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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 345ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 27ª, en miércoles 23 de enero de 2002
Ordinaria
(De 16:9 a 18:38)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES ANDRÉS ZALDÍVAR, PRESIDENTE,
Y MARIO RÍOS, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Bitar Chacra, Sergio
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cordero Rusque, Fernando
--Chadwick Piñera, Andrés
--Errázuriz Talavera, Francisco Javier
--Fernández Fernández, Sergio
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Hamilton Depassier, Juan
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Cosgrove, Julio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pizarro Soto, Jorge
--Prat Alemparte, Francisco
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Urenda Zegers, Beltrán
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros Secretario General de la Presidencia y Secretario General de Gobierno; el señor Subsecretario de Pesca y la señora Asesora de la Subsecretaría de Pesca.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Sergio Sepúlveda Gumucio.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:9, en presencia de 33 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.


SUSPENSIÓN DE USO DE FOTORRADARES Y AMNISTÍA PARA INFRACCIONES


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Conforme a lo acordado en la sesión anterior, corresponde iniciar la votación del proyecto de ley que suspende la aplicación de los fotorradares y amnistía infracciones, con urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (2889-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 26ª, en 23 de enero de 2002.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La Sala debe votar en general la iniciativa.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, antes de iniciar la votación, quiero presentar algunas indicaciones.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La votación es en general, señor Senador. Después vamos a ver las indicaciones.
En votación general el proyecto.

--(Durante la votación).

El señor MORENO.- Señor Presidente, manifiesto mi opinión favorable a esta iniciativa, de la misma forma como fui partidario de aprobar la que presentaron los Senadores señores Andrés Zaldívar y Ríos. Y las razones son más que obvias.
En el país existe profundo desconcierto sobre, primero, las infracciones a las normas del tránsito; segundo, el mecanismo a través del cual se ejecutan las sanciones; tercero, quiénes son los operadores encargados tanto de la notificación como de la recaudación, y cuarto, cómo son utilizados los recursos.
Lamento mucho -lo digo lealmente- la confusión que se ha producido a nivel de Gobierno. Aquí hemos llegado a una solución de parche que no es la mejor. Y, como se verá por lo que expresaré a continuación, quedan vacíos que van a generar dudas adicionales a las hoy existentes.
En primer término, dejo establecido que no soy partidario de la impunidad de quienes violan la ley y cometen actos que amenazan la seguridad de las personas. Porque aquí la discusión del problema de los fotorradares y de las infracciones soslaya el elemento central, que es la seguridad de las personas. Yo estoy por resguardar este aspecto, pero a través del sistema que cultural y legislativamente ha existido en Chile para ello, que es la presencia de Carabineros. Son los efectivos de esta Institución los que históricamente, de acuerdo con nuestra idiosincrasia, han estado habilitados para cursar un parte, detener a una persona, realizar una alcoholemia, aplicar la ley.
El proyecto introduce un mecanismo que significa abrir un poder paralelo, cual es el poder discrecional de los municipios, que recibieron una facultad -y en esto participo de lo expresado por algunos señores Senadores- y, sin perfeccionar el sistema, implementaron un mecanismo de recaudación con muchos elementos de poca transparencia.
La poca transparencia se observa, no sólo respecto de quienes están detrás de las empresas, sino en cuáles son las cuotas o porcentajes de participación.
Además, nos consta que hay un elemento de discrecionalidad consistente en eliminar de las fotografías y de los registros a las personas que resultan gratas para alguien que está en conexión, o bien con la alcaldía, o bien con la empresa pertinente. De manera que, aunque los dispositivos registran a quienes efectivamente infringen la ley, a menudo se borran de las nóminas los nombres de determinados conductores con el fin de que no reciban la notificación del caso.
¡Eso es efectivo! ¡Así lo sostienen personas vinculadas! ¡Y ello violenta!
¿Pero dónde está la dificultad mayor? En la existencia de un registro que será un nuevo DICOM en el país. El rechazo contra el DICOM es enorme, señor Presidente, por todo lo que significa. Y, pese a ello, hoy aparece otro más, que será el "DICOM de los automovilistas", hayan recibido o no una notificación.
De ahí surge un problema no resuelto. De acuerdo con nuestra normativa, los permisos de circulación de los vehículos para el año 2002 deben estar pagados antes del 31 de marzo. En consecuencia, va a quedar la incertidumbre respecto de qué municipalidades van a usar el Registro y cuáles no. Alguien podrá decir entonces: "¡Pero si lo establece la ley!". Sin embargo, ya hay municipios que le están avisando a la gente: "Aquí no se utilizará el Registro. Venga y renueve su permiso de circulación". Y eso es una anomalía de la ley en proyecto; se trata de un subterfugio que permitirá a algunos anunciar: "Aquí no vamos a abusar con usted como en otros lugares".
Lo anterior -repito- deja en la incertidumbre al ciudadano, que no sabrá cuántos partes tiene y si lo van a notificar o no, y que, en conocimiento de que determinada municipalidad no aplicará el Registro, se va a cambiar a ella cuanto antes.
Eso no es bueno ni transparente. Y esta iniciativa no resuelve el problema.
Creo que el proyecto debe ser aprobado, pese a que no se encuentra afinado. Por eso, me declaro partidario de efectuar una comunicación. Debe haber trasparencia ante el país en cuanto a que no existirán inconvenientes para renovar los permisos de circulación y que, pese a la autorización concedida por las Cortes en el sentido de que los jueces de policía local decidan discrecionalmente, la norma debe ser pareja. De lo contrario introduciremos un elemento de discriminación odioso en la aplicación de la ley en proyecto.
Junto con votar a favor, reitero mi malestar por el modo como el proyecto y la idea en él concebida han sido manejados en toda esta etapa.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Cómo vota Su Señoría?
El señor MORENO.- A favor, señor Presidente. ¡Con vergüenza!

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Errázuriz por cinco minutos para fundamentar el voto.

El señor ERRÁZURIZ.- Señor Presidente, seré muy breve.
En primer lugar, he quedado sorprendido porque algo que es de conocimiento público, como es el mal funcionamiento de los fotorradares ¿mal llamados así, pues debiera hablarse de los "equipos de registro de infracciones", como los denomina la ley, que pueden ser de cualquier naturaleza-, ha dado origen no sólo a una nueva forma de competencia entre los municipios, como se ha hecho notar aquí, para los efectos de obtener recursos, sino que además ha servido para sobrepasar una vez más la autoridad y los fueros del Parlamento.
Quiero ser muy enfático sobre la materia. No pueden existir leyes discrecionales que permitan que un tercero, por su simple arbitrio, comience a aplicar normas que no hayan sido claramente precisadas por el legislador en su espíritu, en su sentido y en su texto. La legislación vigente no está siendo cumplida. Es obligación del Senado representar a las autoridades judiciales correspondientes que deben, primero que todo, hacerla cumplir y no interpretarla y aplicarla a su arbitrio para ganar plata. Aquí ha quedado en claro que no ha existido esa disposición por parte de ciertas autoridades, especialmente de aquéllas que están recaudando recursos por esta vía.
En consecuencia, todos los proyectos de ley que se presenten y que busquen regular de alguna manera la forma como se está actuando, sin antes establecer las normas reglamentarias para los efectos de permitir el uso de estos instrumentos de registro de infracciones ¿usemos los términos correctos-, no tienen cabida, por lo menos en mi manera de pensar. Y tampoco debieran ser recogidas por el Parlamento, pues, en definitiva, lo que está sucediendo es que se está tratando de validar y de autorizar comportamientos espurios, que sobrepasan el espíritu del legislador, reñidos con la ley y la letra clara de su texto expreso. Por lo tanto, no son aceptables, y los tribunales de justicia deben poner coto a situaciones como éstas.
No podemos dictar leyes para corregir lo que han hecho mal terceros que no las cumplen. Tampoco puede sostenerse que en este caso debe amnistiarse porque, no debiendo hacerlo, se aplicaron multas y sanciones. Debe establecerse que son nulas las sanciones y multas, por carecer de toda validez y de toda explicación razonable.
Por lo tanto, solicito formalmente oficiar a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y a los jueces de policía local, en especial a la asociación de magistrados que los agrupa, para los efectos de que hagan valer en sus respectivas jurisdicciones el texto de la ley, que establece claras disposiciones que deben ponerse en práctica, no sólo en la letra, sino en el sentido dispuesto por el legislador. Toda otra forma de interpretar la legislación, permitiendo libremente que terceros apliquen sus propios criterios ¿sobre todo distorsionados en este caso por el incentivo económico que ello significa-, no puede ser aceptada por esta Corporación. Ésa es la posición del Senador que habla.
Por consiguiente, me parece que este proyecto, como cualquier otro de esta naturaleza -es decir, que pase por sobre las disposiciones legales dictadas, aprobadas y vigentes-, no tiene ningún sentido.
Por lo expuesto, me abstengo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Novoa para fundamentar su voto.

El señor NOVOA.- Señor Presidente, manifiesto mi voto favorable en general al proyecto. No obstante, deseo colaborar a la discusión particular del mismo señalando lo siguiente.
En primer lugar, no cabe la menor duda de que el artículo 1º, que concede la amnistía, es necesario, porque de una u otra forma se han estado cursando infracciones que, en realidad, se han constituido en una modalidad abusiva de ejercer la ley.
En cuanto al artículo 2º, se puede presentar un problema que podría ser peor que la situación actual, ya que suspende la vigencia de unas normas cuyo propósito es precisamente que el uso de los elementos electrónicos se haga de la manera más cierta posible para evitar abusos. Si así ocurriera, mañana podrán instalarse fotorradares en cualquier parte. Creo que podemos incurrir en un error al suspender la vigencia de normas que exigen la dictación de reglamentos y una serie de otros resguardos en favor de los automovilistas.
En segundo término, como existen dudas en cuanto a si se cumplieron todos los requisitos o no, propongo que el artículo 2º del proyecto se redacte en forma más clara para reflejar el propósito que se persigue. Debería decir: "Sin perjuicio del cumplimiento de las normas establecidas en el artículo 4º" -que exigen la dictación de reglamentos y una cantidad de otros requisitos- ", suspéndese por el período de noventa" -o de ciento veinte días- "el uso de los fotorradares.". Estos instrumentos son los que están creando problemas. Si se suspende en general el empleo de los equipos de registro, Carabineros no podrá hacer uso de otros mecanismos en las carreteras, como los radares portátiles, para detectar los excesos de velocidad, lo que sería realmente un despropósito.
A mi juicio, lo que se pretende con el artículo 2º es dar una amnistía hacia atrás y fijar un plazo de 120 días -mientras se dicta la nueva ley- durante el cual el sistema de partes por fotorradares -que se cursan automáticamente sin la intervención de Carabineros- no podrá operar. Pero ello no se consigue con la redacción propuesta. Al contrario, podría ocurrir que, al suspenderse la vigencia de las normas a que se refiere el artículo 2º, los fotorradares sigan provocando estragos sin ninguna restricción de carácter legal.
El tercer punto que deseo abordar -al cual ya aludió la Honorable señora Matthei- guarda relación con un proyecto de ley que se ha presentado para tratar de cubrir de manera integral muchos de los temas que se han estado discutiendo. Y proponemos que sea analizado por la Comisión de Transportes tan pronto se reinicien las sesiones en marzo, pudiendo formulársele todas las indicaciones que los señores Senadores y el Ejecutivo estimen necesarias. De esa manera se avanzará bastante en la solución de problemas más profundos que los que se resolverán ahora con la sola amnistía.
Voto que sí.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En todo caso, solicito a Su Señoría hacer llegar a la Mesa la indicación concreta.
El último orador inscrito es el Honorable señor Prat. Después, continuaremos la votación en el orden que corresponde.

