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Sesión 71ª extraordinaria, en miércoles 25 de octubre de 2023.

Legislatura Número 371


C U E N T A

Treinta y seis Mensajes de S.E el Presidente de la República

Con los trece primeros, retira y hace presente la urgencia, calificándola de ´´suma´´, respecto de los siguientes proyectos de ley:

- El que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales (Boletines N°s 11.144-07 y 11.092-07, refundidos).

- El que modifica el Código Civil y otras leyes, regulando el régimen patrimonial de sociedad conyugal (Boletines N°s 7.567-07, 7.727-18 y 5.970-18, refundidos).

- El que modifica el Código del Trabajo y la ley N° 18.290, de Tránsito, en materia de protección de la salud e integridad de los trabajadores que sufren violencia laboral externa (Boletín N° 12.256-13).

- El que declara el 12 de mayo de cada año como el Día de la Libertad de Información, del Derecho a la Comunicación y del Periodismo Independiente y Comunitario (Boletín N° 14.994-24).

- El que modifica el Código Procesal Penal en materia de procedencia de la prisión preventiva y de suspensión de ejecución de la sentencia, respecto de mujeres embarazadas o que tengan hijos o hijas menores de tres años (Boletín N° 11.073-07).

- El que autoriza construir un memorial y circuito de memoria, en la comuna de La Reina, en recuerdo de las víctimas de la Caravana de la Muerte (Boletín N° 15.278-24).

- El que adecua la legislación que indica en razón de la entrada en vigencia de las leyes N° 21.522, N° 21.523 y N° 21.527 (Boletín N° 15.816-07).

- El que crea el Subsistema de Inteligencia Económica y establece otras medidas para la prevención y alerta de actividades que digan relación con el crimen organizado (Boletín N° 15.975-25).

- El que crea el Servicio Nacional Forestal y modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones (Boletín N° 11.175-01).

- El que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de transición energética que posiciona a la transmisión eléctrica como un sector habilitante para la carbono neutralidad (Boletín N° 16.078-08).

- El que modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo (Boletín N° 15.093-13).

- El que establece reglas especiales tratándose de la alteración, ampliación, reparación o reconstrucción de establecimientos penitenciarios y modifica otros cuerpos legales (Boletín N° 16.037-07).

- El que modifica diversos cuerpos legales para regular la comercialización de productos farmacéuticos y sancionar su venta ilegal (Boletín N° 15.850-11).

Con los veintitrés siguientes, retira y hace presente la urgencia, con el carácter de ´´simple´´, respecto de las siguientes iniciativas:

- La que modifica el Código Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias (Boletín N° 9.914-11).

- Para reconocer el acceso a internet como un servicio público de telecomunicaciones (Boletín N° 11.632-15).

- La que establece un nuevo marco de financiamiento e introduce mejoras al transporte público remunerado de pasajeros (Boletín N° 15.140-15).

- La que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para sancionar al conductor de vehículos motorizados que causare daños o lesiones a quien se traslade en bicicleta u otros ciclos (Boletín N° 13.975-15).

- La que modifica la ley N° 20.128, sobre responsabilidad fiscal (Boletín N° 14.615-05).

- La que impulsa la participación de las energías renovables en la matriz energética nacional (Boletín N° 14.755-08).

- La que crea un Registro de Deuda Consolidada (Boletín N° 14.743-03).

- La que perfecciona la ley N° 19.657 sobre concesiones de energía geotérmica para el desarrollo de proyectos de aprovechamiento somero de energía geotérmica (Boletín N° 12.546-08).

- La que modifica la pena para la radiodifusión no autorizada (Boletín N° 10.456-15).

- La que establece normas de eficiencia hídrica y adaptación al cambio climático (Boletín N° 13.179-09).

- La que modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales (Boletín N° 12.092-07).

- La que concede la nacionalidad por gracia a la escritora señora Gioconda Belli Pereira (Boletín N° 15.847-17).

- La que modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469, en las materias que indica, crea un nuevo modelo de atención en el FONASA, otorga facultades y atribuciones a la Superintendencia de Salud y modifica normas relativas a las instituciones de salud previsional (Boletín N° 15.896-11).

- La que introduce modificaciones a la ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, y al decreto ley N° 825, de 1974, del Ministerio de Hacienda, ley sobre impuesto a las ventas y servicios, para mejorar el pago a treinta días (Boletín N° 15.716-03).

- La que consagra el derecho al olvido en materia financiera (Boletín N° 15.407-03).

- La que modifica la ley N° 19.712, del Deporte, y la ley N° 20.730, General de Educación, para exigir que los establecimientos educacionales de todo nivel otorguen a sus alumnos facilidades que permitan compatibilizar sus estudios con la práctica intensiva o competitiva de deportes, en los casos y condiciones que indica (Boletines Nos 12.950-29 y 12.990-29, refundidos).

- Para la protección de la infraestructura crítica del país (Boletín N° 16.143-02).

- La que modifica el Código de Aguas en materia de otorgamiento de derechos de uso y aprovechamiento de aguas a proveedores de Servicios Sanitarios Rurales (Boletín N° 15.754-33).

- La que modifica el decreto N° 5.142, de 1960, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido de las disposiciones sobre nacionalización de extranjeros, con el objeto de reducir el plazo de permanencia en el país que se exige para adquirir la nacionalidad, en el caso de los deportistas que indica (Boletín N° 12.101-06).

- La que modifica la Carta Fundamental, para crear la Fiscalía Supraterritorial, especializada en crimen organizado y delitos de alta complejidad, al interior del Ministerio Público (Boletines N°s 16.301-07 y 16.015-07, refundidos).

- La que modifica diversos cuerpos legales, para regular la práctica de cirugías y procedimientos con fines estéticos (Boletín N° 15.773-11).

- La que modifica la ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, en materia de procedencia del recurso de casación en los casos que indica (Boletín N° 16.204-12).

- La que modifica el Código Procesal Penal en materia de prisión preventiva por uso de armas de fuego o pertenencia a una organización criminal (Boletín N° 15.028-25).

-- Se toma conocimiento de los retiros y de las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.

Oficios

De S.E el Presidente de la República

Con el que solicita el acuerdo del Senado para nombrar como integrantes del Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego, a la señora Susana García Echazú y al señor Gustavo Rivera Urrutia (Boletín N° S 2.495-05) (con la urgencia del párrafo segundo del numeral 5) del artículo 53 de la Constitución Política de la República).

-- Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.

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Dos de la Honorable Cámara de Diputados

Con el primero, informa que ha aprobado el proyecto de ley que modifica la Ley General de Educación para reconocer la pedagogía impartida en escuelas y aulas hospitalarias como modalidad educativa, correspondiente al Boletín N° 15.008-04.

-- Pasa a la Comisión de Educación.

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Con el segundo, comunica que en sesión del día de ayer, ha aprobado las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de ley que flexibiliza los requisitos de acceso, incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la ley Nº 19.728 y establece otras modificaciones que indica, correspondiente al Boletín N°15.990-13.

-- Se toma conocimiento y en atención a que el proyecto ha sido aprobado por ambas Corporaciones, y la Cámara de Diputados lo remitió a S.E el Presidente de la República para su promulgación como ley, se registra el oficio en el archivo, junto con sus antecedentes.

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De la Excma. Corte Suprema

Con el que emite su parecer, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 77, incisos segundo y siguientes, de la Carta Fundamental, en relación con el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, y otros cuerpos legales, adecuándolos a la ley N° 21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, y deroga la ley N° 16.618, Ley de Menores, correspondiente al Boletín N° 16.286-07.

-- Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.

Informes

De la Comisión de Relaciones Exteriores, y de la Comisión de Hacienda, recaídos en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba Protocolo de Enmienda al Convenio entre la República de Chile y la República Federativa del Brasil para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en relación al Impuesto sobre la Renta y su Protocolo, suscrito en Santiago, el 3 de marzo de 2022 (Boletín Nº 15.865-10).

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De la Comisión de Seguridad Pública, recaído en las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que regula los delitos de ocupaciones ilegales de inmuebles, fija nuevas penas y formas comisivas e incorpora mecanismos eficientes de restitución (Boletines Nos 14.015-25 y 13.657-07, refundidos) (con urgencia calificada de ´´suma´´).

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De la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un beneficio tributario transitorio y extraordinario a la compra de viviendas nuevas adquiridas con créditos con garantía hipotecaria (Boletín Nº 16.365-05) (con urgencia calificada de ´´discusión inmediata´´).

-- Quedan para Tabla.

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Permisos constitucionales

- Del Honorable Senador señor Edwards, a contar del día 21 de octubre de 2023, en virtud del artículo 60 de la Carta Fundamental.

- Del Honorable Senador señor Gaona, a contar del día 25 de octubre de 2023, en virtud del artículo 60 de la Carta Fundamental.

-- Se toma conocimiento y si le parece a la Sala, se accede a lo solicitado.