Click acá para ir directamente al contenido
Sesión 80ª, Ordinaria, en miércoles 17 de diciembre de 2008
De 16:25 a 18:46 horas. Asistencia de 38 señores Senadores.
Presidieron la sesión los Senadores Adolfo Zaldívar, Presidente y Baldo Prokurica, Vicepresidente.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann.



PRORROGA VIGENCIA DE DECLARACIONES DE UTILIDAD PÚBLICA

Por unanimidad, se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre la caducidad de declaratoria de utilidad pública contenida en los planes reguladores. (Boletín Nº 6.032-14) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo tiene por objeto prorrogar la vigencia de las declaraciones de utilidad pública, referidas a terrenos localizados en áreas urbanas, cuyas expropiaciones, para el desarrollo de infraestructuras viales o de servicios, se encuentran contempladas en los respectivos planes reguladores comunales.
Contenido del proyecto
- Prorroga, por el plazo de un año, las declaraciones de utilidad pública vigentes, a fin de impedir que, al caducar éstas, se torne imposible la expropiación de terrenos esenciales para el desarrollo de infraestructuras comunitarias, como obras viales y parques.
Intervinieron los Senadores Hosaín Sabag y Antonio Horvath.
En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados, para que ésta lo remita al Ejecutivo para su promulgación.



En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados para que sea remitido al Ejecutivo, comunicándole su aprobación.



HOSPITALES AUTOGESTIONADOS

Por 22 votos a favor y 6 abstenciones, se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.937, impidiendo que los establecimientos de salud no calificados como de autogestión en red al 1 de enero de 2009 pasen a tener dicha calidad por el solo ministerio de la ley. (Boletín N° 6.230-11). Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto, iniciado en moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto evitar futuros errores de gestión hospitalaria, modificando la disposición transitoria de la ley 19.937, que dispone que todos los hospitales pasarán a tener la calidad de "Establecimiento de Autogestión en Red" a contar del 1° de enero de 2009, por el sólo ministerio de la ley, sin cumplir con los requisitos señalados en ésta.
Proyecto de ley:
- Posterga al 31 de enero de 2010 el plazo establecido para que los hospitales que no hayan sido calificados como "Establecimientos de Autogestión en Red" pasen a tener dicha calidad, por el sólo ministerio de la ley.
- Sin perjuicio de lo anterior, permite a los hospitales postular para obtener la calidad de autogestionados durante el primer trimestre del año 2009, si cumplen con los requisitos y procedimientos que señala la ley.
Intervinieron los Senadores Jorge Arancibia y Mariano Ruiz-Esquide.
En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados para que sea remitido al Ejecutivo, comunicándole su aprobación.




AMPLÍA INCENTIVOS ECONÓMICOS PARA LA ZONA AUSTRAL

Por unanimidad, se aprobó en general, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que prorroga los incentivos para el desarrollo económico de las regiones de Aysén y Magallanes y de la provincia de Palena, y modifica la ley de zonas francas contenida en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2001, del Ministerio de Hacienda. (Boletín Nº 6.264-27) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto impulsar el desarrollo de las zonas extremas, en particular la zona austral, mediante el mejoramiento de la normativa que rige las políticas de incentivo al empleo y del fomento productivo de dicha zona.
Contenido del proyecto
- Amplía, hasta el 31 de diciembre de 2011, la vigencia de la Ley Austral que establece incentivos para el desarrollo económico de las regiones de Aysén y Magallanes y de la provincia de Palena, mediante un crédito tributario para las inversiones destinadas a la producción de bienes o prestación de servicios en estas regiones y provincia.
- Aumenta el universo de beneficiarios de la ley Austral, disminuyendo de 2.000 a 1.500 UTM el monto mínimo de inversión exigida para acceder al crédito fiscal que esta ley concede.
- Modifica la Ley de Zonas Francas disponiendo que los recursos provenientes de las concesiones de la Zona Franca de Punta Arenas, irán en beneficio directo del Gobierno Regional de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena.
Intervinieron los Senadores Eduardo Frei, Carlos Bianchi y Pedro Muñoz.
En consecuencia, el proyecto vuelve a la Comisión de Hacienda, para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 22 de diciembre próximo.




FORTALECE MECANISMOS DE APOYO FINANCIERO A LAS PYMES

Se aprobó, en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que faculta al Presidente de la República para realizar un aporte extraordinario de capital al Banco del Estado de Chile y amplía el patrimonio del decreto ley Nº 3.472, de 1980, que creó el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios. (Boletín N° 6.231-05). Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto realizar un aporte de capital extraordinario al Banco del Estado de Chile y ampliar el patrimonio del Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), como una forma de fortalecer el apoyo al sector inmobiliario y a las micro, pequeñas y medianas empresas, que les permitirán enfrentar de mejor modo, las dificultades de acceso al crédito, propias de la difícil situación financiera mundial.
Contenido del proyecto:
- Aumenta, en el equivalente a $ 130.000.000 de dólares, el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), a fin de ampliar su capacidad operativa.
- Dispone que, durante los próximos 2 años, contados desde la publicación de esta ley, las empresas medianas cuyas ventas anuales no superen las 100.000 UF, también podrán optar a las garantías que otorga el Fondo. (Actualmente el tope máximo de ventas es de 25.000 UF)
- Establece que los financiamientos garantizados por el Fondo a las empresas medianas señaladas, no podrán exceder, en total, de 15.000 UF o su equivalente y no podrán garantizar más de un 50% del saldo deudor de cada financiamiento entregado a estas empresas.
- Autoriza al Ministro de Hacienda para efectuar, durante los 12 meses siguientes a la publicación de este proyecto como ley, un aporte extraordinario de capital al Banco del Estado de Chile, por un monto de hasta $ 500.000.000 de dólares, en una o más transferencias. Ello, a objeto de asegurar que empresas, especialmente las de menor tamaño, no queden excluidas del acceso a los mercados financieros.
- Impone al Banco del Estado el deber de informar a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, anualmente, sobre el funcionamiento y desarrollo del Banco y, semestralmente, sobre el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios.
Intervinieron los Senadores Carlos Ominami, Evelyn Matthei, Alejandro Navarro, José García, Roberto Muñoz, Pablo Longueira, Guillermo Vásquez y José Antonio Gómez.
En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados, para que ésta lo remita al Ejecutivo para su promulgación.

* * * * *