El señor PRAT.- Señor Presidente, el motivo central que origina los problemas que estamos tratando de corregir apunta a algo que se ha comentado muchas veces pero que nunca se ha resuelto. Me refiero al contrasentido de que fondos recaudados por aplicación de infracciones vayan en beneficio de los municipios. Debe corregirse definitivamente esta situación. Pero aquí se está yendo por caminos equivocados.
Creo que los fotorradares u otros elementos que la técnica y la iniciativa humana han creado hay que aprovecharlos, pero para buenos objetivos. El negarse a usar ese tipo de instrumentos significa prescindir de la tecnología que se halla disponible. El que no puedan existir registros de infractores, me parece que constituye una manera de ocultar la realidad, lo que es, también, inconveniente. Los registros de personas que incumplen la ley pueden ser útiles para distintos objetivos.
Por lo tanto, más que la ley en proyecto, que suspende la vigencia de los fotorradares, deberíamos elaborar una sola y sencilla normativa que señale que las multas por infracciones a la Ley de Tránsito irán a beneficio fiscal. Así eliminaríamos el origen de todos estos problemas. Creo que en la forma como se está legislando no vamos a avanzar mucho.
Me abstengo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, la votación se haría en forma económica.
Acordado.

El señor PRAT.- Señor Presidente, recién me abstuve. Sin embargo, me habría gustado fundamentar mi voto sobre la amnistía. Creo que en los actuales tiempos una amnistía general a las infracciones cursadas a través del sistema de fotorradares es una mala señal cuando se requiere orden¿
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En este momento se está tomando la votación. En su oportunidad, Su Señoría se abstuvo, y eso es lo que se registró.
--Se aprueba en general el proyecto (27 votos a favor y 3 abstenciones).


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión particular.
Corresponde pronunciarse sobre algunas indicaciones que se han formulado.
La primera, presentada por el Ejecutivo, tiene que ver con la redacción del inciso segundo del artículo 1º. Éste señala: "Si en el respectivo proceso hubiere recaído sentencia ejecutoriada que haya dado lugar a una anotación en el Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados y en el Registro de Multas de Tránsito No Pagadas,". La indicación tiene por objeto agregar la conjunción "o" a continuación de la letra "y". O sea, debe decir "y/o", a fin de que comprenda uno u otro Registro.

El señor LARRAÍN.- No existe la expresión "y/o".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Conforme. Entonces, reemplazamos la "y" por la "o".
¿Habría acuerdo?
--Se aprueba.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En seguida, respecto del artículo 2º hay dos indicaciones, las que se pueden refundir. Una ¿según entiendo habría acuerdo, pues fue planteada por la unanimidad de los Comités-, para reemplazar el plazo de 90 días por 120 días.
Si no hubiere objeción, se daría por aprobada.
--Se aprueba.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La otra indicación es para reemplazar el artículo 2° por el siguiente: "Sin perjuicio de lo señalado en los incisos segundo a séptimo de la ley Nº 18.290, agregados por el artículo 2º, Nº 1, de la ley Nº 19.676, suspéndese por el plazo de 120 días el uso de equipos de registros de infracciones, con excepción de los radares portátiles o de puño, utilizados por Carabineros de Chile.".
El señor Ministro me manifestó su acuerdo al respecto.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Se aprueba.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ha llegado una indicación del Senador señor Cordero, que me parece que está contemplada en la anterior.

El señor CORDERO.- La retiro, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Conforme.
--Se aprueba en particular el proyecto y, en consecuencia, queda despachado en este trámite.

La señora MATTHEI.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

La señora MATTHEI.- Señor Presidente, sólo deseo que quede claro que el uso de radares por parte de Carabineros está sujeto a que las velocidades máximas sean las fijadas mediante un procedimiento establecido en la ley Nº 18.290.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Eso no es materia del proyecto recién aprobado.

La señora MATTHEI.- Ocurre que ello no se está haciendo, porque hoy día se establecen límites, por ejemplo, de 30 kilómetros por hora como velocidad máxima que son absolutamente ilegales y Carabineros cursa multas por transitar a 35 kilómetros por hora.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El problema es que no se formuló indicación al respecto, y el proyecto se encuentra despachado en general y particular.

La señora MATTHEI.- Señor Presidente, señalo lo anterior sólo para los efectos de la historia fidedigna de la ley. Porque la normativa debería aplicarse y no se está haciendo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Quedará constancia de lo señalado por Su Señoría. Y si lo desea, se puede mandar un oficio, en su nombre, al General Director de Carabineros.

El señor ERRÁZURIZ.- Le ruego señor Presidente que agregue también mi nombre.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Así se hará.
Se enviará también el oficio que el Honorable señor Errázuriz pidió enviar a la Corte Suprema.

El señor CORDERO.- Y en mi nombre.

El señor SABAG.- También en el mío, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, se enviará el oficio en nombre de la Senadora señora Matthei, con la adhesión de los Honorables señores Errázuriz, Cordero, Sabag, Valdés y Fernández.
Acordado.

El señor LARRAÍN.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDIVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, aprobamos la amnistía para el pasado y la prohibición por 120 días del uso de fotorradares, con la excepción antes indicada. Pero la legislación que está vigente sigue vigente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Así es.

El señor LARRAÍN.- Por lo tanto, solicito que el Ejecutivo se preocupe de cumplir con lo establecido en la ley Nº 19.676, porque eso garantizaría que de aquí hasta que transcurran los 120 días tengamos un uso racional de los fotorradares. Y si a aquél no le gusta ese sistema, dispone de 120 días para proponer una alternativa. De lo contrario, realmente no habremos avanzado en el problema y en 120 días más nos encontraremos en la misma situación actual.

El señor NÚÑEZ.- Así lo entendió la Sala también.

El señor ERRÁZURIZ.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor ERRÁZURIZ.- Señor Presidente, los oficios -como señaló el Senador señor Larraín- tienen por objeto pedir que se haga cumplir la ley en la forma en que se halla establecida. Sin perjuicio de ello, durante el período que hemos acordado, el Ejecutivo propondrá las disposiciones correspondientes.
Por lo tanto, deseo saber si se enviarán en nombre de la Sala o sólo...

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No, en el nombre de los señores Senadores que los solicitaron.

El señor ERRÁZURIZ.- Es que fueron varios los que los pidieron.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se registraron todos los nombres de los señores Senadores que lo solicitaron, incluido el suyo.
III. FÁCIL DESPACHO

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde tratar las solicitudes de rehabilitación de ciudadanía.
Se va a constituir la Sala en sesión secreta.



SESIÓN SECRETA
--Se constituyó la Sala en sesión secreta a las 16:32 y adoptó resolución sobre las solicitudes de rehabilitación de ciudadanía de los señores Francisco Mario Eustacio González Caro, Carlos Enrique Godoy Parada, Miguel Segundo Ávila Ponce y Heriberto José Meléndez Valencia.
--Se reanudó la sesión pública a las 16:54.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Continúa la sesión pública.
IV. ORDEN DEL DÍA



FIJACIÓN DE LÍMITE MÁXIMO DE CAPTURA POR ARMADOR: ENMIENDA A LEY Nº 19.713


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Proyecto, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los Senadores señores Bitar, Lagos y Zaldívar (don Andrés), sobre modificación de la ley Nº 19.713, que establece como medida de administración el límite máximo de captura por armador, incorporando a las unidades de pesquería que indica en las zonas que señala el citado régimen de administración, con informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2777-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los señores Bitar, Lagos y Zaldívar,don Andrés).
En primer trámite, sesión 26ª, en 4 de septiembre de 2001.
Informe de Comisión:
Pesca y Acuicultura, sesión 25ª, en 22 de enero de 2002.

El señor HOFFMANN (Secretario).- La Comisión consigna en su informe que el objetivo principal de la iniciativa es incorporar las pesquerías de la sardina, la anchoveta y el jurel del área marítima correspondiente a la Primera y Segunda Regiones a la medida de administración pesquera denominada "límite máximo de captura por armador", regulada en la ley Nº 19.713.
El informe deja constancia de que, en conformidad a lo dispuesto por el artículo 127 del Reglamento del Senado, el proyecto fue discutido en general y particular a la vez, resultando aprobado por tres votos a favor, de los Senadores señores Martínez, Stange y Zaldívar, don Adolfo, y la abstención del Senador señor Horvath.
Cabe señalar que las normas contenidas en los tres numerales que conforman el artículo único deben ser aprobadas con quórum calificado, esto es, con el voto conforme de 25 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión general el proyecto.

Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, señores Senadores, el proyecto que se somete a la consideración de la Sala en su primer trámite constitucional tiene por objeto modificar la ley Nº 19.713. Su finalidad precisa es incorporar las pesquerías de la sardina, la anchoveta y el jurel del área marítima correspondiente a la Primera y Segunda Regiones a la medida de administración de pesquería denominada "límite máximo de captura por armador", regulada por el referido cuerpo legal.
La iniciativa está estructurada en un artículo único conformado por tres numerales. En los dos primeros se propone modificar los artículos 2º y 4º de la citada ley, y el tercero incorpora un artículo 4º transitorio a la misma.
Cabe prevenir que, de aprobarse dichas normas, deben serlo con rango de ley de quórum calificado, conforme lo exige el artículo 19, Nº 23º, de la Constitución, dado que se establecen limitaciones o requisitos para la adquisición del dominio de bienes, como son los peces.
Como antecedente es importante considerar que la medida de administración pesquera dispuesta por la ley Nº 19.713 ha cumplido con su propósito; ha tenido adecuado funcionamiento para el desarrollo sustentable de las pesquerías, y ha demostrado la conveniencia de extenderla a las pelágicas de la anchoveta, la sardina y el jurel en el área de las dos primeras regiones del país, pues son las únicas especies declaradas en plena explotación no sujetas al límite máximo de captura.
La aplicación del límite máximo de captura por armador ha significado varios beneficios en esta racionalización de la administración pesquera, entre ellos, la reducción de costos, el aumento de la competitividad de las empresas y la mayor regularidad de la actividad laboral vinculada al sector pesquero, como ha quedado demostrado en las áreas donde se ha puesto en práctica.
¿En qué consiste este régimen que se extiende a la Primera y Segunda Regiones para las tres especies mencionadas exclusivamente? Él se aplica a las pesquerías sujetas al régimen de plena explotación donde se ha fijado una cuota global anual de captura. Ésta se distribuye entre los armadores que operan en ellas de acuerdo a una cuota que se denomina "límite máximo de captura", que se obtiene de multiplicar el coeficiente de participación de cada armador ¿se refiere a la pesca industrial, no a la artesanal- por la cuota global anual. Para fijar dicho coeficiente de participación del armador existen dos criterios que se combinan: el primero considera las capturas obtenidas por el armador en determinado número de años anteriores a la fecha de aplicación de la medida, hecho denominado "elemento histórico"; y el segundo se calcula en función de la capacidad de bodega de las naves que operan en las pesquerías y en el área de pesca autorizada.
Es necesario recordar que el límite máximo de captura como medida extraordinaria de administración pesquera establecido en la ley Nº 19.713 rige hasta el 31 de diciembre de 2002.
El coeficiente de participación por armador combina la suma correspondiente al 50 por ciento del cálculo del coeficiente considerando las capturas, y el 50 por ciento del resultado del coeficiente teniendo en cuenta la capacidad de bodega de cada una de las empresas.
En definitiva, el proyecto propone incluir la sardina, la anchoveta y el jurel de las dos primeras regiones del país en la nómina de unidades de pesquería sujetas al régimen de cálculo que considera las capturas obtenidas dentro de determinado tiempo anterior a la resolución que fija el límite máximo y el régimen de cálculo basado en la capacidad de bodega de las naves.
Esta medida de administración ha tenido dos efectos sumamente importantes: primero, hizo desaparecer la llamada "carrera olímpica" en las áreas donde se ha aplicado, lo cual ha permitido racionalizar el uso de las embarcaciones disponibles; segundo, ha posibilitado racionalizar y planificar los movimientos de esas embarcaciones y agregar al producto obtenido mayor valor agregado.

El señor RÍOS (Vicepresidente).- Excúseme, señor Senador, por interrumpirle.
Ruego a Sus Señorías respetar el derecho de usar de la palabra del orador que está interviniendo.
Puede continuar, señor Senador.

