Miércoles 28 de Mayo de 2025
Ratifican a miembros del consejo directivo del administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional
Enrique Marshall, Soledad Hormazábal, Rodrigo Caputo, Ricardo Matte y Soledad Huerta, integrarán el consejo por seis, cinco, cuatro y tres años, según corresponda.

El Senado ratificó, con votos de mayoría, el nombramiento de cinco miembros del consejo directivo administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional, FAPP, propuestos por el presidente de la República, y cuya función es velar por su sustentabilidad financiera a lo largo de generaciones, para financiar las prestaciones del Seguro Social Previsional.
Las y los nuevos expertos integrantes, quienes durarán seis años en sus cargos, son Enrique Marshall Rivera, y Soledad Hormazábal Delgado; mientras que Rodrigo Caputo Galarce, Ricardo Matte Eguiguren y Soledad Huerta Casas cumplirán funciones por cinco, cuatro y tres años, respectivamente.
Durante las votaciones, se aclaró que se valoran a las personas nominadas, pero se cuestionó el mecanismo asegurándose que “es irresponsable avanzar en una reforma que no traerá para los futuros jubilados lo prometido”.
Además, algunas voces reconocieron que no cuentan con información de los candidatos.
CONTEXTO
Cabe recordar que el 26 de marzo de 2025 se publicó en el D.O. la Ley 21.735, que “Crea un nuevo Sistema Mixto de Pensiones y un Seguro Social en el Pilar Contributivo, mejora la Pensión Garantizada Universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica.”
Mediante esta ley, se crea el “Fondo Autónomo de Protección Previsional”, con el objetivo de financiar las prestaciones del Seguro Social Previsional que en dicha ley se regula, del mismo modo que la gestión del Fondo es entregada a un organismo autónomo, denominado indistintamente como "organismo administrador", "ente administrador" y "administrador del Fondo", el que tendrá un carácter técnico, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionará con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda.
De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 21.735, la dirección superior del administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional está a cargo de un Consejo Directivo, constituido por cinco consejeros designados por el presidente de la República, previo acuerdo del Senado.