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Viernes 21 de Noviembre de 2025

A tercer trámite proyecto que protege los derechos de los estudiantes cuidadores de la educación superior

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La Sala del Senado despachó el articulado del texto legal, introduciendo varios cambios que serán abordados en un tercer trámite en la Cámara Baja.

estudiantes universitarios cuidadores

Con el fin de facilitar la conciliación de actividades de los alumnos de educación superior que cumplen con responsabilidades en el ámbito laboral y también al cuidado de sus hijos, personas con discapacidad o adultos mayores, la Sala del Senado concluyó el despacho del proyecto que protege sus derechos, a su tercer trámite a la Cámara de Diputadas y Diputados.

En la oportunidad, la Cámara Alta introdujo varios perfeccionamientos y modificaciones a la iniciativa, algunas de las cuales, se definieron mediante indicaciones y peticiones de votación separada.

En lo fundamental, el proyecto busca facilitar la permanencia de las y los estudiantes de educación superior y Centros de Formación Técnica que tengan bajo su cuidado a un hijo o hija, persona en situación de discapacidad o adulto mayor.

En primera instancia se aprobaron en forma unánime (28 votos) todas las normas del proyecto que no recibieron enmiendas o que fueron respaldadas por unanimidad.
 

Sala de sesiones

VOTACIONES SEPARADAS

Luego, a petición del senador Gustavo Sanhueza se votó en forma separada la norma que abriría la posibilidad de “eximirse de” los estudios, pues en realidad el espíritu del proyecto se trata de “facilitarlos”. De este modo, por 28 votos y 1 abstención se aprobó retirar dicha expresión.

También se rechazó por 16 votos contra 13, el artículo décimo pues “por la forma en que quedó redactado significaría un aumento de los costos de infraestructura de todas las instituciones de educación superior”.  No obstante, la senadora Claudia Pascual argumentó que el artículo tenía una redacción facultativa.

Por 18 votos contra 11 también se rechazó la disposición que señalaba que “la Superintendencia de Educación Superior deberá dictar, dentro del plazo de seis meses contado desde la publicación de esta ley, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la ley N° 21.091, sobre educación superior, una norma de carácter general que establecerá el contenido mínimo de las normas internas que deberá dictar cada institución de educación superior”.

Al respecto, el senador Sanhueza estimó que esta norma “vulnera la autonomía universitaria” y además consideró que es casi imposible que la Superintendencia dicte un reglamento en seis meses.

Por su parte, la senadora Pascual precisó que “la facultad y el mandato de poder generar esta normativa ya lo tiene la Superintendencia de Educación, por lo tanto, no es agregar una nueva facultad, esto ya está”. Respecto al plazo, recordó que este tema se conversó con “la Superintendencia de Educación y es factible de hacer”.

Asimismo, se rechazó por estrecho margen, la frase del artículo transitorio: “Sin perjuicio de ello, los derechos establecidos en la ley tendrán aplicación y efecto inmediato para las personas que se encuentren en alguna de las situaciones señaladas en el artículo 2”.

El senador Sanhueza explicó que “cuando un proyecto de este tipo, que tiene una serie de situaciones que son independientes de cada centro de educación superior, porque la realidad de cada uno es independiente del otro, entonces, hacerlo aplicable en forma inmediata, finalmente va a generar muchas expectativas de lo que tiene que suceder y no darle el tiempo necesario a las instituciones para que puedan regular en forma interna cómo van a ser cada uno de estos protocolos, creo que ameritan que esto no sea considerado”.

Sin embargo, la senadora Pascual precisó que “al leer el artículo, efectivamente, aquí se da un plazo de un año para contar, desde la publicación de la ley, para tener estas normas de carácter general por la Superintendencia. Lo que está estipulando la última frase final es que, sin perjuicio de ese tiempo, los aspectos de acomodo para los estudiantes, mujeres y hombres que tengan al cuidado hijos, hijas o que sean cuidadores, puedan existir facilidades; pero no es la obligación de todo lo demás”.

Por esta razón "me parece que la eliminación de la frase completa deja en definitiva un proyecto de ley, una vez promulgado, sin ejecución. Por lo tanto, desde ese punto de vista, yo creo que es mejor mantenerlo, y que la Superintendencia efectivamente fije las formas en que esto se puede aplicar, tanto respetando el plazo para las instituciones de educación superior como, al mismo tiempo, garantizando el ejercicio del derecho para los estudiantes y las estudiantes cuidadoras”, dijo la senadora Pascual.

Finalmente, el ministro de Educación, Nicolás Cataldo, afirmó que “cualquier inconsistencia de forma o de redacción que pueda surgir, eventualmente la podemos corregir en la comisión mixta”.