El señor MARTÍNEZ.- Muchas gracias, señor Presidente.
Hago presente que no estoy hablando por el deseo de hacerlo, sino en cumplimiento del Reglamento del Senado. Por consiguiente, ruego que la Sala me preste la atención que corresponde.
El sistema ha traído dos grandes beneficios: uno, administrar en forma más consciente los medios de pesca disponibles, lo que, además, se ha traducido en la protección de la biofauna, al eliminar la "carrera olímpica" y limitar la captura máxima de las especies, sin que esto signifique una incidencia notable, como ocurría antes, cuando, como producto de dicha competencia, algunas empresas no obtenían su parte, al no estar protegida la capacidad de pesca disponible.
La otra ventaja ha sido el mayor valor agregado al producto pesquero, que permitió absorber la mano de obra que quedó disponible cuando el número de buques pesqueros se redujo al fijarse la cuota. Esto significó, por un lado, una disminución del personal embarcado y de flota; y por otro, la contratación de gente para procesar en forma más eficiente los productos y agregarles valor en las plantas de tierra.
En resumen, la aplicación de la normativa ha traído esos beneficios, por lo cual los señores Senadores que presentaron el proyecto han estimado que puede extenderse a las dos primeras regiones del país.
Había la duda respecto de la posibilidad de que esto pudiera afectar a los pescadores artesanales por el problema de perforación de la franja de reserva por los armadores industriales. La ley Nº 19.713 establece claramente que no puede haber más perforaciones que las establecidas al momento de entrar ella en aplicación.
Igual situación se está trasladando a las Regiones Primera y Segunda, donde existen numerosas perforaciones tomadas conforme a la legislación vigente y de acuerdo, primero, a los consejos zonales de pesca y, después, a los regionales.
Sin embargo, debe hacerse presente lo siguiente: la mayor actividad pesquera artesanal podría afectar -a lo mejor por exceso de explotación dentro del área de las perforaciones-, a los pescadores dedicados fundamentalmente a la extracción de mariscos, o sea, a los mariscadores.
Por lo tanto, a juicio del Senador que habla, no habría interferencia entre las labores artesanales e industriales.
Éstos son los antecedentes que puedo exponer respecto del proyecto en estudio, cuyo propósito ha sido explicado a los señores Senadores.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.

El señor RUIZ (don José).- Señor Presidente, en primer término, deseo aclarar que la ley Nº 19.713, que estableció el límite máximo de captura por armador, se originó a raíz del problema que enfrentaba la Octava Región, como consecuencia de la sobreexplotación del jurel y de una disminución importante en su "stock", lo que forzó un ordenamiento de la pesquería de tal especie en el área comprendida entre la Tercera y Décima Regiones.
En dicha zona se desataba la denominada "carrera olímpica", que consistía en que los armadores, una vez establecida la cuota global anual de captura, trataban de pescar el máximo número de especies con las naves que disponían hasta completar su cuota. Por lo tanto, se producía -lo cual es cierto- un mal aprovechamiento de la flota pesquera existente, que, además, ya estaba sobredimensionada.
En esa oportunidad, me opuse al respectivo proyecto de ley, no porque considerara que las medidas de fondo planteadas fueran malas, sino porque no consignaban el mecanismo contemplado en la propia Ley de Pesca, el cual establece la licitación de 5 por ciento de la cuota global anual hasta por 10 años, con el objeto de que se puedan entregar las cuotas individuales, pero después de una licitación pública efectuada a través de un proceso transparente.
En verdad la Subsecretaría de Pesca nunca estableció el reglamento que permitiera realizar tal licitación. Por lo tanto, jamás se han licitado cuotas en pesquerías declaradas en plena explotación.
Pero de qué estamos hablando ahora en el proyecto en análisis: de incorporar en las Regiones Primera y Segunda el límite máximo de captura como medida extraordinaria de administración, que rige hasta el 31 de diciembre del presente año. Ése es el primer elemento por considerar.
El segundo factor que se debe tener en cuenta se refiere a que en la Primera y Segunda Regiones, si bien es cierto se ha declarado la plena explotación y se encuentra cerrado el acceso -por lo tanto, ningún empresario ni buque puede ingresar aparte de los ya autorizados-, no existe y nunca ha existido cuota global de captura. Jamás la Subsecretaría de Pesca estableció una.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Excúseme la interrupción, señor Senador.

El señor RUIZ (don José).- No hay problema, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Quiero pedir autorización para que ingrese a la Sala el señor Subsecretario de Pesca y la Asesora de esa Cartera, señora Edith Saa, que ya participó en la Comisión respectiva.
--Se accede.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede continuar el Honorable señor Ruiz.

El señor RUIZ (don José).- Reitero que nunca se ha establecido una cuota global; por lo tanto, las empresas y naves hoy autorizadas para pescar en las referidas regiones pueden capturar todo lo que quieran y en la época que se les ocurra, excepto cuando hay veda.
En consecuencia, allí no existe la denominada "carrera olímpica", y los empresarios se pueden ordenar perfectamente sin necesidad de establecer una cuota individual de captura por armador.
Uno se pregunta, entonces, por qué debe estipularse algo así. Daré un solo ejemplo sobre cuál es el trasfondo de esto.
La empresa pesquera "La Península S.A.", que opera en el área -especialmente en la Segunda Región-, pero con volúmenes bastante menores por decirlo de alguna manera, se presentó a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura del Senado manifestando su oposición al proyecto. Argumentaron que, de acuerdo a los antecedentes que tenían en su poder, no se justificaba el establecimiento de una nueva medida de administración, y que su oposición se debía a que con tal medida se podía crear una suerte de monopolio, porque la empresa más grande existente en la zona tendría copado alrededor del 80 por ciento de las capturas. En tal virtud, solicitaron que, por intermedio del Senado, se oficiara a la Fiscalía Nacional Económica, instándola a pronunciarse sobre el asunto.
La Corporación, acogiendo esa petición, envió el respectivo documento al señor Fiscal Nacional Económico, quien respondió en noviembre del año pasado lo siguiente: "En conclusión, estima este Fiscal que la aprobación de la moción de proyecto de ley modificatorio de la Ley Nº 19.713 y, por tanto, la aplicación de las medidas de administración de esa ley a las unidades de pesquerías de la anchoveta, la sardina española y el jurel en el área marítima correspondiente a las I y II Regiones podrían afectar a la libre competencia en dicho mercado, por la vía de consolidar la posición de la empresa dominante en un grado excesivo.".
Curiosamente, después de emitido el dictamen del señor Fiscal, la empresa en cuestión ("La Península S.A.) envió un oficio al Senado en los siguientes términos: "Aclarando la posición de nuestra empresa respecto a lo argumentado durante nuestra asistencia a la Sesión de esa Comisión del día 3 de Octubre pasado, a la cual fuimos amablemente invitados, debemos señalar a Ud., que respaldamos absolutamente el sistema de límite máximo de captura como método de administración de pesquerías en estado de plena explotación.".
Aquí sólo cabe decir: ¡Exijo una explicación! Porque los argumentos de esa empresa nos llevaron a oficiar a la Fiscalía Nacional Económica, que emitió un pronunciamiento, y después aparece dicha pesquera señalando que está de acuerdo.
En definitiva, creo que se deben considerar otras materias más de fondo.
La Ley de Pesca, en su artículo 3º, entrega entre otras atribuciones a la Subsecretaría de Pesca la fijación de cuotas anuales de captura por especie en un área determinada (correspondiente a la letra c) de esa disposición; y, en su artículo 26, establece: "En las pesquerías sujetas al régimen de plena explotación, se podrán fijar cuotas globales anuales de captura para cada unidad de pesquería, las que regirán a partir del año calendario siguiente. No obstante lo anterior, para el año de la declaración del régimen de plena explotación, se podrá también fijar cuotas globales anuales de captura para cada unidad de pesquería, las que regirán ese mismo año.".
Como ya se encuentra fijado el régimen de plena explotación de las Regiones Primera y Segunda, no se podría determinar una cuota global durante un año, ya que tiene vigencia la del anterior. Vale decir, el presente año podría fijarse la cuota global para dicha zona a fin de que rija para el próximo. Pero la normativa que se está modificando tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de este año. En consecuencia, una vez que se promulgue la ley en proyecto, será absolutamente inaplicable, pues no habrá cuota global establecida y, por lo tanto, sin ella, será imposible determinar un límite máximo de captura por armador.
Tengo la impresión de que aquí se busca otra cosa.
El Gobierno anunció que enviará el próximo año un proyecto de ley para introducir modificaciones de fondo en los regímenes de administración de la pesquería, basándose en el buen resultado mostrado por el sistema que opera en la zona sur y que desea consolidarlo, pero que precisa de algunas enmiendas para despejar las dudas generadas por el hecho de que, a veces, pareciera existir muy poca transparencia en los mecanismos de asignación de cuotas de captura.
Personalmente he insistido en que uno de los sistemas básicos en el cual debe basarse la administración de empresas que sea transparente para el país es el de las licitaciones públicas, que debe tomar los resguardos del caso para que nadie pueda reclamar y decir que aquí existen "arreglines" entre cuatro paredes o que se está distorsionando la información.
Agregaré sobre el particular que en la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura recibimos fotos de buques que, pese a que llevaban 4 ó 5 años varados en la playa, figuraban con determinados porcentajes de cuotas anuales de captura, en circunstancias de que estaban inutilizados.
Si este proyecto de ley es aprobado hoy en el Senado, deberá pasar en marzo a la Cámara de Diputados y, a lo mejor, será remitido a esta Corporación para un tercer trámite. Esto significa que, con suerte, estaremos legislando sobre la materia a mediados de año, no obstante que el Ejecutivo debería enviar al Congreso, en marzo o en abril, un proyecto definitivo en el que se considere la situación de las administraciones pesqueras de todo el país, como también las circunstancias y condiciones de cada área. Y, sin embargo, tendremos además que abocarnos al estudio de una iniciativa que será imposible aplicar, porque no existe cuota global. Ésta, de acuerdo con la ley vigente, no se puede dictar sino hasta el próximo año.
Por lo tanto, señor Presidente, solicito que el proyecto vuelva a Comisión, para que sea objeto de un análisis más profundo, o, en su defecto, que la Sala lo rechace, porque, a mi juicio, carece de sentido y es una mera especulación para quienes tienen inversiones en la zona norte.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
No sé si Su Señoría puede conceder una interrupción al Senador señor Martínez.

El señor HORVATH.- No hay ningún problema, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.

