece que está correcto.
Por los motivos expuestos, votaré que sí.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Díez; después, los Senadores señores Boeninger y Bombal.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, el análisis del artículo 199 no puede hacerse separadamente del artículo 201. El artículo 199 dispone que "La negativa injustificada de una de las partes a someterse al peritaje biológico" -es decir, sin que haya razón para ello; la justificación o no justificación la ponderará el juez- "configura una presunción grave en su contra, que el juez apreciará en los términos del artículo 426 del Código de Procedimiento Civil". Esta última norma establece: "Una sola presunción puede constituir plena prueba cuando, a juicio del tribunal, tenga caracteres de gravedad y precisión suficientes para formar su convencimiento.". Y ahora se da el carácter de grave a la presunción de que estamos hablando. Es el juez el que debe determinar su precisión, en cuanto a si es suficiente para formar su convencimiento.
Pero hay una cosa muy importante, por lo que ruego a los señores Senadores poner atención. La prueba biológica que estamos incorporando por primera vez no es la más relevante en materia de filiación, sino la que dispone el artículo 201, que dice: "La posesión notoria del estado civil de hijo, debidamente acreditada, preferirá a las pruebas periciales de carácter biológico en caso de que haya contradicción entre una y otras.". Lo que ahora analizamos se aplica en el caso de que no haya "posesión notoria del estado civil", expresión que define el artículo 200: "Posesión notoria consiste en que su padre, madre o ambos le hayan tratado como hijo, proveyendo a su educación y establecimiento de un modo competente, y presentándolo en ese carácter a sus deudos y amigos; y que éstos y el vecindario de su domicilio, en general, le hayan reputado y reconocido como tal.". Entonces, la primera regla es otra vez la de la estabilidad de la familia o del grupo familiar, que es lo que implica la "posesión notoria del estado civil". Si esto no es aplicable, se practica la prueba pericial de carácter biológico. Y, en caso de negativa, no hay apremio, sino que sirve de base para una presunción judicial. Y no es una presunción de derecho. Y no puede serlo porque el mismo artículo 201 hace prevalecer la "posesión notoria del estado civil".
Me parece que de esa forma se ha dado cumplimiento a la idea -y estoy seguro de que interpreta a todo el Senado- de que la responsabilidad de los actos se determina por la prueba del ADN y de que la preferencia de la "posesión notoria del estado civil" se vincula con la estabilidad familiar.
Por esa razón, voy a votar favorablemente los artículos 199, 200 y 201, que, por constituir un solo todo, no pueden analizarse separadamente.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger; en seguida, el Senador señor Bombal, y después procederíamos a votar.

El señor BOENINGER.- Señor Presidente, creo que el problema es bastante simple. Coincido plenamente con los Honorables señores Larraín y Díez. Pienso que en este proyecto se introducen las pruebas biológicas en la legislación chilena. Y considerando el uso extensivo de tales pruebas en el mundo contemporáneo, es importante darles la fuerza legal suficiente, sin perjuicio de que puedan ser rebatibles.
Me parece que la presunción grave tiene una calidad mayor que una simple base de presunción. Como de todas maneras deberá calificarla el juez, ello implica que éste podrá apreciar otras circunstancias. Y, además, como muy bien lo ha señalado el Senador señor Díez, están los artículos 200 y 201.
Votaré favorablemente el artículo 199. Todos estamos de acuerdo. Tengo la impresión de que es innecesario continuar interviniendo, de modo que podríamos darlo por aprobado.

El señor ERRÁZURIZ.- Pido la palabra. señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Para los efectos del despacho del proyecto, quiero solicitar a los señores Senadores que reduzcan sus intervenciones a cinco minutos.

El señor HAMILTON.- Eso es lo que corresponde.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- De acuerdo.
Tiene la palabra el Honorable señor Bombal.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, la norma en debate es extraordinariamente importante. Lo que una madre busca, mediante mecanismos que no contempla precisamente el artículo 200, es la posibilidad de indagar sobre la paternidad de quien ella sabe muy bien que es el padre de su hijo y que se ha negado a reconocer.
El Senador señor Díez lo dijo muy bien: el artículo 200 se refiere a "La posesión notoria de la calidad de hijo respecto de determinada persona", y a que tal posesión notoria "consiste en que su padre, madre o ambos le hayan tratado como hijo,". En este caso, la realidad está dada principalmente por la madre que ha sido abandonada, quedando sin establecerse la filiación del hijo. Ésta es la principal razón. Aquí no cabe lo establecido en el artículo 200, porque ha faltado uno de los padres.
La incorporación de las pruebas periciales biológicas es uno de los puntos más importantes que, más allá del propósito del proyecto en cuanto a la igualación de los hijos, tenía como norte la Agrupación de Madres Solteras. ¿Y qué se pidió en su momento? La obligación de ese peritaje. Naturalmente, pienso que el Senado ha actuado prudentemente al no exigir esa obligación, porque podía prestarse para cualquier tipo de soborno o chantaje. En los términos en que ha quedado redactada la norma, es el grado máximo que se puede requerir a una persona para que comparezca a reconocer su participación en la procreación del hijo. En su oportunidad, se señaló que esto quedaba a discreción del juez. Y había desconfianza, y así me lo hicieron presente y yo lo reitero en la Sala. En la tarde ayer y en el día de hoy, se me ha manifestado que el hecho de que tales pruebas queden sujetas a la apreciación del juez era algo que no satisfacía a las madres que están ansiosas por obtener el reconocimiento de los hijos -o la comparecencia para tal reconocimiento- por parte de aquellos padres que las abandonaron.
Pero los términos en que está planteada la norma son los correctos, porque permiten al juez la apreciación, sobre la base de una presunción fundada y grave, ante la negativa de una de las partes de someterse a un peritaje biológico. Por lo demás, es importante destacar que la negativa debe ser injustificada; no se trata de cualquier negativa. Y será el juez quien deberá ponderarla en consonancia con las demás pruebas que se acrediten en el proceso y que darán certeza al establecimiento de la filiación.
Por eso, señor Presidente, estimo que éste es uno de los aspectos por los cuales más ha luchado el grupo de madres afectadas por esta realidad.
Pienso que el artículo 199 es la respuesta máxima que se podía dar, porque había muchas opiniones y temores en cuanto a respaldar de una manera tan profunda -como se ha hecho- la validez de la prueba pericial biológica.
Por lo tanto, me alegro de que en esta materia se haga justicia a las madres que no han podido obtener que los padres reconozcan a sus hijos, y de que el Senado haya actuado con severidad. Me parece que la aplicación de esta norma traerá tranquilidad a muchas madres, pero también ocasionará -debemos admitirlo- muchos problemas a quienes reiteradamente les han negado la posibilidad, por lo menos, de dar a los hijos la certeza de quien es su padre.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, daríamos por aprobado el artículo.
--Se aprueba el artículo 199.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Artículo 204.
Tiene la palabra el Senador señor Larraín, para fundamentar el voto.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, voy a explicar la disposición y aprovecharé de fundamentar mi voto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señor Senador, el acuerdo de ayer fue que estos artículos se votarían sin discusión y sólo habría fundamentación de voto.
Tiene la palabra Su Señoría para fundamentar el voto.
--(Durante la votación).

