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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 325ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 43ª, en miércoles 14 de abril de 1993
Ordinaria
(De 16:15 a 19:2)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES GABRIEL VALDÉS, PRESIDENTE,
Y BELTRÁN URENDA, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL PROSECRETARIO, SEÑOR JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
-Alessandri Besa, Arturo
-Cantuarias Larrondo, Eugenio
-Cooper Valencia, Alberto
-Díaz Sánchez, Nicolás
-Díez Urzúa, Sergio
-Feliú Segovia, Olga
-Fernández Fernández, Sergio
-Frei Bolívar, Arturo
-Frei Ruiz-Tagle, Carmen
-Gazmuri Mujica, Jaime
-González Márquez, Carlos
-Hormazábal Sánchez, Ricardo
-Huerta Celis, Vicente Enrique
-Jarpa Reyes, Sergio Onofre
-Lagos Cosgrove, Julio
-Lavandero Illanes, Jorge
-Martin Díaz, Ricardo
-Mc-Intyre Mendoza, Ronald
-Ortiz De Filippi, Hugo
-Otero Lathrop, Miguel
-Pacheco Gómez, Máximo
-Piñera Echenique, Sebastián
-Prat Alemparte, Francisco
-Ríos Santander, Mario
-Romero Pizarro, Sergio
-Ruiz De Giorgio, José
-Ruiz-Esquide Jara, Mariano
-Siebert Held, Bruno
-Sinclair Oyaneder, Santiago
-Soto González, Laura
-Sule Candia, Anselmo
-Thayer Arteaga, William
-Urenda Zegers, Beltrán
-Valdés Subercaseaux, Gabriel
-Vodanovic Schnake, Hernán
-Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrió, además, el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Actuó de Secretario el señor José Luis Lagos López, y de Prosecretario, el señor Carlos Hoffmann Contreras.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 16:15, en presencia de 36 señores Senadores.
El señor VALDÉS (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor VALDÉS (Presidente).- Se da por aprobada el acta de la sesión 38a, ordinaria, en 31 de marzo del presente año, que no ha sido observada.
IV. CUENTA

El señor VALDÉS (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor HOFFMANN (Prosecretario subrogante).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensaje
De Su Excelencia el Presidente de la República, con el que inicia la tramitación del proyecto que concede el derecho a percibir subvención educacional conforme al decreto con fuerza de ley N° 5, de 1992, del Ministerio de Educación, y otorga otros beneficios a las instituciones que señala.
-Pasa a la Comisión de Educación y Cultura y a la de Hacienda, en su caso.
Oficios
Tres de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que ha dado su aprobación al proyecto que crea Juzgados de Policía Local, en las comunas que indica.
-Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y a la de Hacienda, en su caso.
Con el segundo hace presente que ha dado su aprobación al proyecto que fija la nueva planta de personal para la Dirección del Trabajo. (Calificado de "Simple Urgencia").
-Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social y a la de Hacienda, en su caso.
Con el tercero informa que ha dado su aprobación al proyecto que readecua funcionalmente las plantas de personal del Servicio de Impuestos Internos. (Calificado de "Simple Urgencia").
-Pasa a la Comisión de Hacienda.
Del señor Ministro de Hacienda, con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Honorable señor Julio Lagos, en que solicitaba el patrocinio del Ejecutivo para aumentar las asignaciones de zona vigentes en las distintas localidades de la Primera Región.
-Queda a disposición de los señores Senadores.
Informes
Dos de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaídos en los siguientes asuntos:

1.- En el proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, que aprueba el Convenio Básico de Cooperación Científica y Tecnológica suscrito entre el Gobierno de Chile y el de los Estados Unidos de América.

2.- En el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, sobre aprobación del Acuerdo suscrito entre el Gobierno de Chile y el de Costa Rica, sobre el ejercicio de actividades remuneradas por parte de dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico designado para ejercer misión oficial.
Segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la normativa legal de las comunidades agrícolas.
Tres de la Comisión de Educación y Cultura, recaídos en los siguientes proyectos de ley, en segundo trámite constitucional:

1.- El que autoriza erigir dos monumentos, en las ciudades de Santiago y Chillán, en memoria de don Claudio Arrau León.

2.- El que autoriza erigir un monumento en la ciudad de Calama y otro en la ciudad de Valparaíso, en memoria de don Radomiro Tomic Romero.

3.- El que establece que el 18 de agosto de cada año se denominará "Día de la Solidaridad", como homenaje en memoria del sacerdote Alberto Hurtado Cruchaga S.J.
-Quedan para tabla.
El señor VALDÉS (Presidente).- Terminada la Cuenta.
Se suspende la sesión para celebrar una reunión de Comités.
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-Se suspendió a las 16:22.
-Se reanudó a las 16:42.
-------------------

El señor VALDÉS (Presidente).- Continúa la sesión.


ACUERDO DE COMITÉS
El señor VALDÉS (Presidente).- Los Comités acordaron, por unanimidad, celebrar esta sesión hasta las 19, dejándose sin efecto la hora de Incidentes.
V. ORDEN DEL DÍA



MODIFICACIÓN DE LEY N° 18.910, ORGÁNICA DE INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO. VETO


El señor VALDÉS (Presidente).- Observaciones del Presidente de la República, en segundo trámite, al proyecto que modifica la ley N° 18.910, Orgánica del Instituto de Desarrollo Agropecuario, con urgencia calificada de "Discusión Inmediata". Por acuerdo unánime de Comités, se las eximió del trámite de Comisión.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 14a, en 4 de agosto de 1992.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 22a, en 12 de enero de 1993.
Observaciones en segundo trámite, sesión 40a, en 7 de abril de 1993.
Informes de Comisión:
Agricultura, sesión 19a, en 22 de diciembre de 1992.
Hacienda, sesión 19a, en 22 de diciembre de 1992.
Mixta, sesión 32a, en 11 de marzo de 1993.
Discusión:
Sesiones 19a, en 22 de diciembre de 1992 (se aprueba en general y particular); 32a, en 11 de marzo de 1993 (se aprueba el informe de la Comisión Mixta).

El señor LAGOS (Prosecretario).- Las observaciones de Su Excelencia el Presidente de la República -aprobadas por la Cámara de Diputados, según lo indica en su oficio N° 1183, de 7 de abril-, formuladas por las razones que se exponen en el mensaje, proponen introducir a la definición de "Campesino", contenida en la letra F) del artículo único del proyecto, las siguientes modificaciones:

1.- Intercalar una coma a continuación de la expresión "productor agrícola", y

2.- Eliminar la preposición "de" escrita entre la conjunción "y" y el artículo "las".
El señor VALDÉS (Presidente).- En discusión general y particular.

Tiene la palabra la Honorable señora Feliú.

La señora FELIÚ.- Señor Presidente, Honorable Senado, según se plantea en el oficio en el cual el Primer Mandatario formula observaciones al proyecto de ley, en el mensaje enviado a la Cámara de Diputados se incluyó una definición del término "campesino" en virtud de la cual esta calidad la tiene "la persona que habita y trabaja habitualmente en el campo, cuyos ingresos provengan fundamentalmente de la actividad silvoagropecuaria realizada en forma personal, cualquiera que sea la calidad jurídica en que la realice, siempre que sus condiciones económicas no sean superiores a las de un pequeño productor agrícola, y" -además- "las personas que integran su familia.". Es decir, quedaban comprendidas en el concepto "campesinos" las personas que he indicado, que trabajan habitualmente en el campo, y su familia. Pero la Cámara de Diputados, en primer trámite, cambió los términos de esa definición y el texto transcrito al Senado -por un error tipográfico, según se señala en el veto- incluyó sólo la primera parte, de manera tal que la familia del campesino no quedó comprendida dentro de este enunciado.
Por tal razón, el Ejecutivo propone ahora aprobar la letra F) del artículo único en los términos consignados en el mensaje enviado a la Cámara de Diputados.
En la reunión de Comités celebrada ayer, la Secretaría indicó que se trataba de corregir un error tipográfico, y se solicitó acuerdo para que la Sala despachara las observaciones, sin informe previo de la Comisión pertinente.
La verdad es que, a mi juicio, no se trata sólo de un error tipográfico o dactilográfico. Cuando esta Corporación tomó conocimiento del mensaje y del proyecto en la forma despachada por la Cámara de Diputados, en el concepto de "campesino" no quedaba incluida su familia. Y me parece que la Comisión correspondiente debería analizar todos los antecedentes del caso y sopesar los pros y los contras de incluir en esa definición a este grupo de personas.
Más aún: al revisar esta mañana el informe de la Comisión, me impuse que el punto constituyó tema de discusión, y entiendo que allí se estimó que quienes trabajan en el campo, con un vínculo de dependencia, como asalariados, no fueron incluidos en el concepto de "campesino".
Otra duda que me surge se relaciona con determinar quiénes conforman esa familia: ¿la mujer, los hijos, los hijos mayores de 21 años, los mayores de 18? No lo sé. Por eso creo que la conformación de la familia del campesino que será objeto de ayuda es un concepto que debiera acotarse.
Finalmente, cabe recordar que el INDAP no es un organismo de ayuda social, sino una institución cuya función primordial es el respaldo tecnológico y económico para hacer crecer y surgir la empresa agrícola. No se trata, en consecuencia, de prestar atención a familias a las que podrán afectarlas muchos problemas, pero cuya solución no corresponde a este servicio que, como ya lo he señalado, tiene por misión brindar apoyo tecnológico que permita el surgimiento de pequeñas empresas agrícolas. Esa es la función del INDAP, y a ello apunta su ley orgánica. Pero, en fin, pienso que todos estos puntos deberían ser analizados por la Comisión especializada del Senado.
Por estas consideraciones, pido que se revoque el acuerdo de los Comités, porque, en realidad, no se trata del problema formal de una coma, sino de un tema sustantivo: el que un grupo de personas quede o no comprendido dentro del concepto. El señor VALDÉS (Presidente).- Debemos considerar, primero, que los Comités adoptaron el acuerdo por unanimidad y que, segundo, por la calificación de la urgencia, las observaciones deben ser tratadas hoy. De otro modo, la Presidencia se vería obligada a citar al Senado para mañana en la mañana.
Tiene la palabra el Honorable señor Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, este tema lo discutimos extensamente en el Senado y fue aprobado tal como lo proponía el Ejecutivo en su mensaje. Y la Comisión de Agricultura -de la cual formo parte y en cuya representación hago uso de la palabra por encontrarse ausente su Presidente, el Honorable señor Navarrete- decidió incluir a la familia en el concepto de "campesino". Esa fue la idea; no hay otro sentido: sólo se trata de un error tipográfico.
Hace unos quince o veinte minutos el señor Ministro de Agricultura me proporcionó una larga explicación al respecto. Me parece que también la dio a otros señores Senadores, los que han comprendido el alcance de la proposición. Se trata ahora de aprobarla o rechazarla, pues no cabe abrir debate sobre un punto ya discutido in extenso en diversas oportunidades.
Por lo tanto, señor Presidente, ruego someter a votación las observaciones.

El señor VALDÉS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Jarpa.

El señor JARPA.- Señor Presidente, en la Comisión de Agricultura se quiso definir, en los mismos términos propuestos, quiénes son los campesinos a los que el INDAP debe tratar de atender en sus actividades productivas. Y se estableció que eran aquellos "cuyos ingresos provengan fundamentalmente de la actividad silvoagropecuaria realizada en forma personal". Esto me parece suficientemente claro y no incluye a miembros de una familia que se dediquen a otras actividades ajenas a las labores agropecuarias.
Al hablar de la "familia", se quiso también incorporar dentro del término, y con sujeción a todas las demás condiciones que se imponen, a personas como la mujer del campesino, la que generalmente puede estar realizando una actividad productiva menor, pero que es importante en la economía familiar e incluso en la economía general del país. Es muy posible que la horticultura, el cultivo de frutales a escala menor, la crianza de aves, la apicultura -es decir, una serie de actividades que pueden ser realizadas por la mujer, con ayuda de los hijos-, constituyan fuentes de ingresos para las familias campesinas. Este fue el propósito que se tuvo. Y creo que la definición de "campesino" no deja ninguna duda en el sentido de que se pueda incorporar toda una numerosa familia que se dedique a otros menesteres.

El señor VALDÉS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Romero.

El señor ROMERO.- Señor Presidente, estas observaciones debieron ser analizadas en la Comisión especializada. No cabe la menor duda al respecto. Enviarlas de pronto, con urgencia calificada de "Discusión Inmediata", no me parece el procedimiento más adecuado para tratarlas.
Al definirse el concepto "campesino" se dice que lo es "La persona que habita y trabaja habitualmente en el campo, cuyos ingresos provengan fundamentalmente de la actividad silvoagropecuaria realizada en forma personal, cualquiera que sea la calidad jurídica en que la realice, siempre que sus condiciones económicas no sean superiores a las de un pequeño productor agrícola y de las personas que integran su familia.". Es decir, el alcance de esta definición es precisamente el que señaló el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra.

El señor VALDÉS (Presidente).- Sin entrar al fondo del asunto, quiero hacer presente a los señores Senadores que la frase, tal como está, queda sin sentido.
El señor ZALDÍVAR,- Pido la palabra.

El señor VALDÉS (Presidente).- Puede hacer uso de ella Su Señoría.