El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, es necesario señalar que en la discusión de esta materia ha participado también la Subsecretaría de Pesca.
La medida que se propone a través del proyecto calza dentro del texto de la ley Nº 19.713, y su propósito esencial -lo reitero- apunta exclusivamente a mejorar aspectos de administración.
Si bien en este momento no existe una cuota global en la zona, ya que la Subsecretaría de Pesca nunca la ha aplicado, la legislación, sin embargo, permite hacerlo desde el instante mismo en que sea publicada la ley.
Lo que se pretende mediante esta iniciativa es uniformar una situación que abarca a todo el territorio nacional. En este sentido, no observo otro alcance o comentario que no sea el de mejorar una administración y reducir un esfuerzo pesquero que está absolutamente sobredimensionado en la zona, haciéndolo manejable.
En general, todas las empresas del sector concuerdan en que el proyecto les interesa, y sus dudas en torno al efecto negativo que podría tener en algunas comunidades de pescadores artesanales, por el problema de la perforación, quedan descartadas, porque éste no las afectará.
Muchas gracias.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.- Señor Presidente, en términos generales, deseo manifestar que existen cinco regímenes de pesca industrial en el país. Uno dice relación a la cuota global. Otro se refiere a la fijación o limitación de esfuerzo, medido conforme a la capacidad de bodega de las naves. Dos corresponden a cuotas individuales, que inciden en la pesca incipiente y la pesca en recuperación, las cuales han sufrido cierto colapso o se han visto amenazadas por otra causa. Y, finalmente, un quinto tiene que ver con el límite máximo de captura por armador, donde se conjuga la pesca histórica, en un 50 por ciento de peso relativo, con la autorizada.
Efectivamente, el régimen de límite máximo de captura permite ordenar el sistema. Cada empresa sabe lo que debe extraer, conforme a una cuota global fijada anualmente, la cual distribuye en el tiempo, evitando alguna competencia que le signifique sobredimensionar su capacidad pesquera, y regular en mejor forma su situación laboral, entre otras ventajas.
Por eso, ese quinto régimen fue aprobado para todas las pesquerías, desde la Segunda Región hacia el sur. Y hoy día se somete a nuestra consideración el establecer este sistema para las del norte -dedicadas fundamentalmente a la extracción de sardinas, anchovetas y jureles-, en lugar del régimen de limitación por esfuerzo.
Las pesquerías de esa zona son del tipo pelágicas. Por lo tanto, tienen amplia distribución y no son muy fijas. A esto obedece el hecho de que para ellas se hubiese contemplado un sistema de esfuerzo y no de cuotas, porque éstas son muy difíciles de establecer. Sin embargo, un estudio realizado por la Subsecretaría del ramo señala que, conforme a la experiencia pesquera en los dos primeros meses del año, es posible prefijar de alguna manera la cuota a distribuir para el resto del año, y con estos antecedentes determinar los porcentajes sobre la base - repito- de una combinación entre pesca histórica y pesca autorizada.
Sin embargo, el asunto es que, cuando se establecen porcentajes respecto de ciertas especies, se pueden generar algunas distorsiones, como, por ejemplo, el descarte, conforme al cual si la captura de determinadas especies, que es descontada de la cuota asignada a cada una de las empresas, tiene poco valor o no cumple con determinadas normas, no es llevada a puerto y, por lo tanto, se bota en alta mar o en el área de pesca. En el fondo, es destruida.
Otro caso se refiere a la fauna acompañante, donde hay poco control con las especies que pueden tener otro valor agregado y que están incluidas dentro de este tipo de pesca; sobre todo, cuando van a reducción y se convierten en harina de pescado.
Por otra parte, deseo hacer presente que existen algunas aprensiones o dudas en lo referente a la pesca artesanal, a la que ahora también se le fijaría una cuota.
La primera apunta a la mayoría de ellas. Prácticamente todas las áreas -esto resultó difícil incluirlo en el informe, pero de alguna manera hay que señalarlo-, con algunas excepciones relacionadas con aquellos puertos donde existe clara presencia de pescadores artesanales, son objeto de perforaciones, toda vez que estas pesquerías se desarrollan, a lo menos, desde la milla uno de la línea del borde costero hacia el exterior.
Sobre el particular, convendría saber si realmente la distribución de los pescadores artesanales obedece o no a esas perforaciones. En el fondo, deseo preguntar lo siguiente al señor Subsecretario de Pesca: ¿es factible esperar hacia el futuro una mejor distribución territorial de los pescadores artesanales y ocupar de manera efectiva el litoral de nuestro país, particularmente el de las dos regiones para las cuales estamos legislando?
La segunda aprensión se refiere al caso del jurel, a cuyo respecto debo señalar que el que se extrae en la zona norte corresponde a una especie que se encuentra en etapa juvenil. Esto ha generado un mayor grado de preocupación, porque incluso las pescas de investigación se están autorizando bajo talla mínima. Sin embargo, se trata de la misma especie que después, por ser pelágica, migra hacia el sur y es capturada en otras zonas. Y si abrimos la posibilidad de captura por porcentajes, en cuotas que no sean las adecuadas, podríamos afectar a las pesquerías del sur.
Por lo tanto, deseo tener una mayor aclaración con respecto al jurel y preguntar si hay realmente algunos mecanismos de seguridad para evitar estos efectos perversos. Además, es la especie que más flota acompañante trae, como es el caso de la caballa, que podría tener un valor bastante mayor fuera de lo que significa la pesquería de reducción.
Me gustaría, en la medida de lo posible, que esas dudas pudieran ser aclaradas en este debate.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No sé si el señor Subsecretario desea contestar inmediatamente.

El señor SANDOVAL (Subsecretario de Pesca).- Sí, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Subsecretario.

El señor SANDOVAL (Subsecretario de Pesca).- En primer lugar, deseo manifestar que para nosotros es muy difícil ver alguna manera de distribuir la pesca artesanal. Además, se desarrolla en un área bastante extensa, entre la Primera y la Segunda Región, y los pescadores están concentrados en algunas caletas. Por eso, las penetraciones son distintas según las áreas establecidas de que se trate. De modo que es prácticamente imposible hacer el ordenamiento.
En segundo término, a nuestro juicio, es bueno que en el país exista un sistema único de ordenamiento. Y en este sentido consideramos que es positivo el proyecto, pues va en la misma línea de la modificación que deseamos introducir a la actual Ley de Pesca, que es transitoria y cuya vigencia termina a fines de este año. Pensamos que ella debería implementarse para todo el país y sobre la base de un sistema de límite máximo de captura.
Ése es un buen antecedente en lo que dice relación a la continuidad de la normativa, no sólo para la zona en la que hoy se aplica, sino para todo el país.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente, la actividad pesquera industrial se desarrolla en la zona norte desde hace varias décadas y constituye una de las principales fuentes generadoras de empleo. También hace un importante aporte a la economía regional y nacional, ya que anualmente se producen aproximadamente 365 mil toneladas de harina de pescado y 45 mil toneladas de aceite de pescado, que representan el 40 por ciento de la producción chilena, y se efectúan ventas por 200 millones de dólares al año, destinadas principalmente a la exportación.
La administración pesquera ha continuado efectuándose en esa zona, en términos similares a como se hizo respecto de las pesquerías pelágicas de la zona centro-sur, hasta antes de la dictación de la ley Nº 19.713, de 25 de enero de 2001, que estableció límites máximos de captura por armador. Esta ley se hizo aplicable a las principales pesquerías del país; sin embargo, no rigió para la zona norte, en la cual se han acrecentado los problemas, que antes fueron comunes para las otras pesquerías y que éstas resolvieron con el texto legal.
En efecto, la aplicación de la ley Nº 19.713 para dichas pesquerías ha arrojado un buen resultado, ya que la fijación de cuotas individuales de captura por armador pesquero ha permitido a la industria reducir sus costos, aumentar la competitividad, imprimir mayor regularidad a las actividades laborales y no tener verdaderos temporeros de la pesca.
Por eso, resulta imprescindible incorporar a las pesquerías de la zona norte al régimen de la ley mencionada. Ello permitirá a las empresas, tal como ocurrió en el resto del país, ordenar su operación pesquera, minimizar la permanente incertidumbre propia de este rubro y contar con un horizonte de planificación de faenas, que se traduce en estabilidad de largo plazo tanto para ellas como para sus trabajadores.
La incorporación de la actividad pesquera de la zona norte a la ley Nº 19.713 no tendrá consecuencias negativas en el empleo porque las compañías ya hicieron sus ajustes y el personal con que actualmente cuentan es el que se requiere para un funcionamiento estable.
En documentos de que disponemos aparecen concentrados determinados porcentajes de la pesquería. Se habla de 80 por ciento, pero la verdad es que esas empresas pudieron seguir operando precisamente porque se unificaron. De lo contrario, la crisis pesquera que se prolongó hasta hace pocos meses habría sido aún más negativa.
La Comisión ha constatado que los sindicatos de trabajadores, tripulantes, patrones de pesca en general y los de tierra, están absoluta y totalmente de acuerdo en que se apruebe el proyecto en debate.
Con relación a los pescadores artesanales, es efectivo que algunos reclaman por las perforaciones que ejecutan ciertas embarcaciones. Pero, ¿por qué ocurre eso? Porque estamos hablando de plataforma y de un sistema de pesca pelágica. Los cardúmenes tienden a dirigirse a tierra. Por lo tanto, si no se permiten esas perforaciones -por lo demás, se efectúan de común acuerdo con los Consejos de Pesca y con los propios gremios de pescadores artesanales- esas especies no serían capturadas. Los mayores volúmenes de pesca mediante perforaciones se obtienen especialmente cerca del límite con Perú, donde no hay participación pesquera artesanal.
Reitero que los pobladores del norte, así como los gremios, los sindicatos y el sector empresarial están realmente interesados en la aprobación del proyecto (que presentamos junto con otros Senadores), porque permitirá dar estabilidad al sistema y terminar con esa suerte de temporeros de la pesca.
Debemos tener presente que la industria pesquera ha sido siempre, en períodos de alta y de baja, la más estable en la economía regional.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Adolfo Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Señor Presidente, no es bueno entrar a ideologizar en cosas que más bien son de orden práctico. No alcanzo a comprender por qué tiene que regir una norma legal para determinada parte del país y otra distinta para el resto si en ambos casos las razones son las mismas.
Por motivos que no es del caso precisar esta tarde, se aprobó una muy buena legislación para las zonas pesqueras existentes entre la Tercera y la Duodécima Región. Se logró una buena racionalización de la actividad mediante el sistema de cuota máxima de captura por armador. Eso ha resultado beneficioso, pues ha redundado en un buen manejo e incluso, en materia de empleo, al menos en la Undécima Región, significó en breve plazo la creación de sobre mil puestos de trabajo en un sector donde laboraban 3 mil a 4 mil personas.
Por lo tanto, si la ley Nº 19.713, que fijó una cuota global anual de captura por armador ha sido beneficiosa para importantes Regiones del país, no diviso por qué no puede serlo también para la zona norte. Existe idéntica justificación para ello.
El señor Subsecretario señaló aquí que el Gobierno tiene la intención de enviar un proyecto de ley para que esta norma, que es transitoria y regirá hasta el año 2002, se transforme en permanente y obligatoria para todo el país.
Pienso que debe darse ese paso a fin de que la Subsecretaría de Pesca tenga el manejo necesario y en el futuro contemos con disposiciones legales que vayan regulando un sector tan sensible y a veces con tantos problemas sociales como el pesquero.
Por eso, es conveniente aprobar esta iniciativa en la forma en que viene planteada, a fin de que rija en la Primera y Segunda Región.
En seguida, quiero aclarar un punto que con toda razón abordó el Senador señor Lagos.
La pesca pelágica es diferente de otro tipo de pesquería. No es una pesca de profundidad, sino de superficie, en que las especies hidrobiológicas, fundamentalmente la anchoveta, por su fragilidad y otra serie de factores, tienden a llegar a la costa. Por eso, para poder trabajar estos importantes recursos se han autorizado perforaciones.
Ese hecho no ha producido conflicto con los trabajadores artesanales. Muy por el contrario. Entonces, ¡para qué pretender dejar sentado acá un precedente teórico que no existe en la práctica, en cuanto a que habría conflicto con los pescadores artesanales! ¡No! Los conflictos con este sector se han generado más bien en otras zonas, no en el norte.
A continuación deseo despejar otro aspecto.
La Fiscalía Nacional Económica hizo llegar a la Comisión un informe que adolece de un error bastante grueso: se refiere a una actividad monopólica. ¡No es así! En la zona norte esta pesquería representa el 18 a 19 por ciento del producto total de Chile en este recurso.
En consecuencia, ¡de qué actividad monopólica se habla! Al contrario, en el norte dicha actividad es muy inferior a la que se realiza en el sur. Ahora, el que por diversas razones en la Primera y Segunda Región se haya producido una concentración de armadores no debe preocuparnos. Ello se debió en gran parte al sistema anterior, y de seguir con él los únicos perjudicados serán los trabajadores, que respaldan la presente iniciativa porque asegura su fuente de empleo y, sobre todo, porque el hecho de poder llevar a cabo esta actividad en forma más tranquila y tener ella mayor lógica, puede implicar lo que sucedió en el sur, particularmente en la Undécima Región: la obtención de mayor valor agregado y, por ende, más puestos de empleo.
A mi juicio, existen sobradas razones para buscar la uniformidad legal. Más allá del principio de que debe aplicarse la misma norma cuando existe idéntica razón, siempre debe haber igual disposición cuando los intereses en juego son semejantes. De no ser así, a través de situaciones de excepción sólo lograremos tener un país anarquizado y una situación empresarial que no responderá a normas lógicas, sino a intereses y privilegios.
Ante circunstancias tan claras como las expuestas y, en especial, a lo apuntado por el señor Subsecretario, me parece positivo para la actividad pesquera, los trabajadores, los empresarios y, en definitiva, para contar con una actividad estable después de que ha enfrentado bastantes situaciones anómalas y de emergencia, que existan normas legales claras, a fin de que todos sepan a qué atenerse y pueda haber más empleo, mejores remuneraciones y adecuadas condiciones para los trabajadores tanto de las plantas como de los barcos que llevan a cabo esta actividad.
Por lo expuesto, apoyo el proyecto, en el bien entendido de que el Gobierno enviará pronto al Congreso una norma legal que permita desarrollar estas actividades con mayor tranquilidad y con beneficio para toda la sociedad.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.

El señor NÚÑEZ.- Señor Presidente, todos recordamos que la discusión del proyecto que dio origen a la Ley de Pesca demoró tres años. Y el debate todavía no termina, porque aquí mantenemos puntos de vista diferentes, que hemos ido armonizando en el tiempo, respecto a la eficacia de esa legislación.
Lo cierto es que durante la Administración anterior y la actual hemos estado esperando el envío de una iniciativa de ley que modifique las partes sustantivas, a todas luces deficientes, a fin de dar cuenta de las distintas sensibilidades y dificultades existentes en la industria pesquera de nuestro país.
Chile, felizmente, no es igual en el norte que en el sur. Hay condiciones muy disímiles, no sólo desde el ángulo orográfico, sino también desde el punto de vista de la composición y característica de sus mares. En consecuencia, las industrias tienen que adaptarse a las condiciones que se dan en cada Región.
Con esto no estoy defendiendo el actual estatus de la Primera y Segunda Regiones, sino sosteniendo que el tema en general merece un debate mucho más a fondo.
Por eso, corresponde llevar a cabo la discusión pertinente, por supuesto no hoy, el último día -en la práctica- del presente período legislativo. Porque -digámoslo con franqueza- se trata de una materia particularmente delicada, complejísima, que no todos los Senadores estamos en condiciones de profundizar muy técnica y asertivamente. Difiero, por ejemplo, de lo señalado con relación a los pescadores artesanales. En esa área tenemos una situación bastante compleja en cuanto a las ventanas. Éstas no siempre son producto de la disposición favorable de los pescadores artesanales, sino que emanan de situaciones de hecho que se registran dentro de las cinco millas. A raíz de ellas ha habido huelgas y todavía existen manifestaciones en varios puntos del país. No todo el mundo artesanal se encuentra en las mismas condiciones que, al parecer, se presentan en la Primera y Segunda Regiones. No es el caso -por lo que conozco- de la Tercera y la Cuarta, donde los pescadores artesanales enfrentan situaciones que no necesariamente guardan armonía con las de pescadores industriales o las de industrias pesqueras mayores.
Por consiguiente, si el señor Subsecretario nos anunció, ahora formalmente, que tendremos la posibilidad de conocer más a fondo los resultados de la aplicación de las últimas reformas introducidas a la ley Nº 19.713 y de exponer nuestros puntos de vista sobre una materia tan compleja, y no sólo en relación a la Primera y Segunda Regiones, me parece conveniente llevar a cabo un debate adecuado, con la calma necesaria.
Entiendo, incluso, que entre las enmiendas pretendidas figura el cambio de los consejos zonales y de los consejos regionales. Ello me parece absolutamente necesario, pues la actual distribución de los consejos regionales, por ejemplo, obedeció a criterios de hace unos siete años y que hoy no guardan relación alguna con las realidades que se han ido construyendo.
Por tales razones, en virtud de las normas reglamentarias, solicito segunda discusión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Errázuriz.

El señor ERRÁZURIZ.- Señor Presidente, éste es un asunto apasionante y muy complejo. Se discutió mientras este Senador no estaba presente en la Corporación, así que no pude hacer ver...

El señor NÚÑEZ.- Perdón, señor Presidente, pero yo pedí segunda discusión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La solicitud de segunda discusión, Su Señoría, no impide llevar a efecto la primera hasta terminarla. Y hay Senadores inscritos.

El señor NÚÑEZ.- Entiendo que, reglamentariamente, no es así.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Así es, señor Senador.
En la primera discusión, tiene la palabra el Honorable señor Errázuriz, y luego, la Senadora señora Matthei.

El señor ERRÁZURIZ.- Señor Presidente, la ley Nº 19.713 estableció cuotas globales, y a la vez, los límites máximos por armador.
Mucho se habló de la carrera olímpica, que había que evitar. Pero quiero hacer notar que carrera olímpica existe siempre en la actividad privada.
La fórmula de plantearse frente a la actividad pesquera limitando el número de quienes se hallan en el mercado me recuerda períodos pasados de nuestra historia, cuando, para que no hubiese carrera olímpica, se concedía permiso a una sola botica o farmacia por barrio, o a un supermercado por zona, considerando el número de personas que residían allí y sus ingresos.
En verdad, las limitaciones que fijó la ley Nº 19.713 evitaron la libre competencia, disminuyeron la inversión requerida por cada armador industrial pesquero, mejorando su propia rentabilidad, su negocio, porque con menor inversión puede ganar lo mismo. Pero a nivel nacional, del país, de renta de la nación, se minimizó. ¿Por qué? Porque con menor producción, obviamente, se exporta menos y, por lo tanto, los ingresos son inferiores. Todo esto, para proteger el recurso, lo que parece muy razonable visto desde esa perspectiva.
Sin embargo, seamos claros y entendamos bien: eso, para Chile, no ha sido conveniente, salvo que se esté protegiendo la biomasa. Y esa información debemos obtenerla de la Subsecretaría del ramo, porque no hay -por lo menos hasta donde sé- información coherente sobre el particular.
Lo que sí está claro son los resultados: se ha producido una concentración espectacular en la propiedad, en el poder de las empresas industriales, que han logrado comprar cuotas, adquirir derechos hasta de los pescadores artesanales, a quienes muchas veces han sacado de sus espacios, o en otras oportunidades, lisa y llanamente han enfrentado.
Me encantaría saber si ello ha significado o no un aumento de la biomasa. Por la información que tengo, eso no ha ocurrido, pues existen razones distintas.
Lo que sucede con la pesca pelágica (es decir, la de peces que podríamos llamar "nómadas") versus la demersal es que son diferentes. Por consiguiente, las realidades no son iguales en el norte, en el centro-sur y en el sur. Necesariamente difieren, porque son pesquerías disímiles, y por ello no podemos mezclarlas para regirlas por una sola ley pareja, común.
Como informó el Fiscal de la Comisión Antimonopolios, quedará monopolizada por completo la actividad en la zona norte a través de la ley en proyecto, más de lo que ya está; porque, de hecho, eso ya aconteció.
Ello también ocurrió, casi con las mismas empresas, en la zona centro-sur. La situación se repite. Diversas empresas tienen 85 por ciento de la pesca en la zona norte, y otra empresa, situada en la zona sur, 10 por ciento. Así que, en la práctica, hoy existe ya una concentración casi absoluta en el norte.
Todo eso, en mi opinión, debe ser considerado en conjunto con Perú. Si no, podríamos estar protegiendo determinada biomasa para que fuera capturada en ese país. Y podría ser muy buen negocio trasladar las actividades de Iquique, o de Tocopilla, o de Arica al sur del Perú para capturar los mismos peces que los chilenos cuidan.
Sobre la materia, me parece indispensable coordinarse con las autoridades peruanas para aplicar, sobre todo en zonas limítrofes, políticas coherentes y comunes.
Recordemos que estamos hablando de pesca pelágica, fundamentalmente. Y recordemos también qué ha sucedido en el último tiempo.
Mientras en el sur se limita la pesca de jurel, al grado de prohibir a los barcos pesqueros chilenos (y me encantaría que el Senador y Almirante señor Martínez Busch escuchara esto) rebasar las 200 millas, toda la zona centro-sur, más allá de las 200 millas, está plagada de barcos chinos que capturan la misma especie que nosotros no pescamos en nuestras aguas territoriales.
No sé por qué hay que cambiar bandera para pescar afuera lo que no se puede extraer aquí, conquistando el mar presencial, bien bautizado así por el señor Almirante en su oportunidad.
Se trata, entonces, de una materia apasionantemente compleja, por el grado de desconocimiento que tenemos respecto de ella.
Imagino que, cuando los hombres iniciaron sus actividades sobre la tierra, debe de haber sido igualmente complicado fijar normas que hoy ya están reguladas por la usanza, por la ley o por la costumbre. Y del mar sabemos poco.
Sin embargo, las pesquerías de la zona sur han significado en definitiva, por ejemplo, que la captura del jurel -especie que crece y se mueve hasta el otro lado del Pacífico- en el norte de Chile haya crecido en 98 por ciento -de 124 mil a 245 mil toneladas-, y la de la caballa, pesca acompañante -base de la pesca acompañante también del atún, junto con los rayados-, en 152 por ciento (de 56 mil a 143 mil toneladas).
Entonces, sucede que en la zona centro-sur se cuidan los pececitos para que los capturen en el norte de Chile o en el Perú, o bien, se dejan salir más allá de las 200 millas para que los extraigan terceros.
Pienso que la materia amerita un análisis muy profundo, donde a la Subsecretaría del ramo cabe una enorme responsabilidad, porque necesitamos saber qué está ocurriendo. Estamos aprendiendo, señor Presidente, y todos queremos hacerlo bien; nadie desea equivocarse. No se trata de proteger ni de desproteger intereses, sino de legislar adecuadamente, para que ojalá aumenten los recursos no renovables en comento, que todos debemos cuidar, para no depredar esa gran fuente de riqueza nacional.
Empero, ello no significa que lo hecho de determinada forma en la zona centro-sur debe hacerse igual en el norte del país. Las pesquerías del centro-sur y las del norte no siempre son similares. No me parece razonable, por ejemplo, que en las primeras existan limitaciones tales que impidan capturar peces que después se extraen en la zona norte.
Por lo tanto, las legislaciones de uno y otro lado deben, no igualarse, sino coordinarse, para regular la captura de las especies correspondientes.
Gracias, señor Presidente

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Está inscrita en último lugar la Senadora señora Matthei, quien tiene la palabra.

La señora MATTHEI.- Señor Presidente, haré algunos comentarios y formularé preguntas al señor Subsecretario de Pesca.
Primera pregunta.
El Honorable señor Horvath sostuvo que el jurel del norte y el del sur son la misma especie. Añadió que en el norte se halla en estado juvenil y que, por lo tanto, pescarla ahí puede significar después carecer de disponibilidad del recurso en su fase adulta en el sur.
Sin embargo, he escuchado otras opiniones, en el sentido de que se trataría de una especie distinta y que la del norte, debido a la temperatura del agua, sería naturalmente más pequeña.
Antes de proseguir mis comentarios, me gustaría escuchar acerca de esta materia la respuesta del señor Subsecretario, que el Senador señor Horvath ya había requerido, sin éxito, en otro sentido.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Subsecretario.

El señor SANDOVAL (Subsecretario de Pesca).- Señor Presidente, la mayoría de los técnicos que revisaron los informes el año pasado para la fijación de la cuota del 2002 opinó que se trataba de la misma especie.
Empero, la discusión está abierta, y a partir del año en curso, para corroborar si se trata de una sola especie o de dos distintas, se efectuarán estudios especiales, a través del sistema de marcaje, que posteriormente se chequea. El proceso puede durar dos a tres años. Además, eso nos posibilitará saber si, a una misma edad, el jurel tiene un tamaño distinto en el norte y en el sur.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Recupera la palabra la Honorable señora Matthei.

El señor ERRÁZURIZ.- ¿Me concede una interrupción, señora Senadora?

La señora MATTHEI.- De un minuto.

El señor ERRÁZURIZ.- Seré muy breve.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Errázuriz.

El señor ERRÁZURIZ.- Señor Presidente, no se sabe si es la misma especie; todo indica que sí lo es. Los tamaños de los peces necesariamente son distintos, pues los medios donde crecen son diferentes: unos lo hacen en aguas más cálidas, y otros, en aguas más frías. Por lo tanto, se piensa que son más chicos mientras están en aguas más calientes, y más grandes, cuando pasan a aguas más frías, donde su tamaño aumenta porque son peces de aguas frías.
Ésas son las diferencias existentes entre una y otra pesquería. Y por eso señalaba yo que aquí el gran problema es nuestra propia ignorancia.
Gracias, señora Senadora.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.