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, se ha cuestionado este artículo por cuanto de su lectura podría darse una interpretación distinta de su sentido preciso y exacto.
El inciso primero del artículo 204 señala: "La acción de reclamación de la filiación matrimonial corresponde exclusivamente al hijo, al padre o a la madre.". Ello quiere decir que pueden intentar tal reclamación sólo los cónyuges y el hijo de ambos, puesto que se trata de filiación matrimonial. Se omite expresamente -ése es el sentido de intercalar la expresión "exclusivamente", que fue la única modificación que en este caso introdujo la Comisión- la impugnación de la paternidad por un tercero. Ésta se haya amparada por la presunción de paternidad que establece el artículo 184 del Código Civil, y la determinación de la filiación matrimonial queda a firme en esa perspectiva.
Tal es el sentido de esta disposición; por lo tanto, la interpretación que se hace contradice lo que se desea establecer. Se dice: si hay un padre distinto del cónyuge a quien beneficia la presunción, se podrá pensar que esa persona puede ser el progenitor biológico y, por lo tanto, no le estaría impedido reclamar la paternidad del hijo. Considero que se podría redactar mejor la norma, para evitar que alguien le dé esta interpretación. Pero si el Senado aprueba este artículo, debe dejarse constancia en forma expresa, para la historia fidedigna de la ley, de que la acción de reclamación de la filiación patrimonial corresponde exclusivamente al hijo, al padre o a la madre, entendiendo como padre o madre a los cónyuges, aquellos que forman la pareja matrimonial, que da origen a ese hijo y que está beneficiada por la presunción. Y que no se autoriza ni se permite que un tercero, distinto de uno de los cónyuges, pueda interponer la reclamación de paternidad. Entonces, no sería necesaria ninguna modificación del precepto, sino interpretarlo en el sentido preciso antes señalado, puesto que ése es su objetivo. Y la Comisión trató de reforzar tal sentido con la palabra "exclusivamente". Además, en el artículo 205 se agregó la expresión "sólo", para precisar que en esta materia el hijo es el único "otro", aparte de los cónyuges, que puede interponer la acción de reclamación.
En ese entendido y con esa constancia en la historia fidedigna de la ley, voto a favor del artículo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, daríamos por aprobado el artículo 204.
--Se aprueba el artículo 204.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Artículo 988.

El señor LARRAÍN.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría para fundamentar el voto.
--(Durante la votación).

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, el artículo 988 se refiere a la porción conyugal. Se trata de fijar al cónyuge sobreviviente una porción que equivalga al doble de lo que por legítima rigorosa o efectiva corresponda a cada hijo. Si hay un solo hijo, la cuota del cónyuge será igual a la legítima rigorosa o efectiva de ese hijo; si hay más de un hijo, será el doble de lo que corresponda a cada uno de ellos. En ningún caso la porción del cónyuge bajará de la cuarta parte de la herencia o de la cuarta parte de la mitad legitimaria en su caso.
La disposición que propone la Comisión agregó estas limitaciones con el propósito de no perjudicar al cónyuge sobreviviente, puesto que la actual porción conyugal es la cuarta parte de la herencia. Y, por esa misma razón, al cambiar el régimen inicialmente y dar el doble de la cuota legítima, podría verse perjudicado. Por eso se estableció este mecanismo. Así, se fija un mínimo, asegurando al cónyuge sobreviviente.
Hay quienes sostienen que con esta fórmula se está dando un beneficio excesivo a la cónyuge, limitando de alguna manera la masa hereditaria correspondiente a los demás legitimarios, puesto que se les establecen techos. Y si el cónyuge sobreviviente tiene derecho a uso y habitación del inmueble familiar en forma vitalicia, se estima que son demasiados los beneficios que el proyecto le entrega. En lo personal, pienso que la fórmula es adecuada. La disposición tiene importancia en muchos aspectos, particularmente para los sectores sociales con mayores dificultades, ya que muchas veces es allí donde se produce la situación de desmedro del cónyuge sobreviviente, especialmente si es la mujer.
No obstante hacer presente la inquietud que para algunos representa esta norma, yo personalmente la apruebo.
Voto a favor.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Todos los Senadores que intervinieron ayer estuvieron de acuerdo con este artículo, porque mejoraba la posición del cónyuge sobreviviente.
Si le parece a la Sala, se aprobaría.
--Se aprueba el artículo 204.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Modificación del artículo 1167 que consiste en sustituir el número 4, que pasa a ser 3, por el siguiente: "3. La cuarta de mejoras en la sucesión de los descendientes, de los ascendientes y del cónyuge.".
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín, para fundar el voto.
--(Durante la votación).

