Esto, luego que la Sala del Senado despachara en particular y con modificaciones, el texto que faculta a las instituciones de educación superior desarrollar su investigación en conjunto con otros organismos públicos, y con empresas públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil u otras organizaciones nacionales o internacionales.

Por unanimidad, el Senado despachó a tercer trámite el proyecto que dicta normas sobre transferencia de tecnología y conocimiento y que tuvo un primer debate en Sala el 9 de diciembre de 2025 (ver nota relacionada).
El senador Rojo Edwards recordó que la Comisión de Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología y Conocimiento, que preside, realizó un nuevo segundo informe y describió que dentro de las modificaciones están:
El rol de incentivar el licenciamiento socialmente responsable de las tecnologías de la información desarrolladas con fondos públicos, que estará a cargo de los ministerios de Ciencia y de Economía, respectivamente.
Aclara los aspectos que permiten distinguir la información necesaria para identificar registros, solicitudes y depósitos de obras protegidas por propiedad intelectual y en el repositorio nacional de conocimiento e información científica.
Incorpora transparencia activa para instituciones de educación superior (IES) públicas y privadas que participen en empresas de bases científico tecnológicas.
Además, propone la obligación de comunicar los resultados de la investigación y declaración de intereses de investigadores e investigadoras.
OBJETIVO
El proyecto busca establecer un marco regulatorio para la transmisión de los resultados derivados de la investigación científica y tecnológica al mercado y a la sociedad en general, basado en la interacción y colaboración de instituciones académicas y de investigación, agencias gubernamentales y la industria, sobre la base de factores que contribuyan a este proceso y promuevan el desarrollo sostenible del país.
Para esto, dota de contenido el concepto de investigación en instituciones de educación superior (IES), como una de sus funciones esenciales y crea el repositorio nacional de conocimiento, información científica y tecnológica.
Establece el deber de fomento de la ciencia abierta en las instituciones de educación superior, en la esfera de su autonomía y consagra el deber del Estado de fomentar los proyectos de investigación, la creación, la transferencia, el intercambio de tecnología y conocimiento.
Asimismo, sanciona el estatuto legal de transferencia de tecnología y conocimiento, con especial énfasis en que las IES para que sus investigadores puedan crear o participar en Empresas de Base Científica Tecnológica (EBCT) desarrolladas a partir de resultados de investigación.
Consagra también un régimen de derechos de intervención actualizados en proyectos financiados con fondos públicos e introduce cambios a otras normas tendientes a eliminar posibles trabas vinculadas a transferencias gestión de tecnología y conocimiento.