La señora MATTHEI.- Señor Presidente, me alegra que el próximo año se vayan a realizar los estudios anunciados por el señor Subsecretario, porque la pregunta sobre si se trata de la misma especie la vengo escuchando desde 1991, cuando por primera vez discutimos la Ley de Pesca. Y, obviamente, se requiere el marcaje, para determinar si es la misma especie que completa su ciclo en otras aguas, etcétera.
Sin duda, resulta complicado legislar cuando no se tiene ese tipo de certeza. Y, dada la gran cantidad de divisas que produce la actividad pesquera, pienso que deberíamos invertir en investigación algo más de lo que se está gastando.
En segundo lugar, desde el punto de vista de las perforaciones, concuerdo en parte con el Honorable señor Núñez, pero también con lo sostenido por otros Senadores, como el Honorable señor Lagos.
Por un lado, la anchoveta es una especie que, en general, se pesca entre la primera y quinta millas; además, por las características de las artes de pesca, nunca la extraen los pescadores artesanales. Por lo tanto, impedir las perforaciones necesarias para capturarla significa lisa y llanamente perder ese recurso, que al final muere sin que nadie lo aproveche. Y eso, desde el punto de vista nacional, constituye un desperdicio.
Sin embargo, por otra parte, es claro que los pescadores artesanales se sienten muy desprotegidos frente a las perforaciones ilegales, que son las que molestan.
En tal sentido, desde hace mucho tiempo hemos reclamado mayor fiscalización y, sobre todo, multas bastante más fuertes para quienes perforan lugares no autorizados o para las embarcaciones que no cuentan con los permisos de rigor.
En la Cuarta Región, he acompañado a los pescadores artesanales de Coquimbo para solicitar a la Gobernación Marítima mayor fiscalización. Porque la verdad es que personas provistas de celulares están al aguaite para, cuando zarpa el bote de la Armada, avisar inmediatamente a quienes se hallan perforando en forma ilegal; entonces, éstos se alejan, y, al hacerse presente la autoridad marítima, no encuentra nada.
Algo se solucionará con los posicionadores satelitales. Empero, numerosas lanchas artesanales grandes realizan pesca de arrastre en zonas prohibidas, causando un daño enorme. Todo el mundo sabe quiénes son, cómo se llaman sus embarcaciones y a quiénes pertenecen; pero, finalmente, nadie puede hacer nada y, año tras año, siguen provocando un tremendo perjuicio, no sólo a los pescadores artesanales, sino también a la ecología, porque el arrastre en zona de playa termina por destruir absolutamente todo.
Por consiguiente, pienso que deben permitirse las perforaciones, sobre todo en el caso de la anchoveta; pero también ha de invertirse muchísimo más en la fiscalización y penalización de quienes las hacen en forma ilegal.
De otro lado, debo hacer notar lo malo que es el informe del Fiscal Nacional Económico en esta materia. Ignoro quién es en este momento, pero me preocupa la falta de conocimientos de economía demostrados en dicho documento.
En el fondo, ¿qué mal puede causar un monopolista? Básicamente, abusar del consumidor. ¿Cómo puede un monopolista abusar de un consumidor? Cobrando más de lo cobrado en libre competencia, o bien, produciendo menos de lo producido en libre competencia.
En el caso de la harina de pescado, sabemos que el mercado es básicamente externo y que las cantidades compradas en nuestro país son mínimas. Por eso, no se ve cómo dos empresas del norte de Chile podrían causar daño por monopolio al resto del mundo. Es tan absurdo el informe en su concepción, que en realidad debería llevar a preguntarnos si no resulta procedente realizar un cambio en el Fiscal Nacional Económico, porque realmente refleja una ignorancia absoluta de las normas más básicas de economía. Cualquier alumno de Introducción a la Economía podría decirle al Fiscal lo absurdo que es el informe que ha emitido.
Esto me produce gran preocupación, señor Presidente, por las personas que están ejerciendo los cargos de algunas instituciones. Podrán ser muy honorables y muy preparadas en otras materias. Yo no estoy hablando en contra de ellas como personas. Solamente estoy señalando que un Fiscal Nacional Económico debería saber de economía, porque el actual titular ha demostrado que de economía por lo menos no sabe nada.
Además, señor Presidente, deseo señalar que un mejor ordenamiento en la pesca sí generaría mayor bienestar para el país. Es sabido que la harina de pescado producida con pescado fresco tiene un valor superior, básicamente por su alta calidad proteica. Por lo tanto, la no existencia de una carrera por capturar la mayor cantidad posible en el menor tiempo posible permitiría a las empresas coordinar en alguna forma la labor de pesca propiamente tal con la de elaboración de harina de pescado en plantas terrestres. En la medida en que esta coordinación se dé, se producirá harina de pescado con mayor contenido proteico y, por ende, con un precio internacional muy superior. En cambio, en la medida en que los buques salgan a pescar rápidamente -porque lo que no pesquen unos lo será por otros-, copándose la cuota, habrá atochamiento en las plantas. El recurso deberá esperar para ser procesado y, en definitiva, el tipo de harina de pescado que se produzca será de menor calidad, por lo que Chile recibirá menos divisas por ese concepto.
Todo esto, señor Presidente, lo aprendí cuando fui Diputada por San Antonio, en una época en que la harina de pescado era -desgraciadamente ya no lo es- un producto muy importante en ese puerto.
Desde el punto de vista de Chile, como país, creo que el mejor aprovechamiento de nuestros recursos pesqueros se da con un sistema como el que me gustaría aprobar hoy. No sé qué irá a ocurrir con la petición del Senador señor Núñez, pero yo, al menos, estoy a favor del proyecto justamente por eso, porque con la misma cantidad de pesca se podrían lograr valores bastante más altos.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Efectivamente, el Senador señor Núñez, en representación del Comité Socialista, ha pedido segunda discusión para este proyecto.
Por lo tanto, queda pendiente su debate y terminada la primera discusión.




NUEVO SISTEMA PARA CALIFICACIÓN DE PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, relativo a la calificación de la producción cinematográfica, con informe de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, unidas, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (2675-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 22ª, en 9 de enero de 2002.
Informe de Comisión:
Constitución y Educación, unidas, sesión 25ª, en 22 de enero de 2002.

El señor HOFFMANN (Secretario).- Las Comisiones unidas señalan que el objetivo principal de la iniciativa es establecer un nuevo sistema calificatorio para la exhibición de la producción cinematográfica acorde con la enmienda recientemente introducida al numeral 12 del artículo 19 de la Carta Fundamental.
Dichos organismos aprobaron en general el texto despachado por la Honorable Cámara de Diputados por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Aburto, Chadwick, Díez, Muñoz Barra, Silva Cimma, Vega y Viera-Gallo) y proponen a la Sala que adopte igual resolución.
Cabe hacer presente que los artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 25, 26, 27, 28, 29 y 32 permanentes y el artículo primero transitorio requieren para su aprobación el voto conforme de 27 señores Senadores por ser normas de carácter orgánico constitucional.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión general el proyecto.

Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, las Comisiones de Constitución y de Educación, unidas, aprobaron en general esta iniciativa, que no hace otra cosa que implementar la reforma constitucional que terminó con la censura previa en materia cinematográfica, reemplazándola por la calificación para la exhibición de toda esa producción.
Tal enmienda fue sancionada el 25 de agosto del año recién pasado, estableciéndose en una disposición transitoria que el sistema de calificación comenzaría a regir al momento de entrar en vigencia la ley que lo consagrara. Es decir, de alguna manera esa reforma está pendiente de la aprobación de la presente iniciativa.
Se trata de instaurar un mecanismo que permita: calificar sin censurar; orientar a la población adulta respecto de los contenidos de la producción cinematográfica respetando su soberano albedrío, y buscar, por sobre todo, la protección de la infancia y la adolescencia.
El informe menciona diversos compromisos internacionales contraídos por Chile que lo obligan a dar este paso, consignados en distintas declaraciones, convenciones y pactos de derechos humanos, tanto a nivel universal como americano.
El proyecto, presentado por el Ejecutivo y aprobado por la Cámara de Diputados, establece un sistema de calificación, define ciertas palabras para los efectos de la ley, y crea el Consejo de Calificación Cinematográfica, que será un órgano centralizado, dependiente del Ministerio de Educación, que tendrá a su cargo dicha función. En su artículo 4º señala cómo estará compuesto.
El artículo 7º, por su parte, consagra las atribuciones con que contará el referido organismo, a saber:
"a) Calificar las producciones cinematográficas en conformidad a esta ley.
"b) Orientar e informar a la población sobre el contenido de las producciones cinematográficas.
"c) Requerir la información y la asesoría necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
"d) Llevar un registro de las producciones cinematográficas calificadas por el Consejo, en donde se deberá indicar la calificación correspondiente.".
El artículo 8º dispone que no serán objeto de calificación por parte del Consejo los noticiarios; las producciones publicitarias, de capacitación y materias técnicas; las películas producidas especialmente para la televisión, las que se regirán por la ley Nº 18.838; los videojuegos y las producciones cinematográficas ingresadas al país para exhibición privada.
No obstante lo anterior, el Consejo, a solicitud de entidades sin fines de lucro, podrá autorizar la exhibición pública de producciones cinematográficas sin necesidad de ser calificadas por él, para su exhibición gratuita o en festivales o muestras de cine.
Más adelante, el proyecto establece las categorías de calificación, que serán: "todo espectador", "mayores de 14 años" y "mayores de 18 años". Y a continuación, en el artículo 12, señala que, sin perjuicio de lo anterior, el Consejo podrá advertir en su calificación que una película es de "contenido educativo" o que es "inconveniente para menores de siete años", aun cuando se halle calificada para "todo espectador", de tal manera que los padres sepan que, si bien pueden ingresar a verla menores de siete años, el Consejo la estima inconveniente para ellos. También se dispone que ciertas películas para mayores de 18 años pueden ser calificadas como de "contenido pornográfico" o de "violencia excesiva", conceptos que están definidos en las letras d) y e) del artículo 2º.
El artículo 13 establece que las películas calificadas como de "contenido pornográfico" serán exhibidas en salas especiales, que se encuentren registradas para este efecto en la municipalidad respectiva. En realidad, se trata de una innovación importante en nuestra legislación, por cuanto se autoriza el funcionamiento de las llamadas "salas X" o "salas especiales" para exhibir películas pornográficas. El reglamento determinará el funcionamiento de las salas que podrán exhibir dichas películas, y se incorporan algunas exigencias al respecto.
También se propone que los menores de edad acompañados por cualquiera de sus padres, tutores, o profesores, en el marco de sus actividades pedagógicas, podrán ver aquellas producciones cinematográficas calificadas por el Consejo en una categoría inmediatamente superior. Es decir, en este caso se hace responsable al padre, al tutor o al profesor.
En contra de las calificaciones del Consejo, caben los recursos de reposición y de apelación: de reposición, ante la misma sala del Consejo, y de apelación, ante un tribunal especial, integrado por los presidentes de la sala que no practicaron la calificación impugnada. Pero nada dice el proyecto sobre un posible recurso ante los tribunales.
En seguida, el Párrafo 5º se refiere a las obligaciones, responsabilidades y sanciones. Creo que no es necesario entrar al detalle.
El artículo 27 establece que la fiscalización de las disposiciones de la presente ley estará a cargo de los municipios.
Por último, en el artículo 31 se consigna un nuevo tipo penal -que habría que concordar con el artículo 366 quáter del Código Penal- relativo al que importe, produzca, venda, distribuya o exhiba material pornográfico, en cualquier soporte, en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de 18 años. En este sentido, se establece una distinción respecto de la pornografía donde participan menores de 18 años, caso en el cual hay delito y, por lo tanto, no podrá ser exhibida. En cambio, la pornografía entre adultos y para adultos, que en este caso se legaliza, se podrá exhibir en salas especiales, comúnmente llamadas "salas X".
Básicamente éste es el contenido del proyecto.
Para plantear varios comentarios de carácter personal, pediré la palabra en el momento oportuno.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Advierto a los señores Senadores que la aprobación del proyecto, que es de quórum orgánico constitucional, requieren 27 votos favorables. Por lo tanto, tendremos que ponderar la posibilidad de suspender su despacho.
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.