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, esta enmienda puede aprobarse expresamente o, si ésa es la voluntad del Senado, rechazarse.
Ésta es una modificación distinta. Se trata de incorporar en la cuarta de mejoras a los ascendientes. La cuarta de mejoras se aplica sólo cuando hay sucesión testada, donde la mitad de la herencia es para los asignatarios forzosos y, la otra mitad, si existen ciertas personas, puede dar origen a cuarta de mejoras y a cuarta de libre disposición. Se puede constituir cuarta de mejora, en la legislación actual, si hay descendientes y cónyuges. En ese caso es posible configurarla.
La indicación aprobada por la Comisión, y que complementa a ésta, agrega en la cuarta de mejora la posibilidad de incorporar a los ascendientes. Ello en razón de que, como lo hice presente en el debate del día de ayer, en la actualidad, con la mayor prolongación de la vida, muchas veces las dificultades que se producen a la muerte de alguna persona, no están dadas tanto por sus descendientes cuanto, a menudo, por sus ascendientes, que por su ancianidad no tienen la posibilidad de la autosustentación, mientras que los hijos, por el contrario, la tienen. En este sentido, sin provocar una alteración muy sustancial, se da la posibilidad a quienes testan de incorporarlos en la cuarta de mejora, y, por lo tanto, dar a los ascendientes que la persona quiera favorecer, un mayor beneficio del que podrían proporcionar con la cuarta de libre disposición.
En ese aspecto, se estima una contribución. Sin embargo, han surgido aquí ciertas inquietudes en dos sentidos. Una de ellas consiste en el temor de que en esta materia, en la medida en que se incluye este tipo de disposiciones, se está restringiendo la libertad de testar. Y la voluntad, y la tendencia creciente que hay en el ámbito sucesorio es la de ir creando mayores espacios de libertad, con limitaciones, pero permitiendo más flexibilidad al testador para decidir sobre la forma de disponer sus bienes.
La otra inquietud la provoca la existencia de un problema de concordancia, pues cuando se fijan los órdenes de sucesión intestada, nuestro Código establece que pueden concurrir los ascendientes, pero sólo en el caso de que el padre o la madre no matrimonial, hayan reconocido voluntariamente al hijo. Vale decir, si se trata de un ascendiente, padre o madre, que no ha reconocido voluntariamente al hijo, no puede formar parte de ese orden sucesorio.
En consecuencia, si no hacemos aquí tal distinción, podemos incurrir en una contradicción. A mi modo de ver, es solamente una contradicción parcial, porque aquí se está dando la posibilidad de hacerlo. Por lo tanto, es voluntario, si lo quiere incorporar, a pesar de que el padre o madre no ha querido reconocer libremente a ese hijo, igualmente es el testador quien está determinando en forma voluntaria si lo hace. Y en ese sentido no se ve que exista allí una contradicción.
Asimismo, puede producirse una situación que vale la pena mencionar. Y es la de que, en el caso de una sucesión, no existan otros legitimarios que los ascendientes. Esto obligaría a formar la mitad legitimaria, y si es uno solo el ascendiente, se llevaría las tres cuartas partes de la herencia, lo que parece un exceso. Éste es un riesgo que se puede dar, en una hipótesis bastante circunscrita y rebuscada, pero puede producirse.
Tales son las razones -fundamentalmente, la restricción de la libertad de testar, la contradicción existente en los órdenes sucesorios intestados, y la hipótesis de que en un momento dado se configure el hecho de que las tres cuartas partes de una herencia pueden recaer en un ascendiente- por las cuales algunos son contrarios a esta norma. Debo advertir que fui su autor y la propuse pensando precisamente en el problema de los ascendientes. Por ello, mantengo mi criterio y la voto favorablemente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.
El señor HAMILTON.- Señor Presidente, dicha incorporación, aunque mínima, es importante, porque, en el caso de la sucesión testada, amplía la facultad del testador, y le da libertad para favorecer, en la cuarta de mejora, a algún ascendiente. Eso es todo. Es tan obvio que, por ello, fue aprobado por unanimidad en la Comisión, y podría serlo en la misma forma por la Sala.
--Se aprueba.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Larraín, quien informará a la Sala si mantendrán la indicación renovada referente a la filiación no determinada.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, también es ésta una materia que algunos han considerado necesario someterla a votación, puesto que se puede producir un vacío en la legislación. Se trata de quienes tienen filiación no determinada.
Ésta es una hipótesis recogida en el proyecto de ley cuyo número 8 del artículo 1º dice: "Intercálase el siguiente artículo 37: "La filiación de los hijos puede no encontrarse determinada respecto de su padre, de su madre o de ambos.". Vale decir, aunque por las formas y mecanismos probatorios que se han aprobado, es hipotético que haya personas que no puedan acreditar la filiación, tal caso puede darse. En la actualidad, nuestra legislación establece, para los casos de filiación no determinada, si se dan ciertas circunstancias y a pesar de que no se reconozca la paternidad de una persona, la obligación de otorgar alimentos. Éstos son los que la legislación vigente denomina simplemente como "hijos ilegítimos" y tienen derecho a alimentos necesarios. Esta situación -repito- es muy probable que no se produzca, pero teóricamente es posible. Por ello, se ha planteado la conveniencia de estructurar una serie de normas, que son las contenidas en la indicación que ha sido renovada, a fin de que dentro del nuevo régimen se mantenga esta obligación. Es decir, cuando haya personas cuya filiación no esté determinada, si se dan ciertas circunstancias que están allí descritas -probablemente será necesario adaptarlas, por los cambios introducidos por la Comisión-, el juez podría fijar el pago de alimentos. En este caso no sería necesario porque el proyecto actual ha suprimido la distinción entre congruos y necesarios, pero le podría fijar alimentos.
Lo último tiene un riesgo, y la Comisión no incorporó esta disposición por las razones a las que me voy a referir. Es muy probable que en momentos complejos de un proceso delicado el juez pueda no determinar la filiación y optar simplemente por decretar el pago de alimentos, con lo cual resuelve transitoriamente el problema más inquietante del reclamante, que más que determinar el estado civil, pretende la otorgación de alimentos.
Por último, creo importante señalar lo siguiente para ilustrar la opinión de los señores Senadores. Se produce también el problema de que el juicio de reclamación de paternidad o de maternidad va a ser más lento y engorroso que el otorgamiento de alimentos. Se dice, en consecuencia, que la suma de estos elementos favorecerá al juez, quien evitará entrar al proceso de la determinación de la paternidad y simplemente decretará la entrega de alimentos.
Es un tema complejo, y pienso que existe el riesgo efectivo de que los juicios sean muy largos, y que por ello las partes puedan llegar incluso al acuerdo de un mero trámite de alimentos. Sin embargo, y así como lo hemos establecido en las pruebas biológicas, considero importante el tema de la paternidad. Nosotros debemos estimular y fomentar la paternidad responsable. Ése es el sentido que tiene el incorporar los exámenes biológicos y darles un amplio valor probatorio. Cada uno debe hacerse responsable de sus actos, y nuestra legislación ha de favorecer el que se llegue a establecer la paternidad. Si nosotros abrimos esta vía, a pesar de que puedan producirse algunos vacíos, vamos a generar un espacio por el cual se va a obviar el trámite indicado. Quiero señalar que hoy día el 30 por ciento de los casos corresponde a filiación no determinada. Y ésa es una cifra muy alta.
Por último, siempre habrá la posibilidad, quizás no por la vía judicial, pero sí en forma extrajudicial, de que si una persona reclama la paternidad y extrajudicialmente llega a un acuerdo económico, puede dejar sin efecto ese proceso y, por lo tanto, obtener estos alimentos -llamémoslo, como hoy día existe para los hijos simplemente ilegítimos- por un acuerdo privado. Tiene otras limitaciones. Pero si ése fuera el caso, también se puede dar.
Por ello, asumiendo el riesgo de que existirán casos de filiación no determinada que tampoco tendrán derecho a reclamar los alimentos provisorios, que en esa situación hoy les da la ley, creo que vale la pena intentar el asegurar la búsqueda de la paternidad.
Por eso, me sumo al criterio de la Comisión, que no incorporó este capítulo que incluía la indicación renovada.

