Click acá para ir directamente al contenido
ELIMINACIÓN DE TRATAMIENTO ESPECIAL PARA CIERTOS DELITOS COMETIDOS EN ISLA DE PASCUA


El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias, señora Presidenta.
Conforme a los acuerdos de Comités para el día de hoy corresponde iniciar el tratamiento de la tabla de Fácil Despacho.
En primer lugar, se pone en discusión el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 16.441, que crea el departamento de Isla de Pascua, en lo relativo al tratamiento penal de los delitos que indica, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, iniciativa correspondiente a los boletines Nos 14.610-06, 11.407-07, 10.788-06 y 10.787-06, refundidos.
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho, calificándola de "suma".
--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletines 10.788-06,10.787-06, 11.407-07 y 14.610-06, refundidos) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Este proyecto tiene por objeto eliminar el tratamiento especial que contempla la ley para ciertos delitos cometidos en Isla de Pascua por sus naturales.
La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización hace presente que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, discutió en general y en particular esta iniciativa legal, y propone a la Sala que la considere del mismo modo.
Además, la referida Comisión deja constancia de que aprobó en general y en particular el proyecto por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables Senadoras señoras Carvajal y Ebensperger y Senadores señores Insulza y Ossandón.
Asimismo, hace presente que el artículo único del proyecto de ley requiere para su aprobación de 25 votos favorables por tratarse de una norma de carácter orgánico constitucional.
El texto que se propone aprobar se transcribe en la página 12 del informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
Es todo, señora Presidenta.
La señora RINCÓN (Presidenta).- Gracias, Secretario.
)------------(
La señora RINCÓN (Presidenta).- Senadora Carmen Gloria Aravena, tiene la palabra.
La señora ARAVENA.- Gracias, Presidenta, seré bien breve.
Solicito, si usted lo permite, que se refundan los proyectos del boletín N° 14.673-11, que modifica el Código Sanitario con el objeto de establecer normas sobre trazabilidad del huevo y la certificación de huevo de gallina feliz o libre, con el proyecto de ley N° 14.717-11, que garantiza el acceso transparente a las cadenas productoras de huevo. Este proyecto es de autoría del Senador Girardi, con quien ya conversé, y nuestra. Y la idea es poder refundirlos porque están en igual etapa de tramitación.
La señora RINCÓN (Presidenta).- ¿Si le parece a la Sala?
--Así se acuerda.
)------------(
La señora RINCÓN (Presidenta).- Senadora Luz Ebensperger, tiene la palabra.
La señora EBENSPERGER.- Gracias, Presidenta.
Por su intermedio, solicito la autorización de la Sala para que puedan ingresar el Subsecretario Max Pavez y la Subsecretaria María Paz Troncoso, por favor.
La señora RINCÓN (Presidenta).- No hay acuerdo, Senadora.
Le pedimos al Presidente de la Comisión de Gobierno que informe este proyecto.
¿Podría hacerlo usted, Senadora Ebensperger?
Muchas gracias.


La señora EBENSPERGER.- Gracias, Presidenta.
Este proyecto (mociones refundidas por esta Honorable Sala) fue revisado por primera vez, hace bastante tiempo, por la Comisión de Gobierno. Y quedó suspendida su tramitación toda vez que se requería de una consulta indígena en Isla de Pascua. Y esta, por razones de la pandemia, tuvo que ser suspendida una vez que se había iniciado.
La Comisión escuchó al Consejo de Ancianos y también al alcalde de Isla de Pascua; luego suspendió la tramitación hasta que este año el Gobierno informó que había realizado la consulta; entonces, expuso y explicó en la Comisión el resultado de esta.
El tema en cuestión se refería a la existencia de los artículos 13º y 14º de la Ley Pascua, o la ley que crea el departamento de Isla de Pascua, la Nº 16.441.
Así, el artículo 13º establece que "En los delitos contemplados en los Títulos VII y IX del Libro Segundo del Código Penal, cometidos por naturales de la Isla y en el territorio de ella, se impondrá una pena inferior en un grado al mínimo de los señalados por la ley para el delito de que sean responsables". Se refiere a delitos de tipo sexual.
