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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 341ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 5ª, en sábado 16 de octubre de 1999
Especial
(De 10:33 a 15:40)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES ANDRÉS ZALDÍVAR, PRESIDENTE,
Y MARIO RÍOS, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, SUBROGANTE
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Bitar Chacra, Sergio
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Cordero Rusque, Fernando
--Chadwick Piñera, Andrés
--Díez Urzúa, Sergio
--Fernández Fernández, Sergio
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Hamilton Depassier, Juan
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Novoa Vásquez, Jovino
--Ominami Pascual, Carlos
--Parra Muñoz, Augusto
--Pérez Walker, Ignacio
--Pizarro Soto, Jorge
--Prat Alemparte, Francisco
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Urenda Zegers, Beltrán
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los señores Ministros del Interior, Secretario General de la Presidencia y de Salud.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Fernando Soffia Contreras.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 10:33 en presencia de 29 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se da por aprobada el acta de la sesión 33ª, extraordinaria, en 15 de septiembre del presente año, que no ha sido observada.
El acta de la sesión 34ª, ordinaria, en sus partes pública y secreta, en 15 de septiembre del presente año, se encuentra en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor SOFFIA (Prosecretario subrogante).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Oficios
De Su Excelencia el Presidente de la República, con el que comunica que se ausentará del territorio nacional los días 17 y 18 del mes en curso, con el fin de participar en la suscripción del Tratado de Libre Comercio entre Chile y los Países Centroamericanos, en la ciudad de Guatemala, República de Guatemala. Agrega que lo subrogará con el título de Vicepresidente de la República, el señor Ministro del Interior, don Raúl Troncoso Castillo.
--Se toma conocimiento.
Dos de la Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que ha dado su aprobación a las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de ley que crea un fondo para la modernización de las relaciones laborales y el desarrollo sindical. (Boletín Nº 2.170-13).
--Se toma conocimiento y se manda archivar.
Con el segundo informa que rechazó la solicitud del Senado en orden a archivar el proyecto de ley que autoriza erigir un monumento en la ciudad de Temuco, en memoria de las personas detenidas desaparecidas y ejecutados políticos, pertenecientes a la Región de la Araucanía, a que se refiere el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, del año 1991. (Boletín Nº 1.860-17).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Del señor Ministro Secretario General de la Presidencia, con el que rectifica un error de transcripción en los datos remitidos por esta Secretaría de Estado respecto del contrato que indica, al informar acerca de las consultorías externas contratadas por el Gobierno durante 1997.
Del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, relativo a la necesidad de declarar a la comuna de Tortel dentro de los atractivos de interés turístico del país.
Del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Hamilton, referido a la necesidad de prorrogar el plazo que indica a fin de permitir el reconocimiento del tiempo destinado al Servicio Militar Obligatorio, para efectos de jubilación.
Del señor Ministro de Vivienda y Urbanismo, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Larraín, relativo al otorgamiento del subsidio habitacional al Grupo Habitacional Villa Lisonjera.
Del señor Ministro de Bienes Nacionales, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, referido a la posibilidad de que los particulares que foresten sus predios puedan acceder a la bonificación contemplada en el decreto ley Nº 701.
Del señor Subsecretario de Pesca, con el que contesta dos oficios enviados en nombre del Senador señor Horvath, relativos a la veda de las especies jurel y merluza común.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
Un segundo informe de la Comisión de Salud y otro de la de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que perfecciona normas del área de la salud, con urgencia calificada de "Discusión Inmediata". (Boletín Nº 2.132-11).
De la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Checa sobre cooperación en la lucha contra el terrorismo internacional, la actividad delictual internacional organizada y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y sustancias radiactivas, suscrito en Santiago, el 23 de septiembre de 1996. (Boletín Nº 2.307-10).
--Quedan para tabla.
Solicitud
Del señor Eduardo Patricio Navarrete Fuentes, con la que pide la rehabilitación de su ciudadanía. (Boletín Nº S 441-04).
--Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
Permisos Constitucionales
De los Senadores señores Núñez y Páez, con los que solicitan autorización para ausentarse del país por más de treinta días, a contar de los días 15 y 7 del mes en curso, respectivamente.
--Se accede a lo solicitado
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la Cuenta.
V. ORDEN DEL DÍA



PERFECCIONAMIENTO DE NORMAS DEL SECTOR SALUD


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que perfecciona normas del área de la salud, con segundos informes de las Comisiones de Salud y de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2132-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 12ª, en 16 de diciembre de 1998.
Informes de Comisión:
Salud, sesión 23ª, en 17 de agosto de 1999.
Hacienda, sesión 23ª, en 17 de agosto de 1999.
Salud (segundo), sesión 5ª, en 16 de octubre de 1999.
Hacienda(segundo), sesión 5ª, en 16 de octubre de 1999.
Discusión:
Sesiones 26ª y 28ª, en 31 de agosto y 7 de septiembre de 1999, (queda pendiente su discusión general); 30ª, en 8 de septiembre de 1999 (se aprueba en general).

El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).- La Comisión de Salud, en su segundo informe, hace presente que las nuevas oraciones agregadas a los incisos noveno y undécimo del artículo 13 propuesto en el número 2 del artículo 2º, son de carácter orgánico constitucional, por lo cual requieren para su aprobación del voto de cuatro séptimos de los Senadores en ejercicio.
Asimismo, para los efectos de lo preceptuado en el artículo 124 del Reglamento del Senado, deja constancia de que los artículos 1º, números 2, 5 y 6; 2º, números 1, 4, 5, 6; y 7º, no fueron objeto de indicaciones. Todos estos preceptos son de quórum simple y, de acuerdo con el Reglamento, deben ser aprobados automáticamente.
--Se aprueban.

El señor MORENO.- Excúseme, señor Presidente. Antes de entrar a la discusión del proyecto¿

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Aún no se ha dado comienzo al debate. Éste se llevará a efecto después que el señor Secretario termine la relación de la iniciativa.

El señor MORENO.- No me referiré al proyecto, señor Presidente. Sólo deseo pedir a la Mesa que nos informe cuál será el esquema con el cual se procederá en la presente sesión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Una vez que el señor Secretario concluya con la relación, haré una sugerencia a la Sala al respecto.

El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).- En seguida, la Comisión de Salud señala en su informe que sólo ha sido objeto de indicaciones rechazadas el artículo 5º; que se aprobaron las indicaciones 1, 2, 8, 13, 16 y 28, e indica las aprobadas con modificaciones, las rechazadas, las retiradas y las declaradas inadmisibles.
A continuación, deja constancia del debate habido y de los acuerdos adoptados.
Por último, la Comisión en su informe propone la aprobación del proyecto con las modificaciones que en él se indican.
Por su parte, la Comisión de Hacienda, en su segundo informe, expresa que, de conformidad a su competencia, se abocó solamente al estudio de las indicaciones signadas con los números 2, 3, 4, 5, 6, 7, 11, 26, 27, 31 y 32, y deja constancia del debate y de los acuerdos adoptados.
Asimismo, concluye su informe proponiendo aprobar el proyecto acogido por la Comisión de Salud, con las enmiendas sugeridas en las páginas 17 a 19.
Sus Señorías tienen en sus manos un texto comparado, elaborado por la Secretaría, dividido en cinco columnas: en la primera, figura la legislación vigente; en la segunda, el texto aprobado en general; en la tercera, las modificaciones propuestas por la Comisión de Salud; en la cuarta, las enmiendas sugeridas por la de Hacienda, y en la última, el texto final que resultaría.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Con el objeto de debatir y despachar la iniciativa en la forma más ordenada posible, propongo a la Sala ¿conforme a lo conversado con los señores Senadores- dar por aprobados todos los artículos -ya lo han sido, por unanimidad, los que no fueron objeto de indicaciones- excepto tres, que son los que han suscitado debate en las Comisiones de Hacienda y de Salud. En efecto, diversos señores Senadores han solicitado discutir separadamente los artículos 3º, relativo al cheque en garantía; 4º, referido al descuento del 2 por ciento que las ISAPRES deberían suprimir, conforme al procedimiento establecido en dicho precepto, y 6º, que estatuye un sistema experimental de administración para determinados establecimientos hospitalarios.
Asimismo, deseo hacer presente que para la aprobación de dos disposiciones (incisos noveno y undécimo del artículo 13 propuesto en el número 2 del artículo 2º) contenidas en el proyecto se requiere quórum orgánico constitucional. Por lo tanto, pido a la Secretaría que verifique y deje constancia de la existencia del mencionado quórum.

El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).- Hay 35 señores Senadores presentes, señor Presidente.
--Se aprueban los incisos noveno y undécimo del artículo 13 propuesto en el número 2 del artículo 2º, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que emitieron voto favorable 35 señores Senadores.


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En seguida, para evitar malos entendidos, deseo hacer presente que la Comisión de Salud adoptó determinada decisión sobre el artículo 3º -relativo al cheque en garantía- y que posteriormente la de Hacienda aprobó una indicación formulada por el Ejecutivo acerca del mismo precepto. Por lo tanto, hay aprobados dos textos distintos, los cuales podrán ser analizados durante la discusión.

El señor NOVOA.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor NOVOA.- Señor Presidente, ¿está incluido el artículo 2º entre los preceptos que se someterán a discusión?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No, señor Senador. Solamente se debatirán los artículos 3º, 4º y 6º.

El señor NOVOA.- Hago la consulta, porque el artículo 2º contempla la eliminación del cheque en garantía en el caso del FONASA.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Hay que discutir los artículos: 2º y 3º, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Conforme.
En relación con el cheque en garantía, primero se votará el texto aprobado por la Comisión de Hacienda, y si éste fuere rechazado se votará el propuesto por la de Salud, que sería la alternativa.
¿Habría acuerdo para proceder en tal sentido?
Acordado.
Si le parece a la Sala, se podrían debatir en conjunto los artículos 2º y 3º.

El señor MORENO.- ¿Me permite hacer una moción de orden, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor MORENO.- Señor Presidente, la presente sesión se extenderá hasta las 11:30.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Exactamente. A esa hora se suspenderá.

El señor MORENO.- Eso es lo que deseaba saber.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Así se acordó proceder en la sesión recién pasada. A las 11:30 se suspenderá esta sesión para asistir a la del Congreso Pleno y, en seguida, volveremos a sesionar hasta despachar el proyecto.

El señor MORENO.- Señor Presidente, ¿hay alguna hora prevista para votar?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se acordó empezar la votación a las 13:15.

El señor MORENO.- Es bueno contar con esa información.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Son acuerdos que se adoptaron en la sesión anterior, señor Senador.

El señor MUÑOZ BARRA.- Señor Presidente, en la sesión de la semana pasada se acordó iniciar la votación a las 13:30.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- A las 13:15, Su Señoría, conforme a los acuerdos adoptados.
En discusión los artículos 2º y 3º. El señor Secretario dará lectura a las modificaciones propuestas a dichos artículos.

El señor HOFFMANN (Prosecretario).- La Comisión de Hacienda propone agregar en el artículo 2º, número 1, a continuación del tercero de los incisos que allí se sustituyen, el siguiente inciso nuevo:
"Con todo, en los casos de emergencia o urgencia debidamente certificadas por un médico cirujano, el Fondo Nacional de Salud pagará directamente al prestador público o privado el valor por las prestaciones que hallan otorgado a sus beneficiarios, de acuerdo a los mecanismos dispuestos en la presente ley y en el D.L. Nº 2.763, de 1979. En estos casos, se prohíbe a los prestadores exigir a los beneficiarios de esta ley, cheques en garantía u otros instrumentos financieros, o condicionar de cualquier otra forma dicha atención. El Ministerio de Salud determinará por reglamento las condiciones generales y las circunstancias bajo las cuales una atención o conjunto de atenciones será considerada de emergencia o urgencia.".
En el artículo 3º, la Comisión propone reemplazar los incisos séptimos, octavo y noveno que se agregan al artículo 22 de la ley Nº 18.933 en la letra a), por los siguientes:
"Asimismo, en las situaciones indicadas en los incisos cuarto y quinto de este artículo, se prohíbe a los prestadores exigir de los usuarios cheques en garantía u otros instrumentos financieros, o condicionar de cualquier otra forma la atención de emergencia o urgencia.
"Para los efectos de la aplicación de este artículo se entenderá que las Instituciones han otorgado un préstamo a sus cotizantes por la parte del valor de las prestaciones que sea cargo de éstos, si una vez transcurrido el plazo de treinta días hábiles desde que la Isapre ha pagado al prestador el valor de las atenciones otorgadas, el cotizante no ha enterado dicho monto directamente a la Isapre.
"Dicho préstamo deberá pagarse por el afiliado en cuotas iguales y sucesivas, con vencimientos mensuales, en las que se incluirá el reajuste conforme al Índice de Precios al Consumidor y un interés equivalente a la tasa de interés corriente para operaciones reajustables en moneda nacional, a que se refiere el artículo 6º de la ley Nº 18.010. Las cuotas mensuales no podrán exceder del 5% de la remuneración o renta imponible, tratándose de los afiliados dependientes, independientes o pensionados, ni de una suma equivalente al precio del plan de salud contratado, en el caso de los voluntarios. Para los efectos de la aplicación de este mecanismo, la Institución no podrá exigir a los usuarios cheques en garantía.
"Para hacer efectivo el pago del crédito, la Institución notificará al afiliado y al empleador o entidad pagadora de la pensión, el monto que deberá enterarse mensualmente por el cotizante por concepto del préstamo otorgado y el plazo que durará el servicio de la deuda.
"El pago del crédito se realizará por el afiliado en forma directa, si fuere independiente o voluntario, o a través del empleador o entidad previsional, si fuere dependiente o pensionado. En este último caso, el empleador o entidad pagadora de la pensión deberá retener y enterar en la Institución de Salud Previsional, la cuota mensual correspondiente, de conformidad con los plazos y procedimientos previstos en los artículos 30 y 31 de esta ley.
"Para el sólo efecto del pago de este crédito, en caso de incumplimiento por parte del afiliado que deba pagar en forma directa, se aplicará lo dispuesto en los incisos quinto y sexto del citado artículo 31, salvo en lo que se refiere a la aplicación de las sanciones penales previstas en la ley Nº 17.322.
"Sin perjuicio del sistema de crédito y pago enunciado en los incisos anteriores, el afiliado y la respectiva Institución de Salud Previsional podrán convenir otra modalidad de hacer efectivo el pago que corresponda al afiliado de acuerdo al plan de salud correspondiente.
"Facúltase a la Superintendencia para impartir instrucciones sobre los requisitos, modalidades y garantías del otorgamiento y servicio del crédito establecido en este artículo y, en su caso, para resolver sobre la aplicación de esta disposición a otros créditos que las Isapres otorguen a sus afiliados.".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, me referiré al fondo de la proposición hecha por la Comisión de Hacienda que suprime el cheque en garantía, y lo haré desde el punto de vista de algunas consideraciones de tipo jurídico¿

El señor FOXLEY.- Señor Presidente, pienso que sería más útil, antes de iniciar el debate, informar a la Sala por qué la Comisión de Hacienda llegó a esta formula.

El señor HAMILTON.- No tengo ningún inconveniente, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene razón, señor Senador.
Por consiguiente, es preferible que hagan uso de la palabra, primero, los Honorables señores Foxley y Bombal, y después los demás inscritos.
Tiene la palabra el Senador señor Foxley.

El señor FOXLEY.- Señor Presidente, el sentido de las modificaciones a los artículos 2º y 3º, aprobadas por la Comisión de Hacienda, es el siguiente. En primer lugar, establecer la prohibición de la exigencia del cheque en garantía a los usuarios que requieren atención de emergencia en los establecimientos hospitalarios de los sistemas de salud público y privado.
En el proyecto original se planteó dicha supresión sólo para las personas afiliadas a ISAPRES. En la Comisión se sugirió que esto debía aplicarse en forma simétrica al conjunto de los afiliados a las instituciones de salud y que, por lo tanto, debía extenderse tal prohibición también a los de FONASA. Es decir, si una persona que está en FONASA recurre a un establecimiento de atención de urgencia, sea público o privado, este Fondo también se compromete a pagar directamente al prestador del servicio. Del mismo modo, se propone una simetría en la forma de pago por parte de la persona atendida por el servicio de urgencia.
Ésa es, básicamente, la modificación del artículo 2º.
Por otro lado, en el artículo 3º se introduce una indicación del Ejecutivo, apoyada por el Honorable señor Boeninger y otros señores Senadores, que fundamentalmente regula las condiciones en las que se encuadra, desde el punto de vista financiero, la situación que se crea al suprimir la exigencia del cheque en garantía.
Con ello se pretende prevenir dos situaciones extremas: una, que con la supresión del cheque en garantía se entienda que las ISAPRES son responsables, ante el establecimiento que presta el servicio de urgencia, del pago de la atención, y otra, que quien se beneficia de tal atención piense, en definitiva, que no tiene un compromiso claro de pago, lo que dejaría a la ISAPRE o al FONASA en una situación complicada desde el punto de vista de su capacidad de cobro posterior de esa prestación.
Aquí se establece un procedimiento de pago del saldo adeudado, para que, una vez superada la urgencia, el usuario complete dicho pago a la ISAPRE o al FONASA, según corresponda. Tal procedimiento consiste en el otorgamiento de un crédito por parte de la institución a la que está afiliada la persona, que tiene ciertas modalidades reguladas por ley. Se trata de un préstamo a una tasa de interés habitual para operaciones reajustables, pagado en cuotas mensuales sucesivas que no podrán superar ¿señala la indicación- el 5 por ciento de la remuneración o renta imponible de quien debió atenderse de urgencia. El pago del crédito debe realizarlo en forma directa el afiliado, si fuere independiente o voluntario, o a través del empleador o entidad previsional, si fuere dependiente o pensionado.
Esto es, fundamentalmente, lo que se propone en el artículo 3º.
La Comisión de Hacienda estimó necesario que, junto con la simetría en la supresión del cheque en garantía y el establecimiento de un sistema que dé seguridad a las instituciones de salud respecto del pago del saldo de la deuda por financiar, se disponga de una modalidad de pago que proteja de cobros excesivos a la persona que acude a los servicios de urgencia. En esta forma, no se causa perjuicio ni a las instituciones de salud previsional ni a los afiliados.
Es cuanto puedo informar, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bombal.

EL señor BOMBAL.- Señor Presidente, quisiera precisar la forma como la Comisión de Salud abordó este punto.
Para ilustrar a todos los señores Senadores respecto de las atenciones de urgencia, debo aclarar que el tema reside en que el Ejecutivo en su propuesta dispone que las ISAPRES se harán cargo del pago total por este concepto, lo cual, naturalmente, rige para los afiliados a las ISAPRES. En ninguna parte se impone esta obligación respecto de otros usuarios, como los del FONASA (al menos en el proyecto original). Y la prueba está -como se explicó- en que ellos se incorporaron en la indicación que ayer hizo presente el Gobierno.
De ahí surge el problema de cómo la ISAPRE puede después repetir o recuperar los dineros que por el ministerio de la ley se la está obligando a enterar al momento de producirse la atención de urgencia, con el mecanismo de que esto no lo hará antes de que el paciente se encuentre estabilizado y pueda ser derivado a otro centro asistencial, lo cual no es del caso entrar a analizar hoy día.
Entonces, aquí el Senador que habla presentó una indicación en el sentido de que se pudiese autorizar a las ISAPRES, al igual como ocurre con el FONASA, para que, a fin de poder cobrar al afiliado, aplicara un sistema de préstamo. Eso fue planteado en su minuto, figura que el Ejecutivo encontró interesante, por lo que la Comisión de Salud entró a trabajar en la indicación respectiva, la que terminó aprobándose en la Comisión de Hacienda.
Antes de pronunciarnos sobre el fondo de esta materia, quisiera concluir diciendo lo siguiente.
En atención a que no parecía razonable reglamentar tanto lo relativo a este préstamo, en la Comisión de Salud surgieron distintas propuestas, llegándose finalmente a aprobar la que propone la siguiente nornma: "Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores," -es decir, de los pagos que hacían las ISAPRES a los prestadores y que originaban la acción de repetición en contra de los afiliados- "las Instituciones de Salud Previsional podrán incluir en los planes de salud que ofrezcan, cláusulas de salvaguardia que aseguren un proceso expedito de cobranza al afiliado de las sumas que procedan en virtud de la aplicación del presente artículo.
"En todo caso," -agrega la indicación aprobada por la Comisión de Salud- "las Instituciones de Salud Previsional y sus afiliados podrán convenir otras fórmulas de pago distintas a las precedentes.
Y concluye señalando: "Para todos los efectos del sistema de salud se declara que ninguna de estas fórmulas permitirá exigencias al afiliado de cheques en garantía u otros instrumentos financieros con propósitos similares.".

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, ¿puedo hacer una consulta al Senador señor Bombal?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede solicitarle una interrupción a Su Señoría.

El señor BOMBAL.- Con la venia de la Mesa, no tengo inconveniente para ello.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, para aclarar el punto, deseo saber si
lo que la Comisión de Salud propone dice relación sólo a las ISAPRES. ¿No se refiere al FONASA?

El señor BOMBAL.- Reitero que la indicación dice: "Para todos los efectos del sistema de salud se declara que ninguna de estas fórmulas permitirá exigencias al afiliado de cheques en garantía u otros instrumentos". En lo relativo al cheque en garantía, se refiere a todo el sistema de salud. Naturalmente, no podía referirse a otro tipo de afiliados, pues estábamos pronunciándonos sobre los afiliados a ISAPRE, conforme al artículo del Ejecutivo. Y tanto es así que el Gobierno tuvo que presentar ayer en la Comisión de Hacienda la indicación que se mencionó hace un momento, porque no se podía entender incorporado en este artículo a otros afiliados que no fueran los afiliados de ISAPRES, de acuerdo a lo que expresaba dicho precepto.
Por ello, en esos términos, incluso se va más lejos de lo que es el cheque en garantía, que se incorpora recién acá en el sentido de que esto no rige para ningún efecto del sistema de salud en general.

El señor VIERA-GALLO.- ¿Me permite una consulta, señor Presidente?

El señor BOMBAL.- Quisiera poder terminar con mi exposición, señor Presidente.

El señor VIERA-GALLO.- Es que quiero aclarar el tema, señor Presidente.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, ahora entraré a explicar lo que sucede.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Recupera la palabra el Honorable señor Bombal.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, en la Comisión de Salud se desechó, entonces, lo que terminó siendo la indicación aprobada por la de Hacienda. Y ahí es donde surge una inquietud, respecto de la cual algunos señores Senadores me han advertido que desean pronunciarse en el sentido de que, si ello es procedente por no existir materias de fondos públicos, la Comisión de Hacienda del Senado pueda enmendar lo que la de Salud aprobó a su turno.
Ahí existe un tema de debate, que está por resolverse ahora, ya que, en general, lo que proponía la Comisión de Salud se encontraba dentro de lo que es correcto, habiendo desechado incluso lo que después se aprobó en Hacienda, respecto de lo que habría sido una enmienda a lo acordado por la Comisión de Salud, cuestión a la que, probablemente, otros señores Senadores se van a referir.
Pero aquí hay un punto muy claro. En ningún momento se menciona en el proyecto la expresión "cheque en garantía o documentos mercantiles". Lo que se señala es la obligación de las ISAPRES a pagar las atenciones de urgencia a los prestadores, para después tener acción en contra de los afiliados acogidos a este beneficio.
Pero nunca se señaló -y esto quisiera que quedara muy bien precisado, porque se han dicho muchísimas cosas al respecto- que lo tocante al cheque en garantía venía establecido en el proyecto propuesto en el mensaje del Ejecutivo. La verdad es que expresamente nunca lo estuvo. ¡Jamás! Prueba de ello es que recién en esta indicación, en la Comisión de Salud, se incorpora la expresión "Para todos los efectos del sistema de salud" -más allá de las urgencias, según indicación de los Senadores señores Ríos, Silva y el que habla, con el voto del Senador señor Ominami- "se declara que ninguna de estas fórmulas permitirá exigencias al afiliado de cheques en garantía u otros instrumentos financieros con propósitos similares.". ¡Recién el pasado jueves aparece la expresión "cheque en garantía" en el proyecto del Ejecutivo!

El señor LAVANDERO.- Es lo mismo.

El señor BOMBAL.- Se podrá decir que estaba implícita la idea; pero la expresión, nunca. De manera que jamás sobre este punto se debatió en general. Y esta precisión es interesante, porque hay aun más: cuando se trató el tema de las urgencias en la discusión general ¿y lo digo para que quede constancia de esto-, se dejó expresamente para la discusión en particular lo relativo a las atenciones de urgencia, pues, entre otras materias, había algunos señores Senadores que tenían dudas respecto a la constitucionalidad del asunto, y, por lo mismo, quedó esto para ser resuelto durante la discusión en particular.
Por consiguiente, cuando algunos señores Senadores votamos en contra la idea de legislar, lo hicimos porque no estábamos de acuerdo con varios artículos del proyecto, para dar al Gobierno una señal concordante con lo que habían expresado todos los que asistieron a la Comisión, en el sentido de que en la discusión en particular podrían mejorarse muchas de estas normas. Por lo mismo, incluso en la Sala muchos nos abstuvimos en la votación, en la idea de generar ese debate que, desgraciadamente, por los hechos ocurridos en la Décima Región, generaron esta estampida, donde se nos culpó de haber votado en contra lo relativo al cheque en garantía, en circunstancias de que la expresión "cheque en garantía" y todo lo que de ella se deriva, sólo ahora se ha incorporado en esta indicación.
Por eso, creo que esa precisión es importante, pues hasta el señor Presidente de la República llegó a referirse a aquel punto.

El señor MORENO.- ¿Me permite una interrupción, señor Presidente?

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, concluiré inmediatamente, para que pueda abrirse debate respecto de estas dos situaciones que se presentan.
Quedó en definitiva aprobada, entonces, esta indicación formulada en la Comisión de Salud, indicación que, habiendo sido desechada por esta Comisión, fue repuesta en la de Hacienda. En su texto se detallan las condiciones del préstamo. Y algunos señores Senadores de la Comisión de Salud, para fundamentar su rechazo, argumentaron que esto violaba la ley del contrato existente entre el afiliado y la ISAPRE.
Sobre el punto me ha solicitado una interrupción el Senador señor Silva, a quien, con la venia de la Mesa, se la concedo con mucho agrado. El señor BITAR.- Lo que Su Señoría plantea ¿es su opinión personal o el parecer de la Comisión de Salud?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Solicito al Senador señor Bitar que se dirija a la Mesa, si desea solicitar una interrupción.
Tiene la palabra el Senador señor Silva en el tiempo que resta al Senador señor Bombal, esto es, por 35 segundos.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Excúseme, señor Presidente, pero ésa no es la opinión de la Comisión de Salud.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Su Señoría podrá referirse a ello en su momento.
Tiene la palabra el Senador señor Silva.

El señor SILVA.- Señor Presidente, en la Comisión de Salud, efectivamente, se planteó que la norma que figura ahora aprobada por la Comisión de Hacienda era, en primer lugar, contraria a lo que se conoce como "ley del contrato", o sea, al artículo 1545 del Código Civil, que dispone lo siguiente: "Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales.". La causa legal no puede ser sobreviniente, como sería este caso, porque así lo prohíbe el artículo 25 de la Ley sobre el Efecto Retroactivo de las Leyes. De manera que el contrato suscrito entre la ISAPRE y el afiliado puede ser modificado por acuerdo de las partes, pero no por la vía de una imposición legislativa, como sería el otorgamiento de este préstamo, que, según un señor Senador -lo oí en una declaración que hizo esta mañana-, constituiría una presunción de derecho. Eso, inclusive, contrariaría la Carta, cuyo artículo 19, Nºs. 22º, 24º y 26º, haría evidentemente inconstitucional la norma aprobada por la Comisión de Hacienda.
Ese vicio, señor Presidente -y con esto termino-, no lo contiene la disposición aprobada por la Comisión de Salud, con el voto favorable de cuatro de sus cinco miembros, que inclusive, en cuanto a la prohibición respecto del cheque en garantía y a otros aspectos, es mucho más amplia que la despachada por la de Hacienda, y en consecuencia, más beneficiosa para los afiliados.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Hago presente a la Sala que hay nueve señores Senadores inscritos para intervenir. De aplicarse el Reglamento, ocuparían 90 minutos en el debate de dos artículos. Y faltarían otros dos.
Por ello, deseo pedir que limitemos los tiempos de intervención a cinco minutos por orador, toda vez que se trata de un tema en que el debate ya está centrado.
¿Habría acuerdo en tal sentido?
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.

El señor HAMILTON.- Señor Presidente, deseo aportar, desde el punto de vista jurídico, un par de antecedentes a la discusión sobre el cheque en garantía.
En primer lugar, de acuerdo con la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques -especialmente sus artículos 10, 11 y 13-, el cheque es una orden escrita y girada contra un banco para que éste pague, a su presentación, el todo o parte de los fondos que el librador pueda disponer en cuenta corriente. El cheque sólo puede ser girado en pago de obligaciones o en comisión de cobranza, y cualesquiera circunstancias o cláusulas distintas de las menciones que establece la ley se tendrán por no escritas.
Sobre la base de esas disposiciones, la jurisprudencia uniforme de la Corte Suprema ha precisado que, si se acredita que el documento ha sido entregado en garantía, no cumple con las exigencias legales y no puede considerarse cheque. Por consiguiente, sostiene que no procede someter a proceso al librador de ese documento.
Si bien en principio esa jurisprudencia aclara que no es jurídicamente posible pretender hacer efectiva la responsabilidad penal de quienes hayan girado uno de los llamados "cheques en garantía", lo que salva el problema más delicado que los aflige, cual es ver afectada su libertad personal y practicadas las anotaciones prontuariales correspondientes, lo cierto es que hace recaer sobre estas personas la obligación de demostrar que el documento fue entregado con esa finalidad, lo cual no es fácil.
Se añade a esa circunstancia el hecho de que la propia Corte Suprema ha declarado que, como la ley no exige que las distintas menciones del cheque sean llenadas en un solo acto y únicamente por el librador, no hay inconveniente jurídico para que se completen en forma discontinua o por otra persona.
En esos términos, es evidente que la modalidad utilizada por algunos establecimientos de salud, en cuanto a exigir la entrega de un cheque con sus menciones de fecha y cantidad en blanco en garantía de las prestaciones que se efectuarán al paciente, pero sin expresar esta circunstancia, coloca a quien extiende el documento en una situación muy difícil desde el punto de vista procesal, más aún si el documento es llenado después con una fecha posterior a aquella en que se terminó de atender a aquél.
En segundo lugar, por las circunstancias en que el establecimiento de salud obtiene la entrega de ese documento, puede sostenerse con fundamento que su girador, en un número significativo de casos, lo expide con su voluntad viciada.
En efecto, conforme al artículo 1445 del Código Civil, para que una persona se obligue por un acto o declaración de voluntad es necesario, entre otros requisitos, que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio.
Uno de esos vicios es la fuerza, "cuando es capaz de producir una impresión fuerte en una persona de sano juicio, tomando en cuenta su edad, sexo y condición. Se mira como una fuerza de este género todo acto que infunde a una persona un justo temor de verse expuesta ella, su consorte o alguno de sus ascendientes o descendientes a un mal irreparable y grave", según expresa textualmente el artículo 1456 del Código Civil.
No cabe duda de que ese constreñimiento moral ejercido sobre la voluntad de un individuo mediante la amenaza de un mal futuro a un familiar, que puede afectar la salud o la vida, le produce el justo temor de que habla el Código Civil, que le obliga a consentir en un acto jurídico que no desea y que en circunstancias normales no realizaría.
Ese vicio del consentimiento altera la voluntad, por el temor que engendra en la persona que lo sufre, pero no la hace desaparecer totalmente. De allí que, como apunta la doctrina, el vicio no está propiamente en la fuerza, que viene a ser la causa, sino en el miedo, que es el efecto y que determina que se exprese una voluntad, la única que el individuo divisa como idónea para satisfacer la necesidad de atención médica suya o de un familiar.
Las reglas aludidas del Código Civil -según se puede apreciar-, sin embargo, están limitadas a la fuerza que se ejerce sobre el girador del documento cuando el mal irreparable y grave lo amenaza a él, a su cónyuge o a alguno de sus ascendientes o descendientes, lo que excluye los casos en que pende sobre otro pariente o un tercero.
Por otra parte, es evidente que la sede natural para la alegación de este vicio del consentimiento es el juicio ordinario, de muy lato conocimiento, lo que no se compadece con las acciones ejecutivas y penales que amparan al cheque y que son ejercidas por los establecimientos de salud que lo exigen.
En estas circunstancias, la supresión de la exigencia del cheque en garantía no sólo responde a razones de mérito relacionadas con el derecho a la salud que tienen todas las personas, sino también a las consideraciones de orden jurídico que acabo de expresar y que, en síntesis, consisten en impedir que, con una voluntad viciada por la coacción a que es sometido el librador del cheque, se emita un documento que no reúne los requisitos que la ley establece a su respecto, pero que, por su apariencia de tal, deja al girador expuesto a las mismas consecuencias que si hubiese sido expedido cumpliendo con todas las exigencias legales.
Por tales razones, votaré favorablemente lo que propuso la Comisión de Hacienda.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ.- Señor Presidente, quiero hacer una observación más bien técnica con relación al cheque en garantía.
Concuerdo plenamente con el Honorable señor Hamilton en cuanto a que el cheque es una orden de pago y a que nuestra jurisprudencia ha establecido reiteradamente que el cheque en garantía no es tal y, por lo tanto, no se puede ejercitar acción penal respecto de él. De manera que me ahorro toda explicación sobre el particular.
Sin embargo, en la forma como viene planteada la disposición, al prohibir el legislador a los prestadores de salud exigir a los beneficiarios cheques en garantía, está dando validez a ese tipo de documento. Porque si lo prohíbe, es porque está permitido. Y, estando permitido, se prohíbe para los efectos de salud y se tolera para otros actos. O sea -concuerdo con la idea de la norma; sólo estoy haciendo ver un problema técnico-, al aceptar que no es posible dar cheques en garantía a las instituciones de salud, estamos diciendo -o así por lo menos podría entenderse-, contrario sensu, que para otros casos ellos sí tienen validez.
En consecuencia, con la norma propuesta, lo expuesto por el Honorable señor Hamilton, que (como señalé) es coincidente con la jurisprudencia, podría entenderse modificado. Por lo tanto, podría ocurrir un hecho distinto del que se pretende evitar. Estamos tratando de impedir que se ejercite acción penal respecto de quienes den cheque en garantía a instituciones de salud -comparto plenamente ese propósito-, pero indirecta y tácitamente estaríamos otorgando valor a esa clase de documento para otros efectos; por ejemplo, para fines comerciales, para su uso en colegios, para otorgarlo a prestamistas.
Hago esta observación porque probablemente la expresión "cheque en garantía" que emplea el legislador no sea la más adecuada y se requiera hablar de instrumentos mercantiles en general, con el objeto de evitar una convalidación de aquél por la vía legislativa. Ello, a mi juicio, sería extraordinariamente grave. Porque hoy día no cabe ninguna duda de que la jurisprudencia quita acción penal al cheque en garantía una vez que se acredita esta calidad. Pero con una norma de esta naturaleza podría entenderse -o mal entenderse, si se quiere- que en actos distintos de los de las instituciones de salud sí vale el cheque en garantía, lo cual -reitero- sería extraordinariamente grave. Y estoy cierto de que no es ésa la voluntad de quienes están planteando estas modificaciones a las normas del sector salud.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.

El señor NOVOA.- Señor Presidente, en la Comisión de Hacienda observamos muy claramente dos tipos de problemas: uno, el denominado "cheque en garantía", y dos, el pago de las prestaciones.
Sin afán de revivir debates odiosos, deseo puntualizar que el concepto de eliminación del cheque en garantía se incorporó al final de la discusión, en estos últimos días, en el entendido de que al decidirse suprimirlo se defienden dos bienes jurídicos muy precisos. En primer término, el de que el cheque, con su agregado de acción penal, no debe ser exigido como garantía, porque la posibilidad de cobrarlo por esa vía otorga a quien lo exige un poder enorme sobre la persona que, en situación de necesidad, está obligada a entregarlo. Por lo tanto, a pesar de que no era necesario señalarlo, ya que jamás puede exigirse un cheque en garantía ni derivarse acción penal de ello, quisimos establecerlo en forma expresa.
El segundo bien jurídico protegido está constituido por el derecho a la vida y la obligación de toda persona de prestar ayuda a quien se encuentra en peligro vital. Por eso se dispone de manera expresa que no se podrá exigir cheque en garantía ni ningún otro instrumento financiero para condicionar una atención de emergencia.
Llamo la atención sobre el hecho de que esto se incorporó recién, por lo siguiente.
Hay que proteger esos dos bienes jurídicos en toda situación: no sólo respecto de los afiliados a las ISAPRES y de los beneficiarios del FONASA, sino de toda persona. Porque si alguien no pertenece a uno de dichos sistemas, ¿quedará expuesto a que se le exija un cheque en garantía? Me parece que ello sería aberrante.
Desgraciadamente, como hemos debido tratar esta iniciativa con "discusión inmediata" y recién comenzamos a analizar el tema del cheque en garantía, todavía no se ha cubierto ese problema.
No se puede exigir cheque en garantía a los afiliados a ISAPRES: lo dice el artículo 3º. Tampoco puede exigirse a los beneficiarios del FONASA: lo dice el artículo 2º. Pero ninguna disposición impide exigirlo a los miles de personas que no pertenecen a esos sistemas. Debido a la crisis económica, 300 mil a 400 mil personas se han salido de las ISAPRES; no están en el FONASA, y quedarían expuestas a esa exigencia.
Pero hay algo más grave aún: si el procedimiento sugerido no opera respecto de algunas personas y, en consecuencia, se puede pedir a ellas cheque en garantía, lo más probable es que eso se exija a todos, para determinar posteriormente si la persona pertenece a una ISAPRE o al FONASA.
¿Cómo se resguarda un establecimiento de salud si hay algunas personas sin protección y si no existe prohibición general de exigir cheque en garantía?
En tal sentido, están bien lo avanzado en la Comisión de Hacienda en cuanto a los afiliados a ISAPRES y la indicación que presentó ayer el Ejecutivo respecto a los beneficiarios del FONASA. Pero falta agregar una disposición de tipo general que deje claramente establecido que, en una situación de emergencia, nunca se puede solicitar la garantía de cheque u otro documento para condicionar la prestación del servicio. Porque no se encuentran todas las personas cubiertas; y de ese modo, todas se hallan descubiertas.
El segundo punto que analizamos en la Comisión de Hacienda dice relación a la forma de pagar las prestaciones. Aclarado que ya no se puede pedir cheque en garantía y establecido que debe pagar la ISAPRE o el FONASA, se estudió cómo reembolsa el beneficiario a una u otro.
En forma muy honesta, quiero señalar que no hemos podido analizar y debatir a fondo la proposición que aprobamos en la Comisión de Hacienda ni la proveniente de la Comisión de Salud. A mi juicio, ambas pueden cumplir bien el propósito buscado.
Señor Presidente, entiendo que una ley jamás podría afectar contratos actualmente vigentes. Por lo tanto, las normas que sancionemos ahora deberán incorporarse en los futuros contratos. Y la indicación aprobada en la Comisión de Hacienda señala un piso mínimo en los contratos de las ISAPRES. Vale decir, si se produce el problema y no está cubierto en el contrato respectivo, opera el préstamo automático.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Hago presente que a las 11:30 deberé suspender la sesión. Por lo tanto, si le pareciera a la Sala, otorgaría el uso de la palabra al Honorable señor Ruiz-Esquide por cinco minutos.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, deseo referirme brevemente a algunos puntos debatidos en las Comisiones de Salud y de Hacienda, y luego, a lo planteado por el titular del primero de esos organismos.
En primer lugar, lamento que volvamos de nuevo al problema procedimental. Llevamos más de una semana discutiendo el tema. Ahora se trata de resolver el punto de fondo y no de entrar a precisar si se votó o no lo relativo al cheque en garantía.
En todo caso, la Sala debe tener claro que el artículo 3º propuesto por el Ejecutivo resolvía la cuestión. Y en una de mis intervenciones durante la discusión general señalé que, en definitiva, allí se solucionaba positivamente la dificultad planteada, aunque no se mencionara el cheque en garantía.
En segundo término, respecto a la duda del Honorable señor Silva -planteaba lo mismo el Senador señor Novoa-, debo aclarar que en el artículo 2º transitorio se previene que lo prescrito por la ley en proyecto regirá para los contratos celebrados una vez que ella entre en vigencia.
En tercer lugar, tocante al tema de fondo, debemos decidir qué actitud adoptar frente al cheque en garantía o a cualquier otro documento. La cuestión queda absolutamente salvada, tanto para el FONASA como para las ISAPRES, en el artículo 3º sugerido por el Ejecutivo y en la norma aprobada por unanimidad en la Comisión de Hacienda.
¿Por qué voté en contra la propuesta de la Comisión de Salud? Porque me pareció insuficiente. La Comisión de Hacienda aprobó un texto que fue enriquecido en ella y que es mucho más amplio en tres aspectos: primero, fija un procedimiento; segundo, precisa claramente la materia respecto de cualquier documento mercantil y, tercero, abre una fórmula de préstamo que nos parece adecuada y positiva.
En seguida, para los casos de falta de previsión a que se refirió el Honorable señor Novoa, quedó claro en la Comisión que el Ejecutivo y los Senadores que la integramos nos hallamos dispuestos a buscar la solución adecuada para las 200 mil o 300 mil personas aludidas.
Sin embargo, deseo explicar a la Sala lo siguiente. Primero, no se dispone del número exacto de los involucrados y cada vez son menos los que se hallan en dicha situación.
Segundo, cualquiera que sea la cifra, los indigentes incluidos en ella se encuentran cubiertos por la disposición relativa a FONASA que obliga a que sean atendidos. En efecto, el artículo 2º de la ley Nº 18.469 dispone que "Los establecimientos asistenciales del Sistema Nacional de Servicios de Salud no podrán negar atención a quienes la requieran, ni condicionarla al pago previo de las tarifas", etcétera. Por lo tanto, cualquiera que sea la extensión que se dé a la norma, es obvio que si mañana se recurre a una clínica privada, el FONASA debe hacerse cargo, en virtud del texto general de la ley. Y si es necesario especificarlo en un trámite posterior, habrá que hacerlo.
Tercero, si no se es indigente y puede tener lugar una aplicación al FONASA o a una ISAPRE, creo que el precepto constituye un incentivo para esto último, porque el ideal es que cada uno cuente con una previsión.
Y, si no, me parece que se debe establecer, por la vía de las municipalidades y del FONASA mismo, una disposición en el sentido de lo que se llama "indigencia médica", que no corresponde exactamente a la indigencia global.
En consecuencia, igualmente se debe ser atendido.
Doy por sabido en la Comisión y en la Sala, por lo que se expresó, que si se necesita una precisión mayor ¿porque el Ejecutivo se había comprometido sobre el particular y no hubo una forma rápida de concretarlo-, se efectuará la incorporación correspondiente en los trámites posteriores.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se agotó su tiempo, señor Senador.

La señora FREI (doña Carmen).- ¿Puedo ceder mis cinco minutos al Honorable colega Ruiz-Esquide, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No, Su Señoría.
Pero se otorga un minuto al señor Senador para redondear su idea.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Gracias, señor Presidente.
El asunto es que la aprobación del proyecto de la Comisión de Hacienda en definitiva implica una fórmula, primero, para que nadie quede fuera de atención, expresamente en los términos que se señalan; segundo, se cubre la atención en clínica o en hospital; tercero, se cubre el pago de clínica; cuarto, se cubre la seguridad de quien no puede moverse de la clínica sino con la anuencia del médico cirujano, y, quinto, la ISAPRE o el FONASA repite contra los afiliados, como se ha dicho, de una manera razonable y que garantiza, además, que no se pida al respecto un nuevo cheque de garantía.
Por esas razones, señor Presidente, solicito a la Sala que, en virtud de lo que hemos ido analizando, se consideren dos ideas centrales: pienso, por una parte, que se resuelve el tema del cheque en garantía y, por la otra, que la fórmula propuesta en la Comisión de Hacienda es mejor que la de la Comisión de Salud.
Y, finalmente, nos hallamos dispuestos a abordar cualquier solución que signifique garantizar el ciento por ciento de la atención de urgencia para toda persona.
Gracias.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En atención a los acuerdos pertinentes, se suspende la sesión, para reanudarla en cuanto termine el Congreso Pleno y hasta despachar el proyecto, sin debate. La votación se iniciará a las 13:15.
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--Se suspendió a las 11:43.
--Se reanudó a las 12:37
______________

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.