El señor ZALDÍVAR.- Creo que el señor Presidente tiene toda la razón. Si uno revisa la historia de cómo se fue transformando esta iniciativa desde que se recibió el mensaje del Ejecutivo, llega a la conclusión de que en realidad hubo un error de transcripción, o una equivocación no observada. Porque de aceptarse el criterio de no hacer la corrección propuesta por el Ejecutivo se estaría diciendo: "siempre que sus condiciones económicas no sean superiores a las de un pequeño agricultor y de las personas que integran su familia". O sea, la norma se estaría refiriendo a ese concepto. Y en ningún momento el mensaje tuvo por objeto efectuar tal restricción. De proceder así, estaríamos incluso limitando la calidad de lo que podríamos calificar por "campesino", o bien, haciéndola casi imposible.
Porque, ¿qué constituye el ingreso de un pequeño productor agrícola y el de las personas que integran su familia? Pues bien, el veto tiene el sentido de precisar cuál fue el objetivo planteado en el mensaje del Ejecutivo, que no es otro que el de que INDAP pueda asistir al campesino y a su familia. Y es lo que naturalmente sucede hoy día en el campo, porque muchas veces un pequeño campesino desarrolla diversos trabajos, y su mujer bien podría obtener una ayuda crediticia o asistencia técnica para realizar una actividad avícola o apícola, aparte las que lleva a cabo el campesino mismo. Así también un hijo de este hombre de campo, que vive con su familia, que está en edad de trabajo, a pesar de que su padre también reciba dicha asistencia, puede acudir al INDAP para requerir sus servicios y llevar a cabo una actividad determinada.
Por lo expuesto, estimo que el veto del Ejecutivo viene a precisar lo que el artículo quería decir. Y de no llegar a aprobarse, en realidad, estaríamos despachando una iniciativa sin sentido en lo referente a su última parte.

El señor VALDÉS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.

El señor THAYER.- Señor Presidente, no cabe duda de que, como está, el texto no puede quedar. O se aprueban las observaciones del Ejecutivo, o vuelve el proyecto a Comisión y se estudia más a fondo, si acaso existe preocupación, como lo manifestó una señora Senadora.
Tengo la impresión de que nunca estuvo en el pensamiento sensato de quien estudió el proyecto el hacer una comparación entre el ingreso personal de alguien y aquel familiar de otro sector que se presume socialmente de mayor nivel. No tiene sentido. Por consiguiente, este complemento o frase final "y de las personas que integran su familia", obviamente se está refiriendo a otro sector social que, además del campesino directamente considerado como trabajador -según la definición que se da-, es beneficiario de la acción del INDAP.
Ahora, la única pregunta que formularía es si esto se entendió así, o no, porque me dejó preocupado lo que señaló una señora Senadora. Me pareció entender a la Honorable señora Feliú que el Senado o la Cámara de Diputados trataron un proyecto refiriéndose exclusivamente al campesino, en forma personal, sin la inclusión de los miembros de su familia. De ser así, por la vía de las observaciones del Ejecutivo estaríamos haciendo un esfuerzo un poco extraño de legislar para incluir a todo un personal muy numeroso en una iniciativa que no se estudió en esos términos. Pero si acaso la intención es la manifestada -entiendo- por el Honorable señor Díaz, miembro de la Comisión, o sea, en el entendido común de que la acción del INDAP llega a la persona del campesino y a su familia, me parece que no debiera merecer dudas la aprobación del veto.
Por eso, si soy llevado a votar, lo apoyaré, porque alguna razón tiene, y no me gustaría dejar la ley sin sentido en esta parte. El señor VALDÉS (Presidente).- En realidad, para precisar la historia del asunto que nos ocupa, debo expresar que el mensaje del Ejecutivo es perfectamente claro. La Comisión correspondiente de la Cámara de Diputados -entiendo que la de Trabajo- aprobó el proyecto en los términos propuestos por aquél. Al proceder a transcribirlo a la Sala, según el oficio del Presidente de la Cámara Baja, esa Comisión cometió un error: modificó el texto sin que hubiera habido debate. La otra rama del Parlamento lo aprobó con el error contenido en el informe, y así se remitió al Senado. Al advertir aquélla la equivocación -de la Comisión, no al votarlo, sino al transcribirlo a la Sala de la Cámara de Diputados-, pidió corregirla por Secretaría, a lo cual la Mesa se opuso por razones obvias. Entonces, se pidió la presentación de un veto para subsanar esta anomalía. Y el Honorable Senado tiene ante sí las observaciones que repondrían el texto que el Ejecutivo envió al Parlamento, ya aprobadas por la Cámara, para corregir lo señalado.
Tiene la palabra el Honorable señor Romero.

El señor ROMERO.- Señor Presidente, he pedido a la Secretaría que nos haga llegar el texto del informe de la Comisión de Agricultura, porque, si efectivamente hubo un error dactilográfico, él pudo haber alterado o modificado el criterio de la Comisión de Agricultura. Al parecer, no estuve presente en esa parte de la discusión, y como no lo recuerdo -esto ocurrió hace un mes y medio o dos meses- quiero ver el informe. Lo considero muy importante, ya que si el error se produjo en la Cámara de Diputados quiere decir que la Comisión de Agricultura del Senado conoció un texto alterado, y, a lo mejor, no le dio la importancia que podía tener.
Porque, ¿qué ocurre en este caso? El alcance del término "campesino" se amplía considerablemente al incluir a la familia. Con ello no estoy emitiendo un juicio negativo acerca de la posibilidad de que ésta también se considere. Pero pregunto: ¿cuál familia? Porque el término es muy extenso y podríamos entender que la familia está compuesta por todas las personas de su ámbito. No hay una precisión. Entonces, creo que para resolver al respecto debemos tener algún grado de conocimiento del informe mismo.
En todo caso, me parece que si queremos incluir a la familia lo lógico es especificar a quiénes comprende. Si es a la dependiente del campesino, es una familia; son las personas, los jóvenes de determinada edad, o que están estudiando, etcétera. Pero si se deja un concepto amplio, el día de mañana, aplicándose esta ley y dando una interpretación extensiva al término "familia", podríamos encontrarnos con que su ámbito de aplicación sería cinco o seis veces superior al calculado o estructurado.
Recuerdo haber conversado con el señor Ministro, porque la verdad es que siempre me ha preocupado el problema del habitante rural. Pero, obviamente, si hoy el presupuesto es escaso y reducido para atender a un grupo humano determinado y le agregamos además un concepto amplio de familia, puede ocurrir que por ir en beneficio de muchas personas al final no alcance para nadie, no cumpliéndose el objetivo central de la iniciativa.
Por eso, estoy esperando el informe de la Comisión, pues me parece que lo serio es analizar y ver qué sucedió en ella durante el debate de la materia.

El señor VALDÉS (Presidente).- Sin haber visto el informe, por los antecedentes proporcionados no cabe duda de que la Comisión del Senado conoció el texto enviado por la Cámara de Diputados que ya contenía el error. En esas circunstancias, creo que procede votar las observaciones -salvo que esperemos recibir el informe, que al parecer estaría llegando-, porque éstas no se pueden modificar: o se votan a favor, o se rechazan.
El señor DÍAZ.- Estamos de acuerdo.

El señor THAYER.- Pido la palabra.

El señor VALDÉS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor THAYER.- Señor Presidente, quiero que mi intervención sirva como fundamento del voto.
En realidad, por los antecedentes de que disponemos, el veto del Ejecutivo se refiere a un aspecto comprendido en la idea matriz del proyecto, por cuanto estaba inserto específicamente en ella. Ahora, cualquiera que haya sido la situación que ocurrió después, si finalmente el Presidente de la República, en uso de sus facultades constitucionales, incluye por la vía de las observaciones una idea contenida en el texto original, y que por razones equis, y griega o zeta desapareció durante la discusión, está dentro del sentido del proyecto. Y si así lo aprobó la Cámara de Diputados, no veo ninguna dificultad para que el Senado obre en iguales términos.

El señor VALDÉS (Presidente).- Procederemos a votar.

El señor LAGOS (Prosecretario).- Se pone en votación la primera observación formulada por el Ejecutivo al proyecto de ley ya mencionado, que está en directa relación con la segunda, de modo que se podrían leer las dos. La primera es para intercalar una coma a continuación de la expresión "productor agrícola", y la segunda, para eliminar la preposición "de" escrita entre la conjunción "y" y el artículo "las".
En el texto comparado se puede apreciar cómo queda la norma con las observaciones, de aprobarse éstas. Dice así:
"Campesino: La persona que habita y trabaja habitualmente en el campo, cuyos ingresos provengan fundamentalmente de la actividad silvoagropecuaria realizada en forma personal, cualquiera que sea la calidad jurídica en que la realice, siempre que sus condiciones económicas no sean superiores a las de un pequeño productor agrícola, y las personas que integran su familia." Es decir, "las personas que integran su familia" también estarían incluidas dentro del concepto de "campesino".

El señor VALDÉS (Presidente).- En votación ambas observaciones.
-(Durante la votación).

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, entiendo claramente qué es lo que constituye la familia. Si fuera por extensión, resultaría que todos somos hermanos. Así lo dicen, porque todos somos hijos de Adán y Eva. Se comprende que la familia es aquella que depende de un padre de familia y que habita en determinada casa, cada uno ejecutando cierta función.
En tales términos, que aclara perfectamente el Ejecutivo y que constan en la historia de la discusión sobre la materia, voto en favor del veto.

La señora SOTO.- Quiero fundamentar brevemente mi voto.
En realidad, en el área rural, la familia constituye un solo todo, absolutamente distinto de lo que pasa en la ciudad. Entonces, es necesario el trabajo de unos y otros para mantener lo que poseen. Por lo tanto, voto afirmativamente.

El señor GAZMURI.- Señor Presidente, creo que, en la definición del trabajador del agro -refiriéndome fundamentalmente a lo que son los productores agrícolas directos-, sociológica e históricamente es indivisible la figura del campesino de la de la familia productora. Ese es un punto esencial en la definición. Y, por tanto, es perfectamente válido el veto del Ejecutivo y lo votaré a favor. Me parece que él va a la esencia de lo que deseamos definir para los efectos de políticas que eventualmente se puedan desarrollar respecto de este sector.
Además, debe tenerse en cuenta que la actual producción familiar campesina en el país incluye aproximadamente a la mitad de la población rural que, según las últimas cifras censales, equivale a 10 por ciento del total, y cuya manera de producir y de vivir está vinculada a una estructura familiar, y no puramente a un individuo, como puede ser en el caso del integrante de otro sector productivo.
Voto a favor.

El señor ROMERO.- Señor Presidente, votaré afirmativamente, pero sobre la base del informe de la Comisión de Agricultura en que se analiza este punto y se refiere expresamente a la materia. Durante la discusión en ella participaron diversos señores Senadores, entre ellos el Honorable señor Larre, quien se preocupó específicamente de este aspecto y sostuvo un debate con el Director Nacional del INDAP que, tengo entendido, es el señor Hugo Ortega. Y quiero dejarlo consignado en la historia fidedigna de la ley, por considerarlo muy importante. Dice el informe:
"Respecto al primer punto, el H. Senador señor Larre indicó que en esta materia debieran especificarse los conceptos de pequeño productor agrícola y de campesino. El primero, a su juicio, es el propietario que vive de la actividad que desarrolla y del producto que extrae de su predio. El segundo, en cambio, agregó, es el poblador rural que usa el predio más como un medio de vivienda, de hogar, que como un ente productivo. En consecuencia, resulta esencial" -continúa el Senador señor Larre- "esclarecer estos términos para definir cuál será el alcance de la ley en este sentido, y los beneficios que en tal virtud otorga el Instituto.", etcétera.
"Por su parte, el Director Nacional de INDAP, don Hugo Ortega, señaló su aquiescencia respecto a los planteamientos formulados por el H. Senador señor Larre, en cuanto a la identificación del término "pequeño productor agrícola" con el de "pequeño propietario".
"Sin embargo, agregó, si solamente la actividad del Instituto se circunscribiera a este grupo de personas, el universo a atender sería extremadamente bajo en función del potencial de la pequeña agricultura, ya que no todos son propietarios, incluso, ni siquiera los que lo son, tienen saneados los títulos respectivos.
"Añadió, que junto al pequeño propietario se encuentra una categoría de agentes económicos y sociales que están en torno a él, desarrollando una importante labor productiva para la pequeña agricultura, como son los hijos y cónyuges, los medieros, los parceleros, los arrendatarios y los allegados de aquél, todos los cuales ejercen un rol productivo.
"Para estos efectos, expresó," -el señor Ortega- "se definió al campesino como la persona", etcétera, y repite la definición.
"Lo que en definitiva se pretende con esta iniciativa," -termina el Director Nacional del INDAP- "más que ampliar la cobertura, es poder abarcar a los sectores más necesitados, como la mujer rural y los jóvenes.
"El H. Senador señor Larre realzó la importancia de la diferenciación efectuada por el señor Ortega, concordando plenamente con ella.".
Apruebo el veto.

La señora FELIÚ.- Señor Presidente, la ley N° 18.910, actualmente vigente, señala entre las funciones del INDAP que le corresponde "promover el desarrollo económico y tecnológico de los pequeños productores agrícolas, contribuyendo a elevar su capacidad empresarial, optimizar el uso de los recursos productivos y su integración al proceso de desarrollo rural.".
El referido cuerpo legal se modifica incorporándole un nuevo agente sujeto de los beneficios, y se consigna que en su nueva finalidad el Instituto "tendrá por objeto promover el desarrollo económico, social y tecnológico de los pequeños productores agrícolas y de los campesinos, en adelante sus beneficiarios, con el fin de contribuir a elevar su capacidad empresarial, organizacional y comercial, su integración al proceso de desarrollo rural y optimizar al mismo tiempo el uso de los recursos productivos.".
Durante la discusión de la ley citada -como consta en el respectivo informe de Comisión, que leí recién- quedó claro en todo instante que lo que se trata de promover es la incorporación de esas personas al proceso productivo.
En esa perspectiva, durante el análisis efectuado en el organismo técnico, al hablar de la mujer y de los hijos, se aludió a la mujer campesina y a los hijos que trabajan en el agro, pero no a personas ajenas a ese proceso, porque no compete al Instituto preocuparse de las actividades de ellas.
El texto que conoció el Honorable Senado carecía de este sujeto -la familia del campesino- que, a lo mejor, es muy interesante y susceptible de agregarse como beneficiaria de la acción del INDAP. Pero ello requiere, a mi juicio, de un estudio especial, el que no se realizó en su oportunidad, sino de manera incidental y en relación a la mujer y los hijos que trabajan en el agro, pero no en un concepto de familia, que ni siquiera está definido.
Por las razones expuestas, rechazo el veto.