Y el artículo 14º dice que "En aquellos casos en que el tribunal deba aplicar penas de presidio, reclusión o prisión podrá disponer que hasta dos tercios de ella puedan cumplirse fuera de establecimiento carcelario, fijando en la sentencia las condiciones de trabajo y residencia que deberá llevar el condenado y el tiempo por el cual se concede este beneficio, el que podrá suspenderse o revocarse por el juez, de oficio o a petición de parte, por medio de una resolución fundada, que se apoye en el incumplimiento de las condiciones impuestas".
Una vez realizada esta consulta indígena, el Ejecutivo propuso a la Comisión de Gobierno, mediante indicaciones, que se derogara esta pena inferior en un grado por los delitos de índole sexual cometidos en Isla de Pascua, pero que se mantuviera esta pena inferior en un grado a los delitos contra la propiedad cometidos por las naturales de la isla. Esto fundado en el resultado de la consulta indígena.
La Comisión, en forma unánime, estableció que, si bien la consulta indígena era un requisito para poder avanzar en estos proyectos, no había una razón de fondo para que se mantuviera la vigencia de este artículo y se les impusiera por tanto una pena inferior a los naturales que cometieran delitos contra la propiedad en la isla.
Por esta razón, la Comisión propone a esta Sala la derogación de los artículos 13º y 14º de la ley Nº 16.441, que establecían estos privilegios para los naturales de la isla que cometieran este tipo de delito. Dicha propuesta fue aprobada de forma unánime por la Comisión de Gobierno.
Es todo cuanto puedo informar, señora Presidenta.
Gracias.
La señora RINCÓN (Presidenta).- A usted, Senadora Ebensperger.
Tiene la palabra el Senador Chahuán, que es autor de este proyecto.


El señor CHAHUÁN.- Señora Presidenta, Honorable Sala, este proyecto de ley, originado en una moción del suscrito, junto a los Senadores Carlos Bianchi y el ex Senador Baldo Prokurica, que presentamos el año 2016, al cual se fusionaron otras mociones parlamentarias y un mensaje del Gobierno posteriormente, viene a solucionar una situación discriminatoria que se mantiene desde hace más de cincuenta años en Rapa Nui, mediante lo establecido en los artículos 13º y 14º de la ley Nº 16.441, de 1966, que disponen lo siguiente:
Artículo 13º: "En los delitos contemplados en los Títulos VII y IX del Libro Segundo del Código Penal, cometidos por naturales de la isla y en el territorio de ella, se impondrá una pena inferior en un grado al mínimo de los señalados por la ley para el delito de que sean responsables".
Artículo 14º: "En aquellos casos en que el tribunal deba aplicar penas de presidio, reclusión o prisión podrá disponer que hasta dos tercios de ellas puedan cumplirse fuera del establecimiento carcelario, fijando en la sentencia las condiciones de trabajo y residencia que deba llevar el condenado y el tiempo por el cual se concede este beneficio, el que podrá suspenderse o revocarse por el juez, de oficio o a petición de parte, por medio de una resolución fundada, que se apoye en el incumplimiento de las condiciones impuestas".
Estas disposiciones han generado un legítimo rechazo por parte del pueblo rapanuí, ya que configuran un beneficio penal injustificado y, en consecuencia, una menor protección a las víctimas de estos delitos, otorgando al autor del ilícito una rebaja de la pena y, además, consagra un régimen de cumplimiento alternativo para la ejecución de su sanción penal, lo cual atenta contra el principio constitucional de igualdad ante la ley.
Fueron las propias mujeres de la isla las que me pidieron, en mi calidad de representante de esa posición insular en este Hemiciclo, que promoviera una moción destinada a derogar estos artículos de la denominada "Ley Pascua".
En el año 2019 se llevó a cabo una masiva protesta de mujeres en Rapa Nui ante un caso de violación perpetrado, lo cual llevó al juez de garantía de la comuna a promover una acción de constitucionalidad de dichos preceptos, los que, mediante sentencia de fecha 21 de enero de este año, fueron declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional en la causa Rol 8792-2020.
Por su parte, el Gobierno, ante nuestra insistencia, promovió una consulta indígena con el objeto de derogar estas normas tan discriminatorias. Para este efecto, también contamos con el apoyo del Concejo Municipal y de la Codeipa, que pedía justamente avanzar en esta dirección.
