La Comisión de Salud está abocada a revisar la legislación en materia de medicamentos. De esta forma está votando indicaciones a la norma que sanciona la venta ilegal y la que establece la prescripción digital.

En pleno proceso de votación de indicaciones, se encuentran los integrantes de la Comisión de Salud en el marco de la tramitación del proyecto que establece la prescripción médica por medio de receta electrónica y sanciona su falsificación.
En la pasada sesión las y los parlamentarios de la instancia avanzaron en la revisión de las enmiendas presentadas por el Ejecutivo y los propios legisladores. Resta votar 18 de un total de 31 indicaciones, las que podrían ser zanjadas en una próxima jornada.
Cabe recordar que la propuesta iniciada en moción de los senadores Juan Luis Castro, Alfonso De Urresti e Iván Flores, y la senadora Paulina Núñez y la exsenadora Luz Ebensperger, cursa su primer trámite y ya recibió el respaldo en general de la Sala en abril pasado.
En la sesión del 1 de septiembre, la Comisión aprobó que “la receta deberá ser extendida en un documento electrónico suscrito por parte de un profesional habilitado, cumpliendo con los requisitos de emisión, contenido, y plazos máximos de duración del tratamiento susceptibles de ser prescritos en ésta, el que no podrá ser de carácter permanente”.
También se zanjó que “el reglamento establecerá los requisitos, interoperabilidad obligatoria, estándares y resguardos necesarios para la emisión, transmisión, almacenamiento y utilización de la receta electrónica, incluyendo mecanismos o elementos técnicos destinados a impedir o dificultar su falsificación, adulteración, sustitución o uso indebido, como también toda otra norma necesaria para el adecuado funcionamiento del sistema”.
Asimismo, se respaldó que “una vez emitida, la receta electrónica deberá ser remitida por medios electrónicos a la persona que la requirió o a un tercero cuando aquella lo autorice, y a solicitud de alguno de ellos deberá entregarse una copia en documento gráfico. En ningún caso la utilización de receta electrónica podrá impedir que el paciente pueda utilizar este instrumento en el establecimiento farmacéutico que libremente prefiera”.
Durante el debate se hizo presente el concepto de receta permanente entendiéndose por ella un documento que no vence. El Ejecutivo explicó que en la actualidad no existen las prescripciones de este tipo puesto que si un tratamiento es a permanencia -en el caso de pacientes crónicos- la vigencia es de un año. Con todo, se aclaró que siempre los pacientes podrán comprar con una foto digital de la receta, el código que tendrá la plataforma respectiva o la documento en papel.
Luego las y los senadores manifestaron su preocupación respecto al acceso a este instrumento dadas las dificultades que existen para pedir una hora médica, sobre todo en el sector público. También se dio cuenta de la necesidad de intensificar los mecanismos de resguardo de los datos médicos indicándose que ello está consignado en la ley de datos personales que entrará en vigencia en diciembre.

VENTA ILEGAL
En tanto, en la sesión del 31 de agosto, la Comisión acordó conformar una mesa técnica de asesores respecto al proyecto que regula la comercialización de productos farmacéuticos y sanciona su venta ilegal (Boletín N° 15850-11) en primer trámite.
En la oportunidad, se escuchó a representantes de los ministerios de Salud y Justicia, quienes explicaron las indicaciones presentadas por el Ejecutivo. En total el texto en primer trámite recibió 31 enmiendas, 24 de ellas de autoría del Gobierno.
La moción de autoría de los senadores Juan Luis Castro y Javier Macaya y de la senadora Ximena Ordenes; además de los exsenadores Francisco Chahuán y Juan Ignacio Latorre, contempla el endurecimiento de sanciones penales y sanitarias para quienes vendan medicamentos en lugares no destinados para ello y fármacos adulterados, como para quienes los prescriben o faciliten estos hechos.
De esta manera, se imponen penas que pueden llegar hasta los 10 años de cárcel para quienes vendan, permuten o comercialicen medicamentos fuera de la red de farmacias o almacenes farmacéuticos autorizados. También se penaliza con presidio (de 61 días a 3 años) y multas de 6 a 20 UTM a los profesionales de la salud habilitados que emitan recetas médicas con el único fin de alimentar el comercio informal.
La jefa del Departamento de Políticas y Regulaciones Farmacéuticas de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción de la Subsecretaría de Salud Pública del Ministerio de Salud, Carla Oliveri; y el abogado en el Departamento de Asesoría y Gestión Normativa de la División Jurídica del Ministerio de Justicia, Francisco Molina entregaron detalles de los cambios.
Así mencionaron la pertinencia de ampliar los tipos penales vigentes, es decir pasar de los 5 actuales a 9, de manera de elevar el marco punitivo (multas y la pena privativa libertad) y establecer un nuevo criterio respecto a la satisfacción de los parámetros de calidad, entre puntos como el fortalecimiento de la fiscalización que realiza el Instituto de Salud Pública (ISP), en particular sobre los requerimientos de información a Aduanas de Chile.


