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Sesión 76ª, Ordinaria, en miércoles 3 de diciembre de 2008
De 16.21 a 18.34 horas. Asistencia de 35 señores Senadores.
Presidieron la sesión los Senadores Adolfo Zaldívar, Presidente y Baldo Prokurica, Vicepresidente.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Quedó pendiente la discusión en general del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece la Ley General de Educación.(Boletín Nº 4.970-04)
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto establecer un marco general y ordenador de la educación chilena, especialmente en lo que se refiere a la enseñanza parvularia, básica y media, que permita ofrecer a todos los chilenos el acceso a una educación de calidad, independientemente de su condición socioeconómica.
Principales materias propuestas en el proyecto de ley:
- Sustituye la expresión "Enseñanza" utilizada en la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, por "Educación" por ser ésta última un concepto más amplio y actualizado, que implica, por una parte, la idea de formación de personas, a partir de apoyar y encauzar positivamente su desarrollo integral y, por otra, implica la valoración del concepto de aprendizaje, que es central y constitutivo de la educación.
- El sistema educativo se inspira en los principios de la universalidad y educación permanente; la calidad, la equidad, la autonomía de gestión, la diversidad, la responsabilidad, la participación, la flexibilidad y la transparencia.
- Establece la libertad de enseñanza en tres ámbitos: 1) como el derecho preferente y primordial de los padres de escoger el establecimiento educacional para sus hijos; 2) como el derecho a abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales, que incluye el derecho a elaborar los planes y programas propios de estudio, y 3) como el derecho del establecimiento educacional para optar libremente a ser reconocido oficialmente por el Estado, caso en el cual deberá cumplir con los requisitos previamente establecidos.
- Reconoce el derecho a la educación de carácter universal estableciendo como deber del Estado, financiar un sistema gratuito de 14 años de escolaridad, así como su obligación de resguardar una igualdad de oportunidades y de velar por la calidad de la educación. Al mismo tiempo, establece que el Estado debe asegurar el buen uso de los recursos públicos y proveer de información a todos los actores del sistema educacional, a fin de promover la transparencia.
- Se refuerza el derecho a la educación, con especial énfasis en la equidad y en la no discriminación de los alumnos. El Estado deberá velar para que el acceso y ejercicio de estos derechos sea en igualdad de oportunidades para todos los alumnos, debiendo establecer medidas de discriminación positiva o compensatorias que reduzcan las desigualdades derivadas de circunstancias económicas, sociales, territoriales, étnicas o de algún tipo de discapacidad, entre otras.
- Con el fin de asegurar y promover la igualdad de oportunidades de los alumnos en el sistema educativo, se establecen normas que prohíben los procesos de selección de alumnos en establecimientos subvencionados por el Estado hasta 6° básico, a objeto de garantizar la no discriminación arbitraria y excluir causales basadas en la condición socio- económica de los alumnos.
- Se resguarda el derecho a la educación de las alumnas, de modo que el embarazo y la maternidad no constituyan impedimento para el ejercicio de su derecho a la educación.
- Se prohíbe expulsar alumnos a causa del rendimiento escolar o repitencia, así como su expulsión durante el año académico por el no pago de colegiaturas u otros compromisos.
- Reconoce el derecho a una educación de calidad, regulando el deber del Estado de velar por ésta, debiendo establecer las condiciones para ello y verificando permanentemente su cumplimiento. Para garantizarla, se crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad, integrado por: la Superintendencia de Educación; la Agencia de Calidad y el Consejo Nacional de Educación.
- Crea la Agencia de Calidad, encargada de resguardar y de asegurar el cumplimiento de los estándares de calidad definidos por el Ministerio de Educación, los que se aplicarán a todos los establecimientos educacionales que reciben recursos del Estado. Tendrá a su cargo el diseño, aplicación y análisis del actual SIMCE, así como de las evaluaciones internacionales en que se participe y, asimismo, evaluará las condiciones en que operan los establecimientos educacionales.
- Reemplaza la actual estructura curricular por: educación básica de 1° a 6° año y educación media, también de 6 años, cuatro de los cuales serán de formación general y los dos últimos de formación diferenciada.
- Crea el Banco de Planes y Programas a cargo del Ministerio de Educación, que permitirá que todos los sostenedores puedan acceder a programas que han demostrado un alto rendimiento.
- Aumenta los requisitos para los sostenedores, quienes deberán tener como giro único la educación y acreditar una solvencia financiera determinada para incorporarse al sistema. La calidad de sostenedor será intransferible, y se exige a sus representantes legales y a los encargados administrativos de los establecimientos educacionales, tener título de una carrera de educación superior de al menos 8 semestres. Asimismo, se exige a los sostenedores que reciban recursos públicos rendir cuenta anual sobre el uso de los mismos.
- Impone al Ministerio de Educación, la obligación de diseñar e implementar un sistema nacional de evaluación de logros de aprendizaje y hacerse responsable de contar con instrumentos válidos y confiables para dichas evaluaciones, que se apliquen en forma periódica, y de informar los resultados obtenidos a la comunidad. Asimismo, se imponen a los sostenedores nuevos requisitos y la obligación de comprometerse a cumplir los estándares nacionales de desempeño y resultados educativos.
Intervinieron los Senadores Roberto Muñoz, Antonio Horvath, Juan Pablo Letelier, Andrés Allamand, Mariano Ruiz-Esquide, Jaime Orpis y José Antonio Gomez.
En consecuencia, procede continuar con la discusión en general de esta iniciativa, en la próxima sesión que celebre el Senado.