El señor VIERA-GALLO.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, sólo quiero señalar que el Senador señor Larraín explicó bien cuál es el dilema. Su Señoría ha indicado también la solución a la que llegó la Comisión.
La verdad es que cuando no existía -reconocido el peso que tiene- la prueba biológica, era lógico que el actual Código estableciera la posibilidad de dar alimentos necesarios a los hijos simplemente ilegítimos, y por tanto que una persona, sin reconocerlos como hijos, sin embargo, les pagara alimentos.
Pero cuando ya se establece la factibilidad de investigar la paternidad por métodos de prueba biológica, con un grado de certeza muy alto, parece complemente inoficioso mantener ese residuo de la legislación. Porque lo lógico sería que se determinara si ese niño que tendrá derecho a alimentos es o no efectivamente hijo de la persona que le pagará el alimento.
Entonces, mantener esa posibilidad abriría la puerta para que el juez, aunque no lo debiera hacer, no llegara al fondo de la determinación de la filiación, sino que se contentara simplemente con el otorgamiento de los alimentos.
Por eso, en la Comisión nos pareció mejor la solución de consenso propuesta a la Sala del Senado.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hamilton.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, una de las ideas fundamentales del proyecto es que permitirá que cualquier hijo tenga la posibilidad de saber quiénes son efectivamente sus padres, es decir, en una palabra, reemplazar la verdad formal por la verdad real. Y esto es esencialmente mediante el establecimiento de pruebas biológicas, en particular del ADN.
En vista de esta situación, los alimentos que recibirían ciertas personas que tendrían el carácter de hijos ilegítimos pasan -como aquí se ha señalado- a ser irrelevantes, toda vez que tienen un derecho cierto a ser reconocidos como hijos y, en consecuencia, a obtener los alimentos del caso.
Existe también el riesgo -ya mencionado- de que por la vía de entregar los alimentos se evite ir al fondo del asunto y resolver el problema sobre filiación, que es el más importante.
En consecuencia, creo que, así como hubo unanimidad en la Comisión, también podría haberla en la Sala respecto de esta materia para darle la aprobación.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, después de lo que ha señalado el Senador señor Larraín y de la explicación dada, la voluntad era que esto se clarificara aquí en la Sala. No creo que sea conveniente votar la indicación, porque ya estamos todos de acuerdo -incluso el mismo señor Senador- en que la solución quizás no es la óptima, pero es la que aparece como mejor.
Entonces, tal vez los Senadores autores de la indicación renovada podrían retirarla. El señor HAMILTON.- Señor Presidente, aclaro que no soy partidario de la indicación, sino de lo aprobado por la Comisión, tal como lo señaló el Senador señor Larraín, si mal no entendí.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, he planteado -y hemos convenido en ello- que sería bueno que el Senado se pronunciara sobre los temas vistos. Y éste ha suscitado inquietud en muchas personas que han conocido el proyecto.
Por eso, no obstante haber sido autor de la indicación renovada, preferiría no retirarla y que siguiera el procedimiento normal, aunque en lo práctico signifique perder. Porque me parece importante que la Corporación se pronuncie para que la inquietud suscitada por lo menos tenga una respuesta del Senado.

El señor DÍEZ.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, conjuntamente con el Senador señor Larraín presentamos la indicación relativa a la filiación no determinada.
La verdad es que el análisis hecho en la Comisión de los pros y contras en esta materia ha sido muy profundo y tranquilo. Y existiendo hoy las pruebas científicas del ADN, la filiación no determinada aparece, quizás, como un escapismo que puede no ser conveniente para la conformación de la verdad que el proyecto pretende, en su aspecto fundamental. Porque la idea es que todo hijo tenga padre y madre, y no sólo alguien que le dé alimento.
Y ésa es la razón fundamental por la cual no insistimos en nuestra indicación y aceptamos la tesis de la mayoría de la Comisión, que, sin perjuicio de que se vote, solicito a la Sala aceptarla, en el entendido de que corresponde a la idea general de lo que hemos hecho. Queremos la igualdad de todos los hijos. No deseamos que haya los que son hijos y los que no lo son por no tener filiación determinada.
Si mañana hemos de modificar el procedimiento, si en los tribunales de familia -proyecto que se encuentra en avanzado estado en la Cámara de Diputados- puede hacerse más rápido el proceso, no hay duda de que todos contribuiremos a ello. Pero creo que de esta otra manera es una solución que resta unidad y homogeneidad a la idea básica de un proyecto que la sociedad chilena necesita.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si entiendo bien, daríamos por rechazada la indicación renovada, con los votos en contra de los Senadores Larraín y Díez, por ser sus autores¿

El señor HAMILTON.- No, señor Presidente.

El señor LARRAÍN.- Por unanimidad, señor Presidente.

El señor HAMILTON.- Además, se llevó a cabo la discusión que se solicitó, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, si le parece a la Sala, se rechazará la indicación renovada.
--Se rechaza, por unanimidad, la indicación renovada Nº 173.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, queda aprobado en particular el proyecto, y despachado en este trámite.

Tiene la palabra la señora Ministra.

La señora BILBAO (Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer).- Señor Presidente, señores Senadores, en este momento para mí bastante emocionante e importante, quiero decir, como representante del Gobierno del Presidente Frei, que el proyecto sobre filiación aprobado en el Honorable Senado sin duda será juzgado como una de las reformas más profundas que se lleva a cabo en nuestra institucionalidad. Así, el Congreso Nacional se ha sumado a la historia de construir un país coherente con los preceptos constitucionales que garantizan la igualdad a todos los chilenos y chilenas.
En efecto, esta reforma al Código Civil acoge el imperativo constitucional antes mencionado y corrige una situación errónea e injusta como es la que atribuye consecuencias jurídicas negativas para los hijos e hijas de parejas no unidas en matrimonio.
Esta discriminación jurídica también ha generado efectos negativos en el ámbito social, cultural, económico, restando oportunidades y beneficios a estos hijos, lo que crea, al fin, una doble marginalidad que la nueva normativa aprobada por Sus Señorías hace desaparecer. Con esta reforma comenzamos a dejar atrás la realidad de injusticia que afecta actualmente a más del 40 por ciento de las personas que nacen y viven en nuestro país.
Aunque los señores Senadores muy bien lo conocen, es preciso que todo Chile sepa que esta nueva normativa en materia de filiación, en primer lugar, termina con esa irracional categoría de hijos legítimos e ilegítimos, estableciendo que en nuestra patria los niños y las niñas nacen con plena igualdad de derechos ante la ley.
En segundo término, hemos consagrado el principio de la libre investigación de la paternidad, revirtiendo el principio napoleónico que inspiró nuestra legislación y que prohibía expresamente esta investigación.
Creemos que la manera en que este principio se ha establecido logra equilibrar dos criterios fundamentales que suelen aparecer, a veces, como contradictorios. Éstos son: el derecho a la búsqueda de la verdad y a la preservación de la paz y la armonía familiar, disponiendo resguardos contra falsas imputaciones.
El proyecto mejora considerablemente la situación del cónyuge sobreviviente, incorporándolo como heredero en todos los órdenes de sucesión, y otorgándole un derecho preferente al uso de la casa familiar.
Otro de los aspectos más trascendentales es la facultad que se confiere a los padres para determinar, de común acuerdo, quién ejercerá la patria potestad respecto de sus hijos.
En la culminación de esta etapa, que me atrevo a calificar de histórica, quiero agradecer a cada uno de los Honorables Senadores que con sus opiniones e indicaciones contribuyeron al debate, y muy especialmente a los integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, presidida por el Senador señor Larraín, a los funcionarios de secretaría de dicho organismo técnico, como también a los Parlamentarios de la Concertación, que no dudaron en manifestar un definido y entusiasta apoyo a los principios fundamentales de esta reforma presentada en el primer Gobierno de la alianza, y que continúa con el del Presidente don Eduardo Frei Ruiz-Tagle.
Ahora, nuestra esperanza y esfuerzos estarán dirigidos a obtener la más pronta aprobación del proyecto en la Cámara de Diputados, para su posterior promulgación y publicación como ley de la República durante este año, y así rendir un homenaje con motivo de la conmemoración de los 50 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El señor BOMBAL.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La tiene, Su Señoría.

