Miércoles 23 de Julio de 2025
A segundo trámite proyecto que mejora la instalación del Sistema de Educación Pública
La iniciativa busca fortalecer la Dirección de Educación Pública y precisar el rol rector del Ministerio de Educación, creando instancias y mecanismos que favorezcan la coordinación intersectorial.

Tras la votación de una serie de normas, la Sala del Senado despachó a su segundo trámite, el mensaje que fortalece la gestión educativa y mejora las normas sobre administración e instalación del Sistema de Educación Pública (SEP).
Ahora la propuesta iniciada en mensaje deberá ser revisada por la Cámara Baja. El texto experimentó una serie de cambios a partir del análisis que realizaron los integrantes de las comisiones de Educación y Hacienda.
La iniciativa busca fortalecer la Dirección de Educación Pública y precisar el rol rector del Ministerio de Educación, creando instancias y mecanismos que favorezcan la coordinación intersectorial. Asimismo, pretende entregar herramientas que flexibilicen la gestión administrativa y financiera de los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP) para asegurar el traspaso total y adecuado del servicio educativo.
PROYECTO
En lo concreto, la iniciativa intenta dar respuesta a una serie de complejidades que ha implicado la instalación de los SLEP en distintas partes del país. Entre los objetivos de la propuesta, se encuentran:
1. Fortalecer la Dirección de Educación Pública, otorgándole nuevas atribuciones para la coordinación y conducción estratégica del Sistema de Educación Pública.
2. Precisar el rol rector del Ministerio de Educación, mejorando sus mecanismos de acompañamiento a los procesos de implementación del Sistema de Educación Pública, a través de la Subsecretaría de Educación y Subsecretaría de Educación Parvularia, así aquellos que permitan su coordinación con otros sistemas y servicios que colaboran con su funcionamiento.
3. Crear instancias y mecanismos que favorezcan la coordinación intersectorial, además de promover la colaboración de los servicios del sector educacional con el cumplimiento efectivo de objetivos del Sistema de Educación Pública.
4. Entregar herramientas que flexibilicen la gestión administrativa y financiera de los Servicios Locales, mejorando la entrega de apoyo técnico pedagógico a los establecimientos educacionales y facilitando su vinculación con las comunidades educativas.
5. Asegurar el traspaso total y adecuado del servicio educativo, ajustando funcionalmente los procesos involucrados y creando herramientas para el saneamiento de la administración municipal, previo al traspaso.
Tras el debate en particular en las comisiones de Educación y Hacienda, el nuevo texto contiene las siguientes disposiciones:
• Establece la obligatoriedad del Plan de Transición, mejorando los mecanismos existentes para su seguimiento y fiscalización. Además, dispone la responsabilidad del alcalde o alcaldesa respecto de su cumplimiento.
• Amplía de uno a dos años el plazo establecido legalmente para el traspaso, y aclara las condiciones bajo las cuales se realizará el traspaso de los establecimientos regidos por el DL N°3166.
• Modifica el artículo que permite la postergación del traspaso educacional en ciertos casos excepcionales, ampliando la posibilidad de solicitar la postergación hasta el 2035.
• Mejora el proceso de selección de Directores Ejecutivos, para evitar la duplicación de etapas y la dilatación de los tiempos involucrados en el proceso.
• Modifica la norma de responsabilidad de los Directores Ejecutivos de los Servicios Locales, para efectos de permitir que les aplique, además de la remoción considerada en la norma actual, otras sanciones administrativas de menor entidad.
• Fortalece las atribuciones de la Dirección de Educación Pública que permiten tomar medidas de prevención de situaciones de crisis en los Servicios Locales.
• Modifica la norma que crea el Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública, determinando que ejercerá funciones permanentes de evaluación del sistema en régimen y modificando la manera en que se escogerán sus integrantes.
• Crea un Fondo para asegurar la inversión permanente en infraestructura en el Sistema de Educación Pública.
DEBATE
En la Sala, el presidente de la Comisión de Educación, el senador Gustavo Sanhueza explicó el debate en particular realizado en dicha instancia. “Se presentaron cien indicaciones que fueron analizadas en 9 sesiones. Entre las enmiendas se cuentan: disponer que el sistema promoverá la creación de bases culturales con pertinencia local y perfeccionar el mecanismo de creación de las oficinas locales en los SLEP ampliando los criterios. También abordamos materias referidas a la conferencia de directores de escuela y jardines, el apoyo técnico pedagógico y los procedimientos de elección y remoción de los directores”, detalló.
Luego la titular de la Comisión de Hacienda, la senadora Ximena Rincón comentó que “nos abocamos a las incidencias presupuestarias y la responsabilidad en los procesos de traspaso (…) Nos pronunciamos sobre modificación a la estructura de los establecimientos, la creación del Fondo para la Infraestructura Escolar y la responsabilidad ejecutiva y financiera de los directores.
En el debate hicieron uso de la palabra los senadores José García Ruminot, Yasna Provoste, Gustavo Sanhueza, Ximena Rincón, María José Gatica, Javier Macaya, Claudia Pascual, Carmen Gloria Aravena, David Sandoval, Karim Bianchi y Alejandro Kusanovic.
Los y las legisladoras dieron una serie de ejemplos respecto a los problemas que ha tenido la implementación de la reforma, particularmente en las regiones que representan, en cuanto a la salubridad, las finanzas y la administración.
Así se entregaron detalles de un informe de la Contraloría que determinó una serie de falencias en la conformación de cuatro servicios locales, tales como el retraso de la designación del director ejecutivo y procesos críticos en la instalación. Al respecto, el ministro de Educación, Nicolás Cataldo reconoció estos datos asegurando que “de estas observaciones, varias tienen que ver con este proyecto como por ejemplo, las relacionadas con los planes de transición”.
Algunos parlamentarios y parlamentarias sí reconocieron que muchos de los problemas que se describieron son anteriores a la reforma y la instalación de los servicios locales requiere de tiempo, por lo que no puede ser criticado en su etapa inicial.
VOTACIONES
La Sala aprobó en particular el texto con 36 votos a favor. Luego se respaldaron las modificaciones aprobadas por mayoría en la Comisión de Educación.
Así con 29 votos a favor, respaldaron la creación de las oficinas locales de educación pública, y con 27 votos a favor y una abstención, aprobaron que dichas oficinas puedan ser solicitadas al Mineduc cuya función será servir de enlace con los establecimientos cuando resulte necesario.
Posteriormente con 30 votos a favor, se zanjó que en los servicios locales en que existan más de cuarenta establecimientos de educación básica y media de su dependencia, la cantidad de representantes aumentará en una persona por cada veinte establecimientos que haya por sobre los cuarenta.
También se aprobó con 32 votos a favor, que para facilitar la coordinación entre los órganos y servicios públicos que integran y se relacionan con el Sistema de Educación Pública, el Delegado Presidencial de cada región convocará, al menos dos veces por año calendario, a una mesa ejecutiva que velará por la articulación de competencias entre las entidades públicas de la región, con el fin de apoyar el adecuado funcionamiento de los Servicios Locales.
Con la misma votación, se estableció que el Delegado Presidencial Regional respectivo dirigirá las sesiones de la mesa ejecutiva. Le asistirá en su preparación una secretaría técnica, que estará compuesta por un representante de la Dirección de Educación Pública y por el Secretario Regional Ministerial correspondiente.
Luego se aprobó con 18 votos a favor y 12 abstenciones, la siguiente norma: “las funciones que haya desempeñado el personal que participe en estos concursos para director ejecutivo, podrá ser acreditada, entre otros antecedentes, mediante los contratos de trabajo que los funcionarios mantenían en la municipalidad o corporación municipal y a través de declaración jurada firmada por el Secretario Municipal. Esta última deberá ser puesta a disposición del requirente en un plazo máximo de 10 días hábiles desde formulada la solicitud”.
Finalmente, se respaldó con 29 votos a favor y una abstención que se conceda, por una única vez, un bono extraordinario anual, de cargo fiscal, a los asistentes de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de municipalidades o corporaciones municipales.