Viernes 5 de Diciembre de 2025
Comisión de Salud analiza indicaciones a norma que moderniza la institucionalidad del sistema público de salud
Tanto las y los senadores como el Ejecutivo, introdujeron 81 indicaciones al texto que cuenta con suma urgencia y cumple su primer trámite en el Senado. Ahora solo resta por sancionar los cambios a los artículos transitorios.

Con la revisión de la mayor parte de las enmiendas, los integrantes de la Comisión de Salud comenzaron la discusión en particular del proyecto que moderniza el Sistema Nacional de Servicios de la Salud; fortalece al Fondo Nacional de Salud (Fonasa); crea el Servicio Nacional de Salud Digital; y otorga facultades al Instituto de Salud Pública de Chile (ISP) y a la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast).
En la sesión del 2 de diciembre, la instancia se abocó a revisar disposiciones relacionadas con el nuevo Servicio de Salud Digital y las nuevas atribuciones que se le entregan a Fonasa; mientras que el 3 de diciembre (en doble jornada), se analizaron las funciones de la Cenabast y del ISP.
También la Secretaría informó que se presentaron 81 indicaciones, reduciéndose a 70 tras la revisión de admisibilidad. Ahora solo resta por sancionar 23 indicaciones a las normas transitorias, lo que se espera realizar la próxima semana. De hecho se invitará al ministro del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo; y a la superintendenta de Seguridad Social, Andrea Soto para analizar una apartado pendiente acerca de las mutualidades de seguridad.
Una vez concluido el debate en particular en Salud, la iniciativa pasará a Hacienda para que esa Comisión revise las normas de su competencia. De ahí podrá derivarse a Sala.
INDICACIONES
La senadora Ximena Ordenes junto a sus pares Iván Flores (presidente), Juan Luis Castro y Francisco Chahuán aprobaron –mayoritariamente- una serie de indicaciones por unanimidad.
Así se respaldaron los roles que tendrá el director del nuevo Servicio de Salud Digital en cuanto a la capacidad de contratar personas naturales para cumplir labores en telemedicina asincrónica, telemedicina sincrónica, teleinforme, orientación en salud, monitoreo de pacientes, herramientas tecnológicas, contactabilidad o derivación de paciente crítico.
La nueva autoridad también deberá establecer un sistema de registro de la jornada laboral (usando la tecnología ad hoc) y notificar al personal de su desvinculación (con antelación de 30 días corridos).
En cuanto a la Subsecretaría de Redes Asistenciales, la Comisión aprobó la misión de elaborar un sistema nacional de registro y evaluación de producción, calidad asistencial y satisfacción usuaria, el que deberá ser publicado en la web institucional.
Respecto a Fonasa, una indicación aprobada permitirá que las licencias médicas por enfermedad grave del hijo menor de un año, sean incluidas dentro de los Subsidios de Incapacidad Laboral (SIL) que ya estaban considerados en el mensaje (pre y post natal, enfermedad o accidente común, prórroga de medicina preventiva y patologías del embarazo).
A su vez, se apoyó que las licencias médicas de la ley SANNA (que Crea un seguro para el acompañamiento de niños y niñas que padezcan las enfermedades graves) sigan siendo conocidas por la COMPIN. También, la y los parlamentarios coincidieron en que los reclamos por licencias médicas rechazadas se puedan hacer ante la citada Comisión.
Por su parte, Fonasa estará autorizado para anticipar transferencias de recursos a los Servicios de Salud con los cuales haya celebrado un acuerdo. El Fondo y la Subsecretaría de Redes Asistenciales deberán publicar e informar a la Dirección de Presupuestos al menos trimestralmente, mediante un portal electrónico, sobre la ejecución de los acuerdos.
Para la designación del segundo prestador, Fonasa y las Isapres propenderán a utilizar criterios de proximidad al paciente, oportunidad y costos, todo ello cuando se encuentren vencidas las garantías de oportunidad (Ges). En el caso de los pacientes oncológicos, se estableció la derivación automática al segundo prestador. Aquello responde al compromiso de dejar explicitado este procedimiento en la ley ya que se realiza en la práctica.
En cuanto a la Cenabast, ésta estará obligada a publicar y a mantener actualizados, en su portal institucional, los precios de los productos que adquiera mediante procesos de compra o intermediación. Como así también deberá dar igual trato a proveedores nacionales e internacionales, sin establecer diferencias arbitrarias.
PENDIENTES
Al final de la sesión del martes, se debatió en extenso acerca de la posibilidad que Fonasa contrate a las mutuales de seguridad como prestadores de servicio. En la actualidad se realiza, pero no está expreso en una ley. En la jornada, los senadores Flores y Castro recordaron que el Ejecutivo se comprometió en la tramitación de la ley de presupuestos a explicitar esta facultad en el proyecto de reajuste al sector público (en su parte miscelánea).
La Comisión coincidió en la necesidad de resolver las listas de espera usando la capacidad ociosa de las mutuales, lo que podría explicitarse en el proyecto en debate o efectivamente, en la norma de reajuste. Dicho punto quedó pendiente de votar a la espera de sostener nuevas conversaciones con el Ejecutivo.
Otro debate que se registró en dos sesiones fue la posibilidad que la Cenabast entregue información acerca de los descuentos por volúmenes de compra. En ese sentido, el Ejecutivo explicó que dichos datos no son conocidos porque afectarían las negociaciones con los productores de medicamentos, dado “que muchas veces se consiguen precios más bajos que otras naciones”.
Dado lo anterior, la Comisión cuestionó las condiciones en que se dan las conversaciones con la industria y el derecho a la información. Con todo, desde el Minsal recordaron que el tema está siendo abordado en la tramitación que realiza la Cámara Baja, del proyecto que optimiza el mecanismo de sustentabilidad del Fondo para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo y modifica la Ley Ricarte Soto) (Boletín N° 15047-11).