El señor BOENINGER.- Señor Presidente, esperaré a que mis Honorables colegas tomen asiento.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Solicito a los señores Senadores ocupar sus puestos.
Disculpe Honorable señor Boeninger, pero suspenderé la sesión para esperar al señor Presidente.

El señor BOENINGER.- Y también la llegada de todos los señores Senadores.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Se suspende la sesión por cinco minutos.
______________
--Se suspendió a las 12:38.
--Se reanudó a las 12:39.
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El señor RÍOS (Vicepresidente).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra el Senador señor Boeninger.

El señor BOENINGER.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero hacer una aclaración.
Respecto del tema en discusión -lo relativo al cheque en garantía y las modalidades consideradas en los artículos que se hallan en debate-, me parece que en la lectura que hizo la Secretaría se omitió el hecho de que, además de las páginas 8 y 16 del boletín comparado, donde aparecen los casos del FONASA y de las ISAPRES, con el sistema de créditos en este último, en la página 13 hay un número 5 que es simétrico con lo consignado en la página 16, en cuanto establece la misma modalidad de crédito para el caso de los afiliados del FONASA. Se encuentra vinculado, pero no se explicitó.
Ahora bien, a propósito de los planteamientos sobre la existencia o no del cheque en garantía, debemos tener en cuenta que, tanto en el texto aprobado por la Comisión de Hacienda como en el de la de Salud (página 16 del boletín comparado), se habla no sólo de cheques en garantía, sino de cualesquiera otros instrumentos financieros. De manera que, en todo caso, este tipo de redacción, independientemente de la discusión sobre el cheque en garantía, es necesario.
En segundo lugar, con relación al pago del crédito, quiero hacer resaltar que en la indicación aprobada por la Comisión de Hacienda (discutida anteriormente -como recordó el Senador señor Bombal- en la de Salud) hay tres vías para la etapa posterior al pago de la ISAPRE o del FONASA, en su caso, al prestador: primero, pago directo del afiliado dentro de los treinta días siguientes (así lo señala explícitamente la norma a que me refiero); segundo, posibilidad de convenir una modalidad de pago de común acuerdo entre afiliado y el seguro (aparece en el penúltimo inciso del texto aprobado por la Comisión de Hacienda); y tercero, si no se da en orden lógico ninguna de las dos situaciones anteriores, se entiende que por ministerio de la ley se ha otorgado un crédito al afiliado para los efectos del pago.
A mi entender, el objetivo de aquello es triple. En primer lugar, se da a la ISAPRE y al FONASA, en su caso, un procedimiento concreto para repetir contra el afiliado a los efectos de poder cobrar el copago correspondiente, y asimismo, se evita a la ISAPRE el riesgo de no tener un modo concreto (salvo el juicio) para obtener el pago que le corresponde. En segundo término, se evita al afiliado -y he aquí la diferencia central entre la disposición aprobada por la Comisión de Hacienda, que es más precisa, y la que despachó la de Salud- el riesgo de que las condiciones del pago posterior sean leoninas tanto como estipulación previa del plan de salud cuanto, posteriormente, por exigencia del seguro. Y, en tercer lugar, se evita a ambos, afiliado y seguro, el riesgo de tener que acudir ante los tribunales a un juicio ordinario de muy larga duración y elevado costo para las partes.
De ahí, entonces, que nos ha parecido que, si bien la redacción es larga y entra a bastante detalle, el mecanismo establecido por la Comisión de Hacienda resulta más adecuado.
Lo que sucede, señor Presidente, es que el texto aprobado en la Comisión de Salud -en realidad, fue el perfeccionamiento de una indicación que yo mismo presenté; pero luego me convencí de que dejaba elementos de riesgo sin resolver- no es suficientemente preciso. Porque, al decirse que "las Instituciones de Salud Previsional podrán incluir en los planes de salud que ofrezcan, cláusulas de salvaguardia", éstas podrían consistir en condiciones bastante leoninas.
En consecuencia, me pronuncio a favor de la modalidad aprobada por la Comisión de Hacienda.
Y una última observación.
Tengo la impresión de que el problema de los afiliados a los sistemas de salud de la Defensa Nacional y de Carabineros podría resolverse, de haber unanimidad en la Sala, si en el artículo 2º, que se refiere al FONASA, se agregara un inciso final que dispusiera, simplemente: "Se entenderá que las normas de este artículo, en lo que sea pertinente, se aplicarán a los afiliados a los sistemas de salud de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, en su caso.".
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- De formularse indicación en ese sentido, por la unanimidad de la Sala podríamos incorporarla.
Tiene la palabra el Senador señor Ríos.

El señor RÍOS.- Señor Presidente, al iniciar mi intervención, que será lo más breve posible, deseo poner en claro un par de aspectos que no se han expuesto ni analizado.
En materia de salud actúan hospitales públicos, clínicas privadas, establecimientos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a Carabineros, en fin. Ello nos señala, pues, que la salud no sólo es un problema del FONASA y las ISAPRES.
Hay al respecto muchos sistemas: algunos, dispuestos por ley; otros, permitidos por la vía legislativa. El FONASA es, sin duda alguna, el más grande. Luego están las ISAPRES. El sistema de las Fuerzas Armadas tiene todo un conjunto de hospitales, y también, una modalidad de atención privada. El de Carabineros, Investigaciones, Gendarmería y parte del Ministerio del Interior es otro sistema, distinto del de las Fuerzas Armadas, del FONASA y de las ISAPRES. Está, asimismo, todo lo relativo a accidentes del trabajo, con las mutuales de seguridad, que, aparentemente, es el sistema que mejor funciona en el país: brinda atención dirigida, cerrada, con clínicas a lo largo de todo Chile; se halla bien financiado y administrado; es exitoso (ningún sindicato ha señalado nunca que sea malo). Además, está el seguro escolar, que cubre a más de un millón de niños; es un sistema de salud espontáneo, que surge por un acuerdo entre una clínica o un hospital y colegios o centros de padres y apoderados.
Seguramente, hay otros sistemas, que desconozco. Por ejemplo, pequeños servicios específicos de empresas u otros entes que alguna relación tienen con el sistema público del FONASA o con el de las ISAPRES. Personalmente, desarrollo la actividad agrícola, donde espero tener en los próximos meses, con financiamiento mío, un centro dental. O sea, se trata de pequeños ejemplos que se dan en muchos organismos privados.
Y hay otro universo -podríamos denominarlo "ninguno"-, constituido por alrededor de un millón de pequeños agricultores que no están afiliados a ningún sistema: ni al FONASA ni a ISAPRE alguna, en fin. Son personas que, sin estar en una situación paupérrima, no tienen "la cultura" de pagar mensualmente 7 por ciento o el porcentaje que sea para salud.
Así que, en Chile, no hay que situar la salud sólo en el FONASA o en las ISAPRES, porque eso es un error: se trata de algo muy amplio, donde funcionan a lo menos siete u ocho sistemas.
Entonces, el texto aprobado por la Comisión de Hacienda, desde mi punto de vista, adolece de dos grandes errores. Primero, está referido única y exclusivamente a las ISAPRES y al FONASA. Y segundo, termina obligando al financiamiento sólo en una de las áreas: las urgencias.
Tal limitación es absurda, por cuanto el sistema es amplio. En mi concepto, resuelve claramente el problema la indicación presentada en la Comisión de Salud, que con los Honorables señores Silva, Bombal y Ominami votamos a favor, porque, precisamente, recoge esos dos aspectos limitantes del texto de la Comisión de Hacienda.
En primer lugar, estamos hablando de que lo referido a las obligaciones del cheque en garantía y otras es para todo el sistema de salud, sin excepción, y no sólo para las ISAPRES y el FONASA, pues, como señalé, existen otros participantes de mucha importancia. Y de ahí la votación tan mayoritaria que se registró.
En segundo término, estamos haciendo algo muy trascendente: entregar a las ISAPRES herramientas que les permitan llegar a nuevos acuerdos con sus afiliados. Así, uno de los incisos que aprobamos dice: "Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, las Instituciones de Salud Previsional podrán incluir en los planes de salud que ofrezcan, cláusulas de salvaguardia que aseguren un proceso expedito de cobranza al afiliado de las sumas que procedan en virtud de la aplicación del presente artículo.". Y otro: "En todo caso, las Instituciones de Salud Previsional y sus afiliados podrán convenir otras fórmulas de pago distintas a las precedentes.".
Se respeta la "ley del contrato": el Estado no se mete en contratos entre privados.
Me impresiona, señor Presidente, que la Comisión de Hacienda haya aprobado un artículo que impone obligaciones a una de las partes en contratos entre privados.
Al margen de la inconstitucionalidad e inadmisibilidad ya señaladas por los Honorables señores Viera-Gallo y Fernández, hago expresa reserva de constitucionalidad al respecto. Porque si el Estado sigue actuando en contratos entre privados, destruiremos todo el sistema institucional del país, con las defensas y acciones que posibilita.
Creo que la norma aprobada por la Comisión de Salud es la procedente. Y hay una petición de diez señores Senadores para que sea votada. El cheque en garantía desaparece absolutamente en todas las otras obligaciones mercantiles que se establecen. Se considera a todo el sistema de salud. No hay ligazón solamente con una fórmula. No estamos marginando a nadie. Y, por último, se franquea la posibilidad de que entre privados, las ISAPRES y otros entes con sus afiliados, se llegue a los acuerdos correspondientes para el nuevo período.
Muchas gracias, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Moreno.

El señor MORENO.- Señor Presidente, durante el debate llevado a cabo esta mañana se han expuesto argumentos que dan la imagen de que, en el fondo, existe una contradicción entre el informe de la Comisión de Salud y el de la de Hacienda, sobre todo tras escuchar al señor Senador que me precedió, quien hizo referencia a la restricción que importa la norma de la Comisión de Hacienda en cuanto se circunscribe básicamente a dos grupos específicos: los beneficiarios del FONASA y los afiliados a ISAPRES.
Reconozco la validez de esa argumentación, no obstante que en esos dos sistemas está abrumadoramente la mayoría de quienes acceden a las prestaciones de salud.
No puedo dejar de hacer mío el argumento que da cuenta de la situación de los trabajadores independientes, sobre todo en el sector rural, constituido en su gran mayoría por pequeños agricultores, por afuerinos o por temporeras o temporeros -como se les denomina actualmente-, quienes en algunos casos deben recurrir a subterfugios para acceder a las prestaciones del FONASA y a sistemas en los cuales la clasificación en una categoría muchas veces se convierte en un proceso engorroso.
Estamos abocados al estudio de un proyecto que intenta perfeccionar las normas de salud. Sin embargo, no hay duda de que las dos disposiciones dejan afuera -no lo recogen- uno de los elementos que probablemente estuvieron en el debate público, cual es que la situación de las emergencias no considera los casos -varios de los que estamos aquí los conocemos- en que ellas se convierten, sin serlo, en enfermedades catastróficas y generan tal tipo de desarticulación a nivel familiar y en el régimen de salud que no tienen solución.
Voy a citar la situación que vive en este momento una familia de clase media -omitiré sus nombres por razones obvias-, cuya madre enfermó y se encuentra internada en la UTI del Hospital José Joaquín Aguirre. Lo que comenzó siendo una urgencia lleva más de dos meses, y la cuenta alcanza hoy a un monto superior a 15 millones de pesos. La familia no está en condiciones de pagarla. El cheque que entregaron debió ser renegociado, encontrándose una fórmula de pago que tuvimos que conversar con las autoridades respectivas. Pero el problema radica en que no se trata de una enfermedad catastrófica, no es un cáncer ni un tumor, o algo que se encuentre cubierto en alguna de las categorías. Por lo tanto, aquí es donde quedan al descubierto las falencias del sistema. Entonces, se hace indispensable un seguro que cubra ese tipo de situaciones y que solucione el problema cualquiera que sea el sistema utilizado. Me refiero a un seguro al cual se pueda acceder, por suplencia, ante un evento inesperado.
Pero como aquí hay que optar por una alternativa, no obstante la validez de los argumentos del Senador señor Ríos -que me habría gustado que escuchara mi argumentación-, votaré a favor del informe de la Comisión de Hacienda. Y en la eventualidad de que no se apruebe, me plegaré a la otra proposición.
En síntesis, lo que debe hacerse es, primero que todo, dar una señal clara para que la gente que requiera atención de urgencia no se sienta apremiada por no saber como proceder.
De paso, quiero hacer la siguiente observación.
En su resumen -a mi entender muy didáctico-, el Honorable señor Ruiz-Esquide destacó un punto que debe ser estudiado con cuidado: la opinión del médico cirujano respecto de la continuación del tratamiento del paciente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ha terminado su tiempo, señor Senador.

El señor MORENO.- Concluyo en un minuto.
El ejemplo que acabo de dar a conocer, en que el médico a cargo no autoriza otro tratamiento, está llevando a ese grupo familiar a una situación catastrófica. Aquí se presenta un problema ético, médico y social. Hay que tener precaución respecto de esta materia. No es que desconozca la validez del juicio del médico, pero también es necesaria mayor prudencia.
Anuncio que votaré favorablemente el informe de la Comisión de Hacienda.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, estas observaciones son producto de mi experiencia en administración de sistemas cerrados de salud.
Es necesario recordar tres puntos. En primer término, el relativo al cobro de la deuda pendiente por la atención de emergencia o urgencia. Debido a los bajos ingresos de las personas que han incurrido en esos gastos -se trata, por desgracia, de un importante número de ciudadanos-, su pago a través del 5 por ciento de descuento de sus sueldos generará, infortunadamente -de acuerdo a la experiencia recogida después de haber utilizado alrededor de 18 años el sistema en una de las instituciones en la cual trabajé-, una deuda que se hará incobrable. Y así ocurrirá, porque dicho porcentaje representa un cobro muy bajo, a pesar de que la deuda se reajuste conforme al IPC, más los intereses medios existentes en ese momento, lo cual terminará gravando tanto al FONASA como a las ISAPRES. Es decir, como cada año el volumen de lo que se debe crecerá, al final se transformará en una deuda de arrastre tanto para el organismo estatal como para las instituciones privadas.
Eso es lo primero que deseaba comentar.
Se trata de una realidad, y en algún momento hay que plantear una segunda discusión de esta ley en proyecto para afinarla. Entiendo que las Comisiones han trabajado apuradas. Reconozco el esfuerzo, pero sugiero analizar estas situaciones más en detalle, porque si no el sistema dejará de ser operativo después de transcurridos 7, 8 ó 10 años.
En segundo lugar, no se define hasta qué momento se entiende que las atenciones son de emergencia o urgencia -este es un problema médico y ético sumamente complicado, porque puede haber atenciones de ese tipo que signifiquen permanecer en la UTI por 30, 40, 50 ó 60 días- y cómo podrían hacerse cargo los sistemas de ISAPRES o FONASA del valor que ellas impliquen.
En tercer término, aquí se ha hablado de extender este régimen a las prestaciones otorgadas por el Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas. En este punto hay que tener presente que dicho Sistema se rige por una ley reciente -aprobada hace poco más de dos años por el Parlamento- que faculta para otorgar prestaciones de emergencia y urgencia -conceptos muy similares, pero no iguales- a sus beneficiarios. Además, existen convenios especiales firmados con FONASA e ISAPRES. Alterar este sistema cerrado de salud sin conocer sus efectos es muy complicado, porque es participativo; es decir, todos los cotizantes aportan un plus de su sueldo para posibilitar su funcionamiento. Luego, si se intenta recuperar los préstamos mediante el descuento del 5 por ciento de las remuneraciones de los afectados, puede ocurrir que los demás beneficiarios, ajenos a esta situación, empiecen a financiar los costos de la no recuperabilidad de esas deudas.
Comprendo el apuro por legislar en esta materia y el trabajo que ello demanda, pero estamos resolviendo un problema cuyos alcances no están bien dimensionados. Por eso, solicito que no se haga mención al Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas. Este tema debe analizarse en detalle y después pedir al Ejecutivo que introduzca las correcciones necesarias, para hacer operativa la idea central de no entregar documentos en prenda antes de recibir prestaciones de emergencia.
Finalmente, quizás habría que introducir una enmienda de redacción. Me parece que, en vez de "cheques en garantía", es preferible hablar de "documentos en garantía" o de "documentos públicos en garantía". La palabra "cheque" tiene una definición clara y precisa en nuestra legislación mercantil: es un documento a la vista con un tratamiento jurídico muy específico.
De no abordarse este problema, la deuda por este concepto puede transformarse en una carga extraordinariamente pesada tanto para el Fisco, en lo referente a FONASA, como para las ISAPRES, y puede afectar a personas ajenas a dicha obligación porque el patrimonio de estas instituciones quedará gravado por deudas incobrables.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Bitar, último Senador inscrito. Luego procederemos a votar.

El señor BITAR.- Señor Presidente, pienso que hay consenso en cuanto a prohibir la exigencia de cheques u otros instrumentos financieros en garantía. Considero que adoptar esa decisión sería una gran señal, sobre todo si se aplica tanto a las ISAPRES como al FONASA.
Respecto del procedimiento para cobrar las prestaciones de emergencia o urgencia en reemplazo del cheque en garantía, la Comisión de Hacienda plantea una fórmula más rigurosa, a mi juicio, que la de la Comisión de Salud. Me inclino por la primera, recogiendo, sin embargo, la observación del Honorable señor Silva en el sentido de que la obligación dar préstamos o de ejercer la función de prestamista puede considerarse en el límite de la constitucionalidad de esta ley. En tal caso, podría ajustarse su terminología en una Comisión Mixta. No obstante, pienso que la proposición de la Comisión de Hacienda es mejor que la de la Comisión de Salud, que es muy genérica, y por eso la votaré favorablemente.
Creo que el último de los incisos que se agregarían resulta indispensable, a fin de que se faculte a la Superintendencia para impartir instrucciones, lo que no viene en el articulado de la Comisión de Salud. Es algo que permite complementar.
Ha quedado también planteado por algunos señores Senadores el tema de un sector que no se hallaría cubierto. A ello respondo exponiendo los siguientes criterios, que me parecen justos. Si bien algunos pueden encontrarse en esa condición por no estar inscritos en las ISAPRES ni cotizar en FONASA, de todas formas las normas en análisis constituyen un avance sustantivo. Cabe consignar que los indigentes quedan automáticamente cubiertos por FONASA y que una proporción de gente que no reviste esa calidad puede no estar registrada en ninguno de los dos sistemas: ni en el privado ni en el público. En ese caso, como bien lo ha expresado el Senador señor Ruiz-Esquide, un hospital recibe igual y no pide cheque en garantía. Lo que puede ocurrir es que exista un grupo al cual una ISAPRE le represente que no cotiza en ella ni en FONASA y que enfrente, por lo tanto, una situación desventajosa.
Creo que se trata de una minoría, pero, aún así, también comparto la tesis de que se debe incentivar la cotización. Porque, si se deja abierta la posibilidad de no inscribirse ni en FONASA ni en una ISAPRE y de no aportar, y, además, de obtener todas las ventajas, se estimularía el que nadie cotizara. Por lo tanto, se debe buscar una fórmula para el sector al cual me refiero, que es más reducido, pero me parece que es preciso incentivar el que la gente cotice. Pienso que de todas formas se da un paso sustantivo en ese terreno.
Y, en relación con el tema de las Fuerzas Armadas, se ha hecho presente acá, asimismo, que se requeriría un trabajo más riguroso. Pero, con todo, como lo ha destacado el señor Ministro de Salud, a un cotizante protegido por los sistemas de salud de esas instituciones que llega a un servicio público se le trata en cualquier hospital sin la exigencia de un cheque en garantía.
Sobre el particular, quedaría la duda respecto de clínicas privadas atendidas por ISAPRES. Por mi parte, expreso mi disposición a que estudiemos ese aspecto de una manera más precisa y rigurosa, en vez de hacerlo a la carrera.
En virtud de todas estas consideraciones, es adecuado, a mi juicio, aprobar el término del cheque en garantía tanto para el sector público ¿FONASA- como el privado y discutir el mejor procedimiento respecto del cobro, aspecto en el cual me inclino por la fórmula de la Comisión de Hacienda.
Y, en cuanto a los otros puntos que faltarían, dejo establecido que de todas maneras ahora damos un paso muy grande y que se podrían afinar fórmulas adicionales en una ocasión posterior.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Perdón. ¿Me concede una interrupción, Honorable colega?

El señor BITAR.- Con el mayor gusto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, deseo aclarar muy rápidamente a la Sala dos elementos que se han mencionado.
El primero de ellos es la duda acerca de si a las ISAPRES se les puede fijar una obligación de prestarles a sus afiliados o a sus beneficiarios. Se debe tener en cuenta que se trata un tema de salud, con relación a la cual se ha determinado cierto tipo de contratos que no eran habituales cuando se dictó la ley de ISAPRES.
Y, segundo, cuando se dice que no se puede transformar a esas entidades en organismos financieros -porque es lo que serían si acaso prestaran plata-, no cabe olvidar que ellas participan en el mercado financiero y que parte de sus ingresos, en los últimos balances, provienen de esa actividad. Entonces, no puede manifestarse una disposición distinta para...
Si el Honorable señor Bombal no comparte lo anterior, conforme, pero es mi criterio.
Muchas gracias.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ruego evitar los diálogos. Hago presente al Senador señor Ruiz-Esquide que me referiré a una indicación formulada por Su Señoría y por el Honorable señor Díez.
En efecto, antes de iniciar la votación, informo a la Sala que se ha pedido que sea tratada y votada en su momento una indicación vinculada con el artículo 2º transitorio, lo que requiere unanimidad. Es necesario hacerlo presente ahora por hallarse vinculada una cosa con la otra. Más que nada, se apunta a salvar el tema de la constitucionalidad. El texto dice que la ley será aplicable a los nuevos contratos que celebren las ISAPRES o a las adecuaciones o renovación de los mismos, los que deberán dar cumplimiento a lo previsto en esta ley en sus estipulaciones.
A mi juicio, puede ser que muchos votos vinculados al artículo 2º permanente incluso se encuentren supeditados a la proposición formulada o guarden alguna relación con ella.
¿Hay acuerdo para acceder a lo solicitado?