El señor BOMBAL.- Solicito enviar a todas las Escuelas de Derecho, señor Presidente, el texto del proyecto de ley de filiación que aprobó hoy el Senado, ya que los profesores y alumnos de esos planteles han estado siguiendo atentamente el debate respectivo. Y quisiera pedir que no obstante que todavía no se encuentra despachada la iniciativa también se remita el informe complementario de la Comisión de Constitución.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No existe ningún inconveniente al respecto. Se podría mandar la totalidad¿

El señor DÍEZ.- Todos los antecedentes.

El señor BOMBAL.- En efecto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La Secretaría cumplirá el encargo.
¿Habría acuerdo para acceder a la proposición formulada?
Acordado.


NUEVAS PLANTAS PARA POLICÍA DE INVESTIGACIONES


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Conforme a lo acordado por los Comités, corresponde tratar el proyecto que figura en el segundo lugar de la tabla, en primer trámite constitucional e iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, sobre nuevas plantas de la Policía de Investigaciones de Chile, con informes de las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda, y urgencia calificada de "Suma".
¿Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 26ª, en 13 de enero de 1998.
Informes de Comisión:
Defensa, sesión 17ª, en 4 de agosto de 1998.
Hacienda, sesión 17ª, en 4 de agosto de 1998.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En la discusión general del proyecto, tiene la palabra el Honorable señor Fernández.


El señor FERNÁNDEZ.- Señor Presidente, solicito autorización del Senado para que pueda ingresar a la Sala el Subsecretario de Investigaciones, señor Jorge Pantoja.
--Se accede.

El señor FERNÁNDEZ.- Señor Presidente, esta iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, y tuvo su origen en un mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República. Ingresó a tramitación en el Senado el 13 de enero de 1998, pasando a ser estudiada por las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda. Fue aprobada en general por la unanimidad de sus miembros. El texto de su articulado, con los perfeccionamientos y enmiendas que fue necesario introducir, a los que en lo fundamental me referiré más adelante, también contó con aprobación unánime.
Objetivos
El proyecto tiene como objetivo general, dentro del proceso más amplio de modernización del Estado, contar con una policía investigativa de carácter civil, profesional, técnica y científica que le permita enfrentar eficazmente los desafíos de la criminalidad y los requerimientos que demandará la reforma procesal penal en marcha.
En consecuencia, sus finalidades específicas son racionalizar las plantas para obtener una mayor flexibilidad en la administración del personal; mejorar las expectativas de ascenso a través de la extensión de la carrera funcionaria y de la redistribución de grados en algunos escalafones; encasillar en la planta al personal que se encuentra a contrata; reforzar el carácter profesional y potenciar la capacidad científica de la institución; iniciar la externalización de algunos servicios, y aumentar la dotación en el mediano plazo.
Contenidos principales del proyecto
En su artículo 1º, configura tres plantas de funcionarios y una de docencia. La Planta de Oficiales se estructura con 7 escalafones, en contraposición a los 10 vigentes. La de Apoyo Científico-Técnico (actual Planta de Empleados Civiles) contará solamente con 2 escalafones, frente a los 18 existentes, y la Planta de Apoyo General, que reemplaza a la de Servicios Generales, se reduce a 4 escalafones de los 12 actuales.
Planta de oficiales
En ella se fusionan los escalafones de oficiales policiales masculino y femenino, consagrándose con ello la igualdad profesional del hombre y la mujer. Además, se aumenta la dotación de oficiales policiales en 597 plazas, y se crea el grado intermedio de Subinspector, que exigirá al detective el perfeccionamiento de un año para obtenerlo.
Los otros escalafones de esta planta son los de Oficiales de los Servicios, que aumentan en 182 plazas; de Oficiales de Complemento, que mantienen su número de cargos, y de Aspirantes, que crece en 300 plazas, para permitir, en el largo plazo, enterar la dotación de oficiales policiales contemplada en la nueva estructura.
Planta de apoyo científico y técnico
Ella reemplaza a la actual Planta de los Empleados Civiles y consulta dos escalafones, de profesionales y de técnicos, sustituyendo los 18 de la anterior. Esta nueva estructura busca perfeccionar el nivel de profesionalización del servicio en las diversas áreas del conocimiento, creándose 132 nuevas plazas.
Su Excelencia el Presidente de la República presentó una indicación dirigida al DFL Nº 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, que reflejó el sentir unánime de la Comisión de Defensa del Senado, para que el personal de la Planta de Apoyo Científico-Técnico utilice, para el solo efecto del rango, determinados grados jerárquicos de los oficiales, correspondiéndoles ser denominados Prefecto, Subprefecto, Comisario, Subcomisario, Inspector y Subinspector, de acuerdo con el orden decreciente de su ubicación en el escalafón respectivo.
Lo anterior permitirá, como se expresó en la Comisión, una mayor identificación y compromiso de esos profesionales y técnicos con la institución.
Planta de apoyo general
En ésta, que sustituye la Planta de los Servicios Generales, se configuran cuatro escalafones, en oposición a los 12 existentes en la actualidad, aumentándose en 328 el número de plazas, con el objeto de encasillar a los funcionarios a contrata.
Durante el análisis del articulado del proyecto, y con el objetivo de dar inicio a la externalización de algunos servicios, Su Excelencia el Presidente de la República presentó una indicación para declarar en extinción el Escalafón de Auxiliares de dicha planta, constituido por el personal de mantenimiento y reparación, esto es, sastres, albañiles, caldereros, carpinteros, cerrajeros, electricistas, mayordomos, cocineros, garzones, y otros.
La Comisión de Defensa coincidió con el propósito de la indicación, pero solicitó unánimemente al Ejecutivo incluir normas sobre la forma, modo y efectos de la supresión de los cargos que fueren quedando vacantes una vez efectuado el reencasillamiento o encasillamiento que el propio proyecto contempla para ese Escalafón de Auxiliares en una disposición transitoria.
El Gobierno complementó la referida indicación con otra que establece que los empleos del señalado escalafón continuarán servidos por sus titulares, una vez efectuado el reencasillamiento o el encasillamiento correspondiente, y que los ascensos se cursen cuando se produzcan vacantes, oportunidad en que se eliminará, por el solo ministerio de la ley, la última o últimas plazas inferiores.
La paulatina extinción del Escalafón de Auxiliares ha de disminuir la dotación máxima legal de la institución hasta en 592 cargos, por lo que, en definitiva, las plantas de personal de la institución no aumentarán en el mediano plazo en 1.539 plazas, sino sólo en 947.
Planta de docencia
Consulta mil horas de docencia, lo que representa un aumento de 5 mil 250 horas, respecto de la actual planta, que tiene 750. Ello, en consideración a las necesidades de las distintas escuelas de preparación y perfeccionamiento con que cuenta actualmente el servicio, que son la Escuela de Investigaciones Policiales, el Instituto Superior y el Centro de Capacitación Profesional.
En lo relativo a las modificaciones que el proyecto introduce al DFL Nº 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, que son consecuenciales con las nuevas plantas de personal por las nuevas denominaciones y estructura de los escalafones y plantas, recogiendo también normas sustantivas complementarias de la actual legislación de plantas de personal (decreto ley Nº 1.147, de 1975, que la iniciativa deroga), cúmpleme señalar que los 31 numerales contemplados en el texto del mensaje, después de una revisión exhaustiva de dicha legislación, aumenta a 43 numerales, completando así las enmiendas de referencia y adecuación que era necesario introducir.
Finalmente, cabe destacar que el encasillamiento o reencasillamiento del personal de Investigaciones, según corresponda, no significará una disminución de sus remuneraciones, pagándose las diferencias que se produjeren por medio de planillas suplementarias, imponibles en lo que correspondiere y reajustables en los mismos montos y oportunidades en que lo sean las rentas de los trabajadores del sector público. Dichas planillas serán absorbidas por los ascensos o sueldos superiores que se obtengan en el futuro.
En virtud de lo expuesto, la Comisión de Defensa Nacional propone aprobar en general y en particular el proyecto, como también la indicación que algunos Senadores hemos presentado, y de la cual dará cuenta el Honorable señor Stange. Ella fue suscrita por la mayoría de los miembros de la Comisión (están presentes en la Sala) y tiene por objeto perfeccionar una norma que dice relación a los escalafones, sin que provoque mayores gastos.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Stange.

El señor STANGE.- Señor Presidente, está muy lejos de mi ánimo oponerme al proyecto de ley sobre nuevas plantas de la Policía de Investigaciones de Chile.
Sin embargo, hay dos situaciones -quizás, muy simples- a las que debo referirme.
En primer término, cabe señalar que en la letra b) del artículo 43 del proyecto, al aludirse a los oficiales subalternos, se menciona que la última equivalencia en grados será la que indica. Se detalla que en grado 12 quedarán: en el Ejército, subteniente; en la Armada, subteniente; en la Fuerza Aérea, subteniente; en Investigaciones, subinspector. Y en grado 13: en el Ejército, alférez; en la Armada, guardiamarina; en la Fuerza Aérea, alférez; en Carabineros, subteniente, y en Investigaciones, detective.
Según la nueva equivalencia de grados, se rebaja al subteniente de Carabineros del grado 12 (éste le fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 5 de febrero de 1998, publicado en el Diario Oficial 36.013) y se le encasilla en el grado 13. Seguramente. este error se debe a que el mencionado cuerpo legal fue aprobado recién este año.
Por lo anterior, es necesario corregir tal incongruencia, dejando al subteniente de Carabineros en el grado 12 y en igualdad con los subtenientes de las Fuerzas Armadas y con el subinspector de Investigaciones. La correspondiente indicación se encuentra en poder de los señores Senadores.
Por otra parte, en el proyecto de ley en estudio se aumenta la planta de Investigaciones en más de mil nuevos plazas. Al multiplicar éstas por 2 ó 3 personas correspondientes a las cargas familiares, podremos apreciar un incremento importante que ha de impactar negativamente en el sistema de salud de Carabineros, al cual se encuentra adscrita la Policía de Investigaciones.
Ese aumento de prestaciones de salud vendrá a descompensar aún más la escasa dotación de profesionales en dicho sistema de salud, perjudicando a todos los imponentes de las instituciones de Carabineros, Investigaciones, Gendarmería, Mutualidad de Carabineros y Caja de Previsión de Carabineros.
Resulta igualmente necesario disponer de fondos suficientes para contar con la infraestructura correspondiente, por cuanto la actual ya es insuficiente.
Cabe recordar que durante las manifestaciones de abril último realizadas por familiares de Carabineros, uno de los puntos que se reclamaba obedecía precisamente a las dificultades de acceso al servicio de salud, por el crecimiento del número de imponentes, sin que se haya considerado oportunamente el incremento de profesionales y de personal auxiliar y la infraestructura respectiva.
Por tal razón, solicito a la Mesa se sirva disponer el envío de un oficio, en mi nombre, al señor Presidente de la República, con el objeto de que en el estudio del presupuesto que regirá para el próximo año se considere el necesario incremento de médicos, enfermeras y personal auxiliar, además de la infraestructura para atender el aumento de usuarios en el sistema de salud de Carabineros.
Como la iniciativa en debate tiene urgencia calificada de "Suma", no ha sido posible adjuntar un estudio sobre las necesidades que en este aspecto presenta dicho sistema de salud. De modo que sería conveniente que Carabineros de Chile fuese requerido oportunamente al respecto.

El señor MUÑOZ BARRA.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor MUÑOZ BARRA.- No me quedó claro si lo planteado por el Honorable señor Stange es una indicación o una petición de oficio.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La parte final es una petición de oficio.

El señor MUÑOZ BARRA.- ¿Pero también hay una indicación?

El señor ZALDIVAR, don Andrés (Presidente).- Así es. Pero el Senador señor Stange sólo se ha referido a un punto específico, a fin de salvar un problema de equivalencia en la normativa producido por error.
Tiene la palabra el Honorable señor Cordero.

El señor CORDERO.- Señor Presidente, a lo mejor, sería más conveniente solicitar al Ejecutivo la elaboración de una ley especial, que entregue los recursos económicos suficientes para enfrentar el impacto que ocasionará tanto en la Dirección de Previsión de Carabineros como en los hospitales institucionales el aumento de dotación de Investigaciones. Me parece que eso, tal vez, sería más importante.
Por supuesto, no nos opondremos a la aprobación de la iniciativa, porque significaría perjudicar a una institución que necesita mucho del aumento de la dotación que se propone a través de este proyecto de ley. Sin embargo, debo recordar que, cuando se traspasó Gendarmería a Carabineros, hubo incluso un compromiso por parte del Ejecutivo con esta última institución, el cual no se ha cumplido en su totalidad.
Conforme a lo anterior, es preciso tener en cuenta que el impacto ocasionado en ese sistema de salud es absorbido por los imponentes de Carabineros de Chile. Por vía de ejemplo, deseo manifestar que a esta institución se le deben 18 cargos de tenientes, 8 de enfermeras universitarias, 4 de tecnólogos médicos, 27 de auxiliares de enfermería, 6 de auxiliares administrativos, 12 de auxiliares de servicios menores, 6 de choferes. Y a la Dirección de Previsión: 5 cargos de dentistas (ley Nº 15.076, con 11 horas), 2 de tecnólogos médicos, 14 de auxiliares de enfermería, 2 de auxiliares de servicios menores, y muchos recursos en unidades de fomento.
Por lo tanto, creo que lo más conveniente sería pedir al Ejecutivo el envío de una normativa especial para enfrentar la situación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Foxley.

El señor FOXLEY.- Como Presidente de la Comisión de Hacienda, deseo informar en pocas palabras que este proyecto fue tratado y despachado en forma muy expedita por ella, con el voto unánime de sus miembros. Se aprobó un financiamiento de 5 mil 611 millones de pesos anuales para la expansión de plantas, las que aumentan en casi mil 550 nuevas plazas, con lo cual la dotación de Investigaciones contará con algo más de 8 mil funcionarios.
El proyecto fue aprobado en forma unánime tanto en la Comisión de Defensa cuanto en la de Hacienda. Por ello deseo proponer a la Sala que lo despachemos sin mayor discusión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Habría acuerdo para ello?
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Pido la palabra, Señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Señoría.

El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- En virtud del informe expuesto por el Presidente de la Comisión de Defensa, fluye y queda totalmente clara la trascendencia de esta modificación en la ley de plantas de la Policía de Investigación. En verdad, se trata de una enmienda muy de fondo, tanto cuantitativa como cualitativamente.
Simplemente, deseo insistir en un asunto que planteó el titular del referido órgano técnico, que refleja algo muy importante para la modernización de esa institución, cual es que la Planta de Apoyo Científico-Técnico puede utilizar, para el solo efecto del rango, determinados grados jerárquicos de los oficiales. Éstos son los de prefecto, subprefecto, comisario, subcomisario, inspector y subinspector.
Lo anterior, sumado a otras modificaciones de la planta, de algún modo fija el rumbo por donde caminará Investigaciones. Ciertamente, se necesita una policía civil con mayor dotación. Pero, dada la complejidad de la sociedad moderna y de todo el problema delictual que debemos afrontar, cada día se necesita mayor especialización.
El esfuerzo que impulsa el Supremo Gobierno a través de esta enmienda va en esa dirección. En este sentido, dotar a Investigaciones de los recursos económicos y de la voluntad para adquirir un grado de perfeccionamiento tal que le permita estar acorde con las necesidades que nuestra sociedad exige, creo que es de enorme trascendencia para el futuro del país.
Hoy día contemplamos con mucha inquietud diversas situaciones de inseguridad que nos preocupan. Y para poder enfrentarlas como corresponde, pensamos que la Policía de Investigaciones, con toda su tradición y profesionalismo, puede ser, sin lugar a dudas, un elemento fundamental.
Hago esta apreciación en el Senado, porque me parece que Investigaciones de Chile, con una buena dotación, especialización y calificación estará cada vez más en mejores condiciones de cumplir con lo que la sociedad reclama y requiere de ella.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para prorrogar el Orden del Día, a fin de despachar el proyecto,¿

El señor FERNÁNDEZ.- Con la indicación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿a lo que podría sumarse el relativo a la legislación de valores.

El señor PRAT.- Propongo que la medida diga relación sólo a la iniciativa que nos ocupa, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Acordado.
Tiene la palabra el Senador señor Silva.

El señor SILVA.- Señor Presidente, estoy dispuesto a votar positivamente el planteamiento del señor Presidente de la Comisión de Hacienda en el sentido de pronunciarse sobre el proyecto sin más debate, pero creo que se podría solicitar el acuerdo de la Sala para aprobar la sugerencia del Honorable señor Stange, que es de toda justicia y resulta fundamental para la buena marcha de la iniciativa.
Nada más.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Nos ocuparemos en ello después de votar el texto. Nos hallamos todavía en la discusión general.

El señor MUÑOZ BARRA.- Señor Presidente, no era mi ánimo intervenir, pero también lo han hecho otros Honorables colegas. Se han roto algunas reglas del juego, entiendo que para bien.
Me pronunciaré a favor de la normativa en análisis, primero que todo, porque reduce de 55 a 13 el número de escalafones, lo que racionaliza el servicio.
Segundo, porque algunos detectives llevan 20 años de servicio sin ascenso en su carrera, lo que parece algo de Ripley.
En seguida, se consagra en este ámbito la igualdad del hombre y la mujer. Y quisiera decir únicamente que se fusionan los escalafones masculino y femenino, permitiéndose que sus integrantes accedan a los grados más altos y terminándose con la discriminación actual, que se traduce en que sólo una mujer llega al grado de Prefecto, aun cuando ellas cumplen con los mismos requisitos de ingreso, de formación y de perfeccionamiento que los varones.
También, se contará con más profesionales en las áreas jurídica, de sanidad y de finanzas.
Valoro, por supuesto, que se aumenten las horas pedagógicas de 750 a 6 mil. Pero ese incremento es en sentido figurado, porque ya se realizan, recurriéndose a contratos a honorarios.
Y termino, señor Presidente, destacando algo que creo que vale la pena consignar en la presente sesión, en cuanto a que con el proyecto se enfrenta con responsabilidad el desafío del proceso oral público y la instauración del ministerio público. La función operativa será cumplida por los oficiales del grado de Detective al de Subprefecto, caso este último en que se asumirá el mando de las unidades operativas (Brigadas y Comisarías), en tanto que el trabajo propio de la investigación policial lo realizarán los oficiales del grado de Comisario al de Detective, importante función en la que se contará con personal experimentado. Así, en el terreno mismo los comisarios podrán transmitir sus conocimientos a los oficiales de menor graduación, con lo cual se apunta a que la Fiscalía disponga del apoyo de funcionarios capacitados profesionalmente, no sólo en la teoría, sino también en la práctica diaria de la investigación de los delitos.
Eso es todo, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará en general el proyecto y se acogerá la indicación de los Senadores señores Stange y Fernández, que apunta nada más que a corregir un error y con la cual coincide el Ejecutivo.
--Así se acuerda, y el proyecto queda aprobado en general y en particular.


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Propongo que los oficios solicitados por los Honorables señores Stange y Cordero, en orden a que la situación que exponen se contemple en la Ley de Presupuestos o en una normativa especial, respectivamente, se remitan como un acuerdo de la Sala, a petición de Sus Señorías.
Acordado.
VI. TIEMPO DE VOTACIONES



RESTITUCIÓN O INDEMNIZACIÓN POR BIENES CONFISCADOS. PROYECTO DE ACUERDO

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde ocuparse en un proyecto de acuerdo de varios señores Senadores sobre la aplicación de las normas de la ley Nº 19.568 que disponen la restitución o indemnización de los bienes confiscados y adquiridos por el Estado a través de los decretos leyes números 12, 77 y 133, de 1973; 1.697, de 1977, y 2.346, de 1978. La materia se halla en segunda discusión.
Los autores me han hecho presente que retirarán el Nº 1º del texto de dicho proyecto de acuerdo.

