La iniciativa contempla el aumento de dotación más grande desde que se creó dicho organismo y contempla una reorganización institucional con el fin de mejorar la persecución penal. También se contempla la creación de una academia nacional de fiscales y se entregan más deberes y atribuciones al Fiscal Nacional.

Listo para cumplir su segundo trámite quedó el proyecto que fortalece el Ministerio Público, luego que la Sala del Senado concluyera la votación en particular de la iniciativa que contempla el aumento de dotación más significativo desde la creación de dicha institución.
La iniciativa, que forma parte de la agenda priorizada de seguridad, también considera la creación de distintas unidades, nuevas atribuciones y deberes para el Fiscal Nacional y contempla una reorganización institucional para mejorar la persecución del delito. Asimismo, se crea una academia nacional del Ministerio Público para la capacitación y perfeccionamiento de los fiscales.
Previo a la votación del proyecto, los senadores Alfonso De Urresti y Felipe Kast, presidentes de las comisiones de Constitución y de Hacienda, respectivamente, informaron los alcances de las discusiones en particular, destacando que se busca reforzar las herramientas y recursos del Ministerio Público para fortalecer los procesos administrativos, tramitación de causas, mejorar la eficacia de la investigación y persecución penal.
Recordaron que entre los cambios que se hicieron, se modificó la gradualidad para que el aumento de dotación sea más fuerte al principio, por lo que el primer año se integrarán 70 fiscales; el segundo y tercer año, serán 40 fiscales y el cuarto año serán 55 fiscales. El resto de la dotación que se incrementa corresponde a cargos profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares.
DEBATE
En el debate intervinieron los senadores Pedro Araya, Matías Walker, Luz Ebensperger, Paulina Núñez, José Miguel Insulza, Alejandro Kusanovic, José Miguel Durana, Gastón Saavedra, Iván Moreira, Rodrigo Galilea, Alfonso De Urresti, Claudia Pascual, David Sandoval, Juan Ignacio Latorre, Kenneth Pugh, Esteban Velásquez y Francisco Huenchumilla.
Hubo coincidencia en que esta iniciativa es fundamental para mejorar la persecución penal, pues no solo se realiza el aumento de dotación más significativo desde que se creó el Ministerio Público, sino que también hace cambios y mejoras al diseño institucional, mejorando la gestión, los incentivos y creando nuevas unidades de auditoría y control internos.
Asimismo, destacaron que se entreguen más deberes y facultades al Fiscal Nacional, aunque en este punto hubo matices, pues hay senadoras y senadores que consideran que algunas de las atribuciones pueden afectar la autonomía de los fiscales regionales. También se indicó que es necesario que el Ministerio Público establezca mecanismos que permitan evitar y sancionar las "filtraciones" de información que se ven en distintos medios de comunicación.
En la sesión se realizaron poco más de una decena de votaciones separadas de normas que no habían sido aprobadas por unanimidad en la Comisión y que, por lo tanto, debían ser votadas por la Sala, además de la solicitud de votaciones separadas hechas por las parlamentarias y parlamentarios.
De ellas, solo dos se rechazaron por no alcanzar el quorum requerido para su aprobación. Se trata de un inciso nuevo que señalaba que "el Fiscal Nacional tendrá la superintendencia directiva, correccional y económica del Ministerio Público, en conformidad con lo dispuesto en la ley". Dicha disposición contó con 23 votos a favor, 11 en contra y 3 abstenciones, resultando desechada por no alcanzar el quorum de 25 votos requeridos para su aprobación.
La otra norma desechada por no alcanzar el quorum requerido fue la que señala que "no regirá para el Ministerio Público la prohibición de adquirir, construir o arrendar edificios o viviendas para destinarlos a casas habitación de su personal en zonas extremas". Esa disposición contó con 20 votos a favor y 10 en contra.
EL PROYECTO
La iniciativa dispone que el Fiscal Nacional deberá dar cuenta, anualmente en el mes de mayo, y ante las respectivas Comisiones de Constitución de cada Cámara, del grado de cumplimiento de su programa de gestión institucional.
Reformula la facultad del Fiscal Nacional para dictar instrucciones a los demás fiscales, disponiendo que puede impartir todas aquellas instrucciones de carácter general que estime necesarias para fijar la unidad de acción de los órganos de la institución; prohíbe la dictación de instrucciones de carácter particular, u ordenar la realización u omitir la realización de actuaciones en casos particulares, salvo en aquellos en los que haya asumido, de oficio y excepcionalmente, la dirección de una investigación.
También se autoriza al Fiscal Nacional para ordenar al fiscal regional correspondiente, que adopte las medidas que sean necesarias con el fin de garantizar el adecuado cumplimiento de la instrucción general, cuando se trate de investigaciones en que pueda existir una afectación a la unidad de acción, así consideradas por las unidades especializadas o la unidad de supervisión.
Tratándose de situaciones en las que se afecte gravemente la unidad de acción, el Fiscal Nacional podrá impartir al fiscal regional correspondiente, medidas específicas sobre las diligencias investigativas y las actuaciones procesales que considere pertinentes.
En el ámbito organizacional se incorpora una nueva División de Planificación, Control de la Gestión y Supervisión y se reemplaza la división de Contraloría Interna por la División de Probidad e Integridad y Auditoría Interna, entre otros cambios.
Se permite la creación de unidades especializadas y de una Academia Nacional del Ministerio Público encargada de diseñar e implementar los programas y cursos necesarios, destinados a la formación.
Crea el Sistema de Supervisión de la Persecución Penal y dispone que el funcionamiento del Ministerio Público deberá ser evaluado cada tres años, por una entidad externa. También se modernizan los mecanismos de gestión institucional e incentivos remuneraciones de su personal.