De ahí hasta esta fecha han variado sustantivamente las condiciones que se tuvieron en vista al momento de la dictación de la Ley Pascua en el año 66; además, el país ha avanzado significativamente en la legislación relativa a la ejecución de penas y el uso de medidas alternativas a las penas restrictivas y privativas de libertad, como forma de contribuir a la reinserción social de las personas condenadas por delitos.
Por estas razones, estimo que debemos aprobar este proyecto de ley, el que voto, por supuesto, favorablemente, porque tiene el apoyo de los vecinos de Rapa Nui, hecho en virtud de la consulta indígena y, además, ha sido promovido por las distintas organizaciones de la sociedad civil en Rapa Nui.
Esto es un avance sustantivo para darles dignidad a todas y a cada una de las mujeres, con una ley que, sin lugar a dudas, infringía un principio de constitucionalidad de igualdad ante la ley.
Este proyecto, al que después se fueron fusionando otras iniciativas de ley de parlamentarios de la Región de Valparaíso, ha contado transversalmente con el apoyo unánime de los cinco Senadores de la Región para avanzar en esta dirección.
Así que creemos, sin lugar a dudas, que se está avanzando en dignificar a todos y cada uno de los vecinos de Rapa Nui.
He dicho.
La señora RINCÓN (Presidenta).- Gracias, Senador Chahuán.
Tiene la palabra el Senador Huenchumilla.


El señor HUENCHUMILLA.- Señora Presidenta, solamente quisiera hacer un par de comentarios sobre esta ley, porque respecto a estos dos artículos que se están derogando creo que es importante comprender lo que hay detrás desde los puntos de vista histórico y sociológico.
Es bueno que sepamos que este Senado de la República de Chile está legislando sobre un territorio que hasta el año 1888, entiendo, no pertenecía al territorio nacional y, por lo tanto, se trataba de un pueblo independiente y distinto en cuanto a las normas legales que tiene el Estado chileno. Ese pueblo tenía sus propias normas, sus propias costumbres, su propia cosmovisión del mundo y de la vida. Esto en virtud de lo que en la ciencia del derecho se llama el "pluralismo jurídico", que significa que las normas no solo emanan del Estado, sino que pueden emanar de otras fuentes, sobre todo cuando hay sociedades en el pasado y en el presente que no han tenido ni tienen Estado.
Entonces, el origen de las normas no solo está en el Estado, como en el caso del ordenamiento jurídico de Chile, sino que el pluralismo jurídico dice que hay pueblos que tienen sus propias normas en virtud de su propia historia y cultura.
Así, en el año 1966, cuando se dicta la ley Nº 16.441, el entonces Gobierno tomo esas normas propias del pluralismo jurídico que tenía el pueblo de Rapa Nui, y las tradujo en la normativa vigente, que emana en este caso del Estado de Chile.
Sin embargo, del año 66 a esta fecha el orbe ha cambiado, y se ha producido una mundialización -por así decirlo- de los derechos humanos, que hoy día tienen carácter universal, sancionado por todos los organismos internacionales y también por las cortes internacionales que velan sobre estas materias. Y, en consecuencia, aquí nosotros estamos tomando la nueva realidad jurídica internacional, porque la cultura y las identidades de los distintos pueblos en el mundo tienen un límite en el siglo XXI: los derechos de las personas.
Por lo tanto, este proyecto traduce efectivamente lo que hoy debe regir para todos los pueblos de la tierra, sin distinción.
Solamente me queda la duda con respecto al artículo 14º, en cuanto al cumplimiento de la pena fuera de la cárcel. Porque yo quiero señalar que los pueblos originarios, los pueblos de Rapa Nui tenían un catálogo de delitos, pero no existían cárceles, por lo que el cumplimiento era de otra naturaleza. Eso recoge el Convenio 169 con relación al cumplimiento de las penas. Por eso a mí me parece que al derogar el artículo 14º queda un pequeño problema de interpretación acerca de ese tema.
Pero puesto en la disyuntiva de votar de alguna manera este proyecto de ley, señor Presidente, creo que se aviene más con la actual normativa sobre derechos humanos, y por ello lo voy a votar favorablemente.
Gracias, Presidente.
El señor PIZARRO (Vicepresidente).- Muchas gracias, Senador.
