Viernes 13 de Junio de 2025
Multas a empresas distribuidoras de electricidad provoca controversia en la Comisión de Energía
Las y los legisladores están revisando las enmiendas presentadas al mensaje que permitirá extender el subsidio que se le entrega a las familias más vulnerables para pagar las cuentas de la luz. La norma también aborda el cumplimiento del contrato de estas compañías distribuidoras.

Posiciones encontradas ha generado al interior de la Comisión de Minería y Energía, la discusión de las indicaciones al proyecto que amplía la cobertura del subsidio eléctrico. La norma que se encuentra en segundo trámite en el Senado, recibió 44 enmiendas, de las cuales 20 ya han sido sancionadas.
Cabe recordar que la propuesta del Ejecutivo busca apoyar a la población más vulnerable para pagar las cuentas eléctricas que han experimentado un alza sucesiva en el último tiempo. En concreto, se triplica el subsidio entregado por el Gobierno a principios del 2024, permitiendo que más familias se vean favorecidas llegando al 40% más vulnerable del Registro Social de Hogares (RSH).
También la norma ahonda en las formas de financiamiento de dicho beneficio y la responsabilidad que tienen las empresas distribuidoras de electricidad de cumplir sus contratos de suministro. Este punto surgió luego que el año pasado se registraran cortes masivos de luz tras los temporales de invierno.
En la sesión del miércoles 11 de junio, las senadoras Luz Ebensperger y Yasna Provoste, y los senadores Rafael Prohens (presidente), Juan Luis Castro y Rodrigo Galilea, se diferenciaron a la hora de analizar una indicación presentada por la senadora María José Gatica, que buscaban elevar al doble las multas a las que se exponen dichas empresas cuando se registran interrupciones del suministro atribuibles a éstas.
Actualmente, las infracciones gravísimas significan el pago de 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA); las graves, 5. mil UTA; y leves 500 UTA. La indicación proponía dejar las gravísimas en 20 mil UTA, las graves en 10 mil UTA y las leves en mil UTA.
En la discusión, los tres representantes de oposición (la senadora Ebensperger y los senadores Prohens y Galilea) rechazaron la idea argumentando que “la mayoría de los problemas se deben a la falta de inversión y aumentar las multas va en contra de eso, además que la multa va en beneficio del Estado, no de las personas (…) En caso de faltas gravísimas, las empresas están expuestas a perder la concesión eléctrica y esa sí que es la sanción máxima”.
En contraposición, la senadora Provoste y el senador Castro plantearon que “existe un incentivo débil a la mantención del servicio porque las multas son muy bajas (…) No se trata de hacer quebrar a las empresas sino buscar un justo equilibrio entre su desarrollo y la entrega del servicio comprometido”.
Con todo, el texto que será visto ahora por la Comisión de Hacienda irá con las multas del artículo 15 de la actual ley que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
Luego, las y los senadores estudiaron uno de los pilares del financiamiento del subsidio: la sobretasa transitoria a las emisiones de CO2 a las fuentes emisoras que correspondan a empresas eléctricas. Con la misma votación anterior, 3 votos en contra (Ebensperger, Prohens y Galilea) y 2 a favor (Provoste y Castro), se rechazó este instrumento pese a que el Ejecutivo presentó una propuesta reduciendo de 5 a 3 dólares por tonelada de dióxido de carbono.
Cabe recordar que las otras dos fuentes de fondos corresponden a un aporte fiscal a través de la mayor recaudación de IVA producto del alza de las tarifas eléctricas; y al cargo al Fondo de Estabilización de Tarifas (FET) de 0,5 pesos por KW/h que aplica a todos los retiros que realizan las empresas generadoras desde los sistemas eléctricos con capacidad instalada superior a 200 MW, es decir, los Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD) los años 2025, 2026 y 2027. Esto fue rechazado en la Cámara Baja.
En el debate los senadores de la oposición argumentaron que la ampliación del subsidio se financia con creces solo con la recaudación del IVA mientras que la discusión de fondo versó sobre si los fondos debían tener un componente mixto.
COMPENSACIONES A CLIENTES
En tanto, en la sesión del 4 de junio, la Comisión sentenció otras normas, entre ellas aprobó por unanimidad, una indicación presentada por el Ejecutivo que establece la proporción de la compensación que deberán entregar las empresas de distribución por la no entrega del servicio a los clientes regulados.
Así se estableció que el valor de la compensación corresponderá “a la energía no suministrada durante ese evento, valorizada a quince veces la tarifa de energía vigente durante la indisponibilidad de suministro, la que no podrá superar el 5% de sus ingresos regulados en el año calendario anterior”.
En la próxima sesión, la Comisión continuará votando las indicaciones pendientes.