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FORTALECIMIENTO Y TRANSPARENCIA DE LA DEMOCRACIA


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, solo quiero mencionar que, frente a la propuesta de la Comisión de Probidad y Transparencia en el numeral 7, que modifica el artículo 32, en el sentido de que "Solo podrá realizarse propaganda electoral en los lugares que, de acuerdo a la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones, puedan ser calificados como plazas o parques", me quedo con la versión de la Comisión de Hacienda.
Creo que eso es bastante restringido.
Apoyo lo señalado por la Comisión de Hacienda, además, porque no solamente habla de plazas y parques, sino también de otros lugares.
Pero lo más importante es que repone la idea de solicitar proposiciones a los concejos municipales, quienes son los que mejor conocen la realidad de cada comuna.
Ahora, si se dice que los concejales son incumbentes, quiero recordar que estas proposiciones deben ser válidas en todo tipo de elecciones, por lo que tenderán a mantenerse en el tiempo en los mismos lugares. Y, en todo caso, no son vinculantes para el Servicio Electoral.
Por último, la Comisión de Hacienda agregó una instancia de notificación a los partidos y la posibilidad de presentar observaciones al listado de lugares.
Por lo anterior, apoyaré la proposición de Hacienda en este numeral.