Le voy a pedir a la Secretaría que toque los timbres. Este es un proyecto acordado para ver en Fácil Despacho; es de quorum especial. Así que les pediría a los Senadores que procedamos a votarlo.
Hay que abrir la votación.
Como digo, estamos en Fácil Despacho.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor PIZARRO (Vicepresidente).- Senadora Allende, ¿está pidiendo la palabra para fundamentar?


La señora ALLENDE.- Breve, Presidente, ahora que abrió la votación.
El señor PIZARRO (Vicepresidente).- Sí.
Tiene la palabra, Senadora.
La señora ALLENDE.- Bueno, por supuesto, Presidente, lo primero que quiero decir -como se ha señalado en la Sala- es que la Ley de Pascua fue promulgada el año 66, o sea, hace cincuenta y cinco años. Obviamente, esa normativa fue aprobada cuando Isla de Pascua fue incorporada al Estado chileno y regulaba diversas materias.
Por cierto, pasan los años y hoy día a todas luces no parece razonable mantener el artículo 13º, o el artículo 14º, que establecen reducción de pena para los autores de delitos sexuales, y, en algunos casos, para quienes cometan delitos contra la propiedad.
Ese trato beneficioso a los victimarios deja a las mujeres víctimas de violencia de género sin resguardo, lo cual, por cierto, no tiene ninguna justificación. Por eso vamos a apoyar el que efectivamente se termine con aquello, que es un absurdo.
Hoy día no hay ningún estándar internacional ni nacional que pueda justificar que podamos amparar el dejar a las mujeres víctimas de delitos sexuales en esa condición, y creo que ello es bastante claro.
El año pasado el mismo Tribunal Constitucional incluso declaró que esa norma era inconstitucional, como también el artículo 14º, que establece el beneficio del cumplimiento en libertad de hasta los dos tercios de la pena.
Entonces, ¿qué nos preocupa? Nos preocupan las mujeres víctimas de la Isla, sobre todo considerando que la violencia que se ha manifestado en algunos casos en Rapa Nui es superior incluso al promedio nacional.
Por consiguiente, debemos tomar las decisiones legislativas necesarias para asegurar que los agresores que han sido condenados con las más altas penas realmente las cumplan. Ello, para dar una señal hacia las mujeres. Son cientos las que se han manifestado en la isla de Rapa Nui que están en contra de esta norma inconstitucional y que están dando un ejemplo.
Por ello, tanto el fallo del Tribunal Constitucional como las movilizaciones al menos han posibilitado que se abriera un proceso de consulta indígena que derivó en que el Ejecutivo enviara un mensaje, que se refundió con dos mociones que diferentes parlamentarios, sobre todo de la Quinta Región, habían presentado.
En consecuencia, se aprobó un texto en mayo a través de la consulta, el cual proponía eliminar la rebaja de penas solo para delitos sexuales, dejando esto para los delitos contra la propiedad, en particular por la preocupación que existe respecto de la usurpación, ya que para Rapa Nui el concepto de usurpación de propiedad, en fin, dispuesto en el Código Civil chileno resulta contrario a la cosmovisión ancestral de la comunidad.
En definitiva, Presidenta, hay que apoyar el que esta vez resolvamos esta situación, por cuanto no podemos permitir dejar a las mujeres en la indefensión o en un estado de no resguardo de sus derechos.
Sin embargo, quiero hacer presente en esta Sala que hay una preocupación de la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua, que considera que lo que se está aprobando ahora no fue -porque son mociones refundidas- lo que se hizo en la consulta. A juicio de Codeipa, esto debió haber pasado por un proceso de consulta.
En tal sentido, quiero dejar constancia de aquello, y aquí están los miembros de la Comisión de Gobierno para que puedan ratificar en la Sala si ello es así. Yo no sé qué tanto complica hacernos eco de la inquietud que ha manifestado Codeipa al respecto. Yo no sé si corresponde que la Comisión de Gobierno nos diga algo, que lo va a volver a revisar o qué sucede sobre el particular. Pero, obviamente, estoy de acuerdo con el objetivo del proyecto.
Hago esta consulta, Presidente, porque no es menor.
En definitiva, la Presidenta también sabe de esto -porque estábamos intercambiando información-, pues a ella también le llegó ese mensaje, y eso es lo que nos preocupa.
Así que, por intermedio de la Presidenta, quiero hacerles esta consulta a los miembros de la Comisión de Gobierno a fin de que nos digan cuál es la situación exacta y si esto puede perjudicar el que aprobemos esta normativa.
El señor PIZARRO (Vicepresidente).- Muchas gracias, Senadora.
Estamos en votación; les recuerdo que el proyecto requiere quorum especial para ser aprobado. Nos hallamos en el primer trámite constitucional, de manera que algunas de las inquietudes o consultas que se han hecho todavía pueden ser debidamente resueltas.
Lo que pasa, Senadora, es que mientras estamos en votación no puedo dar la palabra para lo que señala. Por eso solicito que con posterioridad pueda aclararse el punto, una vez terminada la votación.
¿Va a fundamentar su voto, Senadora?
La señora RINCÓN.- Sí.
El señor PIZARRO (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora Rincón.


La señora RINCÓN.- Gracias, Presidente.
Efectivamente, me quiero sumar a las palabras de la Senadora Allende. Nos llegó esta comunicación hoy; no la tuvimos antes.
Al revisar los antecedentes de este proyecto, el Alcalde de Rapa Nui, señor Pedro Pablo Edmunds Paoa; el Presidente del Consejo de Ancianos de Rapa Nui, señor Carlos Edmunds Paoa; la asesora señora Tiare Aguilera; los comisionados electos de Rapa Nui del Comité de Desarrollo de Isla de Pascua (Codeipa); la señora Anakena Manutomatoma, y el señor Francisco Haoa se manifestaron expectantes en cuanto a su discusión y, además, se expresaron a favor de él.
Creo que eso es importante de destacar.
De igual forma, enfatizaron ser contrarios a todo aquello que dañe o perjudique la igualdad de género, haciendo presente que, con independencia de los ministerios involucrados y del interés que existe de parte de ONU Mujer en la rápida tramitación de la iniciativa, deben ser los propios habitantes de la Isla de Pascua quienes decidan en esta materia y que aunque están por derogar los artículos objeto de este proyecto debe realizarse la consulta de rigor. Y los antecedentes que hay señalan que no se hizo la consulta respecto de las mociones que se estudiaron -y aquí me pueden corregir los colegas que vieron este proyecto-, sino sobre el mensaje presidencial.
Entonces, cuando nos llega esta información justo el día de la votación por parte de los habitantes y del Consejo de Isla de Pascua es complejo votar a favor, porque se hace presente algo que al menos muchos de nosotros hemos defendido: el respeto a la normativa del Convenio N° 169 y a la consulta indígena cuando afecta a nuestros pueblos originarios.
Así que, Presidente, para fundar mi voto me abstengo en esta votación.
Gracias.
El señor PIZARRO (Vicepresidente).- Señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias, señor Presidente.
La Senadora Provoste está pidiendo la palabra.
La señora RINCÓN.- La Senadora Yasna Provoste está pidiendo intervenir.
El señor PIZARRO (Vicepresidente).- Es que estamos en Fácil Despacho.
¿Senadora Provoste, va a fundamentar el voto?


La señora PROVOSTE.- Voy a fundamentar mi voto.
Presidente, voy a votar a favor de esta iniciativa, porque lo que hemos visto, a propósito de situaciones que permiten ir mejorando la condición y la posición de las personas en condición de su etnicidad, es que muchas veces la consulta es puesta precisamente como una excusa.
Este ha sido un largo debate que hemos dado en nuestro país y además en este Congreso: cuáles son aquellas iniciativas que requieren proceso de consulta.
El proyecto que hoy se discute no es la excepción.
No tenemos ninguna duda de que esta iniciativa es un avance respecto de la condición de las mujeres en esa situación.
Tal como se consigna en el informe, cuestión que indicó la propia Ministra de Desarrollo Social en la propia Comisión, se dio a conocer lo relativo a la consulta indígena que se llevó adelante. Por tanto, me llama mucho la atención que el día de hoy se ponga en entredicho ese proceso. No tengo duda de aquello.
Además, quiero señalar que en la tramitación de este proyecto de ley, que fue aprobado por unanimidad, estuvieron presentes personas representativas del pueblo: el alcalde, el Presidente del Consejo de Ancianos, la asesora, los comisionados electos de Rapa Nui, el Codeipa.
Pero, Presidente, creo que lo que hoy no puede estar en cuestión es si nosotros vamos a permitir que exista esta desigualdad legislativa que afecta a las mujeres.
Quiero recordar que el informe respectivo del Instituto Nacional de Derechos Humanos hace referencia a un proyecto de acuerdo que este Parlamento despachó hace ya bastante tiempo y que pasó décadas sin ver la luz: me refiero al que aprueba la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw), que culmina el proceso de construcción de una serie de iniciativas que sitúan a la mujer como sujeto de derechos.
Así también se halla el trabajo desarrollado por las Comisiones de la Mujer y la Igualdad de Género y de Mujeres y Equidad de Género de este Congreso, que ha permitido ir avanzando en distintas formas de erradicar situaciones de violencia que se hallan comprendidas en la definición de discriminación contra la mujer establecida en la Convención, pidiendo a los Estados Partes adoptar las medidas necesarias para poner fin a dicha violencia.
Digo aquello, señor Presidente, porque nadie puede permanecer en una disposición y en una actitud neutral frente a hechos de violencia contra las mujeres, de violencia contra las niñas. Y eso es lo que hoy día estamos discutiendo, pues después de que se presentara una iniciativa parlamentaria amplia y transversal; luego de solicitarse una consulta indígena, la cual se llevó adelante en este proceso; con posterioridad a escuchar en la Comisión a distintas organizaciones representativas, lo que se busca es eliminar el tratamiento especial que contempla la ley para ciertos delitos cometidos en Isla de Pascua por sus naturales y que afectan a las mujeres.
No en vano, cuando hace pocos días, el 21 de diciembre, conmemoramos el Día Nacional Contra el Femicidio, esta iniciativa va precisamente a ajustar esta legislación; a terminar con tratamientos especiales que generan impunidad; a establecer una diferenciación en el ámbito penal, que hasta ahora permitía otorgar rebaja en la responsabilidad penal en una serie de delitos que particularmente afectaban a las mujeres y configuraba un beneficio penal injustificado y, lo que es peor, una menor protección a las víctimas de estos delitos, una desprotección hacia las mujeres en Isla de Pascua.
Por eso yo voto a favor, sin ninguna duda, Presidente.
La señora RINCÓN (Presidenta).- Senadora Ebensperger, ¿va a fundamentar su voto? ¿Y el Senador Navarro?


La señora EBENSPERGER.- Gracias, Presidenta.
Como bien se ha señalado acá, en este proyecto se ha cumplido con todos los trámites.
Se hizo por parte del Ejecutivo la consulta indígena de manera general. No se consultó sobre un proyecto o una moción, sino respecto de la permanencia o la vigencia de los artículos 13º y 14º de la ley N° 16.441.
Lo que pasa es que, como resultado de esa consulta indígena, una mayoría bastante importante dio su aprobación para derogar todos aquellos beneficios, privilegios o discriminaciones en favor de quienes cometían delitos sexuales; pero no hubo la misma mayoría para derogar la atenuante en contra de los que cometían delitos contra la propiedad. No es que no se haya consultado, sino solo que ellos se manifestaron no conformes con eso.
Ahora, el requisito legal es hacer la consulta, y no necesariamente que esta sea vinculante.
Por eso, Presidenta, entendiendo que se ha dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos en la ley y que no se justifica hoy en día este tipo de privilegios, yo voto a favor de este proyecto.
La señora RINCÓN (Presidenta).- Gracias, Senadora, por hacer luz respecto del punto en cuestión, que no es otro que clarificar si hay o no consulta. Se agradece su intervención.
Senador Navarro, y cerramos la votación.
¿No hará uso de la palabra?
El señor NAVARRO.- No, Presidenta.
La señora RINCÓN (Presidenta).- Muchas gracias.
¿Alguna Senadora o algún Senador no ha emitido su voto?
Terminada la votación.
--Se aprueba en general y en particular el proyecto (30 votos a favor y 2 abstenciones), dejándose constancia de que se reúne el quorum constitucional exigido, y queda despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes y Provoste y los señores Alvarado, Castro, Chahuán, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Huenchumilla, Insulza, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Ossandón, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana y Sandoval.
Se abstuvieron la señora Rincón y el señor Navarro.
La señora RINCÓN (Presidenta).- Muchas gracias.