El señor BITAR.- Señor Presidente, antes de dar la unanimidad, deseo consultar si de esa terminología es posible deducir que el cheque en garantía sólo se puede prohibir respecto de contratos nuevos. Es una redacción que, en ese sentido, se debe esclarecer.

El señor HAMILTON.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor BITAR.- De otro modo, no se puede concurrir a la unanimidad.

El señor HAMILTON.- El cheque en garantía no existe.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Pido no abrir debate, por favor, porque el objetivo que se persigue es tratar la indicación al final, en relación con el artículo 2º transitorio. En ese momento se discutirá el asunto.
¿Hay unanimidad para el efecto señalado?

El señor BITAR.- Estoy dispuesto a dar mi conformidad sólo y cuando quede despejado absolutamente que el cheque en garantía se suprime. No quiero abrir la posibilidad de una indicación que ponga en duda tal hecho. Ése es el punto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se hace referencia más bien a las otras prestaciones, señor Senador, como el préstamo, el crédito, etcétera, no al tema del cheque en garantía. Ello resulta claro.
Si le parece a la Sala, la indicación será discutida y resuelta cuando corresponda.
Acordado.

El señor HOFFMANN (Prosecretario).- Corresponde ocuparse en la proposición de la Comisión de Hacienda respecto del Nº 1 del artículo 2º, para agregar un inciso nuevo a continuación del tercero de los que se sustituyen.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, se acogerá.
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.

El señor NOVOA.- Sólo deseo formular una breve sugerencia de redacción, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Como requiere unanimidad, conviene pronunciarse sobre ella después.

El señor NOVOA.- Conforme.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si no hay objeciones, se aprobará la proposición de la Comisión de Hacienda.
--Se aprueba.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.

El señor NOVOA.- En el inciso que se agrega, señor Presidente, la segunda parte dice: "En estos casos, se prohíbe a los prestadores exigir a los beneficiarios de esta ley, cheques en garantía", etcétera. Se hace referencia a todo un sistema para el pago por FONASA y podría entenderse que no es posible exigir dicho documento después de efectuado el pago o de cumplido todo el procedimiento.
Entonces, para que quede muy claro que no se puede pedir cheque en garantía, me parece conveniente expresar: "Asimismo, en estos casos", etcétera, a fin de que ello no quede relacionado con las prestaciones y pagos mencionados en el mismo inciso.
He dicho.

El señor HAMILTON.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Hay acuerdo...?

El señor HAMILTON.- No, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Después se expondrá la indicación que...

El señor HAMILTON.- Ella guarda relación con lo mismo, señor Presidente, porque vale para los dos artículos. Es decir, para evitar la observación que formuló en su oportunidad el Senador señor Fernández en el sentido de que no existe el cheque en garantía y, en consecuencia, dado que el expresar que éste no se validará en determinados casos puede llevar, a contrario sensu, a que ese efecto ocurra en otros, aquí se debe hacer igual cosa y cambiar la redacción...

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La indicación suya y del Senador señor Fernández, Su Señoría, que también he suscrito, la expondré después, porque lo planteado por el Honorable señor Novoa presenta otro sentido.

El señor HAMILTON.- Bien, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará la proposición de este último señor Senador.
--Por unanimidad, se aprueba.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Los Honorables señores Hamilton y Fernández han formulado una indicación ¿como dije, también la he suscrito, pues participo de la misma inquietud- para eliminar, en la misma frase que se estaba considerando, las palabras "en garantía", de tal manera que quede la expresión "cheques u otros instrumentos financieros en garantía".

El señor VIERA-GALLO.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La tiene, señor Senador.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, es necesario dejar muy claramente establecido que es posible pagar con cheques.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Así es, Su Señoría.

El señor VIERA-GALLO.- Sin embargo, en la indicación formulada eso no se refleja con nitidez, pues ella dice: "en estos casos, se prohíbe a los prestadores exigir a los beneficiarios de esta ley"¿"cheques¿". Y si se elimina la expresión "en garantía" significará que quienes proporcionan la atención estarán impedidos de solicitar ese tipo de documento; o sea, las personas no podrán pagar con cheques.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No, señor Senador. La indicación dice: "cheques u otros instrumentos financieros para garantizar".

El señor VIERA-GALLO.- Entiendo, señor Presidente, pero eso implica lo mismo, porque la expresión "en garantía" se halla vinculada también al término "cheque".

El señor LARRAÍN.- Sólo en cuanto a garantizar la atención.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se trata de cualquier tipo de cheque. Nadie podrá pedir esta clase de documento para garantizar la prestación de salud.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, a mi juicio, está bien la intención; pero debe evitarse el hecho de que no se pueda pagar con cheques. Eso es lo que pretendo aclarar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La Mesa ordenará un poco el debate, porque de lo contrario entraremos a un gran discusión sobre el tema.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, en mi opinión, la idea es evitar la exigencia de un cheque en garantía al momento de la atención. Entonces, para solucionar el problema y salvar los alcances a que aludieron los Senadores señores Hamilton y Fernández, es necesario decir: "cheques u otros instrumentos financieros para garantizar o condicionar de cualquier otra forma dicha atención", la de emergencia. De esa manera queda resuelta la inquietud y no se impide que el día de mañana se pueda pagar con cheques.

El señor ABURTO.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría y, a continuación, los Honorables señores Boeninger, Ruiz-Esquide y Martínez.

El señor ABURTO.- Señor Presidente, la verdad es que las expresiones "cheques en garantía" no deberían emplearse en una ley, porque resultan sustancialmente contradictorias. Un documento de ese tipo nunca debe darse en garantía. De tal manera que el solo hecho de aludir a un cheque en garantía es contradictorio en sí mismo, pues éste ¿como lo dijo el Senador señor Hamilton en su momento- sólo puede ser un instrumento de pago.
En tal virtud, la indicación presentada ¿respecto de la cual, al parecer, hay mayoría para aprobarla-, al referirse a "cheques u otros instrumentos financieros para garantizar", está valorizando este tipo de documentos en cuanto a que es posible darlos también en garantía. Por tal razón, presenté una indicación a la Mesa con el objeto de anteponer un par de palabras a la expresión "cheques en garantía" y decir "los llamados cheques en garantía", porque éstos no son sino una práctica viciosa utilizada en los negocios, en las transacciones mercantiles.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, yo la había solicitado antes.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Su Señoría se encuentra inscrito en cuarto lugar. La Mesa señaló oficialmente el orden de inscripción.

El señor BOENINGER.- Señor Presidente, estoy de acuerdo con la indicación en su última versión, que sustituye la terminología anterior por las expresiones "para garantizar".
En cuanto al reparo planteado por el Senador señor Aburto, pienso que la ley ¿y me pareció haber escuchado algún comentario de pasillo en tal sentido- no puede contemplar una frase como "los llamados cheques en garantía", no es una terminología aceptable. Pero, a lo mejor, podría referirse a la "exigencia previa de cheques u otros instrumentos financieros para garantizar", porque tal exigencia se entiende que es previa a la atención.
Ése es el problema de fondo. Y formulo la sugerencia en caso de que se estime necesario agregar algo. En lo personal, me resulta satisfactoria la indicación presentada.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, deseo dejar muy en claro dos aspectos, que representan la opinión de quienes hemos participado en el debate. Primero, debe consignarse en la ley que no se exigirá cheque en garantía, documento mercantil, ni documento financiero, con el objeto de evitar cualquier interpretación errónea sobre el particular. Tampoco puede contemplarse ningún otro documento que signifique dar una garantía, pues mañana se podría pedir la hipoteca de una casa para condicionar la atención de salud. Eso debe quedar establecido con mucha nitidez, cualquiera que sea la fórmula que se emplee. En este sentido, me parece útil lo argumentado por los Senadores señores Larraín, Fernández y Hamilton.
Segundo, es necesario dejar también muy en claro que lo anterior es previo al condicionamiento de la atención. Por lo tanto, lo más razonable sería decir: "Asimismo, en estos casos, se prohíbe a los prestadores exigir a los beneficiarios de esta ley cualquier documento" -llámese cheque, esto o lo otro- "que de alguna manera condicione la atención".
Eso es básico. Y creo que Secretaría podría adecuarlo. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se buscará la mejor redacción, Su Señoría.
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, a mi juicio, el asunto hubiera quedado saldado si, junto con esta enmienda, el Ejecutivo hubiese planteado una modificación a la Ley de Cheques, en orden a estipular claramente en ella que no existe el documento en garantía con este propósito y en la forma indicada. Así, todo el problema de salud habría funcionado sobre rieles y se habría evitado este tipo de situaciones, que evidentemente son importantes.
En consecuencia, estimo que el Gobierno debiera pensar en introducir una corrección a la referida normativa, especificando claramente que el cheque en garantía no existe como un instrumento reconocido en todo el sistema nacional chileno.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero y, a continuación, el Senador señor Viera-Gallo. Posteriormente se cerrará el debate y se procederá a votar.

El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, seré muy breve, porque coincido con lo manifestado por el Honorable señor Boeninger. Desde mi punto de vista, creo que sería conveniente redactar la indicación de la siguiente manera: "en estos casos, se prohíbe a los prestadores exigir, previo a su atención, a los beneficiarios de esta ley" ¿y esto es lo que se debe agregar- "dinero, cheques u otros instrumentos", porque si se elimina lo relativo a los cheques es posible que a las personas se les exija determinada cantidad de plata al contado.
De esa forma, la norma quedaría completa y al beneficiario no se le podría solicitar ningún tipo de instrumento en garantía, ni tampoco dinero al contado, para atenderlo ante una emergencia.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, en la misma línea de lo argumentado por el Senador señor Lavandero, deseo dejar constancia de que con esta modificación se pretende prohibir la documentación anticipada de un pago. Pero también debe entenderse que se está impidiendo la solicitud de pago al contado, porque eso sería peor que el cheque en garantía.
Ahora bien, en la frase "o condicionar de cualquier otra forma dicha atención", se encuentra implícito el hecho de que no se podrá pedir al enfermo que pague al contado. Es bueno dejar constancia de ello en la historia de la ley y a fin de que quede muy claro que lo objetado por el Honorable señor Lavandero no se producirá; vale decir, a la persona no se le podrá exigir pago al contado, menos aún cuando se está prohibiendo dar algo en garantía.
En este sentido, es del caso aclarar que el concepto de instrumentos financieros incluye múltiples elementos. A modo de ejemplo, todos sabemos que en los hoteles se piden tarjetas de crédito, las que se ponen en blanco.
En consecuencia, debe entenderse que con esta iniciativa se está prohibiendo cualquier forma previa de garantizar un futuro pago y, más aún, la exigencia de pago al contado.

El señor BOMBAL.- ¿Me permite, señor Presidente? Deseo hacer una precisión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Pero en forma muy breve, señor Senador, porque se cerrará el debate.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, en todo momento se está dando una muy positiva señal respecto del cheque en garantía y otros documentos mercantiles que no se pueden utilizar cuando se trata de atenciones de urgencia o casos de emergencia, respecto de lo cual al país se le ha dejado muy en claro que se abolió el cheque en garantía. Pero, tal como manifestó el Honorable señor Ríos, después de esa señal existirá una realidad que no va a corresponder enteramente a lo que sucederá. ¿Por qué? Porque tratándose ya no de emergencias, sino de atenciones hospitalarias programadas, se exigirán ¿y esto lo conversé con el señor Director del FONASA- documentos en garantía. ¿Qué puede entender la ciudadanía al respecto? Que cuando el enfermo llegue a un recinto hospitalario a someterse a una operación programada, mientras tramita su plan FONASA, su plan ISAPRE o el que sea, se le pedirá un documento en garantía. Tanto es así que dicha autoridad me señalaba: "nos va a quedar el problema respecto de los copagos. Cómo vamos a garantizar los copagos".
Debo advertir que en todo momento hemos estado hablando de las urgencias. Pero, ¿qué sucederá cuando se pidan estos resguardos en las atenciones normales, no ya frente a la inminencia de la urgencia, sino en las operaciones programadas?

El señor VIERA-GALLO.- Eso es materia de otra ley.

El señor BOMBAL.- Es que no hay otra ley.
Sobre el punto es importante señalar, para la historia fidedigna del cuerpo legal que nos ocupa, que estamos dando una señal determinada y¿

El señor VIERA-GALLO.- ¿Me concede una interrupción muy corta, señor Senador?

El señor BOMBAL.- ¡Cómo no!

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Agradeceré a Sus Señorías ser breves.
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, tiene razón el Senador señor Bombal en cuanto a que la norma se refiere a las urgencias. Para los demás casos, ayer la Cámara de Diputados aprobó otro proyecto que pronto llegará a la consideración del Senado.
Gracias.

El señor BOMBAL.- Pero mientras tanto tenemos esa realidad, señor Presidente.
Además, lo aprobado en general por el Senado indica que antes no se aludía al cheque en garantía en el proyecto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Sabag. Posteriormente se cerrará el debate.

El señor SABAG.- Señor Presidente, creo que todos estamos de acuerdo en que en los casos de urgencia o emergencia se atienda al paciente y no se exija ningún tipo de documento para garantizar el pago de la prestación. Sin embargo, ayer en el Hospital del Profesor a una persona que llegó de urgencia se le pidió un cheque en garantía. Como no tenía cuenta corriente se le exigió la entrega de 800 mil pesos en efectivo. Sus familiares tuvieron que buscar por todos lados hasta enterar esa cantidad. Pero al menos el monto se encontraba acotado: 800 mil pesos. En cambio, el cheque en garantía en definitiva podía ser llenado quizás con qué cantidad.
Por eso, pienso que lo señalado tanto por el Honorable señor Lavandero como por otros señores Senadores es bastante pertinente. También puede establecerse la no exigencia de dinero en efectivo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Cerrado el debate.
Después de haber escuchado a los distintos oradores, propongo a la Sala la siguiente redacción¿

El señor URENDA.- ¿Me permite precisar un concepto, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se halla cerrado el debate, pero no tengo inconveniente.
Puede usar de la palabra Su Señoría.

El señor URENDA.- Señor Presidente, al parecer todos concordamos con las ideas, pero nos cuesta llegar a una redacción.
Con respecto a lo expresado por el Senador señor Lavandero, podría comenzarse diciendo que se prohíbe la exigencia del pago previo. Esto como primer concepto. Y en seguida referirse a la constitución de garantía y a todo lo demás que aquí se ha dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señores Senadores, quiero proponer una indicación.
Redactar el párrafo segundo, que comienza con la expresión "En estos casos,", en la siguiente forma: "Asimismo, en estos casos se prohíbe a los prestadores exigir a los beneficiarios de esta ley, dinero, cheques u otros instrumentos financieros para garantizar o condicionar de cualquier otra forma dicha atención.".
Si le parece a la Sala, se aprobará.

El señor BITAR.- Está bien.

El señor HAMILTON.- Conforme.

El señor SILVA.- No.

El señor FERNÁNDEZ.- ¿Me permite?

El señor URENDA.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ.- Señor Presidente, tal vez deba agregarse a la prohibición de solicitar los instrumentos mencionados "cualquier otra garantía". Porque podría pedirse un aval, una hipoteca, una prenda.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.

El señor SILVA.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor URENDA.- Señor Presidente, se ha hablado de entregar dinero en garantía. Pero exigir pago previo es una cosa distinta.
Me parece que nada perderíamos con establecer primero que no se podrá exigir ni el pago previo en dinero efectivo, ni la constitución de garantía. Y luego agregar la frase sugerida por Su Señoría y señalar la entrega de dinero (de nuevo), depósito, cheque u otros documentos mercantiles.
Lo esencial es que quede claro. Porque el prestador podría decir: "Mire, usted me paga. No le estoy exigiendo la plata en garantía, sino pidiendo que me pague previamente". Éste es un concepto distinto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Hago presente que estamos trabajando al estilo de una Comisión. Esto no es materia propia de la Sala.

El señor LARRAÍN.- Votemos.

El señor SABAG.- La indicación del señor Presidente era buena.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Es difícil que la Mesa pueda dar una redacción a todas las expresiones que se han vertido. El punto debería haber sido tratado en Comisión.

El señor NOVOA.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La tiene, Su Señoría.

El señor NOVOA.- Señor Presidente, la idea de la Comisión de Hacienda al incluir la frase "o condicionar de cualquier otra forma dicha atención" fue cubrir todas las eventualidades: la exigencia de dinero, de un reloj, de una hipoteca, de pago previo, etcétera.
El único problema que tenemos aquí es que no queremos validar la expresión "cheque en garantía". Entonces, sugiero eliminar los términos "en garantía".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Silva.

El señor SILVA.- Señor Presidente, quizás todos estaremos de acuerdo si al comienzo de la frase se agrega: "Para todos los efectos del sistema de salud". De esa manera no se nos queda nada en el tintero.
Aquí se ha indicado que en los casos de las clínicas particulares no se podrá evadir el problema. Si la norma se redacta en la forma que he señalado, se incluye todo dentro de ella.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sinceramente, estimo correcta la indicación a que di lectura. Porque para obviar el pago previo en dinero efectivo basta con que la disposición exprese "dinero, cheques u otros instrumentos financieros".
Y el Honorable señor Novoa tiene razón. Todo lo demás queda cubierto con la frase "o condicionar de cualquier otra forma dicha atención.".
Se encuentra bien lograda la indicación.

El señor HAMILTON.- Votemos eso, señor Presidente.

El señor NOVOA.- Excúseme, señor Presidente.
La redacción propuesta por la Mesa dice: "para garantizar o condicionar de cualquier otra forma¿". Debería decir: "para garantizar el pago o condicionar de cualquier otra forma¿". De lo contrario, la expresión "o condicionar de cualquier otra forma" no es genérica.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No hay inconveniente. Eso perfecciona la redacción.
El texto definitivo de la indicación quedaría como sigue:"Asimismo, en estos casos, se prohíbe a los prestadores exigir a los beneficiarios de esta ley, dinero, cheques u otros instrumentos financieros para garantizar el pago, o condicionar de cualquier otra forma dicha atención.".
¿Habría acuerdo para aprobar este texto?

El señor NOVOA.- Sí.
El señor FERNÁNDEZ.- Conforme.
--Se aprueba el inciso quinto, nuevo, propuesto por la Comisión de Hacienda en el Nº 1 del artículo 2º, con la indicación que acaba de leer el señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde tratar el artículo 3º. El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).- En el artículo 3º la Comisión de Salud agregó varios incisos nuevos al artículo 22 de la ley Nº 18.933.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Este artículo se refiere también al tema del cheque en garantía pero con relación a las ISAPRES.

El señor VIERA-GALLO.- Habría que redactarlo igual que el anterior.

El señor HAMILTON.- Sí, es preciso darle la misma redacción.

El señor NOVOA.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La tiene, Su Señoría.

El señor NOVOA.- Señor Presidente, quiero pedir votación separada en este artículo.
Los tres primeros incisos establecen la obligación sustantiva de las ISAPRES de hacerse cargo del pago de las atenciones de urgencia de sus afiliados. Los tres se encuentran redactados en igual forma tanto en el informe de la Comisión de Salud como en el de la de Hacienda. Propongo votarlos en conjunto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Cuáles?

El señor NOVOA.- Los primeros tres incisos de la letra a) del artículo 3º.

El señor CHADWICK.- Que se aprueben.

El señor NOVOA.- Esos tres incisos se aprobaron por unanimidad en ambas Comisiones. Por lo tanto, propongo darlos por aprobados.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si se acogieron unánimemente en las dos Comisiones, se entiende que la Sala también los aprobó.

El señor MARTÍNEZ.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Una vez que concluya el Honorable señor Novoa.

El señor NOVOA.- En seguida viene el cuarto inciso, que fue reemplazado por la Comisión de Hacienda y se refiere a la prohibición de exigir cheque en garantía.
Solicito votar separadamente este inciso.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- De acuerdo.

El señor VIERA-GALLO.- ¿Cuál es el inciso cuarto?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se encuentra en la página 16.

El señor VIERA-GALLO.- Perdón. El inciso cuarto no establece lo que expresa el Honorable señor Novoa, salvo que estemos viendo otro texto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El inciso cuarto figura en la última columna de la página 16 del boletín comparado. Es la segunda norma que aparece ahí.

El señor NOVOA.- A continuación figura el resto de los incisos que la Comisión de Hacienda agrega al artículo 22 de la ley Nº 18.933.
Reitero: en el cuarto inciso se prohíbe a los prestadores -es decir a las ISAPRES- de atención de urgencia exigir a los usuarios cheque en garantía u otros instrumentos financieros.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Le daremos la misma redacciónn
que en el caso del FONASA.

El señor VIERA-GALLO.- Sí, hay que ponerlo en correspondencia con la disposición aprobada en el artículo 2º.

El señor FERNÁNDEZ.- Perfecto.

El señor NOVOA.- Los restantes incisos establecen un mecanismo para que las ISAPRES puedan recuperar lo que han pagado. En la Comisión de Salud se había aprobado otro mecanismo.
En consecuencia, hay dos opciones. Los señores Senadores deberán decidir la que consideran mejor. Si se aprueba la de la Comisión de Hacienda, se entenderá rechazada la de la de Salud. En caso de desecharse la primera, deberá votarse esta última.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Está claro.
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, para los efectos de ordenar la discusión, solicito que se especifique claramente de qué incisos se trata. Porque aquí se mencionó un inciso cuarto que no existe, y ha sido comentado.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Eso ya fue aclarado, señor Senador.

El señor MARTÍNEZ.- El Senador señor Novoa habla de los tres primeros incisos correspondientes al informe de la Comisión de Hacienda.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se refiere a la columna final, señor Senador.

El señor MARTÍNEZ.- Entonces, en esa columna habrá que indicar si se trata del último párrafo del inciso tercero.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Al iniciar la votación, la Presidencia va a precisar bien ese aspecto, señor Senador.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, quiero entender lo propuesto por el Senador señor Novoa de la siguiente manera: del artículo 22, (en la página 15 del texto comparado) quedarían aprobados, según su propuesta, los incisos primero, segundo y tercero. También tendría que serlo el cuarto, con nueva redacción, para dejarlo congruente con lo de FONASA. Hasta ahí, estaríamos de acuerdo en aprobar.
La proposición que se está haciendo consiste en votar por separado. Según entiendo, se trata de contraponerla con lo sugerido por la Comisión de Salud.
Si el señor Presidente lo permite, deseo plantear dos observaciones con el objeto de hacer coherente el texto.
En primer lugar, la diferencia fundamental que se advierte radica en que la indicación de la Comisión de Salud da la cobertura para todo el sistema de salud, cualesquiera sean las circunstancias: emergencia, urgencia, o programada, por llamarlo así. Y esto se refiere exclusivamente a las emergencias.
Ahora bien, ¿qué importancia tiene esto? Ésa es la razón por la cual se propuso la modificación en la ley FONASA. Y de parte de algunos Senadores, entre los que me incluyo --debo reconocerlo con mucha franqueza-, no hubo una aceptación de la indicación o proyecto de la Cámara de Diputados.
Si no se modifica el sistema de urgencia, debe dejarse un adecuado procedimiento. Éste se da en el artículo 3º. Hay una fórmula de resolver el asunto Y para hacerlo globalmente (éste es el meollo de la cuestión), opere el sistema y las ISAPRES puedan reclamar este derecho, tiene que aprobarse todo lo que se consigna en la página 16 del texto comparado. No sólo hay una negativa al cheque o documento en garantía; sino también una fórmula conducente a resolver razonablemente el problema para el beneficiario y para la ISAPRE o el FONASA. Si aprobáramos la proposición de la Comisión de Salud, entonces sí ampliaríamos el sistema a todo; pero no hay ningún mecanismo que aclare la manera en que se va a hacer el pago y solucionar en forma global y en profundidad el problema.
En consecuencia, lo que he dicho durante todo el alegato es que estoy dispuesto a votar absolutamente la eliminación, pero para todo evento. Lo he reiterado mil veces y no sólo ahora, a lo largo de muchos años. Pero eso significa, señores Senadores (y a esto es a lo que está comprometido el Gobierno, y creo que debe comprometerse también al Parlamento), que tenemos que modificar la ley. En ella deben formularse las indicaciones pertinentes. Tenemos que modificar otra vez la ley de ISAPRES, porque el sistema no funciona si ello no se realiza; y, por lo tanto, enmendar a fondo el sistema de salud. Lo otro sería sentar una decisión que no va a resolverse, porque no hay forma de hacerlo.
Eso es todo, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Estamos en el artículo 3º. El Honorable señor Novoa ha pedido dividir la votación, solicitud que Su Señoría tiene derecho a hacer.
Tiene la palabra el Honorable señor Ríos.
Luego de que intervenga el Senador señor Larraín cerraremos el debate.

El señor RÍOS.- Señor Presidente, estoy de acuerdo con el Senador señor Ruiz-Esquide en cuanto a que tenemos que estudiar una modificación a todo el sistema de salud.
La proposición del Honorable señor Novoa -que aceptamos en plenitud- puede graficarse del siguiente modo: El señor Senador sostiene que ya está aprobado lo anterior. Los últimos incisos quedarían en la siguiente forma: aprobados en el texto final el inciso primero y el segundo, con nueva redacción. De las modificaciones que propone la Comisión de Salud, se acogería el inciso primero (sin perjuicio de que pasa a ser tercero); y el inciso segundo (que comienza: "En todo caso, las Instituciones de Salud Previsional¿"), pasaría a ser cuarto.
Eso es lo que propone el Senador señor Novoa.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, en mi opinión, la sugerencia del Senador Novoa permite dilucidar las verdaderas opciones que hay aquí.
Ya está claro que respecto de los primeros tres incisos de este artículo existe consenso.
El cuarto, de la proposición de la Comisión de Hacienda, según la redacción nueva, me parece que también refleja lo que se acordó anteriormente; y debería entenderse también aprobado con la misma votación que el anterior.
Lo que está en discusión es si incorporamos en el proyecto lo que propone la Comisión de Hacienda a partir del inciso quinto, que consiste en un sistema de pago reglamentado por la ley. En virtud de él, las ISAPRES pueden repetir lo pagado en contra de sus afiliados, de la manera que ahí se establece. O dejar la alternativa que propone la Comisión de Salud en los incisos cuarto y quinto, que está en la misma página 16 del texto comparado. Pero sólo los dos primeros incisos, porque el último se entendería incorporado en el cuarto.
De este modo, lo que deberíamos votar, o es un sistema reglamentado, como el de la Comisión de Hacienda; o uno abierto, por llamarlo de alguna manera, como el que plantea la Comisión de Salud.
Me parece altamente inconveniente que dispongamos por ley el mecanismo a través del cual se va a reglamentar en las ISAPRES la cobranza a sus afiliados. Me parece que lo prudente es dejar lo que aquí se menciona por la Comisión de Salud, porque de lo contrario vamos a imponer tal grado de rigideces y un mecanismo de tal naturaleza que si se establece para esto, en general vamos a permitir a los deudores que en otros mecanismos propongan exactamente las mismas modalidades de pago.
Nosotros no podemos reglamentar el pago de deudas, como aquí se está pretendiendo. Opino que es en extremo inconveniente para el sistema crediticio y financiero en general. Según mi criterio, lo prudente es dejar lo que propone la Comisión de Salud.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, ¿puedo hacer uso de una interrupción?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Advierto a la Sala que deben aclararse las proposiciones.
Hay acuerdo unánime para dar por aprobados los tres primeros incisos; y también el cuarto, con la nueva redacción que se dio a la parte pertinente del artículo segundo equivalente.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Corresponde someter a votación los incisos quinto y siguientes, que se refieren a todo el sistema de préstamos y su recuperación, etcétera. Al respecto existe la siguiente alternativa: o se aprueba la sugerencia de la Comisión de Salud, o la presentada por la de Hacienda.
Cuando comenzamos la discusión del proyecto -previa consulta a diversos señores Senadores involucrados en la discusión pertinente-, expuse a la Sala que se votaría primero la proposición de la Comisión de Hacienda; que si ésta se aprobaba, se entendería rechazada la de Salud. Si por el contrario la primera era rechazada, pasaríamos a pronunciarnos por la de la Comisión de Salud.
Eso es lo que procede.
Por consiguiente, propongo iniciar la votación del texto de la Comisión de Hacienda. Figura en la página 16 del texto comparado, en la última columna. Son los preceptos que comienzan con el inciso que dice "Para los efectos de la aplicación¿" (el tercero de la página 16) hasta el final de la página 17.
¿El Senador señor Vega desea una aclaración?

El señor VEGA.- No, señor Presidente. Entiendo que vamos a votar los incisos que aparecen después del cuarto, porque éste ya está aprobado.

El señor BITAR.- Señor Presidente, deseo hacer una aclaración.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor BITAR.- Si no me equivoco, vamos a votar la norma desde el inciso quinto, que comienza con la expresión "Para los efectos de¿".

El señor MORENO.- Hasta el final, donde dice "a sus afiliados.".

El señor BITAR.- No estoy de acuerdo. En mi opinión, el último inciso del artículo 3º tiene valor cualquiera que sea la fórmula, la de la Comisión de Hacienda o la de la Comisión de Salud, pero no se incluye la último, que se refiere a la facultad de la Superintendencia.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si se aprueba el texto de la Comisión de Hacienda, no hay problema. Si se rechaza, en ese momento podremos agregar al otro sistema de salud, a través de una indicación, el inciso aludido.

El señor BITAR.- Entonces, señor Presidente, si he entendido bien, en la hipótesis del rechazo de la norma de la Comisión de Hacienda, se sometería a votación nuevamente su último inciso.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Así es, señor Senador. Podríamos proponer su agregación al texto de la Comisión de Salud.

El señor VIERA-GALLO.- ¿Me permite una aclaración, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor VIERA-GALLO.- El texto de la Comisión de Salud tiene una cierta contradicción. Sus dos primeros incisos son más liberales que el sistema aprobado por la Comisión de Hacienda. Sin embargo, como señaló el Honorable señor Silva, el último inciso tiene el efecto de aplicar las disposiciones anteriores no sólo a los casos de urgencia, sino a todo el sistema de salud. Entonces, se advierte aquí cierta contradicción. En efecto, uno podría preferir la propuesta de la Comisión de Hacienda, porque favorece más a los usuarios; pero lo cierto es que las normas de la Comisión de Salud, al extender el mecanismo, estarían beneficiando a todo el sistema de salud. No veo cómo se va a solucionar ese problema.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Prat.

El señor PRAT.- Señor Presidente, a mi juicio, con el inciso cuarto que acabamos de aprobar se hace innecesaria la mantención del inciso final.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, creo que no es así, porque uno y otro se refieren a materias distintas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Voy a poner en votación los incisos señalados del artículo 3º, desde el número quinto, que comienza con las palabras "Para los efectos de la aplicación" hasta el final.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- ¿Me permite, señor Presidente? Deseo hacer una aclaración antes de que comencemos a votar, porque éste no es un tema menor.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Quiero saber lo siguiente: si en la votación se rechazara la propuesta de la Comisión de Hacienda, ¿estaríamos aprobando el texto de la Comisión de Salud sin el inciso final?

El señor VIERA-GALLO.- No, señor Senador.

El señor PARRA.- Se podría agregar después.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- ¿Ve que es pertinente mi pregunta, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Quiero ser muy claro: vamos a votar el texto completo, desde el inciso quinto hasta el final del artículo 3º propuesto por la Comisión de Hacienda. Si se rechazara, tendríamos que pronunciarnos respecto de las normas sugeridas por la Comisión de Salud, a los cuales sólo por la unanimidad de la Sala podríamos introducirles enmiendas. Así lo establece el Reglamento.

El señor LARRAÍN.- Exactamente, señor Presidente.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Sí, señor Presidente, pero hay una cierta racionalidad en la inquietud que he planteado. Ya hemos aprobado el inciso cuarto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Así es; ya está aprobado.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Por lo tanto, no podemos acoger ahora completamente el texto de la Comisión de Salud, porque uno de sus incisos es contradictorio con lo ya aprobado.

El señor VIERA-GALLO.- No es contradictorio, señor Presidente, porque no se refiere a las urgencias.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Cuando votemos lo propuesto por la Comisión de Salud y si se llega a rechazar el texto de la Comisión de Hacienda, podrá hacerse todo ese tipo de aclaraciones; pero debemos ir por parte.
En votación el artículo 3º de la Comisión de Hacienda, desde su inciso quinto hasta el final.
--(Durante la votación).

El señor BITAR.- Señor Presidente, voto a favor de la fórmula de la Comisión de Hacienda. Sin embargo, si algunos señores Senadores tienen dudas respecto de la aplicación de la modalidad allí propuesta ¿he conversado sobre el particular con el Honorable señor Díez-, quiero expresar que también soy partidario de que aquellos incisos que dicen relación al préstamo deben tener vigencia sólo para los nuevos contratos. Por lo tanto, expreso mi disposición a apoyar una indicación que reitere esa idea en un artículo transitorio, a fin de que el préstamo no se pueda aplicar a convenios que están en vigencia, sino de aquí en adelante.
Hecha esa aclaración, voto a favor.

El señor BOENINGER.- Señor Presidente, voto por el texto aprobado por la Comisión de Hacienda. Sin perjuicio de ello, deseo destacar que no se trata aquí de una mera imposición de un préstamo por ley. Como lo dije hace un rato, se contempla, primero, la eventualidad de que el afiliado pague en los treinta primeros días; y segundo, la posibilidad de un convenio directo entre los interesados -afiliado y seguro- para concordar una modalidad de pago. Sólo a falta de estas dos cosas dispone el proyecto que automáticamente habrá un crédito. No hay, pues, una mera imposición por ley.
Por otro lado, creo conveniente enfatizar que, en mi opinión, el último inciso, el que concede facultades a la Superintendencia, es muy necesario, y no viene en las normas aprobadas por la Comisión de Salud.
Además, me parece muy cierto lo dicho por el Senador señor Ruiz-Esquide en el sentido de que la aplicación del mecanismo propuesto a todo el sistema de salud genera otro tipo de problemas legales, bastante más complicados. En consecuencia, me parecería compleja la aprobación del otro texto.
Voto a favor.

El señor GAZMURI.- Señor Presidente, estoy de acuerdo con el sistema propuesto, aunque me habría gustado contar con una estimación del funcionamiento en régimen del mismo. Entiendo que, por las condiciones en que se discutió la iniciativa, eso no se ha hecho. Hago la observación, más bien, para el debate futuro.
Voto a favor. El señor HAMILTON.- Señor Presidente, voto por la propuesta de la Comisión de Hacienda, fundamentalmente, por dos motivos: en primer lugar, porque, de no aprobarse, quedaría incompleta la ley; y, en segundo término, porque la forma como aquélla regula los préstamos permite defender, beneficiar o proteger a los usuarios del régimen de las ISAPRES. Si no se aprobara, se dejaría a éstas con las manos libres para imponer el sistema que quisieran.

El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, también respaldo el texto de la Comisión de Hacienda, porque me parece racional, claro y comprensible para quien, en algún momento, pueda verse sometido a la exigencia de pagar cierta suma de dinero por su atención de urgencia. Si volviéramos a la disposición de la Comisión de Salud, podría ocurrir que las fórmulas de las diversas ISAPRES pudieran no solamente ser disímiles entre sí, sino, en algunos casos, hasta draconianas, lo cual contradiría los propósitos que hemos tenido en vista al elaborar la disposición de la Comisión de Hacienda.
Por consiguiente, llamo la atención respecto del hecho de que quienes votan por la propuesta de la Comisión de Hacienda presentan una posición clara, atendible, para todos los cotizantes, sean de FONASA o de alguna ISAPRE. En cambio, si aprobáramos las normas sugeridas por la Comisión de Salud, estaríamos dejando lo relativo a las cobranzas en una situación de incertidumbre, en cuanto a la forma como cada ISAPRE las puede estimar.
En mi opinión, la señal clara que hemos querido dar aquí es que en los casos de emergencia es una obligación ineludible ¿hoy y mañana- entregar la atención de salud.
¿Qué pasaría si a raíz de la aprobación de las normas propuestas por la Comisión de Salud se exigieran condiciones extraordinariamente duras e imposibles de cumplir para los afiliados?
Por esa razón, quienes somos partidarios del texto propuesto por la Comisión de Hacienda, lo hacemos de cara al país, para que la gente sepa desde ya qué le puede pasar en este país ante una emergencia de salud.
Por eso, voto a favor de la proposición de la Comisión de Hacienda.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, el problema es el siguiente.
Las cuotas mensuales, que no podrán exceder el 5 por ciento de la remuneración o renta imponible, hacen prácticamente imposible recuperar los valores. Ello, por dos motivos: primero, porque el 5 por ciento de la renta, de hecho, va a ser crítico para las personas que perciben rentas muy bajas o mínimas y que han accedido al sistema de ISAPRES, y segundo, porque una deuda de un millón de pesos, que debe pagarse en cuotas de 5 por ciento de la remuneración, significa a menudo cancelar alrededor de cien cuotas, para lo cual el afectado tendría que pagar durante ocho años.
De lo anterior se desprende que es imposible cobrar la deuda. Tal vez pueda equivocarme en las cifras matemáticas ¿lo debo reconocer-, pero está claro que con el 5 por ciento no es posible recuperar el préstamo que hacen las ISAPRES o el FONASA. Por lo tanto, sugiero que estudiemos esta materia de nuevo.
Por lo expuesto voto negativamente, ya que no es real lo que estamos aprobando.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Moreno.

El señor MORENO.- Señor Presidente, votaré a favor de la proposición de la Comisión de Hacienda, por las siguientes razones.
En primer término, aquí estamos legislando a favor de la gente y no de las ISAPRES. No tengo nada en contra de esas instituciones como tales, pero el problema radica en que la gente hoy está prácticamente en la indefensión cuando debe llegar de emergencia a una clínica o someterse a un sistema cubierto por FONASA, sobre todo cuando, como se sabe, la persona está prácticamente entregada a la atención de un organismo que vincula su ganancia con lo que pueda extraer de esa tragedia.
Debemos ser claros en esta materia. No pretendo atribuir intenciones a nadie. Pero es bueno que se sepa que quienes votamos por esta fórmula estamos dándole a la gente la posibilidad de entender en forma didáctica y clara qué es lo que le ocurrirá en una emergencia de esta naturaleza. Ésa es la razón por la cual ¿sin desconocer que puede haber otros argumentos, como lo expresé en mi intervención-, creo que ha llegado el momento de decirle al país de qué lado estamos, a qué lado va el cambio: si a favor de la gente o en contra de ella.
Voto a favor de la proposición de la Comisión de Hacienda.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.

El señor NOVOA.- Señor Presidente, desde luego yo voto a favor del cambio.
En primer lugar, se establece la obligación de que las ISAPRES paguen a los hospitales de las clínicas privadas por las prestaciones de emergencia. Eso ya está claramente establecido.
En segundo término, se prohíbe a esos prestadores exigir cheque en garantía o condicionar de otra forma la prestación de un servicio de urgencia. Eso también está claramente establecido.
Al respecto, debo señalar que no es efectivo que en la proposición de la Comisión de Salud sea más amplia esa prohibición, porque aun cuando dice que "Para todos los efectos del sistema de salud se declara que ninguna de estas fórmulas", lo cierto es que las fórmulas que se están discutiendo dicen relación con los sistemas de urgencia.
Así que lo que hemos logrado ahora es prohibir la exigencia de un cheque en garantía respecto de los afiliados a ISAPRES en casos de urgencia. Eso es lo que realmente hemos conseguido hacer y que también se hizo con FONASA. No obstante, debo insistir en que se encuentra pendiente la situación de las personas que no están cubiertas por esos sistemas, motivo por el cual solicito al señor Ministro de Salud y al Gobierno que en el próximo trámite tratemos de cubrir cualquier brecha que pueda producirse, para que no haya personas a las cuales se les pueda exigir cheque en garantía.
Ahora, de aquí en adelante, ¿qué se establece en la ley? Se dispone cómo se puede recuperar por parte de las ISAPRES el pago al cual la ley obliga.
Debo decir con toda amplitud que cualquiera de los dos sistemas propuestos busca el mismo propósito. En el caso de lo que aprobamos en la Comisión de Hacienda, se establece un procedimiento más detallado. Y si uno lee lo que se está votando, podrá observar que se refiere a los casos en que los contratos normalmente no cubren otro tipo de procedimiento. Porque existe un inciso que dice claramente que "Sin perjuicio del sistema de crédito y pago enunciado en los incisos anteriores, el afiliado y la respectiva Institución de Salud Previsional podrán convenir otra modalidad de hacer efectivo el pago que corresponda al afiliado de acuerdo al plan de salud correspondiente.". ¡Con toda razón! ¡Si hay afiliados a las ISAPRES que tienen ingresos gigantescos! ¡Pero por supuesto! Eso es lo que se está votando. Entonces, cuando se habla de que un sistema es acá versus el otro y no se leen los incisos correspondientes, realmente llama la atención.
Creo que está claro lo siguiente: primero, que no se puede pedir cheque en garantía; segundo, que si la persona está afiliada a una ISAPRE, ésta debe responder al hospital o la clínica, y, tercero, que existe un sistema para que la ISAPRE pueda recuperarse. Y ese sistema está establecido en forma que la ley da una señal muy clara; pero también indica que en los distintos contratos que se celebren en el futuro podrán establecerse fórmulas diferentes, lo cual es razonable, porque nadie está obligado a entrar a una ISAPRE. La persona que no quiera hacerlo, porque los contratos no le acomodan, no entra a una institución de salud previsional. Esto me parece razonable.
Voto a favor de la proposición de la Comisión de Hacienda, entendiendo que en la Comisión de Salud, con una fórmula más genérica, se buscó el mismo propósito perseguido por la de Hacienda.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Prat.

El señor PRAT.- Señor Presidente, quiero fundamentar brevemente el voto.
En primer lugar, creo que debe preocuparnos en mayor medida la asimetría que se está generando en el caso de la atención de urgencia y en el de la atención programada. Porque el límite entre la prestación de urgencia y la programada es muy subjetivo. De hecho, cuando hay crisis económicas, disminuyen las atenciones programadas y aumentan las de urgencia, porque la gente deja las cosas para el final y el mal que la aqueja termina causando una atención de urgencia.
Si establecemos fórmulas que van contra la realidad, es muy probable que muchas de las atenciones programadas se conviertan en prestaciones de urgencia. Con ello se generará un gran problema sobre los sistemas de urgencia, los que deben estar destinados a las personas que están realmente en situación de urgencia. Por eso, cuando legislamos sobre una materia como la que nos ocupa, debemos ser muy cuidadosos respecto de los efectos que, en la práctica, se van a producir.
En la Comisión de Hacienda aprobé la norma en comento, en parte por las razones dadas por el Senador señor Novoa, en cuanto a que las dos fórmulas no son muy distintas, porque ambas mantienen una ventana de flexibilidad, en el sentido de que se da la opción a las partes para convenir algo diferente. No obstante, me preocupa el hecho de que, al establecer el mecanismo del cinco por ciento de la remuneración, estemos creando una expectativa que puede ser falsa, que no se halle fundada en la realidad y que lleve en el tiempo a que este sistema no opere, por la imposibilidad de recuperar determinados montos, lo cual conducirá a que en los contratos se estipulen fórmulas distintas de las que nosotros, con muy buena intención, hemos señalado en la norma. Con ello estaremos sembrando en la gente una insatisfacción que terminará siendo contra el bien común.
En tal virtud, he resuelto variar la posición que sostuve en la Comisión de Hacienda y optar por una fórmula de máxima flexibilidad, cual es la que aprobó en su oportunidad la de Salud.
Por eso, rechazo la norma propuesta por la Comisión de Hacienda.

El señor RÍOS.- Señor Presidente, en todos los programas sociales desarrollados bajo el actual Gobierno y los anteriores en que efectivamente ha habido gran éxito, ello ha sido precisamente por su flexibilidad, tanto en las disposiciones que facultan al Ministro correspondiente para actuar, como en las relativas a empresas u organismos privados que intervienen en esos programa sociales.
En el día de ayer el señor Ministro de Vivienda nos dio un ejemplo fantástico al respecto ¿aprovecho de felicitarlo en el Senado-, en el sentido de regionalizar más todo ese proceso. ¿Qué reconoce el señor Ministro? Que el 84 por ciento del recurso con el cual trabaja Vivienda en programas exitosos proviene del sector privado. Y señaló que su responsabilidad como Ministro de Vivienda de ir adecuando los distintos sistemas, los subsidios y otros aspectos, le han permitido actualmente tener 3,86 habitantes por casa en Chile, según la última encuesta CASEN. Ese Ministro, esa Secretaría de Estado, esas leyes, esas normas, son ejemplos positivos para actuar en todo el resto del campo social. Para lograr lo anterior no existe precepto legal que obligue a que las empresas constructoras deban contar con tal o cual requisito, por cuanto ello se encuentra sujeto a ciertas normas técnicas globales que se tienen presentes para los efectos de la construcción.
En la materia que nos ocupa, la situación es exactamente igual. Aquí debemos asumir una responsabilidad clara y definida: confiar en el sistema chileno, que permite a las empresas privadas actuar conforme a ciertas normas y criterios establecidos siempre por una Superintendencia ¿en este caso, la de ISAPRES-, para proceder de acuerdo con normas morales, con acciones que respondan al sistema financiero, y, en definitiva, con todo lo inherente a una empresa determinada.
Por eso, la proposición de la Comisión de Salud, en el fondo, dice "confiar en las personas", esto es, recoge las experiencias positivas de otras áreas sociales y no está encerrada en una cantidad de disposiciones reglamentarias que, de acuerdo con todas las experiencias que hemos tenido, a los pocos meses de su aplicación obligan a hacer las modificaciones del caso, porque surgen decenas y decenas de ejemplos que no se hallan establecidos en el detalle reglamentario normalmente contenido en las leyes.
Por lo tanto, el hecho de rechazar el texto propuesto por la Comisión de Hacienda y posteriormente aprobar el de la de Salud, deja establecida la norma en forma más abierta, con mayor independencia. Las personas a las cuales, con mucha razón, según señaló el Senador señor Lavandero, les resulta inmensamente caro solventar un programa en las ISAPRES, pueden retirarse de éstas y afiliarse al FONASA -algún día deberemos descentralizarlo también, y, a lo mejor, muchos de nosotros nos iremos a un FONASA más regionalizado-, teniendo la alternativa de resolver libremente al respecto.
Por las razones dadas, votaré en contra del texto propuesto por la Comisión de Hacienda y, posteriormente, a favor del sugerido por la de Salud.

El señor ROMERO.- Señor Presidente, en verdad, este debate tiene la intención de ir aclarando las situaciones y de ir planteándose cuáles son los distintos escenarios. Sin embargo, hay un escenario en que tal vez, dado que carecemos de algunos antecedentes y no sabemos la reacción que suscitará una u otra disposición, tanto en el FONASA y en las ISAPRES como en los propios usuarios, no podemos medir el efecto de las medidas que se adoptarán por parte de las instituciones de salud para establecer su sistema en relación con esta materia.
Eso, obviamente, puede acarrear como resultado una situación del todo inesperada en el futuro. A mi juicio, estamos planteándonos esta materia en términos de la inmediatez. Tal vez hemos resuelto el problema de los documentos en garantía, respecto de lo cual, a mi juicio, todo el mundo está de acuerdo. Sin embargo, en cuanto al otro aspecto, me parece que debemos tener una mayor creatividad y, quizás, plantearnos una solución más de fondo para el futuro.
En esta ocasión, deseo pedir al señor Ministro de Salud que inicie un estudio respecto de la posibilidad de establecer un sistema de seguro que, financiado por las cotizaciones de quienes están afiliados a las ISAPRES y al FONASA, pueda cubrir en el futuro una situación de urgencia y que sea compartida por todos los que se hallan adscritos a uno u otro sistema. Eso, a mi juicio, se llama solidaridad. Eso me parece equitativo y puede resolver un problema de fondo. Porque no me cabe la menor duda de que algún día alguien deberá pagar la cuenta respecto de los efectos que puedan derivar de esta situación.
Me parece que la creación de ese seguro -que, por lo demás, según tengo entendido, se está planteando también por Diputados de distintos partidos políticos- constituye una solución más de fondo que el establecer un sistema flexible o inflexible que, en definitiva, puede producir efectos distintos de los que nos es factible esperar.
Formulo tal proposición, y la planteo como un oficio, para que se lo envíe, en mi nombre y en el de los señores Senadores que deseen adherir, al Ministerio de Salud, con el objeto de que se vaya al fondo del tema y se estudie la creación de un seguro nacional y colectivo, que permita establecer las bases para que la solidaridad de quienes participan, tanto en el sistema de las ISAPRES como en el de FONASA, pueda encontrar una solución al problema. Porque en algún momento se deberá pagar la cuenta, y muchas veces no se sabe quien termina pagándola. A veces, uno cree que los beneficiados en esta materia son determinadas personas; sin embargo, a mi juicio, puede ocurrir lo contrario.
En tal virtud, haciendo la salvedad de que ambas soluciones podrían ser aceptables, me inclino por el texto propuesto por la Comisión de Salud, que es un poco más amplio, más flexible, y que podría permitir mañana introducir un sistema de seguro como el que he planteado.
Por las razones dadas, voto en contra. Sin embargo, la proposición a que aludí la hago formalmente, a fin de que el Ministerio de Salud inicie el estudio sobre esa materia.

El señor RUIZ (don José).- Señor Presidente, voy a votar por el texto propuesto por la Comisión de Hacienda, porque efectivamente protege en mejor forma a quienes deben recurrir a la atención de urgencia.
A mi juicio, el hecho de que se establezca un mecanismo en el proyecto para el pago de las prestaciones de urgencia, da garantía de que las personas no serán objeto de una exigencia excesiva. Sin embargo, me asalta una duda respecto del penúltimo inciso, en el sentido de que posteriormente las ISAPRES puedan forzar a sus afiliados a suscribir un nuevo convenio en el cual se les obligue a renunciar en el fondo a ese virtual beneficio del inciso quinto. Más aún, al discutir este tema -lo expresé en otra oportunidad- estamos colocando otro parche a un sistema que no sirve. El sistema privado de salud, en mi concepto, sirve sólo a las personas con altos ingresos. Un número importante de trabajadores que cotizan en las ISAPRES no tienen rentas suficientes para acceder a un plan adecuado, por lo que se hallan en la más absoluta indefensión.
Hoy día estamos solucionando un problema de emergencia. Me parece bien, y por eso apoyo la proposición que se nos ha hecho. Sin embargo, estimo que, más que pedir al señor Ministro que revise procedimientos, a Chile le hace falta realizar un debate abierto y amplio sobre todo el sistema de salud vigente, para ver si garantiza a la totalidad de los chilenos el acceso a niveles de atención acordes con las exigencias de la modernidad de que tanto hablamos.
Voto a favor de lo propuesto por la Comisión de Hacienda.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, primero, debemos tener presente que salud no es vivienda ni construcción de caminos. Salud es un concepto completamente distinto, que se mueve por razones y fundamentos éticos diferentes. Por lo tanto, no caben analogías como la hecha en esta Sala.
Segundo: confío en la gente, pero no en las ISAPRES. Ése es el punto. Por eso prefiero la proposición de la Comisión de Hacienda.
Tercero: no hay problema de asimetría entre urgencia y emergencia. En la Comisión de Salud se incorporaron ambos aspectos, en el entendido de que "urgencia" es la sensación subjetiva de daño corporal, y "emergencia", lo que califica el médico cirujano. Y por ello se genera un ordenamiento dentro de lo sugerido por la Comisión de Hacienda.
Cuarto: en cuanto al planteamiento de la Comisión de Salud sobre aplicabilidad a todo el sistema de salud, los señores Senadores deben saber que estamos frente a una norma que, en este texto y en las condiciones actuales, carece de financiamiento. Y no lo tiene porque, necesariamente, obliga a la modificación global. Es una consecuencia que persigo con mucho agrado; empero, debemos tener claro lo que estamos aprobando.
Quinto: prefiero la proposición de la Comisión de Hacienda porque favorece a los trabajadores al impedir que, después de otorgada el alta, deban salir a buscar financiamiento en bancos u otras instituciones para pagar a las ISAPRES. Se obliga a éstas a conceder un préstamo. Y ésta es la garantía que se da a sus afiliados, quienes no se verán en la necesidad de mendigar un préstamo de salud que ningún banco les otorgará.
Ahora bien, para el evento de que se rechace la norma sugerida por la Comisión de Hacienda y se apruebe el texto de la de Salud, quiero llamar la atención sobre el inciso primero propuesto por ésta, que dice: "Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, las Instituciones de Salud Previsional podrán incluir en los planes de salud que ofrezcan, cláusulas de salvaguardia que aseguren un proceso expedito de cobranza al afiliado" -¡aquí está la falla de la disposición, señor Presidente, pues eso significa que se traslada la exigencia del cheque en garantía al momento de contratar el plan de salud!; ése es el problema- "de las sumas que procedan en virtud de las aplicaciones del presente artículo.".
Toda la normativa habla de no exigir previamente un documento por la atención de emergencia. La disposición transcrita se refiere a fijar planes que garanticen a las ISAPRES el cobro de la prestación. En consecuencia, si yo fuera abogado de una de ellas, podría sostener: "Como la ley se refiere a la atención y no al cobro, en el plan de salud pertinente me es factible establecer la exigencia previa de un documento".
Por consiguiente, querámoslo o no, aunque los señores Senadores tengan la mejor intención, si se rechaza la proposición de Hacienda y se aprueba la de Salud, estaremos trasladando el tema del cheque en garantía del instante de entrar a la clínica al momento en que se contrata el plan de salud.
En seguida, aquí se ha preguntado por qué vamos a obligar a las ISAPRES. Porque estamos en presencia de un asunto importante, Honorables colegas.
Se podrá argumentar -como se ha hecho- que se trata de contratos entre privados. Empero, señor Presidente, debemos tener presente que estamos hablando de una cuestión relacionada con la vida de las personas.
Ahora, se ha recordado que, sin perjuicio del crédito, podrá convenirse otra forma de pago. ¡Evidentemente! Ésa es la mejor muestra de la libertad que se quiere dar al sistema. "¡Ah! ¡Pero no hay acuerdo!". La ISAPRE tiene la obligación.
Si no aprobamos el planteamiento de la Comisión de Hacienda, la ISAPRE señalará: "Como no tengo ninguna manera de cobrarle, no le puedo otorgar el préstamo. Vaya a pedirlo a un banco".
Señor Presidente, aquí hay algo muy claro: el texto sometido a nuestro pronunciamiento favorece a los afiliados, a la gente, y tiene coherencia. Por eso, voto a favor de él y llamo a Sus Señorías a proceder de igual manera.

El señor SABAG.- Señor Presidente, en primer lugar, adhiero a la solicitud del Senador Romero de oficiar al Ministerio de Salud para que estudie un seguro de enfermedades catastróficas, a fin de que no tengamos que buscar nosotros soluciones para situaciones tan especiales como ésas.
Ahora bien, ya aprobamos normas que obligan a las ISAPRES y al FONASA. Empero, si nos limitamos a ello y a disponer beneficios para los usuarios sin indicar cómo se pagan los servicios prestados, se puede llegar a un punto en que sea inaplicable la ley en proyecto y, debido a eso, se presenten los recursos pertinentes.
Por eso, me parece coherente que, junto con establecer obligaciones, digamos: "Sí, pero se paga de esta otra manera".
En tal sentido, estimo que lo aprobado por la Comisión de Hacienda es lo más atinado y pertinente, pues abarca todos los casos. Las situaciones extremas están reguladas por el tope de 5 por ciento; las otras (los incisos leídos por el Senador señor Novoa las señalan claramente) se reglan por el pago directo que se convenga, según la condición económica de cada afiliado.
Por consiguiente, voto favorablemente la propuesta de la Comisión de Hacienda.

El señor SILVA.- Señor Presidente, voy a votar en contra de la proposición de la Comisión de Hacienda, por varias razones, que sintetizaré.
En primer término, porque, como lo expresé en la Comisión de Salud, temo fundadamente que adolezca de serios vicios de inconstitucionalidad. En consecuencia, todo lo que se predica en el sentido de que el proyecto favorece a la gente, en definitiva, va a retrucar en contra de ella.
Prefiero lo que sugirió la Comisión de Salud, no sólo por ser más flexible, sino porque es más real, más auténtico, y con mucha amplitud y claridad refleja nuestro anhelo de dar plena vigencia a la norma que proscribe definitivamente todas las cuestiones relativas a los cheques en garantía y demás documentos de esta naturaleza.
Ahora, no es cierto que ello sea igual en un texto y otro. Porque, cuando el de la Comisión de Salud explicita que a todo el sistema nacional de salud -o sea, a todo el sistema público- se le prohíbe exigir ese tipo de documentos, absolutamente nadie queda fuera. Y no puede estimarse lo contrario cuando en el último inciso se expresa "ninguna de estas fórmulas", etcétera, porque al hablarse de "fórmulas" se está haciendo referencia a las diferentes modalidades que contempla el sistema nacional de salud y no a las modalidades vinculadas a la exigencia de garantías, ya que éstas se hallan establecidas después.
Por lo tanto, temo que, a pretexto de favorecer a la gente -como algunos señores Senadores (lo digo con mucho respeto), desde su punto de vista, lo han expresado-, en definitiva, esta disposición retruque en contra de ella.
Yo, que en toda mi vida (ya muy larga) he manifestado y demostrado reiteradamente, sin demagogia ni exceso de populismo, mi inclinación por el sentido social que irrevocablemente deben tener las acciones del Estado, pienso -y por esto termino así, señor Presidente- que se actúa mucho más en consonancia con esos planteamientos cuando se procura la adopción de soluciones más viables, más amplias, más abiertas y, en definitiva, mucho más conscientes de lo que realmente el legislador pretende y debe hacer.
Por eso, voto en contra de lo propuesto por la Comisión de Hacienda, amén de que su texto, con el exceso de regulación que ha consignado, transforma el cuerpo legal en proyecto en algo contrario a lo que, según el artículo 60, número final, de la Constitución debe ser una ley: un conjunto de normas de regulaciones fundamentales, sin un exceso que llega hasta el detalle y la exégesis, elementos impropios de ella.
En definitiva, voto en contra del texto despachado por la Comisión de Hacienda porque, fundamentalmente, considero mucho más razonable, desde todo punto de vista, la norma propuesta por la de Salud. El señor STANGE.- Señor Presidente, voto en contra de la proposición de la Comisión de Hacienda y, al mismo tiempo, solicito que se me considere en el planteamiento hecho por el Senador señor Romero, quien, a su vez, me pidió dejar constancia de que la iniciativa pertinente, vinculada al establecimiento de un seguro nacional y colectivo para los afiliados a ISAPRES y beneficiarios del FONASA, pertenece al Diputado señor Waldo Mora, que recibió el respaldo de colegas de la Cámara Baja y de distintas colectividades.

El señor URENDA.- Señor Presidente, en primer término, deploro que la "discusión inmediata" de este proyecto y el conocimiento del informe recién esta mañana nos pongan a quienes no participamos en las Comisiones de Salud y de Hacienda en dificultades adicionales para el análisis de muchas normas bastante complejas.
En segundo lugar, lamento que un señor Senador que se ha caracterizado por su ponderación trate de crear aquí una disyuntiva en cuanto a que quienes votan en un sentido están con la gente, y los que votan en otro, contra ella.
Considero impropio de esta Corporación atribuir ese tipo de intenciones. Indudablemente, si entendemos siempre que es votar a favor de la gente todo lo que pueda ser liberación de un pago, vamos a llegar a extremos o a un populismo inadecuado.
Aquí se trata, no tanto de arreglar o no una situación puntual, sino de procurar mejorar el sistema de salud. En consecuencia, si algunos Senadores estimamos que para ello son adecuadas ciertas medidas, no puede atribuírsenos otra intención que concretamente ésa. Porque, sin duda, el ideal sería que el país fuera suficientemente rico como para que todo el mundo pudiera tener salud gratis. Pero, desde el momento en que no es así, debemos tratar de buscar medios para que los recursos limitados de que se dispone sean aprovechados en mejor forma.
A este respecto, la comparación hecha por otro señor Senador entre la posibilidad de las ISAPRES de establecer en sus convenios mayores o menores exigencias y la situación del enfermo que llega a un hospital grave, en peligro de muerte, a mi juicio, resulta absurda.
El sistema de ISAPRES, que constituye una opción más para la gente, es voluntario. Por tanto, al momento de pactar, la persona podrá calificar con toda tranquilidad si le conviene o no afiliarse.
Entonces, no me parece bien colocar en el mismo plano a quien, después de estudiarlo, concluye que le conviene ingresar a una ISAPRE bajo determinado convenio y a aquel que no tiene alternativa por hallarse en peligro de muerte o, incluso, inconsciente, lo cual traslada la resolución a su familia.
Por eso, todos coincidimos con la eliminación -como señaló el Senador señor Aburto- del llamado "cheque en garantía"; en buenas cuentas, rechazamos la idea de hacer exigencias en un momento en que la posición de la persona no le permite resolver libremente.
En cuanto al problema concreto de aprobar una u otra proposición, el problema no es suficientemente claro.
Sin embargo, debo señalar que, cuando se pretende reglamentar detalladamente en la ley, fuera de que a lo mejor se viola el sistema y se corre el riesgo de incurrir en inconstitucionalidades, también existe la posibilidad de no contemplar muchas situaciones. Porque este proyecto se refiere exclusivamente a renta imponible. Pero resulta que la renta imponible no tiene nada que ver con el patrimonio de la persona, con las responsabilidades de ésta, con su familia, situaciones que pueden ser absolutamente distintas. Es factible que aquélla perciba una renta imponible de 150 mil pesos, pero que tenga muchas propiedades o que pertenezca a una familia que disponga de ingentes recursos.
En consecuencia, esta reglamentación, señor Presidente, es inadecuada.
Por ello, y haciendo mías las expresiones del Senador señor Ríos sobre el particular, creo que debemos desentendernos de esta rigidez e ir a la salud. En este caso, me inclino más por la salud que por la hacienda.
Rechazo la proposición de la Comisión de Hacienda.

El señora VALDÉS.- Señor Presidente, no cabe duda de que la ley en proyecto tiene por finalidad abocarse a un problema muy dramático, cuya solución inmediata concita la unanimidad del Senado: la supresión de las garantías en materia de prestaciones de salud. En eso estamos todos de acuerdo. Porque no es admisible que, en último término, la vida dependa de un cheque. Eso es monstruoso y atenta contra la dignidad y seriedad de un país.
Comprendo que es muy difícil resolver este asunto, porque al final está el problema de quién paga el costo.
Aquí se enfrentan dos soluciones, ambas, a mi juicio, un poco de parche, pues no zanjan toda la situación. Ninguna nación del mundo ha resuelto todo los problemas de la salud. Salvo Suiza (en algunos cantones), en los demás países existe un debate abierto, porque la ciudadanía exige más salud, las personas viven más años, la medicina es más cara, todo lo cual constituye una cuestión extremadamente compleja.
La situación va por donde indicó el Senador señor Romero. Pero el alegato de Su Señoría me recuerda el que hizo la señora Hillary Clinton (fue muy celebrado y aplaudido por los norteamericanos), quien planteó una solución para el problema de salud existente en Estados Unidos, que, siendo el país más rico del mundo, tiene una pésima situación en esa materia desde el punto de vista previsional. Y los republicanos, quienes en muchos aspectos piensan como el Honorable Senador que mencioné, votaron en contra.
Entonces, la cuestión del seguro es muy complicada, sobre todo en una nación con 15 millones de habitantes.
Si dijera que nos incorporamos a un sistema donde estén Estados Unidos y la Comunidad Europea, como mientras más grande es la masa mayor es el seguro...

El señor ROMERO.- ¡Estudiémoslo, señor Senador!

El señor VALDÉS.- El tema es bastante delicado.

El señor ROMERO.- Es lo único procedente.

El señor PRAT.- ¡Hagámoslo solidario, además!

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Recuerdo a Sus Señorías que estamos en votación.

El señor VALDÉS.- La señora Hillary Clinton es muy elocuente e inteligente. Así que no se enojen, Honorables colegas.
Eso, en primer lugar.
En segundo término, no estoy de acuerdo con el Senador señor Ríos, porque no es admisible comparar la salud con la adquisición de una vivienda. Por de pronto, si se compra una casa, un departamento o un sitio, se pide plata al banco con seguro de desgravamen. Y si uno se muere, se acabó la deuda. Acá no ocurre lo mismo: no hay seguro de desgravamen ni en las ISAPRES, ni en el FONASA, ni en ninguna parte.
En tercer lugar, tampoco soluciona el problema del pago de la prestación de salud. Se dice que las ISAPRES y sus afiliados podrán convenir otras fórmulas de pago. No se puede convenir nada con ellas. Y puedo dar a conocer mi experiencia: soy una persona a quien la ISAPRE a que pertenezco respeta, pero cada año me sube la cotización 15 a 20 por ciento, porque aumenta mi edad. Y cuando quise hacer un reclamo por un cobro ilegítimo, se me dijo: "Cámbiese". A mis años, no puedo hacerlo.
No hay posibilidad de negociar con una ISAPRE; lo digo públicamente. Ellas mandan, imponen un sistema y determinan el costo. Desde el año pasado a julio último hubo 18,5 por ciento de aumento en la cotización, en circunstancias de que el costo de la vida varió en uno por ciento. ¿Voy a decir: "Me cambio"? No puedo hacerlo, porque, por edad, no me aceptan en otra ISAPRE.
No es un régimen de convivencia. No puedo negociar con la ISAPRE. Así que esa fórmula de salud no sirve.
Por lo tanto, estoy a favor del texto de la Comisión de Hacienda. Es cierto que es muy reglamentario; pero tiene un fondo ético, como en ningún otro caso: cuida al enfermo, al que recibe el beneficio. Sé que no es perfecto, pero le doy mi voto favorable.

El señor VEGA.- Señor Presidente, se trata de un asunto conflictivo. Todos estamos de acuerdo en que cualquier documento en garantía queda fuera de toda discusión. Y así tiene que ser. Porque, en realidad, un paciente ante una urgencia está predispuesto a cualquier contingencia y firma cualquier cosa, por lo que se le debe garantizar el libre acceso a la salud en momentos tan críticos de la vida.
Por lo demás, el cheque -y lo he visto en la práctica en nuestros hospitales institucionales- no tiene efecto práctico alguno. En verdad, quien no puede pagar no lo va a hacer nunca. Estamos llenos de juicios, de reclamos y tenemos una deuda considerable, porque quien no puede pagar no lo hará.
Este es un país en desarrollo. Tenemos un buen sistema de salud, pero de un alto costo, como se dijo. Ninguna nación en el mundo ha enfrentado con éxito este problema. Los sistemas están prácticamente todos quebrados. Y cada día sus costos van en considerable aumento.
En Chile, hay 2 millones de indigentes. Entonces, es muy difícil que les podamos cobrar una atención de urgencia. Hay otros 2 millones que perciben sueldos inferiores a 100 mil pesos. Es imposible que puedan pagar prestaciones de 15, 20 ó 30 millones de pesos, que es lo que cuesta una urgencia cualquiera.
El problema radica, no en el documento en garantía, que ya está resuelto, sino en quién cancelará el valor de las emergencias. Y aquí surgen dos alternativas. Lamento que no se haya planteado una solución que conciliara estas dos proposiciones y que debamos decidir entre una y otra. Porque de lo que se trata es de dar solución al problema y ambas se encaminan en esa dirección. Debemos encontrar la mejor, porque se trata de proteger al paciente que llega a un hospital en condiciones críticas.
Debo decir que la alternativa de la Comisión de Hacienda es más puntual, directa, normativa, y entrega una solución práctica para el momento actual. La otra, da una salida más amplia, involucra a más personas y puede que en el futuro sea más práctica, pero en la actualidad deja a la ISAPRE con el control del acuerdo, lo que significará un gran problema para el paciente, pues prácticamente no tendrá acceso a ningún plan.
Por tales razones, y lamentando que no se haya alcanzado un acuerdo previo a este respecto, me inclino por la fórmula de la Comisión de Hacienda, que es más directa y solucionará el problema actual.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, sucede que la propuesta de la Comisión de Hacienda tiene una "letra chica" que hace completamente inválido el sistema que establece. Porque al señalar en el penúltimo inciso que, sin perjuicio del sistema que se consigna, las ISAPRES podrán convenir con el afiliado otra modalidad de pago, significa que al momento de firmar el contrato van a exigir otra fórmula en caso de urgencia. O sea, el sistema de la Comisión de Hacienda es romántico; puede servir para que uno diga que se logró establecer tal cosa, pero en la práctica no habrá ISAPRE alguna que no establezca un sistema distinto al momento de firmar el contrato.
Por ello, considero que es más clara y franca la modalidad de la Comisión de Salud, que directamente dice que la ISAPRE puede hacer lo que la de Hacienda subrepticiamente la deja hacer, sin confesarlo.
Sin embargo, la alternativa de la Comisión de Salud tiene un punto que parece muy importante: en el último inciso prohíbe cualquier exigencia de instrumentos en garantía para toda prestación en todo el sistema de salud, no sólo la de urgencia. En ese sentido es más avanzada. El Honorable señor Ruiz-Esquide tiene razón, quizás, al decir que eso puede tener consecuencias económicas muy graves; pero he visto que la Concertación en la Cámara -ignoro si también la Oposición- acaba de aprobar el proyecto, lo que indica que están informados de que se puede hacer, y no son personas irresponsables.
En ese sentido, voto en contra de la propuesta de la Comisión de Hacienda, por las razones que señalé.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si Sus Señorías me lo permiten, quiero decir que la votaré a favor.
El sistema que se establece no va a tener un efecto como el que se pretende lograr, porque las ISAPRES, desde el momento que les pongamos este riesgo incluido, en el futuro próximo van a encarecer los programas para los efectos de cubrirlo, como sucede en cualquier sistema de seguros. Van a tomar en cuenta que éste es un riesgo mayor y, por consiguiente, tratarán de precaverse. Por supuesto, aplicarán el descuento de 5 por ciento, pero cubrirán el riesgo mediante su propio seguro, lo van a tomar, y así tiene que ser, pues de otro modo el sistema de ISAPRES puede entrar en falencia y de incumplimiento de sus propias obligaciones.
En ese sentido, se debe tener presente que ése puede ser el efecto. En esto coincido con el Senador señor Romero, en cuanto a la creación de un fondo nacional de seguro solidario, como lo hemos planteado tantas veces, mediante la cotización de la sociedad en su conjunto, que financie un fondo de garantía, precisamente para estas situaciones de indigencia o incapacidad de pago que presenta un sector de la población.
Lo otro que deseo hacer presente es lo siguiente. En el caso de que se trata, los que responderán del pago no serán las ISAPRES, que van a autoprotegerse y a buscar los mecanismos para asegurar su financiamiento, sino el FONASA y el Fisco. El Estado chileno tendrá que dotar de mayores recursos al Fondo -eso debe tenerlo presente el señor Ministro de Salud- para afrontar este riesgo. Porque no hay otra manera de recalcular el porcentaje de cotización de 7 por ciento, y habrá de cubrirlo el Estado, a la luz de esta normativa. Y se tendrá que hacer el cálculo, porque éste es un riesgo que asume el Estado chileno respecto de un sector tan importante de afiliados al FONASA o de los indigentes que carecen de cobertura previsional.
Por todas estas razones, apoyaré la proposición de la Comisión de Hacienda.
Una última observación -y sin que ello implique introducir otras dificultades al proyecto- se refiere a que en el inciso sexto que se agrega al artículo 22 se incurre en la misma situación que se quiso solucionar en los artículos 2º y 3º. El párrafo final consigna lo siguiente: "Para los efectos de la aplicación de este mecanismo," -el pago- "la institución no podrá exigir a los usuarios cheques en garantía.". Espero que antes de concluir la discusión del proyecto se encuentre la forma de solucionar el problema -que podría consistir en la supresión de esa frase-, para ser coherente con lo resuelto con anterioridad.
Voto a favor de lo propuesto por la Comisión de Hacienda.

El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor DÍEZ.- Señor Presidente, en verdad este asunto es delicado, y al final del debate uno puede darse cuenta de cuáles son las falencias de uno y otro sistema, sin que pueda acusarse a nadie de faltar a su deber de bien común y solidaridad, por sostener una posición u otra. No hay duda de que el sistema propuesto por la Comisión de Hacienda aparentemente toma en consideración al sector más bajo de la población, que supone afiliado a las ISAPRES, cuando en realidad cotiza en el FONASA. De manera que esta institución y el Estado operarán el sistema de crédito o de pago al cual hace referencia el informe de la Comisión de Hacienda.
Presenté una indicación para disipar la duda constitucional respecto a presumir el otorgamiento de préstamos. Señala que el sistema regirá sólo respecto de los contratos que se adecuen o celebren con posterioridad a la vigencia de la ley. Pero debe tomarse en cuenta que se trata de una materia acerca de la cual todavía queda mucho por aprender. Si se establece un sistema en que las ISAPRES no puedan recuperar su inversión en un plazo razonable, no se favorecerá la afiliación a ellas, sino que se la disminuirá. Estas instituciones serán muchísimo más cuidadosas, no sólo en cuanto a las disposiciones legales que las orienten de una manera u otra, sino también respecto a la responsabilidad financiera de quienes deseen incorporarse a ellas. Entonces, no se extiende la participación del sector privado en las acciones de salud, lo que evidentemente alivia enormemente al sector público. ¡Imagínese al sector público sin los millones de cotizantes del privado! Se crearía, irresponsablemente, un problema de salud muchísimo más grave que el actual. En consecuencia, hay que reglamentar las cosas de manera que el sistema privado de salud pueda subsistir razonablemente, a no ser que se piense -como lo hacen algunos Honorables colegas- que sólo debe existir un sistema público, como si éste hubiera tenido éxito alguna vez en algún lugar del mundo, lo que no ha ocurrido.
Por otra parte, el proyecto está en segundo trámite y en el tercero la Cámara de Diputados puede rechazar el inciso final, que ha molestado a algunos señores Senadores por otorgar a las ISAPRES libertad para convenir. Con ello, nos encontraríamos ante un problema en que la solución propuesta por la Comisión de Hacienda vendría a ser una especie de "zapato chino".
Pero aún está vigente el problema del financiamiento de ciertas enfermedades, sobre todo de las terminales o catastróficas. Este aspecto no ha sido cubierto ni por la Comisión de Salud ni por la de Hacienda, y realmente no se ha abordado seriamente en el país. No puede pretenderse solucionarlo totalmente, pero podría disminuirse, ya sea respecto de determinadas enfermedades o en cuanto a ciertas capas sociales, subvencionando, como es lógico, a los sectores de menores ingresos.
Por último, me parece que la Comisión de Salud ha tenido éxito al disponer que "Para todos los efectos del sistema de salud se declara que ninguna de estas fórmulas permitirá exigencias al afiliado de cheques en garantía u otros instrumentos financieros con propósitos similares.". Ello resuelve con precisión lo que la opinión pública ha venido reclamando. Cuando uno se enferma no está haciendo un negocio. En consecuencia, no tiene nada que ofrecer o no puede responder a las exigencias que se le hagan. Por eso, es lógico que no puedan formularse estas exigencias, porque éste no es un negocio en el cual exista una contraparte. La persona que solicita atención generalmente está ¿como diríamos los abogados- con su voluntad viciada, porque pesa sobre él la más fuerte de las fuerzas morales: su salud.

El señor RUIZ (don José).- ¡Es negocio para otros!

El señor DÍEZ.- Por esa razón, señor Presidente, estoy a favor de la proposición de la Comisión de Salud, exclusivamente porque establece el principio general de que el sistema de salud, sea público o privado, no puede requerir, en ningún caso, exigencias de orden pecuniario formal o de garantía a quienes recurren a ellos.
Por eso, rechazo la propuesta de la Comisión de Hacienda.

El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).- ¿Algún otro señor Senador no ha emitido su voto?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el artículo 3º propuesto por la Comisión de Hacienda, en los términos en que se puso en votación (22 votos a favor y 17 en contra).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Bitar, Boeninger, Canessa, Foxley, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Lavandero, Moreno, Muñoz Barra, Novoa, Ominami, Parra, Pérez, Pizarro, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sabag, Valdés, Vega y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa los señores Bombal, Cantero, Cariola, Cordero, Chadwick, Díez, Fernández, Horvath, Larraín, Martínez, Prat, Ríos, Romero, Silva, Stange, Urenda y Viera-Gallo.


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La parte final del inciso sexto del artículo recién aprobado señala: "Para los efectos de la aplicación de este mecanismo, la institución no podrá exigir a los usuarios cheques en garantía.". Propongo reemplazar la expresionexpresión "cheques en garantía" por "cheques para garantizar el préstamo que se haya generado".

El señor HAMILTON.- De acuerdo. Tenemos que proceder de la misma forma que en los casos anteriores.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Habría acuerdo para aprobar la modificación propuesta?
--Por unanimidad, se aprueba.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Hago presente a la Sala que, de acuerdo con la resolución tomada, la hora de inicio de la votación se fijó a las 13:15. Por lo tanto, las dos votaciones restantes se harán sin debate, pero respetando el derecho a fundamentar el voto.
En votación el artículo 4º.
--(Durante la votación).

El señor BITAR.- Señor Presidente, este es el artículo sustantivo del proyecto, pues guarda relación con el fortalecimiento del FONASA.
Voto a favor.

El señor BOENINGER.- Señor Presidente, sobre esta materia tengo una posición personal un tanto distinta de la mera aprobación de la derogación del subsidio o de su mantención.
En primer lugar, reconozco que el 2 por ciento es un mal subsidio -tal como ya se dijo en la discusión general-, porque, al ser un porcentaje de la renta, cuando ésta aumenta, sube su monto, tornándolo regresivo; y, en segundo término, porque el Estado otorga el subsidio sin mediar una contraprestación precisa y conocida, porque los planes de salud, en general, no tienen esa característica. De manera que, en definitiva, el Estado no sabe exactamente qué está subsidiando. Por ello, si hipotéticamente tuviera que pronunciarme hoy por la creación de un subsidio tal como existe, lo rechazaría.
Por lo tanto, no estoy en condiciones de dar mi voto para la mantención del subsidio en los términos vigentes.
Por otra parte, es un hecho que el subsidio existe y que beneficia a unas 700 mil personas, cuya remuneración media, según la información de que dispongo, es del orden de 290 mil pesos. Y ello implica que, en general, los beneficiarios acogidos al subsidio son gente de clase media modesta, digamos, y que ha optado, con algún sacrificio, por afiliarse a una ISAPRE en función de las ventajas que considera que ofrece, ciertamente, en atención médica ambulatoria. Si se suprime el subsidio, esas personas tendrán que conformarse con un plan de menor cobertura, deberán efectuar un aporte adicional o volver al sistema de FONASA.
Desde una perspectiva más general, no veo razones para que subsidios estatales no puedan beneficiar a esos sectores, al igual que sucede en los ámbitos de la educación, crédito universitario, etcétera. De manera que, en cuanto a un punto de vista de principio, no me parece que se puede argumentar que la supresión responde a que no se favorece a los más pobres.
En el aspecto financiero, la suma de que se trata representa para el Estado alrededor de 10 mil millones de pesos, porcentaje muy exiguo del presupuesto de FONASA. Por lo tanto, la transferencia a éste de esa cantidad no considero que provoque ningún impacto significativo en el presupuesto de Salud. Y, en cambio, sí tendrá lugar un mayor costo de FONASA ante el porcentaje de los actuales beneficiarios del subsidio que se deban traspasar de las ISAPRES.
Por las razones anteriores, no estimo adecuado, lisa y llanamente, suprimir el sistema. Creo que tiene sentido el reformarlo de un modo sustancial. Concretamente, me parece que la solución más adecuada en este instante es: a) eliminar la regresividad, sobre la base de que constituya un subsidio fijo en cantidad ¿pueden existir otras fórmulas-, de manera que decrezca en el porcentaje de la renta y con un tope de ella al cual pueda ser aplicable, y b) condicionar el beneficio ¿me parece lo medular- a que sólo pueda pedir la cotización adicional el trabajador que haya contratado con una ISAPRE un plan de salud que incluya, entre otros elementos, las atenciones de urgencia, las enfermedades catastróficas y las hospitalizaciones en general.
Entiendo que la idea de tal reforma implicaría un incentivo para llevar a las ISAPRES en la dirección en que se supone, según mi información, que se hallan trabajando: justamente, en buscar modos para la incorporación de la cobertura de las enfermedades catastróficas y las atenciones de urgencia en los planes de salud.
Por tales motivos, no votaré por la derogación del subsidio, aprobada por la Cámara de Diputados. Y no sé cuál será el resultado de la presente votación, pero, si no se contara con mayoría para dejarlo sin efecto, se requerirán un tercer trámite y una Comisión Mixta, donde pienso que se podría llegar a un acuerdo razonable de reforma, ojalá en la perspectiva de lo que planteo.
En consecuencia, me abstengo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Deseo advertir a la Sala lo siguiente. Se han ausentado varios señores Senadores y espero que vuelvan para las votaciones. Todavía quedan pendientes dos de ellas: la del artículo 6º y la del artículo 2º transitorio, respecto del cual se propuso una indicación a la que se aceptó por unanimidad dar trámite. Si en alguno de esos casos no se reúne quórum para tomar acuerdos y es preciso dar por fracasada la sesión, la Mesa deberá citar para cuatro horas después. Destaco la conveniencia de que se enfrente el tema con responsabilidad.
Continúa la votación.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, en forma previa quisiera expresar que, cuando el proyecto se planteó en la Cámara de Diputados, inicialmente se hizo referencia a un plan único de prestaciones y a un seguro público autónomo, que era la inspiración que caracterizaría a todo el texto, lo que de alguna forma viene replanteando ahora el Diputado señor Mora, junto a otros señores Parlamentarios que lo han hecho presente en la mañana de hoy al entregarnos un documento. Pero después la idea se desvirtuó. Con esa concepción, resultaba claro que no era necesario incluir el tema del 2 por ciento.
Es efectivo que en la actualidad, del modo como opera, el subsidio es inequitativo, mal focalizado y de difícil control tributario, además de no ser usado por los trabajadores independientes. La pregunta es si la solución pasa por eliminarlo o por reformularlo. Y, naturalmente, compartiendo las críticas que se pueden formular por la mala focalización, el difícil control tributario y la regresividad, no se puede llegar a concluir que necesariamente la salida radica en la supresión. Ello, precisamente porque importantes sindicatos fueron muy explícitos al respecto ante la Comisión de Salud, los que se hicieron presentes justamente para señalar cómo el sistema, a pesar de las dificultades -y reconociendo las inequidades que podían existir y hallándose dispuestos a que fueran resueltas-, resultaba muy beneficioso para un enorme contingente laboral, como el de Huachipato, la Papelera y otros. En efecto, llegaron acá señalando que admitían que el subsidio podía ser mejorado, pero solicitaban encarecidamente a la autoridad y al Gobierno que no se eliminara.
Éste alcanza, señor Presidente, a una suma cercana a 15 mil millones de pesos -en un presupuesto de varios cientos de millones, pues, si no me equivoco, el presupuesto de Salud asciende a un billón de pesos-, de los cuales el costo fiscal es, más o menos, de 12 mil millones, en tanto que 3 mil millones son de cargo de privados. Las favorecidas son un millón de personas.
Lo anterior es lo medular. Si se quiere que un subsidio que opera en esas condiciones apunte especialmente a los que reciben remuneraciones más bajas, cabe readecuarlo y buscar un mecanismo como el que se aplica para la entrega de asignaciones familiares, a fin de que de esa forma, utilizándose los mismos criterios, se pueda focalizar con miras a que lo perciban más aquellos con más cargas y menos remuneración. Y, si es del caso, cabe aumentarlo incluso, para que quien cuenta con menos ingresos pueda verse beneficiado por un sistema de salud bastante más expedito y mejor que el que entrega el sector público.
Lo central de todo el proyecto, desde el momento en que se habló del plan único de prestaciones y del seguro autónomo, debió haber sido la libertad de elegir. Ello es lo que echamos de menos. Y cuando votamos en contra la idea de legislar lo hicimos precisamente señalando que a las personas no se les permitía ejercerla.
Para que funcione un buen sistema, en el que verdaderamente los seguros operen y el Estado pueda hacerse cargo de la salud de los que enfrentan más necesidad y a quienes no les es posible acudir a otro tipo de soluciones, se debe fortalecer el mecanismo de subsidios, lo que en el caso que nos ocupa era un camino muy viable y razonable. Y sigue siéndolo, no obstante reconocer que es preciso corregirlo.
Es preferible avanzar en una reforma del subsidio de 2 por ciento que mejore su focalización y fijar un monto progresivo en función de un ingreso decreciente, por cotizante y por carga, y por debajo de cierto nivel de ingresos "techo".
Se debe, a nuestro juicio, fijar un plan mínimo garantizado para poder optar al beneficio, que cubra los riesgos habituales y catastróficos de las personas, y se deben determinar por el Estado marcos de subsidios anuales, para que la población opte por ellos.
Desde luego, pensamos que el Servicio de Impuestos Internos debe ser el que controle el sistema, para evitar filtraciones, y que éste se ha de hacer extensivo a los sectores de trabajadores independientes.
Señor Presidente, la iniciativa que nos ocupa se halla lejos de constituir una solución. No es efectivo que todos los recursos de que se trata apuntarán exactamente a mejorar FONASA, dado que, sin conformar una gran cantidad, engrosarán lo que configura esa burocracia. Porque no se destinarán al pago de prestaciones: ingresarán al mecanismo general de costos, donde se incluyen las remuneraciones y todo lo que administra el sistema público de salud, y no irán a focalizarse expeditamente donde debieran hacerlo, que es en las primeras.
Por lo mismo, instamos una vez más al Gobierno -lamentando que no se haya hecho eco de lo que los trabajadores vinieron a plantear a la Comisión- a que busque una fórmula mediante la cual no sólo este subsidio, sino que, ojalá, otros más, complementen los beneficios que el Estado entrega -por ejemplo, a través del FONASA- a todo el sector indigente.
Me pronuncio por la negativa.

El señor CANESSA.- Señor Presidente, aparte de votar en contra, por los fundamentos que di en su oportunidad, deseo dejar constancia de mi preocupación por el hecho de estar resolviendo materias importantes, que concitan la atención de la opinión pública, sin que ellas, a mi modo de ver, hayan sido lo suficientemente debatidas y estudiadas en la Sala.
Algunas veces se culpa al Senado de frenar soluciones que la ciudadanía requiere con urgencia. Sin embargo, el atender debidamente los problemas exige un tratamiento más cuidadoso, con el fin de estar en condiciones de prever los efectos que producirán las modificaciones legales de que se trata.
En concreto, los informes de las Comisiones de Salud y de Hacienda sólo fueron entregados hoy, apenas una hora antes de iniciarse la sesión ¿razones debe haber muchas, pero la realidad es ésa-, lo cual impide su estudio.
Como no es primera vez que ocurre una situación semejante, velando por el prestigio del Senado me permito insistir en la conveniencia de evitar en el futuro una tramitación tan apresurada como la que hemos visto esta mañana.

El señor CHADWICK.- Señor Presidente, sin duda alguna, como ya se ha señalado ¿y en el debate general también se mencionó-, el actual subsidio es susceptible de perfeccionarse. Más aún, creo que ello es indispensable para que pueda cumplir debidamente con toda su rentabilidad social.
Sin embargo, creo que la alternativa de eliminarlo no representa ningún beneficio hoy día. En primer lugar, porque el sistema de salud público (FONASA) nada ganará con ello. Como muy bien dijo el Senador señor Boeninger, los montos que se otorgan mediante el subsidio son muy poco significativos dentro del presupuesto público de salud de nuestro país. Más todavía: tal supresión implicará a dicho organismo recibir a miles de chilenos, los cuales deberán incorporarse forzadamente a su sistema, generándole más perjuicios que beneficios. Ello, aparte no representar beneficio alguno para el sector público de salud, implica, en cambio, un perjuicio muy directo para cerca de un millón de chilenos, fundamentalmente de sectores medios ¿éstos, normalmente, son olvidados en materia de subsidios-, quienes se verán enfrentados a la obligación de optar sólo por un sistema de salud -el público- y no contarán con la posibilidad que ahora se les otorga de elegir el mejor y más conveniente programa de salud para su grupo familiar.
Por lo tanto, señor Presidente, compartiendo plenamente la idea de que el subsidio requiere de un perfeccionamiento, estoy absolutamente convencido de que su eliminación no representa beneficio alguno para el sistema de salud público; en cambio, significa un perjuicio directo para aproximadamente un millón de chilenos.
Voto en contra.

El señor HORVATH.- Señor Presidente, en 1990, con motivo de la reforma tributaria y la mantención del 2 por ciento adicional del IVA, que se rebajaba de acuerdo al vencimiento de un plazo, se incrementaron sustancialmente los fondos para salud y educación.
En realidad, el sistema fiscal tiene su camino de financiamiento, y no se observa cómo una cifra exigua, con respecto al total del monto que se maneja y administra anualmente, pueda resolver de manera sustancial los problemas que en este momento presenta el sistema de salud público.
Por otro lado, se ha señalado claramente que hay elementos de juicio y antecedentes concretos para perfeccionar este subsidio. La idea es que toda persona en Chile pueda optar, en igualdad de condiciones, a prestaciones de salud tanto en el servicio público como en el privado. Y, en ese sentido, pienso que resulta mejor mantener el beneficio y perfeccionarlo, antes que restarlo, como se pretende a través de este proyecto.
Me pronuncio en contra.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, las fundamentaciones de los Senadores señores Bombal y Chadwick me ahorran mayores comentarios. Sin embargo, no puedo dejar de formular en voz alta una pregunta que me asalta como consecuencia del debate: ¿por qué se pretende quitar el único beneficio que sirve de apoyo a un amplio sector social ¿comprende a cerca de un millón de chilenos-, y que desde el punto de vista de las nuevas destinaciones no significará un incremento en la mejoría de la atención del FONASA, en circunstancias de que eso implicará una pérdida para esas personas en la calidad de la atención de salud? En verdad, no logro entender la lógica. Si se quiere perfeccionar el sistema, como se ha dicho, que se perfeccione; pero el suprimir el 2 por ciento, lo cual no favorece a nadie, es realmente un acto inexplicable.
En el Senado, permanentemente buscamos respaldos sociales para los sectores de menores ingresos, los que, ciertamente, tienen nuestra prioridad; sin embargo, los sectores medios de nuestro país también necesitan de un apoyo. Este subsidio es uno de los pocos que el Estado les confiere y, no obstante, pretendemos quitárselo sabiendo que ello no favorecerá a nadie. Es falso, como alguien dijo, que se beneficiará el FONASA, porque la incidencia per cápita del mayor incremento por este concepto será irrelevante para producir una mejoría en la atención. Por lo tanto, en esto sólo hay un perjuicio, y no puedo ser parte de tal determinación.
Voto en contra.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, la situación que se presenta con la supresión del 2 por ciento es realmente regresiva. En mi opinión, ello implica, sencillamente, nivelar hacia abajo. Se está negando a un enorme grupo de chilenos la posibilidad de ir adquiriendo mejores condiciones de salud y, por ende, entrar de lleno a una lógica de progreso humano y social sostenido.
Esa eliminación significa ¿no hay la menor duda- un retroceso en la condición social de esas personas, en sus expectativas. A mi juicio, la solución debería ser absolutamente al revés. En primer lugar, sería necesario aumentar el subsidio de 2 a 3 por ciento, como una manera de continuar retirando compatriotas del sistema público de salud, con el objeto de que éste sea capaz de absorber a aquellos que realmente carecen de medios para acceder a un servicio de salud que les dé seguridad.
En segundo término, resulta evidente que debe perfeccionarse el sistema de las ISAPRES con el objeto de que las prestaciones que brindan a través de sus planes de salud sean mejores. En consecuencia, habrá que reformarlo, dirigirlo de buena manera y hacerlo más eficiente en su inversión, a fin de que las personas que se incorporan a él cuenten con mayores expectativas.
En tercer lugar, concuerdo plenamente con el Senador señor Canessa. No es posible que sigamos analizando los proyectos en esta forma, porque en alguna medida ¿doy excusas por decirlo, pero tengo el deber de manifestarlo- aparecemos legislando apresuradamente en un aspecto tan delicado como es la salud de la sociedad. Creo que no podemos continuar con este sistema, pues no es posible que uno llegue temprano para recibir minutos después el informe de las Comisiones y resolver un asunto de la mayor importancia social, que afecta derechamente a los compatriotas.
Señor Presidente, es necesario pensar en un cambio de este procedimiento, ya que no podemos estar legislando "a mata caballo" y a alta velocidad, realizando sesiones especialísimas y bajo presión, para resolver algo que perfectamente bien, por lo delicado del tema, requiere de más tiempo. Conversé el punto con algunos miembros de la Comisión de Hacienda, quienes incluso reconocieron que debieron abocarse al problema con una urgencia tal que no les permitió abordar todos los aspectos que él involucraba.
Mi voto es negativo, pues la eliminación de dicho porcentaje nos hace retroceder en el bienestar y en las posibilidades que se pueden otorgar a muchas personas en materia de salud, lo cual me parece inaceptable.

El señor NOVOA.- Señor Presidente, anuncio mi voto en contra de la derogación de un subsidio que favorece a cientos de miles de trabajadores chilenos y que, en consecuencia, beneficia a un millón de compatriotas.
En primer lugar, no me parece tan claro que el subsidio sea regresivo. Tiene un tope. El artículo 8º que se propone derogar establece que la cotización adicional del 2 por ciento más la cotización legal para la salud de 7 por ciento no deberá exceder de una unidad de fomento. Por consiguiente, pueden acceder a este beneficio personas con un ingreso de alrededor de 170 mil pesos. El tope aumenta en 0,5 unidades de fomento por cada carga familiar del trabajador. En todo caso, la suma de la cotización legal de salud y de la cotización adicional no podrá ser superior a 4,2 unidades de fomento, que corresponde a una remuneración máxima del orden de 500 mil pesos.
No cabe la menor duda de que quienes ganan 170 mil, 300 mil, 400 mil ó 500 mil pesos no son indigentes; no se encuentran en la extrema pobreza. Pero tampoco son personas que no merezcan algún tipo de apoyo estatal. Yo diría que dentro de ese segmento se halla la clase media con ingresos medios o bajos; y me parece socialmente regresivo suprimir uno de los pocos beneficios -o quizás el único- que se le otorga.
Llamo la atención sobre la inconsecuencia que significa, por un lado, imponer a las ISAPRES mayores obligaciones, como hacerse cargo de los costos de las atenciones de urgencia, por lo cual tarde o temprano subirán las cotizaciones; y, por otro, eliminar un beneficio que recibe la clase media.
Lo anterior implicará alejar a cientos de miles de trabajadores de la posibilidad de elegir entre el sistema público de salud y el privado. Y por falta de medios económicos no podrán optar. Con ello se condena a mayor número de personas a la obligación de atenderse en el sistema público, el cual no satisface, ni con mucho, las necesidades de salud de la población. Es cierto que el sistema privado de salud también presenta muchas deficiencias, pero nadie está obligado a ingresar a él. Existe la posibilidad de hacerlo, y siempre es bueno tener abierta tal opción. Pero, al suprimirse el subsidio a los trabajadores de medianos ingresos, se limita más y más la oportunidad de elegir.
Por eso, voto en contra del artículo 4º.

El señor PRAT.- Señor Presidente, comparto plenamente lo manifestado por el Senador señor Novoa, quien me antecedió en la fundamentación de voto. Sólo quiero agregar que, de aprobarse la eliminación del subsidio, se restarán aproximadamente 3 mil millones de pesos al financiamiento del sistema de salud, correspondientes al aporte de las propias empresas involucradas en el mecanismo establecido por la disposición que se intenta eliminar.
Efectivamente, esa fórmula opera a través del aporte mensual que hacen las empresas del 2 por ciento de las remuneraciones de los trabajadores, cifra que se supone recuperan en su declaración anual de impuestos. Sin embargo, como muchas empresas no tienen cómo recuperar dicho aporte, en definitiva lo pierden. Eso significa que de los 14 mil millones de pesos que teóricamente cuesta al Estado el subsidio, en la práctica sólo salen de las arcas fiscales 11 mil millones. Los restantes 3 mil millones quedan a beneficio fiscal, porque no son recuperados por las empresas que han cotizado mes a mes el 2 por ciento.
El resultado concreto es que el sistema de salud no dispone de esos 3 mil millones de pesos que gratuitamente aportan hoy las empresas por concepto de cotización adicional y que dejarán de pagar en virtud de la norma sobre la cual nos estamos pronunciando.
Por lo tanto, además de las razones ya señaladas, hay otra de bien común, cual es la de que se restarán entre 7 y 8 millones de dólares al sistema público de salud, que actualmente ingresan a él en forma gratuita o sin costo para el Fisco.
Ése es un motivo más que pesa en mi decisión de votar en contra del precepto.
Voto que no.

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Señor Presidente, la supresión propuesta se encuadra dentro de lo que pretende el proyecto en su conjunto, que es el meollo de la cuestión: resolver los problemas del FONASA. Por ello, no cabe utilizar el argumento de que al limitarse en un sentido se deja desprovisto de salud a determinado sector, dado que la finalidad que se persigue consiste en mejorar el modelo del Fondo Nacional de Salud. Y eso es lo que se intenta en toda la primera parte de la iniciativa.
Ahora me referiré a los inconvenientes que a nuestro juicio tiene el subsidio de 2 por ciento.
Se ha dicho que la eliminación del subsidio implicará que las ISAPRES subirán el valor de sus planes. Pienso que no lo harán, por un problema de competencia. El drama de las instituciones de salud previsional es que no se adecuaron a la regulación posterior del mercado libre a partir de 1990, que antes había sido impuesta, ni resolvieron los problemas de fondo.
Algunas ISAPRES no han funcionado bien y han enfrentado diversas dificultades, entre otras causas, porque proporcionaban salud sólo a través de las atenciones más baratas. No han abordado los problemas de fondo, como el de entregar mayor cobertura a los afiliados que deben hospitalizarse o que padecen alguna enfermedad catastrófica.
Por otra parte, las ISAPRES han pretendido obtener ganancias incompatibles con la dación de salud. Los señores Senadores saben que esas entidades han ganado en promedio 25 a 26 por ciento sobre el capital invertido -utilidades que no arroja ningún otro negocio en Chile-, y por el solo mecanismo financiero han obtenido entre un 7 y 8 por ciento más que en cualquier banco.
Adicionalmente, el sistema se halla mal diseñado. Resulta que apenas aumenta la edad de las personas sube el costo de los planes. Eso impide que el procedimiento funcione en forma razonable, pues el adulto mayor empieza a ganar menos.
Se ha hablado de la necesidad de un reaseguro. Estoy de acuerdo. Pero ocurre que las ISAPRES nunca lo han aceptado, porque tienen el reaseguro gratuito del Estado, ya que cuando una persona llega a los 60 ó 70 años y no está en condiciones de pagar un plan de salud en el sistema privado, se va a FONASA.
Con relación al subsidio de 2 por ciento, hay hechos puntuales muy graves. Uno de ellos es que se desconoce cómo se ha usado. Las cifras entregadas por las ISAPRES, los usuarios, el Servicio de Impuestos Internos y la propia Superintendencia del ramo varían entre 30 y 40 por ciento. Como el subsidio asciende a 10 mil ó 12 mil millones de pesos, quiere decir que hay 4 mil millones de pesos de los cuales no sabemos su destino final.
Cabe precisar que el sistema funciona sobre la base de que el empleador descuenta el subsidio de sus impuestos y, por consiguiente, lo paga el país entero.
Se dice que el subsidio beneficia a los trabajadores. Conforme. Pero sabemos que no se emplea para cubrir los planes de salud de las personas de la tercera edad ni las enfermedades catastróficas. Y ante el argumento de que no se encuentra bien focalizado y no favorece a los más pobres se señala: "Lo tenemos para quienes ganan entre 300 y 400 mil pesos". Si es así, ¿por qué, entonces, es sólo para los dependientes y no para los independientes? A este respecto, se hace una comparación con los sistemas de vivienda. La diferencia está en que el trabajador independiente puede adquirir una vivienda, pero no tiene acceso al subsidio.
Ahora, no se sabe cuál es el plan. No cambian los planes; no sabemos cómo lo harían. Por lo tanto, cuando hemos preguntado a las ISAPRES cuántos de los 10 mil millones de pesos que les entran por concepto del 2 por ciento han revertido realmente a los afiliados, no hay respuesta. De modo que no se puede sostener un modelo acerca del cual no se sabe lo que está pasando.
Señor Presidente, en un lapso de quince o veinte años, se produce un remanente. Los 10 ó 12 mil pesos que van por esta vía a las ISAPRES (con un total de 4 a 5 mil millones por año), ¿sumarán en 20 años 100 mil millones? ¿80 mil millones? No tenemos idea. Y ese sistema lo está pagando el Estado. En definitiva, aquí estamos frente a un fantástico negocio, pues ha permitido a las ISAPRES obtener utilidades anuales por sobre 15 mil ó 20 mil millones, versus los 10 o 12 con que funciona el modelo de subsidio.
El asunto de fondo es el siguiente. Nadie quiere terminar con las ISAPRES. Lo inaceptable es que estas instituciones ganen cierta suma de dinero y simultáneamente mengüen su atención a la gente, sobre todo en prestaciones de mayor costo. Ése es todo el problema.
Por todo esto voy a votar a favor del proyecto, el cual implica suprimir un modelo que no me parece ético ni adecuado.

El señor URENDA.- Señor Presidente, curiosamente se habla siempre de ayudar a la clase media. En este caso particular se estima que estaríamos en presencia de una acción no debidamente focalizada. Se trata de un subsidio para trabajadores que perciben del orden de 200 mil pesos de renta. Curiosamente también el Gobierno y el mismo Parlamento acaban de aprobar un subsidio para adquisición de viviendas D.F.L. 2, y las primeras personas que reciben el beneficio (pequeñísimo, porque alcanza a sólo el 5 por ciento del dividendo) se sitúan exactamente donde termina el tramo de rentabilidad o se presenta la situación de quienes se benefician con el 2 por ciento que asigna el artículo 8º de la ley Nº 18.566. Es decir, acabamos de aprobar subsidios que son de 45 por ciento para trabajadores que ganan bastante más de 3 millones de pesos, dentro de un sistema en que no se da ventaja alguna a los que reciben menos de 300 mil pesos. En cambio, los mismos que aprobamos lo anterior, estamos suprimiendo uno de los escasos beneficios que van efectivamente hacia la clase media chilena.
Cabe señalar que aquí se habla de fortalecer a FONASA. Todo el sistema podría economizar del orden de 11 mil millones. Pensemos que los recursos gastados por FONASA son de un millón de millones, cifra inmensamente superior a aquélla. Ello, con una agravante: al eliminarse tal beneficio, simplemente el Estado deberá atender a través de FONASA a alrededor de un millón de personas que hoy no se encuentran en el sistema. En consecuencia, el costo para el sistema general será muchísimo mayor que el magro beneficio que representan estos 11 mil millones. Tal suma parece elevada, pero, si pensamos que tendrá que cubrir a un millón de personas, llegamos a la conclusión de que simplemente no es así.
Un señor Senador que me precedió en el uso de la palabra, afirmó que no se sabe a dónde va este beneficio; pero se trata de una opción que se da a los trabajadores para que libremente la tomen. No es que nosotros, el Estado, FONASA o los organismos de control sean los llamados a resolver . Es ese millón de personas que, libremente, deciden si les conviene o no les conviene hacerlo. No es necesario que nombremos un inspector para que verifique si cada una de aquéllas lo está haciendo bien o mal. Esto no haría sino rebajar el grado de confianza en las personas o en quienes, según decimos, debemos beneficiar, pero de cuya capacidad estamos dudando.
Comprendo que el sistema de distribución de este 2 por ciento (que no es ni con mucho tan malo como se dice) puede mejorar. En este sentido presenté una indicación que podría dar base a ello, indicación declarada inadmisible por incidir en una materia que es de resorte del Ejecutivo. Pero se trata de una sugerencia que el Ministerio puede perfeccionar. Por lo demás, hay otras proposiciones con el mismo objetivo. Creo que facilitar lo que la Constitución establece en el sentido de ofrecer opciones a las personas y confiar en la capacidad de la gente son acciones que van por la vía de mantener tal tipo de subsidio, mejorarlo y reforzarlo, y de ninguna manera derogarlo.
Por ello, voto que no.

El señor VEGA.- Señor Presidente, me preocupan las dos últimas materias sobre las cuales nos hemos pronunciado, porque hubiera querido que respecto de ellas llegáramos a un acuerdo, como se ha dicho reiteradamente en la Sala. Podríamos haber conciliado las proposiciones de las Comisiones de Salud y las de la de Hacienda, para acercarnos a una conclusión compartida por todos. Lo mismo ocurre respecto del 2 por ciento. Las opciones que se discuten giran en torno de mantener o retirar ese aporte. Esto se produce tal vez por el procedimiento seguido para el análisis de las disposiciones.
En mi opinión, el porcentaje en cuestión es parte del sueldo del trabajador. Así lo veo, y tal vez el resultado político más directo que va a producir el proyecto de ley en estudio es que la supresión del 2 por ciento a los 225 mil trabajadores afecte a los grupos familiares de los mismos y que están adscritos al sistema -600mil personas, más o menos- y por lo tanto supeditados a dicho aporte.
El resto del proyecto, es muy bueno, pues incluye la modernización de centros hospitalarios y del FONASA, resuelve el problema de los cheques en garantía y proporciona una alternativa de pago que mediante estudio se concretará en un instrumento más eficiente. Además, va a causar en las personas un efecto muy directo -como sucede con la modernización del sistema- que sólo se hará notar con el tiempo. Sus efectos van a ser sutiles, y es probable que pasen años antes de que la gente se dé cuenta de ellos. En cambio, la supresión del 2 por ciento la van a comenzar a percibir mañana mismo, inmediatamente después de que se efectúe el descuento, cuando tengan problemas con sus ISAPRES o deban reformular sus programas de salud en busca de otras alternativas. Entonces van a sentir en forma muy directa los efectos de la nueva ley.
Por otra parte, el monto involucrado -los 11 mil millones de pesos que importa la supresión de ese porcentaje- no me parece que vaya a quitar o poner rey al sistema. Estamos hablando de cantidades astronómicas de recursos para financiar y modernizar el sistema de salud. Así y todo se trata de una tarea bastante difícil y que tomará muchos años. Por eso, creo que la contribución de este recurso en FONASA y en el sistema mismo es muy limitada, si se compara con el efecto que va a causar en los trabajadores.
Por esa razón, voto que no.

El señor HOFFAMNN (Secretario subrogante).- Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el artículo 4º (17 votos por la afirmativa, 15 por la negativa, una abstención y 2 pareos).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Bitar, Foxley, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Moreno, Muñoz Barra, Ominami, Parra, Pizarro, Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Valdés, Viera-Gallo y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa los señores Bombal, Canessa, Cariola, Cordero, Chadwick, Horvath, Larraín, Martínez, Novoa, Pérez, Prat, Romero, Stange, Urenda y Vega.
Se abstuvo de votar el señor Boeninger.
No votaron, por estar, pareados, los señores Díez y Ruiz (don José).


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde votar el artículo 6º.
¿Habría acuerdo para aprobarlo?

El señor RUIZ-ESQUIDE.- Con mi voto en contra, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, se aprueba con el voto en contra del Honorable señor Ruiz-Esquide.
A continuación, existe una indicación de los Senadores señores Bitar, Díez y Ruiz-Esquide para agregar un artículo transitorio nuevo del siguiente tenor:

"Artículo ...- Sólo a los contratos que se celebren, adecuen o renueven a partir de la vigencia de esta ley les será aplicable la presunción de otorgamiento del préstamo a que se refiere el artículo 3º de esta ley".
--Se aprueba.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la discusión del proyecto.

El señor BOMBAL.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sí, señor Senador.

El señor BOMBAL.- Sólo quiero agradecer al personal tanto de la Comisión de Salud como de la de Hacienda, que ha debido trabajar en las últimas 48 horas, prácticamente sin dormir, para que la Sala pudiera contar con los informes respectivos.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Muy bien.
Tiene la palabra el señor Ministro.

El señor FIGUEROA (Ministro de Salud).- Señor Presidente, deseo agradecer al Senado por los debates y los resultados finales de las votaciones.
Asimismo, quiero sumarme al agradecimiento al personal de Comisiones, que preparó informes muy detallados y completos.
Agradezco también a los señores Senadores y a las señoras Senadoras que votaron a favor del proyecto, por lo siguiente.
Primero, porque se fortalece y moderniza el Fondo Nacional de Salud con las nuevas atribuciones que se le otorgan, las cuales sueltan las amarras legales creadas durante la década de los 80 al seguro público solidario que tiene Chile. Doy gracias a los señores Senadores, porque con ello gana la gente de clase media y de escasos recursos que está en el FONASA.
En segundo lugar, se da una señal muy clara que favorece a todos los sectores (a la clase media, a la personas de mayores recursos y, por cierto, a la gente de escasos medios económicos) frente a una emergencia que puede vulnerar para siempre su vida o una o más funciones vitales de sus organismos. Ello, porque se deja claramente establecido que las instituciones financiadoras de la salud son las que deberán solventar las atenciones en este tipo de casos, con el objeto de que los prestadores no tengan que exigir condicionamiento alguno para atender a los pacientes. Es decir, se explicita mucho más la eliminación de exigencias previas a la atención. Con ello gana fundamentalmente la gente.
Lo otro importante es que a partir de hoy comienza la supresión gradual en el tiempo del subsidio del 2 por ciento, lo que permitirá que estos recursos puedan ser utilizados efectivamente, por ejemplo, en lo que ha sido una preocupación del Senado: el seguro catastrófico. Quiero recordar que el seguro catastrófico del Fondo Nacional de Salud que se contrata con hospitales y también con clínicas privadas tiene un costo aproximado de 12 mil millones de pesos, que es prácticamente equivalente a los fondos que se destinan al subsidio del 2 por ciento.
Nada más, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Bien.

El señor BOMBAL.- Señor Presidente, quiero hacer extensivos mis agradecimientos al personal de Sala del Senado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No habiendo otro asunto que tratar y habiéndose cumplido el objetivo propuesto, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 15:40.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción