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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 337ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 3ª, en martes 31 de marzo de 1998
Ordinaria
(De 16:11 a 19:16)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES ANDRÉS ZALDÍVAR, PRESIDENTE,
Y MARIO RÍOS, VICEPRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ, TITULAR,
Y CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, SUBROGANTE
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Bitar Chacra, Sergio
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Cordero Rusque, Fernando
--Chadwick Piñera, Andrés
--Díez Urzúa, Sergio
--Errázuriz Talavera, Francisco Javier
--Fernández Fernández, Sergio
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Hamilton Depassier, Juan
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Cosgrove, Julio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pérez Walker, Ignacio
--Pinochet Ugarte, Augusto
--Prat Alemparte, Francisco
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Urenda Zegers, Beltrán
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, el señor Ministro del Interior y el señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.
Actuó de Secretario el señor José Luis Lagos López, y de Prosecretario, el señor Carlos Hoffmann Contreras.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:11, en presencia de 22 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 29ª, extraordinaria, y 30ª, ordinaria, ambas en 20 de enero del año en curso, que no han sido observadas.
IV. CUENTA

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor HOFFMANN (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Cuatro de Su Excelencia el Presidente de la República, con los que hace presente la urgencia, en el carácter de "Simple", respecto de los siguientes proyectos de ley:
1) El que fija el marco de las universidades estatales. (Boletín Nº 2054-04);
2) El relativo a la probidad administrativa de los órganos de la Administración del Estado. (Boletín Nº 1510-07);
3) El que modifica disposiciones del Código Penal que sancionan casos de corrupción; crea nuevas figuras delictivas en relación con la materia, y agrega norma que señala a las leyes Nºs. 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y 18.883, sobre Estatuto Administrativo para los Funcionarios Municipales. (Boletín Nº 1177-07), y
4) El relativo a las plantas de la Policía de Investigaciones de Chile. (Boletín Nº 2130-02).
--Se tienen presentes las nuevas calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Trece de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que ha dado su aprobación al proyecto de ley que condona el pago de la patente única de acuicultura a pequeños acuicultores en los casos que señala. (Boletín Nº 1927-05).
--Pasa a las Comisiones de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, y de Hacienda.
Con el segundo y tercero informa que ha aprobado las enmiendas propuestas por el Senado a los siguientes proyectos de ley:
1) El que restablece el feriado bancario. (Boletín Nº 2125-05), y
2) El que faculta a las municipalidades para condonar intereses y multas a los adquirentes de edificaciones municipales que indica. (Boletín Nº 525-05).
--Se toma conocimiento y se manda archivar.
Con el cuarto comunica que ha rechazado las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.287, sobre procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, y la ley Nº 18.290, Ley de Tránsito, con excepción de la modificación recaída en el artículo 1º, número 3, que aprobó. (Boletín Nº 739-07).
En consecuencia, corresponde la formación de una Comisión Mixta, para lo cual ha designado a los señores Diputados que menciona para que la integren en representación de esa Corporación.
--Se toma conocimiento, y se designa a los señores Senadores miembros de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento para que integren la citada Comisión Mixta.
Con el quinto y con el sexto comunica que, previo acuerdo del Senado, ha resuelto archivar los siguientes proyectos de ley:
1) El que modifica normas procesales del Código del Trabajo. (Boletín Nº 1211-13);
2) El que autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada. (Boletín Nº 370-07);
3) El que modifica el Título XXXIII del Libro I del Código Civil, respecto de las normas aplicables a la extinción de la personalidad jurídica de las Corporaciones y Fundaciones de Derecho Privado sin fines de lucro. (Boletín Nº 473-07);
4) El que crea el Servicio Nacional de Asistencia Jurídica. (Boletín Nº 861-07);
5) El que modifica la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios. (Boletín Nº 946-07);
6) El que deroga el artículo 12 y modifica otras disposiciones de la ley Nº 17.322, que establece normas sobre cobranza judicial de deudas previsionales. (Boletín Nº 1436-07);
7) El que introduce modificaciones al Código Orgánico de Tribunales, en el sentido de establecer la obligación de hacer públicos los informes y actas de las visitas ordinarias que, en el ejercicio de la jurisdicción disciplinaria, efectúen los ministros visitadores a los tribunales de su jurisdicción, a los oficios de los funcionarios auxiliares de la administración de justicia y a los recintos carcelarios. (Boletín Nº 1555-07);
8) El que crea una nueva figura penal de acción pública destinada a sancionar a miembros, colaboradores y propagandistas de grupos terroristas. (Boletín Nº 342-07), y
9) El que modifica el Código Penal en relación con el delito de genocidio. (Boletín Nº 819-07).

El señor FERNÁNDEZ.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor FERNÁNDEZ.- Señor Presidente, entre los proyectos que la Cámara de Diputados ha resuelto archivar, figura el que autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada, que fue aprobado por unanimidad en el Senado y que se originó en una moción que el Senador que habla presentó en su oportunidad. No veo la razón por la cual la otra rama legislativa no se haya pronunciado acerca de dicha iniciativa, que -reitero- el Senado aprobó unánimemente.
No me parece adecuado que la Cámara de Diputados decida archivar un proyecto sin antes haberlo tratado. Pido que no se dé el acuerdo solicitado para tal efecto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Me parece que la oposición planteada tiene un fundamento bastante lógico. El Senado trabajó en esa iniciativa; se le hicieron muchos aportes por parte de diversos señores Senadores, y la idea que en él se contempla, desde nuestro punto de vista, es de enorme trascendencia jurídica.
¿Habría acuerdo para excluirla de la proposición formulada por la Cámara de Diputados?

El señor DÍEZ.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La tiene, Su Señoría.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, sin perjuicio de concordar con lo expresado por el Senador señor Fernández, pienso que no debemos pronunciarnos acerca de la propuesta de archivo de la Cámara de Diputados mientras no tengamos claro a qué se refiere cada uno de los proyectos después de examinar los boletines correspondientes. Y hay otra iniciativa que también fue analizada y aprobada por el Senado -la Nº 8, que crea una nueva figura penal de acción pública destinada a sancionar a miembros, colaboradores y propagandistas de grupos terroristas-, que se originó en moción de varios Senadores (entre quienes me cuento) y respecto de la cual tampoco veo razón alguna para que la Cámara Baja, en vez de pronunciarse sobre el texto, recomiende su archivo.
En consecuencia, solicito dejar pendiente la materia hasta la sesión ordinaria del martes próximo, a fin de tener tiempo de revisar los boletines pertinentes e informarnos debidamente de qué proyectos se trata. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Respecto de las peticiones formuladas por los Senadores señores Díez y Fernández, sugiero rechazar desde ya el archivo de los dos proyectos en cuestión, y dejar pendiente hasta una próxima sesión la resolución acerca de los siete restantes.

El señor DÍEZ.- ¿Me permite?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor DÍEZ.- Señor Presidente, concuerdo en dejar pendiente la determinación sobre el asunto, porque, además, en el caso del proyecto que modifica normas procesales del Código del Trabajo, no podemos aceptar que vaya al archivo sin saber a qué disposiciones se refiere, aparte que ya fue aprobado por el Senado. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, se rechazaría el archivo de los dos proyectos sobre los cuales recaen las peticiones de los Senadores señores Fernández y Díez, y quedaría pendiente hasta una próxima sesión la resolución sobre las siete iniciativas restantes.
--Así se acuerda.

Continúa la Cuenta.

El señor HOFFMANN (Prosecretario).- Con los seis siguientes, la Cámara de Diputados comunica que ha dado su aprobación, en los mismos términos en que lo hizo el Senado, a los siguientes proyectos de acuerdo:
1) El que aprueba la Enmienda a la letra (f) del Artículo XVII del Acuerdo relativo a la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite "INTELSAT", adoptada el 26 de octubre de 1994 en la Isla Margarita, Venezuela. (Boletín Nº 1567-10);
2) El relativo a la aprobación del Acuerdo celebrado entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República Portuguesa para la Concesión de Licencias de Radioaficionados, adoptado en Lisboa mediante los Cambios de Notas de 9 y 14 de junio de 1995, respectivamente. (Boletín Nº 1730-10);
3) El que aprueba los Estatutos del Consejo Iberoamericano del Deporte, adoptados en Montevideo el 4 de agosto de 1994, mediante cuyas disposiciones se crea el Consejo Iberoamericano del Deporte. (Boletín Nº 1777-10);
4) El que se refiere a la aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Argentina para la Supresión de la Legalización Consular en las Venias y Autorizaciones de Viajes de Menores de Edad, suscrito en Buenos Aires, Argentina, el 26 de abril de 1996. (Boletín Nº 1916-10);
5) El relativo a la aprobación de las Enmiendas a los Artículos I, II, VIII, IX y XVI del Acuerdo relativo a la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite "INTELSAT", adoptadas el 31 de agosto de 1995 en la XX Asamblea de las Partes, celebrada en Copenhague. (Boletín Nº 1842-10), y
6) El referido a la aprobación de la "Enmienda al Párrafo 1 del Artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer", adoptada en la Octava Reunión de los Estados Partes, celebrada en Nueva York el 22 de mayo de 1995. (Boletín Nº 1838-10).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia el Presidente de la República.
Con el último informa que ha aprobado el proyecto de ley que concede asignaciones especiales transitorias y otros beneficios al personal de la Contraloría General de la República. (Con urgencia calificada de "Suma"). (Boletín Nº 2136-05).
--Pasa a la Comisión de Hacienda.
Del señor Ministro de Educación, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Ríos, respecto del estudio de una política que permita ampliar el apoyo estatal para que los jóvenes accedan a la educación superior.
Del señor Coordinador Nacional del Programa de Reconocimiento al Exonerado Político, dependiente del Ministerio del Interior, con el que informa al Senado sobre las estadísticas mensuales del proceso de calificación de aquellas personas que se han acogido a los beneficios previsionales que establece la ley Nº 19.234.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Mociones
Una, del Senador señor Horvath, con la que inicia un proyecto de ley que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Cisnes, en Coyhaique y en la Isla de Chiloé, y crea el Museo y Archivo en la Región de Aysén en memoria del Misionero de la Obra Don Guanella, R.P. Antonio Ronchi. (Boletín Nº 2156-04).
Otra, de los Senadores señores Horvath y Stange, con la que inician un proyecto de ley que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Aysén y Coyhaique, y crea el Museo y Archivo del Explorador Augusto Grosse. (Boletín Nº 2157-04).
--Pasan a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Solicitudes
De los señores Jorge Eduardo Frías Esquivel y Miguel Angel Frías Esquivel, con las que piden la rehabilitación de sus ciudadanías. (Boletines Nºs. S 328-04 y S 329-04, respectivamente).
--Pasan a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la Cuenta.
El señor Secretario va a dar a conocer los acuerdos de Comités.


ACUERDOS DE COMITÉS

El señor LAGOS (Secretario).- En sesión de hoy, los Comités adoptaron los siguientes acuerdos:
1) Tratar en el primer lugar de la tabla de hoy el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materia de gestión municipal, y en segundo lugar, el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.253, sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Pueblos Indígenas, respecto de la constitución del dominio en la Isla de Pascua para los miembros de la Comunidad de Rapa Nui.
2) Encomendar al Honorable señor Novoa rendir un homenaje, después de la Cuenta de la sesión de mañana miércoles 1 de abril, en memoria del ex Senador don Jaime Guzmán, con motivo de cumplirse el séptimo aniversario de su fallecimiento.
3) Poner en el primer lugar de la sesión de mañana el proyecto de la Cámara de Diputados sobre libertades de opinión y ejercicio del periodismo, y en segundo lugar, el proyecto que regula los principios jurídicos y éticos de las técnicas de reproducción humana asistida y establece sanciones para los infractores de sus normas.
4) Tratar en la sesión ordinaria del martes próximo el informe de la Comisión Mixta formada en virtud de lo dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política, recaído en el proyecto de ley que modifica el Código de Minería en relación con la superposición de pertenencias mineras.
5) Comunicar que en el curso de la tarde llegará a la Mesa el acuerdo sobre composición de las Comisiones, del que se dará cuenta a la Sala.
6) No celebrar la sesión especial del próximo jueves 2 de abril, por no haber asuntos en tabla.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Pido autorización de la Sala para que ingrese el señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, don Marcelo Schilling, por ser quien ha acompañado al señor Ministro en la discusión del proyecto del que nos vamos a ocupar.
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA



ENMIENDA A LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES
EN MATERIA DE GESTIÓN MUNICIPAL


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde continuar la discusión particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materia de gestión municipal, con segundos informes de las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de Hacienda.
¿Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 20ª, en 7 de enero de 1997.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 29ª, en 4 de marzo de 1997.
Hacienda, sesión 29ª, en 4 de marzo de 1997.
Gobierno (segundo), sesión 8ª, en 22 de octubre de 1997.
Hacienda (segundo), sesión 8ª, en 22 de octubre de 1997.
Discusión:
Sesiones 34ª, en 19 de marzo de 1997 (se aprueba en general); 11ª, 23ª, 25ª, 26ª, 28ª, 33ª y 34ª, en 11 de noviembre de 1997, 6, 7, 13, 14 y 27 de enero de 1998, respectivamente (queda pendiente su discusión particular).


El señor LAGOS (Secretario).- La iniciativa ha sido objeto de varias indicaciones renovadas, de las cuales se dará cuenta cuando corresponda.
Como se dijo en su oportunidad, ambos informes dejan constancia de que el artículo 1°, en todos sus numerales, tiene el rango de ley orgánica constitucional. Es decir, de acuerdo con el artículo 63 de la Constitución Política, su aprobación requiere de los cuatro séptimos de los Senadores en ejercicio (27 votos).
La mayoría de las normas de la iniciativa ya han sido discutidas y resueltas por la Sala en las sesiones 11ª, especial, de 11 de noviembre de 1997; 23ª, 25ª, 26ª, 28ª y 34ª, ordinarias, de 6, 7, 13, 14 y 27 de enero de 1998, respectivamente, y 33ª, extraordinaria, de 27 de enero del presente año.
Los señores Senadores tienen en su poder el boletín comparado que ha servido de base para el debate en particular, el cual se compone de cinco columnas. La primera contiene la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; la segunda, el texto aprobado en general por la Sala; la tercera, las modificaciones propuestas en el segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización; la cuarta, las modificaciones propuestas en el segundo informe de la Comisión de Hacienda, y la quinta, el texto final. Dicho texto era el aprobado en el segundo informe de la Comisión de Hacienda; sin embargo, no correspondía en su totalidad al definitivo aprobado por la Sala, el cual resultó de las decisiones que ella adoptó respecto de las proposiciones de los segundos informes y de las indicaciones renovadas que se acogieron.
Dado que el proyecto ha sido despachado por el Senado casi en su totalidad, la Secretaría puso a disposición de los señores Senadores un nuevo comparado que consigna el texto definitivo aprobado por la Corporación hasta la última sesión en que se trató la materia -27 de enero del 98, como ya se dijo-, con el objeto de que quienes no tuvieron la oportunidad de participar en la discusión de esas normas puedan enterarse de los acuerdos alcanzados por la Sala.
Corresponde continuar la discusión desde la página 38 del comparado. En la última sesión, la Sala aprobó la proposición de la Comisión de Gobierno Descentralización y Regionalización que sustituye, en el artículo 1º, número 42, que pasa a ser 44, dicho número por el que se señala en página 37. Tal disposición ya fue aprobada hasta el final de la página y, consecuencialmente, se dio por rechazada la proposición de la Comisión de Hacienda sobre la materia.
Quedó pendiente la indicación renovada Nº 200 que sugiere eliminar el inciso quinto del artículo 76 bis, nuevo, que dice: "Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, cada concejal tendrá derecho anualmente al pago de la asignación correspondiente a cuatro unidades tributarias mensuales, siempre que durante el respectivo año calendario haya asistido formalmente, a lo menos, al cincuenta por ciento de las sesiones celebradas por el concejo. El ejercicio de este derecho por cualquier concejal deberá ser comunicado previamente al concejo durante una sesión formal.".
Ésta fue una proposición adoptada por mayoría de votos en la Comisión. El señor HAMILTON.- ¿Quiénes firman esa indicación, señor Presidente? El señor LAGOS (Secretario).- La firman la Honorable señora Feliú y los Honorables señores Martin, Huerta, Larre, Cooper, Sinclair, Otero, Mc-Intyre, Siebert y Díez. El señor HAMILTON.- Pero no se ha leído la indicación misma.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Es para suprimir el texto.
El señor LAGOS (Secretario).- La indicación tiene por objeto eliminar el texto a que se dio lectura, que correspondía al inciso quinto del proyecto aprobado en general por el Senado y que fue incorporado por la Comisión en el texto sustitutivo a que ya se hizo referencia.

El señor BOMBAL.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, debo entender que la modificación propuesta por la Comisión de Hacienda sobre esta materia fue desechada íntegramente y que, por tanto, rige lo sugerido por la de Gobierno.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sobre esta materia, sí, señor Senador.

El señor BOMBAL.- Gracias, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión la indicación renovada.
El inciso que se pretende suprimir otorga a los concejales una asignación anual equivalente a cuatro unidades tributarias mensuales, siempre que durante el respectivo año calendario hayan asistido, a lo menos, a cincuenta por ciento de las sesiones celebradas por el concejo.
Si le parece a la Sala, se rechazará la indicación.

El señor SABAG.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SABAG.- Señor Presidente, el Senado anterior aprobó, entonces, el artículo 76 bis, nuevo, según el cual los concejales tendrán derecho a percibir una asignación mensual no imponible de entre cuatro y ocho unidades tributarias mensuales. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Eso ya está aprobado, señor Senador. El señor SABAG.- Por lo tanto, si se aceptara la supresión planteada por la indicación renovada, quedaría vigente sólo la asignación descrita, que sería fijada por el concejo en su oportunidad. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Así es.

El señor RÍOS.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Señoría.

El señor RÍOS.- Señor Presidente, para adentrarnos en el proyecto y conocer lo que se discutió anteriormente, quiero recordar que en la actualidad existen en los municipios tres tipos de asignaciones para los concejales por cada sesión a que asistan, las cuales tienen relación con el número de habitantes de las comunas o de las agrupaciones comunales: hasta 30 mil, hasta 100 mil y sobre 100 mil habitantes. O sea, las diversas municipalidades tienen dietas de concejales -por así decirlo- diferenciadas en relación al número de habitantes. El proyecto busca dejar a todos los concejales del país con una misma opción, la que será resuelta por el concejo.
Conforme a la atribución que le otorga el artículo 76 bis, nuevo, el concejo determinará una asignación de entre cuatro y ocho unidades tributarias mensuales. Pero puede ocurrir que el concejo de una comuna grande fije dietas menores, porque así lo estiman los concejales, por no requerir de montos elevados. Y también es factible que concejos de municipalidades pequeñas, que perciben cuatro unidades tributarias mensuales, se asignen ocho.
En definitiva, el gran cambio en materia de dietas de concejales es lo que aprobó esta Sala en su sesión anterior a la instalación del nuevo Senado.
En segundo término, hay una norma, aprobada por mayoría, mediante la cual se asignan mayores recursos a los concejales.
Es importante señalar que en la actualidad, para recibir el ciento por ciento de la dieta, los concejales requieren haber asistido a cuatro sesiones mensuales. En virtud de la norma aprobada por el Senado, se exige un mínimo de dos.
Se entiende que la participación de los concejales no se halla circunscrita a las sesiones del concejo, pues también realizan su acción en las comisiones, que a veces celebran más reuniones que las efectuadas por aquél.
Por eso, la Comisión de Gobierno, presidida por el Senador señor Núñez, dejó mayor libertad y amplitud para fijar las dietas de los concejales y, al mismo tiempo, dispuso que debían asistir a lo menos a dos sesiones para recibirlas.
En tercer lugar, el inciso que la indicación renovada propone suprimir expresa: "Sin perjuicio de lo señalado precedentemente," -es decir, lo que he explicado- "cada concejal tendrá derecho anualmente al pago de la asignación correspondiente a cuatro unidades tributarias mensuales, siempre que durante el respectivo año calendario haya asistido formalmente, a lo menos, al cincuenta por ciento de las sesiones celebradas por el concejo.". O sea, es una suerte de incentivo -por así decirlo- y una forma de resolver pagos menores: de transporte, etcétera.
Por ejemplo -para graficar lo anterior-, si el concejo de una comuna ha decidido celebrar 4 sesiones mensuales, significa que al año habrá 48; el concejal que asista a lo menos a 24 tendrá derecho, además, a las referidas cuatro unidades tributarias mensuales.
Ésa es la materia sobre la cual recae la votación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación la indicación renovada, cuyo objetivo es suprimir el inciso que contempla el pago de la asignación anual.
--(Durante la votación).

El señor BITAR.- Señor Presidente, el hecho de dejar a la determinación de cada concejo que sus miembros perciban cuatro a ocho unidades tributarias mensuales por concepto de asignación, a mi juicio, constituye un avance importante.
Asimismo, es una mejoría, que alienta para la consecución de un buen servicio, reconocer que la labor del concejal no sólo se circunscribe a la asistencia a las sesiones del concejo, sino también a las de las comisiones y a actividades en la propia comuna. Ello hace aconsejable y conveniente no eliminar ningún inciso.
Me sumo a las consideraciones hechas por el Senador señor Ríos y, en tal sentido, rechazo la indicación renovada. El señor HAMILTON.- Señor Presidente, ¿por qué no consulta a la Sala, a fin de evitar la votación nominal, si existe el propósito de rechazar la indicación renovada? El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Algún señor Senador está a favor de la indicación? El señor DÍEZ.- Yo, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El Honorable señor Lagos, quien dejó su voto en la Mesa, también se pronunció a favor.
--Se rechaza la indicación renovada, dejándose constancia de que estuvieron por aprobarla los Senadores señores Díez y Lagos.

El señor LAGOS (Secretario).- En consecuencia, corresponde pronunciarse sobre la proposición de la Comisión de Gobierno.
-Se aprueba el inciso cuarto del artículo 76 bis, nuevo, sugerido por la Comisión, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que emitieron pronunciamiento favorable 37 señores Senadores. El señor LAGOS (Secretario).- El Nº 43 del artículo 1º de la Comisión de Gobierno pasa a ser Nº 45, sin enmiendas.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará con la misma votación anterior.
--Se aprueba, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que se pronunciaron favorablemente 37 señores Senadores.

El señor LAGOS (Secretario).- A continuación, respecto del número 44, que pasa a ser 46, la Comisión de Gobierno, por unanimidad, sugiere suprimir, en el inciso primero del artículo 77 bis que se propone, la expresión "públicos o municipales" y las comas precedente y siguiente.
Por su parte, la Comisión de Hacienda sugiere intercalar, en el ya citado inciso, luego de las palabras "Los empleadores", los vocablos "públicos o municipales", entre comas; es decir, vuelve al texto aprobado en general.

El señor RÍOS.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor RÍOS.- Señor Presidente, en la norma en debate, lo que se está resolviendo es, básicamente, la extensión del término "empleadores".
La Comisión de Gobierno eliminó la expresión "públicos o municipales", dejando sólo el término "empleadores". O sea, todos los concejales ejercerán sus funciones y, para ello, los empleadores deberán conceder los permisos necesarios.
La Comisión de Hacienda, por unanimidad, dijo: "No. Únicamente se obliga a los empleadores públicos o municipales". Con ello, el resto de los empleadores queda marginado.
Eso es lo que se está resolviendo en este momento, señor Presidente.

El señor NÚÑEZ.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La tiene, Su Señoría.

El señor NÚÑEZ.- Señor Presidente, sólo deseo hacer resaltar que la Comisión de Gobierno aprobó por unanimidad la norma propuesta, habida consideración de que, en forma oportuna, la Asociación Chilena de Municipalidades nos informó acerca del número de concejales que permanentemente son objeto de impedimentos para cumplir sus tareas.
En tal sentido, nos pareció adecuado que cada concejal, cualquiera que sea la naturaleza de su empleo, tenga siempre la posibilidad, por el solo hecho de ejercer aquel cargo público, de asistir a las sesiones que fije el municipio.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.

La señora MATTHEI.- Señor Presidente, si una persona decide presentarse a una elección de concejal, previamente debe analizar su situación laboral, más aún si participar en comicios para optar a un cargo de esa índole implica estar dedicado a la campaña durante tres a seis meses. Eso ya significa que el postulante debe contar con un permiso del empleador; de lo contrario, no podría hacer la campaña.
En consecuencia, no veo por qué, luego de que el concejal resulta electo, una ley va a exigir a un empleador particular que le dé permiso para ausentarse de sus labores habituales. Esto es algo que ambos deben estudiar privadamente antes de la elección.
Pienso que no corresponde obligar a un empleador particular a dar tiempo a un concejal para que desempeñe esta función, que, por lo demás, no se limita sólo a asistir a las sesiones; muchas veces él debe atender gente y realizar otras tareas propias del cargo.
Entonces, ¿dónde va a terminar el derecho que se procura consagrar? Al principio, únicamente lo vamos a otorgar para asistir a las sesiones del concejo; después pedirán que se amplíe para atender público, y por último van a solicitar fuero.
Estoy en contra de la disposición que se propone.

El señor GAZMURI.- Pido la palabra.

El señor VIERA-GALLO.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.

El señor BITAR.- Señor Presidente, mi primera reacción al leer la propuesta de la Comisión de Gobierno, tendiente a eliminar la expresión "públicos o municipales", es favorable, porque considero muy preciso el texto. Dice: "deberán conceder a éstas los permisos necesarios para ausentarse de sus labores habituales, con el objeto de asistir a las sesiones del concejo.". No se refiere a ninguna otra actividad que no sea la de las sesiones.
Ahora, ¿por qué es una inclinación favorable inicialmente? Porque, en una comunidad, el servicio público que implica la labor del concejal debe ser asumido no sólo por quienes cumplen una función en el sector fiscal: cualquier persona tiene derecho a representar a la ciudadanía.
Me parece conveniente que, en una economía de mercado como la nuestra, donde el grueso de la actividad la desarrolla el sector privado, generemos un sentimiento de responsabilidad colectiva para permitir la asistencia a las sesiones del concejo.
Sin embargo, tengo una duda, que me gustaría que fuera aclarada por la Comisión de Hacienda: qué razón tuvo ésta para limitar la disposición y dejarla como estaba en el primer informe (es decir, imponer la exigencia sólo a los empleadores públicos o municipales), rechazando el criterio de la Comisión de Gobierno.
Antes de tomar una decisión, deseo conocer la opinión de la Comisión de Hacienda -su ex Presidente podría recordarla-, y también la del Ejecutivo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Díez.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, creo que el artículo que estamos discutiendo es inconstitucional, porque no se puede imponer a los empleadores la carga de remunerar a sus trabajadores el tiempo servido en funciones públicas, ni tampoco obligarlos a concederles los permisos necesarios para asistir a sesiones vinculadas a ellas.
Las situaciones son de índole muy variada. Por ejemplo, si un concejal vive muy lejos de la municipalidad, deberá perder todo el día para asistir a una sesión, aun cuando trabaje para un empleador en labores que no pueden ser interrumpidas.
Tiene razón la Senadora señora Matthei al sostener que quien asume un cargo público debe estar consciente de que al ejercerlo no puede dejar de cumplir sus compromisos laborales privados.
A mi juicio, obligar a conceder permiso y a remunerar las horas no trabajadas significa infligir un daño al patrimonio del empleador, lo cual vulnera la Constitución.
Sin duda, debe respetarse a todas las personas que destinan parte de su tiempo al ejercicio de funciones públicas, con una remuneración evidentemente inferior, la mayoría de las veces, a la que se recibe en el sector privado. El servicio público se presta en función del bien común. Quien decida prestarlo debe soportarlo y, en consecuencia, llegar a un arreglo con su empleador.
Además, de aprobar la norma estaríamos estableciendo una doble remuneración. Si al concejal se le otorga una asignación por asistir a las sesiones del concejo y, además, su empleador debe pagarle las horas de ausencia, existe una remuneración doble. Por tanto, habría que contemplar una compensación para el empleador, lo cual me parece absolutamente inadmisible.
Por tales razones, solicito formalmente a la Mesa que, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional para declarar inconstitucional un precepto en cualquier momento de la discusión, declare la inconstitucionalidad del artículo que nos ocupa. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Según me lo ha hecho notar el señor Presidente de la Comisión de Hacienda, Secretaría ha cometido un error, pues, con los votos de los Senadores señores Hamilton, Lavandero, Otero y Sule, quienes integraban dicho organismo técnico al discutirse la norma pertinente, ésta fue declarada inadmisible, circunstancia que no habilita a la Sala para conocer las proposiciones hechas a su respecto. El señor GAZMURI.- Entonces, se aprobó el artículo de la Comisión de Gobierno. El señor RÍOS.- Señor Presidente, prevalecería lo establecido por la Comisión de Gobierno, que no declaró inadmisible la norma. El señor NÚÑEZ.- Yo iba a decir exactamente lo mismo que señaló el Honorable señor Ríos. El señor GAZMURI.- Queda el texto de la Comisión de Gobierno. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Estamos votando de acuerdo al texto de la Comisión de Hacienda en este caso.

El señor GAZMURI.- ¡Cómo!
No entiendo, señor Presidente.
Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Sobre el tema de la admisibilidad?

El señor GAZMURI.- Sí, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor GAZMURI.- Señor Presidente, el Senador señor Lavandero dice que el precepto fue declarado inadmisible en la Comisión de Hacienda. Pero el comparado contiene una proposición de ésta.
Me parece, en consecuencia, que no corresponde votar dicha proposición. Siendo así, queda a firme el texto sugerido por la Comisión de Gobierno, y sobre él debemos pronunciarnos.

El señor DÍEZ.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor NÚÑEZ.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La Mesa respetará el orden establecido con anterioridad para intervenir.
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, no entiendo las razones por las cuales podría ser inconstitucional esta disposición. Porque únicamente se está imponiendo al empleador privado que permita al concejal asistir a sesiones. Si nos dejáramos guiar por la filosofía aquí expresada, el Código del Trabajo resultaría inconstitucional, ya que no hace más que oponer limitantes a la libertad del empleador. La lucha de los trabajadores es para eso; se trata de conquistas reconocidas por la legislación. En consecuencia, se podrá atacar esta norma por otro motivo, pero no por inconstitucionalidad.
En segundo lugar, la disposición me parece del todo razonable, porque sólo exige al empleador que otorgue permiso para que el concejal asista a sesiones, y se supone que éstas no se realizan todo el tiempo. Se trata de algo mínimo; no veo con qué criterio alguien podría oponerse a un precepto de este tipo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, creo que no cabe entrar a discutir si la norma es o no constitucional, porque una vez que una autoridad del Senado -el Presidente de la Sala o el Presidente de la Comisión respectiva- declara que una disposición es inconstitucional, y aun cuando sea muy justa, de acuerdo con nuestra Carta, termina su discusión.
Tiendo a convenir con lo expresado por el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra; pero, constitucionalmente, la disposición no puede seguir tramitándose en el Congreso cuando ha sido declarada inadmisible por inconstitucional. Distinto es que un precepto se declare admisible, porque en ese caso siempre se puede seguir debatiendo. No así la inadmisibilidad. Es un asunto que hemos discutido cientos de veces en el Senado. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.

El señor HAMILTON.- Perdón, señor Senador. ¿Me permitiría una breve interrupción?

El señor BOENINGER.- Con mucho gusto, con la venia de la Mesa.
El señor HAMILTON.- Señor Presidente, para conocimiento de los nuevos Senadores, debo explicar que hemos llegado al acuerdo de que deberíamos auspiciar una modificación de la Ley Orgánica y del Reglamento para que la Sala siempre pueda declarar constitucional o inconstitucional una norma; pero mientras ello no ocurra, rigen los preceptos indicados que, aunque no nos gustan, nos obligan. El señor SILVA.- Pero, ¿cuál son? ¿Qué artículos?

El señor NÚÑEZ.- ¿Me permite la palabra, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Díez.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, insisto en que las normas del Código del Trabajo no están destinadas a que los trabajadores no vayan a trabajar, sino a protegerlos. Y aquí no estamos en esa situación: el trabajador, cualquiera que sea su naturaleza, ha asumido una función voluntariamente, que es la de concejal, y sabe, al asumirla, que necesita tiempo para asistir a las sesiones. En consecuencia, puede donar al bien común su propio tiempo, pero no el que le es pagado por su empleador. Esto último sería algo absolutamente anómalo, porque violaría la Constitución. La disminución del patrimonio del empleador corresponde al concepto moderno del derecho de propiedad. Toda situación que altere indebidamente el patrimonio de una persona está amparada por el derecho de propiedad.
Además, se vulnera la disposición constitucional sobre igual repartición de las cargas públicas, porque se impone al empleador una carga por el hecho de que una de las personas que trabaja para él ha decidido, sin consultarle, optar a un cargo de servicio del bien común.
En razón de que la norma, además de inconveniente, crea el peor de los precedentes -rebaja el concepto de servicio del bien común que pueden prestar las personas sacrificando su tiempo-, pido formalmente a la Mesa que la declare inconstitucional.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor José Ruiz.

El señor NÚÑEZ.- Pedí la palabra hace rato, señor Presidente.

El señor RUIZ (don José).- Señor Presidente, no me pronunciaré sobre el problema constitucional, porque tengo entendido que en la Sala hay Senadores bastante versados en la materia. Me referiré al problema de fondo.
La Constitución Política y varias leyes establecen el derecho de los ciudadanos a participar, como miembros de la comunidad, en el ejercicio de distintas responsabilidades. Se les dice que, si cumplen con los requisitos del caso, pueden postular al cargo de concejal, pero se agrega que, en el caso de los trabajadores dependientes, no podrán ejercer tal derecho, ya que, si el patrón no da el permiso, no tendrán posibilidad de asistir a las sesiones.
Entonces, me parece que aquí hay que definir las cosas. En parte alguna del texto aprobado en general se dice que se les tiene que pagar la remuneración. Sólo se indica que, para los efectos legales, el tiempo que se emplee en el ejercicio de sus funciones va a ser reconocido como legalmente válido; es decir, se les pondrán imposiciones, tendrán derecho a indemnización por años de servicio, etcétera, pero no se especifica que se tiene que pagar el sueldo. Por lo demás, en muchas disposiciones legales de carácter laboral se establecen los tiempos de permisos con la misma redacción que se emplea en el proyecto en debate.
Si no se acepta que el trabajador dependiente tenga derecho a asistir a las sesiones -desechando la obligación del patrón de darle el correspondiente permiso-, en otras palabras se está declarando que no podrá ejercer el cargo de concejal.
Creo, por consiguiente, que la norma en discusión viene a reparar un vacío de la ley. Y no se trata de que se tenga que recibir o no la remuneración, porque ello está ya dicho al señalarse que se pagará por asistencia a sesiones. Pero el permiso no puede quedar sujeto a la decisión arbitraria del patrón, sino que debe constituir un derecho, para que efectivamente pueda ejercerse el cargo de concejal. Esto, independiente del hecho de que convenga directamente con el empleador permisos adicionales requeridos para atender otras funciones propias de su cargo. Pero la asistencia a sesiones, que forman parte del quehacer sustantivo del funcionamiento del municipio, debe quedar claramente regulada. De otra manera, estaríamos vulnerando un derecho que otorga la propia Constitución Política.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Bombal.

El señor HAMILTON.- Señor Senador, ¿me concedería una interrupción, con la venia de la Mesa?

El señor BOMBAL.- Con mucho gusto, Honorable colega.
El señor HAMILTON.- Señor Presidente, un Senador preguntó acerca de las disposiciones que están en juego. Porque estamos discutiendo el problema de fondo, y a ese respecto sostengo una posición distinta de la que me conduce al cumplimiento de la norma constitucional. Estaría de acuerdo con la propuesta de la Comisión; pero los artículos 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso y el 118 del Reglamento del Senado impiden que el Senado siga conociendo la indicación una vez declarada su inconstitucionalidad. Hemos discutido estos textos muchas veces, pero deben respetarse, nos guste o no la materia a que se apliquen. El señor NÚÑEZ.- Señor Presidente, lamento disentir de la opinión del Senador señor Hamilton.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Debo explicar a la Sala que hay una anomalía en el informe de la Comisión de Hacienda. La plantearé para que la Sala resuelva al respecto.
En la página 7 se dice que el Presidente de la Comisión de Hacienda puso en duda la constitucionalidad de la carga que significaba al sector privado el otorgamiento de estos permisos. Conociendo la indicación número 201 -que eliminaba las palabras "públicos o municipales", dejando sólo la expresión "Los empleadores"-, la Comisión, por la unanimidad de sus cuatro miembros asistentes -Senadores señores Hamilton, Lavandero, Otero y Sule- la declaró inadmisible. Sin embargo, a continuación, en la página 13, al tratar la indicación número 46, repusieron la frase "públicos o municipales". Es decir, hubo dos votaciones diferentes.
Para evitar esta discusión, podría ponerse en votación el texto propuesto por la Comisión de Gobierno, en el cual se suprimen los términos "públicos o municipales".
Entonces, ¿por qué no votamos si aprobamos o rechazamos tales términos? Porque ésa es la discusión que se ha suscitado.
No me voy a pronunciar sobre el tema de la inadmisibilidad, pues tengo mis dudas. Además, el criterio sustentado en las Comisiones no me obliga, ya que allí se produjo una doble resolución.
Tiene la palabra el Honorable señor Bombal.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, el texto que viene propuesto es, precisamente, el originario de la Cámara de Diputados y que, de alguna manera, fue ratificado en la Comisión de Hacienda, de acuerdo con lo que usted acaba de señalar. De manera que el texto que se plantea ahora como proyecto, y sobre el cual debemos pronunciarnos, apunta en la misma dirección que el de la Cámara.
En consecuencia, me parece que lo que corresponde es votar la modificación propuesta por la Comisión de Hacienda, que es lo que subsistió finalmente como idea del proyecto. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Es igual. El señor BOMBAL.- No, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En ese caso, tendríamos que rechazar lo sugerido por la Comisión de Gobierno y mantener el texto de la de Hacienda.
¿Por qué no votamos por lo que plantean uno y otro organismo? El señor BOMBAL.- Es que ahí se suscita la cuestión de constitucionalidad que se estaba discutiendo. Ahora, a menos que usted la dé por salvada... El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La doy por salvada, siempre y cuando la Sala no lo objete, caso en el cual debería someterla a su decisión.

El señor BOMBAL.- Gracias, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK.- Una consulta, señor Presidente, para efectos del tema de la constitucionalidad. La indicación por la cual se aprobó el texto de la Comisión de Gobierno, ¿está respaldada o firmada por el Presidente de la República, o es una indicación que surgió en la propia Comisión? El señor NÚÑEZ.- Surgió en la propia Comisión.

El señor CHADWICK.- Lo pregunto, señor Presidente, porque considero que ahí se presenta otra objeción de constitucionalidad, distinta de la planteada por el Senador señor Díez. En efecto, a todo evento, una indicación de esa naturaleza tendría que provenir de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República, por el artículo 62 de la Constitución.
En consecuencia, tanto por el planteamiento de fondo que ha hecho el Honorable señor Díez, como por la razón que acabo de señalar, no correspondería votar esa indicación si no viene patrocinada por el Gobierno. El señor LAVANDERO.- Eso fue exactamente lo que dijo la Comisión de Hacienda.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.

El señor NÚÑEZ.- Señor Presidente, sería bueno que sometiera a votación lo que usted planteó. En la Comisión de Gobierno, estando presente el Ejecutivo, se consideró perfectamente admisible la indicación que allí se hiciera; tan así fue, que se aprobó por la unanimidad de los miembros de ese organismo. Los argumentos ya fueron expuestos.
Entiendo que en virtud del artículo 122 del Reglamento, señor Presidente, usted podría, si lo estimara del caso, someter a la consideración de la Sala la inadmisibilidad que se ha reclamado respecto de la indicación en cuestión, la que -reitero- los miembros de la Comisión de Gobierno consideraron absolutamente procedente. El señor RÍOS.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En seguida, señor Senador.
Para agilizar el despacho del proyecto, quiero solicitar a la Sala que, después de las intervenciones de los Honorables señores Ríos y Urenda, a quienes voy a conceder la palabra a continuación, se pronuncie acerca de la inadmisibilidad planteada, sobre la cual tengo dudas.
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor RÍOS.- Señor Presidente, en primer lugar, lo que ha expresado el Senador señor Hamilton no es correcto según la historia legislativa reciente. Habiendo la Comisión de Gobierno declarado inadmisible un proyecto -concretamente, el que trasladaba el Parlamento a Santiago-, la Sala revocó tal decisión y lo consideró procedente. De modo que las resoluciones de la Sala van más allá de las que emiten las Comisiones. Y es un tema que quedó zanjado.

El señor HAMILTON.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador, con la venia de la Mesa?

El señor RÍOS.- Con mucho gusto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede usar de la palabra, señor Senador.
El señor HAMILTON.- Señor Presidente, el Honorable señor Ríos tiene toda la razón. La Sala del Senado, en esa oportunidad, cambió una inadmisibilidad por inconstitucionalidad decretada por la mayoría de la Comisión de Gobierno. Pero es el único caso, y es un error, y el error no debiera sentar ningún precedente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Recupera el uso de la palabra el Senador señor Ríos.

El señor RÍOS.- Segundo, el texto, tal como ha indicado el Honorable señor Chadwick, no es inconstitucional, porque no agrega ningún concepto nuevo, sino que elimina una proposición que llegó a la Comisión. Por tal motivo, es constitucional. Allí aprobamos en general el proyecto, también aprobado en la Cámara de Diputados -seguramente, con indicaciones del Ejecutivo-, pero ahora hemos eliminado parte de esa aprobación en general. No corresponde a una indicación de ningún Parlamentario. Por lo tanto -repito-, es constitucional.
Y en tercer lugar, señor Presidente -y con esto termino-, debemos tener presente que el artículo 1° de la Carta Fundamental preceptúa: "Los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos.". Con ello está señalando clara y taxativamente que todos los hombres y mujeres que han resuelto, en forma libre y voluntaria, asumir una representación pública y popular, tienen el derecho a hacerlo, independientemente del lugar de trabajo donde ellos se desempeñen. Sólo existen las siguientes excepciones, establecidas claramente en la Constitución: los miembros de las Fuerzas Armadas, los ministros de Corte, los jueces y otras más. El resto de los chilenos, por mandato de la Carta, tiene los mismos derechos.
Por tal razón, la Comisión de Gobierno recogió no sólo el texto constitucional consagrado en el artículo 1°, sino también el sentido y espíritu que impregnan toda la Constitución para que los hombres y mujeres que resuelvan participar en el ámbito público reciban, independientemente del lugar donde trabajan, todos los apoyos necesarios para cumplir con su función. No es posible establecer derechos especiales para los concejales que laboran en el ámbito público municipal en desmedro de aquellos que se desempeñan en el sector privado. ¡Eso sí que sería abiertamente inconstitucional!
Nada más, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.

El señor URENDA.- Señor Presidente, quiero aprovechar la coyuntura para referirme al problema de la declaración de inconstitucionalidad o de inadmisibilidad por los Presidentes de Comisión.
Efectivamente, el criterio del Senado anterior, en la mayor parte de las veces, con un caso de excepción, fue el de que la inadmisibilidad declarada por un Presidente de Comisión no podía ser revisada por la Sala. La verdad de las cosas es que ésta es una materia tan discutible que me he informado que la Cámara de Diputados, basándose en la misma Ley Orgánica del Congreso Nacional, ha optado por la tesis contraria, manteniendo un principio bastante claro en orden a que la "soberanía" de la Corporación debiera corresponder siempre a la Sala, con facultad para revocar las resoluciones de las Comisiones en cuanto a las inadmisibilidades declaradas.
No olvidemos que la interpretación que aquí se ha dado ha llevado, en muchos casos, al extremo de que una inadmisibilidad sea declarada por una Comisión integrada por tres miembros, siendo ratificada por dos de ellos en contra de la opinión del restante. Además, nos encontramos ahora con un caso aun más especial: que una Comisión declare expresamente la admisibilidad, mientras que otra opte por la inadmisibilidad.
Siendo éste un Senado nuevo, que aunque mantiene continuidad en muchos aspectos, se halla integrado en forma distinta, me parece que ésta podría ser la oportunidad de estudiar y revisar el criterio señalado precedentemente, el cual ha conducido en el pasado a absurdos muy grandes, como el de que, aun habiendo 46 Senadores que consideran que algo es constitucional, la Sala queda inhibida de tratar la materia -ni siquiera de aprobarla o rechazarla-, debido a que en una Comisión donde momentáneamente hay tres miembros, su Presidente, con el apoyo de otro Senador, ha declarado la inadmisibilidad.
El tema se haya tratado en el artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, que se aplica por igual tanto al Senado como a la Cámara de Diputados. Por lo demás, este Senado se encuentra integrado por diversos ex Diputados que cumplieron su labor en forma muy brillante y que aceptaron o sostuvieron la tesis que ha imperado en la Cámara Baja.
Como estamos en el comienzo de nuestras labores, creo que sería conveniente que, en esta oportunidad o en otra especial, nos abocáramos al estudio del tema para terminar con una situación bastante anómala, cual es que una norma que es aplicable a ambas ramas del Congreso y de una importancia procesal tan grande, tenga interpretaciones distintas. Además, para ver también si podemos terminar con la curiosa situación de que en un momento determinado la opinión de un Presidente de Comisión, con el apoyo de uno o dos señores Senadores, pueda prevalecer por sobre el parecer ampliamente mayoritario de la Sala. Y una tercera circunstancia es la que se ha producido hoy día, pues aparentemente habría contradicción entre lo que sostiene la Comisión de Gobierno -órgano al que corresponde tratar la materia misma- y la opinión de la de Hacienda, cuya competencia para tratar este punto podría estimarse dudosa.
A mi modo de ver, la mejor manera de resolver este asunto es que la Sala recupere su plena soberanía. Es decir, ante un texto que se presta a interpretaciones diversas, debemos reiterar o expresar el concepto de que la inadmisibilidad declarada por una Comisión puede ser revocada por la Sala, interpretando de este modo en un sentido más amplio el artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso, que dice que, "No obstante, la sala o comisión, en su caso, podrá reconsiderar dicha inadmisibilidad.".
Creo que ahora, que estamos iniciando un nuevo período legislativo, es la ocasión para fijar criterios al respecto. Sobre el particular, me gustaría escuchar la opinión de algunos Honorables colegas y ex Diputados, que seguramente analizaron este aspecto en su oportunidad y llegaron a una conclusión distinta de la que en general hemos aplicado en el Senado, a pesar de que, como se dijo, hubo por lo menos una ocasión en la que procedimos en forma diferente.
Señor Presidente, quiero aprovechar esta circunstancia para plantear este problema con el objeto de que, de una vez por todas, fijemos un criterio para este período legislativo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Díez.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, doy excusas a la Sala por intervenir de nuevo, pero lo cierto es que en este debate hay tres problemas que debemos analizar.
El primero dice relación con el Reglamento por el que se rige la Corporación, al cual me referiré primero. Creo que la interpretación del artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso permite a la Sala reconsiderar la inadmisibilidad declarada en las Comisiones, porque la voluntad del Senado es la voluntad de la Sala. La ambigüedad del artículo 25 nos permite aplicar el principio general sin violar esta norma, en cuanto a que la voluntad de la Corporación es la de la Sala, y a que la voluntad del Senado puede más que la de las Comisiones, ya que éstas sólo son órganos destinados a informar a la Corporación; pero es la Sala la que debe decidir.
Por consiguiente, de acuerdo con mi modo de entender y con la aplicación general de los principios que rigen un sistema corporativo como el nuestro, el Senado tiene derecho a reconsiderar las inadmisibilidades formuladas por las Comisiones.
En segundo lugar, se presenta el problema de si la Comisión de Hacienda puede o no puede declarar inadmisibles disposiciones que ya fueron declaradas admisibles por la Comisión especializada. Es decir, ¿le es posible a una Comisión del Senado revocar lo acordado por otra? Pienso que, lógicamente, ello también es inadmisible.
La Comisión de Hacienda puede, indiscutiblemente, informar -como lo establecen el propio Reglamento del Senado y la Ley Orgánica Constitucional del Congreso- acerca del costo y de las implicancias financieras de los proyectos. Pero no en cuanto a si la Comisión especial actuó o no de acuerdo con la Constitución. La Comisión de Hacienda no puede declarar inadmisibles indicaciones provenientes de otra Comisión, así como al Senado no le es posible declarar inadmisibles proyectos de ley que vienen de la Cámara de Diputados, porque ése es el sistema bicameral, de independencia. Tampoco puede una Comisión declarar inadmisibles las indicaciones consideradas admisibles por la Comisión especializada.
En tercer término, me parece que la interpretación del Honorable señor Chadwick ha dado en el clavo: además, la proposición es inconstitucional, por no contar con la iniciativa del Ejecutivo. El número 6.º del artículo 62 dispone textualmente: "Establecer o modificar las normas sobre seguridad social o que incidan en ella, tanto del sector público como del sector privado.".
Por otra parte, el inciso segundo de la norma que nos ocupa dice: "Asimismo, los concejales, por la actividad que realicen en tal condición, quedarán sujetos al seguro contra riesgo de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales establecido en la Ley Nº 16.744, gozando de los beneficios que correspondan a la naturaleza de su cargo.". Por lo tanto, estamos en presencia de una disposición de orden constitucional que requiere de la iniciativa del Presidente de la República.
Además, respecto del inciso primero del artículo 77 bis, que señala: "El tiempo que abarcaren los permisos otorgados se entenderá trabajado para todos los efectos legales.", la expresión "para todos los efectos legales" también debe entenderse para los efectos de la previsión. En consecuencia, como dice el número 6.º del artículo 62, de alguna manera "inciden en ella", es decir, en la materia.
Por las razones expuestas, y además por carecer de la iniciativa del Presidente de la República, en mi opinión, la disposición es evidentemente inconstitucional.

El señor LAVANDERO.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?
El señor DÍEZ.- En seguida, señor Presidente, resulta inadmisible el razonamiento que hemos escuchado relativo a que aquí no se ha extendido nada, porque se han suprimido palabras. La verdad es que, por medio de la supresión de palabras, se extiende la obligación a todos los empleadores del país. Es evidente que en el trámite legislativo hay maneras de tener iniciativa. Una de ellas es presentando indicaciones, y otra es recortando palabras de otras indicaciones, con lo cual varía por completo el sentido de la disposición. Porque al proponer esta situación para los empleadores públicos o municipales, el Presidente de la República está excluyendo a los demás empleadores. Pero al eliminar determinadas palabras se los incluye. De manera que se está llevando este asunto a una situación no deseada por el Primer Mandatario.

El señor LAVANDERO.- ¿Me concede una interrupción, Honorable señor Díez?

El señor DÍEZ.- Con la venia de la Mesa, con el mayor gusto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede hacer uso de ella Su Señoría.

El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, no obstante las buenas intenciones de lo señalado por los Senadores señores Urenda y Díez y de que hemos planteado este debate en innumerables ocasiones, creo que, cuando la ley dice algo absolutamente distinto, no podemos improvisar en esta materia. Y para ello debemos remitirnos al artículo 25 de la ley Nº 18.918, que dice: "Corresponderá al presidente de la sala o comisión la facultad de declarar inadmisibles las indicaciones a que se refiere el artículo anterior. No obstante, la sala o comisión" -exclusivamente, la propia Sala- ", en su caso, podrá reconsiderar dicha inadmisibilidad.".

El señor DÍEZ.- ¿Me permite recuperar la palabra, señor Senador, para aclarar el texto?

El señor LAVANDERO.- Permítame leer completa la disposición.
"La declaración de inadmisibilidad puede ser hecha por el presidente de propia iniciativa o a petición de algún miembro de la corporación, en cualquier momento de la discusión del proyecto.
Todavía más: "La circunstancia de que el presidente de la corporación no haya declarado la inadmisibilidad de alguna indicación" -como podría suceder en otra Comisión- "durante la discusión general, no obsta a la facultad del presidente de la comisión para hacerlo por su parte o para consultar a la comisión en caso de duda.".
Comprendo que ésta no es una disposición amigable, pero creo que la manera de resolver el asunto no es interpretándola de una o de otra forma. Estoy dispuesto a buscar la modificación de este artículo, pero no a introducirle enmiendas como la que se pretende, que es absolutamente contraria a lo que se halla establecido en el artículo 25 de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Recupera la palabra el Honorable señor Díez.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, sostuve que el artículo contenía cierta ambigüedad que permitía aplicar la lógica del principio de que la voluntad de la Sala del Senado se impone por sobre la de sus Comisiones. Y expliqué por qué era ambiguo. Cuando el artículo 25 dice "No obstante, la sala o comisión, en su caso," la expresión "en su caso" puede referirse sólo a la Comisión, y no a la Sala, porque lo lógico es pensar que ésta siempre puede revisar lo que establecen sus órganos especializados.
Por eso, la redacción del artículo nos permite aplicar el principio general, que no está derogado y con el cual funcionamos: la voluntad de este cuerpo es la de la mayoría de la Sala. Y así no se produce la situación ilógica de que, a veces, dos o tres señores Senadores impidan que la Corporación se pronuncie sobre alguna materia. Para evitar tal absurdo, la única interpretación posible es que la Sala del Senado siempre tiene derecho a rever las decisiones de inadmisibilidad planteadas por sus Comisiones. Así se actuó respecto del proyecto relativo a la sede del Congreso y en muchas otras oportunidades. Pero esto es distinto. El señor HAMILTON.- Pero ese caso fue rechazado por el Tribunal Constitucional, por unanimidad.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Pido a Su Señoría no interrumpir al orador.

El señor DÍEZ.- El Tribunal Constitucional se refirió a la iniciativa del Ejecutivo en materia de gasto público, y no en cuanto al argumento que nos ocupa.
Por consiguiente, estimo que la Sala puede revisar lo decidido en este aspecto por una Comisión. Además, estoy absolutamente seguro de que la Comisión de Hacienda carece de facultades para revisar lo obrado por otras Comisiones y declarar inadmisible lo que una de ellas consideró admisible, porque eso significaría establecer la anarquía total en el funcionamiento de la Cámara Alta.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, quiero referirme a los problemas de forma y a los de fondo.
En cuanto a los primeros, tiene razón el Senador señor Díez en el sentido de que, al final, la Sala es siempre la última instancia para decidir sobre la admisibilidad o inadmisibilidad de una norma.
Respecto del problema de fondo, a mi juicio, no existe motivo alguno para que la disposición que nos ocupa, aun no contando con la iniciativa del Ejecutivo, sea declarada inconstitucional. Se requiere su patrocinio en materia de proyectos laborales, de aumento de remuneraciones, de asuntos previsionales y de negociación colectiva.

El señor DÍEZ.- De previsión y seguridad, Honorable colega.

El señor VIERA-GALLO.- Y los Parlamentarios cuentan con iniciativa respecto de todas las otras materias, entre las cuales se hallan el descanso, las vacaciones, la enfermedad y aquellas que tienen que ver con el resto de los asuntos laborales.
Aquí se está planteando, simplemente, que al concejal que trabaja para un empleador privado se le autorice para asistir a las sesiones del concejo comunal. Ahora, considero que es ir demasiado lejos el sostener que eso influye en su remuneración o en materias previsionales.
Respecto del inciso a que se hizo alusión, que es posterior, sí requiere el patrocinio del Ejecutivo. Por lo tanto, referente al que nos ocupa, no existe razón de fondo para declararlo inconstitucional, y pienso que la Sala puede pronunciarse sobre la inadmisibilidad.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Boeninger.

El señor BOENINGER.- Señor Presidente, obviamente, no me considero competente para emitir una opinión fundada sobre el problema de la admisibilidad o inadmisibilidad.
La lógica elemental o común me indica que es perfectamente razonable, primero, que la Sala declare la admisibilidad o inadmisibilidad de una materia. Y, segundo, me hacen mucha fuerza los argumentos del Senador señor Ríos en el sentido de que aquí, si la posibilidad de conceder permiso se limita exclusivamente al empleador estatal o municipal, habría un elemento de discriminación.
Deseo agregar, simplemente, una reflexión. Nuestro país vive una situación generalizada de crítica contra el nivel de las administraciones comunales y la calidad promedio de los concejales. Por lo tanto, nos conviene aumentar al máximo las posibilidades de que accedan a los concejos municipales ciudadanos provenientes de distintos campos laborales, como una manera de elevar la calidad de los municipios.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Valdés.

El señor VALDÉS.- Señor Presidente, aquí se han dado razones de valor en distintos aspectos. Pero quiero reafirmar lo manifestado por el Honorable señor Urenda, con quien compartimos la Mesa durante varios años, en el sentido de que hasta hoy día en la Sala siempre hemos considerado que, declarada la inadmisibilidad por la Comisión competente, no se revisaba tal decisión. Y de ese modo se actuó en esta materia durante ocho años. Ésa fue la interpretación que sistemáticamente, durante dicho período, dieron los tres Presidentes del Senado y la Sala. Primera cosa.
Segunda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, no cabe la menor duda de que tiene razón el Honorable señor Díez al sostener que la Sala puede reconsiderar la declaración de inadmisibilidad, lo que no hemos realizado; pero es un derecho. La interpretación tradicional era la otra.
Tercera, como la materia es de fondo, no me parecería justo ni razonable que, después de haber tenido una tradición interpretativa tan constante en numerosos casos, con ocasión de este tema se cambiara la tradición interpretativa que la Sala ha aplicado unánimemente.
Preferiría que ese cambio de interpretación se hiciera a posteriori, después de que tratáramos este tema, para que no fuera ligado, entonces -como sostuvo el Senador señor Boeninger-, a que las personas elegidas concejales no dispusieran de permiso para cumplir la función pública para la cual fueron elegidas por la comunidad. Me parece monstruoso que no gocen de autorización ni de permiso, que se las castigue. Porque los empleados públicos y privados del país que sirven como voluntarios del Cuerpo de Bomberos están acostumbrados (por una norma que, creo, no procede de una ley) a que cuando hay un incendio concurren al siniestro, y no se les descuentan las horas de trabajo, porque realizan un servicio público.
Estimo que no deberíamos tratar este tema, en mérito de la parte procesal. Estoy dispuesto a revisar el aspecto en cuestión, porque también considero un poco extraño que un Presidente de Comisión bloquee el derecho de la Sala de resolver sobre una materia. Y comparto lo expresado por el Honorable señor Díez -que también señala la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional- en cuanto a que el Senado es soberano. Si éste se equivoca, interviene el Tribunal Constitucional. Pero el sistema no puede quedar amarrado a la decisión de un Presidente de Comisión.
También pienso como el señor Senador en el sentido de que la Comisión especializada es la que debe declarar la inadmisibilidad de una disposición. No puede intervenir en este proceso otro órgano técnico que fue consultado sobre temas específicos, como la Comisión de Hacienda, o, eventualmente, la de Medio Ambiente, u otra que haya de pronunciarse sobre aspectos distintos.
En consecuencia, solicito que no se considere hacer inaplicable un procedimiento, que es discutible, pero que siempre hemos utilizado. Si es necesario, corrijamos el Reglamento para precisar bien la interpretación pertinente. Ello no nos cuesta nada, y así terminaríamos con esta discusión.
Por otra parte, deseo insistir en el asunto de fondo, porque me parece muy grave el hecho de limitar el ejercicio de un derecho consagrado por la Constitución y las leyes, en el sentido de que un hombre o mujer pueden ser concejales, con determinadas calidades, pero por ser empleados no les es posible ejercer la función de tales. Ni la Carta Fundamental ni la ley pueden limitar el derecho de ser representante del pueblo.

El señor DÍEZ.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

El señor VALDÉS.- Con mucho gusto, con la venia de la Mesa.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. Le pido que intervenga muy brevemente, porque ha habido demasiados discursos sobre el tema.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, estoy de acuerdo en que las personas deben estar en condiciones de ejercer los cargos a que los lleva su espíritu de servicio público. También es cierto que ello no constituye un problema en el país, y que estamos analizando más bien una situación teórica, y no una real.
En mi opinión, no es la ley la que puede imponer la carga, sino la Constitución Política. Porque si permitimos que la ley lo haga, las situaciones pueden ser mucho más extremas: que una persona acepte un cargo público o como Parlamentario y tenga que viajar de Punta Arenas a Valparaíso, y sostenga que para ejercer el cargo necesita conservar su puesto original y, además, ser remunerada. Pienso que es un absurdo.
Reitero: considero que la ley no puede regular esa situación, sino que se trata de una materia constitucional, y que debe aplicarse como carga en forma general. Y, evidentemente, la Carta Fundamental lo establecerá sólo para algunos cargos públicos, y no para todos.
Por consiguiente, aquí no estamos afectando ni la dignidad ni el modo de trabajar de los concejales, sino sosteniendo que la ley carece de competencia para fijar una carga a un sector determinado y para imponerle prestaciones que significan disminución de su patrimonio, sin cumplir las disposiciones de nuestra Carta Fundamental.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Zurita.

El señor ZURITA.- Señor Presidente, me da la impresión ¿a lo mejor, por ignorancia- de que nos estamos desviando del problema y que, en lugar de resolver si el cambio o la agregación de una palabra es procedente o no lo es, no nos pronunciemos sobre su validez. No me atrevería a afirmar si la norma es inconstitucional o no lo es.
Pero, a raíz de lo dicho por el Honorable señor Díez, viene a mi recuerdo un caso particular que el año pasado llegó hasta la Corte Suprema: un empleado de LAN, destinado a Isla de Pascua, resultó elegido concejal por Valparaíso. Calculen Sus Señorías lo que ello significaba por concepto de permisos y vuelos. La empresa lo despidió. ¿Qué dijeron los tribunales al respecto -consideremos que no existía todavía una ley sobre el particular-? Que él se había puesto en la situación de no poder cumplir con su trabajo, al aceptar un cargo no concejil, sino remunerado; y por consiguiente, declaró justificado el despido.
A mi juicio, debemos remitirnos a ese fondo, y no a una discusión constitucional que está llegando a límites que, yo por lo menos, no entiendo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.

El señor CANTERO.- Señor Presidente, deseo hacerme cargo de una consulta formulada por el Honorable señor Urenda respecto del sentido con que actuó la Cámara de Diputados sobre esta materia. No sé si tendrá mayor o menor relevancia, pero me gustaría dar una explicación sobre el particular.
En la Cámara se analizó esta situación, y se gestó un debate sobre el tema -por cierto, bastante más breve que el de ahora- tras el cual se optó por asumir que efectivamente había objeciones de constitucionalidad. Más aún, al respecto, se dejó constancia de las prevenciones, tanto en la Comisión respectiva como en la Sala, en el evento de que más adelante se produjeran dificultades.
En cuanto al tema de fondo, quiero señalar que, también por economía legislativa, adscribiré mi argumento a lo señalado por el Senador señor Díez. Efectivamente, creo que aquí hay evidentes objeciones de constitucionalidad, por cuanto se pretende imponer una carga al ciudadano. Obviamente no puede haber discriminación hacia una persona elegida para un cargo público. Es lógico que no puede haberla. Pero ese principio también rige para el empleador: no se puede discriminar respecto de éste, imputándole una carga por esta vía. Y lo mismo pasa en lo relativo a los derechos. Evidentemente las personas tienen el derecho de ejercer su cargo, pero también el empleador tiene los suyos, y nada justifica que a ese empleador en particular se le imponga una carga mediante el procedimiento propuesto.
En consecuencia, me atendré al criterio planteado originalmente en el sentido de que esta situación puede afectar solamente al sector municipal y público, porque es allí donde disponemos de facultad para poder impulsarlo, de acuerdo con la voluntad del legislador, que es la concurrencia del Parlamento y el Gobierno.
En lo referente al tema secundario, sobre si la Comisión tiene más imperio que la Sala, lógicamente la mayoría de ésta debe prevalecer sobre el criterio de aquélla, tesis que no resiste mayor discusión. De modo que fijo mi criterio en el sentido de rechazar el planteamiento de la Comisión de Gobierno de esta Corporación, y manifiesto mi acuerdo con la opinión que han tenido al respecto tanto la Cámara como el Senado.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señores Senadores, debo advertir que después de una larga discusión sólo nos hemos pronunciado respecto de un artículo, y que hay siete señores Senadores más inscritos. Y nadie puede negar la posibilidad de debatir. Pero quiero precisar el punto de vista de la Presidencia.
Concuerdo con lo manifestado por el Honorable señor Valdés. El Senado, durante ocho años, ha tenido una interpretación sobre el punto -la que no pretendo derogar en este momento, sino que la mantendré-, en cuanto a que, declarada la inadmisibilidad de una norma -en este caso se ha producido una discusión porque en la Comisión de Hacienda hubo dos votaciones diferentes-, la Mesa no debe modificar tal decisión. Incluso, en el período anterior, suscribí un proyecto de ley destinado a aclarar el sentido del artículo 25 y terminar, de una vez por todas, con este diferendo. Mientras no haya una enmienda legal al respecto, quiero que la Sala conozca cuál será mi planteamiento: yo no voy a revisar las inadmisibilidades declaradas por los Presidentes de Comisiones, o las Comisiones, de acuerdo con las normas reglamentarias y la Ley Orgánica. Si queremos una modificación en tal sentido, deberemos en su oportunidad proceder a modificar la ley y a precisar el tema.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.

La señora MATTHEI.- Señor Presidente, considero peligroso caricaturizar las discusiones. Se ha dicho aquí que, si se aprueba el criterio de la Comisión de Hacienda, una persona, por estar empleada en una empresa privada, no podría ejercer el cargo de concejal. Lo afirmado en la Sala al respecto constituye claramente una caricatura de la realidad. Mi impresión es que muchos empresarios -probablemente, la mayoría- otorgarán su permiso para que el empleado electo concejal ejerza efectivamente su cargo. Y lo más probable es que así ocurra, porque, en el fondo, por el hecho de haber sido candidato, lo más seguro es que haya obtenido permiso durante su campaña. Con seguridad, antes de la decisión de presentarse como candidato, hubo una discusión previa entre el trabajador y el empresario. Sería muy raro que una persona no hubiese tratado algo semejante con su empleador. Y si ella se cambia de trabajo, indudablemente que el punto en cuestión será analizado y conversado con el nuevo empleador al momento de ser contratada. Por lo tanto, me parece muy poco probable que se le niegue el permiso. Por lo contrario, creo que las empresas estarán sumamente interesadas en que sus empleados se presenten como candidatos a concejales y en que asistan a todas las sesiones, de manera que en el concejo municipal correspondiente haya un ambiente proclive a los intereses de la empresa.
A mi juicio, no se puede obligar por ley a otorgar tal permiso. Ése es el punto, y no si la persona tiene o no tiene el derecho de asistir. Insisto en que lo planteado constituye una caricatura de la situación real. El tema es si por ley podemos obligar a un empleador que ha contratado a un trabajador para cumplir determinadas funciones en su empresa, a darle permiso para asistir a las reuniones del concejo municipal. ¿Qué pasaría, por ejemplo, si por alguna razón es el único empleado que tiene? ¿Qué pasaría si se trata de la telefonista, o si, para concurrir a dichas reuniones la persona debe viajar a otra ciudad? ¿Qué pasaría si el empleado vive en Arica, como decía el Honorable señor Zurita, y el acudir a las sesiones le significa perder un día o dos de trabajo?
Por lo tanto, el punto no es si van a poder ejercer los cargos, porque obviamente hay muchos concejales que asisten a las reuniones y son empleados de empresas privadas, sino determinar si, por ley, podemos obligar en ese sentido a los empresarios. Y yo creo que no.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Deseo plantear a la Sala la posibilidad de buscar una fórmula que nos permita zanjar el tema, porque si nos abocamos a discutir su constitucionalidad podríamos agotar varias sesiones. Por ello, propongo votar derechamente los dos conceptos: el de la Comisión de Gobierno en cuanto a que todos los empleadores deban otorgar el permiso; o el de la Comisión de Hacienda en el sentido de que sólo sean los empleadores públicos y municipales. Y en la fundamentación del voto, cada Senador inscrito podrá manifestar o reafirmar su posición, Creo que es la única manera en que podemos avanzar. Si no, cada vez que alguien use de la palabra, dará lugar a otra intervención.
Desde ya señalo que aplicaré la norma reglamentaria conforme a la cual quien ya intervino no podrá hacerlo por segunda vez. Pero -repito- para hacer más económica la discusión, sugiero someter a la consideración de la Sala una u otra idea. Y una vez resuelto eso, seguiremos con el despacho del proyecto.
Si le parece a la Sala, así se procedería. El señor LAVANDERO.- ¿Me permite, señor Presidente? Creo que hay una equivocación, y la quiero aclarar. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En ese caso, debemos proseguir con el debate. El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, esta equivocación se origina en la explicación que Su Señoría dio, que es errada. La Comisión de Hacienda procedió de manera distinta a la señalada por Su Señoría. Y si me lo permite, lo explicaré brevemente. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El debate debe continuar, señor Senador. El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, lo mencionaré como parte del informe de la Comisión de Hacienda. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Aun cuando el Senador señor Lavandero también está inscrito, debe intervenir antes el Honorable señor Hamilton.

El señor LAVANDERO.- Senador señor Hamilton, ¿me concede una interrupción?

El señor HAMILTON.- Con la venia de la Mesa, con todo agrado.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lavandero.

El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, el error se deriva de la forma en que habría procedido la Comisión de Hacienda.
El proyecto aprobado en general aparece en la segunda columna del nuevo boletín comparado. La Comisión de Gobierno suprimió las palabras "públicos o municipales". El Presidente de la Comisión de Hacienda tuvo dudas sobre la constitucionalidad de tal supresión. Se sometió a votación, y se resolvió la inadmisibilidad, rechazándose por lo tanto la indicación propuesta por la de Gobierno. A continuación se formuló otra para reponer los vocablos suprimidos por la Comisión de Gobierno. De tal manera que no hubo equivocación por parte de la Comisión de Hacienda.

El señor BOMBAL.- Todos lo tenemos claro, señor Senador.

El señor LAVANDERO.- En seguida, y con relación a la parte formal, debo manifestar que es muy delicado lo que se ha estado señalando.
Al citarse el artículo 25 de la ley Nº 18.918, se lo quiso interpretar de otra manera, aludiendo a la expresión "en su caso".
Pero la verdad es que esto proviene del inciso sexto del primitivo artículo 57 de la Constitución Política, que decía: "Cesará, también, en el cargo de diputado o senador el parlamentario que, ejerciendo la función de presidente de la respectiva corporación o comisión, haya admitido a votación una moción o indicación que sea declarada manifiestamente contraria a la Constitución Política del Estado por el Tribunal Constitucional.".
El artículo 25 de la ley Nº 18.918 era consistente con el precepto que se suprimió. Pero no se derogó el artículo 25 de la mencionada ley.
Por esa razón, si se aprobaba una disposición inconstitucional, según el inciso sexto del artículo 57, el Senado completo habría quedado inhabilitado. Y así se responsabilizó en el precepto sólo al Presidente de la Comisión o al Presidente del Senado.
Para hacer consistente esta disposición, según el deseo del Senador señor Díez, habría que derogar el artículo 25 de la ley Nº 18.918, de acuerdo con los informes entregados por mí hace 4, 6 y 7 años, en los cuales se consigna la opinión de un grupo de constitucionalistas, quienes me entregaron los mismos antecedentes que hoy estoy señalando.
Considero antipático que una Comisión pueda declarar inadmisible una indicación y que la Sala no pueda revisarla. Pero, desgraciadamente, para producir ese efecto, habría que derogar el artículo 25 de la ley Nº 18.918, que era consistente con el primitivo artículo 57, inciso sexto, de la Constitución Política. De tal manera que no veo cómo podamos saltarnos una disposición constitucional que, aunque desagradable, se encuentra vigente. El camino correcto -repito-, según lo hemos señalado en informes sucesivos, no es infringir la Constitución, sino modificar el artículo 25 de la ley Nº 18.918.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, he concedido una interrupción al Senador señor Bombal.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, si complicado resulta este tema, creo que lo planteado por el Honorable señor Urenda es demasiado importante como definición. Pero estoy de acuerdo con la Mesa en que tal vez no sea éste el momento para discutirlo.
Si embargo, no desearía que lo propuesto por ese señor Senador no fuese abordado posteriormente en alguna forma por determinada instancia, como podrían ser los Comités, de acuerdo a lo señalado por el Senador señor Valdés. Ello me parece factible.
Empero, aquí también se produce un asunto bastante absurdo: estamos abocados al tema no por una resolución adoptada por la Comisión de Hacienda en materias propias de su competencia, sino que, excedida ésta en sus facultades, nos lleva a una cuestión de constitucionalidad. Porque, si se compara la norma propuesta con el artículo 17 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, observaríamos que lo sugerido no tiene nada que ver con lo que la ley faculta expresamente a la Comisión de Hacienda: tratar asuntos o proyectos de ley en lo relativo a su incidencia en materias presupuestarias y financieras del Estado.
Entonces, pienso que, al parecer, según prácticas reiteradas durante largo tiempo, las Comisiones han excedido el marco de sus atribuciones, por lo cual la Sala se ve abocada a zanjar cuestiones de constitucionalidad. También parece absurdo que una Cámara las dirima de determinada forma y que la otra lo haga de manera contraria, independientemente de la soberanía de cada una de ellas para fijar sus procedimientos, en especial frente a una norma objetiva de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, y que las dos Cámaras interpretan de distinta manera.
Pero me parece delicado que estemos abocados a la discusión de una normas que nada tiene que ver con la competencia de la Comisión de Hacienda y sobre la cual ésta emitió un pronunciamiento. Pese a que estoy completamente de acuerdo con lo señalado por dicha Comisión, considero muy extraño que por esta vía se produzca un debate de esta naturaleza, en especial cuando se contraviene una norma expresa de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional. Y, reconociendo la notable tarea desempeñada por la Comisión de Hacienda de ambas Cámaras, quiero decir con todo respeto que no es la primera vez que tal órgano invade otros campos o excede sus atribuciones, sin que ello pueda debatirse en la Sala, que es la soberana.
En consecuencia, creo que esta discusión no es menor. Y como el asunto está retrasando el despacho del proyecto, desearía que la Mesa, de la mejor manera posible, y naturalmente con la prudencia que le corresponde, pueda fijar un mecanismo, no ahora, pero sí en alguna instancia muy próxima, para resolver el tema. Porque, por lo demás -y con esto termino- esta discusión lleva ya ocho años. Y parece absurdo que cada cierto tiempo, nos enfrentemos de nuevo al mismo debate.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede usar de la palabra el Senador señor Hamilton.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, en verdad, algunas disposiciones de la Carta obligan a que, en determinado momento, el Presidente del Senado o quien corresponda, declare la inconstitucionalidad de cierto asunto. Si se trata de un proyecto que debe ser iniciado en la Cámara de Diputados, no puede dar cuenta de él, y tiene que devolverlo a la misma. Si se presenta una iniciativa que claramente no cuenta, como debiera, con el patrocinio del Presidente de la República, no la puede someter a tramitación, y ni siquiera dar cuenta de ella en la Sala.
Se ha dicho -a mi juicio, con razón- que es la Sala la que debe tener la palabra en definitiva, en esta materia. Y tanto lo hemos estimado así, que quienes defendemos la posición contraria, de acuerdo con la ley y la Carta Fundamental, hemos sido partidarios de hacer la modificación legal del caso, para lo cual podríamos encargar el respectivo proyecto a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Por otro lado, deseo recordar y reiterar por qué existe esta estrictez respecto de las inconstitucionalidades y no la hay para la constitucionalidad, que puede ser discutida desde el otro punto de vista: por lo que consignaba la Carta de 1980 antes de su modificación de 1989. Porque si el Presidente de una Comisión declaraba constitucional y sometía a tramitación un texto que después el Tribunal Constitucional consideraba inconstitucional, se iba de la Cámara o del Senado. Y era una pena atroz. Por eso se enmendó la Carta Política; no así la respectiva ley. En consecuencia, nuestra tarea consiste en proceder a enmendarla. Pero no es el momento de hacerlo ahora, cuando se trata de corregir un pequeño problema de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y cambiar una tradición que, al menos el Senado -lo digo con todo respeto por quienes han pasado por la Cámara de Diputados-, ha mantenido durante los últimos ocho años, con una sola excepción, que lamento, por lo demás.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Moreno.

El señor MORENO.- Señor Presidente, doy disculpas a quienes son abogados -yo no lo soy-, por el grado de confusión bastante grande en que me encuentro respecto de los detalles, la "letra chica" de lo que se discute.
No niego la importancia que puede tener el que la Sala se declare soberana o no para conocer de una materia sobre la cual, de acuerdo con la Constitución, quienes nos eligieron nos han dado el poder de decidir. Escuché con mucho interés los argumentos de los Senadores señores Urenda y Valdés, y pienso que apuntan en la línea correcta; pero, en esta oportunidad, deseo referirme al fondo del asunto más que al problema procedimental. Y con mucho respeto, pero también con franqueza, deseo recoger algunas observaciones formuladas en cuanto al significado del artículo en cuestión.
La Democracia Cristiana celebró hace muy pocos días un congreso en el que participaron 112 alcaldes y 485 concejales de todo el país. Conversamos sobre esta materia, los escuchamos y nos dimos cuenta del problema existente, de la diferencia que se evidencia entre un alcalde y un concejal. El primero tiene función conocida, una renta que le permite dedicación exclusiva y un poder otorgado por la ley. Los segundos, que forman parte del sistema democrático del país, a los cuales todos hemos contribuido a generarles un espacio y una función, se encuentran en un momento extraordinariamente ambiguo, pues no tienen claras las funciones. ¿Quiénes son? Provienen de todos los partidos, y son profesores, dirigentes campesinos, pequeños comerciantes, jóvenes y mujeres con vocación social. Tales son los concejales del país. Y no son grandes dirigentes políticos, ni empresarios, salvo raras excepciones. Son personas que representan a la clase media, a la clase trabajadora. Por lo tanto, deben ser acreedores, no sólo a una remuneración, sino también a un tratamiento digno.
Creo que son muy pocos los casos -si es que existen- de concejales que trabajen en una empresa privada y sean cuestionados por su empleador por cumplir su función. Por lo menos, de los que militan en la Democracia Cristiana, no hemos escuchado a ninguno denunciar que el empleador lo hubiera inhibido o -voy a decirlo con franqueza- presionado para votar de una manera o para no concurrir a la sesión en que se debate el plano regulador, colocándolo en una situación de conflicto respecto del propietario de determinados terrenos, quien podría ser perfectamente la persona para la cual trabaja.
No deseo entrar en polémica; pero -y hablo en nombre de la Democracia Cristiana- defendemos el derecho de los concejales a desempeñar libre y democráticamente su función, y a recibir la remuneración que fije la ley. Y nadie, bajo ningún argumento, puede colocar en contradicción lo que significa la representatividad que ellos tienen con la función laboral que puedan estar desempeñando, sea municipal, pública o privada.
Por lo tanto, estimo que debemos abrir camino para que eso funcione. De otra manera, estaremos contradiciendo lo que, conforme al espíritu de todos quienes integramos el Senado, hemos querido hacer por democratizar la vida del país.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ.- Señor Presidente, pienso que no es el momento ni la oportunidad de hacer presente las distintas modalidades que puede revestir la inconstitucionalidad y las circunstancias en que ella puede ocurrir. Soy partidario de abordar el tema, pero por la vía de una moción que cualquier señor Senador podría presentar, en orden a generar una modificación reglamentaria o, de ser menester, una de tipo legal.
Por lo tanto, participo de la proposición del señor Presidente, en el sentido de entrar derechamente a analizar el fondo del proyecto, respecto del cual deseo adelantar algunas ideas.
A mi parecer, resultaría tremendamente injusto que un solo sector de trabajadores -el de empleados públicos o municipales- tenga el derecho de asistir a las sesiones del concejo, y quienes no tengan esa calidad, vale decir, los dependientes de un empleador privado, deban pedir permiso, con lo cual su asistencia a las mismas dependerá de la voluntad de él.
Creo que estamos, precisamente, frente a un caso en el cual se estaría interfiriendo en normas de orden público, como la relativa al derecho del concejal a asistir a las sesiones del concejo municipal y de expresar su opinión, lo que no debe depender de la buena o mala voluntad que pueda tener el empleador para permitírselo, por cuanto, por el expediente de darle o no el permiso correspondiente, podría estar influyendo indirectamente en la decisión que el referido organismo deba adoptar. Porque, obviamente, el no otorgar tal permiso hace factible bajar el quórum de votación.
Por consiguiente, me parece de toda justicia que esta norma se aplique a todos por igual, tanto a los empleadores públicos o municipales cuanto a los privados.
También deseo recoger algunos argumentos que se han señalado en cuanto a si se trata o no de una carga que se impone a los empleadores. Al respecto, deseo recordar que toda la legislación laboral conlleva tal imposición, como sucede tratándose de normas relacionadas con el feriado, con los permisos otorgados a los trabajadores y a los dirigentes sindicales para concurrir a reuniones de ese carácter, o con los derechos de esos personeros o de los sindicatos. Todas ellas consignan cargas que se imponen en virtud de leyes inspiradas en la protección de los propios trabajadores. De modo que nadie puede sostener que la legislación laboral sea inconstitucional, como sucedería llevando al extremo una situación de esta naturaleza. Inclusive, saliéndonos del ámbito laboral, y sin que ello signifique incluir exhaustivamente toda la normativa existente, creo que hay otras cargas en nuestro ordenamiento que no han sido declaradas inconstitucionales y que también imponen obligaciones a los empleadores respecto de sus dependientes -por ejemplo, las relacionadas con la legislación electoral-, como el permitir a sus dependientes ausentarse para ir a votar, o el permitirles ser elegidos vocal, miembros de las juntas calificadores o integrantes de los colegios escrutadores. Otro tanto sucede con lo relativo a la movilización militar, las inscripciones electorales y numerosas otras situaciones que imponen cargas al empleador, las que el ordenamiento reconoce y acepta desde hace mucho, porque están guiadas por un espíritu de bien público y orientadas al cumplimiento de un servicio público. Es obvio que si el empleador no otorga el permiso correspondiente a un concejal para que asista a una reunión del concejo, está interviniendo en forma directa en el resultado que eventualmente pueda tener una votación en dicho organismo, lo cual, sin duda, también atenta contra el Derecho Público, porque no es el empleador quien fue elegido por la comunidad para desempeñar el cargo, sino el concejal.
Distinta es la relación laboral que puede existir entre ambas partes en un momento determinado y que signifique al concejal no cumplir con su cometido. En tal caso, deberán aplicarse las normas laborales pertinentes.
Señor Presidente, independientemente de la oportunidad en que deba plantearse la inconstitucionalidad de la norma -sea en esta Sala o en alguna Comisión-, deseo abordar el tema de fondo y recoger lo manifestado por la Mesa, en cuanto a proceder a la votación de la norma (es el mandato que tenemos hoy día) sin adentrarnos, a raíz de este debate, en un tema de gran envergadura, como es la instancia en que debe plantearse la inconstitucionalidad de la disposición.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Silva.

El señor SILVA.- Señor Presidente, aprovechando las consecuencias de algunas toxinas, que me obligaron a estar recluido en mi casa durante la semana pasada, me dediqué a estudiar a fondo el proyecto de ley que nos ocupa. Y llegué a esta reunión con la convicción de intervenir al inicio del debate, para expresar, en primer término, mi felicitación a la Cámara Alta y, también, a los Honorables colegas que en el pasado Senado participaron en el análisis a fondo y pormenorizado de la presente iniciativa, la cual ha sido discutida in extenso.
Me formé la impresión de que estamos en presencia de una buena normativa, que trata de perfeccionar el sentido de la autonomía y, mediante una concepción de modernidad, plantea una serie de aspectos conducentes a que los municipios actúen en mejor forma. Además, consagra disposiciones fundamentales que, sin duda, permitirán en el futuro que las entidades edilicias puedan marchar en términos mucho más ágiles en función de obtener el fin para el cual se justifica su creación.
Sin embargo, como se me llamó a participar en otra reunión cuando el señor Presidente dio el punto de partida a ésta, no pude participar en el inicio del debate. Y me alegro de no haberlo hecho, porque -como dicen los estudiantes- me habría sacado un "huevo" con mi intervención, después de haber escuchado un debate tan extenso, que lleva cerca de dos horas, para analizar -como recién lo manifestó el señor Senador que me precedió en el uso de la palabra- tan sólo un punto minúsculo sobre inconstitucionalidad.
Por eso, simplemente, quiero hacer una reflexión, con el mayor respeto: ¿no habrá otras instancias o posibilidades que permitan dar solución a esta serie de problemas que surgen en los debates, para abocarnos en este momento a las materias que dicen relación al contenido de fondo de las disposiciones que debemos analizar?
Termino mis palabras señalando que, si bien sigo manteniendo la idea de que estamos en presencia de una buena iniciativa legal, mi profunda inquietud radica ahora en saber cuándo la despacharemos si seguimos demorando el desarrollo de los debates.
Por lo tanto, pido al señor Presidente que, en uso de sus atribuciones, ejercite todos los medios viables que le permite su cargo para que el proyecto pueda ser sometido a votación a la mayor brevedad.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señor Senador, por desgracia, la Mesa no dispone de elemento reglamentario alguno para acortar o clausurar el debate.
Quedan inscritos los Honorables señores Núñez y Adolfo Zaldívar. Después que Sus Señorías intervengan, se cerrará el debate y se someterá a votación el texto de la Comisión de Gobierno versus la proposición de la Comisión de Hacienda.
Tiene la palabra el Senador señor Núñez.

El señor NÚÑEZ.- Señor Presidente, usted me ha ahorrado precisamente las palabras que yo iba a pronunciar. Además, deseo expresar que estoy absolutamente de acuerdo con lo argumentado por el Honorable señor Fernández, en orden a que debemos abocarnos al tema de fondo, que ha sido planteado hace mucho rato y ahora lo estamos escabullendo.
En consecuencia, sería bueno que se procediera a la votación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Adolfo Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Señor Presidente, quiero señalar algo en la misma dirección planteada por el Senador señor Núñez. Además, considero que hay un problema de forma respecto del cual me parece lógico lo sugerido por la Mesa.
En cuanto al asunto de fondo, me gustaría dejar establecido lo siguiente. Es bueno que se formulen observaciones cuando se está trasgrediendo la Constitución o cuando alguien estima que hay un derecho en juego. Pero lo más importante es entender que en cualquier sociedad existen escalas de normas, y son las que deben primar para interpretar todos los cuerpos legales y, por cierto, la Carta Fundamental.
A mi juicio, lo argumentado por el Honorable señor Fernández resuelve el problema de fondo en la dirección justa.
Conviene entender que estas cargas -ellas existen y seguirán existiendo- van en el sentido correcto y son realmente para asegurar, perfeccionar y democratizar a la sociedad. Negarse a comprenderlo de este modo sería prácticamente establecer una democracia elitista, como la que tuvo lugar en otra época y que no se compadece con la actual, ni menos con lo que este país necesita para seguir avanzando.
Por lo tanto, creo que resulta muy interesante y lógico discutir de verdad y con toda claridad el problema de fondo, sin pretender limitar, a través de situaciones secundarias o artificiales, el derecho que asiste a toda la comunidad nacional de participar en las decisiones que la afectan. De esta forma, es posible lograr una sociedad para todos y no sólo para algunos.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Como no hay ningún otro señor Senador inscrito, se da por cerrado el debate. Por lo tanto, se procederá a votar el texto propuesto por la Comisión de Gobierno, que hace extensiva a todos los empleadores la obligación de conceder permiso a los concejales para que asistan a las reuniones del concejo respectivo, versus lo sugerido por la Comisión de Hacienda, la cual, no obstante haber declarado inadmisible la norma, formuló una indicación para reponer la frase "públicos o municipales".
En votación.
--(Durante la votación).

El señor BITAR.- Señor Presidente, voto a favor de la proposición de la Comisión de Gobierno, porque cuando uno legisla lo hace aplicando criterios sin ponerse en los extremos, como es el hecho de decir, por ejemplo, que una persona, al ser elegida Diputado, no puede seguir percibiendo el sueldo que ganaba en una empresa privada.
En mi concepto, siempre debemos usar criterios, y el que predomina aquí es la facilitación del servicio público, especialmente cuando no irroga gastos al sector privado, ya que, en este caso, el costo es mesurado, porque se trata de una o dos sesiones al mes. Además, de esta forma -y es un argumento que no he escuchado en esta Sala- se evitan presiones indebidas, porque si dejamos librada la autorización al empleador, puede darse perfectamente el caso de que él diga: "Yo no opino como este concejal y, por lo tanto, le impido que vaya a votar". Esto significaría una presión indebida que vulnera la voluntad popular expresada en las elecciones.
Por todas esas razones, y porque, a mi juicio, el gasto es mesurado, cuerdo y facilita el servicio público, sin irrogar gastos al sector privado, considero conveniente aprobar la norma en los términos propuestos por la Comisión de Gobierno.

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, esta materia debe ser resuelta conforme a la Constitución, y, además, es necesario que la Ley Orgánica regule los beneficios que se otorgan, ya que éstos se pueden prestar hasta llegar al absurdo que hemos oído en esta Sala.
Por esa razón, me pronuncio en contra de la proposición formulada por la Comisión de Gobierno.

El señor ERRÁZURIZ.- Señor Presidente, voto por la posición unánimemente acordada en la Comisión de Hacienda, con los votos de Parlamentarios de todas las bancadas. Y quiero justificar y explicar el por qué lo hago.
Primero, se ha escuchado a varios señores Senadores exponer que nunca ha existido ninguna dificultad sobre el particular. Por lo tanto, nos estamos poniendo en un caso absolutamente hipotético, respecto de que un concejal determinado no podrá ejercer sus funciones como es debido.
En segundo lugar, hago presente que ese aspecto, en lo personal, lo conozco, y jamás ha importado inconvenientes ni de los empleadores públicos ni de los privados. Por consiguiente, no hay razón alguna para que hoy se cree una situación en la cual pequeños empresarios se pueden ver muy afectados, como el dueño de un camión o de un taxi ante el hecho de que el chofer deje parado el vehículo porque debe ir a cumplir sus deberes, al que no es posible, entonces, mantener y ni siquiera despedir, sino que se le debe pagar cuando desempeña sus obligaciones de concejal.
Me parece que, si se desea imponer esa carga, debe hallarse regulada apropiadamente -como dijo un señor Senador que me precedió en el uso de la palabra-, de manera que no dé lugar a excesos. En efecto, el aprobar la proposición de la Comisión de Gobierno en la forma en que se encuentra redactada llevará, necesaria y obligatoriamente, a consecuencias que no se están considerando, en la medida en que puede prestarse para todo tipo de abusos, con resultados inadecuados y creación de gravámenes que no corresponden. De ese modo, sucederá exactamente lo inverso de lo que algunos han planteado aquí, en cuanto los empleadores privados intentarán que sus empleados nunca postulen -al revés de lo que acontece hoy-, porque eso significará una obligación de dimensiones peligrosas.
Estimo, por ende, que se debe acoger lo establecido, sabiamente, por la Comisión de Hacienda. Y, en cambio, si se quiere dar un paso superior -al cual no me opongo-, ello debe ser regulado de manera suficiente, para evitar, en definitiva, todo tipo de situaciones abusivas que pudieran suscitarse y que atentasen contra la libertad de los individuos para representar debidamente el pensar ciudadano en una votación, a lo que creo que tienen derecho, pero en forma adecuada y no como lo expresa la Comisión de Gobierno.
Por lo tanto, me pronuncio a favor de lo propuesto unánimemente por la Comisión de Hacienda. El señor GAZMURI.- Voto por lo que recomienda la Comisión de Gobierno, señor Presidente. Sólo quiero consignar que lo juzgo perfectamente constitucional, razonable y, además, una señal de valoración del servicio público, al que pienso que contribuye en un momento en que resulta indispensable fortalecer las instituciones democráticas.

El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, me habría gustado, en lo relativo al fondo, votar por la indicación respectiva, porque es realmente lo que habría procedido. Por desgracia, tal como se resolvió en la Comisión de Hacienda, la materia es de la iniciativa exclusiva y excluyente del Presidente de la República, de acuerdo con el Nº 4º del inciso cuarto del artículo 62 de la Carta Fundamental. Y la indicación formulada en la Comisión de Gobierno adolece del vicio de inconstitucionalidad, porque no fue presentada por el Primer Mandatario, como debía ser.
Yo habría votado gustoso a favor -repito-, pero debemos ceñirnos a las reglas del juego existentes, no a las que desearíamos. Por mi parte, quisiera cambiar la Constitución en distintos aspectos -y algunas leyes, también-; pero, mientras rija, debo atenerme a ella. Y he escuchado al propio señor Presidente del Senado emitir juicios semejantes, claro que para otros efectos.
Por esa razón, al registrarse un conflicto de carácter constitucional en la forma, me voy a abstener. Sin embargo, hago reserva de constitucionalidad por el asunto de que se trata. Es realmente delicado dejar un forado para que cualquier Parlamentario pueda formular indicaciones que originen gasto o que dependan exclusivamente del Presidente de la República, como ocurrió en la Comisión de Gobierno. Aquella a que me refiero habría contado sin duda con mi simpatía si hubiera sido presentada debidamente, constitucionalmente, reglamentariamente. Es de lamentar que no haya sido así.
Por ese motivo, haciendo reserva de constitucionalidad, me abstengo de votar.

El señor NOVOA.- Señor Presidente, me pronuncio a favor de la proposición de la Comisión de Gobierno, porque considero fundamental que los concejales no puedan encontrarse inhibidos de desempeñar su función.
No obstante, hago constar por lo menos un reparo a la última frase del primer inciso del artículo 77 bis, que establece que el tiempo que abarquen los permisos "se entenderá trabajado para todos los efectos legales", porque en la realidad ello no es así y, además, el concejal recibe una remuneración por asistir a las sesiones. Sin embargo, privilegio el hecho de que esa persona pueda cumplir con su función pública.

El señor PARRA.- Señor Presidente, voy a votar a favor de la recomendación de la Comisión de Gobierno. En primer lugar, porque se ajusta plenamente a la Constitución Política del Estado y, en particular, realiza no sólo principios fundamentales, sino también la garantía establecida en el artículo 19, Nº 2º. En segundo lugar, porque permite materializar compromisos internacionales asumidos por el país, especialmente la Declaración Universal de Derechos Humanos y sus pactos complementarios, en cuanto garantizan el derecho a la participación. Y, en tercer lugar, porque me parece de toda justicia y conveniencia social.
Voto por la proposición de la Comisión de Gobierno.

El señor RÍOS.- Señor Presidente, me pronunciaré a favor de la sugerencia de la Comisión de Gobierno. En primer lugar, porque este organismo técnico constitucionalizó un artículo inconstitucional proveniente de la Cámara de Diputados.
En seguida, porque ha de entenderse que la norma que obliga al empleador a dar las facilidades necesarias para cumplir una función pública se halla sujeta, obviamente, a lo que explicaba la Senadora señora Matthei, en el sentido de que en la actualidad existen, sin duda alguna, las libertades para llegar a acuerdo con un trabajador si éste desempeña dicha función. El instante mismo en que una persona acepta ser candidata a concejal es un hecho público, que se expresa, y el empleador y su empleado podrán definir términos contractuales distintos. Cuando alguien es elegido y sigue cumpliendo funciones laborales, es evidente que la sola circunstancia de permitirle realizar el cometido lejos de lo que es su trabajo habitual está protegido por una serie de disposiciones legales de carácter laboral; y, de no haber una autorización tan explícita en la ley, no existirían esas normas de resguardo tanto para el trabajador que en cierto momento se encuentra laborando en otro lado como para el empleador que le permitió hacerlo.
Así que, en definitiva, se trata de una expresión natural, que responde -como lo ha recordado el Senador señor Parra- al derecho consagrado en el artículo 19, Nº 2º, de la Constitución Política, que es fundamental tener presente.
Voto a favor de lo propuesto en el informe de la Comisión de Gobierno.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, me pronunciaré a favor de la sugerencia de la Comisión de Gobierno. Sin embargo, en el debate se han suscitado algunas cuestiones que me obligan a señalar mi punto de vista.
El tema de fondo, más allá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de ciertos planteamientos, radica en determinar qué bienes son estimados superiores a otros.
Aquí, en los debates políticos y legales, siempre nos encontramos con el mismo problema: cuál es la norma más importante y de calidad superior tanto políticamente, desde el punto de vista de la construcción de la sociedad, como éticamente.
En mi concepto, el bien superior es el de que todos los chilenos y chilenas tienen derecho, más allá de la situación en que estén, a postular sin restricción alguna a determinado cargo.
El planteamiento de la Comisión de Gobierno valora de forma muy clara la circunstancia de que no habrá nada superior al derecho que asiste a todos de servir al país. Este bien es el que se contradice con lo expresado aquí por algunos señores Senadores en orden a que la norma sugerida significa una carga para determinadas personas. Y, en esa formulación ética, no me cabe ninguna duda respecto a qué debe hacerse.
Pero hay otros problemas.
Dar libertad en esta materia sobre la base de que la situación en comento no se ha producido nunca o puede no producirse implica entregar al empleador privado la posibilidad de negar la autorización pertinente. En tal evento, nace de inmediato una limitación para quien pertenece a una empresa de carácter particular.
Adicionalmente, se ha señalado que una norma como la que pretende la Comisión de Hacienda provocará contradicción con otros estamentos, como los sindicales, donde existen facilidades para que los dirigentes realicen su trabajo habitual.
Sin duda, la disposición podría perfeccionarse, en términos de fijar ciertos parámetros para evitar el exceso que algunos temen y la suerte de caricatura trazada en algunos ejemplos. Sin embargo, cuando se sanciona una norma, debe saberse también qué sucede "contrario sensu".
En tal sentido, si aprobamos la proposición de la Comisión de Hacienda, daremos sin duda la señal de que estamos entregando la factibilidad de acceder sin limitación al cargo de concejal a algunos chilenos, pero no a los pertenecientes al sector privado, quienes, literalmente, podrían quedar impedidos de hacerlo.
Para que el derecho de cada persona a ejercer una libertad o una prerrogativa sea realmente válido y eficiente, debe estar resguardado por una disposición que no entregue a la contraparte la facultad de restringirlo. Nada gana una persona con señalar que tiene el derecho de ser concejal si en la práctica no recibe oportunamente el permiso necesario para asumir el cargo y se ve obligada a optar entre éste y su trabajo habitual.
En esas condiciones, voto a favor de lo propuesto por la Comisión de Gobierno, pues, de seguir la línea de la Comisión de Hacienda, dejaremos prácticamente sin ningún resguardo a quien desea ejercer el cargo de concejal en las condiciones expuestas.

El señor URENDA.- Señor Presidente, planteé la cuestión de interpretación del artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional porque creía oportuno hacerlo en la primera ocasión en que lo aplicábamos frente a un Senado que cuenta con 22 nuevos integrantes -siete de ellos, ex Diputados- y, además, teniendo presente que a su respecto existen criterios distintos en ambas Cámaras.
Sin embargo, obviamente, el fondo del problema es lo que de verdad debe preocuparnos.
Considero que la norma no es inconstitucional, pues no podemos interpretar el artículo 62 de la Carta -que, por importante que sea, tiene carácter excepcional- hasta un extremo que de alguna manera impida el cumplimiento de ciertos fines superiores. Desde luego, no podríamos encajar este caso en el número 4º de dicho precepto, ya que no se encuentra expresamente mencionado; lo estaríamos haciendo por extensión.
Aquí hay un fin de orden superior, cual es el servicio público, que debe predominar. Y, por esa circunstancia, estimo que lo propuesto por la Comisión de Gobierno es constitucional; se sujeta a la Carta, y corresponde a una materia cuyo origen no puede entenderse radicado exclusivamente en el Presidente de la República.
En cuanto al precepto mismo y su alcance, indudablemente, el problema estriba en que puede haber interpretaciones distintas, como hemos visto en este largo debate.
A mi entender, lo prudente es que, al votar una norma, uno lo haga suponiendo que se aplicará conforme a la lógica y de acuerdo con las circunstancias. En esta oportunidad nos estamos refiriendo a menos del uno por mil de los trabajadores de Chile; y probablemente ni siquiera a esa proporción, porque pueden ser algunos cientos de casos de entre 4 a 5 millones de personas. Por lo tanto, no es admisible decir que la norma pertinente podría prestarse para abusos a este respecto.
Y hay, Honorables colegas, otro fin superior: el de que las comunas puedan manejarse adecuadamente. Entonces, todo lo que hagamos en tal sentido va por el buen camino.
Señor Presidente, entre la duda que legítimamente me asalta de hasta dónde la norma en cuestión podría constituir una carga indebida para el empleador y los fines superiores a que me he referido, me inclino por lo último.
En consecuencia, voto a favor de la proposición de la Comisión de Gobierno.

El señor VALDÉS.- Señor Presidente, aunque ya expresé mi opinión, quiero señalar que concuerdo plenamente con lo dicho por el Senador señor Fernández, recalcando el hecho de que el contrato de trabajo como tal -no ciertas normas- corresponde a una relación privada entre empleador y empleado.
Estamos hablando aquí de Derecho Público. Y, en cualquier diseño jurídico de un Estado de Derecho, las estructuras públicas priman sobre los intereses privados. Eso es una realidad inobjetable.
Mientras hablaba el Honorable señor Fernández, yo recordaba (porque ejercí algunas veces la cátedra de Derecho del Trabajo) la discusión que se produjo cuando se acordó otorgar fuero a los dirigentes sindicales. Porque se decía, por quienes hoy aparentemente tienen el mismo concepto de entonces, que había obreros a quienes no se les podía caducar el contrato de trabajo porque gozaban de fuero, y que si no trabajaban (porque viajaban, se movían de un lado a otro, venían a Santiago, en su calidad de representantes de los trabajadores), cómo era posible que el empresario o el empleador tuviera que pagarles. Al final se impuso la tesis de que el dirigente sindical, para preservar su autonomía, no puede ser expulsado de su fuente de trabajo sino mediante acción judicial, por causales muy específicas, y que gozará de ese derecho de representación siendo trabajador de la respectiva empresa. Además, ésa fue la norma que se aplicó en Chile por la Organización Internacional del Trabajo.
En consecuencia, voto por el concepto de que no estamos frente a un gravamen tan pesado. Votar en contra significaría mantener la tradición de que el Derecho Público puede estar dominado por el Derecho Privado, comercial o económico, lo cual, a mi juicio, constituye una ruptura del Estado de Derecho.
Por eso, apruebo la propuesta de la Comisión de Gobierno. El señor VEGA.- También me pronuncio a favor de dicha proposición.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, del mismo modo, voto positivamente la norma de la Comisión de Gobierno.
Con relación a lo expresado por el Senador señor Lavandero, cabe precisar que la enmienda introducida por esta Comisión no tiene nada de inconstitucional, y que lo leído por él no se refiere a esta materia. El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Apruebo la propuesta de la Comisión de Gobierno.

El señor ZURITA.- Señor Presidente, también voto favorablemente la proposición de la Comisión de Gobierno. Pero quiero aclarar algo.
He escuchado que muchos Senadores se han referido a este punto como si se tratara nada más que de un permiso, que no implicaría un gravamen. No. No es así. La disposición expresa: "El tiempo que abarcaren los permisos otorgados se entenderá trabajado para todos los efectos legales.".
Para los efectos de la historia de la ley; para que en la exégesis de ella nadie diga: "Mire, era un permiso", dejo constancia de que, cuando la norma se refiere a tiempo "trabajado", se entiende que es con remuneración y con todos los derechos previsionales.

El señor CHADWICK.- Señor Presidente, apoyo la propuesta de la Comisión de Gobierno porque me parece una medida necesaria y muchas veces indispensable para el ejercicio de una función tan importante como la representación comunal. Además, guarda plena coherencia y lógica con el sistema de remuneraciones contemplado en la ley para los actuales concejales. No podemos exigirle a un concejal que deje su trabajo para desempeñar su cometido. Por lo tanto, lo mínimo que podemos hacer es otorgarle facilidades para ejercer sus labores. Considero que se ha establecido una carga prudente, racional, para el empleador, quien no sentirá vulnerados sus derechos esenciales al conceder el beneficio.
Sin perjuicio de lo anterior, comparto el criterio de la Comisión de Hacienda en orden a que la indicación pertinente, en la forma como se ha propuesto, es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, en virtud del artículo 62, Nº 4º, de la Constitución Política.
Apruebo la proposición de la Comisión de Gobierno.

El señor LAGOS (Secretario).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la supresión propuesta por la Comisión de Gobierno en el Nº 44, que pasó a ser 46 (32 votos contra 12, y 2 abstenciones).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Bitar, Boeninger, Canessa, Cordero, Chadwick, Fernández, Foxley, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Larraín, Matta, Moreno, Muñoz Barra, Novoa, Núñez, Ominami, Páez, Parra, Ríos, Romero, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Urenda, Valdés, Vega, Viera-Gallo, Zaldívar (don Adolfo), Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
Votaron por la negativa los señores Cantero, Cariola, Díez, Errázuriz, Horvath, Lagos, Martínez Bush, Matthei, Pérez, Pinochet, Prat y Stange.
Se abstuvieron los señores Bombal y Lavandero.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En todo caso, sería conveniente remitir los antecedentes a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, con el objeto de que se aboque al estudio del artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso. Sin perjuicio de ello, mantendremos la misma interpretación mientras no exista una enmienda que permita la que se ha mencionado. Sería bueno que dicho órgano técnico revisara el tema e hiciera un aporte en ese sentido. El señor BOMBAL.- Señor Presidente, la Cámara de Diputados tenía en trámite de archivo un proyecto sobre la materia; pero el Senado no dio acuerdo para ello. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Efectivamente, e insistiremos en que no se archive. El señor BOMBAL.- Señor Presidente, el archivo de ese proyecto se encuentra pendiente porque, como dije recién, el Senado no lo aceptó. Y se ha producido una situación bastante delicada porque, pese a haberse oficiado a la Cámara Baja rechazando archivarlo, hasta el día de hoy nada se ha resuelto sobre el particular.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Dado que el Senado no aceptó el archivo de esa iniciativa, la Comisión de Constitución puede revisarla y formular una proposición a la Sala.
--Así se acuerda.
--Queda pendiente la discusión particular del proyecto.
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS

El señor LAGOS (Secretario).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se les dará curso en la forma reglamentaria.
_____________
--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor CHADWICK:
A la Ilustre Municipalidad de Rancagua, acerca de INSTALACIÓN DE LUMINARIAS EN POBLACIÓN URMENETA, DE RANCAGUA (SEXTA REGIÓN).
De la señora FREI (doña Carmen):
A la señora Ministra de Bienes Nacionales, respecto a TRASPASO DE TERRENO PARA CONSTRUCCIÓN DE NUEVO EDIFICIO CONSISTORIAL EN ANTOFAGASTA (SEGUNDA REGIÓN).
Al señor Director del Departamento de Geofísica de la Universidad de Chile, relativo a INFORMACIÓN CIENTÍFICA RESPECTO DE PREDICCIONES DE GRAN SISMO EN ZONA NORTE.
Del señor HORVATH:
A los señores Ministros del Interior, de Hacienda y de Agricultura, sobre MEJOR APLICACIÓN DE DFL 701 A FIN DE PALIAR CRISIS PRODUCTIVA.
A los señores Ministros del Interior y del Trabajo, y al señor Subsecretario de Pesca, tocante a FISCALIZACIÓN DE FEDERACIÓN DE PESCADORES ARTESANALES DE UNDÉCIMA REGIÓN, AUMENTO DE CUOTAS DE PESCA Y SECTORIZACIÓN POR ÁREAS Y ORGANIZACIONES.
Al señor Director Ejecutivo de CONAMA y al señor Alcalde de Puerto Aisén, relativo a ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTO VERTEDERO DE RESIDUOS INDUSTRIALES EN VALLE VERDE.
Del señor ROMERO:
Al señor Ministro de Educación y a la señora Directora Nacional de JUNAEB, sobre REEVALUACIÓN DE PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR PARA ALUMNOS DE LICEO COMERCIAL "ALEJANDRO LUBET VERGARA", DE COMUNA DE QUILPUÉ (QUINTA REGIÓN).
_____________

El señor RÍOS (Vicepresidente).- En la hora de Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano.
No hará uso de él.
En el turno del Comité Mixto, UDI e Independientes, ofrezco la palabra.

La señora MATTHEI.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.


PROBLEMAS DE INFRAESTRUCTURA ESCOLAR Y HABITACIONAL
EN CUARTA REGIÓN. OFICIOS

La señora MATTHEI.- Señor Presidente, durante la semana dedicada a trabajo en Regiones tuve oportunidad de visitar diversos colegios y poblaciones de la Cuarta Región, que fue azotada por un terremoto en octubre del año pasado, es decir, hace más de seis meses.
En Ovalle hay varios liceos en condiciones realmente lamentables. Funcionan en mediaguas, que se hallan mal construidas, sin forrar, con agujeros por todas partes, sin luz eléctrica. Los alumnos llegan a clases temprano cada día, pero deben esperar por lo menos una hora para empezar a leer o escribir, porque antes no se ve nada. Además, tienen que soportar frío intenso por la mañana y calor agobiante al mediodía. A eso se suma un olor espantoso, producto de que al parecer la madera con que se levantaron las mediaguas aún está húmeda y al elevarse la temperatura expide un hedor insoportable. Si llega a llover, como dichas construcciones carecen de forro, quedarán inutilizables por dos a tres semanas.
La situación es verdaderamente dramática. Sin embargo, a nadie parece preocuparle el tema. Han pasado más de seis meses desde el terremoto y lo único que se ha conseguido son mediaguas. Existe la esperanza de que pronto se procederá a forrarlas, a raíz de que el primer día de clases hubo una protesta de profesores, alumnos y paradocentes en las calles.
Señor Presidente, al deplorable estado de los recintos educacionales se agrega otro problema: el corazón de Ovalle, el centro de la ciudad, se está empezando a llenar de mediaguas. Resulta que la municipalidad ayuda a derribar las antiguas casas de adobe dañadas por el sismo, pero como no hay recursos (los fondos que se han destinado no están funcionando) la gente se ve obligada a reemplazarlas por mediaguas.
Hago presente que antes del terremoto los habitantes de la Cuarta Región llevaban varios años sufriendo otros problemas, principalmente el de la sequía, de manera que el movimiento telúrico los pilló descapitalizados, sin ahorros, y muchos agricultores ya no tenían cómo seguir adelante. Y después de una prolongada sequía, un temporal azotó fuertemente la zona, y luego otro. Después se produjo el terremoto.
Ésa es la situación de la Cuarta Región.
Señor Presidente, es absolutamente inaceptable que, habiendo transcurrido más de seis meses desde el terremoto, los estudiantes deban asistir a clases en las condiciones que he descrito.
Por otro lado, hay varias poblaciones muy mal construidas. En Illapel y en otras comunas, e incluso en Ovalle, he podido comprobar que innumerables casas entregadas por el SERVIU dos o tres meses antes del terremoto se encuentran inhabitables. Yo, por lo menos, no estaría dispuesta a dormir con mis hijos en una casa en esas condiciones. A la gente se le permitió no pagar sus dividendos durante un par de meses, los que se adicionaron al final del período de pago. Sin embargo, las casas todavía no han sido reparadas y ese plazo ya venció.
Muchas familias deben seguir satisfaciendo lo adeudado por dividendos de casas inutilizables y, además, pagar arriendo para poder vivir con sus familias.
Dicen que se están haciendo reparaciones. Yo las he visto y son un chiste. Están poniendo unos "fierritos" que yo fácilmente pude doblar. Los ponen de topes, y los esquineros no tienen estructura.
Quiero protestar de la forma más enérgica posible por el terrible abandono que sufre a la Cuarta Región. Para ello, haré llegar al señor Presidente varios oficios para que, por su intermedio, los mande a diversos Ministerios, porque realmente la situación de la Región que represento es absolutamente inaceptable.
He dicho.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre de la señora Senadora, de conformidad al Reglamento.


El señor RÍOS (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Mixto UDI e Independientes, tiene la palabra el Honorable señor Horvath.


CRISIS DE REGIÓN DE AYSÉN. OFICIOS

El señor HORVATH.- Señor Presidente, quiero referirme a la situación de crisis que vive la Región de Aysén y, por extensión, la zona austral de Chile.
Si uno revisa las cifras de endeudamiento con bancos y financieras, de acuerdo con el último informe de la Superintendencia, se observa que en esta zona se superan los 52 mil millones de pesos, con uno de los niveles de vencimientos y protestos más alto per cápita del país.
Por otro lado, si se analiza la situación del sector productivo, se nota una baja considerable. La ganadería ha tenido una disminución casi a la mitad de los precios históricos. La minería también ha sufrido una reducción drástica bajo los niveles que permiten hacerla rentable. La salmonicultura, pese a los altos niveles de eficiencia alcanzados, ha obtenido precios muy por debajo de los costos.
A esto se suma la fuerte baja de la reciente temporada turística, fundamentalmente por una difusión exagerada acerca del virus hanta y de los riesgos que eso significa.
En el sector pesquero extractivo, ha habido una cuota reducida para los pescadores artesanales. En esa materia, tuve la oportunidad de recorrer el litoral de la Región de Aysén durante la semana dedicada a las Regiones y constaté los medios precarios con que se desarrolla la actividad. Me di cuenta de la grave situación en que ellos se encuentran no sólo por la rebaja de cuotas, sino también por la extensión del fenómeno de la marea roja.
La crisis se agrava más por la existencia de algo que realmente requiere de antecedentes adicionales. Se ha logrado regionalizar las cuotas de pesca, lo cual evidentemente es un avance; pero tal regionalización se ha empezado a administrar por la Federación de los sindicatos de pescadores establecidos, dejando a afuera algunos gremios, en conjunto con el Servicio Nacional de Pesca. Y la verdad es que los pescadores artesanales -los gremios-, en asambleas públicas realizadas en localidades de difícil acceso, han señalado que esto se ha prestado para arreglos, a nivel de anomalías, en el sentido de que se privilegia a los sindicatos que están bajo una condición más directa de manejo de la presidencia en este momento, excluyendo al resto de las organizaciones gremiales. Ello justamente se estaría aplicando por parte de la Federación de Pescadores y por su Presidente, en particular él, un poder comprador en conjunto con otras empresas y dejando de lado el interés de los pescadores artesanales.
A lo dicho, se suman algunas medidas administrativas de la Subsecretaría de Pesca. Actualmente todas las capturas tienen que ser revisadas y certificadas en Puerto Aysén y Chacabuco, justamente donde funciona la Federación, lo cual deja en claro desmedro a las localidades que están más alejadas, en especial las del norte de la Región, cuyos pescadores se ven obligados a hacer un viaje de ida y vuelta que, evidentemente, les encarece el producto, les resta competitividad y los hace acceder a menos cuotas.
Si a lo anterior se suma el fenómeno de la marea roja y el aumento de los pescadores artesanales que tradicionalmente se dedicaban a las faenas de extracción de mariscos, debemos concluir que la cuota se reparte entre más bocas, con lo cual la situación se hace francamente insostenible, como pudimos constatarlo en el terreno mismo.
Además, el aislamiento en la Región continúa. En el sector continental faltan más de cien sendas que brinden condiciones mínimas de dignidad a los pobladores y les permita sacar a su producción de una situación realmente difícil. En el sector del litoral a las dificultades de acceso se agrega la poca presencia de los servicios públicos; por ejemplo, los de la salud a través de las rondas médicas, que por diversas razones no se están efectuando. En el fondo, el Estado no está cumpliendo su función; no está respondiendo al requerimiento que le hace la comunidad.
Por las razones expuestas, junto con plantear esta situación de crisis generalizada -que repercute en todos los sectores, particularmente en el área comercial y de servicios-, deseo hacer las siguientes propuestas a la autoridad.
En primer lugar, suspensión de los remates y renegociaciones reales. Los diarios regionales están llenos de llamados a remate, particularmente de parte del Banco del Estado. Curiosamente, estos avisos se olvidaron en la época de las elecciones pasadas, pero han vuelto a surgir ahora. Creemos imposible mantener la situación actual en esta materia. La renegociación debe hacerse en un sentido sano también para los acreedores.
En segundo lugar, reforzar al sector productivo en el sentido de que haya reposición de ganado e innovación para distintas especies que ya se están probando en la Región. Es preciso que las bonificaciones se realicen en mejor forma y con mayor transparencia en todo el sector productivo (cercos, galpones, motosierras, limpias, fertilizantes), sobre todo para frenar el proceso de erosión.
Hay una ley recientemente aprobada por este Congreso, la que modifica el decreto ley N° 701, que permite y fomenta la forestación, particularmente en las áreas de erosión, e incorpora, además de las áreas mayormente industriales, a los pequeños propietarios forestales, los cuales, de acuerdo con la ley, no son tan pequeños, porque pueden tener un piso de 500 hectáreas. En verdad, esta normativa no ha sido suficientemente divulgada por el Estado. No se han preparado los viveros; no se ha realizado la capacitación para que pueda funcionar como corresponde ya dentro del presente año calendario. Creemos que se debe realizar una acción bastante intensa en este sentido, porque, evidentemente, es un área que permite también mejorar la condición de desmedro a que me he referido.
Además, resulta indispensable evitar trabas al sector productivo. En verdad, las fiscalizaciones que se realizan en el país y las enormes trabas burocráticas para obtener concesiones de acuicultura son claros indicadores de esta necesidad.
Mi tercera propuesta se refiere al turismo, área en la que propongo capacitación y apoyo. Estamos hablando de una Región nueva. Luego, al igual que a un joven, hay que vestirla, alimentarla, educarla, antes de exigirle todo lo que corresponde. Es algo que la autoridad nacional no ha entendido, ya que pretende llevar adelante políticas de eficiencia y de desburocratización, aplicables para el nivel central, a una Región en la cual no están dadas las condiciones para ello.
Por eso, creemos que un incentivo al agroturismo también es un camino para salvar la crisis que estamos señalando.
Mi cuarta propuesta se refiere al sector pesquero. En este caso, lo que proponemos es que la regionalización de la cuota además se sectorice por los grupos y las áreas en las cuales se pesca, y que se fiscalice en ellas, a fin de hacerlo de manera más transparente y eficiente.
Por las razones antes señaladas, pediré oficiar a Su Excelencia el Presidente de la República, a fin de que analice la situación descrita en su real magnitud. Sin exagerar, es una crisis que, en algunos casos, puede llevar a una verdadera catástrofe.
Por ello, solicitamos, en primer lugar, que las inversiones fiscales vayan al sector productivo. Regiones como las que he señalado no pueden darse el lujo de tener altos indicadores de inversión, toda vez que, en el fondo, lo logran picando calles pavimentadas y repavimentándolas, haciendo mal uso de los fondos fiscales ante proyectos alternativos. En ese sentido, es necesario que las distintas obras a realizarse con fondos fiscales sean también preferentemente abordadas sobre la base de la competencia, desde luego transparente, entre empresas regionales y con participación de la propia comunidad.
Tocante al litoral, sugerimos la instalación de un laboratorio regional sobre toxinas marinas para toda la zona austral. En tal sentido, junto con la propuesta, ya existe un laboratorio, implementado con el apoyo de la Escuela de Medicina de la Universidad de Chile y el aporte que hizo en vida el misionero padre Antonio Ronchi. Se trata de contar con uno de alta sofisticación tecnológica, que evidentemente puede tener repercusión para toda el área austral.
Por las razones expuestas, solicito que, junto con resolver el problema surgido entre la Subsecretaría de Pesca y la Federación de los Sindicatos de Pescadores Artesanales, se oficie a los señores Ministros del Interior, de Agricultura y de Economía y al señor Subsecretario de Pesca, respecto de las materias a que hice alusión. El señor RÍOS (Vicepresidente).- La Mesa insinúa a Su Señoría, si así lo estimara conveniente, enviar también oficio al gobierno regional de la Undécima Región, haciéndole llegar su intervención. El señor HORVATH.- Estoy plenamente de acuerdo con ello, señor Presidente.
-Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del Senador señor Horvath, conforme al Reglamento.


El señor RÍOS (Vicepresidente).- La Mesa se hace cargo de lo planteado por el Honorable señor Horvath respecto del proyecto de ley que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Aisén y Coihaique y crea el Museo y Archivo del Explorador Augusto Grosse (Boletín Nº 2157-04). Efectivamente, los autores de dicha moción, que figura en la Cuenta de hoy, son los Senadores señores Horvath y Stange.
Por lo tanto, rogamos al Honorable señor Stange que acepte nuestras disculpas por no haber mencionado su nombre.
Ha terminado el tiempo del Comité Mixto UDI e Independientes.
En el turno del Comité Renovación Nacional, tiene la palabra el Honorable señor Lagos.


SITUACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DE ARICA Y PARINACOTA. OFICIOS

El señor LAGOS.- Señor Presidente, Honorables colegas, la opinión pública nacional conoce la situación económica y social por la cual atraviesan las provincias de Arica y Parinacota. Hace pocos días se anunció el cierre de dos importantes empresas textiles, donde laboran aproximadamente 600 trabajadores, quienes incrementarán el alto número de cesantes, haciendo insostenible la situación, especialmente para este sector.
Arica se ha transformado -según los últimos índices- en una ciudad que se caracteriza por la gran cantidad de mujeres que se encuentra en estado de abandono por sus esposos e hijos, dado que, por la falta de trabajo, deben concurrir a Iquique, Antofagasta y Santiago. Ello ha provocado un gran problema social, muy peligroso por la drogadicción existente en la zona.
La referida situación se ha dado a conocer al Gobierno en repetidas oportunidades. Hay que reconocer que éste ha hecho un esfuerzo al respecto. A través del Ministerio del Interior se formó la Comisión Arica -presidida por el titular de dicha Cartera- y se estructuró un proyecto que fue presentado al Congreso, respecto del cual no se aprobaron muchas peticiones que formulamos varios Parlamentarios de la zona. Habría que concluir que la famosa Ley Arica no dio los resultados que todos esperábamos.
La situación descrita está originando un despoblamiento no sólo de la ciudad de Arica, sino también del altiplano chileno, de Parinacota, cuyos habitantes van disminuyendo día a día. Lo señalado se contrapone con lo que ocurre en el sur peruano, donde los Estados Mayores de la Defensa Nacional de ese país, mediante un proyecto geopolítico, desarrollaron una zona franca y han impulsado el resurgimiento económico de dicha área. Por cierto, se ha llegado a un gran poblamiento, que supera con creces a Arica -más de 40 por ciento de lo que era esta última ciudad, en comparación con Tacna-, y la economía es mucho más ventajosa. Los empresarios transnacionales están invirtiendo en Tacna, dadas las mejores condiciones tributarias y arancelarias que ofrece.
¿Qué ocurre? Creo que hemos llegado a un punto muy grave, y que debemos resolver qué se desea hacer realmente con Arica. Porque vemos que aquí falta decisión política para enfrentar estos temas. La Ley Arica -como dije- no ha resuelto los problemas existentes. Por el contrario, el mundo empresarial ya conoció dicha normativa, la cual, sobre la base de lo existente en el mercado sudamericano, no otorga beneficios. Perú, Bolivia y Centroamérica en especial han captado muchas empresas armadoras, maquileras, de Hong-Kong y de otras regiones del mundo, y ellas no llegan a Arica ni a Iquique. Esta última ciudad, gracias al proyecto minero, ha subsistido, y se le ve un futuro muy estable. Sin embargo, Arica continúa desvinculada del proceso de desarrollo económico del resto del país.
Por lo tanto, en estos momentos ha surgido una gran movilización, que es hasta cierto punto peligrosa, porque el alma nacional se va deprimiendo. Y considero muy importante fortalecer tal elemento, tan trascendental para los habitantes de esa Región, en la cual hemos nacido y donde empieza Chile.
A mi modo de ver, llegó el momento de resolver este asunto. Deseamos saber de qué tamaño como ciudad quiere el Estado de Chile que sea Arica, con cuántos habitantes, qué piensa hacer al respecto. Porque, de lo contrario, la situación descrita está poniendo en peligro la soberanía, la seguridad nacional en la Región.
Se nos vincula históricamente al desarrollo que podríamos lograr junto con Perú y Bolivia. Para todos es clara la cuestión histórica que nos separa del Perú. A mi juicio, podrán pasar dos o tres generaciones y nunca lograremos un entendimiento sincero como para desarrollar la economía entre ambos países. Hay una cultura antichilena, que figura en los textos escolares de la vecina nación. Quienes vivimos en la región observamos a diario la actitud demostrada hacia los habitantes de Arica y del sur de nuestro país que viajan a Tacna: en los autos y en cada uno de los negocios lucen fotografías con el pabellón peruano en el Morro de Arica, lo cual crea tensión entre los chilenos de la zona. Lo mismo ocurre con Bolivia, pero en menor grado.
Por lo tanto, deseamos un proyecto que nos desvincule del desarrollo con Perú y Bolivia. Si tal desarrollo resulta, bienvenido sea. Sin embargo, necesitamos un proyecto de independencia, lo cual generará, incluso, mejores condiciones de negociación a la Cancillería respecto de Perú.
La juventud mira el actual panorama en forma desolada, no vislumbra un futuro. Al egresar de la escuela o de la universidad, los muchachos carecen de trabajo. Ésta es una realidad que estamos viviendo.
Por lo tanto, solicito oficiar al respecto, en mi nombre, al señor Presidente de la República y al señor Ministro del Interior, el último como Presidente de la Comisión Arica. Porque tendremos que concluir que la Ley Arica fracasó; no se resolvió el problema de la cesantía. Por el contrario, el Gobierno concurrió con recursos para obras públicas, éstas se hicieron, terminaron y la gente sigue cesante.
Esta situación, según mi particular punto de vista, es realmente peligrosa. Yo recorro las regiones y el altiplano y veo, incluso, que la población, día a día, se acerca más a involucrarse en la cadena del narcotráfico, en la venta de pasta base y otras drogas, lo que es muy riesgoso. Ello, sumado al alto grado de alcoholismo y a la falta de espacio para la juventud, constituye un problema caótico que, como chileno, me preocupa de modo fundamental, porque en los países limítrofes se está viviendo una situación absolutamente diferente.
Por lo tanto -reitero-, deseo que se oficie en mi nombre al señor Presidente de la República y al señor Ministro del Interior, a fin de convocar a la Comisión Arica. Ello, con el objeto de que, con una serie de antecedentes de que disponemos, más los informes empresariales de la Región, podamos analizar la situación y buscar una solución definitiva al problema que tanto afecta a los habitantes de Arica y Parinacota.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento.


El señor RÍOS (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Institucionales 1, tiene la palabra el Senador señor Martínez.


IMPLEMENTACIÓN DE PLAN GEOPOLÍTICO NACIONAL

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, señores Senadores, quiero exponer dos puntos.
En primer lugar, he escuchado con especial atención lo señalado por los Honorables señores Horvath y Lagos, y, en mi opinión, nos encontramos en presencia de un problema no sólo regional, sino también de carácter nacional.
Aparece como algo necesario empezar a elaborar un plan geopolítico nacional definitivo, o tener en vista su implementación. Los avances en las relaciones del siglo XX, sobre todo en sus últimos años, no han logrado despejar la presencia de intereses nacionales de nuestros vecinos, lo cual, de una u otra manera, nos afecta.
Entonces, resulta urgente considerar la elaboración de un plan geopolítico nacional, pues permitirá inscribir en él las necesidades de las zonas extremas del país. En caso contrario, enfrentaremos mayores problemas en el futuro.


SUGERENCIAS SOBRE TÉCNICA LEGISLATIVA

El señor MARTÍNEZ.- El segundo punto dice relación con una cuestión práctica, de técnica legislativa, y apunta a la forma y no al fondo de ella. Me refiero al problema de la presentación, del recorrido o de la forma en que las ideas referidas a ciertas normativas, tal como sucedió con la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que acabamos de analizar, se van modificando en las Comisiones a través de las proposiciones de los señores Senadores y de las personas que en ellas intervienen.
He estado analizando los antecedentes sometidos a nuestro conocimiento y he observado algunos aspectos de forma que sería necesario corregir. Es cierto que en el Parlamento existe una vieja tradición que lleva a presentar las modificaciones de una manera complicada, que responde a una costumbre ya arraigada. Sin embargo, hoy en día el sistema moderno de impresión y los elementos computacionales permitirían elaborar un texto más gráfico, en el sentido de hacer posible diferenciar rápidamente cuáles son las correcciones, los agregados o las supresiones realizadas, lo cual facilitaría acelerar la discusión detallada de cada artículo.
Sugiero revisar este aspecto -aun cuando responde a la tradición-, el que podría superarse mediante el uso masivo de los elementos actuales: tintas de color, etcétera.
Se advierte claramente, por ejemplo, que no hay coincidencia entre el artículo inicial de la iniciativa recién discutida y la correlación de las modificaciones, porque se van alterando en altura y se hace difícil después distinguir o armar el artículo final que debe ser aprobado en el debate en particular.
El señor RÍOS (Vicepresidente).- Señor Senador, han sido muy interesantes sus palabras y, al respecto, quiero manifestarle que hace unos meses el Senado efectuó un estudio muy acorde con sus inquietudes y que en las próximas semanas se presentará a la Comisión de Régimen Interior un proyecto que permitirá resolver en gran parte lo señalado por Su Señoría.
En el tiempo que resta al Comité Institucionales 1, tiene la palabra el Honorable señor Cordero.
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El señor CORDERO.- Señor Presidente, pido a la Mesa considerar mi adhesión a las expresiones vertidas por la Senadora señora Matthei, relacionadas con los problemas que afectan a la Cuarta Región. El señor RÍOS (Vicepresidente).- Se agregará su nombre a los oficios solicitados por la Honorable señora Matthei.
En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el Senador señor Ominami.


RECLAMO POR MEDIDAS DISCIPLINARIAS EN SESIÓN DE INSTALACIÓN

El señor OMINAMI.- Señor Presidente, en relación a las medidas disciplinarias aplicadas en mi contra en la sesión del día 11 de marzo del presente, quiero manifestar lo siguiente.
Es de toda evidencia que en la Sesión de Instalación del Senado existe la Cuenta, instancia en la cual se dan a conocer las comunicaciones dirigidas al Senado. Vale la pena señalar que, de acuerdo con el Reglamento, tales comunicaciones sólo se entenderán oficialmente recibidas una vez que se hayan dado a conocer en la Cuenta de una sesión. Estoy haciendo referencia al inciso cuarto del artículo 3º y al artículo 78 del Reglamento del Senado.
Establecida la existencia de la Cuenta, nace consustancialmente el derecho de los Senadores a formular reparos a lo expresado en ella, según lo prescrito en el artículo 79 del Reglamento, que textualmente señala: "En el mismo acto de la Cuenta, el Presidente dará la tramitación que corresponda a estos negocios; pero si algún Comité pide que se cambie el trámite dispuesto, la Sala resolverá de inmediato y sin discusión.".
Por lo expuesto y por otros muchos argumentos que se pueden agregar, resulta evidente que me asistía el derecho a solicitar la palabra para formular una observación a la Cuenta a la cual se había dado lectura.
Naturalmente, si en mi intervención me hubiera referido a un asunto distinto del señalado, resultaba procedente que se me aplicara una medida disciplinaria en virtud del número 3º del artículo 137 del Reglamento. No fue ése el caso. Simplemente, se me negó el derecho reglamentario a observar la Cuenta.
Señor Presidente, la intención de pedir la palabra para observar la Cuenta tenía como propósito principal hacer presente que no existía en ésta ninguna comunicación o certificación que acreditara que el señor Augusto Pinochet Ugarte cumpliera con lo dispuesto en la letra a) del inciso tercero del artículo 45 de la Constitución Política, esto es, tener la calidad de ex Presidente de la República que hubiera desempeñado el cargo durante seis años.
Existe, y es conocido, un certificado de la Contraloría General de la República que versa sobre la calidad de Presidente de la República que ostentó el señor Pinochet, único documento conocido que acredita tal situación.
Ahora bien, el documento antes referido debió ser incluido en la Cuenta de la Sesión de Instalación para justamente respaldar la calidad de Senador vitalicio del señor Pinochet Ugarte, única forma de ser conocido oficialmente por el Senado, según lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 78 del Reglamento, y no mediante su inclusión en las carpetas de los Senadores en una sesión celebrada el día anterior, o a través de una simple comunicación a los Comités.
Recuerdo, en este sentido, que el inciso segundo del artículo 78 del Reglamento del Senado señala textualmente: "Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 64 de la Constitución Política, las comunicaciones que se dirijan al Senado se entenderán oficialmente recibidas y producirán sus efectos sólo una vez que se hayan dado a conocer en la Cuenta de una sesión.". El oficio del señor Contralor General de la República, solicitado por el propio señor Pinochet, nunca cumplió con dicha formalidad.
De ajustarse a la interpretación aplicada por el ex Presidente del Senado en el sentido de que no procedía, en ningún caso, conceder la palabra para observar la Cuenta, se llegaría simplemente al absurdo de que, no obstante que algún Senador se percatara de la existencia en la Cuenta de alguna futura Sesión de Instalación de un error manifiesto o de una omisión evidente -por ejemplo, la identidad de un ciudadano que se apresta a jurar-, aquél no podría solicitar la palabra para manifestar la existencia de tales irregularidades.
Señor Presidente, esta interpretación es a todas luces absolutamente insostenible.
Todo lo antes señalado grafica -a mi juicio- la violación de las normas reglamentarias por parte del ex Presidente del Senado, al no concederme la palabra para ejercer mi derecho a observar la Cuenta de la Sesión de Instalación celebrada el 11 de marzo de 1998.
Mediante esta intervención y en virtud de lo prescrito en el inciso segundo del artículo 215 del Reglamento, que establece que "cualquier Comité podrá reclamar de lo obrado por el Presidente, durante la Cuenta o en los Incidentes de la sesión ordinaria que siga", deseo que se entienda presentado mi reclamo ante lo obrado por el ex Presidente del Senado en la Sesión de Instalación del 11 de marzo pasado.
He dicho. El señor RÍOS (Vicepresidente).- La Mesa considerará lo planteado por el señor Senador.
En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.


COMENTARIO TELEVISIVO DEL PRESBÍTERO RAÚL HASBUN. OFICIO.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, creo que uno de los bienes más preciados de la democracia es la libertad de expresión y, consecuente con ello, lo es también la responsabilidad con que se emitan los juicios y las opiniones, especialmente cuando se trata de personas que tienen una amplia audiencia en la opinión pública.
Pues bien, el otro día quedé verdaderamente sorprendido, tal vez más que eso: no podía creer lo que veía cuando escuché el comentario del presbítero Raúl Hasbún, difundido por el canal de televisión de la Universidad Católica de Chile, defendiendo a un prófugo de la justicia, el señor Paul Schäfer, y criticando la acción de la Policía y del Poder Judicial en Chile.
Digo "sorprendido", porque algo que está en la esencia del mensaje humanista y cristiano es el respeto a las personas, a su dignidad y a sus derechos, en particular el de los niños. Si hay frases duras pronunciadas por Jesús en el Evangelio, se refieren justamente a aquellos que cometen algún abuso, aunque fuere sólo de escándalo, contra los menores.
Prácticamente hoy todo Chile sabe (y existe encargatoria de reo al respecto) que el señor Schäfer ha abusado reiteradamente de los menores. Esta mañana asistí a la presentación de un libro sobre el tema que estoy mencionando, y allí se encontraba una de las madre de dos niños que fueron abusados por ese hombre. Verdaderamente, conmueve observar esa realidad: una pobre mujer campesina que tuvo la ingenuidad -es madre soltera- de entregar uno de sus hijos a la Colonia Dignidad para su educación, recibiendo luego el mensaje del niño que pide que se le saque de allí. Y ella era una de las amigas de la Colonia.
Yo no pido que se condene antes de que se dicte sentencia, porque, por cierto, todavía el señor Schäfer tiene derecho a que se presuma su inocencia. Pero lo que pido de un sacerdote es que, por lo menos, tenga respeto no sólo por el dolor de esas madres, sino, además, por la acción de la justicia y por los valores que están detrás de una acción destinada a detener a una persona como el acusado.
El padre Hasbún, con pasión, con vehemencia, ha difundido su comentario por televisión en el sentido justamente opuesto y donde su argumento es el siguiente: por qué se persigue tanto a esa persona que abusa de los niños, y no a los otros que andan sueltos. Ello, como si el juez, el Ministro señor Hernán González, actuara con criterio discriminatorio. Debo recordar que quien ordenó la última acción de allanamiento, como las anteriores, fue el juez, y no el Ministro del Interior. El Poder Judicial ha actuado por denuncias serias, y todos los recursos de protección que ha presentado el señor Schäfer han sido rechazados en las Cortes de Apelaciones y en la Corte Suprema en los últimos años.
Lo que yo habría esperado del padre Hasbún es que, si tiene algún tipo de simpatía por Colonia Dignidad, guardara silencio. O, por lo menos, que hubiera puesto en juego ambos valores: la presunción de inocencia de un sospechoso de haber cometido crímenes, por una parte; y el dolor y el derecho de las víctimas a exigir y clamar justicia cuando se trata de los menores. No esperé, por cierto, un comentario que hiere muy profundamente a numerosas personas, cualquiera que sea su ideología o profesión religiosa, más todavía a quienes como yo son católicos. Entonces, claro que me molesta; me produce una sensación de desconcierto el hecho de que una persona, usando de su investidura sacerdotal, se avenga tan poco a lo que son los valores elementales del Evangelio; y que lo haga por el Canal oficial de la Universidad Católica de Chile.
Señor Presidente, por lo menos deseo dejar estampada mi protesta por esto. Por cierto que reconozco el derecho del padre Hasbún a expresarse, como cualquier ciudadano, pero también tengo derecho a crítica cuando él -por lo menos a mi juicio- se aparta tan manifiestamente de lo que debiera ser su misión.
No sé si corresponderá, señor Presidente -pues los oficios se dirigen por lo general a las entidades estatales- pedir el envío de un oficio al Canal de Televisión de la Universidad Católica de Chile, transcribiendo mi intervención. De hecho, no existe ente con tuición sobre la libertad de expresión. Ni siquiera la tiene el Consejo Nacional de Televisión.
Por lo tanto, dejo estampada mi protesta más formal y mi crítica al respecto.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Viera-Gallo, en conformidad al Reglamento.


El señor RÍOS (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Institucionales 2, ofrezco la palabra.
No hará uso de ella.
Tampoco usará de su tiempo el Comité Mixto (3 Senadores).
Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:16.
Manuel Ocaña Vergara
Jefe de la Redacción