El señor CHADWICK.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor CHADWICK.- En realidad, preferimos más bien retirar el proyecto de acuerdo, señor Presidente, por adolecer de un problema de constitucionalidad en términos de que no cabe pedir al Primer Mandatario algo que no puede cumplir. Va contra la ley, en efecto, que postergue la vigencia de un cuerpo legal, para lo cual sólo procede dictar otra ley.
En definitiva, se considerará un oficio en un sentido distinto.
--Queda retirado el proyecto de acuerdo.
VII. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS

El señor LAGOS (Secretario).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se les dará curso en la forma reglamentaria.
___________
--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor BOMBAL:
Al señor Contralor General de la República, acerca de SUMARIOS A MUNICIPIOS POR MAL PAGO DE IVA EN TRATAMIENTO DE BASURA.
Del señor CORDERO:
Al señor Subsecretario de Obras Públicas, respecto de SOLUCIONES PARA GUANGUALÍ Y QUILIMARÍ (CUARTA REGIÓN).
Del señor ERRÁZURIZ:
Al señor Presidente del Banco del Estado, con relación a CARENCIAS EN SUCURSAL LICANTÉN (SÉPTIMA REGIÓN).
___________

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En el tiempo del Comité Unión Demócrata Independiente e Independientes, tiene la palabra el Honorable señor Horvath.


DÉFICIT EN SERVICIOS DE SALUD DE UNDÉCIMA REGIÓN. OFICIOS

El señor HORVATH.- Señor Presidente, me referiré en forma breve a la grave situación de salud en la Undécima Región de Aisén. La verdad es que en la zona se ha suscitado un debate de gran importancia entre el Servicio de Salud, las autoridades del Gobierno Regional y quienes representan gremialmente las distintas funciones en los hospitales y el sector.
Nos consta, por una serie de documentos, el grave déficit que se registra -sólo el Hospital Regional enfrenta una deuda de 306 millones de pesos, que se va acrecentando-, y en visitas a los establecimientos principales de la Región, en Puerto Aisén y en Coihaique, pudimos comprobar las consecuencias de tal déficit.
La verdad es que los principales laboratorios y organismos que administran medicamentos, reactivos, insumos, están dejando de proporcionarlos desde hace bastante tiempo. Y ello se ha traducido en un deterioro gradual y creciente de la atención, si bien se ha logrado mantenerla con un sacrificio mayor y por gestiones prácticamente personales de los funcionarios. Sin embargo, ya se ha tenido que notificar a los servicios de atención primaria que determinados exámenes y prestaciones deberán ser acotados y reducidos en el tiempo, porque se carece de los medios y del personal necesarios. Por ejemplo, las deudas del Servicio con diversos laboratorios, como Abbott, Bagó, Boehringer, Merck, Sanitas, Chemopharma, Promedar, Laboratorio Chile y Comercial Lasa han llevado a que no se pueden realizar ciertos exámenes, como los hematológicos, los relacionados con el control de epidemiología y las infecciones virales y bacterianas, así como con el diagnóstico de pancreatitis, los tests hormonales, en fin.
Incluso, por falta de medios para contratar a personas que habitualmente trabajaban por la vía de honorarios, se han dejado de realizar exámenes de cultivo de Koch, tratándose de una de las Regiones en que la tuberculosis presenta mayor incidencia.
Por otra parte, tuvimos la oportunidad de revisar las farmacias del Hospital de Coihaique y ver varios casilleros vacíos, e incluso pudimos detectar que, en algunos casos, se estaban entregando medicamentos vencidos a las personas que los requerían.
Los insumos y los elementos de trabajo son verdaderamente franciscanos, y -por decirlo así- el personal utiliza trajes de operación en mal estado, los que, a veces, se consiguen por colaboración de la Clínica Alemana y de otros servicios.
Lo curioso es que, dada esta situación, la autoridad regional. -llámese Secretario Regional Ministerial de Salud o Director del Servicio de Salud de la Región- manifiesta que no hay crisis ni problemas y que todo esto se enmarca dentro de un proceso de ajuste meramente económico y de gestión. Sin embargo, verificada la situación en el hospital mismo y en las comunidades que no reciben la atención adecuada, pudimos advertir que el problema es real y tiende a agravarse en el futuro.
Es así como, en caso de continuar esta situación, el personal y la atención empezarán a disminuir y no se cumplirá con las necesidades mínimas ni con el grado de atención que, por lo demás, la Constitución Política garantiza para cada uno de los habitantes de Chile.
Por otra parte, esta situación general se ve agravada por el hecho de que desde la Región de Aisén las alternativas de salud (aunque sean privadas) y las posibilidades de acceder a otras regiones son mínimas. Las personas que debieran ser trasladadas a otras zonas del país para recibir atención de mayor especialización se ven impedidas de hacerlo por los altos costos que ello significa y porque, en los casos de atención que el Estado debe asegurar, no se cuenta con los medios suficientes.
Por eso, señor Presidente, me permito solicitar que estos antecedentes sean entregados mediante oficios al señor Ministro de Salud, al señor Ministro del Interior y a Su Excelencia el Presidente de la República, para que se haga una investigación acuciosa sobre la materia. Por lo demás, esto es algo a lo que ellos se comprometieron formalmente y por escrito con el Senado -particularmente, conmigo-, pero que no se ha concretado.
Señalaron que, a fines del año recién pasado, podrían tener una evaluación y toda una secuencia de medidas como para resolver el problema.
En una Región en que se invierten y gastan 32 mil millones de pesos por año, un déficit menor a uno por ciento en un sector tan sensible como el mencionado constituye un problema que debería resolverse. Sabemos que se han hecho inversiones, pero se han centrado en vehículos tremendamente caros y sofisticados para programas del virus Hanta destinados a establecimientos de atención primaria con el fin de lograr una acción de prevención evidentemente necesaria, pero ello ha sido con el mismo fondo restringido, por lo que se rebajaron la calidad, la oportunidad y la cantidad de las atenciones de salud que se requieren en la Undécima Región.
En consecuencia, se requiere una investigación acuciosa y objetiva, a fin de poder destinar los fondos necesarios para cumplir con ese servicio indispensable en una de las Regiones más nuevas del país.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Hago presente a Sus Señorías que, por acuerdo de Comités, mañana no habrá sesión.
No habiendo más señores Senadores que deseen hacer uso de la palabra, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:14.
Manuel Ocaña Vergara.
Jefe de la Redacción.