El señor SABAG.- Señor Presidente, un paso decisivo en nuestro desarrollo democrático lo constituye la reciente supresión de la censura cinematográfica gracias a una reforma constitucional. Resulta interesante constatar que, de acuerdo con datos estadísticos, desde 1974 hasta el año 2000 no se pudieron exhibir en Chile cerca de 935 películas, víctimas de la censura. Todo ello, pese a que la Constitución de 1980 aceptaba la libertad de emitir opiniones y la de informar sin censura previa en cualquier forma y por cualquier medio. Sin embargo, se establecía la censura previa de la producción cinematográfica.
Superada esa situación, debía crearse un sistema de calificación cinematográfica, cuestión que viene a resolver el presente proyecto de ley. Se protege la libertad de expresión y de información, pero debe regularse justamente para que garantice su pleno y libre ejercicio. El sistema de calificación propuesto permite recoger lo dispuesto en tratados, acuerdos y pactos internacionales suscritos por Chile, en especial el Pacto de San José de Costa Rica.
Como objetivo central, la calificación cinematográfica pretende, como su nombre lo indica, calificar sin censurar; orientar a la población adulta respecto de los contenidos de la producción cinematográfica respetando su libre albedrío, pero básicamente protegiendo a la infancia y la adolescencia. En consecuencia, si bien es cierto no existe censura ¿entendida ésta como cualquier impedimento ilegítimo al ejercicio de la libertad de expresión-, la norma debe manifestar con claridad que la libertad de expresión no es un derecho absoluto en ninguna sociedad civilizada.
El que no haya censura previa no significa que exista impunidad en los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de esa libertad. Por ejemplo, la pornografía es uno de los más graves delitos que se han extendido al mundo infantil y juvenil. Por ello la sociedad, y en especial la familia, debe dar prioridad al interés superior del niño. La normativa recoge y reconoce el rol que juegan los padres en la educación de sus hijos mediante el control parental. También introduce recomendaciones en el caso de películas inconvenientes para menores de siete años. Por otra parte, propone la calificación de películas como de "contenido pornográfico" o de "violencia excesiva" para ser exhibidas en salas especiales.
El proyecto tiene particular cuidado en la composición del Consejo de Calificación Cinematográfica, en cuanto a las diversas especialidades y calidades de sus miembros, que cubren un amplio espectro de requisitos para cumplir con sus funciones.
Votaré favorablemente el proyecto, porque compatibiliza una manifestación muy importante de la naturaleza humana, pero a la vez establece los resguardos necesarios para el ejercicio de las libertades.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, solicito iniciar la votación con el objeto de que cada señor Senador pueda fundamentar el voto. Hay cierta urgencia para que tanto la Cámara de Diputados como el Senado, aunque no haya un despacho total del proyecto, den una señal de aprobación ante la Corte Interamericana. Pese a ser un quórum alto, creo que podría alcanzarse.

El señor VALDÉS.- Apoyo la presentación hecha por el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Voy a seguir dando la palabra a los señores Senadores que están inscritos.
Debo hacer presente que, en la medida en que prolonguemos el debate, seguramente será más difícil de obtener el quórum de aprobación.
Como Presidente del Senado tengo dudas ¿y la Comisión también las tiene-, en cuanto a si realmente la aprobación de esta normativa necesita quórum de ley orgánica constitucional, pero se lo mantuvo porque en la Cámara de Diputados se votó con ese quórum. Tengo dudas en la materia, pero no me atrevo a correr el riesgo de aprobar el proyecto con quórum simple. Mañana podría objetarse esta decisión dado que una de las Cámaras lo votó con quórum y la otra no. Por eso, hay que hacer un esfuerzo para lograr el quórum especial de aprobación.
Asimismo, creo que la Comisión -no estoy impugnando su actuación- debió haber hecho un estudio y no dejar este punto para el segundo informe, como se me ha informado. Porque cualquier disposición que requiera quórum especial de aprobación hace que todo el proyecto en general lo necesite. Entonces, para quien habla el tema es bien delicado.
No tengo inconveniente en correr el riesgo, si Sala lo estima prudente.
Si se desea iniciar la votación, entonces primero ofreceré la palabra a los Senadores inscritos para que funden su posición.

El señor GAZMURI.- Votemos, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Foxley.

El señor FOXLEY.- Señor Presidente, votaré a favor del proyecto, no obstante tener algunas dudas.
Me da la impresión de que la iniciativa está un poco desfasada o se quedó un poco atrás considerando el desarrollo tecnológico en el campo de la producción cinematográfica y en el de otras expresiones similares, en el sentido de que la exhibición de películas en salas de cine es sólo una de las formas en las cuales esta expresión creativa se manifiesta. Desde luego está la televisión y, además, hay muy distintas maneras de hacer cine y de difundir la producción cinematográfica: videos, DVD, Internet. De tal modo que uno puede ver películas mediante el computador en su casa, con un grupo de amigos, o en una reunión social, en una sede vecinal o en una sala cinematográfica.
Y lo que el proyecto en estudio propone es establecer una diferenciación o un tratamiento distinto para una misma película, según se exhiba en una sala de cine o, si uno la tiene en un DVD, para verla mediante el computador o la televisión en una sede vecinal, en la casa, etcétera.
La iniciativa señala que las películas producidas especialmente para la televisión ¿que son las mayoritarias- estarán regidas por la ley Nº 18.838. Desconozco los detalles de esta normativa. Sin embargo, me parece que hubiera sido mucho mejor un tratamiento más moderno sobre esta materia. Es decir, abordar la censura en lo referente a las expresiones audiovisuales -que pueden ser cine o video- y analizar las distintas alternativas a través de las cuales se puedan exhibir, dándoles un tratamiento, tal vez no común, a lo mejor diferenciado, pero en un solo cuerpo legal. Me preocupa que ello no sea así.

El señor CHADWICK.- Es posible hacerlo en la discusión en particular.

El señor FOXLEY.- Bueno, ése es mi parecer. Pienso que deberíamos analizarlo desde esa perspectiva.
Por otra parte, hay algunos elementos muy poco prácticos. Uno de ellos es el sistema de calificación por edades de las producciones cinematográficas, que traslada la responsabilidad a las distribuidoras de videos. Por ejemplo, si una de éstas entrega una película apta para mayores de 18 años a un muchacho de 17, será sancionada con una multa en unidades de fomento. No estoy necesariamente en contra de ello, sino que lo encuentro muy poco práctico. No sé cómo operará; quizás van a poner policías en cada "Blockbuster" del país, o se destinará un inspector especial. Cómo se logrará que tal medida no quede en letra muerta.

El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, ¿me permite responderle al Senador señor Foxley?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No tengo inconveniente en que Su Señoría conteste la consulta formulada. Sin embargo, está inscrito el Senador señor Bitar, quien, tal vez, puede concederle una interrupción.

El señor SABAG.- ¿Se puede votar?

El señor GAZMURI.- ¿Por qué no somete a votación el proyecto, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Estamos en condiciones de empezar la votación.
Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.

El señor BITAR.- Concedo una interrupción al Senador señor Viera-Gallo, con la venia de la Mesa.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO.- Es bastante simple. Tiene razón el Senador señor Foxley en cuanto a que la tecnología ha superado por mucho ese tipo de legislación. Sin embargo, el mandato constitucional es claro en el sentido de que tiene que haber una ley de calificación cinematográfica. No hay país alguno que no disponga de una normativa similar. Ahora, eso se mantendrá mientras no quede superado por la tecnología cuando se masifique tal distinción, que hoy aún existe. A la gente no le da lo mismo que su hijo vaya a ver una película inconveniente ¿entre comillas- a un cine, a que la vea en la televisión. Obviamente, es un problema cultural. Pero es así.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Recupera la palabra el Honorable señor Bitar.

El señor BITAR.- Señor Presidente, deseo señalar que, entendiendo que existen observaciones y que se pueden hacer perfeccionamientos, ha llegado el momento en que Chile debe pronunciarse y dar un paso relevante en materia de eliminación de la censura y modificar las atribuciones del Consejo de Calificación de la Producción Cinematográfica.
En tal sentido, espero que el proyecto se apruebe con el quórum requerido. Pero no soy partidario de dilatar la discusión ni de provocar un debate innecesario a mis espaldas, toda vez que nos podemos escuchar directamente a través de los micrófonos e, incluso, intervenir de nuevo. Puedo conceder una interrupción a los señores Senadores que deseen esclarecer sus puntos de vista.
Quiero aprovechar esta ocasión y señalar, en general, que mi disposición es avanzar en esta materia, sin perjuicio de que pueda ser perfeccionada.
Asimismo, deseo manifestar mi preocupación por un tema pendiente en este momento, que se cruza con la disposición de la Comisión y del Senado al aprobar el proyecto en estudio. Éste se refiere al incumplimiento por el Estado de Chile del fallo dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la película "La Última Tentación de Cristo".
Ha transcurrido casi un año desde que dicho tribunal internacional condenó a nuestro Estado, y todavía los chilenos no podemos ver libremente el mencionado filme. Señalo esto con motivo de la discusión acerca de la iniciativa.
Mientras no se lleve a cabo la eventual aprobación y posterior promulgación de la ley en proyecto, el caso en comento requiere ¿por eso lo hago presente acá- la acción inmediata del Gobierno, porque cuenta con las herramientas jurídicas que permiten, a través del Consejo de Calificación Cinematográfica, dejar sin efecto el acto administrativo que impide la exhibición de la película y que todavía rige en nuestro país.
En realidad, el acto administrativo que censuró la película fue dictado en 1988 y el Pacto de San José de Costa Rica entró en vigor en 1991. Resulta evidente que dicho acto, no obstante haber nacido sin vicios, se tornó ilegal, producto de la entrada en vigencia del señalado tratado internacional que prohíbe la censura previa.
Estimo que queda de manifiesto que el Gobierno puede y debe dejar sin efecto el acto administrativo que se transformó en ilegal. Para ello basta aplicar la teoría del decaimiento de los actos administrativos o la invalidación por ilegalidad sobreviniente.
Si el Consejo de Calificación Cinematográfica actúa de esa manera, el Estado de Chile cumpliría íntegramente con el fallo dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ya que se estaría modificando el ordenamiento jurídico y permitiendo la pública exhibición de la película, sin necesidad de esperar una modificación legislativa sobre el particular.
Quiero recordar que el próximo 8 de febrero ¿en dos semanas más- vence el plazo para que Chile informe a la Corte Interamericana de Derechos Humanos acerca de las medidas adoptadas por nuestro país para permitir la pública exhibición del filme.
Con fecha 6 de diciembre de 2001, dicha Corte emitió una resolución que señala: "Al respecto, la Corte ha dispuesto que se requiera al Ilustrado Estado de Chile que en el próximo informe sobre cumplimiento que debe presentar al Tribunal en virtud de lo dispuesto en la sentencia de 5 de febrero de 2001, incluya una relación pormenorizada de las medidas tomadas para dar cumplimiento a las inquietudes de la Corte arriba mencionadas. En razón de lo anterior," ¿dice la Corte- "cabe recordar que el plazo para la presentación del segundo informe del Estado vence el 8 de febrero de 2002.".
Creo indispensable que el Gobierno actúe con rapidez para dar cumplimiento a dicha resolución en los plazos establecidos, a fin de permitir finalmente la pública exhibición del filme.
Hay un conjunto de antecedentes muy contundentes que han preparado tres abogados (los señores Matías Insunza, Alex Muñoz y Claudio Márquez) sobre esta materia.
Deseo señalar -ya que estamos en este debate- que es indispensable también formular una apreciación de esta naturaleza con el objeto de que mostremos nacional e internacionalmente el cumplimiento de los tratados internacionales, que son leyes en Chile, y avancemos en la dirección del espíritu de la ley en proyecto que debatimos ahora.
Finalmente, con motivo de esta intervención, pido oficiar en mi nombre al Gobierno ¿tal vez, otros señores Senadores deseen sumarse- a fin de que actúe del modo antes descrito y se revise dicha resolución, conforme al Pacto de San José de Costa Rica, y de que, por lo tanto, se autorice la exhibición de la película mencionada, por estar siendo prohibida, a mi juicio, ilegalmente.
Dicho lo anterior, con mayor razón considero indispensable que avancemos en el proyecto que nos ocupa, el cual anuncio que lo votaré favorablemente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se procederá a tomar la votación.

El señor BITAR.- Pido a la Mesa consultar si otros señores Senadores desean sumarse al oficio que he solicitado.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si no hubiere objeción, se enviará el oficio solicitado en nombre del Senador señor Bitar, con la adhesión de los Honorables señores Ominami, Núñez y Silva.
Acordado.
Si le parece a la Sala, se aprobará en general el proyecto.

--Se aprueba en general el proyecto (27 votos), dejándose constancia de que se cumple el quórum constitucional requerido.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, fijaremos como plazo para presentar indicaciones el 1 de abril, a las 12.
Acordado.

Tiene la palabra el señor Ministro.

El señor MUÑOZ (Ministro Secretario General de Gobierno).- Señor Presidente, sólo deseo agradecer al Senado la aprobación del proyecto, que nos permite avanzar hacia el pleno cumplimiento de los compromisos internacionales de Chile, justamente para eliminar de manera definitiva la censura en nuestra Constitución. Considero que se trata de un paso importante para poner en práctica esa eliminación y consolidar la libertad de expresión.
Por eso, agradezco a los señores Senadores que con su votación nos acercan a la conclusión ¿espero- de esta iniciativa.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Propongo a la Sala, a solicitud de diversos señores Senadores y uno de los miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, despachar los dos proyectos de acuerdo que figuran en la tabla.
Acordado.


PROTOCOLO BILATERAL CHILE - EL SALVADOR AL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y CHILE

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, sobre aprobación del Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, y sus Anexos, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de El Salvador y de Chile, el 30 de noviembre de 2000, informado por la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2773-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 19ª, en 19 de diciembre de 2001.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 25ª, en 22 de enero de 2002.

El señor HOFFMANN (Secretario).- El objetivo de este Protocolo es establecer una zona de libre comercio entre Chile y El Salvador, en el marco del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica.
La Comisión de Relaciones Exteriores aprobó el proyecto por la unanimidad de sus miembros (Senadores señores Bombal, Martínez, Ominami, Romero y Valdés), en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
Cabe señalar que por tratarse de un proyecto de artículo único, en conformidad a lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento la Comisión propone discutirlo en general y particular a la vez.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Romero.

El señor ROMERO.- Señor Presidente, deseo destacar que se efectuó un análisis exhaustivo y se contó con el respaldo unánime de los miembros de la Comisión para aprobar la iniciativa.
Por consiguiente, solicito a la Sala que haga fe en el trabajo del órgano técnico, no solamente respecto de este proyecto de acuerdo, sino también del que viene a continuación, sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre Chile y la Confederación Suiza.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
--Se aprueba en general y particular, y queda despachado en este trámite.


ACUERDO ENTRE CHILE Y SUIZA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde ocuparse en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, respecto de la aprobación del Acuerdo entre la República de Chile y la Confederación Suiza sobre la promoción y la protección recíproca de inversiones, y su Protocolo, suscritos en Berna, el 24 de septiembre de 1999, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2622-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 19ª, en 19 de diciembre de 2001.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 25ª, en 22 de enero de 2002.

El señor HOFFMANN (Secretario).- El objetivo del proyecto de acuerdo cuya aprobación se propone es establecer un marco jurídico que regule los derechos y obligaciones entre el Estado receptor de los capitales y los inversionistas extranjeros.
La Comisión propone, por la unanimidad de sus miembros (Senadores señores Bombal, Martínez, Ominami, Romero y Valdés), aprobarlo en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
--Se aprueba en general y particular el proyecto, y queda despachado en este trámite.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminado el Orden del Día.
V. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
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El señor HOFFMANN (Secretario).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se les dará curso en la forma Reglamentaria.
-- Los oficios cuyo envío se anuncia son:
Del señor CANTERO:
A Su Excelencia el Presidente de la República, acerca de PROYECTO DE LEY SOBRE PROTECCIÓN A ADQUIRENTES DE DERECHOS DE UTILIZACIÓN DE INMUEBLES EN RÉGIMEN DE TIEMPO COMPARTIDO, y a los señores Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, Director del Servicio Nacional del Consumidor y Director Nacional de Turismo, tocante a REGULACIÓN DE COMERCIALIZACIÓN DE SISTEMA DE VACACIONES DE TIEMPO COMPARTIDO.
Del señor HORVATH:
A los señores Ministro de Obras Públicas, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile, Director General de Aeronáutica Civil y Director de Aeropuertos, respecto de SUSPENSIÓN DE OPERACIONES AÉREAS EN AERÓDROMO MARCEL MARCHANT, "LA PALOMA", (DÉCIMA REGIÓN).
De señor LARRAÍN:
Al señor Ministro de Obras Públicas, relativo a MEDIDAS DE SEGURIDAD EN PASARELA PEATONAL DE LOCALIDAD DE COPIHUE, COMUNA DE RETIRO, y al señor Ministro de Vivienda y Urbanismo, en cuanto a REPARACIÓN DE MURO DE CONTENCIÓN EN VILLA ESPERANZA, COMUNA DE CAUQUENES (SÉPTIMA REGIÓN).
_______________

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El Comité Institucionales 2 no hará uso de su tiempo.
En el turno del Comité Mixto, tiene la palabra el Honorable señor Bitar.


PROGRAMA DE LEGISLACIÓN ELECTRÓNICA DEL SENADO

El señor BITAR.- Señor Presidente, al terminar las sesiones de enero del 2002, quiero hacer una breve referencia a una iniciativa importante que hemos elaborado en el Senado, relativa al programa de legislación electrónica, el cual me ha correspondido impulsar y se encuentra a disposición de los ciudadanos de nuestro país.
Uno de los desafíos fundamentales de la vida política contemporánea es elevar la calidad y la cantidad de vinculaciones con la ciudadanía y mejorar las instancias de decisión con participación ciudadana. Todas las encuestas revelan una pérdida de legitimidad y, a veces, poco aprecio hacia el Parlamento, no sólo en Chile, sino también en otros países.
En este sentido, las iniciativas que llevemos a cabo para estrechar la relación entre el Congreso Nacional y la ciudadanía me parecen absolutamente indispensables. Como le consta al propio Presidente de la Corporación, quien ha participado en la materia e impulsado este programa de legislación electrónica, nuestro país se ha puesto a la cabeza de un sistema de consulta y participación en proyectos de ley.
Por mi parte, durante los ocho años que me ha correspondido desempeñar esta función en la Cámara Alta, he promovido en este terreno tres iniciativas. La primera se refiere al plebiscito vinculante, a través de una reforma constitucional, que no ha sido aprobada; la segunda se relaciona con la iniciativa popular de ley, la cual espero que sea considerada en los debates en particular de las reformas constitucionales, y la tercera es tocante a la legislación electrónica, actualmente en operación.
La última, en práctica desde agosto del 2001, constituye uno de los más novedosos procesos tecnológicos para la participación ciudadana.
Este sistema fue elaborado también por mi iniciativa, con el respaldo de la Dirección de Informática del Senado y de la Biblioteca del Congreso Nacional. Y hemos comenzado con el proyecto de ley de matrimonio civil y de divorcio.
La idea central es disponer de un sistema computacional que permita una entrada fácil para que cualquier ciudadano tenga la posibilidad de actuar como un Senador virtual. Se le invita, por tanto, a continuar desde su casa el proceso que sigue cualquier Senador, reproduciendo el sistema de trabajo de esta Corporación. El ciudadano puede registrarse como Senador virtual y participar en dos niveles: en la votación en general, entregando su argumentación, y en la votación en particular, no sólo exponiendo su opinión, sino, además, formulando indicaciones y registrando su posición.
Todos los argumentos planteados por los participantes pueden ser consultados por los Senadores o por otros ciudadanos que entren específicamente al programa y conozcan las opiniones de los demás sobre cada una de las materias.
Este sistema se encuentra a disposición de todos los señores Senadores, quienes pueden recoger estos puntos de vista para sus exposiciones.
El programa fue diseñado de manera de diferenciar tres etapas. La primera, para la persona que solamente desee informarse sobre un proyecto. En el caso de la ley de matrimonio civil, por ejemplo, puede acceder a todos los fundamentos de la iniciativa, a los antecedentes cuantitativos, al texto de ley propuesto y a los argumentos a favor y en contra; de modo que éste se oriente y eduque respecto del tema en cuestión antes de pronunciarse.
Una vez concluida la primera etapa, si el ciudadano está disponible para actuar como Senador virtual, se le invita a participar en la segunda, que es la discusión en general, y, luego, en la tercera, que corresponde a la discusión en particular.
Adicionalmente, este programa está acompañado de presentaciones sobre el proceso de decisión y las distintas etapas que debe cumplir dentro del Parlamento (primer y segundo informes; primer, segundo y tercer trámites constitucionales), de manera de educar también y contribuir a la formación cívica y al propio prestigio del Congreso Nacional.
Se incluye además en el mencionado programa, que se encuentra al alcance de los señores Senadores y de todos los ciudadanos, un glosario de términos utilizados en todos los procedimientos de debate tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados.
Por último, al dar este breve informe, quiero señalar que se trata de uno de los más completos y de los mejores existentes a nivel mundial.
Tuvimos ocasión de revisar programas similares en otros países del mundo (incluso en el Congreso de Estados Unidos), y podemos afirmar hoy que el nuestro es uno de los más perfectos, y que puede ser sugerido como asistencia técnica de parte del Senado chileno para otros Parlamentos.
Al 22 de enero de este año -a pocas horas de esta intervención-, puedo señalar que respecto del proyecto de ley sobre matrimonio civil, hemos recibido 5 mil 500 y tantas visitas al sitio web, lo cual corresponde al 80 por ciento de todas las consultas hechas al Programa de Legislación Electrónica.
El número de iniciativas que se encuentran en él asciende a cinco: la atinente al silencio administrativo; la de control de tráfico de drogas; la relativa al defensor ciudadano; la correspondiente a la Dirección Nacional de Cultura y la referente al matrimonio civil. Del total de 6 mil 893 visitas, 5 mil 504 (como dije, el 80 por ciento), fueron hechas en relación con la iniciativa sobre matrimonio civil.
La Secretaría del Senado ha respaldado esta iniciativa. Y con el señor Presidente de la Corporación, se ha estudiado la posibilidad de que el Departamento de Relaciones Públicas o la Oficina de Informaciones del Senado registre cada cierto tiempo los argumentos vertidos por los ciudadanos y los ordene, a fin de ponerlos a disposición de los distintos Senadores.
De las aproximadamente 5 mil 500 visitas que mencioné, sólo alrededor de mil quinientas, después de la información, prosiguen a la fase propiamente de Senador virtual.
En el caso del proyecto sobre matrimonio civil, he recogido una cantidad importante de información que ha sido muy útil para los debates, no sólo nuestros, sino también para ponerlos en conocimiento del resto de la ciudadanía.
Quiero señalar por último que este procedimiento mejora el sistema democrático; que estrecha las relaciones de la ciudadanía con el Congreso ¿con el Senado en particular-, y que estimo indispensable promoverlo. En esta línea, el canal del Senado ha difundido su existencia, y creo que puede hacerse aún más en tal sentido.
Señor Presidente, he querido dejar constancia de la innovación realizada por el Senado. Me alegro de haber contribuido al diseño del programa en cuestión, ideado inicialmente para el proyecto de ley sobre matrimonio civil, y de que se haya extendido a otras iniciativas. De esta forma pienso que cumplimos también una tarea indispensable: acercar el Congreso a la ciudadanía y así reforzar el sistema democrático.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Por haber cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 18:38.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción