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Representantes del Presidente de la República

Proponen nuevos integrantes del Consejo Resolutivo de Superintendencia de Casinos de Juego

El oficio del Ejecutivo debe ser conocido por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización antes de ser votado por la Sala del Senado.

2 de noviembre de 2023

El Presidente de la República propuso a Susana García Echazú y a Gustavo Rivera Urrutia como sus representantes en el Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juegos, en reemplazo de Luis Eduardo Bresciani y Rapahel Bergoeing.

 

El oficio presidencial deberá ser conocido por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización para luego ser sometido a votación en la Sala del Senado, pues en este caso, los representantes del Presidente de la República en el Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego, requieren del acuerdo de la Cámara Alta.

 

Caber recordar que el Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego está integrado por el Subsecretario de Hacienda, quien lo preside; el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo; el Superintendente de Valores y Seguros; el Subsecretario de Turismo; el entonces Intendente Regional de la región de localización del casino de juego respecto de cuyo permiso de operación el Consejo deba pronunciarse; y dos representantes del Presidente de la República nombrados con acuerdo del Senado.

 

Dicho organismo, tiene las atribuciones exclusivas de otorgar, denegar, renovar y revocar los permisos de operación de casinos de juego en el país, como asimismo las licencias de juego y los servicios anexos, de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Casinos y sobre la base de la proposición que le formule el Superintendente/a, a quien le corresponde ejercer la Secretaría Ejecutiva y actúa además como relator del Consejo.

 

Los y las integrantes del Consejo Resolutivo, como asimismo la/el Secretaria/o Ejecutivo y el secretario asistente, están obligados a guardar reserva respecto de aquellas materias que tengan ese carácter, a las cuales tengan acceso en razón de sus funciones.

 

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