El señor MC-INTYRE.- Señor Presidente, esta observación del Ejecutivo no significa que el Instituto contará con mayor presupuesto, y los recursos de que dispone son escasos e insuficientes. Y si ellos no alcanzan para un eficiente desarrollo y para la preparación general del campesino, al incluir a la familia, en lugar de concentrar el esfuerzo en la gente más necesitada que trabaja el campo, aquéllos se dispersarán. Además, no se sabe a qué miembros de ella se refiere, y puede tratarse de grupos muy numerosos.
Me opongo, no por el deseo de dejar sin ayuda a la familia, sino por creer que los fondos disponibles no alcanzan para el campesino y todo el grupo que conforma su familia.
Voto que no. El señor SINCLAIR.- Señor Presidente, votaré a favor del veto en el entendido de que a los beneficios que proporcionará el INDAP tendrán acceso el campesino y su grupo familiar.

El señor SIEBERT.- Señor Presidente, apoyaré la observación del Ejecutivo porque conozco este asunto y asistí a la Comisión de Agricultura en la oportunidad en que se estudió.
Sin embargo, pienso que la norma está mal redactada, pues las personas que integran la familia debieran estar incluidas al comienzo de la oración, después de "La persona que habita y trabaja habitualmente en el campo". De ese modo estaría bien redactado. Pero como resulta entendible y porque conozco el concepto y el fin de la disposición, apruebo el veto. El señor PRAT.- Voto que sí, entendiendo por familia el grupo que depende de aquel que se define como campesino.
-Se aprueban (27 votos contra 3 y 3 pareos).




MODIFICACIÓN DE LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS


El señor VALDÉS (Presidente).- En el segundo lugar de la tabla figura el proyecto, en primer trámite constitucional, que introduce un artículo 2° bis a la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 37a, en 30 de marzo de 1993.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 40a, en 7 de abril de 1993.
El señor VALDÉS (Presidente).- Algunos señores Senadores han anunciado que presentarán indicaciones a la iniciativa.


El señor OTERO.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor VALDÉS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor OTERO.- En la sesión de la Comisión en que se trató la iniciativa, calificada de "Suma Urgencia", se despachó el informe en el entendido de que con posterioridad se podría mejorar lo propuesto por ella sobre la base de las indicaciones que se hicieran en la Sala.
Al efecto, el lunes recién pasado hice entrega de una -entiendo que ella se repartió a los señores Senadores-, y creo que se formuló otra, por lo cual sería conveniente acordar que el proyecto pase a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento para que emita un informe acerca de las indicaciones y podamos votarlo definitivamente la semana próxima.

El señor VALDÉS (Presidente).- Si le parece a la Sala, se enviaría a Comisión para nuevo informe, considerando las indicaciones presentadas.
Hago presente que la urgencia vencía el 17 de abril, pero se ha renovado, de manera que el proyecto debiera tratarse la semana próxima con el informe correspondiente.

La señora FELIÚ.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor VALDÉS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

La señora FELIÚ.- Sólo para dejar en claro que en la oportunidad en que el proyecto se vea en la Sala, la próxima semana, será posible formular indicaciones. En este momento se trata de pedir un nuevo informe, pero sucede que la iniciativa no se ha discutido, y ese documento discurrirá sobre la base de las indicaciones presentadas hasta ahora, en circunstancias de que no ha habido plazo para que todos los señores Senadores puedan formularlas.
El señor VODANOVIC.- No es así, señor Presidente.

El señor VALDÉS (Presidente).- El proyecto consta de un artículo único, y procede su discusión general y particular a la vez.

El señor VODANOVIC.- Pido la palabra, señor Presidente.

El señor VALDÉS (Presidente).- Puede hacer uso de ella, señor Senador.

El señor VODANOVIC.- - El proyecto no se está enviando a Comisión para nuevo informe, sino que va a segundo informe por las indicaciones formuladas. Y ocurre que el plazo para presentarlas acaba de vencer, salvo que la Sala fije uno nuevo, a solicitud de algún señor Senador. Pero aquí lo que estamos haciendo es recibir las indicaciones conforme al Reglamento y remitirlas a la Comisión, como es obvio, para segundo informe. Y cuando éste llegue a la Sala, no habrá más indicaciones.
Eso es clarísimo.

El señor VALDÉS (Presidente).- Es necesario aclarar un punto, señor Senador: no puede haber segundo informe porque no se ha discutido ni aprobado en general el proyecto.

El señor VODANOVIC.- Entonces, habría que debatirlo en general, por lo que no se justificaría enviar indicaciones a la Comisión antes de tiempo.

El señor VALDÉS (Presidente).- Creo que la denominación de segundo informe es algo reglamentario. A mi juicio, se trata de un nuevo informe, para que la Comisión tenga oportunidad de conocer las indicaciones presentadas e informarlas a la Sala. De otro modo, en atención a la urgencia, debiera votarse el proyecto sin considerarlas.
El señor VODANOVIC.- En ese caso, entiendo que la iniciativa no se vería hoy, y una vez que se trate en la Sala se podrán presentar indicaciones. Pero no tiene sentido enviarlo a Comisión junto con las indicaciones formuladas hasta ahora, si aún no se ha considerado en general. ¿A qué va a ir?

El señor PACHECO.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor VALDÉS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PACHECO.- La iniciativa despachada por la Comisión y aún no se ha visto en la Sala. Tenía urgencia, la que fue retirada, por lo que corresponde analizarla en otra oportunidad; discutirla allí en general; luego, fijar un plazo para formular indicaciones, y después enviarla a Comisión.

El señor VALDÉS (Presidente).- Los Comités propusieron a la Sala el criterio de que, con el fin de ganar tiempo y avanzar, se reciban las indicaciones presentadas y se remitan a la Comisión.

El señor HORMAZÁBAL.- Pido la palabra.

El señor VALDÉS (Presidente).- La tiene, Su Señoría.

El señor HORMAZÁBAL.- Señor Presidente, con el objeto de precisar la situación: según entendí en la reunión de Comités, en esta ocasión se aplicó el artículo 131, N° 7°, del Reglamento, que dispone que en las discusiones se podrá "enviar o volver el asunto a Comisión, debiendo indicarse, en el mismo acto, el objeto preciso del trámite requerido,".
Pues bien, se está enviando nuevamente la iniciativa a Comisión, con el propósito de que ella conozca algunas indicaciones presentadas a su respecto. Esa es la norma reglamentaria de la que estamos haciendo uso. Y como no se ha aprobado en general, puede caber la interpretación de que la propuesta que se formule puede ser objeto de alguna nueva indicación.

El señor VODANOVIC.- Señor Presidente, entiendo que las indicaciones forman parte de un acto de doble carácter: discusión general y formulación de indicaciones. Así es el sistema.
Por consiguiente, esto de enviar indicaciones a la Comisión sin haber discutido en general el proyecto no tiene pies ni cabeza. No me opongo a que la Sala decida volverlo a Comisión para que nuevamente se estudie; pero, en verdad, en ese caso, las proposiciones serían simples ideas materializadas en un documento. No hablemos, entonces, de indicaciones. No habría para qué formularlas, y la Comisión tendría amplia libertad respecto de ellas. Además, no se está indicando el objeto preciso del nuevo informe, ni se está diciendo a la Comisión "Discuta tal punto".
A mi juicio, no todos entendimos en la misma forma el acuerdo de los Comités. En consecuencia, tal vez lo más razonable sea acoger lo planteado por el Senador señor Pacheco, pues, como el proyecto no está en condiciones de despacharse ahora ni tiene urgencia, simplemente no se ve hoy y se coloca en tabla para ser tratado cuando corresponda. Porque, si ahora se va a enviar a Comisión a fin de que ésta lo reestudie y la próxima semana ha de figurar en tabla, se le van a formular indicaciones y de nuevo se tramita a Comisión; en realidad, el tema no da para tanto.

El señor OTERO.- ¿Me permite, señor Presidente?
Lo que aquí se está tratando de resolver -bien o mal, no me pronuncio- es una situación real que se va a plantear en las próximas elecciones: si un postulante cumple o no cumple con el requisito constitucional de residencia. Hay dos maneras de hacerlo: antes del proceso eleccionario, lo que da certeza de que no se originarán votos nulos si algún candidato independiente o de partido, a juicio del Tribunal Calificador de Elecciones, no cumple el requisito de residencia; o bien, no hacer nada, y que las personas se inscriban, impugnándose después las elecciones. Esto último no parece conveniente ni aconsejable en un espíritu institucional y de verdadera democracia. Hay que dar al elector el derecho a votar por candidatos hábiles y no por aquellos que con posterioridad a la elección puedan ser declarados inhábiles.
Este es el fondo del problema. En la medida en que dilatemos su solución, menor será el tiempo para resolver las dificultades. Llegará un momento en que, si la seguimos postergando, la ley no cumplirá finalidad alguna, porque los plazos establecidos en la legislación pertinente se cumplirán inexorablemente. De manera que lo más adecuado sería dar un plazo para que los señores Senadores que deseen formular indicaciones consideren las ya presentadas y lo que aprobó la Comisión, se junte todo y en ese momento la Comisión emita un solo informe para ser analizado y discutido en la Sala, sin perjuicio de reponer en ésta las proposiciones que hubieren sido rechazadas.
Con tal procedimiento, podríamos ganar tiempo y evitar dilaciones en el tratamiento del proyecto.

El señor VALDÉS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ.- Señor Presidente, concuerdo con lo señalado por el Senador señor Vodanovic en el sentido de que no cabe hablar de indicaciones ni corresponde que el proyecto vuelva a Comisión para que ésta conozca aquellas que jurídicamente no tienen tal calidad. Para que puedan presentarse indicaciones, es necesario que la iniciativa se discuta y se apruebe en general. Porque, ¿qué suerte correrían las indicaciones previas si fuese rechazada en general?
Tratándose de un texto que no ha sido discutido ni aprobado en general, no corresponde conocer indicación alguna. En uso de las facultades que le otorga el Reglamento, la Mesa podría tramitar nuevamente a Comisión la iniciativa, pero debería señalarse el efecto preciso para el cual se requiere su intervención, no pudiendo ella tratar indicaciones que no tengan el carácter de tales.
Por otra parte, de exigirse a la Comisión el tratamiento de determinadas indicaciones, estaríamos cometiendo un grave atentado contra el principio de igualdad, porque, ¿qué ocurriría con las que con posterioridad puedan presentar los señores Senadores, las cuales quedarían en una situación distinta y desmedrada frente a las otras?
Por eso, insisto en señalar que lo que corresponde es tratar el proyecto en general y ver si se aprueba o no; o no tratarlo. Pero no pueden aplicarse procedimientos intermedios.

El señor VALDÉS (Presidente).- Si le parece a la Sala, podría votarse en general el proyecto. Y, si se aprueba, va a la Comisión.

El señor DÍEZ.- Primero habría que debatirlo.

El señor THAYER.- Señor Presidente, pero ¿no es artículo único?

El señor VALDÉS (Presidente).- Lo es, señor Senador; pero el Reglamento permite separar las discusiones. No es obligatorio que el artículo único se vote en general y particular a la vez.

El señor VODANOVIC.- Señor Presidente, como Su Señoría bien dice, este artículo, por su naturaleza, contiene proposiciones separables, de tal manera que es único sólo en apariencia.

El señor VALDÉS (Presidente).- Así es, señor Senador. Además, el artículo 127 del Reglamento establece cuáles son los proyectos que se considerarán de artículo único y que pueden, por lo tanto, votarse en general y particular a la vez.

El señor HORMAZÁBAL.- ¿Me permite, señor Presidente?
Si aplicamos el Reglamento, el acuerdo de los Comités no puede ser contradicho. En consecuencia, si se produce debate sobre el particular -el que hemos desarrollado latamente-, pediría que se aplicara la norma reglamentaria. Los Comités, para bien o para mal, tomaron una decisión: el proyecto no se discute hoy día. Por lo tanto, puede quedar pendiente, si se quiere. Pero no sigamos abundando en este punto. Porque creo que resulta mucho más fácil usar ese criterio que no compromete a nadie y discutir con tranquilidad la mecánica de tratamiento.

El señor VALDÉS (Presidente).- En tal caso, si le parece a la Sala, y conforme al acuerdo de los Comités, por no tener el proyecto urgencia que obligue a tratarlo ahora, su discusión se postergaría hasta la próxima sesión, oportunidad en qué se podrán presentar las indicaciones del caso.
Acordado.




MODIFICACIÓN DE LIBROS I, II Y V DEL CÓDIGO DEL TRABAJO


El señor VALDÉS (Presidente).- Corresponde continuar la discusión particular del proyecto que modifica el Código de! Trabajo.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 35a, en 21 de enero de 1992.
Informes de Comisión:
Trabajo, sesión 11a, en 17 de noviembre de 1992.
Hacienda, sesión 11a, en 17 de noviembre de 1992.
Trabajo (segundo), sesión 37a, en 30 de marzo de 1993.
Discusión:
Sesiones: 13a, en 24 de noviembre de 1992 (se aprueba en general); 39a, en 6 de abril de 1993 (queda pendiente la discusión); 40a, en 7 de abril de 1993 (queda pendiente la discusión); 41a, en 13 de abril de 1993 (queda pendiente la discusión).

El señor LAGOS (Prosecretario).- El debate quedó pendiente respecto de la indicación N° 41, renovada. Estaba usando de la palabra el Honorable señor Vodanovic.
El señor VALDÉS (Presidente).- Puede continuar Su Señoría.


El señor VODANOVIC.- Señor Presidente, para concluir mi exposición, me voy a permitir citar algunos pasajes del informe que, en su oportunidad, se emitiera sobre una moción parlamentaria de texto idéntico al principio aprobado ahora en la Comisión del Trabajo, y que se intenta suprimir o derogar ahora mediante la indicación renovada.
Se señalaba que "el significado que tiene el feriado para el trabajador, en cuanto le representa la oportunidad de acercar lazos familiares, así como de efectuar diversas gestiones que no ha podido realizar durante su período laboral" no puede olvidarse.
"Con todo, la sola consideración de las condiciones geográficas en que se desenvuelve la vida del trabajador, no es suficiente para establecer a su respecto un feriado superior al ordinario que contempla la ley laboral.
"El interés general que hace necesario ese régimen excepcional está dado por un componente adicional... de orden geopolítico, que plantea una exigencia de desarrollo de las zonas extremas en todos los ámbitos. De ahí la necesidad de su poblamiento, y de incentivar en especial a los profesionales y a la mano de obra calificada, para que se desempeñen en esos lugares.
"La Comisión ve el proyecto en informe, por consiguiente, inserto en una política nacional que debe ser vigorizada: la regionalización. En esa línea de razonamiento, piensa que el otorgamiento de un feriado especial es un instrumento idóneo para profundizar ese proceso, no solamente en las regiones a que se refiere la iniciativa, sino que, en general, en las demás zonas extremas del país.".
Y en la exposición de motivos de la moción parlamentaria que originaba este informe, suscrita por los Honorables señores Fernández, Papi, Ruiz, Thayer y el que habla, se establecía que "la legislación social de todo el mundo ha considerado como un derecho básico e inalienable de los trabajadores las vacaciones anuales pagadas, preferentemente en la época más benigna del año. Este derecho se torna particularmente necesario en las regiones de clima frío y duramente azotadas por lluvias, nieve y viento, que exigen al trabajador y su familia no sólo el descanso anual, sino el desplazamiento hacia lugares más soleados y hospitalarios.
"...en un país de la configuración geográfica y climática de Chile, la regulación pareja y sin distingos del derecho a vacaciones se transforma en una atroz injusticia para aquellos trabajadores que, impelidos a trasladarse al centro o norte del país durante su feriado anual, deben enfrentar la insoportable alternativa de hacerlo por vía aérea, cuyo costo les consume parte principal, o total, de sus remuneraciones,... o los obliga a endeudarse desmedidamente, o si desean optar por un medio más a su alcance de locomoción, consumen en la duración del viaje la mitad del feriado, por lo menos.".
Finalizaba la exposición de motivos diciendo que "esta situación especial, que afecta a la población de las regiones del extremo sur de Chile, que son las más australes del mundo, siempre fue reconocida, tanto por motivos sociales, como de estímulo a la radicación de chilenos en territorios de enorme importancia geopolítica y económica. Sin embargo, una legislación que buscó terminar con el exceso de particularismos y regímenes laborales que existían en Chile, incurrió en el error de desconocer el derecho a vacaciones más prolongadas que asistía a los trabajadores de Aysén y Magallanes, no como privilegio especial sino como necesaria compensación a las exigencias mayores que les impone la residencia en el extremo sur del país.".
Estos fundamentos, señor Presidente, fueron tenidos en vista en la oportunidad en que la moción fue aprobada por la inmensa mayoría de los miembros del Senado; me parece que tienen plena vigencia, y que ahorran cualquier argumentación adicional.
Por estas razones, me parece necesario mantener el beneficio acordado en la Comisión y que estatuye un feriado especial de 25 días hábiles para los trabajadores de las zonas extremas, rechazando, consecuentemente, la indicación que persigue la supresión de él.

El señor VALDÉS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.

El señor RUIZ (don José).- Señor Presidente, haré una síntesis primero de lo que fue el proceso que ha seguido el proyecto, presentado y aprobado en el Senado; y luego de los trámites siguientes que significaron haber formulado en la Comisión de Trabajo la disposición tendiente a modificar el artículo 65 del Libro I del Código del Trabajo.
En el mes de abril de 1991, por intermedio del señor Ministro del Trabajo, solicité al Gobierno su patrocinio para una moción destinada a cumplir el objetivo que ha estado en discusión en la Sala: aumentar el feriado a los trabajadores que se desempeñan en las zonas extremas del país.
Dicho Secretario de Estado consultó la materia con Su Excelencia el Presidente de la República, quien no dio su visto bueno al patrocinio. El Gobierno, aunque no estimó conveniente patrocinar un proyecto de este tipo, no se oponía a su presentación en el Congreso Nacional ni a su consiguiente tramitación por tratarse de una moción parlamentaria.
Simultáneamente, se encontraba en la Cámara de Diputados, sin urgencia en ese momento, el proyecto que modifica los Libros I, II y V del Código del Trabajo. No se iniciaban todavía las conversaciones de tipo político entre los parlamentarios de la Concertación y de Renovación Nacional, colectividad ésta con la cual posteriormente se llegó a un acuerdo. Y es natural que respecto de este tema no haya habido un acuerdo político, porque el proyecto correspondiente ya había sido aprobado por una de las ramas del Congreso. Por lo tanto, no se incluyó en los acuerdos políticos suscritos con motivo de la modificación del Libro I del Código del Trabajo.
Quería dar a conocer estas circunstancias, en el ánimo de despejar toda duda al respecto.
En este momento, a mi juicio, lo importante es hacer claridad sobre el sentido de la moción presentada, la que ahora se intenta -como decía muy acertadamente el Senador señor Vodanovic- prácticamente anular por la vía de una indicación renovada.
Desde el primer día del debate, se han expuesto argumentos en el sentido de que esto iría en contra de los propios trabajadores, al significar menos empleos y menor inversión en las zonas extremas. No voy a referirme a cualquiera de ellas, sino que centraré mis observaciones al caso de Magallanes, porque es el que conozco.
Allí las actividades fundamentalmente se desarrollan en torno de la explotación de recursos naturales. Los bosques se convierten en chips, los que se mandan al Japón.
Si los que hoy operan en las plantas elaboradoras, o en la extracción y cortado de madera en los bosques magallánicos, en vez de 15 días hábiles de feriado tuvieran 25, ¿creen los señores Senadores que se detendrá la explotación de bosques? ¿O que se suspenderá la captura de peces en los mares australes por el hecho de que los trabajadores embarcados en los buques pesqueros, o los que laboran en las plantas faenadoras, tienen un par de días más de feriado anuales? La respuesta categórica es no.
Pero eso no es todo. Actualmente, en Magallanes existen tres tipos de feriados: el correspondiente a la generalidad de los trabajadores, de 15 días hábiles; el de aquellos que han obtenido 20 días por negociación colectiva, y el de quienes, por su antigüedad, tienen derecho a 25.
Por lo tanto, la diferenciación tiene un sentido de justicia. Y el sentido de justicia nos señala, también, que debemos tratar de igualar las condiciones de trabajadores sometidos a la misma rigurosidad de clima, que son afectados por similares problemas de traslado y que deben enfrentar análogas alzas del costo de la vida. En consecuencia, la iniciativa aprobada aquí y que se encuentra en trámite en la Cámara de Diputados tiene una justificación clara.
Cabe observar que el proyecto aludido se refería solamente a las Regiones de Aysén y Magallanes. Sin embargo, posteriormente, a raíz del debate en la Comisión de Trabajo se analizó la situación histórica del país respecto al tema de los feriados y se estimó conveniente ampliar el beneficio. Así fue como se acogió la indicación suscrita por la Senadora señora Frei y los Senadores señores Fernández, Hormazábal, Palza, Thayer y el que habla, para sustituir el proyecto original por otro, cuya letra a) es idéntica al texto aprobado como número 20 en el primer informe de la iniciativa en debate, donde se intercala en el artículo 65 del Código el siguiente inciso segundo:
"Los trabajadores que presten servicios en las regiones I Tarapacá, II de Antofagasta, XI Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y XII de Magallanes y de la Antártica Chilena, y en las comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández, tendrán derecho a un feriado anual de veinticinco días hábiles. El exceso sobre el derecho establecido en el inciso anterior podrá ser negociado individual o colectivamente.".
El Senado, por 19 votos contra 5, aprobó ese proyecto, pasando a la Cámara de Diputados, donde -en razón de que su Comisión de Trabajo despachó diversas iniciativas con urgencia- hasta la fecha no se ha tratado.
Quiero terminar -para no alargar más el debate- diciendo que no existe ninguna organización gremial en Magallanes, ni en la zona norte, que se oponga a este beneficio. Por el contrario, algunos sindicatos de las Regiones de Magallanes y de Aysén y del norte del país me han hecho llegar sus felicitaciones y apoyo por el proyecto mencionado. Esto implica que a los trabajadores chilenos, y especialmente a los de las zonas favorecidas, les interesa que se convierta en ley.
A mi modo de ver, por lo tanto, no es válido el argumento de que para favorecer a los trabajadores habría que modificar la disposición de manera de dejarla redactada en los mismos términos en que el Senado acogió la iniciativa que le sirvió de base y que está en trámite en la Cámara Baja.
Por los motivos anotados, señor Presidente, solicito -al igual que el Honorable señor Vodanovic- votar favorablemente el precepto en la forma contenida en el informe de la Comisión de Trabajo.
He dicho.

El señor PIÑERA.- Pido la palabra.

El señor VALDÉS (Presidente).- Puede usar de ella Su Señoría.

El señor PIÑERA.- Señor Presidente, en primer término, debo manifestar que una cosa es intentar favorecer mediante la ley a los trabajadores de las Regiones extremas de la zona austral, por estar sujetos a climas de gran rigor, y otra distinta es hacerlo a través de la norma en análisis.
Cabe recordar que el artículo 62, número 4°, de la Constitución, prescribe que es iniciativa exclusiva del Ejecutivo "Fijar, modificar, conceder o aumentar remuneraciones, jubilaciones, pensiones, montepíos, rentas"... y los "demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos", todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en otros números.
Por lo tanto, señor Presidente, tengo la impresión de que la norma propuesta requiere el patrocinio del Gobierno. Y esto sería igualmente válido para el proyecto de ley que, efectivamente -como dijo el señor Senador que me antecedió- ya fue aprobado por el Senado.
En segundo lugar, y yendo al fondo del asunto, quiero hacer algunos comentarios sobre esta disposición.
Es preciso aclarar que se trata de vacaciones mínimas. Eso es lo que establece la ley; no fija el número de días de feriado, sino que consigna la prohibición de que en un contrato de trabajo se pacten vacaciones inferiores a cierto límite considerado mínimo. En consecuencia, si en algunas Regiones extendiéramos ese mínimo de 15 a 25 días, en la práctica estaríamos prohibiendo que en ellas se suscribieran contratos de trabajo en los cuales ambas partes puedan pactar libremente un número de días de feriado inferior a veinticinco.
Indudablemente, una norma como ésta no crea valor. Si pudiéramos incrementar el bienestar de los trabajadores en virtud del simple aumento del número de días de sus vacaciones, creo que habría unanimidad en esta rama legislativa para hacerlo, no a 25 días, sino tal vez a mucho más. Incluso, podríamos llegar a 365 días, en cuyo caso garantizo que el nivel de empleo en esos lugares bajaría a cero.
Sin embargo, en esta disposición no se compensa ese mayor beneficio, y por ello es indiscutible que, en definitiva, significará o un menor salario para el trabajador, o un mayor costo de contratación para la empresa. El señor Ministro del Trabajo -quien es economista con un doctorado en una prestigiosa universidad estadounidense- sabe perfectamente que en este caso la solución final la determinará el mercado y será algo intermedio: una parte del beneficio se traducirá en menor salario, y otra, en mayor costo para el empleador.
Se ha hecho alusión a otras iniciativas en que el Estado compensa el mejoramiento que se pretende otorgar a ciertas personas, como el que concede fuero maternal y otras regalías a la mujer embarazada, en las fases pre y postnatal. Y al ser el Fisco el que se hace cargo de esas prestaciones, ellas representan un beneficio neto para la trabajadora, por no afectar el costo del empleador ni alterar la voluntad de éste para que contrate mujeres en edad de tener hijos.
Lo mismo ocurre con las asignaciones familiares. Ellas no involucran desembolso para la persona que contrata al trabajador con varios hijos, sino que se financian con cargo a rentas generales de la Nación. También constituye un beneficio neto para las familias numerosas y no las perjudica en manera alguna.
Algo similar acontece con las licencias médicas, que tampoco son de cargo directo del empleador, que se financian mediante un fondo solidario formado a través de las Cajas de Compensación.
En este caso, no se compensa absolutamente nada. El Senador por la Undécima Región señor Ortiz propuso una iniciativa para complementar la ley con una obligación del Estado de compensar a las Regiones que se intenta beneficiar a través de recursos fiscales. En esa eventualidad, al margen de discutir las bondades que pueda tener o no la ley, estaríamos realmente otorgando un beneficio -que va a ser financiado por todos los chilenos- para algunos trabajadores de ciertas Regiones que, por razones muy justificadas, se desea favorecer. Pero este proyecto no contempla compensación alguna por parte del Estado. Y mal podría hacerlo, porque ésa sí que es iniciativa exclusiva del Presidente de la República.
Entrando al fondo del tema que nos ocupa, me parece legítimo que se pregunte por qué fijar un número mínimo de días de vacaciones uniforme para todo el país, para todas las Regiones, para todos los sectores, para todos los tipos de trabajo. Uno tendría derecho a saber qué criterios debieran considerarse en un eventual intento de discriminar en el número mínimo de días de vacaciones. Pienso que éstos tendrían que ser, básicamente, dos.
El primer criterio consistiría en determinar las necesidades efectivas de feriado de los distintos trabajadores o trabajadoras chilenos, e incorporar otros elementos como la distancia -no la existente hasta la Región Metropolitana- entre el lugar donde habitan y trabajan y aquel donde en tiempo de vacaciones desean compartir en mejor forma con sus familias o pasar sus días de descanso. Si aplicáramos el criterio de la distancia, quizás podríamos considerar también que, de acuerdo a un estudio reciente, cerca de dos tercios de las asesoras del hogar en la Región Metropolitana provienen de familias que no viven en la Capital. Este es un caso muy claro de un grupo laboral que, por circunstancias del mercado de trabajo, normalmente deben desempeñarse en una localidad distante o apartada de aquella en que residen. Por ello, es muy plausible incluir el elemento distancia para la diferenciación de los días de vacaciones.
El segundo criterio por considerar se refiere a las condiciones de rigor o de dureza en que se desarrolla el trabajo. Desde este punto de vista, me parece que un trabajador que labora en las profundidades de las minas de carbón en Lota, justificadamente requeriría de mayores vacaciones que otro que desempeñe una función poco sujeta al rigor, por ejemplo en las soleadas calles o playas de la Primera o Segunda Regiones. Empero, en los fundamentos de la iniciativa que originó esta norma no se considera para nada ese segundo elemento que me parece muy importante.
Un tercer criterio puede tomar en cuenta las condiciones climáticas o ambientales, basado en que a quien permanece varios meses del año sin ver el sol hay que darle ciertas facilidades para que pueda disfrutarlo. Pero este argumento -recurridamente citado para demostrar la justicia de la excepción- carece de validez respecto de la Primera Región, donde sus habitantes dicen tener la ciudad de la eterna primavera.
En resumen, señor Presidente, desde la perspectiva de las necesidades de feriado del trabajador, existen por lo menos tres criterios que, en mi opinión, tienen mucho sentido. Pero no fueron recogidos, en modo alguno, en la norma originaria que se nos recomienda. Sólo se tuvo presente uno de ellos: el de la distancia con la Región Metropolitana. No obstante, aquí no corresponde considerar el factor climático, porque mal podría compararse el clima de la Duodécima Región con el de la Primera o Segunda Regiones. Entiendo que estas últimas fueron incorporadas con posterioridad al proyecto referido; pero, lamentablemente, como no se modificaron los fundamentos del mismo, al agregarse dos Regiones de clima templado, su inclusión aparece justificándose con los mismos razonamientos dados acerca de las otras dos, cuyo clima es extraordinariamente frío.
Por lo tanto, la distancia no estaría bien tomada en este proyecto, porque tal factor tiene que ver, esencialmente, con la cantidad de kilómetros entre el lugar de trabajo y la localidad donde la persona tiene su hogar.
No se tuvieron en cuenta -lo que estimo correcto- las condiciones de rigurosidad del trabajo, porque éstas existen no solamente en las Regiones extremas del país, sino (el ejemplo que di hace poco es claro) también en la zona carbonífera de la Octava Región, que no se encuentra entre las favorecidas con el proyecto.
Tampoco se consideran las condiciones climáticas ni ambientales, por cuanto hay una mezcolanza de las zonas extremas del norte y las del sur, las cuales, obviamente, no pueden asimilarse a un clima común.
Respecto a la situación ambiental, tal vez los trabajadores de la Región Metropolitana podrían tener motivos de sobra para sostener que también tendrían derecho a respirar aire puro por más de 15 días al año.
Hay otro factor por considerar relativo al impacto de una medida de esta naturaleza sobre el empleo o la inversión. Es menester recordar que cuando rigió un beneficio similar en la Duodécima Región, casi cuatro quintos de los empleos existentes allí eran del sector público. Y cuando la Administración del Estado determina una medida como ésta, inmediatamente incrementa el costo de la contratación en el mismo monto, sin afectar al empleado.
Esa situación ha cambiado dramáticamente. Esto está siendo válido particularmente para trabajadores de las empresas privadas.
Por eso, cuando uno intenta la concesión de un beneficio mediante una ley sin aportar ni un solo centavo ni imponer carga alguna al Fisco para compensar su otorgamiento, tiene que darse cuenta por sentido común que no es posible crear riqueza, producir bienes o entregar bienestar simplemente a través de una disposición legal, sin destinar los recursos necesarios para su financiamiento.
Finalmente, señor Presidente, quiero recordar cuáles fueron los argumentos que dio el señor Ministro del Trabajo cuando se lo consultó sobre esta materia (y es habitual que el Senado pida la opinión de los Secretarios de Estado). El señor Ministro manifestó en la Comisión correspondiente que la iniciativa no es compatible con la dirección que el Ejecutivo ha tomado en esta materia, por cuanto ella "consiste en fijar en la ley tratamientos uniformes, dejando que las diferencias entre los trabajadores, entre las cuales están las consideraciones regionales, tengan un origen convencional". Agregó que "subsistirá como única disparidad los días adicionales, negociables, que comienzan a devengarse en favor del trabajador una vez que cumpla más de diez años de servicios". Esta es una norma que diferencia las vacaciones, pero que no tiene una discriminación de carácter regional. Por último, el señor Ministro se introdujo en los argumentos que debieran guiar o iluminar cualquier política que, en materia de discriminación de vacaciones, responda a razones de fondo y no simplemente a un aspecto circunstancial, como el que ha sido considerado en la moción que estamos analizando.
Por estas razones, señor Presidente, y sabiendo que la vez anterior me tocó ocupar los titulares en los diarios de la Duodécima Región, en donde figuraba como que estaba en contra de los intereses de los trabajadores por negarme al proyecto, me parece que, en primer lugar, esta materia requiere iniciativa del Ejecutivo, y, por tanto, sería inconstitucional. Así que solicito formalmente a la Mesa que la declare inadmisible.
En segundo lugar -aprovechando la presencia en esta Sala del señor Ministro del Trabajo-, deseo manifestar que si pretendemos realmente entrar a regular lo relativo a la discriminación en materia de vacaciones, debemos hacerlo tomando en consideración todos los aspectos que debieran iluminar una política de ese tipo, y no sobre la base de consignar dos regiones por razones climáticas y agregar después, por motivos de índole diferente, otras dos con climas absolutamente opuestos. Ello produce en el Senado una cierta buena voluntad para aprobar un proyecto respecto del cual -como se lo manifesté a algunos de sus patrocinadores-, si se hubiera incorporado a la Región Metropolitana, tal vez los Senadores que la representamos habríamos tenido razones similares para darle nuestro apoyo.
Señor Presidente, creo que esta iniciativa, además de ser inconstitucional, implica una mala forma de legislar, porque no recoge en justicia los elementos que deben diferenciar las vacaciones. Y si queremos entrar en materia, a través del señor Ministro, solicito al Ejecutivo que, haciendo uso de la facultad exclusiva que le concede la Constitución, presente un proyecto de ley que recoja realmente en forma seria los argumentos de fondo, los verdaderos, para este tipo de discriminación, ya que se pretende otorgar a algunos trabajadores chilenos derechos mínimos que son mayores a los de otros. Pero me parece que aprobar un proyecto como éste, a mi juicio, sienta un mal precedente en una materia extraordinariamente importante, como la referente a asuntos laborales.
He dicho.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Otero.

El señor OTERO.- Señor Presidente, me parece que aquí se ha planteado una moción de orden que es previa a la materia en discusión. Me agrada poder hacer uso de mi derecho, pero resulta que en esto hay dos cosas importantes: primero, debemos escuchar la opinión del señor Ministro, y segundo, la Mesa debe resolver inmediatamente si la normativa es constitucional o no. Una vez cumplido lo anterior, con mucho gusto haré uso de la palabra. Porque pienso que sería innecesario que los señores Senadores siguiéramos dando nuestras opiniones en la medida en que después haya una votación y se declare que la normativa es inconstitucional. Y si el señor Presidente la declara constitucional, tenemos derecho a pedir votación secreta. Este es un tema que debe resolverse en forma definitiva.
Gracias, señor Presidente, y reservo mi derecho de hacer uso de la palabra una vez que se hayan superado esos dos puntos previos.

El señor URENDA (Vicepresidente).- En todo caso, sería interesante conocer tanto la opinión del señor Ministro como la de otros Honorables colegas respecto de lo que se ha planteado...

El señor HORMAZÁBAL.- Perdón, señor Presidente. Pero entiendo que no hay ninguna norma reglamentaria que obligue al señor Presidente a hacer esa declaración antes de que otros señores Senadores expresen su punto de vista sobre el tema.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Evidentemente. La Mesa estima conveniente escuchar la opinión de Sus Señorías en toda su amplitud. Creo que eso puede facilitar las cosas, porque es posible que algunos señores Senadores no tengan clara la situación. Por lo tanto, sería bueno conocer algunas opiniones, aunque una declaración ulterior de inadmisibilidad podría hacer pensar que se ha perdido el tiempo, pero creo que la materia justifica el debate sobre ese punto específico.

El señor OTERO.- Haré uso de la palabra, señor Presidente. En todo caso, insisto en que nos gustaría escuchar al señor Ministro, porque no basta simplemente con leer lo que figura en las actas. Y ya que tenemos el gusto de tenerlo en persona, él podría ilustrarnos sobre esta materia y decirnos cuál es la posición del Ejecutivo...
El señor RUIZ (don José).- ¡Sería bueno que lo escuchara también respecto de otras materias!

El señor OTERO.- Agradecería a Su Señoría que respetara el Reglamento y que las interrupciones las hiciera con la venia de la Mesa.
Señor Presidente, respecto de si estaríamos en presencia de una materia inconstitucional, debo decir que los argumentos expuestos por el Senador señor Piñera y la sola lectura del número 4° del artículo 62 de la Constitución Política son suficientemente claros. Nadie puede discutir que cuando se paga la misma cantidad de dinero por un menor número de días trabajados se está aumentando la remuneración. ¿Alguien puede decir que eso no significa un incremento en los costos? No hay duda alguna de que, en ese caso, el trabajador está recibiendo un beneficio económico. Eso está claro, no se puede discutir y se encuentra expresamente considerado en la disposición constitucional mencionada.
En segundo lugar, cabe señalar que en esto hay un problema de igualdad ante la ley. Como muy bien lo explicaba el Senador señor Piñera, se produce una diferencia muy grande. Si nos ponernos en el caso de la gente que trabaja en Santiago -estoy hablando de la emigración de las personas de las Regiones a la Capital-, podemos observar que son miles las que tienen sus familias en otras zonas y que trabajan en Santiago. Y pareciera lógico -¿no es cierto?- que a esos trabajadores también les demos un feriado mayor para que puedan ir a ver a los suyos en el lugar de su asentamiento. Pero eso tampoco es posible.
Aquí también se ha desconocido otro elemento que sí estuvo en la Comisión. Efectivamente, en Chile había una desigualdad en materia de feriados, porque los trabajadores que cumplían una jornada laboral de cinco días tenían derecho a tres semanas de vacaciones y, paradójicamente, a los que laboraban seis días, solamente les correspondían dos semanas y tres días. Esto era injusto, por cuanto a mayor trabajo había menor número de vacaciones. Por eso se cambió la norma y se estableció el beneficio de tres semanas para todos, sea que se cumpliera una jornada de cinco días o una de seis. En esta forma, se regularizó una situación que significaba desigualdad ante la ley. Sin embargo, con la normativa aprobada en la Comisión se vuelve a producir esa desigualdad. Y la pregunta es, como muy bien lo expresó el Senador señor Piñera, ¿qué beneficio se desea otorgar? Si la idea es que los trabajadores puedan ver a sus familias, tendríamos que darle muchísima mayor importancia a la gente que de las Regiones va a laborar a Santiago y deja a los suyos en los lugares extremos. No hay ninguna duda. ¿Por qué razón la persona de Punta Arenas, de Arica o de Iquique que trabaja en la Capital tiene menos vacaciones para ver a su familia en comparación con la que labora en Iquique, por ejemplo, y desea ir a Santiago sin que necesariamente tenga ahí a los suyos? Pienso que con esto estamos sentando un precedente nefasto.
Señor Presidente, el señor Senador que me precedió en el uso de la palabra hizo una exposición completa sobre la materia, pero quiero plantear otro problema, el relativo al inciso primero del artículo 159 del nuevo Reglamento, que dice: "Serán siempre secretas las votaciones de los asuntos de interés particular y de aquellos que se refieran a sueldos, grados, gratificaciones, jubilaciones, nombramientos o ascensos.". ¿Y por qué se estableció esta norma? Precisamente para que las votaciones en el Senado no pudieran tener influencia alguna sobre aspectos de carácter electoral. Porque, obviamente, cuando se está votando sobre un beneficio que llegará a personas de determinado sector hay siempre un ingrediente de carácter político electoral, el cual debiera estar al margen del pronunciamiento de los señores Senadores. Como todos somos humanos, y para impedir que eso se produzca, se consagró la norma del inciso primero del artículo 159 del Reglamento.
Ahora bien, no cabe ninguna duda de que el hecho de dar a los trabajadores un mayor número de días feriados implica, como dije, un aumento de remuneración y es algo que cae dentro de los casos en que las votaciones deben ser secretas.
En resumen, señor Presidente, no sólo he querido plantear la inconstitucionalidad de la normativa o escuchar la opinión del Ejecutivo en esta materia o reafirmar lo manifestado por el Senador señor Piñera, sino que también he deseado señalar que, si no se declara la inconstitucionalidad de ella, debe procederse a una votación secreta sobre el particular.
He dicho.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.

El señor THAYER.- Señor Presidente, siento que esté ausente de la Sala el Honorable señor Vodanovic, quien aludió repetidas veces en su exposición al Senador que habla, no en forma ofensiva, sino que citando una intervención mía respecto de una indicación que formulé a un proyecto primitivo, el cual también ha sido mencionado por otros señores Senadores.
Quiero ser muy claro en esta materia. Antes de que se iniciara la discusión del proyecto de reforma al Código del Trabajo, me pidió copatrocinar, junto a otros Honorables colegas, la normativa o moción que en este momento aparece en debate. En esa oportunidad manifesté que, como ese asunto correspondía a temas propios del Libro I del referido cuerpo legal, debía ser analizado simultáneamente con el anunciado proyecto de reforma al Código del Trabajo, que ya había sido enviado a la Cámara de Diputados. Y los estimados colegas Senadores me hicieron presente que la firmara porque el objetivo era que cuando ingresara al Senado dicho proyecto pudiésemos contar con una iniciativa avanzada que apuntara en la línea de mejorar la condición del beneficio de los días feriados para los trabajadores de las zonas extremas. Por diversas razones, muchas de las cuales han sido tratadas aquí, he mirado siempre como una importante ventaja social el que se asegure a trabajadores de esas zonas la posibilidad de que puedan hacer uso del feriado anual como un proceso familiar, que es uno de los objetivos del feriado. Pero eso no es posible en algunas zonas del país, porque los trabajadores y su familia, razonable y humanamente, deben tomar sus vacaciones fuera del lugar en que prestan sus servicios.
Entonces, acepté firmar esa iniciativa, porque estimé conveniente unirla al proyecto de reforma al Código del Trabajo, para tratarlos conjuntamente. ¿Pero qué aconteció? Que a diferencia del criterio seguido por el Ejecutivo respecto de la reforma del régimen sindical, a la cual le dio su origen en el Senado, tratándose de la reforma concerniente a los Libros I, II y V de dicho Código, en uso de sus facultades privativas, le dio origen en la Cámara de Diputados, donde fueron discutidas varias modificaciones sobre la materia. Ahora bien, se llegó sustancialmente a un acuerdo que fue al mismo tiempo político, empresarial y sindical, a fin de acotar el conjunto de beneficios que se introducirían en las reformas al Código del Trabajo, consideradas necesarias para mejorar la condición de los trabajadores. Pero, a la vez, se hizo presente que ellas debían compatibilizarse con la política económica puesta en marcha por el Ejecutivo, pues la disminución de la cesantía y la mantención del crecimiento sostenido del producto no podían detenerse a consecuencia de reformas sociales con alcance económico.
De las normas aprobadas en la Cámara de Diputados, tres se relacionan con el tema del feriado, además de la que ahora nos ocupa. Una de ellas preceptúa que, para todos los efectos pertinentes, el sábado se considerará siempre inhábil, por lo que de hecho se aumenta el feriado de 15 a 18 días.
Otra, el artículo 65-A -que vamos a discutir más adelante-, establece un día de permiso, adicional al feriado anual, para atender ciertas situaciones de índole familiar, como el caso de nacimiento o muerte de un hijo o el de muerte del cónyuge de un trabajador. Y una tercera, el artículo 66, dispone que todo trabajador con 10 años de trabajo, continuos o no, para uno o más empleadores, tendrá derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años laborados, lo cual representa una conquista muy importante.
Considerando lo anterior, hice presente en reiteradas ocasiones a mis colegas integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado que no iba a apoyar el aumento del feriado que otorga la norma que nos ocupa, aunque lo hubiera aprobado antes en un proyecto independiente de las actuales reformas al Código del Trabajo, por cuanto mi propósito era que el tema se analizara en conjunto, en un solo texto, de manera de no tener, como amenaza ocurrir, por un lado una iniciativa que reforma el citado Código y, por el otro, un proyecto suelto, pendiente en estos momentos en la Cámara de Diputados, que introduce una nueva enmienda a dicha normativa en materia de feriado. ¡Esa no es una forma seria de legislar!
Por tal motivo, me atengo a los acuerdos convenidos en la otra rama del Parlamento, que defendí -excúsenme Sus Señorías la expresión- majaderamente en la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, y que seguiré apoyando salvo que se demuestre que alguno de ellos estuvo fundado en un error, de hecho o de derecho, o que surja un nuevo consenso sobre el particular, para lo cual -es curioso que lo diga yo, que soy independiente, pero así es- resulta vital el respaldo del Ejecutivo, pues el artículo 62, número 4°, de la Constitución Política impide que todo lo referente a beneficios con implicancia económica para el sector privado sea establecido a través de iniciativa parlamentaria.
Por eso, estoy de acuerdo con la indicación que suprime la norma en cuestión, que concede un beneficio social muy importante, muy plausible, pero que es incompatible con el compromiso a que arribaron Gobierno, Oposición, empresarios y trabajadores en la Cámara de Diputados respecto de las reformas al Código del Trabajo.
Por tanto, tal como lo repetí varias veces en la Comisión, en vista de que no estamos en presencia de un acuerdo adoptado en la Cámara Baja que sea obviamente equivocado o erróneo, de facto o de iure, ni existiendo un nuevo consenso sobre la materia, del cual tendría que ser parte el Ejecutivo, pienso que la norma debe ser rechazada, pues vulnera el acuerdo a que se llegó en la otra rama del Congreso y, además, no cuenta con el patrocinio del Gobierno, contrariando lo dispuesto en el artículo 62, número 4°, de la Carta Fundamental.
He dicho.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Ortiz.

El señor ORTIZ.- Señor Presidente, sería muy importante que el señor Ministro del Trabajo nos diera a conocer si el Ejecutivo mantiene su posición, dada a conocer por el propio señor Ministro en sesiones precedentes, o si en alguna medida ha accedido a lo que le planteamos en cuanto a que, en caso de aumentarse el feriado, habría que compensar al sector empleador, lo que estimo absolutamente necesario y justo.
Es obvio que para los trabajadores de las Regiones Undécima y Duodécima, que no enfrentan las mismas condiciones climáticas que los de las Regiones Primera y Segunda, el beneficio de un aumento de feriado resulta absolutamente justo, conveniente y necesario, máxime si se considera que sólo para llegar a sus respectivas capitales regionales deben movilizarse a veces durante varios días, como ocurre en los lugares más aislados de Aysén. Sin embargo, el otorgamiento de este beneficio implica un mayor costo para los empleadores de esas Regiones extremas y los dejaría en una situación aún más desmejorada para competir con los empleadores del sector central del país. Por tanto, si damos este beneficio, resulta indispensable compensar ese mayor costo dándoles la posibilidad de imputar el mayor gasto al pago de impuestos, sean éstos directos o indirectos.
En algunas comunas de la Undécima Región existe una elevada cesantía, bastante más alta que en el resto del país. De tal manera que si no se entrega una compensación, el beneficio se transformará en definitiva en un menoscabo para los desempleados que viven en esos lugares, ya que no se crearán nuevas fuentes de trabajo.
En consecuencia, tal como lo señalé en la Comisión de Trabajo, el beneficio resulta justo y conveniente para los trabajadores de la Undécima y la Duodécima Regiones, pero, si se otorga, reitero que debe resarcirse a los empleadores de esos territorios para que puedan competir en condiciones idénticas con los de la zona central, ya que este beneficio tiene un costo adicional que el Estado debe absorber.
Me gustaría que el señor Ministro del Trabajo se pronunciara sobre el particular.
He dicho.
El señor DÍEZ.- ¡Esto parece absolución de posiciones!

El señor HORMAZÁBAL.- Pido la palabra.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Perdón, señor Senador, pero tiene preferencia para usar de ella el señor Ministro.

El señor HORMAZÁBAL.- Su Señoría no la ha solicitado. Y creo que sería conveniente que nos terminara de escuchar.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la palabra, señor Senador.

El señor HORMAZÁBAL.- Gracias, señor Presidente.
Quiero aclarar que el hecho de que haya pedido intervenir yo primero no constituye una falta de deferencia hacia el señor Ministro, sino todo lo contrario.
Señor Presidente, lo que quiero decir es que -aunque a mí, de repente, también me gusta la esgrima verbal- sería bueno que tratáramos de no colocar las posiciones de manera tal que afecten el debate central.
El señor Ministro, el señor Subsecretario y sus asesores conforman un equipo de la más alta jerarquía profesional y técnica. Existe un juicio compartido en la Comisión de Trabajo y Previsión Social respecto a la forma como se han abordado temas delicadísimos. Yo, personalmente, me siento orgulloso de que ellos estén a cargo de un área tan sensible en el Gobierno del Presidente Aylwin. Y considero que resulta incluso alentador y satisfactorio que cuando uno discrepa del enfoque del señor Ministro sea sobre la base del entendimiento y las razones.
Pero no quiero discutir ese tema, señor Presidente, sino mencionar que el señor Ministro expresó en la Comisión, tal como se ha recordado, que la materia que aborda la norma no formaba parte de la política que había propuesto el Gobierno. Pero, cuando fue consultado sobre el particular durante el debate de la moción pertinente, señaló que no le preocupaba que el Parlamento, en uso de sus atribuciones, decidiera tratar esa iniciativa en forma independiente del entonces anunciado proyecto de reforma al Código del Trabajo, que fue una de las interrogantes planteadas en la Comisión por mi estimado colega el Honorable señor Thayer, quien, al respecto, manifestó que si el Gobierno no estimaba perjudicial una tramitación separada, no iba a "ser más papista que el Papa". Tales fueron las expresiones usadas por dicho señor Senador. Y, que yo sepa, el señor Ministro -ya lo dirá él mismo- no ha cambiado de parecer.
¿Qué pasa entonces?
El señor Ministro del Trabajo ha venido aquí con varios proyectos de ley, que representan la opinión del Ejecutivo. Pero, en este caso, una mayoría estimó conveniente cambiar uno de ellos. En consecuencia, ¿por qué se usa un argumento en un sentido y no en otro? El señor Ministro tiene un juicio fundado, que estudiamos en la Comisión técnica; pero ésta, con fundamentos, tuvo uno distinto.
Yo quisiera analizar el asunto en dos ámbitos. Primero: ¿es éste un tema...

El señor ORTIZ.- ¿Me permite una pequeña interrupción, Honorable colega, con la venia de la Mesa?
El señor HORMAZÁBAL.- Con todo agrado, señor Senador.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Ortiz.

El señor ORTIZ.- Muchas gracias.
Señor Presidente, coincido plenamente con lo señalado por mi distinguido colega el Senador señor Hormazábal en orden a que el Senado y sus Comisiones pueden disentir de la opinión del Ejecutivo. Somos libres para hacerlo, y eso lo sabemos todos. Pero Su Señoría, en un juego de palabras, pregunta por qué en un momento determinado escuchamos al señor Ministro y en otros no. Esto debo aclarárselo a mi distinguido colega. La razón es porque en este caso hay envuelta una duda en una materia de orden constitucional. Ya dos Senadores de Renovación Nacional advirtieron que aquí se estaba infringiendo el artículo 62 de la Carta Fundamental, y eso queremos evitarlo.
Entonces, señor Presidente, frente a una situación de esa naturaleza, nosotros queremos saber cuál es el planteamiento del Ejecutivo y buscar la manera de tratar el tema como un solo todo, máxime que se encuentra en la Sala el señor Ministro del Trabajo.

El señor HORMAZÁBAL.- Retomo el uso de la palabra, señor Presidente.
Precisamente iba a entrar al asunto de la constitucionalidad. Yo era Presidente de la Comisión cuando analizamos el problema y tuve serias dudas sobre si la iniciativa era procedente o no, pero se disiparon al escuchar a dos distinguidos colegas.
En la sesión 38a, celebrada el jueves 12 de septiembre de 1991, el Honorable señor Thayer señaló lo siguiente sobre el particular. Cito:
"Concuerdo con el señor Senador que me ha precedido en el uso de la palabra en cuanto a que el proyecto se enmarca absolutamente en lo que es facultad o iniciativa del Congreso Nacional. No está reservado privativamente al Presidente de la República por su contenido, de acuerdo con lo consignado en el artículo 62, inciso cuarto, N° 4°, de la Constitución Política de la República.
"La iniciativa contempla un beneficio social, no uno económico. La ciencia del Derecho del Trabajo es absolutamente clara en el sentido de que no porque un beneficio social tenga alguna incidencia económica pierde tal carácter para transformarse en uno de tipo económico. Lo que caracteriza a este último es la particularidad de enriquecer o mejorar la remuneración.
"El texto en estudio no busca ni lo uno ni lo otro, sino establecer una compensación o un equilibrio para cierto tipo de trabajadores,".
Y continúa una estupenda intervención argumentativa acerca del tema:
"El descanso anual, señor Presidente y estimados colegas, no está consagrado como una facultad destinada a mejorar la condición económica, sino con una doble finalidad fundamental: asegurar la subsistencia física y anímica del trabajador". Y ahí Su Señoría realiza una adecuada fundamentación respecto de la diferencia entre beneficio económico y beneficio social. A continuación, lo respaldó otro distinguido señor Senador, quien, en la misma sesión (página 3049) indica que la iniciativa es "de entera justicia para los trabajadores de la Duodécima Región y, además, se aviene con las normas de la Constitución Política.".
Respecto de la inadmisibilidad, dice que debe "tenerse presente que el inciso primero del artículo 62 del Texto Fundamental establece la norma general acerca de quiénes pueden presentar proyectos". Después, agrega: "Las excepciones están contenidas en los números 1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6° del inciso cuarto de la misma disposición.". Y más adelante, en cuanto a la distinción entre el beneficio económico y el social, expresa que "Por lo tanto, el concepto de "beneficio económico" debemos entenderlo conforme a su significado literal y no referido a beneficios sociales que pueden tener contenido económico.
"Por consiguiente, sin perjuicio de los argumentos formulados por los Senadores señores Vodanovic y Thayer, creo que este aspecto revela la admisibilidad y constitucionalidad del proyecto, conforme lo dispone el inciso primero del artículo 62 de la Constitución Política".
Estas afirmaciones fueron formuladas por el Senador señor Fernández.
En el debate del proyecto primitivo, dos distinguidos abogados señalaron, entonces, que de la interpretación de la Constitución se entendía que la iniciativa era plenamente admisible. Sin embargo, hoy día escucho a mi colega el Honorable señor Thayer dar una opinión distinta. Es natural. Los abogados sabemos que al examinar debidamente un aspecto, con nuevos antecedentes a la vista, uno puede cambiar de opinión. Pero percibo que la correcta interpretación es la que se planteó en el debate primitivo, y prefiero seguir atendiendo a lo que allí se expuso oportunamente.
Por consiguiente, sostengo que esta materia es perfectamente constitucional, en atención a los antecedentes entregados.
Por otra parte, corresponde...

El señor THAYER.- ¿Me permite precisar algo, señor Senador?
El señor HORMAZÁBAL.- Señor Presidente, no quiero dilatar excesivamente la discusión, pero con todo agrado concedo la interrupción que se me pide, con la venia de la Mesa.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor THAYER.- Señor Presidente, la única forma de que nos entendamos es siendo meridianamente claros.
Todo lo mencionado por el Senador señor Hormazábal es rigurosamente cierto. Cuando este punto fue objeto de un proyecto separado, tuve serias dudas sobre su constitucionalidad. Al leer cuidadosamente el artículo 62, N° 4, de la Carta Fundamental, atinente a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República para "fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos", surgía la cuestión de si el feriado implicaba un beneficio económico o uno social que no fuera de carácter previsional. El asunto, en realidad, es bastante dudoso.
Mientras el tratamiento del tema se hallaba abierto en la Cámara de Diputados -me interesa particularmente que esto quede claro-, personalmente hice todo lo que estuvo de mi parte para que se diera prioridad a la solución del problema del feriado en las zonas extremas, porque creía -y sigo creyendo- que el feriado anual es indisoluble con el derecho del trabajador de tener, una vez al año, un descanso junto a su familia.
Pienso que el texto constitucional origina interrogantes en cuanto a si lo anterior configura un beneficio económico, social o de seguridad social. Respecto de este punto, efectivamente he cambiado de opinión. Pero lo hice, sustancialmente, aparte de haber efectuado un mayor examen sobre la materia, porque ésta dejó de tener la perspectiva de antes, en que no se había considerado con motivo de la reforma del Código del Trabajo. Cuando se llegó a un acuerdo sobre las enmiendas que se introducirían en la legislación vigente relativa al feriado, estimé que ya no era razonable insistir en una reforma adicional a las aprobadas por esta Corporación. Incluso, en la medida en que para este efecto la iniciativa declare inhábil el sábado, los 25 días de feriado aumentarán en cuatro más.
Es cierto que sobre el particular, en un aspecto jurídico bastante dudoso, cambié de opinión respecto de lo que había expresado anteriormente. Sin embargo, en cuanto a la procedencia del beneficio, mantuve mi criterio de que debía primar el acuerdo de la Cámara de Diputados relacionado con un proyecto independiente.
Muchas gracias.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Puede continuar, Senador señor Hormazábal.

El señor HORMAZÁBAL.- Señor Presidente, insisto en que respeto absolutamente una variación de punto de vista. El Senador que habla también se ha encontrado en ese caso. Considero que implicaría poca seriedad el que uno no tomara en cuenta antecedentes adicionales.
Deseo aprovechar, sí, una afirmación que en el debate pertinente formuló el Senador señor Thayer -y espero que no la haya cambiado-, pues su contenido se mantiene en vigencia, a mi juicio. El Honorable colega expresó:
"Por otro lado, en oportunidad anterior ha manifestado que el Congreso, en general, y el Senado, en particular, deben tener cuidado de no extender excesivamente los precedentes de su propia incompetencia. Se ha estado reclamando -y tal vez con razón- que la Constitución asigna demasiadas atribuciones al Poder Ejecutivo y restringe en exceso las iniciativas del Parlamento. ¡Bueno, pero no vayamos más lejos de aquello que la propia Carta establece, pues! Cuando ésta consigna una limitación respecto de beneficios económicos, no la extendamos a los de carácter social que tengan algún costo. Es muy difícil concebir alguno de estos últimos que no tenga una repercusión de esa índole.".
En lo atinente a la Ley Fundamental, exhorto a mis Honorables colegas a no extender innecesariamente las atribuciones del Ejecutivo en un terreno donde puede haber una línea muy frágil para definir si algo es constitucional o no. Creo que es una medida oportuna para que, sin romper la debida armonía que debe existir entre los Poderes, el Congreso Nacional pueda cumplir adecuadamente su labor.
He querido referirme al tema de la constitucionalidad, señor Presidente, porque uno está obligado a examinar este factor independientemente de si tiene o no tiene una posición favorable frente a un beneficio. En una materia que viene más adelante, por ejemplo, yo estaría encantado de otorgar mi respaldo, pero el elemento que menciono me lleva a estimar que no procede votarla. Por eso he argumentado en este sentido, y agradezco las opiniones complementarias que he recibido en esta primera fase.
Sobre la segunda, deseo ser muy breve.
El año en que discutimos la iniciativa sobre el aspecto que nos ocupa hubo lúcidas intervenciones acerca de los distintos elementos que la fundamentaban: climáticos, de lejanía, de vida familiar y otros. En mi concepto, ése fue un interesante aporte, porque incluso Senadores que han tenido una posición distinta -como, por ejemplo, mis Honorables colegas señores Romero y Díez- han presentado indicaciones para incrementar el período de descanso a que tienen derecho los trabajadores que habitan en las zonas extremas, sobre la base de que éstos exhiban un pasaje a la Zona Central, la que comprendería para ese efecto, según la proposición del Senador señor Díez, las Regiones que se extienden entre la Quinta y la Décima, ambas incluidas. Es decir, en el Senado vuelve a comprenderse que, en verdad, algo hay que hacer respecto de esos trabajadores.
¿Es sólo un problema de clima, señor Presidente? Es cierto que Arica es la ciudad de la eterna primavera. También lo es que hay condiciones de vida adversas en Magallanes y en otras partes del país que presentan una realidad similar.
Personalmente, estoy hablando a favor de esta norma -a pesar de que no contempla al sector laboral de la Cuarta Región- porque tenemos la obligación de juzgar las materias sujetas a nuestro examen sin considerar sólo su incidencia electoral. Debemos saber si tienen o no tienen fundamento.
Deseo exponer, con mucha franqueza, que las argumentaciones que aquí he escuchado obedecen a una premisa básica: provienen de quienes no se han puesto en el lugar del trabajador que habita en esas zonas, porque no es sólo un problema de clima, no es sólo un problema de distancia. ¡Es que resulta abismante para mucha gente entender que vivir en esos lugares significa estar aislado de su propia patria!
Hay una cuestión sicológica, señor Presidente, que ha sido discutida en muchas oportunidades tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados. ¿De qué manera damos a esos compatriotas una señal nítida de que estamos preocupados por ellos y de que, no obstante mediar 2 mil kilómetros, o un poco más, existe interés por brindarles posibilidades de desarrollo económico y cultural?
He tenido oportunidad y la suerte de vivir varios meses en algunas de las zonas extremas, señor Presidente, y siento una solidaridad básica con la sensación de aislamiento y, muchas veces, hasta de hostilidad que se percibe respecto del Centro del país. ¿Será ésta la señal adecuada? Probablemente, ofrece todos los inconvenientes que ciertos señores Senadores, en forma muy versada, han representado. Por mi parte, me cuento entre las personas que piensan que se debe estimular el desarrollo de industrias en las regiones y desincentivar el crecimiento gigantesco de la Capital. Y sostengo que para ello deben darse franquicias tributarias y otros alicientes a los empresarios, pues de lo contrario no se conseguirá ese objetivo.
En las zonas extremas se aplican en la actualidad tratamientos tributarios especiales para este último sector, por ejemplo, que significan el desembolso de recursos del Estado, y las objeciones a este respecto son más bien tenues, por no decir casi invisibles. Pero, cuando se trata de otorgar beneficios a los trabajadores, inmediatamente surgen los problemas.
¿Cabría negar que la aprobación de esta iniciativa puede afectar la contratación de mano de obra? A mi juicio, no. Objetivamente, y considerando que el debate se ha llevado a cabo con seriedad, una medida de este tipo puede tener esa consecuencia.
Ahora, como lo he podido constatar, si los propios trabajadores de las Regiones apartadas aceptan este proyecto, ¿por qué no dejamos que suceda lo que naturalmente debe ocurrir, según lo han expresado tan fundadamente algunos Honorables colegas? Porque si en el Congreso pensáramos en el efecto costo para el empresario, no podríamos legislar. Y los argumentos varían. Si aprobamos determinada disposición, el mecanismo usado por el empresario para defenderse es siempre el de reducir las remuneraciones o el de subir el precio de sus productos. No obstante que sé que lo anterior puede tener lugar, prefiero que en un aspecto como el que nos ocupa, que es delicado, esos trabajadores reciban al menos una señal.
Señor Presidente, que lo anterior habría que complementarlo con otras iniciativas, ciertamente que sí. Ya planteé la importancia que ello reviste, no sólo para las zonas extremas. La Cuarta Región no saldrá de la extrema pobreza, por ejemplo, si no se establecen allí industrias. Pero, en caso de que digamos que deberá pagarse más por concepto de vacaciones, ¿alguien opondrá: "¡Ah!, entonces no me instalo en la región"? No. El empresario saca otras cuentas: cuál es el mercado potencial, cuáles son las posibilidades de acceso a las materias primas, con qué mano de obra calificada podrá contar, qué puertos existen, cómo podrá vender su producción. No se trata solamente de tal o cual beneficio.
Y si entendemos el asunto en esa forma, Honorables colegas, ¿por qué no empezamos a hincar el diente en problemas más graves? Cabría preguntar por qué los trabajadores de Arica o La Serena deben pagar más cara la electricidad -cuatro veces más y dos veces más respectivamente- que los de Santiago y por qué no reciben un ingreso mínimo diferenciado, sino tan sólo los 38 mil 600 pesos, en circunstancias de que el costo de la vida es distinto en las diversas Regiones. Y una interrogante análoga surge respecto del agua potable. O bien, procede una explicación acerca de por qué la asignación familiar tiene el mismo valor en todo el país.
Considero que aún queda mucho por hacer en este ámbito, pero dejaré hasta aquí el tema, porque, desgraciadamente, no me corresponde la iniciativa en esta materia. Tampoco deseo cansar al Honorable Senado.
Por las razones que expusieron tan destacados Senadores como los que señalé, creo que el proyecto es constitucional, con la fragilidad, naturalmente, de las opiniones que se pueden sustentar sobre un asunto delicado.
Además, señor Presidente, hay un fundamento que, a lo mejor, algunos podrán juzgar débil, pero que a mí me basta: el que la gente perciba que uno existe con ella.
Gracias, señor Presidente.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Jarpa.

El señor JARPA.- Señor Presidente, pude comprobar, cuando visité recientemente Arica -que, entre paréntesis, tiene muy buen clima-, que no se plantea el problema de que el sector laboral pida más vacaciones, sino el de que no se cuenta con fuentes de trabajo. Al recorrer la que era la zona industrial de la ciudad, nos encontramos con todos los establecimientos cerrados. Sabemos que se ha dictado una ley destinada a incentivar la instalación de otra zona industrial, que todos esperan que tenga éxito, pero, por el momento, ello no está funcionando, de manera que no hay industrias nuevas ni posibilidades de empleo adecuadas.
En consecuencia, pienso que, como aquí se ha expresado con mucha propiedad, para solucionar el problema de las zonas extremas, de sus trabajadores y habitantes, no son buenas estas iniciativas, bastante inconsultas, que, por implicar probablemente un aumento en los costos, terminan desincentivando a las personas que podrían instalarse en ellas e impulsándolas a hacerlo en otro sitio. Lo que sí se requiere es una política que equilibre las posibilidades locales con las de la zona central del país.
Quiero recordar que hace algunos meses, cuando se discutió la última reforma de tributos y aranceles, destacamos la necesidad de que, de una vez por todas, se aplicara una política de sustentación para las regiones extremas, y que incluyera las islas de Pascua y Juan Fernández. En esa oportunidad, altos representantes del Gobierno se comprometieron en esta Sala a estudiar el tema y a presentar un proyecto en ese sentido, pero, lamentablemente -y a pesar de que durante el tiempo transcurrido hemos podido conversar con distinguidos Ministros y otras autoridades-, no hemos logrado ninguna iniciativa que beneficie realmente a los chilenos que viven y trabajan en esas latitudes.
Ahora bien, mi impresión es que la norma en debate no va a traer ningún beneficio efectivo, sino a aumentar los problemas existentes, al hacer que más industriales emigren a la zona central, donde no tendrán los mismos costos de transporte, de energía eléctrica y otros que se han señalado. Porque mientras más costos agreguemos a sus actividades, menos interés van a tener en desarrollarlas en los lugares que nos ocupan. Lo lógico, en cambio, sería que, en esta idea de impulsar el desarrollo de las regiones apartadas, se llevara adelante una política que diera claros beneficios a quienes deseen realizar actividades productivas en ellas, de modo que esto les resulte interesante. Entonces, cuando hayan surgido realmente posibilidades de trabajo, de progreso, de superiores niveles de vida, creo que todos estaremos de acuerdo en mejorar las vacaciones y otros beneficios laborales.
Por otro lado, me parece que respecto de esta norma debe clarificarse si el Ejecutivo le da o no le da su patrocinio. Desde el momento en que se acordó, como aquí se ha dicho, tratar aparte la materia en estudio, tiene que haber un pronunciamiento del Ejecutivo separado del proyecto general en discusión.
En segundo lugar, quisiera saber quién va a pagar los mayores costos que este precepto, de aprobarse, significará para los empleadores.
Agradecería mucho al señor Ministro que aclarara cuál es la posición del Gobierno con relación a estos dos puntos.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Mc-Intyre.

El señor MC-INTYRE.- Señor Presidente, no me pronunciaré sobre la cuestión de la constitucionalidad de la norma. Concuerdo, sí, con la opinión del Honorable señor Jarpa en el sentido de que la disposición conlleva un gran costo. A lo que deseo referirme es a la realidad de las zonas extremas, ya que la conozco.
Por haber nacido y vivido en el norte, puedo decir que en esos años éste se hallaba verdaderamente muy aislado. Las alternativas para viajar hacia allá eran, o la carretera longitudinal -lo que implicaba más de tres días-, o el barco; no existían otras posibilidades. Pero ha pasado el tiempo, y hoy, por precios bastante reducidos, se puede ir en bus, lo cual toma un día. Si se desea manejar, se llega en no más de dos días desde el centro del país. De modo que esa zona no está tan aislada como antes. El progreso ha llegado rápidamente y las condiciones de vida son bastante buenas. Nuestras vacaciones en el norte -es una parte de Chile que siempre me ha gustado- eran excelentes, pues su clima es siempre benigno.
Sin embargo, en el extremo sur, donde también debí vivir varios años, la situación es muy distinta. En ese entonces -ya lejano- el buque a Punta Arenas se demoraba 15 días. El ferrocarril sólo llega hasta Puerto Montt, y para cubrir el tramo restante prácticamente se formó EMPREMAR. Por lo tanto, siempre han existido dificultades de acceso. Hoy en día el único cambio ha sido el avión, pues el viaje por barco o por tierra sigue siendo bastante lento.
Además, el clima no es bueno: cuando la temperatura apenas supera los 20 grados la gente sale a las calles y el comercio casi se paraliza, lo cual ilustra lo malas que son las condiciones climáticas en Punta Arenas. Y ello también se extiende a Coyhaique, como lo aprecié cuando tuve que desempeñarme un año en esa ciudad.
Por lo tanto, señor Presidente, estimo que si se acepta la norma, debe dividirse la votación. Opino que realmente tienen necesidad de mayores vacaciones las personas que viven en las Regiones Undécima y Duodécima, pero no las que se hallan radicadas en el norte, debido a las mejoras que ha habido en la locomoción y el transporte terrestre.
Nada más, señor Presidente.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente, en el norte nos hemos formado un juicio sobre esta materia. Específicamente en la ciudad de Arica, la mayor preocupación es cómo aumentar los niveles de empleo. Los índices de cesantía son alarmantes. Y las diversas presentaciones que hemos hecho al Ejecutivo respecto, por ejemplo, de la eliminación del arancel de 6 por ciento que se aplica a la zona franca industrial, el que no permite competir en mejores condiciones con la zona franca de los países vecinos e incentivar la economía, no han tenido una respuesta favorable.
Tengo en mis manos un oficio que me acaba de entregar la Mesa del Senado, en el que el señor Ministro de Hacienda, por segunda vez, niega el patrocinio a un proyecto de ley tendiente a aumentar la asignación de zona de los funcionarios de la Región, por no considerarlo atendible en este momento, en circunstancias de que en ella la situación económica es cada vez más difícil.
Insisto en que allá el principal interés es obtener mayores empleos. Hoy se percibe que la industria pesquera comienza a padecer una gran crisis. El valor internacional de la harina de pescado ha experimentado una considerable baja, lo que ha obligado a las empresas a hacer ajustes y a despedir trabajadores, situación que nos preocupa mucho, a pesar de que Iquique vive una realidad bien diferente, con proyectos bastante interesantes.
Nuestro deseo es que el Ejecutivo nos ayude a resolver los problemas arancelarios y de otro tipo que no permiten desarrollar la industria y las otras áreas productivas en el plano local. Y la opinión que he recogido en conversaciones con los diferentes sectores gremiales y sindicales apunta a que la prioridad es generar nuevas ocupaciones. Por lo tanto, pienso que la aprobación de la norma en debate sería altamente inconveniente.
Por tales razones, creo que esta materia debiera estudiarse por separado, ya que, al menos en la Región que represento, en la que el sector empresarial vive una etapa de ajuste y de despidos de trabajadores, una medida como la que nos ocupa agravaría mucho más el desempleo.
He dicho.
El señor URENDA (Vicepresidente). - Tiene la palabra el señor Ministro.

El señor CORTÁZAR (Ministro del Trabajo y Previsión Social).- Señor Presidente, deseo responder muy brevemente las consultas formuladas.
En cuanto a la norma propuesta en el segundo informe, originada en una indicación que se presentó en el Senado - el contenido es análogo al de otra iniciativa despachada por esta Corporación y cuyo origen también fue parlamentario-, la posición del Ejecutivo ya ha sido recordada aquí por el Senador señor Ruiz. Consta, además, en las actas de la Comisión. Pues bien, ella no ha variado; es hoy la misma que expusimos en 1991, cuando se debatió la otra moción.
Por otro lado, se ha preguntado si el Gobierno estaría considerando mecanismos de compensación tributaria asociados a este proyecto. Al respecto, debo decir que no.
Muchas gracias.
El señor URENDA (Vicepresidente). - Procede, en consecuencia, pronunciarse sobre la admisibilidad o inadmisibilidad de la disposición.

La señora FREI.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor URENDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

La señora FREI.- Señor Presidente, se está discutiendo un aumento -justo, en mi opinión- del feriado anual para los trabajadores de la Segunda Región de Antofagasta, entre otras. No quisiera alargar el debate, pero creo indispensable hacer algunas consideraciones.
Me alegro enormemente de lo dicho aquí por el Senador señor Hormazábal; lo comparto en forma plena. Represento una Región minera, y tengo muy presentes los rostros de los trabajadores y sus familias. Ellos llevan una vida muy dura, de mucho sacrificio, por lo que estimo de toda equidad concederles vacaciones que guarden correspondencia con las que tienen otras personas en el centro del país.
Debo confesar que al escuchar algunas de las intervenciones de señores Senadores de las bancadas de Derecha he sentido una profunda rebeldía. Es muy fácil decir que hoy los medios de locomoción son buenos, que las personas tienen posibilidades de trasladarse cuando quieran hacia el centro del país. Pero ya quisiera verlos en la situación de quienes tienen que permanecer sentados dos días en un bus para hacer ese viaje y que, cuando ya se han repuesto del cansancio, deben volver, en la misma forma, a su Región, para seguir laborando, sacando del fondo de la tierra las riquezas que el país necesita. Y lo hacen pese a que no tienen ninguna compensación por estar dando su vida para producir algo que va en beneficio de todos los chilenos. No obstante, en cierta manera se está mendigando por su período de vacaciones. Podría decirse que una negativa en este sentido constituye una "pequeñez", porque muchos de nosotros disfrutamos de bastante más de 15 días de vacaciones, y no sólo en Chile, sino, si queremos, en el extranjero.
En consecuencia, pensemos un momento en los trabajadores y en sus familias. Vivir en el norte no es nada fácil. Tampoco lo es trabajar como se trabaja allá, pese a lo ardoroso del clima. Es verdad que se ve el sol todos los días, pero se está en un desierto, y también se necesita ver el verde de otras zonas.
Sin duda, habrá iniciativas para mejorar las vacaciones a los trabajadores del resto del país, pero no veo por qué no podemos abocarnos ahora al problema en discusión. Si quienes argumentan que debe darse el beneficio a todo el sector laboral -en lo que concuerdo- no han impulsado un proyecto de esa naturaleza, ¿por qué no aceptan esta norma propuesta por Senadores que estamos preocupados por los trabajadores de nuestras Regiones?
Por último, señor Presidente, junto con anunciar mi apoyo a la disposición, deseo invitar a los señores Senadores que representan Regiones extremas a no descansar en los esfuerzos porque personas que realmente están haciendo patria reciban un reconocimiento, aun cuando se refleje sólo en pequeños detalles como el de algunos días adicionales de vacaciones. Lo anterior significa un incentivo efectivo para el trabajador y su familia, pues una medida que respeta su dignidad lo induce a realizar sus actividades con más empeño, aparte permitirle apreciar que los Senadores tenemos presente su esfuerzo.
Gracias, señor Presidente.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Tal como fue planteada, la cuestión de la inadmisibilidad no se refiere, naturalmente, a la indicación supresiva, sino a la norma misma con la cual se relaciona, introducida en el primer informe.
La Mesa tiene dudas sobre la materia, fundamentalmente por los argumentos que se han dado acerca del sentido de los términos "remuneración" y "beneficio social". En todo caso, teniendo presente que la inadmisibilidad puede ser declarada en cualquier momento -así lo establece la Ley Orgánica Constitucional del Congreso- y que la Sala tiene la facultad de rever el pronunciamiento de la Mesa, ésta prefiere someter el problema a su decisión.
Por tanto, se procederá a la votación.

El señor THAYER.- Señor Presidente, ¿puedo hacer una pregunta antes?

El señor URENDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor THAYER.- ¿No hubo sobre el particular un pronunciamiento del Senado a propósito del proyecto anterior? No lo recuerdo bien.
Con la venia de la Sala, deseo extenderme dos minutos.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Está por cumplirse la hora de término de la sesión, señor Senador. Si no iniciamos la votación antes de las 19, deberemos dejar pendiente esta materia para el martes próximo.

El señor HORMAZÁBAL.- Votemos.

El señor THAYER.- Señor Presidente, no quiero agotar el tiempo, sino tan sólo consultar si la Sala se pronunció anteriormente acerca de este punto.

El señor RUIZ (don José).- Sí, se votó.

El señor URENDA (Vicepresidente).- La Mesa no está en situación de aclararlo. Para hacerlo debería revisar todas las Actas.

El señor VODANOVIC.- Señor Presidente, ¿la fórmula que empleará en este momento será la de solicitar el parecer de la Sala sobre la admisibilidad o inadmisibilidad de la norma?
El señor URENDA (Vicepresidente).- Exactamente, señor Senador.

El señor VODANOVIC.- Entonces, pido la palabra para referirme a dicha materia.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Puede hacer uso de ella, Su Señoría, pero le hago presente que restan dos minutos para el término de la sesión.

El señor VODANOVIC.- Señor Presidente, como bien se ha observado, el problema de la admisibilidad o inadmisibilidad de la norma fue considerado en su oportunidad por el Senado. Yo no podría señalar con certeza si se tomó o no una decisión expresa, pero al menos estuvo subentendido durante la tramitación de que fue objeto la moción pertinente, que es análoga al precepto en debate.
Si revisamos los antecedentes, constataremos que entre la fecha de presentación de la moción aludida y aquella en que finalmente fue admitida a tramitación por la Sala transcurrieron varios meses, por cuanto la Mesa entendió que se trataba de una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, posición que posteriormente fue reconsiderada -se dio cuenta de ello en el Hemiciclo-, lo cual permitió seguir su estudio.
Por consiguiente, si no en la Sala, por lo menos en el preludio de ésta -por decirlo de alguna manera-, el tema se analizó. Y, naturalmente, no escapa al conocimiento de esta Corporación -donde hay muchos distinguidos señores Senadores expertos en Derecho- que, al debatirse in extenso dicha moción, formó parte del juicio que cada uno emitió respecto del contenido de la misma un pronunciamiento previo acerca de su admisibilidad.

El señor OTERO.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?
El señor VODANOVIC.- Con mucho gusto, Su Señoría.

El señor OTERO.- Señor Presidente, puedo estar equivocado, pero me parece que sobre la inadmisibilidad hubo declaración del Presidente del Senado antes de aprobarse el nuevo Reglamento. No recuerdo que la Corporación haya emitido pronunciamiento al respecto. Así que me interesaría mucho que se precisara el punto.
Porque la situación es muy distinta si la Mesa hizo tal declaración -caso en el cual no había nada que hacer contra su decisión- a si la Sala se pronuncia al respecto.

El señor URENDA (Vicepresidente).- Hago presente que, aunque la materia es semejante, se trata de proyectos distintos, y, por tanto, el Senado puede cambiar de opinión.
En todo caso, ha llegado la hora de término fijada por los Comités para esta sesión. Y lamento tener que interrumpir nuevamente al Senador señor Vodanovic. Sin embargo, ello nos permitirá retomar el asunto la próxima semana, exactamente en este punto, con los antecedentes de hecho completos, a fin de evitar errores.
Tenemos claro que el precepto no ha sido patrocinado por el Ejecutivo; sabemos lo que se está discutiendo, y sólo habría que determinar si procede o no la declaración de inadmisibilidad.

El señor RUIZ (don José).- Señor Presidente, ¿podríamos votar, sin mayor discusión, la admisibilidad de la norma y, posteriormente, la indicación?

El señor VODANOVIC.- No hay acuerdo para prorrogar la hora, Su Señoría.
El señor URENDA (Vicepresidente).- Si hubiéramos iniciado la votación antes de las 19, habríamos tenido que continuar hasta finalizarla, conforme al Reglamento. Pero en este momento no es posible proceder a ella, pues ya se cumplió la hora de término de la sesión, que fue fijada unánimemente por los Comités.

Se levanta la sesión.
-Se levantó a las 19:2.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción